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ESCUELA DE POSGRADO 
PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN 
DERECHO CORPORATIVO 
La cláusula arbitral en los contratos individuales de los 
trabajadores en el Ecuador 
 Maestría en Derecho Corporativo 
TRUJILLO - PERÚ 
2023 
CARÁTULA 
AUTOR: 
Sanchez Guevara, Angel Alfonso (orcid.org/0009-0006-7634-6210)
ASESORES: 
Dr. Obiol Anaya, Erik Francesc (orcid.org/0000-0002-3513-5592)
Mtro. Campos Maldonado, Milagros Patricia (orcid.org/0000-0002-0829-1645)
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: 
Derecho Civil 
 LÍNEA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA: 
TESIS PARA OBTENER EL TíTULO PROFESIONAL DE:
Fortalecimiento de la democracia, liderazgo y ciudadanía
ii 
Dedicatoria 
La presente se la dedico a mis Madres, Lourdes y Roció las cuales son mi guía, mi 
luz y mi amor, ante todo. A mi padre quien me inculco desde que tengo uso de 
razón que el estudio es la mejor herencia que me puede dejar. A mis Hijos, Romina 
y Lucca quienes lo son todo para mí y trato ser un buen ejemplo para ambos y mis 
logros siempre serán dirigidos hacia ellos, mi motor. Se lo dedico también a la 
compañera de mi vida Geli por estar para mí y darme su amor incondicional. Y a mi 
hermano Gabriel, aunque físicamente haya partido siempre estará presente para 
mí. 
iii 
Agradecimiento 
Agradezco a mi familia por ser mi pilar 
fundamental y brindarme su apoyo en cada 
decisión que tomo, a mis hijos Lucca y 
Romina por ser mi motor y también 
agradezco a las personas que directa o 
indirectamente han hecho posible que 
cumpla esta meta que me propuse. 
iv 
ESCUELA DE POSGRADO 
ESCUELA PROFESIONAL DE MAESTRÍA EN DERECHO CORPORATIVO 
Declaratoria de la autenticidad del asesor 
Yo, ERIK FRANCESC OBIOL ANAYA, docente de la ESCUELA DE POSGRADO 
de la escuela profesional de MAESTRÍA EN DERECHO CORPORATIVO de la 
UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO SAC - TRUJILLO, asesor de Tesis titulada: "La 
cláusula arbitral en los contratos individuales de los trabajadores en el Ecuador", 
cuyo autor es SANCHEZ GUEVARA ANGEL ALFONSO, constato que la 
investigación tiene un índice de similitud de 9.00%, verificable en el reporte de 
originalidad del programa Turnitin, el cual ha sido realizado sin filtros, ni 
exclusiones. 
He revisado dicho reporte y concluyo que cada una de las coincidencias detectadas 
no constituyen plagio. A mi leal saber y entender la Tesis cumple con todas las 
normas para el uso de citas y referencias establecidas por la Universidad César 
Vallejo. 
En tal sentido, asumo la responsabilidad que corresponda ante cualquier falsedad, 
ocultamiento u omisión tanto de los documentos como de información aportada, por 
lo cual me someto a lo dispuesto en las normas académicas vigentes de la 
Universidad César Vallejo. 
TRUJILLO, 27 de Julio del 2023 
Apellidos y Nombres del Asesor: Firma 
ERIK FRANCESC OBIOL ANAYA Firmado electrónicamente 
DNI: 42417854 
ORCID: 0000-0002-3513-5592 
por: OBIOLEF el 02-08- 
2023 11:44:28 
Código documento Trilce: TRI – 0623124 
v 
ESCUELA DE POSGRADO 
ESCUELA PROFESIONAL DE MAESTRÍA EN DERECHO CORPORATIVO 
Declaratoria de Originalidad del Autor 
Yo, SANCHEZ GUEVARA ÁNGEL ALFONSO estudiante de la ESCUELA 
DE POSGRADO de la escuela profesional de MAESTRÍA EN DERECHO 
CORPORATIVO de la UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO SAC - TRUJILLO, declaro 
bajo juramento que todos los datos e información que acompañan la Tesis titulada: 
"La cláusula arbitral en los contratos individuales de los trabajadores en el 
Ecuador", es de mi autoría, por lo tanto, declaro que la Tesis: 
1. No ha sido plagiada ni total, ni parcialmente.
2. He mencionado todas las fuentes empleadas, identificando correctamente
toda cita textual o de paráfrasis proveniente de otras fuentes.
3. No ha sido publicada, ni presentada anteriormente para la obtención de otro
grado académico o título profesional.
4. Los datos presentados en los resultados no han sido falseados, ni
duplicados, ni copiados.
En tal sentido asumo la responsabilidad que corresponda ante cualquier falsedad, 
ocultamiento u omisión tanto de los documentos como de la información aportada, 
por lo cual me someto a lo dispuesto en las normas académicas vigentes de la 
Universidad César Vallejo. 
Nombres y Apellidos Firma 
ANGEL ALFONSO SANCHEZ GUEVARA 
PASAPORTE: A4033635 
ORCID: 0009-0006-7634-6210 
Firmado electrónicamente 
por: ASANCHEZG249 el 27- 
07-2023 12:39:35
 Código documento Trilce: TRI - 0623145 
vi 
Índice de contenidos 
Carátula .............................................................................................................................................. i 
Dedicatoria.........................................................................................................................................ii 
Agradecimiento ................................................................................................................................ iii 
Declaratoria de la autenticidad del asesor .................................................................................. iv 
Declaratoria de originalidad del autor ............................................................................................ v 
Índice de contenidos ....................................................................................................................... vi 
Índice de tablas ............................................................................................................................... vii 
Índice de figuras ............................................................................................................................. vii 
Resumen ......................................................................................................................................... viii 
Abstract ............................................................................................................................................. ix 
I. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 1 
II. MARCO TEÓRICO .................................................................................................................. 4 
III. METODOLOGÍA .................................................................................................................... 15 
3.1. Tipo y diseño de investigación......................................................................................... 15 
3.2. Categorías, Subcategorías y matriz de categorización ............................................... 16 
3.3. Escenario de Estudio ........................................................................................................ 16 
3.4 Participantes ........................................................................................................................ 17 
3.5. Técnicas e instrumentos de recolección de datos........................................................ 17 
3.6. Procedimientos .................................................................................................................. 17 
3.7. Rigor científico .................................................................................................................... 18 
3.8. Método de Análisis de Información ................................................................................. 18 
3.9. Aspectos éticos .................................................................................................................. 18 
IV. RESULTADOS Y DISCUSIÓN ............................................................................................ 19 
V. CONCLUSIONES .................................................................................................................. 30 
VI. RECOMENDACIONES ......................................................................................................... 31 
REFERENCIAS .............................................................................................................................32 
ANEXO .............................................................................................................................................. 1 
file:///C:/Users/Dell/Downloads/TESIS%20CLÁUSULA%20ARBITRAL%20COMPLETA%2025-7-2023%20(1).docx%23_Toc148702983
vii 
Índice de tablas 
Tabla 1. Participantes de la Investigación ............................................................................... 19 
 Índice de figuras 
Figura 2. Triangulación de los resultados de la investigación ............................................... 20 
viii 
Resumen 
La presente investigación trata sobre la cláusula arbitral en los contratos 
individuales de los trabajadores en el Ecuador. El objetivo del estudio fue 
determinar en qué medida la falta de regulación normativa de las cláusulas 
arbitrales en los contratos de trabajo, vulnera el derecho de acceso a la justicia por 
parte el trabajador. La metodología empleada en el estudio se basó en la 
investigación básica, documental, la teoría fundamentada y en el método inductivo. 
Además, se aplicó la técnica entrevista, dirigida a 4 profesionales en derecho que 
laboran de manera independiente y 2 Jueces en materia laboral que ejercen sus 
competencias en la ciudad de Babahoyo. Los resultados revelan que la cláusula 
arbitral es válida para la resolución de conflictos; sin embargo, existen escenarios 
donde no se puede garantizar equidad. Por lo tanto, el objeto del arbitraje es la 
resolución de controversias presentes y futuras cuando existe un acuerdo mutuo. 
Se concluyó que, la cláusula arbitral es un mecanismo para resolver disputas en 
los contratos laborales, porque permite tanto al empleador como empleado acudir 
a un árbitro para resolver la controversia, en vez de los tribunales ordinarios; sin 
embargo, aquello no significa que no se vulneren los derechos del trabajador. 
Palabras clave. Cláusula arbitral, contrato individual, ley de arbitraje y mediación,
principio de irrenunciabilidad y derechos sustantivos. 
ix 
Abstract 
The present investigation deals with the arbitration clause in the individual contracts 
of workers in Ecuador. The objective of the study was to determine to what extent 
the lack of regulatory regulation of arbitration clauses in employment contracts 
violates the worker's right of access to justice. The methodology used in the study 
was based on basic, documentary research, grounded theory and the inductive 
method. In addition, the interview technique was applied, aimed at 4 legal 
professionals who work independently and 2 Labor Judges who exercise their 
powers in the city of Babahoyo. The results reveal that the arbitration clause is valid 
for conflict resolution, however, there are scenarios where equity cannot be 
guaranteed; Therefore, the object of arbitration is the resolution of present and 
future disputes when there is a mutual agreement. It was concluded that the 
arbitration clause is a mechanism to resolve disputes in employment contracts, 
because it allows both the employer and employee to go to an arbitrator to resolve 
the controversy, instead of the ordinary courts, however, that does not mean that it 
is not violate the rights of the worker. 
Keywords. Arbitration clause, individual contract, arbitration and mediation law,
principle of inalienability and substantive rights 
 
 
1 
 
I. INTRODUCCIÓN 
La cláusula arbitral es un mecanismo para resolver disputas que pueden 
estar presentes en los contratos laborales. Establece que, al existir inconvenientes 
entre empleador y empleado, en lugar de acudir a los tribunales ordinarios, ambas 
partes acudirán a un árbitro para resolver la controversia (Fajardo, 2021). Es 
importante definir que las controversias son las originadas de la relación laboral, 
donde una práctica rutinaria de la parte empleadora en el Ecuador se basa en que 
cualquier conflicto que sucediera, será tratado por medio del tribunal de arbitraje; 
sin embargo, resulta fundamental exponer la situación de desigualdad en la que se 
ve expuesto el trabajador, en virtud de que por la subordinación en la que 
encuentra, se crea un escenario de vulnerabilidad y propenso de permitir 
concesiones que afecten acceder a procesos de justicia ordinaria o limitaciones de 
derechos. 
Entre las concesiones que puede otorgar el trabajador cuando se encuentra 
en un escenario de vulnerabilidad por subordinación laboral se destaca la presencia 
de cláusulas en el contrato que no se hayan discutido entre las partes, sino más 
bien son implementadas de manera unilateral. Dentro de estas concesiones se 
resalta la cláusula arbitral, la misma que no siempre se firma bajo un escenario 
donde haya igualdad de condiciones entre el empleador y empleado, lo cual puede 
provocar el entorpecimiento para los trabajadores en relación de dependencia 
accedan a la justicia o que se favorezca al empleador con la evasión de pagos de 
los derechos sustantivos del trabajador. 
Es importante destacar el hecho de que el arbitraje laboral es considerado 
por la Carta Magna del país, artículo 190, como un mecanismo alternativo para 
acceder a la justicia laboral; en el que las partes debe presentar mutuo acuerdo 
para renunciar a la justicia ordinaria y proceder con un tribunal de arbitraje. Motivo 
por el cual, existe controversia con respecto a que la firma de la cláusula arbitral 
representa la renuncia de derechos sustantivos laborales cuando se ejecuta al 
principio de la relación laboral. No obstante, el problema radica en el sentido de que 
por lo general la parte empleadora de manera exclusiva consigne una cláusula 
arbitral, donde el empleado se ve en la obligación de aceptar por su condición de 
subordinación, lo cual denota la ausencia de libertad absoluta a decidir de manera 
 
 
2 
 
voluntaria y no condicionada. Cuando aquello sucede, renuncia a la justicia 
ordinaria y se encuentra a disposición de otra autoridad. 
De igual manera, se estipula que en el Ecuador existe jurisprudencia en que 
la cláusula arbitral en contratos de trabajo ha sido considerada nula por vulneración 
de derechos al trabajador, en tal sentido se manifiesta que a pesar de no existir un 
criterio unificado, se han presentado escenarios donde el trabajador ha reclamado 
la vulneración de sus derechos por medio de la justicia ordinaria; tal como lo estipula 
Viteri donde cita el caso de la Sentencia Nº 0169-2014-SL, 2014, en la que se 
rechaza el sistema de arbitraje por el argumento de irrenunciabilidad de los 
derechos al trabajador. Es así, que la firma de cláusula arbitral supone hasta cierto 
punto la dimisión de derechos adjetivos. 
Otro aspecto que se destaca dentro del contexto problemático se sustenta 
que los contratos laborales con convenio arbitral celebrados al principio de la etapa 
laboral, no solo limitan al derecho de litigar en los tribunales y a recursos legales 
que podrían estar disponibles en un proceso judicial, también genera el pago de 
valores económicos por tasas administrativas, por lo que, si un trabajador 
pretendiese defender la vulneración de sus derechos, deberá pagar, lo cual 
representa dificultades para garantizar el derecho de acceso a la justicia de manera 
gratuita. La Constitución del Ecuador (2021) en el art. 75 establece que todas las 
personas tienen derecho a acceder a la justicia de forma gratuita y a la protección 
efectiva, imparcial y rápida de sus derechos e intereses, de acuerdo con los 
principios de inmediación y celeridad, sin que queden en una situación de 
indefensión. Además, la ley sancionará aquellos casos en los que se incumplan las 
resoluciones judiciales. 
El estudio se justifica en función de su relevancia, debido a que en la 
actualidad son diversos los conflictos o discrepancias que se generan en las 
relaciones laborales, por lo que la aplicación de la cláusula arbitral suele ser una 
herramienta beneficiosa para resolver los mismos fuera de los tribunalesjudiciales. 
Por esta razón es indispensable conocer lo que conlleva la aplicación de una 
cláusula arbitral en los contratos de trabajo, puesto que en ocasiones el arbitraje 
puede limitar los derechos legales y las opciones de recursos disponibles para el 
empleado en caso de una disputa. 
 
 
3 
 
El aporte teórico del presente estudio consiste en la presentación de 
información bibliográfica sobre la temática; es decir, se realiza un análisis 
doctrinario y de jurisprudencia con respecto a la cláusula arbitral. De igual manera, 
la investigación resalta las principales desventajas del arbitraje en el país, con la 
intención de que se puedan establecer criterios o parámetros de uniformidad que 
garanticen igualdad de condiciones cuando se establezca un convenio arbitral 
laboral. Mientras que el aporte práctico del estudio se basa en el establecimiento 
de recomendaciones como alternativas de solución sobre la problemática descrita. 
La investigación es importante porque es fundamental que tanto el 
colaborador como el empleador entiendan las indicaciones y limitaciones del 
convenio arbitral antes de aceptarla, todo esto con la finalidad de evitar que se 
vulneren sus derechos. Además, es necesario conocer sobre el tema planteado con 
el propósito de dar un tratamiento apropiado a los cuerpos normativos sobre la 
premisa de estudio. Es importante manifestar que el desarrollo del presente estudio 
también se justifica desde la factibilidad de acceso a recursos literarios y opiniones 
de profesionales en derecho sobre la premisa de investigación planteada. 
En virtud de lo argumentado se establece como propósito general del estudio 
analizar la cláusula arbitral en los contratos individuales de trabajo en el Ecuador. 
Mientras que, como objetivos específicos se establecieron los siguientes: 
Determinar la normativa y jurisprudencia existente con respecto a la resolución de 
conflictos laborales por medio del arbitraje, identificar las implicaciones legales y 
posibles consecuencias de la cláusula arbitral en los contratos de trabajo. 
Establecer las recomendaciones técnicas necesarias para una mejor regulación del 
mecanismo de arbitraje. 
 
 
 
 
 
 
 
4 
 
II. MARCO TEÓRICO 
Sequeira (2020) en su publicación realizada en Nicaragua, donde se 
analizaron diversas normativas y emplearon métodos investigativos , concluyó que: 
“El arbitraje se considera una herramienta práctica dentro del proceso legal, y para 
su funcionamiento adecuado, es necesario un marco jurídico que favorezca al 
arbitraje, proteja la autonomía de las partes involucradas y respalde las decisiones 
tomadas por ellas”. Esto se conoce como el principio de separabilidad. El 
antecedente referenciado es relevante debido a que expresa la importancia del 
arbitraje en la resolución de conflictos y destaca la autonomía de voluntad de las 
partes para dirimir problemas de relación laboral por medio de un convenio arbitral. 
Pereira (2021) en su artículo denominado Cláusulas Arbitrales en Paraguay 
indica que en las relaciones laborales es ideal que se revisen con tiempo las 
cláusulas arbitrales con la finalidad de que en un futuro puedan proteger 
efectivamente derechos e intereses, ya que en ocasiones estas pueden ser 
utilizadas para limitar los derechos de los trabajadores y dar cabida a diversos 
conflictos laborales donde se vulneran los derechos. La importancia del 
antecedente referenciado se basa en resaltar que el mecanismo del arbitraje no 
siempre puede garantizar el cumplimiento efectivo de los derechos de trabajadores. 
Higa (2016) en su artículo llevado a cabo en Perú reveló que el tribunal de 
última instancia en Perú aceptaba la autenticidad de la mediación de conflictos por 
medio del arbitraje, así como la eficacia del arbitraje; no obstante, otro órgano 
judicial tenía una opinión diferente y ultimaba que las cláusulas arbitrales eran 
inválidas porque en lo que respecta a las relaciones laborales se omitía el acceso 
a determinados derechos, por lo tanto, es aplicable el principio de irrenunciabilidad 
de derechos. En este país las cláusulas arbitrales son acuerdos contractuales entre 
las partes que establecen que cualquier disputa que surja de la relación contractual 
se resolverá mediante un proceso de arbitraje. La información descrita es 
importante porque ayudó a tener una percepción más profunda sobre el arbitraje 
como herramienta de solución de conflictos laborales. 
 
 
 
 
5 
 
Gorjón y Adame (2018) en su artículo efectuado en Barranquilla-Colombia 
exponen que el convenio arbitral es una técnica que busca enmendar las 
discrepancias entre el empleador y trabajador. Esta persona no es parte de un 
órgano judicial perteneciente al poder público. Para incluir una cláusula de arbitraje, 
se requiere que ambas partes consientan someterse al arbitraje, que las disputas 
surjan de una relación específica y que sean susceptibles de arbitraje. Mediante el 
antecedente descrito se obtuvo información relevante sobre los convenios 
arbitrales; además, permitió una comprensión holística sobre la temática, lo cual es 
importante para la presente investigación en lo que respecta a la fundamentación 
teórica. 
De acuerdo con Viteri (2022) en su estudio determinó que al incluir una 
cláusula de arbitraje en un contrato laboral, el trabajador renuncia a algunos de sus 
derechos, específicamente los procesales. Sin embargo, los derechos sustantivos 
del trabajador no son renunciados. Por esta razón, dichas cláusulas deberían ser 
consideradas nulas. En Ecuador es necesario que se reformen determinadas 
normativas en donde se especifique cuándo una disputa de trabajo puede ser 
solucionada a través del arbitraje. El antecedente es importante debido a que 
proporciona datos sobre los derechos de los trabajadores y lo que implica la 
cláusula arbitral. 
Según Porras (2019) en su investigación realizada en la ciudad de Guayaquil 
revela que la resolución de los conflictos laborales mediante el arbitraje no es algo 
nuevo, ya que existen desde hace muchos años y se utilizan en diversos sectores. 
Sin embargo, su uso ha ido aumentando debido a que permite resolver conflictos 
de forma eficiente, puesto que diferencia de los litigios judiciales tradicionales es un 
proceso más rápido. Las empresas suelen incluir estas cláusulas en los contratos 
de trabajo para evitar demandas colectivas y asegurarse de que cualquier disputa 
se resuelva de manera privada. Lo establecido por Porras revela la importancia que 
posee el sistema de arbitraje y mediación en situaciones de conflictos laborales, 
por lo cual resulta relevante la presencia de un marco normativo donde se garantice 
el acceso a la justicia de forma equitativa por parte de los trabajadores. 
 
 
 
6 
 
Fajardo (2021) en su estudio realizado en la Universidad de Cuenca 
determinó que los procedimientos de arbitraje se distinguen por ser rápidos; por lo 
tanto, en la mayor parte de los contratos, independientemente de la naturaleza, se 
incorpora este mecanismo denominado cláusula de arbitraje, donde indica que las 
partes abandonan la toma de decisiones comunes (tribunal de justicia) y usan este 
medio para resolver litigios. En el ámbito civil y comercial, no hay controversia en 
el uso de cláusulas de arbitraje para resolver disputas; sin embargo, en el ámbito 
laboral, el tema es más complicado debido al principio de irrenunciabilidad. Este 
establece que los empleados no pueden renunciar a ciertos beneficios garantizados 
por la Constitución. Por lo tanto, las alternativas de resolución de discordias se 
pueden aplicar si se refieren a derechos irrenunciables, ya que en estos casos los 
jueces de trabajo son los encargados de tomar decisiones. La investigación fue 
importante porque ayudó a conocer sobre el principio de irrenunciabilidad y los 
convenios arbitrales. 
Para Canturias y Repetto (2017) la resolución de conflictos mediante elarbitraje consiste en un procedimiento que se apoya en la confianza, donde las 
partes que están en discordia deciden de manera voluntaria aceptar la decisión de 
un tercero neutral e imparcial, que es conocido como árbitro o tribunal arbitral. El 
árbitro tiene la responsabilidad de escuchar los argumentos de ambas partes y 
tomar una decisión para solucionar el conflicto. Pérez (2017) con respecto al 
arbitraje expresa que “Se trata de un sistema heterocompositivo cuyo fundamento 
está en la capacidad de disposición de las partes para aceptar previamente la 
decisión que se tome en el procedimiento arbitral” .(p. 21) 
De acuerdo con Samanate (2019) “El proceso de arbitraje es reconocido por 
su imparcialidad, rapidez y confidencialidad”. (p.18) Por lo tanto, la investigación 
referenciada es importante porque brinda conocimientos sobre el proceso de 
arbitraje y las relaciones de trabajo. Aguirre (2018) indica que “El arbitraje, al igual 
que numerosos conceptos legales, se origina a partir de un contrato donde las 
partes implicadas ejercen su influencia sobre la manera en que resolverán sus 
disputas, resultando en la creación de un acuerdo o convenio arbitral” (p. 38). 
 
 
 
7 
 
Un acuerdo de arbitraje es un contrato legal entre las partes involucradas en 
una disputa o controversia que establece que, en caso de surgir desacuerdos, en 
lugar de recurrir a un tribunal judicial, las partes optarán por resolver sus diferencias 
a través de un proceso de arbitraje (Sánchez, 2020). Reyes y Panchano (2023) 
mencionan que en este acuerdo, las partes suelen designar un árbitro o un panel 
de árbitros y acuerdan seguir las reglas y procedimientos específicos del arbitraje. 
Es importante porque ofrece a las partes una forma eficiente, especializada y 
confidencial de resolver disputas 
Una de las personas que interviene en un acuerdo de arbitraje es el árbitro 
que es un servidor ocasional y transitorio que una vez seleccionado por las 
partes y compensado de acuerdo con el pacto, se convierte en un 
intermediario temporal que se compromete a escuchar y resolver un 
conflicto, compuesto de naturaleza contractual, mediante un proceso legal 
en el que se permite el debate entre las partes. A pesar de sus distinciones, 
tanto el juez como el árbitro comparten la función jurídica de dispensar o 
administrar justicia. (Jiménez, 2022, pág. 3) 
La Constitución del Ecuador (2021) art. 190 admite al arbitraje y mediación 
como “opciones de resolución de disputas”. Por otro lado, la Ley de Arbitraje y 
Mediación (2018) art. 1 revela que: 
Se trata de un método diferente solucionar conflictos donde los individuos 
acuerdan someter, de forma voluntaria, cualquier conflicto que pueda ser 
resuelto mediante un acuerdo, ya sea presente o futuro, a la decisión de un 
tribunal de arbitraje o de árbitros independientes. (p.2) 
Para Córdova et al. (2019) una cláusula arbitral es un pacto o acuerdo entre 
dos o más partes en el que se determina que los inconvenientes que acontezcan 
se resolverán a través del arbitraje, sin la necesidad de acudir a los tribunales . En 
ella se halla estipulados los detalles del proceso de arbitraje, incluyendo número de 
árbitros que participarán, lugar donde se ejecutará el proceso, reglas y 
procedimientos a seguir y manera en que se tomarán las decisiones. Mientras que 
Idrobo (2023) menciona que “En la actualidad, el arbitraje se presenta como la 
opción más efectiva para resolver desacuerdos entre las partes de un contrato, 
sirviendo como un valioso mecanismo alternativo de resolución de conflictos”.(p.3) 
 
 
8 
 
Infante (2021) define al convenio arbitral como un escrito donde los 
involucrados acuerdan resolver mediante arbitraje todas las disputas o 
desacuerdos generados en relación a un asunto legal o de relación laboral. Se 
constituye en la piedra angular del arbitraje, lo que quiere decir que, si no existe 
convenio arbitral no puede haber arbitraje. Por otro lado, Albán (2022) menciona 
que “es la manifestación escrita de las partes de someterse al procedimiento arbitral 
luego de que se haya generado un conflicto entre ellas y no exista una cláusula 
compromisoria que la anteceda”. (p.8) 
Mientras que la Ley de Arbitraje y Mediación (2018) art. 7 manifiesta que el 
acuerdo de arbitraje es un pacto en el que las partes acuerdan cumplir con el fallo 
emitido, y esto evita que el caso sea presentado ante un tribunal ordinario. Si las 
partes acuerdan resolver sus disputas por medio de un proceso de arbitraje, los 
jueces deben abstenerse en el reconocimiento de cualquier denuncia que dio origen 
a la disputa, a menos que haya excepciones establecidas en la ley. De existir 
discrepancias, el profesional de justicia dictaminará que el conflicto se resuelva por 
medio de arbitraje. La notificación de cualquier decisión relacionada con esto debe 
ser entregada a las partes dentro de los dos días posteriores. 
Fernández (2023) expone que son varias las características del arbitraje, 
entre las más relevantes se pueden mencionar: es un proceso consensual; las 
partes pueden designar a los árbitros que resolverán su controversia; la neutralidad 
de los árbitros al momento de pactar el idioma y el lugar por las partes; y la 
confidencialidad del procedimiento. También, el arbitraje brinda una serie de 
ventajas frente a la jurisdicción ordinaria. Según Ballesteros (2017) uno de los 
principios rectores del arbitraje pues es la libertad; de lo que se deriva que la 
autonomía de la voluntad de partes aparece como el fundamento de la institución 
arbitral. Los involucrados por medio del convenio arbitral, confían la solución de su 
controversia a un tercero imparcial 
Una cláusula se refiere a una disposición o término específico que forma 
parte de un contrato, acuerdo legal o documento similar. Estas establecen 
derechos, obligaciones, restricciones o condiciones que rigen las relaciones entre 
las partes involucradas en el contrato. Estas herramientas son fundamentales para 
definir los términos y alcance de un acuerdo, abordando aspectos como precio, 
 
 
9 
 
plazos, responsabilidades y otros elementos esenciales que regulan las 
obligaciones y expectativas de las partes involucradas en el contexto jurídico 
correspondiente. (Cárdenas, 2016) 
Cavazos (2020) menciona la invalidez de una cláusula arbitral se produce 
en situaciones en las que la disposición es defectuosa o contraviene principios 
fundamentales del derecho o de la equidad. Puede ser declarada inválida por 
razones como la falta de voluntad real de las partes al momento de su inclusión, el 
incumplimiento de requisitos legales de forma o contenido, la existencia de 
coacción o fraude en su celebración, o cuando su contenido resulte ilegal o inmoral. 
Una cláusula abusiva es aquella que impone una obligación 
desproporcionada, injusta o ilegal a una de las partes, generalmente la más 
frágil de la relación contractual. Estas cláusulas pueden estar presentes en 
contratos de todo tipo como: préstamos, de seguros, trabajo, entre otros. 
Suelen crear desequilibrios en las facultades vinculados a un contrato. 
(Falconí, 2022, p. 4) 
Viteri (2022) indica que las cláusulas abusivas podrían denominarse así 
cuando cumplieran los siguientes criterios : si hay un desequilibrio de poder de 
negociación entre las partes que firman el contrato, si una de las partes leyó y 
comprendió el contrato antes de firmarlo, si la cláusula que se sospecha que es 
abusiva estaba escrita en letra pequeña, si la cláusula es sustancialmente injusta y 
si se tiene en cuenta las circunstancias que rodean la formación del contrato. Por 
otro lado, también se consideran otros parámetros como edad, educación 
inteligencia y experiencia comercial. Así mismo, Rodríguez y Yong (2023) revelan 
que la cláusula abusiva se refiere a una “Disposición contractual redactada e 
impuesta unilateralmente por una de las partes del contrato,lo que resulta en un 
desequilibrio normativo, significativo e injustificado en los derechos y obligaciones 
de los involucrados en el contrato” (p. 5) 
Según De Castro (2018) Las clausulas arbitrales patológicas son aquellas 
que tienen defectos en su forma y que obstaculizan el adecuado desarrollo del 
procedimiento de arbitraje. Por lo tanto, las mismas no permiten resolver la disputa 
directamente a la tercera persona o árbitro; sin embargo, no significa que en caso 
de ocurrir esto, de manera inmediata la justicia será la encargada de solucionarlo; 
 
 
10 
 
sino que deberán ser examinadas y poseer instrumentos de interpretación. Una 
cláusula arbitral es llamada patológica cuando su redacción carece de sentido o 
presenta alguna anomalía, limitan sensiblemente la responsabilidad por 
incumplimiento del contrato, impiden a una parte tomar medidas legales para hacer 
cumplir el contrato o impedir el acceso a los tribunales, entre otras características. 
Lo argumentado permite interpretar que, una cláusula arbitral patológica es 
la que por su redacción o contenido pueden dar lugar a interpretaciones ambiguas, 
generar conflictos o incluso invalidar el acuerdo arbitral. Por lo tanto, es esencial 
que antes de firmar un contrato, se verifique que la cláusula arbitral sea clara y 
específica en su redacción y que cumpla con todos los requisitos reglamentarios 
correspondientes, ya que de esta manera se podrá minimizar el riesgo de la 
existencia de cláusulas patológicas y asegurarse de que cualquier disputa se 
resuelva de manera justa y eficiente. 
Para Tomas et al. (2018) un acuerdo de arbitraje se considera patológico 
cuando, debido a errores, imprecisiones o carencias en su formulación, obstaculiza 
el proceso normal y adecuado del arbitraje. Por lo tanto, la aplicación efectiva de 
una cláusula arbitral patológica surgió de la identificación y corrección de las 
deficiencias o imperfecciones que pueden existir en los requisitos de validez o en 
aspectos no esenciales de la cláusula. Rodas et al., (2020) indican que “el arbitraje 
y la mediación son mecanismos para resolver conflictos de una manera más 
eficiente, flexible y satisfactoria” (p.114) 
De acuerdo con De Castro (2018) existen las siguientes cláusulas 
patológicas: 
 Acuerdo de arbitrajes optativos: permite a las partes elegir si quieren resolver 
sus disputas mediante arbitraje o la justicia ordinaria, entonces es un acuerdo 
optativo. Por lo general este tipo de acuerdo puede culminar en una sentencia 
nula. 
 Cláusulas carentes de certeza: son aquellas que no brindan una descripción 
clara y precisa del camino que los involucrados decidieron que tome el 
proceso de arbitraje. Estas suelen llevar a las partes a un sin número de 
interpretaciones. 
 
 
11 
 
 Acuerdos de arbitraje inoperantes o inejecutables: Se refiere a las situaciones 
en los que el acuerdo para resolver un conflicto a través de un arbitraje no se 
puede ejecutar debido a que las condiciones bajo las cuales los individuos 
estuvieron de acuerdo son imposibles de cumplir. 
De acuerdo al Código Orgánico General de Procesos COGEP (2021) art. 
153 expresa que solo habrá excepción de convenio arbitral cuando exista: 
incompetencia de la juzgadora, la falta de capacidad de la parte actora, ausencia 
de legitimación en la causa o una conformación incompleta del grupo de 
demandantes, errores en la presentación de la demanda, procedimientos 
inadecuados o una acumulación indebida de reclamaciones, casos pendientes, 
prescripción, caducidad, cosa juzgada, acuerdos de transacción o compromisos de 
arbitraje o mediación. 
La irrenunciabilidad es un principio el cual indica que un individuo no puede 
renunciar de manera voluntaria a los derechos que les corresponden, ya que estos 
son inherentes a su dignidad y no pueden ser objeto de transacción. En otras 
palabras, aunque una persona pueda expresar su intención de renunciar a un 
derecho, esta renuncia no es válida, ya que los derechos fundamentales son 
considerados exclusivos e irrenunciables. (Bayas & Solórzano, 2021). 
En el ámbito laboral los derechos de trabajador son irrenunciables, así lo 
estipula la Constitución del Ecuador (2021) art. 326 numeral 2, donde expresa que 
los derechos laborales son inalienables e intocables, por lo tanto, cualquier cláusula 
en un contrato que contradiga esto será inválida. Si un trabajador firma un contrato 
que incluye una cláusula de arbitraje, al recurrir a un árbitro para defender sus 
derechos, este debe dictaminar el pago de los derechos existentes en su fallo o 
resolución. Sin embargo, al aceptar la cláusula de arbitraje, el trabajador también 
acepta las disposiciones específicas del arbitraje, lo cual puede incluir el pago de 
una tarifa al centro de arbitraje; es decir, la resolución de conflictos laborales 
conlleva costos, que dependiendo de la cuantía del juicio arbitral pueden 
representar valores elevados. 
 
 
 
12 
 
En otras palabras, si un trabajador quisiera ejercer sus derechos legales 
mediante una acción judicial, se le podría exigir pagar una suma de dinero 
considerable, lo que puede ser un obstáculo para su acceso a la justicia. Este hecho 
se contrapone con lo establecido en el artículo 75 de la Constitución del Ecuador 
(2021), que garantiza a todos los seres humanos demandar de la justicia de manera 
gratuita y la protección de sus derechos e intereses. 
En Ecuador, no se estipulan situaciones específicas en las que el empleado 
puede acceder de manera voluntaria o convenida a dicha condiciones; además, 
carece de experiencia en el manejo del arbitraje para solucionar conflictos de 
trabajo. Pese a los inconvenientes en el arbitraje en materia laboral, el sistema 
arbitral es un procedimiento que brinda acceso a la justicia en cuanto a problemas 
laborales. Sin embargo, es necesario la adopción de otras medidas a nivel procesal 
para evitar que el arbitraje impida el acceso a la justicia del talento humano en 
controversias jurídicas. (Endara, 2023) 
El contexto descrito se puede afirmar porque en la Ley y Reglamento de la 
Ley de Arbitraje no se menciona disposiciones particulares que indique bajo qué 
circunstancias el trabajador debe acceder a cláusulas arbitrales al momento de 
firmar contrato laboral. Sin embargo, es preciso indicar los siguientes artículos de 
la Ley que tratan del convenio arbitral: 
Según la Ley de Arbitraje y Mediación (2018) en el artículo 1 revela que 
arbitraje se constituye en una herramienta alternativa de solución de problemas, 
donde pueden acceder voluntariamente los involucrados; dichas controversias 
serán solucionadas mediante arbitraje administrado o independiente según el 
acuerdo convenido. En el artículo 3 se indica que los involucrados decidirán si el 
arbitraje dará solución en equidad o derecho; y en caso de no haber acuerdo, la 
sentencia será en equidad. Mientras en el art. 6, expresa que existirá convenio 
arbitral cuando haya un documento rubricado por las partes o algún escrito que 
confirme el arbitraje de manera voluntaria de los involucrados. 
Perú posee una legislación que reglamenta la aplicación de cláusulas 
arbitrales. La disposición complementaria sexta de esta ley establece que las 
disputas laborales pueden estar sujetas al sistema de arbitraje si se acuerda por 
 
 
13 
 
las partes la finalización del contrato y si el salario habitual actual o anterior del 
trabajador supera o iguala los setentas Unidades de Referencia Procesal URP. 
(Congreso de la República del Perú, 2021) 
La disposición mencionada puede acceder al arbitraje en materia laboral, 
solo cuando se cumpla con las condiciones específicas expresadas en la misma, 
como son: que el acuerdo arbitral se incluya cuando haya finalizado la relación 
laboral. La condición busca que el trabajador tenga la opción de involucrarse en el 
conflicto de arbitraje de manera voluntaria. (Congreso de laRepública del Perú, 
2021) 
Además, se requiere que el trabajador haya recibido o reciba una 
remuneración mensual superior a 70 Unidades de Referencia Procesal URP. Según 
Guzmán (2021) la URP es una medida establecida para determinar montos, tarifas, 
tasas judiciales y sanciones en la legislación procesal. En febrero de 2022, este 
valor fue de S/ 460.00, lo que equivale a $120.67 en dólares. Por lo tanto, 70 URP 
equivalen a $8,446.90. El salario mínimo en Perú es de S/ 930, que en dólares 
representa $244.00. Estos requisitos aseguran que el arbitraje se lleve a cabo en 
términos equitativos para ambas partes y que la cláusula de arbitraje acordada sea 
válida al no presentar vicios de consentimiento en el momento de su firma. 
Los derechos sustantivos son aquellos que establecen normas y principios 
fundamentales que protegen y garantizan la dignidad, libertad e igualdad de las 
personas. Es decir que, se refieren a derechos esenciales de la vida humana, como: 
vida, autonomía, igualdad, trabajo, educación, salud, entre otros. Son considerados 
universales, inalienables e interdependientes; motivo por el cual, no pueden ser 
renunciados y están establecidos en las leyes de cada país, con la finalidad de 
contribuir a asegurar el bienestar de cada ser humano (Martínez, 2019). Mientras 
que, Ramírez (2021) lo define como “conjunto de derechos y obligaciones que 
regulan la vida cotidiana de las personas y que se encuentran recogido en códigos 
legales.(p. 215) 
De acuerdo con Preza y Arenas (2021) los derechos adjetivos son un 
mecanismo empleado para observar o proteger el derecho sustantivo, también son 
conocidos como garantías procesales o derecho procesal. Mediante estos se 
 
 
14 
 
garantiza el correcto funcionamiento del proceso y protegen los derechos 
esenciales de las personas involucradas. Ronquillo et al., (2021) indican que los 
derechos adjetivos permiten que el sujeto pueda tener acceso a una tutela judicial 
efectiva y de recurrir las decisiones judiciales ante instancias superiores, entre 
otros. (p.775) 
El Código de Trabajo (2017) artículo 8 define al contrato de trabajo individual 
como “un acuerdo en el que una persona se compromete a realizar actividades 
laborales legales bajo la subordinación de otra u otras, a cambio de una 
remuneración acordada por medio de un acuerdo” (p.4). Por otro lado, Morocho 
(2023) expresa que “implica una prestación continua de servicios en la que una 
parte proporciona servicios a cambio de una compensación. En este, se espera que 
la remuneración sea justa y proporcional a los beneficios recibidos, reconociendo 
así la calidad del servicio prestado. (p.25) 
 
 Mientras que González (2021) manifiesta que un contrato individual de 
trabajo es un acuerdo legal entre el empleador y trabajador en donde se encuentran 
establecidos los parámetros de la relación laboral. Este puede ser verbal o escrito, 
pero es preferible que sea por escrito para evitar situaciones conflictivas y tener un 
registro de lo pactado. En él se encuentran especificados algunos puntos 
relacionados al trabajo como salario, horario laboral, prestaciones a las que el 
individuo tiene derecho, duración del contrato, responsabilidades del trabajador y 
del empleador, entre otros aspectos relevantes. 
Por otro lado, Bonilla (2021) menciona que los contratos de trabajo son de 
gran relevancia por varias razones fundamentales en la sociedad y en el ámbito 
legal. En primer lugar, establecen los términos y condiciones bajo los cuales las 
personas prestan sus servicios a un empleador, proporcionando un marco claro 
para las obligaciones y derechos de ambas partes. Además, son esenciales para 
garantizar la protección de los derechos laborales, como salarios, horas de trabajo, 
condiciones laborales seguras y otros beneficios. 
Jara (2015) respecto al libre consentimiento para someterse a arbitraje en 
contratos individuales de trabajo expone lo siguiente: Aunque los trabajadores 
tienen el derecho de buscar justicia a través de diferentes vías legales y el arbitraje 
 
 
15 
 
puede ser mejorado para resolver conflictos laborales individuales, es importante 
reconocer el contexto en el que se hayan trabajadores al participar en un contrato 
individual. En la práctica, los empleadores a menudo incluyen cláusulas de arbitraje 
en los contratos de trabajo como una condición de empleo, y los empleados pueden 
sentir que no tienen otra opción que aceptar. 
Esto plantea preocupaciones sobre si el consentimiento es verdaderamente 
libre y si los empleados entienden las implicaciones al desistir de su derecho a 
acudir a la justicia. Por lo tanto, el ordenamiento jurídico debe hacer una distinción; 
en donde, el acuerdo de arbitraje debería ser válido solo después de que surja una 
controversia. Se define como empleador a la persona o entidad que tiene la 
autoridad y la capacidad legal para contratar a trabajadores o empleados bajo un 
contrato de trabajo. El empleador es responsable de proporcionar un entorno de 
trabajo seguro y cumplir con las leyes laborales. (Molero, 2021) 
III. METODOLOGÍA 
3.1. Tipo y diseño de investigación 
Tipo de investigación 
Se utilizó una investigación básica porque ayudó a comprender y ampliar los 
conocimientos sobre la temática de estudio. A través de ella se exploró y analizó 
diversos conceptos, teorías y principios esenciales. De acuerdo con Escudero y 
Cortez (2018) la investigación básica es un tipo de investigación científica donde se 
amplía los conocimientos teóricos y fundamentales de un campo de estudio sin 
aplicarlos directamente a problemas o necesidades prácticas inmediatas. Su 
objetivo principal es comprender los principios fundamentales y las leyes 
subyacentes que rigen los fenómenos naturales o sociales. 
También se aplicó una investigación documental, en virtud de que se realizó 
la revisión de postulados teóricos y marcos normativos en diversas fuentes como 
libros, tesis, revistas, artículos científicos, leyes y reglamentos relacionados a la 
premisa de estudio. Es importante mencionar que la investigación documental es 
aquella que donde se obtiene datos importantes de la investigación en distintos 
medios. 
 
 
 
16 
 
Diseño de investigación 
El diseño se apoyó en la teoría fundamentada porque este método permitió 
estudiar el objeto de estudio en el Ecuador y revelar nuevas teorías basadas en el 
análisis de la información. Según Benard (2016) la teoría fundamentada surge de 
los datos en el lugar de ser impuestos a ellos. En este enfoque, el investigador 
recopila información a través de diversas técnicas para el análisis cualitativo. 
 El estudio es cualitativo porque empleó una entrevista para obtener 
información significativa por medio de la percepción de profesionales en el tema y 
así conocer el fenómeno estudiado y analizar las subcategorías que se desprenden 
de las variables. El método de investigación aplicado fue el inductivo, porque 
permitió realizar conclusiones generales a partir de los hallazgos particulares con 
respecto a la temática de estudio. 
3.2. Categorías, Subcategorías y matriz de categorización 
 La categoría principal del estudio es la cláusula arbitral, de la cual se 
desprenden las siguientes subcategorías: objeto de arbitraje, validez de la cláusula 
arbitral y vulneración de derechos. Las subcategorías planteadas están orientadas 
a determinar un análisis holístico del contexto de la investigación, donde se indaga 
aspectos o escenarios a cumplirse para reconocer como válida una cláusula arbitral 
y si se presentan escenarios donde se vulnere derechos. 
 Como una segunda categoría en el presente estudio se encuentra el contrato 
individual en el ámbito laboral, del cual se indagan subcategorías tales como: 
jurisprudencia existente sobre la resolución de conflictos laborales en contratos 
individuales de trabajo, convenio arbitral libre de vicios de consentimientoy 
autonomía de voluntad para firmar contratos laborales con cláusula arbitral, las 
mismas que facilitan un mayor comprensión y argumentación de análisis a la 
premisa investigada. En el apéndice 1 se visualiza la matriz de categorización. 
3.3. Escenario de Estudio 
 El contexto donde se desarrolló el estudio es el cantón Babahoyo, localidad 
donde se efectúa la aplicación de la entrevista a profesionales en el área de 
Derecho, los cuales ejercen su profesión de manera libre e independiente y Jueces 
en materia laboral que laboran en las unidades judiciales de la ciudad. Por lo tanto, 
 
 
17 
 
el instrumento de investigación está dirigido a profesionales de dilatada trayectoria 
y experiencia con respecto al tema tratado, lo cual es relevante para el estudio 
porque permite la obtención de información trascendental sobre la temática. 
3.4 Participantes 
 Los participantes de la investigación fueron definidos por medio de un 
muestreo no probabilístico a conveniencia del investigador. Según Halley (2019) el 
muestreo no probabilístico es el proceso por el cual se definen los sujetos de 
estudio a través del juicio del investigador. En función de lo descrito se establece 
que los criterios empleados para definir la muestra son: proximidad con los 
participantes, facilidad de acceso y ser un segmento alcanzable. Los individuos 
considerados en el estudio fueron 4 profesionales en derecho que laboran de 
manera independiente y 2 Jueces en materia laboral que ejercen sus competencias 
en la ciudad de Babahoyo. 
3.5. Técnicas e instrumentos de recolección de datos 
La técnica empleada fue la entrevista dirigida a profesionales en derecho y 
jueces en material laboral, con el objetivo de recopilar información o datos sobre el 
fenómeno estudiado. Mientras que el instrumento utilizado fue una guía de 
entrevista con 7 preguntas. Según Piza et al. (2019) la técnica mencionada es un 
método utilizado para obtener información, investigar, evaluar o interactuar con una 
o varias personas con la finalidad de obtener perspectivas, opiniones, experiencias 
y conocimientos del entrevistado. 
3.6. Procedimientos 
Uno de los primeros pasos fue realizar una guía semiestructurada. Al 
momento de la entrevista se procede a grabar cada una de las respuestas de los 
entrevistados con el propósito de no omitir o perder ningún dato relevante. 
Posteriormente, la información recopilada fue organizada, analizada y codificada 
según el entrevistado y las subcategorías que se establecieron en la matriz de 
categorización. 
 Una vez realizados los procedimientos mencionados se utilizó el proceso de 
triangulación de resultados para determinar semejanzas y diferencias de las 
opiniones narradas. De acuerdo con Charres et al., (2018) la triangulación se refiere 
 
 
18 
 
a la estrategia utilizada para aumentar la fiabilidad de los datos. En una 
investigación cualitativa, se puede utilizar triangulación de fuentes, donde se 
recolectan datos de diferentes participantes o grupos para obtener una perspectiva 
más amplia. 
3.7. Rigor científico 
Dentro de los principios tomados en consideración en la investigación se 
resaltan los siguientes: Confiabilidad, el estudio se enfocó en recopilar datos de 
diversas fuentes bibliográficas, permitiendo identificar, describir y evaluar las 
categorías analizadas. La confirmabilidad, el cual es un aspecto que posibilitó 
examinar las teorías hasta llegar a una conclusión. Por lo tanto, el estudio se basa 
en indagaciones sobre la temática, que permiten restringir un inadecuado 
tratamiento de la información. 
El rigor científico se refiere a la aplicación de un conjunto de principios y 
métodos para certificar la confiabilidad y calidad de los resultados obtenidos. 
Implica seguir un enfoque sistemático y en el desarrollo del estudio desde la 
formulación de la pregunta o suposiciones y así llegar a la interpretación de 
resultados. (Guillen & Sanz, 2021) 
3.8. Método de Análisis de Información 
 Se empleó una triangulación de datos, donde se organizó de manera 
ordenada las respuestas de cada uno de los entrevistados y luego se procedió a 
establecer semejanzas y diferencias de la información obtenida. De igual manera 
se realiza un análisis de jurisprudencia existente con respecto a la resolución de 
conflictos en materia laboral por medio del sistema de arbitraje. 
3.9. Aspectos éticos 
Como aspecto ético se solicitó el consentimiento informado a los 
entrevistados donde se garantizó que los datos o la información proporcionada no 
serán divulgados con el propósito de dañar la honra o integridad moral de los 
participantes de la investigación. Además, será utilizada únicamente con fines 
académicos. El aspecto ético también se justifica en garantizar la originalidad del 
trabajo investigativo, debido a que será evaluado por un sistema antiplagio para 
 
 
19 
 
asegurar la originalidad de la información y evitar el delito de plagio en cuanto a 
contenido. 
IV. RESULTADOS Y DISCUSIÓN 
4.1. Resultados 
Tabla 1. 
Participantes de la Investigación 
Entrevistados N° Descripción Cargo 
1 Abg. Marcos Steven Guamán Macías Abogado 
2 Abg. Geli Denises Estrada Vargas Abogado 
3 Juez. Nelson Campbell Juez 
4 Abg.Jorge Macías Bermúdez Abogado 
5 Abg. Grey Muñoz Santana Abogado 
 6 Juez. Artero Riofrio Juez 
Nota: en la tabla 1 se presentan las unidades de análisis de la investigación sobre cláusulas 
arbitrales. 
 
Los resultados se obtuvieron a partir de una entrevista a los diversos 
profesionales de derecho, cuyas preguntas guardan relación a los objetivos 
planteados. Así mismo, se realizó una triangulación de los datos de las diversas 
percepciones de los especialistas, con la información bibliográfica de la presente 
investigación. Es decir, las respuestas de los entrevistados se entrelazaron con 
datos de los proyectos de investigación referenciados en el acápite de 
antecedentes y demás contenido bibliográfico. 
El objetivo de la triangulación de datos es destacar las semejanzas y 
diferencias de criterios profesionales con respecto a la temática de la cláusula 
arbitral en los contratos individuales de trabajo del Ecuador. Además, de 
correlacionar dichas respuestas con la información establecida en otras 
investigaciones. Es importante manifestar que los resultados serán presentados en 
función de los objetivos de la investigación, con la intención de demostrar su 
cumplimiento. 
La guía de entrevista cuenta con preguntas orientadas a conocer sobre el 
objeto del sistema de arbitraje, requisitos y condiciones que se deben cumplir para 
que la cláusula arbitral sea válida, ventajas y desventajas del arbitraje como 
mecanismo alternativo de solución a conflictos generados en las relaciones 
laborales. En virtud de lo descrito, es fundamental que las personas entrevistadas 
 
 
20 
 
cuenten con competencias y conocimientos acerca de la temática; por tal razón, el 
proceso de selección de las unidades de análisis se basó en que los sujetos de 
estudio desenvuelvan su ejercicio profesional en función del derecho corporativo 
empresarial y ámbito laboral en general. De igual manera fue necesario la presencia 
de administradores de justicia, con el propósito de conocer su opinión con respecto 
a la cláusula arbitral en contratos individuales de trabajo. 
A continuación, se presentan los resultados de la triangulación de datos de 
acuerdo con los objetivos de la investigación: 
Figura 1. 
Triangulación de los resultados de la investigación 
 
 
 
Nota: la figura muestra los participantes o actores que forman parte de la triangulación de datos. 
 
Como se ha manifestado, los resultados de la entrevista se presentan en 
función de los objetivos de la investigación; motivo por el cual, se muestran los 
datos obtenidos del objetivo general: Analizar la cláusula arbitral en los contratos 
individuales de trabajo en el Ecuador. La información será presentadade acuerdo 
con el orden jerárquico de la figura 1. Primero los jueces, seguido de las respuestas 
de los abogados y se complementa el análisis con la información bibliográfica. 
Jueces
Abogados
Triangulación 
de la 
Entrevista
Marco 
Teórico
 
 
21 
 
Los jueces Campbell (2023) y Riofrío (2023) manifiestan que la cláusula 
arbitral es válida para la resolución de conflictos, porque así lo reconoce la Ley de 
Arbitraje del Ecuador; sin embargo, desde su experiencia concuerdan que, a pesar 
de ser un mecanismo alternativo de resolución de conflictos, existen escenarios 
donde no se puede garantizar equidad. Riofrío (2023) establece que se debe 
analizar con detenimiento cada caso en particular donde exista como método de 
resolución de conflictos laborales una cláusula arbitral. Sobre la misma consulta 
acerca de la cláusula arbitral, el abogado Guamán (2023) manifiesta que es un 
mecanismo legal, con soporte normativo en la Ley de Arbitraje y Constitución de la 
República. Mientras que la abogada Estrada (2023) coincide en cierta parte con lo 
que estipula Guamán; sin embargo, considera que es un tema de amplio debate. 
Cuando se consultó si la mediación de conflictos por medio del arbitraje 
vulnera los derechos del trabajador, el Juez Campbell (2023) manifestó que hasta 
cierto punto sí, argumenta que en el Código del Trabajo existe un segmento en el 
que se establecen que los derechos del trabajador son irrenunciables; por lo tanto, 
la firma de una cláusula arbitral representa la renuncia de los derechos adjetivos 
del trabajador, más no los sustantivos; puesto que someterse al sistema de arbitraje 
implica el pago de tasas, que en determinados casos son valores elevados y que 
atentan contra la economía de la parte más débil. 
El argumento del Juez Campbell se alinea con lo que estipula la Constitución 
en el artículo 75, donde se estipula que todas las personas poseen el derecho de 
acceder a la justicia de forma gratuita. Mientras que, el Juez de trabajo Riofrío 
(2023) no concuerda con lo establecido por Campbell, pues manifiesta que, en 
términos jurídicos y legales, no hay una vulneración de un derecho como tal, 
porque, aunque este sistema a su entender no es equitativo, el empleado tomó la 
decisión de firmar ese acuerdo. Entonces a partir de aquello, considera que todo 
análisis posterior serán percepciones de los profesionales en el derecho, pero no 
existe una vulneración tácita. 
Con respecto a la misma pregunta, el abogado Guamán (2023) establece 
que mientras haya voluntad de las partes y libertad de decisión, no considera que 
exista vulneración de derechos. La abogada Estrada (2023) indica que no se puede 
 
 
22 
 
hablar de la vulneración de un derecho como tal, puesto que el arbitraje es un 
mecanismo alternativo de acceder a la justicia. Pero sí establece que puede existir 
vulneración de derechos cuando el árbitro no es imparcial en el caso. Las mismas 
percepciones poseen los abogados Muñoz (2023) y Macías (2023). 
Una vez analizado el objetivo general, se presentan los resultados del 
objetivo específico 1, el cual consiste en: Determinar la normativa y jurisprudencia 
existente con respecto a la resolución de conflictos laborales por medio del arbitraje. 
Para cumplimiento del objetivo específico 1 se plantearon como 
interrogantes los siguientes aspectos: conocer sobre el objeto del arbitraje y las 
principales ventajas y desventajas de la cláusula. Donde el Juez de la sala de lo 
laboral Campbell (2023) establece que la cláusula arbitral es importante porque es 
un mecanismo de solución de controversias expedito, siempre y cuando los casos 
sean susceptibles de transacción; es decir, que pueda ser resuelto de manera 
extrajudicial, a través de concesiones recíprocas entre las partes involucradas. 
Mientras que el Juez Riofrío (2023) respondió que el sistema de arbitraje es 
necesario para brindar celeridad a la resolución de conflictos laborales. Las 
respuestas de los jueces entrevistados concuerdan. 
Con respecto a la misma interrogante el abogado Guamán (2023) establece 
que el objeto del arbitraje se basa en la resolución de controversias presentes y 
futuras cuando existe acuerdo mutuo. Por otra parte, la abogada Estrada (2023) 
comparte la opinión de los jueces, debido a que considera que el objeto del arbitraje 
se basa en brindar una alternativa a las partes interesadas para que busquen un 
árbitro independiente o particular, sin tener que esperar a largos y engorrosos 
procesos judiciales en los tribunales de naturaleza pública. Mientras que los 
abogados Muñoz y Macías, basan sus opiniones sobre la importancia de la cláusula 
arbitral en que permite descongestionar la resolución de conflictos laborales por 
medio del arbitraje y mediación. 
La pregunta orientada a determinar las ventajas y desventajas de la solución 
de controversias por medio del sistema de arbitraje determinó los siguientes 
hallazgos: El Juez Campbell (2023) expresó como ventajas que es un mecanismo 
en el que las partes pueden decidir las formas o maneras de desarrollar el 
procedimiento, establecer si es uno o varios árbitros y optimización del tiempo, 
 
 
23 
 
debido a la celeridad que poseen dichos procesos. Como desventajas se destaca 
el pago de valores elevados en comparación al acceso de la justicia ordinaria, 
debido a que se tienen que cancelar a los árbitros, de igual manera se pueden 
presentar escenarios donde se dificulte la selección de árbitros especialistas en la 
materia. 
En relación a la misma pregunta el Juez Riofrío (2023) concuerda con lo 
establecido por el Juez Campbell (2023), pero añade una situación importante a 
tener en cuenta, que, según su experiencia y conocimiento, la jurisprudencia 
demuestra que, en la mayoría de casos, el fallo de la sentencia va a favor de la 
parte empleadora. Mientras que la respuesta del abogado Guamán (2023) genera 
más aportes, tales como: es un procedimiento expedito y se mantiene 
confidencialidad del mismo; como desventajas destaca el pago de tasas 
administrativas que no siempre se ajustan a la realidad económica del empleado. 
Ante dicho escenario se destaca lo estipulado en el artículo 75 de la Constitución 
de la República del Ecuador. En la misma línea, los abogados Muñoz (2023), 
Macías (2023) y Estrada (2023) concuerdan con lo estipulado, puesto que sus 
opiniones demuestran como ventajas, la celeridad del proceso, flexibilidad en la 
resolución de controversias y como desventajas el costo del procedimiento y 
desigualdad de poder. 
No siempre el convenio arbitral termina siendo la vía para la resolución de 
conflictos, puesto que en la práctica se ha demostrado jurisprudencia existente en 
la que el empleado se rehúsa a la resolución de conflictos a pesar de que existe 
una cláusula arbitral. Además, la abogada Muñoz (2023) concuerda en que la 
cláusula arbitral es válida, pero aquello no garantiza un adecuado acceso a la 
justicia. 
Lo manifestado por la abogada Estrada (2023) se confirma con la resolución 
de la sentencia Nº 0169-2014-SL, donde se resuelve por vía judicial los conflictos 
laborales del empleado y empleador. A pesar que de que el artículo 190 de la 
Constitución de la República reconoce el sistema de arbitraje como un mecanismo 
alternativo de solución de conflictos y que la Ley de Arbitraje, artículo 4, literal d, 
menciona que las personas que acuerdan solucionar sus problemas por medio del 
 
 
24 
 
arbitraje renuncian a la jurisdicción ordinaria; existen escenarios donde se concibe 
la excepción del convenio arbitral por vicios de consentimiento. 
Para el análisis del objetivo específico 2, que se basa Identificar las 
implicaciones legales y posibles consecuencias de la cláusula arbitral en los 
contratos de trabajo, se plantearon dos interrogantes, que son: ¿Cuáles son los 
requisitos y condiciones que se deben cumplir para la validez de la cláusula arbitral? 
y ¿Lapercepción que tienen con respecto a la libertad de consentimiento en la firma 
de la cláusula arbitral? Es importante destacar que las preguntas estipuladas 
permiten determinar si el trabajador cuenta con total libertad y un escenario 
adecuado para elegir si los conflictos laborales presentes o futuros sean resueltos 
por medio del sistema de arbitraje. 
En relación a la primera pregunta, el Juez Campbell (2023) establece que la 
firma de la cláusula arbitral es válida cuando se firma un convenio de manera 
voluntaria y libre de cualquier vicio de consentimiento. Mientras que el Juez Riofrío 
(2023) manifiesta que se requiere el principio de razonabilidad; es decir, para que 
sea válido el primer requisito, las partes tienen que haber acordado someter un 
conflicto laboral por medio del sistema de arbitraje. Luego se analiza que la voluntad 
de las partes no haya sido viciada por algún factor externo. 
El abogado Guamán (2023) manifestó como requisito o condición para la 
validez de la cláusula arbitral la presencia de voluntariedad de las partes para 
someter a arbitraje cualquier controversia en el ámbito laboral, cuya afirmación se 
sustenta en la Ley de Arbitraje y Mediación, la cual establece en el artículo 6 que el 
convenio arbitral es válido cuando existe un acuerdo firmado y que exista la 
voluntad expresa de las partes de manera documental. Mientras que la abogada 
Estrada (2023) expresa que son varios requisitos o condiciones, pero los puntos 
principales son: el acuerdo de consentimiento de las partes, presentación de la 
cláusula arbitral de manera formal (escrita) y el alcance de la misma. 
En la misma línea, Muñoz (2023) manifiesta que uno de los requisitos a 
cumplir son los criterios de elección del arbitraje, donde se incluye la experiencia 
requerida; con esto se logra conocer la confiabilidad del árbitro que será encargado 
de impartir justicia en los conflictos laborales. Por otra parte, el abogado Macías 
 
 
25 
 
(2023) concuerda con lo estipulado por los jueces Campbell (2023) y Riofrío (2023) 
y con los abogados Guamán (2023) y Estrada (2023), puesto que considera como 
requisito fundamental de validez la voluntariedad de las partes, sin la presencia de 
vicios en su decisión. 
En función de lo descrito, resulta fundamental manifestar que el Código Civil 
Ecuatoriano en su artículo 1461 establece que uno de los aspectos esenciales para 
que un sujeto se obligue con otra persona es que se consienta en dicho acto y que 
su decisión no adolezca de vicio. Sin embargo, de acuerdo con las sentencias 
jurídicas descritas en el presente acápite, se manifiesta que en el Ecuador existen 
casos donde los administradores de justicia han dan paso a que un caso de conflicto 
laboral sea resuelto por medio de la justicia ordinaria, alegando vicios en la decisión 
del empleado al firmar una cláusula arbitral. 
Por lo tanto, el Código Civil establece que es necesario que la persona 
denote una voluntad libre y espontánea; no obstante, existen fenomenologías que 
condicionan de una u otra manera la decisión de someterse al sistema de arbitraje 
los conflictos laborales. Cuando se consultaron opiniones sobre la autonomía de 
voluntad y libertad de consentimiento, los jueces respondieron lo siguiente: el Juez 
Nelson Campbell (2023) establece que en la firma de la cláusula arbitral suelen 
existir escenarios que afectan la voluntad de las partes al momento de tomar una 
decisión. La apreciación que posee el Juez Riofrío (2023) se sustenta en que la 
autonomía de voluntad se trata de un principio jurídico basado en que toda persona 
tiene la facultad de elegir las relaciones jurídicas según lo que considere pertinente. 
Además, el Juez Riofrío (2023) considera desde su óptica personal que, en 
la mayoría de casos, el empleado firma porque le urge el trabajo, lo cual representa 
un escenario de desigualdad y que genera un condicionamiento de la decisión. De 
acuerdo con lo descrito, resulta importante contrastar la opinión del profesional con 
lo que dice el Código Civil, el cual en su artículo 146 establece que los fenómenos 
que generan un vicio de consentimiento son el dolo, la fuerza y el error. De los 
cuales, resulta importante resaltar que no todo tipo de fuerza es considerado un 
vicio de decisión, sino aquella que genera una impresión fuerte en el individuo de 
sano juicio. 
 
 
26 
 
Por lo tanto, el Código Civil considera que el elemento de la fuerza es aquella 
que genera temor en la persona al verse expuesto a ella; motivo por el cual, el 
trabajador ante la necesidad de laborar puede sentir temor de no conseguir la 
oportunidad laboral sino firma el acuerdo contractual con una cláusula arbitral. Por 
lo tanto, de acuerdo con la normativa analizada y lo establecido por el Juez Riofrío, 
los convenios arbitrales no se encuentran libres de vicios de consentimiento. 
 Mientras que el abogado Guamán (2023) sobre la misma pregunta sobre la 
autonomía de voluntad y libertad de consentimiento expresa que la firma de la 
cláusula arbitral antes de que suceda el conflicto laboral conlleva a un escenario 
donde se pierde la autonomía de voluntad y genera vicios de consentimiento. Al 
respecto la abogada Estrada (2023) comunica que la libertad para decidir en el 
contexto de una cláusula arbitral se trata del derecho que tienen las partes de 
establecer las reglas y condiciones de la relación contractual. Sin embargo, en su 
opinión, este derecho no se cumple satisfactoriamente porque la parte empleada 
no siempre tiene esa autonomía de voluntad, puesto que se allana a los 
requerimientos del empleador como consecuencia de la necesidad de trabajar. 
 Las opiniones vertidas por Muñoz (2023) y Macías (2023) concuerdan 
plenamente por lo manifestado anteriormente. Si bien, el arbitraje es un método 
alternativo para acceder a la justicia en conflictos laborales, no siempre suele ser 
un camino elegido con la suficiente autonomía de voluntad, lo cual supone la 
renuncia de derechos adjetivos del trabajador e implica regirse a un sistema de 
arbitraje que no siempre se ajusta a las expectativas y necesidades de la parte más 
débil, que en este caso es el empleado. 
El objetivo específico tres, trata sobre el establecimiento de 
recomendaciones técnicas necesarias para una mejor regulación del mecanismo 
de arbitraje, al respecto el Juez Campbell (2023) expuso que se debe definir en qué 
etapa de la relación laboral se debe firmar una cláusula arbitral, con el propósito de 
que haya igualdad de condiciones para tomar una decisión en total libertad. 
Mientras que el Juez Riofrío (2023) recomienda que se revise la ley y se considere 
cambiar el momento de decisión de utilizar el sistema de arbitraje o los tribunales 
ordinarios (no en la firma del contrato); porque así se realiza en otros países como 
Perú. Esto reduce la brecha de la inequidad. 
 
 
27 
 
 
En la misma línea, el abogado Guamán (2023) considera que se debe 
contemplar una reforma en el Código del Trabajo donde se tipifiquen o restrinjan 
determinados escenarios que sean resueltos por medio del Arbitraje. Mientras que 
la abogada Estrada tiene otra percepción, expresó que las partes tienen que elegir 
un buen arbitraje, porque la calidad del proceso en gran medida dependerá de este 
importante aspecto. Sobre la misma pregunta la abogada Muñoz (2023) indicó que 
los procesos sean verificados de manera exhaustiva de tal manera que exista un 
equilibrio en el poder y acceso a la información. De acuerdo con lo manifestado se 
observa que existen diversas opiniones y recomendaciones por parte de los 
profesionales entrevistados. 
Como aspecto relevante se destaca que los Jueces Campbell y Riofrío 
concuerdan que la decisión de someter los conflictos laborales al arbitraje debe 
ejecutarse cuando surja el conflicto laboral, debido que aquello contribuye a que no 
haya un escenario que condicione la autonomía de voluntad delas partes y que la 
firma del convenio arbitral no contenga fenomenologías de vicios. La premisa 
descrita se suscita en el hermano país del Perú, puesto que existían controversias 
con respecto a la validez de la cláusula arbitral y la vulneración de derechos del 
trabajador, por lo cual se decidió adoptar el arbitraje como un mecanismo 
alternativo de solución de conflictos que suele activarse cuando ambas partes 
(empleado y empleador) deciden someterse al sistema arbitral una vez concluida 
la relación laboral contractual o cuando se suscite la controversia, lo cual garantiza 
libertad de consentimiento. 
4.2. Discusión 
Los hallazgos de la investigación permitieron conocer que las cláusulas 
arbitrales en los contratos de trabajo son válidas, pero aquello no significa que no 
haya vulneración de derechos en los trabajadores. Los resultados obtenidos 
guardan relación con el estudio de Viteri (2022) cuyos hallazgos concluyeron que 
la cláusula arbitral es válida en los contratos de trabajos individuales; sin embargo, 
el que sea válido en el ordenamiento jurídico actual, no exime que esta no afecte al 
trabajador al ser pactada como único medio de solución de futuras controversias. 
También se menciona que la inclusión de una cláusula arbitral en un contrato de 
 
 
28 
 
trabajo conllevaría a la renuncia de derechos por parte del trabajador, además de 
que en ciertos casos no hay garantía que los derechos de los trabajadores se 
cumplan. 
Los resultados de la investigación revelaron que el arbitraje es una 
herramienta alternativa de solución de conflictos laborales de manera expedita, 
optimizando el tiempo, situación que no ocurre en la justicia ordinaria. Lo 
mencionado coincide con el estudio de Guzmán (2023) en el cual se menciona que 
el arbitraje es un método de solución de conflictos rápido y especializado al que 
pueden recurrir personas públicas y privadas, pero existen desafíos que deben 
enfrentar las personas involucradas, tales como: selección idónea del árbitro o 
árbitros y el pago de tasas administrativas. 
Pereira (2021) en su estudio expuso que en el ámbito laboral es esencial que 
se revisen con tiempo las cláusulas arbitrales con la finalidad de que en un futuro 
se puedan proteger efectivamente derechos e intereses, debido a que en ocasiones 
estas pueden ser utilizadas para limitar los derechos de los trabajadores y evitar la 
responsabilidad de las empresas por posibles violaciones a los derechos laborales. 
Lo mencionado guarda cierta relación con la presente investigación, puesto que se 
concluyó que a pesar de que las cláusulas arbitrales en los contratos de trabajo son 
legales y contribuyen a la solución de controversias entre empleador y trabajador, 
en ciertos contextos no hay garantía que los derechos de los trabajadores se 
cumplan. 
Una de las recomendaciones expuestas por los entrevistados es que, para 
evitar inconvenientes en cuanto a la cláusula arbitral en los contratos de trabajo, 
esta debe firmarse posterior a la contratación con la finalidad de evitar controversias 
y que el trabajador tenga la plena libertad de elegir si someterse o no a un proceso 
de arbitraje en el caso de la existencia de un conflicto laboral. Lo argumentado 
coincide con lo expuesto por Pereira (2021) donde menciona que en el ámbito 
laboral es fundamental que se revisen con tiempo las cláusulas arbitrales con la 
finalidad de que en un futuro puedan proteger efectivamente derechos e intereses, 
debido a que en ocasiones estas pueden ser utilizadas para limitar los derechos de 
los trabajadores. 
 
 
29 
 
Otro de los aspectos que se resaltan en el presente estudio es que, si bien 
el arbitraje es un instrumento empleado para la resolución de conflictos laborales, 
es necesario que las partes antes de iniciar una relación laboral conozcan a 
profundidad lo que implica someterse a arbitraje, para que decidan si firmar o no. 
Dicho aspecto difiere con lo que establece Porras (2019) donde expone que las 
cláusulas arbitrales en los contratos de trabajo no es algo nuevo, existen desde 
hace muchos años. Sin embargo, su uso ha ido aumentando en los últimos años 
debido a la creciente necesidad de resolver conflictos de manera más rápida y 
eficiente por eso las partes involucradas deben conocer lo que implica una cláusula 
arbitral en los contratos laborales. 
Por otro lado, la resolución de conflictos mediante el arbitraje posee varias 
ventajas, entre las que se destacan: es un proceso confidencial y se realiza en 
menos tiempo que en los tribunales ordinarios, es un sistema flexible que permite 
la mediación para solucionar los conflictos entre las partes. Por otra parte, Fajardo 
(2021) determinó que los procedimientos de arbitraje se distinguen por ser rápidos; 
por lo tanto, en la mayoría de los contratos, independientemente de su naturaleza, 
se incorpora una "cláusula de arbitraje". Además, este proceso se caracteriza por 
ser imparcial, expedito y confidencial. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
30 
 
V. CONCLUSIONES 
Las conclusiones de la investigación sobre la cláusula arbitral en contratos 
individuales de trabajo se presentan de acuerdo con los objetivos del estudio: 
Se concluye que la importancia de las cláusulas arbitrales en los contratos 
individuales de trabajo se basa en que es un mecanismo alternativo de resolución 
de conflictos laborales, reconocido por la Constitución de la República del Ecuador; 
donde se destaca la rapidez y confidencialidad en la resolución de los casos, lo que 
puede resultar atractivo para las partes involucradas. Además, el arbitraje puede 
ser más flexible en términos de procedimiento y las partes pueden elegir al árbitro, 
lo que les brinda cierto grado de control sobre el proceso. 
El acceso a la justicia por medio del arbitraje en contratos individuales de 
trabajo tiene algunas características importantes. En primer lugar, es un proceso 
voluntario, lo que significa que ambas partes deben estar de acuerdo en someterse 
a arbitraje en lugar de litigar ante los tribunales. Esto puede establecerse mediante 
la inclusión de una cláusula de arbitraje en el contrato de trabajo, que especifica 
que cualquier disputa que surja se resolverá a través del arbitraje. 
El arbitraje es un método válido para solucionar controversias individuales, 
por lo que incluir una cláusula arbitral en contratos de trabajo está permitido en la 
normativa laboral ecuatoriana. No obstante, que sea válido no quiere decir que no 
perjudique al empleado o trabajador al ser el único medio para resolver conflictos 
laborales, debido que, al firmar el convenio arbitral la persona renuncia a sus 
derechos, no los sustantivos, pero sí los adjetivos. 
La investigación permitió determinar la ausencia de normativa que regule la 
validez de la cláusula arbitral en contratos individuales de trabajo, por lo que se 
establece como recomendación técnica, que las controversias laborales sean 
sometidas al sistema de arbitraje una vez que culmine la relación laboral, con la 
intención de que haya autonomía de voluntad y total libertad para firmar la cláusula 
arbitral sin vicios de consentimiento. 
 
 
 
 
31 
 
VI. RECOMENDACIONES 
Es crucial que la inclusión de una cláusula arbitral en los contratos 
individuales de trabajo sea producto de un acuerdo libre y voluntario entre ambas 
partes. Las cláusulas de arbitraje no deben ser impuestas de manera unilateral por 
el empleador, sino que deben ser objeto de negociación y consentimiento mutuo. 
Ambas partes deben tener la oportunidad de comprender plenamente las 
implicaciones y consecuencias del arbitraje antes de aceptar dicha cláusula. Es 
decir, que no haya vicios de consentimiento y exista total autonomía de voluntad. 
 Se debe prestar especial atención a los derechos fundamentales de los 
trabajadores y garantizar que la cláusula arbitral no implique una limitación indebida 
de su acceso a

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