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El Derecho Privado Romano - Margadant

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Licenciatura en Derecho
DERECHO ROMANO I
PRIMER SEMESTRE
GUILLERMO FLORIS MARGADANT S.
DOCTOR EN DTRECEO
c¡¡eDRÁnco DE DEREcEo RoMANo EN r.A uN¡rERsrDAD NAC¡oNAL euróNou¡ p¡ uÉ¡co
EL DERECHO
PRIVADO ROMANO
COMO INTRODUCCION A LA CULTURA
JURIDICA CONTEMPORANEA
VIGÉSIMA SEXTA EDlclÓN
Corregida y aumentada
EDITORIAL ESFINGE, S. DE R.L. DE C.V.
Esfuerzo 1B-A
Col. lndustrialAtoto
Naucalpan, Estado de México
2005
CapÍruro I
HISTORIA DEL DERECHO ROMANO
Pnn¡nu PARTE
INTRODUCCION HISTORICOPOLITICA GENERAL
El derecho romano no debe estudia:se, a la manera de los pandectistas
del siglo pasado, como una fotografla, sino como wn pellcila. Y, para
comprender su desenvolvimientq es necesario saber algo de
a) la historia general del Mediterráneo hasta Justiniano, y
ó) la historia de las instituciones públicas del mundo antiguo.
De esto tratan las páginas que siguen.
5. Pnr¡rrsron¡¡, os IrALrA. Aunque la arqueología y la paleoenrolo-
gía han hecho enorrnes progrcsos en ló últimos -decenlos, no otiste todavía
ina cotnmunír-opinio srquiér1 sobre las Egas generates de la prehistoria
italiana. En relación con muchos puntos, debemos pronunciar un resigna-
do non liquet. Por fortuna, la actitud moderna frente al derecho ¡omano'
de nuevo orientada en,sentido más bien dogmático que histórico, no n6
obliga a oonocer ab oao la historia de Roma.
Expondré aqul las ideas más generalmente aceptadas en lia.actr¡alidad,
para proporcronar un punto de partida" desde el éual puede el alumno ir
investigando por cuenta propia -las diversas opiniones, en c¿uio de tener
especial interés por la arqueología del derecho.- 
En varias oléadas migiatoriÁ, desde 2 000 a. de J. C., los arios -indo-er¡ropeos¡ procedentes de la llanura bactriana, según unos, y del noroeste
de {,usia,-según otros-, penetraron en la región-mediterrá¡ea. Se trataba
de un puebló de pastorei, enérgico, inquietq con familia patriarcal, que
tenía por costumbre incinerar a sus muertos.
Encontraron en los países de la cuenca mediterránea una cultura pre-
indoeuropea, bastante desarrollada, con rasgd¡ no muy homogéneos,. en
España, Italia, Grecia y el norte de Africa. Esta cultura era sedentana y
agrícola; y el hecho de que los pueblos que la componían enterraran a sus
muertos ayuda a los arqueólogol a distinguirla de Ia influencia aria.
Entre ios mediterrá¡ieos y los arios se estableció una coexistencia que
ll.gó r cierto grado de fusióir.
D.L-2.
t7
1B DERECIIO PRTVADO ROMANO
. Los arios que Ilenetraron en Italia eran, en su mayoúa, los umbrios,
quienes expulsaron hacia el noroeste de Italia y el sur de Francia a la an-
tigua población autóctona: los ligures.'
Otro grupo de los invasores arios era el de los ilirios, que se establecen
en la costa oriental de la península; y un tercer grupo, que se establece en
la lla¡rura de Lacio, en la parte central de la costa occidental, era el de los
latinos.
A fines del segundo milenio antes de Cristo, cua¡rdo el Mediterráneo
comienza a conocer el hierro, Italia sufre otra invasión, por parte de un
pueblo procedente de Asia menor, puesto en movimiento por las invasio-
nes dóricas: los etruscos, pueblo no indoeuropeo, de piratas y magos, inge-
nieros y artistas, amigo de todos los placeres de la vida, cuya lengua sigue
siendo un enigma.
La presencia de este pueblo en Italia ha dado lugar a una gran canti-
dad de problemas científicos, estudiados por la etruscología.2 Este nuevo
huésped se estableció en la región toscana. Al sur de ellos, una ramific4-
ción de los umbrios, los latinos, fundaron varias aldeas ¡requeñas, agrupa-
das en una confederación bajo la hegemonía de Alba Longa. Una subliga
se formó entre unas aldeas "de las siete montañas", quizás en parte latinas,
en parte sabinas (distinción no radical, ya que tanto los latinos como los
sabinos eran ramas de los umbrios). Bsta unión, posiblemente formada
con el fin de defenderse contra los etruscos, puede haber sido el origen de
Roma. Desde el siglo VIII a. de J. C. comienza en el sur de Italia la colo-
nización griega, separada de la zona de los latinos por el pueblo de los
samnitas.s Una coalición entre los etruscos y Cartago no logró detener su
influencia en Italia, donde introdujen:n el alfabeto, adoptado luego por
los etruscos y llevado por éstos hacia Roma. Los griegos sólo formaban
entre sus ciudades una débil red de alianzas.
Así, el Lacio, de unos 2 000 km', pobre y pantanoso pero con la ven-
taja del Tíber y buena situación para el comercio, pudo desarrollarse entre
dos grandes culturas: la etrusca, al norte, y la griega, al sur. Esta posi-
ción, junto con ventajas indiscutibles, traía consigo también determinádos
peligros; los etruscos, sobre todo, eran vecinos molestos.
- I Según algunos autores, estos ligures fueron el resto de una invasión aria ante-rior (De Michelis). Ge-neralmente, empero, se consideran parte de la población medite-
rránea residente en dicha zona, antes de las invasiones (Bfuio y otrosi.
. -2 De la amplia literatura al respecto, la obra gue qrrizá rñás fácímente encuentree].alumno que se-^ir,-rteresa.por esle_ásunto, es el $igestiio librito dá tnt. pel"orri*o,
The Etruscam, edición Pel{can, .1g.56, auli-ue no toáos están de """".¿o con las opiiniones del autor sobre el origen italiairo de ios etrrscos.a rt?!ia, con _su suelo fértil, -pero su.cost¿ insuficientemente desarrollada, impulsabaa sus pobladores hacia !a agricuftyra;- Grecia, -con su suelo pobrq ñ;-;; abund¿ncia
{9- buenos puertos, estaba..fredestinaáa para'la navegación'y ;i'ó;;..i". De ahí la(Irlerrencra entre la mentaridad -campesina del rom_ano, con iu tradicionalismo, su pa_
i'",liftrt""lstinación, 
v el carácter'cosmopolita dtiEi"sq-.;; ';-¿;;;i;, progresis;o
HISTORIA DEL DERECHO ROMANO 19
Tales datos sobre él origen de Roma no coinciden con la iristoria que
los mismos romanos nos tiasmiten al respecto. pero me atrevo a decir
que, gracias a -la arqueología y a los mod-ernos métodos críticos, sabemosahora más de la veráaderi préhistoria italiana que el culto romano de la
época de Augusto.
La expl.icacion es sencilla. La historia arcaica de Roma que encon-
tramos en los historiadores romanos es, en gran parte, prodücto de la
fantasía. se escribió lI en parte se ideó- d.sp"a de-las guerras púni-
cas, basándose en tradiciones nacionales y en datós tomados dé los urc'hivot
sacerdotales (donde se-solían registrar los acontecimientos más importan-
tes), embelleciéndose el resultado con pintorescos relatos entresacados de
la historia de ciudades- gnegas o con iirvenciones fantásticas, en que con
frecuencia se nota el afán dé situar a familias, importantes en tiempos del
historiador, sobre un imponente pedestal histórico.-
Los historiadores romanos de la época de transición de la república al
im-perio tuvieron buen cuidado en ligár los orígenes de Roma coin las más
bellas tradiciones griegls, haciendo dé Roma -a través de Alba Longa-la heredera de Troya. Eneas había huido de las ruinas humeantes de Íro-
ya' su ciudad, y, finalmente, habíase establecido en rtalia, casándose con
una princesa- del Lacio. E_l hijo de Eneas fundó Alba Longa, y posterior-
mente, uno de sus descendientes, Amulio, destronó allí a su hennano Nu-
mitor, matando a sus hijos y condenando a su hija, como sacerdotisa de
vesta, a. virginidad 
-perpetua. Por fortuna, intervi;ó el dios Marte, y asíla sacerdotisa dio a luz unos gemelos, que fueron abandonador .tt .i'iib.,
por órdenes de su receloso tío. una l-oba los cuidó, y fueron mas tarde
educados por u]r 
-pastor. A causa de rivalidades con ios jóvenes de Alba
!o1g.?, los condujerol-ant-e el rey y se descubrió la verda-d. La población
de Alll Lo.nga r" qoió a los gemelos.para destronar al usurpado'r y repo-
ner a Numitor en el tryno. Luego, Rómulo y Remo se retiraion puL tü"-
dar su propia ciudad, Roma.
según los autores romanos, esta fundaciód ocu¡rió el 2l de abril del
año.753 a. de J. c., cuando aventureros de üversas razas se unieron para
establecer los cimientos de la nueva ciudad, bajo la dirección de los dos
hermanos.- 
Algún tiempo después, mediante el fratricidio, llega Rómulo a ser el
primer monarca de Roma, atrayendo a los hombres ñacia su ciudad me-
$Tr" un- generoso derecho de asilo, y a las mujeres mediante el rapto
de las sabinas.
. 6. !1 u9ryr-nAufo. -S.gtl la leyenda,_ este primer rey crea y organiza
fa propiedad. -El segundo, Numa (un sabino), !" I rioma rú ,iigiórr,fruto de sus pláticas nocturnas con una bella ninfa. El tercero, Tulo hosi
!I", y" enéF!9o- militar, crea las norrnas de la guerra. El cúartq Anco
Marcio, es el último rey pre-etrusco en esta serie legendaria. Luegó viene
20 DEREcHo pRrvADo RoMANo
la conquista de Roma por los etruscos; el primer rey etrusco es Tarquino
el Antiguo. Su sucesor, Servio Tuliq agrupá a los ciudadanos en centurias,
para fines milit¿res y cívicos, según una tradición muy inverosímil (actual-
mente se prefiere ligar esta reorganización a la derrota de Roma por los
galos: 390 a. de J. C.). Y finalmente, Tarquino el Soberbio, el-tirano,
provoca el descontento del que naoe la repúbüca en 509 ó $10 a. de J. C.
Aunque evidentemente legendarios, estos datos ofrecen aspectos intere-
gantes.--E¡ primer lugar, el dualismo Rómulo-Remo, que 
-combinado 
con
! t¡a{ición de que hubo iloÉ tronos en.Roma- sugiere el origen dual de la
ciudad (latinos-sabinos). Es significativo que el romano no pueda concebir
qy9 sus instituciones nacieran en forma oigánica, por la paulatina conver-
sióü de pqácticas repetidas en "derecho", Jino qud se imágina la voluntad
9o-ncreta, la intención deliberada de individuos-poderosos como fuénte de
las instituciones sociales. Esta idea, falsa desde luego, corresponde e:racta-
mente a la tendencia práctica y dominadora del rómano, a iu inclinación
innata a querer regular los acontecimientos e intervenir constantemente en-lá realidad social.'
La dominación etrusca fue benéfica para la cultura ronüura: para sus
obras de desagüe y cloacas, sus edificios y sus puentes, los romanos apren-
dieron mucho de la superior ingeniería etrusca.
Sin embargq en 510 a. de J. C., cuando el poderío etrusco ya está en
decadencia, los romanos aprovechan el escándalo referente a Lucrecia para
expulsar al rey Tarquino el soberbio. Seson la tradición, con este aconte-
cimiento comienza la repúbüca.
7. LAs rNsrrrucroNEs púsl¡ces BA-To LA ruowanquÍe. El rey no era
deqignadg-por el simple hecho de su naóimiento, sinolue, al parácea fue
primero elegido por la representación popular, los comióios; más tarde ele-
?.ia cada u19, cgq libertad, a_su sücesor. En ambos casos, emperq necesitaba
la aprob¿ción del senado. Eüo introdujo un matiz republióano en la mo-
n-arguí1 rom¿rna. No obstante, como la función monárquica era vitalicia,
el término monarquía no es incorrecto.
Al lado del rey encontramos el senado, compuesto por venerables
ancianos (senes),' Los senadores eran designldgs poi trescientos grupos de
familias (ge7,tes);_en principio parece qué hubo,- aproximadaménte, tres-
cientos senadores. Este senado erá un elemento oligár¿tuico y serontoc;ático.
El tercer factor de la estructura ¡rclítica ,ntig"u de É.om¿ son los
comicios, la asamblea de los ciudadanoi. En ella, nó tenía todo ciudadano
exactamente la misma influencia sobre las decisiones colectivas (como
sucede en los sistemas inorgánicos" mecánicos, de votación), sinó que
.4 
JsERrNc, Esplritu, I. 96.5 La expresión senes d¿ ponte se rcfiere ¿ una fáluta- gue prgcede de épocas arcai-
cas. Tal vez sea un recuerdo de sacrificios húmanos ofrecidós á o., r:¡"".'b"rd;';;
cooooemos la üda romlla con ciertb detalle, encontramos que se caracteritñ1;;gran respeto a los ancianos.
,HISTORIA DEL DERECHO ROMANO 2I
previamente se rep^artía la población en treinta curias, compuesta cad¡
una de diez, gentes.6
La mayoria de las curias determina el resultado de la votación, de ma-
nera, que los miembros de curias poco numerosas tenían más influencia
que los de curias más nutridas. -
- !,a tqci$ original de estos comicios por curias fue, probablemente,la de elegir el nuevo tey, a propuesta de cierto miembro-del senado, ei
interrex. El recuerdo de esta función sobrevive, en tiempos históricos, en
el hecho de que los comitia curinta tenía que otorgar el-imperi.um, o sea,
el poder discrecional, a los magistrados superiorés, mediante una Lex
curiata de imperi.o.
En época posterior (de acuerdo con la leyenda, desde una reforma
serviana, a cargo de Servio Tulio, el penúltimo rey, o, según la ciencia
moderna, a consecuencia de una reforma militar, necesaria por las inva-
sione! de los galos, alrededor de 390 a. de J. C.),? surgieron, coexistiendo
con los comicios ¡ror curias, y para la votación de otros asuntos, los co-
micios por centurias. En &tos, mediante un censo, celebrado cada cinco
años, la población se repartía de acuerdo con su riqueza en ciento noven-
ta y tres grupos (centurias), cada uno de los cuales ¡ecibía un voto. Los
más ricos, los "caballeros", reciblan en total dieciocho centurias. El resto
de la población se dividía en cinco clases, de las cuales la primera contaba
con ochenta centurias. De esta forma, los ciudadanos más ricos, en caso
de aliarse, determinaban las decisiones de los comicios por centurias, las
cuales, por tanto, tenían un áiácter plutocrático
Sin embargq por el hecho de atribuir a cada clase una cantidad igual
de centurias de iuniores (hasta los cuarenta y cinco años) y de seniores
(mayores de cuarenta y cinco años), los ciudada¡ros de más edad tenían
mayor influencia política individual que los jóvenes. Esto añadía un rasgo
gerontocrático al carácter plutocráüco de los comiclos. Es verdad que,éste
fue suavizado cuando, entre 241 y 218 a. de J. C., cada clase reóibe 70
centurias; pero los caballeros consen¡Íul su privilegio de las 18 centuria*
ext?ordinarias, y sólo 40 de las 368 centurias correspondían a la ciudad
de Roma, de manera que los grandes terratenientes de fuera de Rotvra
predominaban de todos modos.
El resultado correiponde, imperfectamente, al ideal gri.go de isegoría
con isonomía. Enla elaboració¿ de las leyes no hay igualaád ftsegiría),
ya que.allí el hombre 4. -F fortuna, de más responsabiüdad, de *uyot
edad, tiene tambifu más influencia.s Sin embargo,- en st aplicación todos
e La exactitud numérica de esta tradición no es muy fidedisna. El atribuir diez
cu¡ias cada vez a las tribus de los Ramnes, Tities y r,"""Ér-er-p"?u"ilemenrc tambiénr¡¡ dato legendario
7 Por esta riltina [ip('¡6sis _cientlfica, -no estoy muy seguro de que deban contarselc comiciqs por centurias- entre las institúciones mon¿ní"i".l.a Este carácter se exp¡esa en ta antigua -^árxi^a:'dat census honorcs. La partici-¡nción en la vida púbüca--ñonoras- deiende aá U, ,er"tt"á;;"i-;;;:
,, DERECHO PRTVADO ROMANO
reciben el mismo trato (isonomía), ya que phtíIegia ne inroganto,' como
disponen las XII Tablas.
Desde la creación de los comicios por centurias, los comicios por curias
se ocupaban en asuntos administrativos (aprobación de testamentos; adro-
gaciones, es decir, una forma especial de adopciones); aquéllm, en cambio,
colaboraban en la formación de leyes (sin derecho de iniciativa o de en-
mienda) y en las elecciones de funcionarios públicos.
En estos tres órganos (rey, senado y comicios), muchos historiadores,
desde Polibio, han querido ver una mezcla armoniosa de los elementos
monárquico, oligárquico y democrático.
Para la expedición de una ley, se necesitaba la colaboración de estos
tres factores: el rey proponía, los comicios aprobaban y el senado ratifica-
ba. En cuanto al contenido de tales leyes, probablemente no influían
mucho en el derecho privado, sino en asuntoi administrativos, militares
o de política exterior. El derecho privado pertenecía más bien a la com-
petencia de otros órganos que también merecen la calificación de priblicos:
la familia y la gens,
La antigua Roma puede considerarse como una confederación de
gentes; y cada gens, a su vez, como una confederación de domus, es decir,
de familias. La inmadurez de la organización estatal daba a la familia,
en sustitución delEstado, una importancia que en periodos posteriores no
pudo ya reclamar.lo
En cada dornus encontramos un paterfamilias, monarca dom&tico que
ejerce un vasto poder sobre sus hijos, nietos, esposa, nueras, esclavos y
clientes. Dicho poder incluía el ius uitae necisquell sobre hijos y nietos,
y no disminuyó por la influencia del Estado, la cual se detenía a la puerta
de la domus. Sólo el paterfamilias eru propietario; también era sacerdote
doméstico y' juez en asuntos hogareños y mantenía en el seno de la fami-
lia una rígida disciplina.
Así la domus podía convertirse en excelente escuela de las espectacu-
lares virtudes cívicas del antiguo romano, proporcionando a la grandeza
nacional, ciertamente, un fundamento más sólido que las indulgentes doc-
trinas pedagógicas de nuestros días.
En cuanto a los clientes, eran ciudada¡ros romanos de segunda clase
(de familias empobrecidas o quizás originariamente extranjeras) que se
subordinaban a alguna poderosa domus aristocrática, prestándole servicios
y recibiendo a cambio apoyo económico, recomendaciones, etc. Así, en
caso de necesidad, el patrón debía ayudar a tsus clientes a obtener justicia
de los órganos correspondientes. Por otra parte, en la época en que los
clientes tenían acceso a los comicios, debían votar como el patrón; se trata-
e Los privilegios no deben tomarse en cuenta.
10 La censura puede considerarse como elemento típico de una fase transitoria,
que se inicia cuando el Estado comenzó a ast¡mir funciones hasta entonces reservadas a
la familia y ala gens. Véase JrnnrNe, Espíritu, I. 179.
11 Derecho sobre la vida y muerte.
HISTORIA DEL DERECHO ROMANO 23
ba, pues, de una especie de vasallaje (la palabra cliens signilic4 proba-
blemente, "el que escucha", "el que debe obedecer").
Cada familia tenia su propia religión doméstica, cuyos dioses san lc
antepasados. Así se convertía la familia en la unión de un grupo de muer-
tos y otro grupo de vivos. Aquéllos mandaban presagios a éstosn Ic
cuales ofrecían sacrificios y dedicaban buenos pensamientos a los primeros.
El eslabón entre los muertos y los vivos de la familia es el paterfamilins
en su función de sacerdote doméstico.
Las familias formaban gentes basándose en supuestos orígenes comunes
y aduciendo no pocas v.eces su descendencia de algún dios o héroe. Dichas
gentes poseían, respecto de la organizaciín de Roma, un alto grado de
independencia. Por su cuenta podían incluso declarar la guerra a los ene-
migos de Roma (Livio, II.50). Practicaban una religión propia, se gober-
naban por su propra organización (es decir, bajo un magister, gentís),
tenían sus fiestas propias, un patrimonio independiente (para financiar
sus diversiones y ayudar a miembros caídos en desgracia) y, posiblemente,
sus propias nonnas de derecho privado, hasta el punto de que en tiempos
históricos encontramos leves diferencias entre gentes dive¡sas con relación
a algunas materias de ese derecho. Además, ejercían funciones de vigilan-
cia moral, con objeto de suavizar el enorme poder que el paterfamilias
tenía sobre los miembros de su domus.
Por su interés político, hemos de referirnos todavía a la religión, no de
cada domus o cada gens, sino de la ciudad. Es politeísta, llena de forma-
lismos y cargada de trucos y astucias o actos ficticios que, aplicados con
moderaciónr pueden ser de cierta utilidad en el campo jurídico (como
veremos, al hablar dela intnpretatio), pero que nos parecen de muy mal
gusto en materia religiosa. Así, para citar un ejemplo extremo, se podía
bautizar un cordero con el nombre de "vaca" y sacrificarlo luego, en
caso de deber una vaca a los dioses como remuneración converrida por
servicios que éstos hubieran prestado.
Si la dedrocracia moderna ha sido calificada de "plebiscito diario"
entre los vivos, el Estado romano era una p€rpetua alianza entre los vivos
y las fuerzas sobrenaturales. Bsta circunstancia üo gran poder político a
los sacerdotes, desde luego. Cicerón pregunta cómo dos augures pueden
encontrarse en la calle sin sonreir.. .1'
Una especial tarea de los sacerdotes, importante para nosotros, consis-
tía en la elaboración y conservación de las fórmulas procesales, y en dar
consultas a los litigantes. Más tarde explicaremos tales funciones.
El terreno más exclusivo de los sacerdotes, empero, no es el e'as, sino el
fas, o sear la conducta no impedida por tabúes reügiosos. Lo nefas queda
bajo control de los sacerdotes cuando el izs se les escapa por la "laiciza-
ción" (o secularización) del derecho. Poco a poco, el censor e:rtiende su
12 Los augures eran sacerdotes que desempeñaban la misión especial de inquirir
l,a voluntad de los dioses, analizando el vuelo de los pájaros,
2+ DEREcHo pRrvADo RoMANo
control hacia lo nefas y, finalmente, éste se incorpora parcialmente al dere-
cho penal, mientras que otras norrnas del las caen en desuso.
Por tanto, como elementos de la antigua ciudad.de Roma, encontra-
mos los siguientes: la dornus, la gens, los comicios por curias y por cen-
turias, el senado, el sacerdocio y el rey. Todos estos eleirrentos se refieren,
emp€rq, sólo a la Roma patricia. Mas, al lado de las familias patricias,
vivian los plebeyos.
LA ROMA MONARQUICA
aconseJan
Senado
(100-300 jefes de
las gentes)
(sacerdote, juez,
jefe militar¡
No sabemos a qué se deba tal división entre patricios y plebeyos. Estos
lo ryn simplementd los pobres, pues hay algunos'que se pi"a* óonsiderar
hombres acaudalados. ¿Se trata acaso de un sólo puéblo, dividido en
terratenientes y comerciantes-industriales, a causa dé un paulatino des-
arrollo social-económico, que finalmente produjo cierta diviiión en castas?
¿O_ serían los plebeyos los autóctonos; y-los pátricios, los conquistadores?
¿Al- contrario, quizá? ¿Serían los patriiios los latinos; y los plebeyos, los
sabinos? ¿Quizá viceversa, por sér Diana la diosa de los-plebéyos y,
al misno tiem¡:o, protectora de la Confederación Latina? ;O seúán los
patricios los etruscos; y los plebeyos, la población latinosabiáa? De todos
HISTOR¡A DEL'DERECHO ROMANO 25
mod-g:, la prohibición de matrimonio entre ambos grupos es inücio de
un diferente origen étnico.tg
Los romanos mismos quiereri hacernos creer que tal división debíase
a un_ acto legislativo de Rómulo. He aquí otra nianifestación de la ten-
dencia romana a considerar la evolucióh sociológica como producto de
una voluntad autorita¡ia.
Aun viviendo en Roma, los plebeyos no podían participar en la vida
polític-a de los patricios o en sui actos religiosos. Dintro de las mismas
murallas vivían dos pueblos que colaboraban en la economía local, pero
estaba¡r separados-en- los dem-ás asp€ctos de la vida. Los plebeyos i.i,íutt
sus propiai autoridades (ediles plebieyos, más tarde tribuno!) y'asambleas
populares (c9\ni!ia plebis divididos'en tribus), que tomaÉari decisiones
llamadas plebiscitos, y su propia religión.' Sin-embargo, los órganos que
representaban a Roma ante otros pueblos eran los ya mencionádos órga-
nos patricios.
B. L¡, nBpúsr.rce.- Segrin la leyenda, en 510 a. de J. C., los patricios
lograron expulsar al rúltimó rey. La próxima fase de Róma is la republi-
cana.
Los primeros siglos muestran un doble movimiento:
a) Las secessiones plebis, salidas de la plebe 
-quizás 
utilizadas sólo
como ¿unenaza- que obligaron a los patricios a hacer diversas concesio-
nes en el curso de los tres siglos siguientes, para suavizar la pugna entre
gno- y otro bando, hasta hacerla desaparecei completamente haóia el fin
de Ia república.
b) {--t*q tiempo, Roma --que en los tiempos monárquicos habíaya obtenido Ia hegemonía en la confederación Latina, ocuiando Alba
L. ^o1ga- triunfa, en los primeros siglos repubücanos, iobre 
'los 
etruscos
(396 a. de J. c., toma dé veio) y sus ¿enies vecinos, extendiendo final-
rnente-su pode-r a toda la península. sin embargo, una recaída en esta
serie de victorias tuv_o lugar con la ocupación áe Roma por los galos
(celtas), tardia oleada dJarios qne penelra en el mundo inedite"ráeo.
Los galos ince_ndiaron Ia ciudad (s9ti a. de J. c.), cobraron un rescatey se retiraron luego al norte de Itaüa.
Bntre 264.y 202-a. d: J.-C,,,. Rorna¡Ierrqra a Cattzgo, gran poder
{*tarí!i¡qo, opulento, de origen fenicio, de cultura macabrf y ót bl.". r.,
dominio-ggbre 11 part¡. occide_ntal del -Meditenáneo. Auáque de origs+
"u{rycir,g 
y ajenos_ql 1nar, los romaños habíán compreridido qqe "nopodrían cgnseryar !11po{er en una península con una'línea costera fan
,extensE sin destronar 1_91ry3go. La luch¿. comlrre¡dió, aiu- embargo,la tremenda crisis de 217-2o7, cuando Aníbal hubiera-pldido .toñar
Roma, pero prefirió saquear el campo italiano. Finalmen'te, la lealtad
-, _ls, Bibliografía al rysp.ectg.en Scnwwo, Rómisches Recht,yrena, 195O, pág. 1, y,
ili$i¡,"t.ii i:7:y!;f:f,iictionarv of R'oman Law, de A' Bnnoen, r'..ien¡d tCsá,
26 DdREcHo pRrvADo RoMANo
de los.¿liados y el carácter,- rom?no-aportaqon el triunfo. Poco deryués,
Roma vence a Macedonia, asegurándose el dominio en el mar Adriático;
luego recibe parte de Asia Menor, como herencia del rey respectivo.
Pronto ejerce también en Egipto un poder decisivo (aunque esta domi-
nación era sólo de facto, hasta que Augusto le da un caricter jurídico).
Así, a mediados del siglo fI antes de Cristo, el Mediterráneo es el Mare
Nostrum de los romanos.
Sl secreto de esta expansión romana radica en su capacidad de combi-
nái*ün enérgico egoísmo colectivo con una inflexible disciplina, y esta
combinación de utilitarismo con sentido de orden, y con la capacidad de
ordenar y de obedecer, of¡ece al mismo tiempo un firme cimiento para
el desairollo del derecho.'a I
Otros elementos favorábles para la expansión eran la intuición del
senado para discernir el instante de abandonar momentáneamente su
tenacidad, haciendo alguna concesión temporal, y el hábil manejo del
famoso principio: Diuide et impera.
Tras estos grandes progresos se avecinan serios problemas internos para
la república. El poder trajo el espíritu de lujo, y al mismo tiempo vemos
que, en lugar de una romanización del oriente (de la misma manera
en que Roma había romanizado el occidente) se produjo una heleniza-
ción de Roma, de modo que la austera moral antigua iba evaporándose
paulatinamente: uirtus post nummos.'5
Al mismo tiempo, la corriente de metales preciosos que viene de las
minas españolas produce un aumento en la oferta de dinero, que estimula
el movimiento económico y acentúa la diferencia entre' ricos y pobres
(opti.mates y demócratas). Bl servicio militar fomenta la misma tendencia;
las guerras se hacen cada vez a mayores distancias, lo cual perjudica más
al pequeño campesino que al gran terrateniente, quien puede encomen-
dar la administración de su hacienda a inteligentes esclavos. Así comienzan
a crecer los latifundios y desaparece la clase media rural. Mencionemos
también, a este respecto, el hecho de que la traición cometida por muchas
comunidades del sur de Italia, durante la crisis provocada por Aníbal,
sirvió de pretexto para confiscar allí las pequeñas propiedades, convirtién-
dolas en ager publicuJ, que a su vez se repartía 
-mediante 
un sistema
de concesiones, por plazos prácticamente ilimitados- entre unas cuantas
familias roman¿N influyentes. De este modo, varios factores contribuyeron
a provocar el éxodo del pequeño propietario rural, que más tarde co-
menz6 a incrementar las filas del proletariado urbano. Bste vive -enRoma, cuando menos- de repartos gratuitos de pan, aceite y carne, y
distrae periódicamente su ocioso aburrimiento con grandes espectáculos,
tarnbien gtatuitos: el funesto programa de "pan y juegos". "El orgulloso
pueblo de los quirites se había convertido en una masa proletaria, siempre
la JrrmNc, Espíritu, I. 318 y siguientes.r5 "Primero, el dinero; luego, Ia virh¡d". .,.*
HISTORIA DEL' DERECHO ROMANO
descontenta, sin propiedades, fácil de corromper, incapaz de una rcspon-
sabilidad propia dentro del Estado romano e inepta para participar en la
vida pública".'u
Otro problema consistía en las enoÍnes corrientes de esclavos que las
victorias habían lanzado sobre Roma, los cuales en gran parte lograban
su libertad en unas generaciones, debilitando la antigua raza latina.
Los hermanos Graco proponían medidas para la desproletarización de
Roma y la redistribución de la tierra, dos ideas necesariamente ligadas
entre sl en una economía agrícola. Querían poner en vigor una legisla-
ci6n Licinia Sexta de 367" a. de J. C., que limitaba las concesiones en el
ager publicur a un máximo, y que con el üempo había llegado a ser letra
muerta. Propugnaban una redistribución de estas concesiones, sin indem-
nización y con prohibición de traspasar las nuevas parcelas, y la venta de
trigo por el Estado a precios populares. Además favorecían constante-
mente a los équites con el fin de quitar influencia al senado.lt Desgracia-
damente, su rebelde actitud frente al senado, su intolerancia e impaciencia,
convierte a estos idealistas políticos puros en una calamidad nacional.
Su actividad desencadena una guerra civil de unos cien años, que 
-comotoda fase caótica- conduce a la dictadura. Fases de esta guerra son: la
democratización de Roma por Mario y la creación de un ejército profe-
sional; la reacción senatorial bajo Sila; la guerra contra los aliados que
reclaman (y obtienen) la ciudadanía romana; las rebeliones de los escla-
vos (Espartaco) y de Catilina; las luchas entre los grandes caudillos mi-
litares y las temporales alianzas entre algunos de ellos.
Son incalculables los daños causados por este siglo de guerras civiles.
La hierba se doblega ante la tormenta, pero el roble sucumbe. Así, quedó
privada Roma de gran parte de sus más eminentes figuras, paladines de
sus más nobles tradiciones. Con la destrucción recíproca de la flor y nata
de ambos partidos, que alternativamente se sucedían en el poder, pro-
dújose una lamentable selección al revés. Además, el pueblo romano se
acostumbraba a la idea de que se hicieran las leyes bajo la presión
de los ejércitos más bien que a la luz de los argumentos.
Finalmente, Julio César, el internacionalista, quiere formar un com-
monwealth de países mediterráneos. Los opti.mates, utilizando el senado
como baluarte, asesinan al gran líder demócrata. En la última fase de la
guerra civil, el heredero de Julio C&ar, Octavio, el nacionalista, triunfa
sobre Antonio, el cosmopolita, e inicia la reestructuración del mundo
mediterráneo, agotado por las discordias. Desde 31 a. de J. C. (batalla
de Actio) o desde 27 a. de J. C. (año de la consolidación de su posición
16 Scuwrxo, Róm. Recht, Viena, l95Q pág. 56.
1z Desde hace unos siglos comenzaba a perfilarse la distinción entre las antiguas
familias senatoriales, separadas del lucrativo comercio interregional (SC. Clapdiano,
218 a. de J. C.) pero titulares de grandes haciendas, y los équites, con grandes for-
ü¡¡as mobiliarias, especiaüstas del nuevo capitalismo.
27
28 DERECHO PRIVADO ROMANO
constitucional), se cuenta su régimen como primer emperador; y, durante
éste, nace. Jesucristo.
En resumen, de la organización interna nació el poder exterior. Este,
a su vez, provocó fuerzas que causaron una nueva desintegración inter-
na, y de los disturbios subsiguientes nació, por evolución natural, una
forma de dictadura. Durante los dos primeros siglos del imperio, éste toma
una actitud muy liberal; pero luego degenera y se convierte en la auto-
cracia del Bajo Imperio.
9. Lns rNstrtucloNEs por,írrcas BAJo LA nrpÚslrce. En 510 a., de
J. C., el rey es sustituido en sus funciones reügiosas por el pontifex maxi--rnus, en su función de designar a los senadores por el censor, y en lo
demás por dos cónsules, nombrados en cada ocasión por un solo año.
Cada uno podía paralizar la actividad del otro, mediante stt intercessio.
"Es asombioso que esta manera de organizar el poder ejecutivo de un
Estado no haya provocado más estragos de los que realmente causó." t8
Bste pésimo sistema debíase, desde luego, al deseo del senado de enfren-
tarse a un poder consular débil; por esta razón convirtió el consulado
en "un vehíóulo con más frenos qué ruedas", reacciónnatural desp'r.rés de
la dictadura de Tarquino el Soberbio.
Entre las facultades de los cónsules encontramos las siguientes: la
coercitio (función policíaca), la íurisdictio (facultad de difigir la adminis-
tración de justiciat, el mando militar, el ius agendi cum populo (derecho
a hacer proposiciones a los comicios), el ius agendi cum -sena.tu (d.ry:
cho a p.iir-lu opinión del senado), y amplias facultades financieras. El
conjunio de estoipoderes se designa con el nombre de irnperium en senti-
do ámplio, una figura juridicopolítica que viene de los etruscos, lo mismo
que su slmbolo: el hacha con las varas.te
, Fuera de la ciudad de Roma, este imperíurn era, en principior-ilini-
taáo; pero, dentro de dicha ciudad, cada cónsul tropezaba con fuertes
limitaciones: la intercessio de su colega, el veto del tribuno de la plebe
(lo veremos más adelante), la prouocatio ad populurn, (una apelación
iontra la imposición de penas graves, promovida ante los comicios) 'y,
sobre todo, el debido respeto a la severa tradición romana' orpresada
mediante el senado, el sacérdocio y los censores, resPeto que penetra' co-
mo el ¿gua en una esponja, toda la vida rom¿ü-la y es algo que aat]¡al-
mente pódemos observár en un país como Inglaterra: "frde by law, slave
by custom".'o
,e Ku¡{xn¡.l Róm. Reehtsgeschichte,Golonia, 1956, pág. 11.
1e Estas lraíus ron los haóes o fasies. Por éso, u¡i iisiema político que entrega al
jefe del poder ejecutivo un imperium que comprende facultades pertenecientes a otros
poderrs, se calific¿ de fascista,- zo'Sobre el paralelismo entre Inglaterra y Roma, véase el capítulo IV de G.
Pecrrorvr, Breae hí¡toria del Imperio homanor-narrada por un jurista, trad., Madrid,
t944.
HISTORIA DEL DERE,CIIO ROMANO 29
- El senado es el organismo que, por su prestigio -no por sr¡s faculta-des ejecutivas o legislativas, ya que no las 6¿¡6- lleva áurante la fase
lepublicana al pueblo romano dé triunfo en triunfo, hasta la época de
los G¡acos (130 a. de J. C.), en la cual la autoridad del senado cómienz¿
a palidecer. El mérito del sistema senatorial republicano consistió, sobre
todo, en haber dado vigor y expresión a una oligarquía, fundada en
penion¿N que yg habían ocupado con acierto importantes cargos públicos,
sin que es!a- ohg-arquía fueia totalmente cerrada, pues con pruáencia y
tacto permití^e lu _entrada en ella de nueva.s familias de la piopia ciuitasy de la nobleza italiana. /
La historia humana es un tejido de retos y contestaciones (Toynbee),
y los responsables de las contestaciones son iiempre minorías créadoras,
inspirada.s, que a su vez logran inspirar a las masa3. Durante varios siglos,
el senado romano había lido, más que un grupo dominante, un grupo
inspirador que en momentos de crisis gozaba de lá confianza de las masas.
En el senado, sobre todo, encontramos eI baluarte de las tradiciones
romanas. Y no debemos subestimar el valor que en la vida política y
social de una comunidad pueden tener fuertes vñrculos con el pñado. Co-
mo dice.Wieackerr- el lecho de rodeane de imágenes y valores pretéritos,
no debilita, antes fortalece, la vitalidad de las fu-erzas iubconsciütes, p€r-
mite ahorrar las enedas derrochadas en brisquedas y enores propiós e
impide que la in¡aginación y la teoría alejen nüeshas facultades áe ia cir-
cunstante realidad cotidiana. La utopía política significa siempre una pér-
dida de fuerzas: "en el campo de la poútica, considerada codto el arté de
la acción, la flemática parefu de insünto y orperiencia ha ganado siem-
pre la carrera a los neñiosos saltos de la fant¿Áía".rt
En el periodo republicano, se rompen las antiguas relaciones entre las
g!nt-1s -y el senado,. Desde entonces, este cuerpo, éompuesüo de miembrc
vi-talicios, se completa cada cinco años por aécisión de los ce¡sores, fun-
cionarios nombrados por los comicios por centurias. r.os censores podían
tambien excluir del senado a los mierrbros inmorales.
Al desap,arecer la hermética división entre patricios y plebeyos, algunos
notables plebeyos ascienden a la categoría de senadorei de rango inferior,
con derecho a votar, pero sin voz (los conscripti).
Los censores soüan escoger a los nuevos senadores de entre los ex-fun-
cionarios, de manera que 9l senado llegó a ser un comité integrado por
personas 
-de -amplia e¡pgrie¡cia -práctica en la administración pública,un vivo depósito de sabiduúa política.
Al lado del senado y de los cónsules, subsistieron los comicios por
cynT (para_ asuntos- administrativos) f los comicios por centurias. (pira
eleccionesy la votación de proyectos de ley). Una reiorma de 131 á. de
J. C. (una Lex Papiria) establece en tales asambleas el sistema de vota-
ción secreta para eliminar así, por su base, el vicioso sistema de "comprar
21 Frer.¡z Wre.rcrrn, Vom róm. Staat als Rechtsordnung, Friburgo, 1949, pfu. 26.
30 DERECHO PRryADO ROMANO
votos". Desde entonces, quienes daban dinero para que otros votasen en
determinado sentido no podían comprobar si el votante había cumplido
su Promesa.
Ya en tiempos de las XII Tablas, encontramos una tercera forma de
repartir a los ciudadanos en grupos electorales: los comicios por tribus,
es decir, por divisiones territoriales según el domicilio de cada pünfa-
milias. Este tercer procedimiento de estructurar la asamblea popular se
utiliza, inicialmente, para la elección de los funcionarios religiosós, quienes
por sus métodos de interpretar los signos, etc., tenían una enorrne influen-
cia en la designación de los magistrados y otros asuntos políticos. Desde
fines del cuarto siglo a. C., los comicios por tribus sustituyen en gran
parte a los comicios por centurias, por lo que se refiere a la labor legis-
lativa.
¿Hasta qué grado correspondía la Roma repubücana al ideal demo-
crático?
Si hubo democracia, debemos buscarla en los comicios. Ahora bien,
en los comicios por curias, los "clientes" tenían la obligación de votar
con sus patronos. Por eso predominaban allí los patresfatnihi.as má,s impor-
tantes, que habían atraído un mayor número de "clientes". En los comi-
cios por centurias, no encontramos un ambiente mifu democrático. Los
caballeros y la clase más rica reunían la mayor parte de las ciento noventa
y tres centurias. Finalmente, tampoco son democráticos en sentido estricto
los comicios por tribus, ya que Roma, con sus numerosos proletarios, no
disponía más que de cuatro tribus, mientras qu'e el camPo romano se dis-
tribuía las otras treinta y una. Por tanto, los pocos hacendados ricos que
podían- viaja"r a Roma para asistir a las asambleas, tenían más influencia
individual que los proletarios de la ciudad.
Notemos que la grandeza de Roma no debía nada a la democracia
en el sentido que actualmente se da al vocablo. No niego que esta forma
política puede tener sus méritos, pero tampoco debemos alegar la historia
republicana de Roma como demostración práctica de la superioridad de
la idea democráüca. Sin embargo, la constitución republicana tenía sus
controles y contrapesos, sus "checks a¡rd balances", como son: el veto,
la intercessio, la necesidad de colaboración entre magistrados, comicioS y
senado para la legislación, la censura, la opinión pública, el radicionalis-
mo arraigado, la prouocatio ad populum y el principio de que muchas
funciones eran ánuales, colegiadas y basadas en elección popular.
10. Le ¡BsunusRAcróN DEL coNSULADo. La frecuente ausencia de
los cónsules -a causa de las continuas guerras en que Roma partici-paba- y la creciente complejidad de la vida colectiva obligaban a aquéllos
a delegar parte de sus facultades en nuevos funcionarios. De esta desmem-
bración dd consulado nace una serie de "m4gistrados". Entre las nuevas
funciones mencionaremos las siguientes:
HISTORTA DEL DERECIIO ROMANO 3T
1. El tribunado \ilrjor, creado en 444 a. de J. C. Los ribrmmmilitares 
^*11i:1.: 
de infanierí1.¡ fueron seleccionado", **G plebeyc_z' La cens?'¿ra' creada en 443 u. {. -J. c. Los censores debíira ofi-nizar, cada cinco años, un censo general aÉ- r" pouru"td ñ;;; primero,
:.i lT.s religiosos; y h¡ego, .oñ fit uridudesirredoÁi"-""t.-*t" fiscales.Además, e¡ercian una vigilancia moral, determinando quiénes debían en-
:1T^:T,_.t;¡1ado y.quiénes debían ,ii, ¿. a. Oe.iaiá",-p* ,ittirno, t.conces¡on de los contratos en lo referente a obras públicas.' '
?' La ^cuestura, creada en 42r a. de J. c. ios ".r.*tor.. intervenían¡1 ! .iusticia penal .e imponían multas."puutatinamelt., ;o-i."za:n aadmmistrar parte de las finanzas públicas.
LA REPUBLICA ROMANA
aco¡¡seJa
MACISTRATURA
SENADO
coD¡ICIOS
. 4. -La pretura, creada en 367 a. de J. C. Los pretores, gozando deimperium, aunque de una forma de irnpeíium inferiór ala'dE los cónsu-
les, se .encargaban -de la administración de la justicia civil. Al lado deloriginal praetor urbanus, para pleitos entre romanos, encontramos, desde
242, un.praetor peregrinlts, pira administrar justicía en pleitor ár, q,r.
una_de las pfrtes o ambas erán extranjeros.
5. Los edihes. Nombrados desde 366 a. de J. c., eran los magistrados
responsables del orden en las calles y mercados]
32 DEREoHo PRrvADo RoMANo
6. La dictadura. Es una magistratura extraordinana pata épocas de
crisis nacional, cuando estaba en iuego la existencia misma de Roma. En
la situación de emergencia 
-pero 
con duración máxima de seis meses-
el dictador tenía un -poa." iliniitado; algo semejante a nuestra "supensión
de garantías"r p€ro mucho más drástico.
En situaciones graves, pero no tan críticas, el senado podía conceder
poderes extiaordinirios a ios cónsules (senatusconsultum ultimum), con
iuspension de la prouocatio ad populum.'Por 
regla general, el magistrado recibía su nombramiento de los comi-
cios. Sin imbátgo, las listas de los candidatos teníaq -que pT3I primero
por el filtro del -sacerdocio, el cual debía manifestar si los candidatos eran
lratos a los dioses o no. Esto se prestaba a muchos abusos.- Como principio fundamental, el magistrado ejercía su función durante
un año y ho r.,^"iUia salario alguno. lé¡ja conténtarse-, pues, con el ho.
nor de óup"r un puesto públió. De ahí que las magistiaturas se llama-
ton honores.
11. Er. ECSNC¿},fIENTO ENTRE PATRICIOS Y PLEBEYOS. EN IOS CASOS
de conflicto con el senado, el rey se apoyaba a menudo en la plebg'
convirtiéndose así en protector de ios plebeyos. En 510, privados éstos de
tal protección, se senúa¡r incómodos en la nueva Roma repub-licana, con
su ámbiente tan senatorial, y decidieron irse. Se retiraron, seg¡in- 11 leye-n;
áu, uf Monte Aventino 
'(ó Monte Sacro), donde un embajado-r .$¡l
seiado, Menenio Agtrya, les dirigió su famoso discurso sobre la rebelión
de los miembros dei Éuérpo en óontra del estómago, que rycibl- Por-el
esfuerzo de los demás y siti hu".t nada, los alimentos necesarios. ¡El explo-
tador! Las manos, la'boca y los dientes, se declaran en huelga; Plro ¡l
resultado es contraproducenie: la decadencia de todo el cuerpo. Se.qrtn
la leyenda, este lejáno precursor del -organicismo sociológico convenció a
los piebeyós de qué regrtsaran a la abandonada ciudad. Mas, a título de
"ooip*rá"iAtt, 
pit-itié*eles tener un rePresentant€ en la Roma patricia,
el fámoso tribino de I'a plebe, sacrosanto -o sea, inviolable-, primeropor juramento colectivo de la plebe,- Y, {sde la-época de las XII Tablas,
irmtSi.n por promesa de los patricios. Estos tribunos tenían derecho de
veto resfcto de todo acto de los órganos públicos de Roma. Su formida-
ble podér sugiere una derrota del senado, mucho más grave de lo que la
histoliografía- romana quiere confesamos.
En vez de un solo tribuno' pronto encontramos todo un colegio de
tribunos, que son los organizadores {9 una serie de victorias sucesivas
de la plebé. Primero obtienen la codificación de gran parte del derecho,
típica 
-medida plebeya, ya que un derecho consueturlinario, en manos
dé magistrados-patricios, fácilmente tiende a ser un amra antiplgbeyl:
Poco d-espu&, d 445, la Lex Canuleya Permitió el "matrimo-nio justo"
entre patcios y plebeyos. Un _año -más tarde, la nueva función de tribunos
militaies quedá reservada a la plebe. Posteriormente, Personas plebeya.s
HISTORIA DF.L DERECIIO ROIÍA¡\¡O 33
son admitidas como conscripti al senado. El nuevo cargo de cu€scor q¡rcda
abierto para ellas y desde 367 a. de J. C., uno de los dos có¡rs¡Ies dcbe
ser plebeyo (una de las múltiples innovaciones debidas alas l*ges Lichia¿
Sertiae). Desde 366 a. de J. C., el plebeyo puede ser edil; dictador,
desde 356; censor, desde 351; pretor, desde 337; sacerdote, desde 300.
A mediados del siglo III a. de J. C., la distinción entre patricios y plebeyc
deja de ser probléma candente." Sin embargo, surge rma nueva división
entre los optimates (conservadores ricos, patricios o plebeyos) y demócra-
tas (progresistas, socialistas). La república habia logrado borrar la sepl-
ración entre patricios y plebeyos, Ircro su incapacidad para -zuavizar la
nueva oposición entre lol múy ricos, lógicamente conservadores, y 16
mas¿ui pioletarias, que encontraban sus¡ líderes entre los demócratas -amenudó, hijos rebefdes de familias ricas-, produjo zu caída.
Aunqueno debemos confunür a los plebeyos con los pobresr28 la poll-
tica de los tribunos fue en gran parte una política social. Como tantas
veces en la historia, vemos que nuevas oligarqulas en ascenso utilizan la
gran masa como arrna contra las antiguas autoridades. Luego, _cuando
los nuevos grupos se han incorporado a los círculos gobernantes, la -masa
queda tan áesámparada como antes. En este gonocipo 9sq¡¡-em3 politico-
sóciológico, debemos ver la clave de la transición de la rivalidad palricios-
plebeyós al nuevo contraste de optimates-demócratas. En la segunda fase
áe h-historia republicana, ambiciosos jóvenes de buenas familias comien-
zan, como demécratas, a ocuparse de la suerte de "los de abajo", no
tanto para ascender a una oligarquía- a la cual de todos modo¡ ya Pel-
tenecíán-, como para oponár a ésta su poder individuat, unipenonal.
El senado había perdido su impacto inspirador: sus propuestas "contesta-
ciones a loS retos del momento" ya no encontraban resonancia en las
masasi: la "élite" se convertía simplemente en "gru¡ro dominante" y la
sociedad se desintegraba. Alrededor de una cadena de "c&ard', alTa^nca.tl-
do desde Julio Cáar, se formaba luego rina nueva "Aite" que lograba
inspirar al-pueblo romano: el cesarisrno, el imperior se dispone a ocuPar
el sitio de la república oligárquica y aristocrática.
12. C¡,nectBnísrrcAs DEL DEREcHo pnncr.Ás¡co. El derecho repu-
blicano pertenece, en gran parte, a la fase preclásica, que dura hasta las
guerras óontra Cartago. Trataremos de enumerar aqui sus ca¡acterísticas.2{
t2 A menudo, algunos patricios se haclan adgptar por familias plebeyas, con-apro-
bación del eonsiliim-lt¿O*, parz obtener así el dérecho de ocupar funciones públicas,
resen¡adas a la plebe (transitio ed plcbcm).
2s Sólo cú ticúpor impcriatcl el ténnino plcts pierde ru ¡i$¡¡ficado c¡tricto
y técnico qr¡c h¡w dura¡t¿-tas luóhar patricio'plebcyar dc lc primcnc riglot de b
;wúblic¡" t llcge e dceigoer, omo cn la .ctu¡¡id¡4 ol gdt rcb.,ñq b grea ma^ra
**b"* 
cl c*udio dcl dc¡ccho dcl ¡qu¡do pcriodo nq rcfcri¡toc ¡
lar págr.56 y ¡iguicot t
D.-R.-3.
34 DERECTIO PRTVAI}O ROMANO
a) El derecho preclásico no individvaliz.a mucho: dura lex, sed lex.'"
Busca la seguridad, a.un en perjuicio de la equidad. "Estricto y riguroso,
bajo y estrecho como los castillos medievales, ei el derecho preclásicoi pero
tanto más sólidas y duradera.s son sus murallas. Lo que falta en comodi-
dades, se gana en seguridad", dice Jhering al respecto.26
b) El derecho preclásico, especialmente en su fase arcaica, es un dere-
cho nacional: muchos actos juúdicos no pueden celebrarse sino por ro-
manos. Para gozar de la protección de las leyes, el extranjero necesita
afiüarse como cliente a algún poderoso paterfarnilia.r romano. Surge así
una red de solemnes relaciones de amistad entre familias romanas y e:ctran-
jeras; casi tratados entte domu.r romanas y aristócratas forasteros, suavi-
zándose en est¿ fotnTa el principio de la nacionalidad del derecho. Pero,
poco a poco, se concede,dentro del propio sistema jurídico, un lugar miás
amplio a los extranjeros. La creación de la praetura peregrina (242r,a.
de J. C.) es un importante avance a este respecto.z?
c) Muchas relaciones actualmente comprendidas en nuestro derecho
privado eran, en el derecho preclásico, de la competencia exclusiva del
paterfamili.aJ, o sea, del monarca doméstico y de la gens. Los consejos
de familia y: más tarde, la censura, ejercen cierto control sobre esta ma-
teria.
Como señala Jhering, el principio clásico -y modemo- de que izspublicum priaatorurn pactis rnutari non potest (el derecho público no pue-
de ser modificado por convenios entre particulares), tarnbién valla, en
aquel entonces, en el sentido inveno, es decir ius priuatum pactis publicis
rnutari non potest (el derecho privado no puede ser cambiado por deci-
siones de órganos públicos).'¿8
La autoridad púbüca no, quería intervenir en muchas normas, actual-
mente consideradas como derecho privado. Mas, a medida que avanza la
república, el Estado comienza a reglamentar cada vez más cuestiones
del derecho privado.
d) La vida jurídica del periodo preclásico se componía de sólo unos
cuantos tipg¡ de negocios. Quizás esto impedía adaptar la práctica jurídica
a las necesidades concretas de la economía romana, p€ro, por otrá parte,
tenía ciertas ventaja.s. "La práctiea domina con mayor facilidad doi for-
mÍls que veinte, y la jurisprudencia puede elaborar la.s teoúas con tarita
mayor agudeza y exactitud cuantos menos conceptos existen".ze Así, el
derecho romano parte de una notable "economía de conceptos": unas
cuantás figuras, claramente delimitadas, que la joven ciencia-del derecho
comienza 
-tímidamente- 
a combinar en parejas y grupos mayores. Este
zs Aunque la ley sea dura, no deja de ser ley.
20 JEERTNG, Eqlritu, If. 4.
- 27 c.on su típico-lrorror.alieni, el roma¡o empleaba d mismo término hostis patzel extranjero y para el enemigo.
2E JEErlNo, Es!íritu, I. 217.ze Jrrnno, Esphitu, Il. 17.
HISTORIA DEL DERECHO ROMANO e5
principio era saludable, pues "una riqueza cuantitativa en conc€¡ttc y
reglas juúdicas fundamentales es signo de debiüdad".3o
La misma parsimonia aparece en materia procesal; la administracinn
de la justicia, con sus cinco legis actiones, da la impresión de una máquina
"magnífica.por su ingeniosa sencillez"rst con rezultados exactamente prc-
visibles, pero incapaz de ajustarse a necesidades individuales. No hay "justi-
cia en general"; sólo existe justicia en determinados casos, previstos con-
cretamente en la legislación. Como observa Jhering "una reclamación
que no pudiera invócar en su favor un texto legal, no existía para el
juzgador".t2
e) El derecho preclásico resulta plástico. Los actos jurídicos adoptan
la forma de pequeñas obras teatrales, que se desarroüan con gran -pubU:
cidad. En coinplración con ello, la vida juúdica moderna es incolora.'3
No hay actos sécretos; los cinco testigos dé la rnancipatio representan las
cinco clases de todo el pueblo; el testamento se hace ante los comicios,
y la manumissio, ante él pretor o con la publicidad propia del censo.
Este rasgo se relaciona con-la idea de responsabilidad individual y con la
tradicional franqueza que penetra la antigua vida romana.
Hacia el fi¡rde la república, todo esto cambia: introdúcese el testa-
mento secreto, la votación en los comicios vuélvese también secreta' Por
razones que ya hemos mencionado, los negocios per aes et libram o la
in iure c¿ssio son sustituidos por contratos más discretos y cómodos. La vida
jurídica comienza a discurrir por canales subterráneos.- 
il En relación con la seveiidad del derecho preclásico y su publicidad,
hallamos una extrema preocupación por la forma en los negocios jurídicos.
"Así como el senador ó el caballero se distinguen por su indumentaria' los
asuntos se revisten de uniformes jurídicos que permiten diferenciarlos
inmediatamente".sr Estas formas son también inherentes a la tendeocia
clásica de manejar conceptos nítidamente separadm. Todavía el romano
de la fase clásica, por la necesidad de ejercer conc¡etamente una acción
determinada entre muchas acciones esp€cial€s <n vsz de ejercer simple-
mente nuestra acción general-, quería sabe siempre cm €&ctiü¡d qué dase
de negocio estaba celebrando, y entre m pré*ano en forma dd contrato
verbal de la stipulatio o del contrato rcal del ,ruttuo, se señalaban gran-
des diferencias prácticas. De ahí el sr¡mo crridado en revestir siempre
cada negocio de su forma específica.
13. L¡ nspúslrcA y r.e onc¡¡r¡zedN TERRTToRIAL nnr. Mro¡rn-
nnÁNno. Ya hemos visto que Roma" €n s¡ fase nepublicana, conquista
Italia y toda la región meditenánea. Ahora su¡ge el gran problema:
¿Cómo debe organizarse el tenitorio sometido?
30 JEI¡R¡NG, Esplritu, l. 41,
31 JEERTNo, Espíritu, l. 82.sz Jnrnruo, Espí¡itu, Il. 43.
a3 Jurnnrc, Espl¡itu, Il. 8.
34 JrERTNq Esplritu, II. lB.
36 DaREcrro pRwADo RorÍANo
. En ltalia, \oma rymete a su poder inmediato todo el ager rornanus,la-parte central de_la península.'con los pueblos del reito de rtaliá
celebra tratados, en los qI" * reserua la suprtmacía en cuestiones milita-
ps g inlernlciol{es, reclamando a menudó el pago de tributos anuales.
l,:: b {.Tf, dgla 3 los pobladores su propia irganización política y susff[ema Jundrco local.
Roma completa- este sistema de tratados con ra fundación de colonia.s,
e¡ decir, ciudades fundadas--por emigrantes romanos, que s€ encuentran
dispersas a lo largo de ltalii.como_-p*r" en un p;t;i, [gadas por las
grandes carreteras romanas; $ryen di. -puntos de ápoyó c6merciii paraRoma, son valiosas fuentes de informacióir, ry prestan'pára instalar suá;i-ciones y constituyen focos de divulgación áultdral
. Fuera de Italia, en las provincias, Roma está representada por un
administrador romano y. un 
-reducidg -sruno 
de cohbóradores. EJte pro-
9ónsul o pro-pretor fue siempre nombrido-por un solo año. Defendía los
intereses de la metrópoli y administraba jüsticia entre ciudadanos roma-
nos;- por lo demás, no se interesaba muóho por su provincia. Mientras
en ésta no hubiera tumultos y se pagaran püntuatménte los tributos, la
poblagion disfrutaba de ampüa uuértá¿. Lá intervención de un pilátos,
por,tímida-.e¡-e fueq, 9l ""1 injusticia cometida por judíos contra unjudío, excedió lo_que hubiera sido ia actitud normal,\ndiierente, de un re-
presentante de Roma. No- hubo una poütica consciente para fomentar
la eco¡omía de_ la provincia, o para [ógar a una economí'a general me-
crrterráne¿, inteligentemente planeada o dirigida desde Roma.-
Así, Roma no era la capiqa de un terñtorio mediterráneo, sino más
bien una enonne a¡aña en- el centro de una e,üensa red dá tratados,
bases militales y gobernadores provinciales.,
otro defecto del sistema erá el cambio anual de los administradores
9" l* provincias. xllo agravaba su comrpción, q,r" "o-.tr"ó-á extendersehacia el final de la época repubücana. ün aúo futr"iorrario .irrrurro 
"orr-*t9:t"!r vergo¡zoso ageptar -un salario por_su protigitáo-"*go, y, ..en
vista de tan altos ideales,Io l. quedaba más remedi; d; ioiár;','r.gri'la cínica expresión de B. Brecht.'
Para combafr 11 comrpción,. se.celeb¡an entonces grandes procesos
contra los administradores i¡^imoralgs -(cfr. cicerón "orrtru 
VüLl ;'y "t*ola defensa cuesta dinero, "los administradores añadí; p";;ftIá"áá;,
a lo^g¡re 
1o!aban-, los gastos de los futuros proc.r*;;. -
. .só.lo el imperio l-ogTa -o-rganjzar el Mediterráneo de manera más satis-tactona' abandonando la idea dela polís, del Estado-ciudad, ya que ésta esuna base demasiado 
,estrecha para-ra organización d;; ilrritorio tanenonne.
14. Pn¡ur,ne FA.E DEL rMpERro: EL pRrNCxpAm. Octavio _más
!qd:, +}gusto, -o sea,- el- b{ilante, nombre que le ¿a¡a ia aAulación_había sido un joven insignificanté, favorito t" ¡"rio 
-óerl..* p.ro, 
"o'
HISTORIA DEL DERECIIO ROMANO 37
sorpresa de todos, se convierte, tras la muerte de su padre adoptivo, en
un enérgico líder, carente de escrúpulos. Una vez en el poder, €xperi-
menta un segundo cambio, y se trarisforrna en un emperadorprud€nte
y sabio, dechado de virtudes ciudadanas.
No olvida la actitud del senado hacia Julio César y, ¡ror tanto, trata
de dar la impresión de que está restaurando la antigua Roma republicana
y senatorial. Nunca declara que ha comenzado una nueva etapa en la
historia constitucional de Roma, sino que dice traer la paz, despu& de
tantas generaciones de guerra civil, y gue su época es sólo de transición,
durante la cual d no hace más que preparar el camino a la restauración
de la república.
Reúne en su penona varias funciones republicanas: es tribuno (de
modo que tiene el importante derecho de veto y la sacrosanctitas), cónsul,
procónsul respecto de varias provincias, pontífex tnaxímus, censor (de modo
que tiene la composición del senado en su poder), presidente del senado,
jefe de la annona (organización central para el abastecimiento alimenticio
de Roma), director de la moneda; dirige la polltica internacional; es el
supremo jefe militar. Todas estas funciones ya hablan existido en el periodo
republicano: lo único nuevo es su concentración en una sola persona"
Embellece Roma; otorga al imperio sus llmites naturales (Rin, Danubio,
desiertos africanos) 1 organiza las precarias relaciones entre el senado y los
"nuevos ricos", o sea, los equites; reorganiza el ejército y la armada. Ade-
más, administra personalmente importantes provincias. Su fortuna privada
(origen del fiscus) es fabulosa, y el emperador, cuando es necesario, hace
pr&tamos generosos al empobrecido erario. Sus esclavos y libertos se in-
crustan en la administración púbüca; les hace recomendaciones que ellm
trasmiten a los funcionarios a que están adscritos, y que éstos toman muy
en cuenta. Nada indica, realmente, que fuera impcible reg€sar a la nor-
malidad republicana, distribuyendo de nuevo sobre diversm ciudadanc el
tremendo poder personal de Augustoi p€ro, de hecho, se perpetúa la situa-
ción por virtud de la cual una sola p€rsona acumula muchas antiguas
funciones, antes repartidas entre varios rloma^nos.
El diplomático Augusto finge siempre un gran respeto por el senado.
Y, como su nacionalismo coincide más con el espíritu de los sgnadores
que el cosmo¡rolitismo de Julio César, mrnca surgen grandes conflictos
entre el em¡rerador y el citado organismo. Sin embargo, Augusto llevaba
siempre una corÍrza bajo la toga cuando acudía a las sesiones senatoriales
(dentro de las cuales figuraba como "primera c.abezt', como princeps).
Tambifu los siguientes emperadores concedían, en realidad o en aparien-
cia, cierta importancia al senado. Por eso, esta primera fase del imperio
se llama también la época de la diorqula, s decir, de un gobierno re-
partido entre el em¡:erador y el senado.
Los comicios decaen rápidamente; después de Veqpasiano (69-79), no
intervienen ya en la elaboración del derecho.
38 DEREcHo pRrvADo RoMANo
En el curso de los primeros siglos del imperio, también el senado se
sslipsa ante-el,creclente brillo del emperador. La última vez que éste
se digna pedir la colaboración de los senadores en la expedición he nor-
mas jurídicas es bajo Septimio Severo (193-211).
IIna burocracia imperial, con funcionarios bien pagados que ya no
carybian cada año, sino cuando lo decide el emperádor, surge ai lado
de la antigua magistratura, y los viejos organismos quedan reduiidos a los
Iímites municipales de Roma.
El problana de la organización territorial del mundo mediterráneo
lo resuelve, de manera acertada, el principado. El emperador sustrae
provincia tras provincia al dominio del senado. La economía de diversas
regiones del Mediterráneo comienza a coordinarse. Fórmanse colonias
romanas fuera de ltalia, y miEntras Roma abre sus puertas a la influencia
cultural helenística, tales colonias llevan a las provincias la cultura roma-
na. Esto favorece cierta unificación psicológica de los diversos territorios
del mundo antiguo.
Los provincianos reciben con generosidad la ciudadanía romana y el
senado se llena de aristócratas oriundos de ciudades que no pertenecen
a la península italiana. Con Trajano sube al trono imperial el primer
español; con Sepimio Severo, el primer africano. Bn vez de una polis
que dirige, mediante tratados o por conducto de un gobernador, a varios
pueblos heterogéneos, encontramos un Estado supranacional, en el cual
la posición de Roma pierde más importancia, desde el comienzo del im-
perio; y, en el curso de los siglos posteriores, la misma Italia comienza
a perder su preponderancia en el ámbito del mundo antiguo.
El primer siglo imperial es una época de transición. Se habla de res-
taurar la república, mas en realidad se prepara una transformación políti-
ca que imposibilita el retorno a las tradiciones republicanas. El ciudadano
no comprende muy bien lo que está ocurriendo. El segundo siglo del
imperio, que le otorga su máxima extensión, en cambio, muestra clara-
mente que nunca se restaurará la república. Consolídase una nueva situa-
ción política en la que un solo ciudadano tiene, en forma vitalicia, un
amplio poder central. Sin embargo, la presencia de__uqa brillante serie
de inteligen,o -y, a veces, hastá sabios- emperádores, los Antoninos(96-196), generalmente ligados entre ellos por adopción, dora la pfldora
imperial. Trajano, Adriano, Antonino el Piadoso y Marco Aurelio, típicos
déspotas ilustrados, proporcionan quizás al Mediterráneo zu época más
feliz. No faltaban, sin embargo, algunas nubes en eI luminoso cielo de
esta fase histórica. La población disminuye, a p€sar de la legislación
caducaria; el latifundismo aumenta; gennanos y parüos ejercen tremenda
presión en las fronteras; el cristianismo, que se niega a participar en Ia
vida pública del imperio y a rendir culto-al emperador," causi con ello
35 Detalle im¡iortante, y-q que éste era factor esencial y unificador en aquel imperio
amenazado por_fuerzas_cerrtrífugas ,iesintegrado-ras, En tiempos cristianos, el 
-Emperador,
que ya no puede ser divino, cuando men-os reina .,por gra-cia divina". '
HISTORTA DEL DERECITO ROMANO 39
problemas internos, y, en su última fase, el principado comete el error de
conceder al ejército ingerencia política; en el siglo III, sobre todo, lm €mP€-
radores son títeres de la soldádesca y se suceden rápidamente; con fre-
cuencia, un asesinato pone fin a su breve gobierno. Sobre todo entre
235 y 285, fuerzas centrífugas de la peor calidad sustituyen al poder
central. Es una época caracterizada por peste, inflación, hambre, piratas
y bandidos; grarr. parte de la clase media queda eliminada. El ejército
consta cada vez de-menos italianos y más provincianos, y en él predomina
además la capa más baja del pueblo: los enemigos del orden y de la
propiedad. Pira la burguesla dé las ciudades era casi tan terrible sufrir
el paso del ejército propio, como padecer el de los germanos o los parto¡.
Loi soldadoJ exigían de los emperadores remuneraciones cada vez más
elevadas; y, si &tos las negaban, el ejército solía sustituirlos sin vacilar.
Guerras civiles devastan el imperio; el comercio decae; una abrumadora
carga fiscal aplasta la economía, y sólo encontramos débiles vestigios de
algo que pudiera calificarse de vida cultural. Mientras el descenso gene-
ral ¿e la-natalidad causa el natural vacío demográfico en el imperio,
desde fuera presionan razas jóvenes, queriendo entrar. Así como de la
gran crisis dé la reprlblica nació el principado, de la crisis de éste surge
la siguiente fase polltica: la autocracia.
COMIENZO DEL PRINCIPADO
M PERADOSENADO
Amici Ca¿sa¡ü
15. Cen.lctnnrz¡cróN oBr. DEREcHo DEL PRINcIPADo. En este Perio-
do encontramos el máximo florecimiento del derecho romano, una lozanía
preparada quizás en forma más bien oral, durante lo-s últimos dos siglos
áe ia repúbüca, en agudas discusiones y con injertos de la-filosofíagriega
en las oiiginales instituciones jurídicas romanas, pero que durante-_el prin-
cipado selraduce en una abundante y espléndida literatura jurídica.
40 DEREcHo pRrvArx) Ro!ÍANo
Si el derecho republicano se caracterizó por su inflexibilidad y rudeza
y el-afán de seguridid jurídica,en el derechó del principado predámina el
i1t-ele9!o y su deseo de iealizar el principio de h eQuidaá. Se üende a inü-
vidualizar las soluciones jurídicas, alul en perjuióio de zu previsibilidad.
- La-famosa opinión de von Savigny, según la cual los juristas de esta
época "calculaban con conceptos", no siempre responde a io que sabemos
del derecho clásico. Muchas veces debemós precisamente admirir, con von
Jhering,Eo cómo los clásicos resisten la seduición del rigor lógico, cuando
éste entra en conflicto con intereses reales.
16. Sncu¡¡o¡ FAsE DEL rMpERro: LA AUTocRAcrA. El gran Diocle-
ciano prepara al caótico siglo III un fin, si no feliz, cuando ménos ordena-
do. Hace nuevamente del ejército r¡n instrumento subordinado a la polí-
tica nacional, quitándole su carácter de supremo poder. Desde entoñces,
el emperador es el único órgano importantti en el Estado. Ya no tiene el
senado influencia alguna. Los tih¡laies de las otrora venerables funciones
republicanas, como los cónsules o senadores, son ahora únicamente servi-
dores del emperador; gozan de títr¡los honoríficos, pero a menudo tan
costosos que los sribditos imperiales se esfuenan en evitar tan magnlficos
nombramientos. El honos se habla convertido en ozus (carga).
Roma e Italia habían perdido su privilegiada situación. El emperador
ya no reside allí necesariamente. Diocleciano, por ejemplo, pasó en Rbma no
más de unos cuantos meses en veinüún años de gobierno, y Constantino
establece su residencia en Bizancio que, desde entonces, recibe el nombre de
Constantinopla.
Todos los funcionarios públicos dependen, en última instancia, del em-
perador. Quedan organizados en forma estrictamente jerárquica, y con
espías y "ganchos", el emperador trata de combatir su invaria6le tenáencia
a la comrpción.
El oriente y el occidente del imperio tienen administraciones separadas,
pero.los dos emperadoíes (Augustos), asistidos por vice-emperadoies (Cé-
sares) 
-que al mismo tiempo son presuntos suéesores-, aéUian ayudarsemutuamente ("tetrarquía"). Desde entonces hallamos con frecuencia que
las 
_ 
leyes importantes so¡ _prymulgadas simultáneamente por ambos emp.-
radores. Durante el s. IV, la división retrocede a veces, iemporalmentg a
favor de una nueva unificación, pero desde 395 la bipartición es aén
nitiva.
- - El-aspecto ge¡qal.-qug n9s ofrecg 9l Bajo Imperio no es optimista:falta de übertad individual, abusos det fisco, irrsegúdad en las cárreteras,
bajo--Tvg cultural, constantg presión desde el ñrmdo gennánico e infe-
c¡nüdad eg .lto grado (suiciiiio de ta raza). "E¡x las-famosas ciudades
de antaño, Ias calles están en minas, las casás vacías; en el foro y en el
HISTORIA DEL DERECHO ROMANO
gimnasio 
-pace_ 
el gfnqdo, y en el anfiteatro crece el trigo, sobre
espigas sobresalen aún las estatuas''.3?
EL BAJO IMPERIO
4l
cuy¿rs
E M P ERADON,
Senados
de Roma y de
Constantinopla
4 Prefectc
t4 Vicarios
ll7 P¡usídcs P¡oaincia¡um
. En aqrrella época, para poder disfruta¡ de una vida llevadera (un ,,refu-
gio de tabiques refractarios, en el infierno"), había que ser alto'mütar o
burócrata importante; no basaba ya con ser rico. Lf defensa que oto{ga-
ban muchos terratenientes poderosm a sus colonos en contra de lc abus6
de los funcionarios imperiales estimulaba el nacimiento de un ambiente en
el cual podemos vislumbrar el futuro fsudalismo medier"al. Podría decine
que *la g¡incip{ fuerza social que quedaba, era, simplemente, d poder del
Bs1ad9 dictatorial;- su arrna era la poücía secreta; á principat iactor de
cohesión social era la omnipresente so-mbra del verdugo. En taies circunstan-
cias, una sociedad necesita sólo un leve golpe o<terño, para convertirse en
materia prima pasiva _que, luego, nqevÍu¡ fuerzas sociales, empujadas por
hombres procedentes de fuera, transformarán en sociedades jóveires. póco
se necesita entonces para que miembros de sociedades caducas se convier-
tan en súbditos de o<tranjeros que todavía son capaces de sentir ideales,
que disponen de alegría vital y (ue se sirven del pitrimonio heredado dé
sociedades muertas para configural otras nuevas''.tdToda caída viene desde
lp_ fr"4gl. "Lo que nos traiciona es siempre una propia falsedad interna,,(Merediü).
3? Oswe¡.o S*Ncr,rn, Ld dec¿dencia de Occidcnte, trad. española, Madrid 1943;ü. É5.
18 Véase mi libro El dc¡echo lomano, como afición, Xalapa, 1959, pág. lOO.
42 DERECHO PRTVADO ROMANO
Es en esta fase que el cristianismo se convierte primero en religión
tolerada (Galerio y Constantino, Sll/3, edictos de tolerancia); luego, en
objeto de especial cariño por parte de la corte (por ej., intervención perso-
nal de Constantino en el concilio de Nicea, 325),luego en reügión oficial
e intolera¡rte (medida de Graciano y Teodosio I,382). Las discrepancias
teológicas (lucha entre arrianos y no arrianos, etc.), arrastrando al Estado,
añadieron un renglón más a la larga lista de desgracias postclásicas.
Desde el momento en que los hunos encontraron el modo de cruzar el
río Don 
-que 
hasta entonces detuvo su llegada por varios siglos-, destro-
zando luego el imperio de los ostrogodos de Ermanarich (alrededor del año
350 d. de J. C.) y derrotando poco después a los visigodos, del otro lado
del Dniéster, hubo pánico en Europa. De un rincón olvidado había sur-
gido un pueblo terrible, que aniquilaba cuanto hallaba en su camino.
"Donde había pisado el caballo de Atila, ya no crecía la hierba". . .
Los ejércitos romanos estacionados en la orilla del Danubio no tardaron
en darse cuenta de que algo anormal sucedía al otro lado. Pronto se
concentraron allí millares de refugiados, que recibieron en 376 el permiso
imperial para cruzar el rlo.
Desde entonces, la presión externa de los germanos, tanto más sensible
cuanto menor era la natalidad en el interior, se agravaba cada decenio.
Después de vencerse la crisis interior de la indisciplinada milicia, un
triunfo pagado con terribles sacrificios de la libertad cívica, asomaba el
peligro exterior de la invasión o infiltración de los germanos, peligro al que
sucumbiría el imperio occidental.
Los germanos entraban cada vez en mayor número, con permisos colec-
tivos, por la fuerza o clandestinamente. Cuando, por fin, el jefe bárbaro
Odoacro, oficial germánico al servicio imperial, decidió mandar al último
emperador de occidente, Rómulo Augústulo, a descansar en una de sus
lujosas haciendas, encargándose él mismo de la responsabilidad del gobier-
no, mientras que otros bárbaros ocupaban el trono en diversos lugares del
imperio, ocurrió un hecho que los súbditos imperiales veían venir hacía
ya mucho tiempo. Este hecho no era más desagradable, para la mayoría de
ellos, que otros muchos acontecimientos ocurridos desde hacía varias gene-
raciones. Por lo demás, ese suceso no cambiaba tanto la realidad como
podúa sugerir el patético renglón en las tablas de fechas im¡rortantes:
"476: Caida del Imperio de Occidente". Lo que está tan bajo, no puede
ya caer más.
Los nuevos jefes de los reinos visigodo, borgoñón, ostrogodo, vándalo,
etc., sentían a menudo una sincera veneración por la cultura romana, y
administraron sus regiones a veces con gran acierto. Pensemos en_ el rey
ostrogodo Teodorico, enamorado de Italia y de su antigüedad, qué resultó
el mejor gobernante de Ia península en mucho tiempo.se Interesante tam-
3e Véase la novelesca biografía de este pintoresco gerrnano, por Marcel Brion.
HISTORIA DEL DERECHO ROMANO
bién es a este respecto la opinión de Ataúlfo, el rey visigodo. Primero
quiso convertir el imperio romano en un imperio godo, pero pudo com-
probar que los godos no sabían obedecer las leyes, y que sin 6tas no hay
Estado. Prefirió entonces fundar su gloria en el restablecimiento del anti-
guo imperio romano por la "fuerza de su pueblo y pasar a la posteridad
como el hombre que había restaurado dicho Estado, ya que le fue imposi-
ble cambiarlo".ao
Con tal mentalidad, era natural que los nuevos maestros respetaran el
derecho romano, ordenaran su compilación y trataran -a veces, prema-turamente- de aplicar este refinadoderecho a sus toscos súlditos, como
sucedió, por ejempio, en el caso del Edicto de Teodorico.
El mundo antiguo, después de la caida del Imperio Roma¡o de Occidente.
Bn cuanto al imperio de oriente, más rico y civilizado, con menos in-
filtración de bárba¡os, continúa en línea recta la tradición de Augusto
y de Diocleciano-Constantino. AIIí vive el verdadero "emperador", que,
más tarde, se negará a reconocer la categoría imperial de Carlomago y
de sus sucesores, ya que éstos derivaron zu ilegítimo título de emperador de
un acto de usurpación por parte del papa León ff, en la Navidad del
año 800.
10 Citado por F. Wre,rcxza, Vom ¡6m. Staat als Rechtsordnzzg, Friburgo, 1949"
43
44 DEREcHo pRrvArx) RoMANo
En la parte oriental del Mediterráneo se crea una nueva cultura, la
bizantina, de rasgos muy propios, la cual ---en medio de toda clase de cala-
midades- logra sobreüvir hasta el Renacimiento, para caer finalmente
arrollada por los hrcos, en 1453.
A uno de estc emperadores orientales, Justiniano (527-565), el último
que trataba de conservar el latín como lengua oficial, debemos nuestro
conocimiento del dezecho romano, que él nos consenró en una gran com-
pilación, el Cmpus iuris ciailis, con la cual logra, en parte, remozar el
derecho y acercarlo al nivel del pensamiento juúdico del principado.
17. CenecrrnrzecróN DEL DEREcHo DEL BAJo rMpERro. Durante
este periodo, la ciencia juúdica decayó notablemente, a tal grado que se
designa como "derecho vulgar" el posterior a Diocleciano. Aungue no soy
partidario de tales simplificaciones, podúamos decir que, si en él derecho
preclásico ha predominado la infloribilidad y la rudeza, y en el derecho clá-
sico el intelecto, el derecho postclásico sufrió un exceso de sentimentalismo,
no compens-ado por un sentido de propia responsabilidad o por penetración
dogmática.a1
Sería erróneo p€nsar que la fase postclásica ha sido pobre en creaciones
legislativas: pessiina tumjora, pluri,hae leges...- El jüicio peyorativo de
la vida jurídica de entonces no se refiere á la cantidaá, sino-a-la calidad.
- Las_ innovaciones, incorporadas en "constituciones imperiales", consis-tían sobre todo en adaptaciones del derecho romano al derecho local,
provincial (en gran parte una "orientalización" del derecho, tendencia
aún comb-ati4u-pol Dioclecjano pero admitida desde Constantino), adap-
taciones al cristianismo y al socialismo de Estado.
_ !n_gl occidente, el derecho romano vulgar perdura hasta entrada laEdld Medja,. pero_-en el oriente el ambiente vulgarista cedió su lugar
al Corpus iuris ciailis, en tiempos de Justiniano (527-565).
ii t"tS már {¿¡¡¡* vÉanse las págs. 65 y dgs.a2 En las peorer épócas, es cuadddse 
"rytd; más leyes...

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