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Actualización 2021 PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA Informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Cataluña: 10 de diciembre de 2021. Aprobado por el Acuerdo GOV/141/2014, de 21 de octubre, por el que se aprueba la revisión del Plan especial de emergencias por incendios forestales en Cataluña. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualització 2021 Pàgina 1 de 202 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 5 1.1. OBJETIVO ....................................................................................................................... 5 1.2. FUNCIONES BÁSICAS ................................................................................................... 5 1.3. ALCANCE ........................................................................................................................ 5 Alcance territorial .................................................................................................... 5 Alcance Institucional y Corporativo ........................................................................ 5 1.4. CONCEPTOS BÁSICOS ................................................................................................. 6 1.5. MARCO LEGAL ............................................................................................................... 7 2. CONOCIMIENTO DEL RIESGO ............................................................................................. 10 2.1. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................... 10 2.2. ANÁLISIS DEL PELIGRO .............................................................................................. 10 Mapa básico de peligro de incendio forestal ........................................................ 10 Mapa dinámico de peligro de incendios forestales .............................................. 11 2.3. ANÁLISIS DE LA VULNERABILIDAD ........................................................................... 12 Metodología utilizada para la determinación de la vulnerabilidad ....................... 12 Conclusiones sobre la Información del Mapa de vulnerabilidad .......................... 13 Distancia de intervención ..................................................................................... 13 2.4. MUNICIPIOS QUE TIENEN QUE ELABORAR EL PLAN DE ACTUACIÓN MUNICIPAL .............................................................................................................................................. 13 2.5. PERÍMETROS DE PROTECCIÓN PRIORITARIA ........................................................ 14 2.6. SECTORES DE RIESGO .............................................................................................. 14 2.7. EFECTO DOMINÓ ......................................................................................................... 14 2.8. PERIODOS DE PELIGRO DE INCENDIO FORESTAL ................................................ 14 3. ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ....................................................................................... 15 3.1. COMITÉ DE EMERGENCIAS ....................................................................................... 15 Dirección del Plan ................................................................................................ 16 Consejo Asesor .................................................................................................... 16 Gabinete de Información ...................................................................................... 17 3.2. GRUPOS DE ACTUACIÓN ........................................................................................... 18 Grupo de Intervención .......................................................................................... 18 Grupo de evaluación de los Incendios Forestales y de los Riesgos Asociados .. 20 Grupo Logístico .................................................................................................... 20 Grupo Sanitario .................................................................................................... 22 Grupo de orden .................................................................................................... 22 3.3. COMITÉ TÉCNICO DE SEGUIMIENTO DEL RIESGO DE INCENDIOS FORESTALES .............................................................................................................................................. 23 3.4. ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE OTRAS ENTIDADES INTEGRADORAS ....... 24 Planes de Actuación Municipales (PAM) ............................................................. 24 Planes de Asistencia y Apoyo (PAS) ................................................................... 25 PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 2 de 233 Planes de Autoprotección (PAU) ......................................................................... 25 Planes de Sectores de Riesgo ............................................................................. 25 Planes de actuación de los grupos de actuación (PAG) ...................................... 26 Planes de actuación de otras unidades del Plan INFOCAT ................................ 26 3.5. CENTROS Y OTROS ELEMENTOS DEFINIDOS EN EL PLAN INFOCAT ................. 27 Centro de Coordinación Operativa Municipal (CECOPAL) .................................. 27 Centro de mando Avanzado (CCA) ..................................................................... 27 Centro de Coordinación Operativa de Cataluña (CECAT) .................................. 27 Área Sanitaria ....................................................................................................... 29 Centro de Coordinación de Emergencias Comarcal ............................................ 29 Otros Centros Relacionados con el Plan INFOCAT ............................................ 29 4. OPERATIVIDAD ..................................................................................................................... 31 4.1. FASES DEL PLAN INFOCAT ........................................................................................ 31 Prealerta ............................................................................................................... 31 Niveles de Activación ........................................................................................... 31 4.2. ACTUACIONES ............................................................................................................. 32 Prealerta ............................................................................................................... 32 Activación del Plan en Alerta ............................................................................... 33 Activación del Plan en Emergencia ...................................................................... 33 Seguimiento de la evolución de la situación. Fin de la emergencia .................... 34 Plan de Recuperación .......................................................................................... 34 4.3. COORDINACIÓN DE LA EMERGENCIA ...................................................................... 35 Coordinación Interna ............................................................................................ 35 Coordinación con los grupos de actuación .......................................................... 35 Coordinación con el Centro de mando Avanzado ............................................... 36 Coordinación con los municipios .......................................................................... 36 Coordinación con empresasde gestión y con las instalaciones ......................... 36 Coordinación con las Comunidades Autónomas limítrofes ................................. 36 4.4. INTERFASE Y COORDINACIÓN CON OTROS PLANES ............................................ 36 Planes de Actuación Municipal (PAM) ................................................................. 36 Planes de Asistencia y Apoyo (PAS) ................................................................... 36 Planes de Autoprotección (PAU) ......................................................................... 37 Planes de Sector de Riesgo ................................................................................. 37 Coordinación con el Plan Estatal ......................................................................... 37 4.5. COOPERACIÓN INTERNACIONAL .............................................................................. 38 4.6. ACTUACIONES GENERALES DE PROTECCIÓN A LA POBLACIÓN ........................ 38 Determinación de la Zona de Emergencia ........................................................... 38 Control de Accesos .............................................................................................. 38 Confinamiento, Evacuación y Alojamiento ........................................................... 38 Información a la población durante la situación de emergencia .......................... 39 PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 3 de 233 5. INSTALACIONES, MEDIOS Y RECURSOS .......................................................................... 40 5.1. EQUIPAMIENTOS E INSTALACIONES PARA LA ACTIVACIÓN DEL PLAN.............. 40 5.2. MEDIOS Y RECURSOS ESPECÍFICOS PARA LOS GRUPOS ACTUANTES ............ 40 6. IMPLANTACIÓN Y MANTENIMIENTO .................................................................................. 41 6.1. IMPLANTACIÓN DEL PLAN ......................................................................................... 41 6.2. MANTENIMIENTO DEL PLAN: ACTUALIZACIONES Y REVISIONES ........................ 41 7. ANEXOS ................................................................................................................................. 42 7.1. ANEXO 1 - MUNICIPIOS Y COMARCAS CON RIESGO FORESTAL ......................... 42 Listado de municipios obligados a realizar el PAM por incendios forestales ...... 42 Listado de municipios recomendados a realizar el PAM por incendios forestales:56 Mapa de municipios obligados y recomendados a redactar el PAM ................... 59 7.2. ANEXO 2 - CARTOGRAFÍA .......................................................................................... 59 Tipos de cartografía de emergencias utilizada en cualquier acción relacionada con la activación del INFOCAT ...................................................................................... 59 Infraestructuras para incendios forestales (simbología en la Cartografía Operativa de Emergencias) ............................................................................................ 62 Constitución puntos de agua ................................................................................ 65 7.3. ANEXO 3 - CATÁLOGO DE MEDIOS Y RECURSOS .................................................. 68 7.4. ANEXO 4 - GUÍAS DE RESPUESTA ............................................................................ 68 Planes de actuación ............................................................................................. 68 Fichas de actuación ............................................................................................. 68 7.5. ANEXO 5 - DESCRIPCIÓN, METODOLOGÍA Y RESULTADOS DEL ANÁLISIS DEL RIESGO ................................................................................................................................ 69 Definición de los objetivos y el alcance del análisis de riesgo ............................. 69 Descripción general de los aspectos climáticos, de relieve y vegetación ........... 69 Análisis histórico de varios incendios forestales. Conclusiones .......................... 76 Determinación del peligro. Metodología. Resultados. Mapas de factores de peligro. Mapas resúmenes ............................................................................................. 78 Determinación de la vulnerabilidad. Metodología. Resultados. Mapa de vulnerabilidad ................................................................................................................. 90 Recomendaciones de actuación en función del peligro y la vulnerabilidad ......... 99 7.6. ANEXO 6 - MUNICIPIOS Y ELEMENTOS VULNERABLES....................................... 100 Relación de municipios con vulnerabilidad alta o muy alta................................ 100 Relación de elementos vulnerables ................................................................... 105 7.7. ANEXO 7 - IMPLANTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL PLAN .................................. 195 Implantación de la revisión del plan ................................................................... 195 Actualización y revisión del plan ........................................................................ 196 Programa de ejercicios de adiestramiento de los grupos de actuación ............ 196 Campañas de información a la población. ......................................................... 197 Redacción de los planes de sector de riesgo .................................................... 197 Consejos a La Población ................................................................................... 197 7.8. ANEXO 8 - ÍNDICE DE PLAN DE SECTOR DE RIESGO .......................................... 197 PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 4 de 233 7.9. ANEXO 9 - RELACIÓN DE ACRÓNIMOS UTILIZADOS ............................................ 200 7.10. ANEXO 10 - TERMINOLOGÍA ASOCIADA A LOS INCENDIOS FORESTALES ..... 200 7.11. ANEXO 11 - NIVELES DE GRAVEDAD POTENCIAL DE LOS INCENDIOS........... 201 PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 5 de 233 1. INTRODUCCIÓN 1.1. OBJETIVO El objetivo del Plan INFOCAT es establecer el marco jurídico-funcional para hacer frente a las emergencias por incendios forestales, dentro del ámbito territorial de Cataluña, estableciendo los avisos, la organización y los procedimientos de actuación de los servicios de la Generalitat de Catalunya, de las demás administraciones públicas y también de las entidades privadas que tengan un papel relevante en la gestión de este tipo de emergencias. El Plan INFOCAT incluye la cuantificación y la localización dentro del territorio de Cataluña de los aspectos fundamentales para el análisis de riesgo, zonificación del territorio, despliegue de medios y recursos y localización de infraestructuras para los trabajos de actuación en caso de emergencia. 1.2. FUNCIONES BÁSICAS Son funciones básicas del Plan: Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la intervención y coordinación de los diferentes servicios actuantes en emergencias por incendios forestales en Cataluña. Concretar los procedimientos de actuación, ya sean aspectos preventivos, previsión de los diferentes avisos, la propia intervención, etc. Prever la plena coordinación, mediante los correspondientes mecanismos de colaboración, con las comunidades autónomas limítrofes y aquellas que se crean oportunas, así como con el Plan estatal de protección civil para emergencias por incendios forestales, para garantizar una adecuada integración. Establecer los sistemas de coordinación con las organizaciones de las diferentes administraciones locales en su territorio. Establecer el mapa básico de peligro y definirzonas de acuerdo con el riesgo y con las posibles intervenciones y despliegue de medios y recursos. Determinar los criterios de planificación en lo que se refiere a los planes de actuación municipal (PAM en lo sucesivo) por incendios forestales. Considerar las épocas de peligro relacionadas con los incendios forestales para establecer medidas preventivas de acuerdo con la legislación vigente. Proponer y establecer medidas orientadas a la disminución del riesgo de incendios forestales. Establecer los sistemas organizativos del voluntariado. Definir y establecer los procedimientos de información a la población. Catalogar los medios y recursos a emplear en caso de incendio forestal. 1.3. ALCANCE ALCANCE TERRITORIAL El alcance territorial del Plan es todo el territorio de Cataluña. A efectos del Plan INFOCAT, se podrán introducir sectores de riesgo para los cuales las acciones previstas en el Plan se concretarán en los correspondientes planes de actuación. ALCANCE INSTITUCIONAL Y CORPORATIVO Los organismos, servicios y entidades que intervienen en la operatividad del Plan son los siguientes: La dirección general competente en materia de prevención de incendios forestales (Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio). La dirección general competente en materia de protección civil (Dirección General de Protección Civil). La dirección general competente en materia de seguridad ciudadana (Dirección General de la Policía). PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 6 de 233 La dirección general competente en materia de extinción de incendios (Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos). La dirección general competente en materia de vigilancia, control, protección, prevención integral y colaboración en la gestión del medio ambiente (Dirección General de los Agentes Rurales). El organismo competente en materia de servicios meteorológicos (Servicio Meteorológico de Cataluña). El organismo competente en materia de transporte sanitario urgente (Sistema de Emergencias Médicas), así como el resto de organismos y entidades públicas y privadas prestadoras de servicios sanitarios a la población. La organización coordinadora de agrupaciones de defensa forestal (Secretariado de Federaciones y Agrupaciones de Defensa Forestal). Representantes de los ayuntamientos, consejos comarcales, diputaciones. Otros entes (particulares, medios de comunicación, organismos expertos...). Cruz Roja. Entidades gestoras de la red vial y ferrovial, tanto públicas como privadas: - Dirección General de Infraestructuras de Movilidad - Dirección General de Transportes y Movilidad - Centro de Control de Carreteras del Estado - Centro de Control de Carreteras de las Diputaciones de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona - Ferrocarriles de la Generalitat de Catalunya - RENFE y ADIF - Servicio Catalán de Tráfico Entidades responsables de la gestión de los servicios básicos. Servicios de protección civil locales y estatales. Subdirecciones territoriales del Departamento de Interior. Delegaciones del Gobierno de la Generalitat de Catalunya. 1.4. CONCEPTOS BÁSICOS A efectos del Plan INFOCAT, se definen una serie de conceptos: Área general de operaciones: zona donde actúa el grupo de intervención en un incendio forestal. Confinamiento: acción de encerrar a alguien en un espacio limitado y aislado del exterior, preferentemente sin ventanas, obturando con cuidado las aberturas –incluidas las entradas de aire– después de haber apagado las instalaciones de climatización y ventilación hasta que el peligro ha desaparecido. Distancia de intervención: es la distancia de un incendio a un elemento vulnerable, cuyo frente debe llegar a afectar al núcleo habitado en un tiempo semejante al requerido para la evacuación de la población de este núcleo. Efecto dominó: es el efecto de producirse una afectación en algún elemento peligroso como consecuencia del incendio forestal, que a su vez puede producir un nuevo accidente o emergencia. Elemento especialmente vulnerable: elemento que, expuesto a un determinado nivel de peligrosidad, es susceptible de sufrir daños más graves que un elemento vulnerable. Elemento vulnerable: elemento que, expuesto a un determinado nivel de peligrosidad, es susceptible de sufrir daños. Evacuación: conjunto de acciones encaminadas a abandonar o hacer desalojar a la población de las zonas de riesgo. Se puede diferenciar una evacuación espontánea y una programada. Una evacuación espontánea es aquella que llevan a cabo de forma impulsiva y natural las personas que perciben estar en peligro. Una evacuación programada es aquella en la que alguna autoridad ha ordenado la evacuación después de valorar que se cumplen las garantías de seguridad para las personas y que, por lo tanto, se puede proceder a su evacuación de manera segura. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 7 de 233 Exposición: caracterización y cuantificación de un elemento vulnerable o sistema con relación a un nivel de peligrosidad determinado. Gran incendio forestal (GIF): incendio que mantiene de forma sostenida una velocidad, intensidad lineal y longitud de llama que supera la capacidad de los sistemas de extinción, que pueden afectar de forma importante a la población o que afecta a más de 500 ha. Incendio forestal: fuego que se extiende sin control sobre terreno forestal, afectando a vegetación que no estaba destinada a quemar. Índice de riesgo de incendio forestal: valores indicativos del riesgo de incendio forestal en una zona determinada. Movilización: conjunto de operaciones o tareas para la puesta en marcha de medios, recursos y servicios para la lucha contra incendios forestales. No tener continuidad inmediata con la trama urbana: a efectos del Plan INFOCAT, se define como tener una posición en el territorio separada de los suelos urbanos o urbanizables ya urbanizados. Peligro (peligrosidad): frecuencia con la que se produce un fenómeno de una determinada intensidad en un área y un intervalo de tiempo determinados. En el Plan INFOCAT, esta peligrosidad es un valor característico de cada punto del territorio que incluye la influencia de los diferentes factores relacionados con la probabilidad e intensidad de los incendios forestales. Perímetro de protección prioritaria: zona con un gran riesgo de incendio forestal y con una continuidad de la masa forestal en la cual se pueden producir GIF; los límites de estas zonas se corresponden con grandes infraestructuras de la red vial, con corredores no forestales ocupados por cultivos, con núcleos de población, con la red hidrográfica, etc. Plan Alfa: procedimiento operativo de la Dirección General de los Agentes Rurales donde se establecen las actuaciones de los efectivos de vigilancia y prevención de incendios forestales desplegados sobre el territorio y se establecen suspensiones de determinadas actividades con riesgo de incendio forestal. Comprende cuatro niveles posibles y la activación de cada nivel comporta un grado de movilización de los efectivos de vigilancia y prevención de incendios forestales asociado a unas tareas adecuadas al grado de peligro. Riesgo de incendio forestal: probabilidad de que se produzca un incendio en un área y en un intervalo de tiempo determinados. Sector de riesgo: área con una vulnerabilidad más o menos elevada y que resulta especialmente complicada en cuanto a la gestión de emergencias y en la que hay que profundizar en el análisis del riesgo de incendios forestales. SISCOM: siglas del Sistema de Mando de Incidentes, que es un sistema de mando estandarizado y flexible que utiliza el Cuerpo de Bomberos de la Generalitat. Este sistema permite la integración progresiva de medios en función de la magnitudde la emergencia para asegurar la capacidad de decisión en la escala de mando. Terreno forestal: el definido así en la Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña. Es decir, aquel en el cual vegetan especies arbóreas, arbustivas de matorral o herbáceas, espontáneamente o bien que procedan de sembrado o plantación, siempre y cuando no sean características del cultivo agrícola o sean objeto de este. Vulnerabilidad: predisposición intrínseca de un elemento o sistema a sufrir daños ante un fenómeno de una intensidad determinada. En el Plan INFOCAT esta vulnerabilidad es un valor característico de cada punto del territorio que incluye la suma de los valores asignados a unos determinados grupos de elementos vulnerables. 1.5. MARCO LEGAL Compilación de la normativa legal vigente sobre la gestión de las emergencias y la prevención de incendios forestales: Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña (BOE 172, de 20.07.2006). PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 8 de 233 Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales (DOGC 556, de 28.06.1985) Orden de 6 de octubre de 1986, sobre la regulación de las agrupaciones de defensa forestal (DOGC 755, de 20.10.1986). Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña (DOGC 978, de 15.04.1988) y modificaciones posteriores. Corrección de erratas (DOGC 1057, de 19.10.1988). Decreto 35/1990, de 23 de enero, por el que se fija la unidad mínima forestal (DOGC 1260, de 26.02.1990). Resolución del Consejo y de los representantes de los gobiernos de los estados miembros, reunidos en el seno del Consejo de 8 de julio de 1991 sobre la mejora de la asistencia recíproca entre estados miembros en caso de catástrofes naturales o tecnológicas (91/C 198/01). Decreto 246/1992, de 26 de octubre, sobre la creación del Centro de Coordinación Operativa de Cataluña (DOGC 1668, d'11.11.1992) y modificaciones posteriores. Orden de 21 de junio de 1993, sobre quemas controladas en zonas de alta montaña (DOGC 1780, de 06.08.1993) y modificaciones posteriores (Orden de 6 de junio de 1994 y Orden MAH/120/2006, de 17 de marzo). Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña (DOGC 1898, de 18.05.1994) y modificaciones posteriores (Ley 5/1999, de 12 de julio y Ley 9/2010, de 7 de mayo). Resolución de 24 de octubre de 1994, por la que se da publicidad al Acuerdo de 29 de septiembre de 1994, del Gobierno de la Generalitat, por el que se aprueba el Plan de protección civil de emergencias por incendios forestales en Cataluña (INFOCAT) (DOGC 1970, de 09.11.1994). Resolución de 4 de julio de 1994, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros sobre criterios de asignación de medios y recursos de titularidad estatal a planes territoriales de protección civil (BOE 170, de 18.07.1994). Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales (DOGC 2022, de 10.03.1995) y modificaciones posteriores (Decreto 206/2005, de 27 de septiembre). Orden MAB/62/2003, de 13 de febrero, por la que se desarrollan las medidas preventivas que establece el Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales. Decreto 161/1995, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Plan Territorial de protección civil de Cataluña (PROCICAT) (DOGC 2058, de 02.06.1995). Ley 9/1995, de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural (DOGC 2082, de 02.08.1995) y modificaciones posteriores. Decreto 268/1996, de 23 de julio, por el que se establecen medidas de tala periódica y selectiva de vegetación en la zona de influencia de las líneas aéreas de conducción eléctrica para la prevención de incendios forestales y la seguridad de las instalaciones (DOGC 2236, de 29.07.1996). Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña (DOGC 2401, de 29.05.1997). Corrección de erratas (DOGC 2406, de 05.06.1997) y modificaciones posteriores. Decreto 130/1998, de 12 de mayo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales en las áreas de influencia de carreteras (DOGC 2656, de 09.06.1998). Decreto 155/2014, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el contenido mínimo para la elaboración y la homologación de los planes de protección civil municipales y se establece el procedimiento para su tramitación conjunta. Decreto 27/2001, de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de las asociaciones del voluntariado de protección civil de Cataluña (DOGC 3317, de 31.01.2001) y modificaciones posteriores. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 9 de 233 Orden PCM/641/2021, de 21 de junio, por la que se fijan las indemnizaciones que correspondan a las personas que sufran accidentes al colaborar en los trabajos de extinción de incendios forestales (BOE 149, de 23.06.2021). Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de incendios forestales en las urbanizaciones sin continuidad inmediata con la trama urbana (DOGC 3879, de 08.05.2003) y modificaciones posteriores. Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales (DOGC 3926, de 16.07.2003) y modificaciones posteriores. Resolución JUI/2503/2003, de 4 de agosto, por la que se da publicidad al Acuerdo de Gobierno de 1 de agosto de 2003, por el que se aprueba la revisión del Plan especial de emergencias por incendios forestales de Cataluña (INFOCAT) (DOGC 3954, de 26.08.2003). Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes (BOE 280, de 22.11.2003) y modificaciones posteriores. Decreto 123/2005, de 14 de junio, de medidas de prevención de incendios forestales en las urbanizaciones sin continuidad inmediata con la trama urbana (DOGC 4407, de 16.06.2005). Decreto 312/2006, de 25 de julio, por el que se regula la gestión del fuego técnico por parte del personal de los servicios de prevención y extinción de incendios de la Generalitat de Catalunya (DOGC 4685, de 13.07.2006) y modificaciones posteriores. Decisión n.º 1313/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión (DOUE 347, de 20 de diciembre de 2013). Decreto 266/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Agentes Rurales (DOGC 5024, de 07.12.2007) y modificaciones posteriores. Decreto 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas (DOGC 6824, de 05.03.2015) y modificaciones posteriores. Decreto 320/2011, de 19 de abril, de reestructuración del Departamento de Interior (DOGC 5864, de 21.04.2011) y modificaciones posteriores (Decreto 102/2019, de 7 de mayo.) Acuerdo GOV/85/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba la segunda revisión del Plan especial de emergencias por incendios forestales de Cataluña (INFOCAT) (DOGC 5887, de 26.05.2011). El Plan de protección civil de emergencias por incendios forestales de Cataluña (INFOCAT) recibió el informe de la Comisión de Protección Civil de Cataluña el día 7 de julio de 1994 (acta nº 15), fue aprobado por el Consejo Ejecutivo de la Generalitat el día 29 de septiembre de 1994 (publicado en la Resolución de 24 de octubre de 1994) y homologado por la Comisión Nacional de Protección Civil el 30 de septiembre de 1994 (publicado en la Resolución de 30 de diciembre de 1994, de la Secretaría de Interior). En el año 1998, la Comisión de Protección Civil de Cataluña aprobó la revisión de los criterios de activación del Plan en su reunión de 3 de noviembre. Posteriormente, en 2003 se llevó a cabo una primera revisión del Plan, inicialmente con el informe favorable de la Comisiónde Protección Civil de Cataluña en el acta de la sesión número 67 de 26 de marzo y aprobada por el Consejo de Gobierno por la Resolución de 4 de agosto (publicada en la Resolución JUI/2503/2003). En 2010 se hizo una segunda revisión, la cual recibió el informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Cataluña en su sesión de 3 de noviembre de 2010 y fue aprobada por el Acuerdo de Gobierno de 24 de mayo de 2011 (Acuerdo GOV/85/2011). En 2012 se llevó a cabo una actualización del plan y en 2014, una revisión. La versión actual es fruto de la actualización de 2021. En esta versión se modificaron algunos aspectos relacionados con la red básica de caminos (apartado 7.2.2.1), se actualizó la normativa, se actualizó el alcance institucional y corporativo y también se eliminó la unidad móvil de protección civil, así como buena parte de los enlaces (para la mejora de la accesibilidad del documento). También se actualizó el esquema organizativo para incluir el Comité Técnico y las modificaciones derivadas de la creación de la comarca de El Moianès. Finalmente, el documento se hizo accesible. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 10 de 233 2. CONOCIMIENTO DEL RIESGO 2.1. INTRODUCCIÓN La superficie considerada como forestal en Cataluña representa más del 60% del territorio (casi 2 millones de hectáreas), siendo la superficie forestal arbolada de un 43%, mientras que entre matorrales y pastos suman el 17% restante, aproximadamente. Si a este factor se le añade el clima mediterráneo de Cataluña, con veranos calurosos y secos, el relieve bastante accidentado, y la distribución y tipo de población, resulta normal un significativo riesgo de incendio forestal para gran parte del territorio catalán. Nada ajeno al riesgo de incendios forestales ha sido el progresivo abandono de cultivos y pastos que ha producido un incremento, en general muy importante, de las masas de combustible y de su continuidad. Todos estos factores combinados han dado lugar, en los últimos años, a la aparición de los grandes incendios forestales (GIF, en lo sucesivo). Estos incendios, de una magnitud y virulencia inusitadas, se han revelado con un enorme poder de destrucción por los bosques y la interfaz urbana-forestal. Además, el gran incremento de urbanizaciones (principalmente) tiempos atrás ha hecho que la exposición de las personas a los incendios haya ido también en aumento. El conocimiento del riesgo es un elemento básico en la planificación y gestión de la emergencia. Hay que conocer con precisión los factores que condicionan el riesgo y la variación de este en función de parámetros más estables como son el combustible, la topografía, la insolación, etc. y en función de variables más cambiantes como las condiciones atmosféricas, el déficit hídrico del combustible, etc. para poder hacer un seguimiento preciso de la evolución temporal del riesgo de incendio en situaciones atmosféricas adversas. Para conocer el riesgo se tiene que determinar el peligro (o, preferiblemente, peligrosidad), la vulnerabilidad de los diferentes elementos que se pueden ver afectados y la exposición de elementos vulnerables al peligro. A continuación, se analizan estos tres factores, teniendo en consideración que se trata de un análisis a nivel general de toda Cataluña y que son los planes de sector del Plan INFOCAT los que hacen un análisis más detallado. 2.2. ANÁLISIS DEL PELIGRO El peligro o peligrosidad de los incendios forestales potenciales queda definido cuando se conocen sus características de severidad (intensidad o magnitud) y de probabilidad. Para el análisis general de peligro del Plan INFOCAT, se concreta en la elaboración de mapas de peligro. Los mapas de peligro caracterizan el territorio asignándole un valor relacionado con la probabilidad de que se produzca un incendio y con la magnitud que puede adquirir una vez iniciado. MAPA BÁSICO DE PELIGRO DE INCENDIO FORESTAL La Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio ha elaborado el Mapa básico de peligro de incendio forestal, que es el resultado de la agrupación de los conceptos de peligro de ignición, por un lado, y de peligro de propagación por otro, entendiendo como peligro de ignición la facilidad de que se inicie un incendio forestal, y como peligro de propagación, la facilidad con que este se puede expandir. Se trata de un mapa cuantitativo donde cada punto del territorio tiene asignado un valor de peligro que va de 0 a 10, como resultado de la combinación de los diferentes factores que determinan el peligro de incendio forestal. Este mapa es “estático” en el sentido que define un estado del territorio estimativo de la frecuencia y la intensidad con que se puede producir el peligro de incendio y, en consecuencia, los factores dinámicos de peligro son considerados a partir de las medias de sus series (y no conforme a situaciones temporales o momentáneas, que son objeto del mapa dinámico de peligro, explicado en el punto 2.2.2 Mapa dinámico de peligro de incendios forestales). El Mapa básico de peligro de incendios forestales se encuentra en el punto 7.5.4.1.1.12 del anexo 5. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 11 de 233 2.2.1.1. Metodología utilizada en la elaboración del Mapa Este mapa se elabora a partir de la ponderación de varios componentes como factores históricos, de vegetación, orográficos, climáticos. En el punto 7.5.4.1 del anexo 5 hay una explicación detallada de la metodología utilizada en la elaboración del Mapa básico de peligro, así como la forma y el peso con que han sido ponderados los diferentes factores. 2.2.1.2. Conclusiones del Mapa El Mapa básico de peligro de incendios forestales es el resultado de la integración de mapas correspondientes a los factores descritos anteriormente. El proceso de generación del mapa se ha desarrollado mediante un sistema de información geográfica (SIG) con el cual también se han confeccionado los mapas de los diversos factores. Conclusiones sobre la información del Mapa básico de peligro de incendios forestales: Las zonas del mapa quedan clasificadas según las siguientes cuatro categorías: Peligro bajo: valores del mapa comprendidos entre 0 y 4. Peligro moderado: valores del mapa comprendidos entre 4 y 5. Peligro alto: valores del mapa comprendidos entre 5 y 7. Peligro muy alto: valores del mapa comprendidos entre 7 y 10. Conclusiones del análisis general del mapa: - Incremento del peligro desde el norte hacia el sur favorecido por la gradación climática y de los combustibles. - Incremento gradual del peligro en la Depresión Central y en el Prepirineo a causa de la continentalidad. - Incremento de peligro en la franja litoral y prelitoral como consecuencia de los factores asociados a la alta densidad demográfica, que disminuye hacia el interior, especialmente cuando se llega al eje descrito por los sistemas Prelitorales. - Gradación descendente del peligro en los principales macizos y zonas de montaña con la exposición y altitud. Con la altitud el peligro disminuye como consecuencia de la gradación también descendente del grado de peligro de los combustibles, de la climatología adversa y de los factores relacionados con la ocupación humana, mientras que, en el caso de la exposición, el peligro disminuye cuanto menos soleadas son las vertientes. - Incremento del peligro en las zonas de fuerte incidencia de tramontana y mistral. Para caracterizar cada municipio se ha calculado la media del peligro de su masa forestal de la siguiente manera: - A partir del Mapa básico de peligro, se ha generado el Mapa de peligro municipal, donde se ha determinado el peligro de cada uno de los municipios mediante el cálculo de la media de los valores del 50% de la superficie con más peligro del término. - En el Mapa de peligro municipal únicamentese han considerado los municipios que cumplen alguna de las siguientes condiciones: A. Tener más del 5% de la superficie dentro de perímetros de protección prioritaria (PPP) y más de 50 ha forestales. B. Tener más del 15% de superficie forestal y más de 100 ha forestales. El resultado es un Mapa municipal de peligro de incendios forestales (punto 7.5.4.1.1.13 del anexo 5). MAPA DINÁMICO DE PELIGRO DE INCENDIOS FORESTALES El peligro de incendios forestales depende de condiciones que van variando a lo largo de los días y por eso se denomina peligro "dinámico", en contraposición al término de peligro "estático" del Mapa básico de peligro, explicado en el punto 2.2.1 Mapa Básico de Peligro de Incendios Forestales. El Plan INFOCAT quedaría incompleto sin la incorporación de mapas de peligro que variaran con los parámetros atmosféricos más importantes que pueden caracterizar el peligro: viento, humedad, temperatura y otros como el estado del combustible. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 12 de 233 Uno de los aspectos que resultan más valiosos es la predicción con cierta probabilidad de situaciones que pueden desembocar en GIF; este mapa, junto con el mapa de vulnerabilidad del territorio, permite hacer los avisos correspondientes a los cuerpos operativos y municipios para poder tomar las medidas adecuadas en cada situación. La Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio elabora este Mapa dinámico de peligro de incendio forestal diariamente teniendo en cuenta varios factores del territorio: estado de la vegetación, evolución de las variables meteorológicas y la causalidad en la ocurrencia de los incendios. También se elabora un avance del mapa para el día siguiente. De este mapa se desprende la activación del mapa del Plan Alfa, a partir del cual se toman una serie de medidas preventivas ante situaciones de peligro elevado de incendios forestales; para las comarcas donde se declare, Alfa 1 implica peligro alto, Alfa 2 peligro muy alto y Alfa 3 peligro extremo. 2.3. ANÁLISIS DE LA VULNERABILIDAD Aquellos elementos que pueden sufrir los efectos de un incendio forestal se denominan ‘elementos vulnerables’. Estrictamente hablando, en el análisis de la vulnerabilidad se trata de determinar cuáles pueden ser los daños que pueden sufrir estos elementos en función de las características de los posibles incendios forestales. De todos modos, para este primer análisis general de vulnerabilidad, se han tenido que realizar unas simplificaciones muy importantes con el objetivo de poder caracterizar de forma global la vulnerabilidad de los municipios para saber si tienen que elaborar el correspondiente PAM a causa de la vulnerabilidad. METODOLOGÍA UTILIZADA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA VULNERABILIDAD La metodología utilizada ha sido sencilla y directa puesto que se trata de realizar un análisis general de toda Cataluña. Los planes de actuación de los sectores de riesgo aportarán un análisis de vulnerabilidad más detallado y complejo. Para este primer análisis global de Cataluña se han definido y trabajado elementos vulnerables situados "dentro de" la masa forestal o a menos de 500 metros de esta. Se establecen cinco grupos de elementos: poblamiento, elementos especialmente peligrosos, infraestructuras, espacios naturales protegidos y modelos de combustible. En el punto Metodología (punto 7.5.5 del anexo 5) hay una explicación detallada de la metodología utilizada para la determinación de la vulnerabilidad. Determinación de la superficie forestal de Cataluña. Superficie mínima a tratar La superficie forestal de Cataluña se establece a partir del mapa de combustibles facilitado por el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural. En este análisis, sin embargo, se han eliminado las masas forestales “aisladas” inferiores a 25 ha1. Asignación de valores para los diferentes elementos y cálculo de la vulnerabilidad municipal A cada agrupación de elementos se le ha asignado un valor según su tipología; para ver el detalle del peso de cada tipología de elementos hay que ir al punto 7.5.5 del anexo 5, donde se explica la metodología utilizada en la determinación de la vulnerabilidad. Tipo de elementos vulnerables Peso Población 30 Infraestructuras 12 - 8 Elementos peligrosos 12 Valor natural 1,35 – 0,3 Combustible 0,20 - 0,01 Figura 1 Valores para los diferentes elementos y cálculo de la vulnerabilidad municipal 1 Según el Decreto 35/1990, que establece que la unidad mínima forestal son 25 ha. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 13 de 233 Con estas consideraciones se ha confeccionado el Mapa de vulnerabilidad (ver el punto 7.5.5.1.12 del anexo 5). El cálculo de la vulnerabilidad municipal se ha obtenido sumando los productos de la superficie de los elementos vulnerables por el valor asignado a aquel tipo de elemento vulnerable. El resultado final es el Mapa de vulnerabilidad municipal, en el que cada municipio tiene asignado un valor total (ver el punto 7.5.5.1.13 del anexo 5). CONCLUSIONES SOBRE LA INFORMACIÓN DEL MAPA DE VULNERABILIDAD Se pueden sacar algunas conclusiones generales del mapa: - Los municipios más vulnerables se concentran en la zona litoral, prelitoral y norte, y concretamente para los situados en las dos primeras zonas, lo son fundamentalmente por la población. - En la depresión de Lleida se sitúan los municipios menos vulnerables a causa de la falta de masas forestales. - Los municipios situados en el norte, aunque su peligro sea bajo, son vulnerables fundamentalmente por la presencia de grandes masas forestales y la importante extensión de espacios de interés natural. DISTANCIA DE INTERVENCIÓN Un aspecto muy importante del análisis de la evolución de los incendios forestales es el establecimiento de escenarios de incendios alrededor de los elementos vulnerables y, en este sentido, se define una distancia de intervención. A nivel práctico, la zona de intervención en un incendio forestal conducido por el viento se calcula con un orden de magnitud determinado por el 10% de la velocidad del viento, expresada en kilómetros. 2.4. MUNICIPIOS QUE TIENEN QUE ELABORAR EL PLAN DE ACTUACIÓN MUNICIPAL A partir de los mapas de peligro y vulnerabilidad se ha adjudicado un valor de peligro y vulnerabilidad municipal para determinar los municipios que tienen que elaborar un plan de actuación municipal (PAM) por incendios forestales. Los criterios de la selección por peligro son los siguientes: Tienen que elaborar el PAM por incendios forestales los municipios donde la media de los valores del 50% de la superficie con más peligro del término tiene un peligro alto o muy alto y a la vez cumplen una de las siguientes condiciones: - Tener más del 5% de la superficie dentro de perímetros de protección prioritaria y más de 50 ha forestales. - Tener más del 15% de superficie forestal y más de 100 ha forestales. Se recomienda la elaboración del PAM en los municipios donde: - La media de los valores del 50% de su superficie forestal tiene un nivel de peligro moderado. - Tienen más de 50 ha de superficie forestal y un 5% dentro de perímetros de protección prioritaria o 100 ha de superficie forestal y un 15% de superficie forestal en el municipio. Los criterios de la selección por vulnerabilidad son los siguientes: Deben elaborar el PAM por incendios forestales los municipios que tienen vulnerabilidad alta o muy alta, como resultado de sumar los productos de la superficie de los elementos vulnerables por el valor asignado a aquel tipo de elemento vulnerable. Se recomienda la elaboración del PAM por incendios forestales a los municipios que tienen vulnerabilidad media, como resultado de sumar los productos de la superficie de los elementosvulnerables por el valor asignado a aquel tipo de elemento vulnerable. En el anexo 1 figura la relación de los municipios resultantes y en el punto 7.1.1 del anexo 1 figura el mapa de los municipios que tienen que redactar el PAM. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 14 de 233 2.5. PERÍMETROS DE PROTECCIÓN PRIORITARIA La Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio ha elaborado una zonificación de las masas forestales. Esta zonificación se basa en que son ámbitos territoriales con un gran peligro de incendio forestal y que, debido a la continuidad de la masa forestal, pueden sufrir incendios forestales que se conviertan en GIF. Los límites de estas zonas se corresponden con grandes infraestructuras de la red vial de comunicaciones, con corredores no forestales ocupados por cultivos, con núcleos de población y con la red hidrográfica. Se podrán definir más perímetros de protección prioritaria. En el punto 7.6.2.4 del anexo 6 figura la relación de los perímetros de protección prioritaria definidos actualmente, así como el mapa de localización. 2.6. SECTORES DE RIESGO Resulta obvio que el nivel general de análisis de riesgo del Plan INFOCAT se debe concretar y precisar más en el territorio de Cataluña, sobre todo desde el punto de vista de la vulnerabilidad, pero también del peligro. El Plan INFOCAT concreta cada una de estas áreas en unos planes de actuación de sector de riesgo en caso de emergencia por incendios forestales. En estos planes se especifican las actuaciones concretas a realizar en la zona de alcance del plan y en ellos se integran, por un lado, los PAM, y por el otro, los planes de actuación de grupo (PAG) en la zona. 2.7. EFECTO DOMINÓ Es el efecto de producirse una afectación a algún elemento peligroso como consecuencia del incendio forestal, que a su vez puede producir un nuevo accidente o emergencia. Los posibles efectos dominó son los siguientes: Afectación a gasolineras. Afectación a depósitos de carburante. Afectación a gasoductos y oleoductos. Afectación a industrias. Afectación de tendidos eléctricos y de teléfono. Afectación a estaciones y subestaciones transformadoras. Afectación a establecimientos pirotécnicos, polvorines… El mapa de estos elementos se puede consultar en los puntos 7.5.5.1.3 y 7.5.5.1.4 del anexo 5. 2.8. PERIODOS DE PELIGRO DE INCENDIO FORESTAL Las épocas de riesgo se establecen en función del desarrollo normativo vigente en Cataluña. Así, se define una época con un riesgo de incendio remarcable del 15 de marzo al 15 de octubre y también un periodo de alto riesgo de incendio del 15 de junio al 15 de septiembre en unos municipios determinados. Sin embargo, para las comarcas con zonas de pasto de alta montaña, el periodo con un riesgo de incendio remarcable está comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de abril, prorrogable hasta el 31 de mayo de forma total o parcial en aquellas comarcas en las que las condiciones meteorológicas y de la vegetación así lo aconsejen. Actualmente, las comarcas con zonas de pastos de alta montaña son las siguientes:2 L’Alta Ribagorça, L’Alt Urgell, El Berguedà, La Cerdanya, La Vall d’Aran, La Garrotxa, El Pallars Jussà, El Pallars Sobirà, El Ripollès y El Solsonès. 2 Se ha eliminado de esta relación la comarca de L'Alt Empordà. Si bien esta comarca está incluida dentro del ámbito de aplicación de la Orden de 21 de junio de 1993, sobre quemas controladas en alta montaña, tiene un riesgo de incendio considerablemente más alto en el periodo de verano que en el de invierno. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 15 de 233 Estas épocas de peligro fijas se pueden avanzar o alargar si las condiciones meteorológicas así lo aconsejan. También se pueden establecer días concretos de riesgo remarcable en función de la meteorología o la incidencia humana a partir del Mapa dinámico de peligro de incendios forestales. 3. ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN El Plan INFOCAT se estructura organizativamente de acuerdo con el siguiente organigrama:3 Figura 2 Organigrama INFOCAT La persona titular de la Dirección del Plan es la máxima responsable de la gestión de la emergencia con el apoyo del Consejo Asesor y del Gabinete de Información; estos tres elementos forman el Comité de Emergencias, que se ubica ordinariamente en el Centro de Coordinación Operativa de Cataluña (en lo sucesivo, CECAT). Los grupos de actuación ejecutan las órdenes emanadas desde la Dirección del Plan y están coordinados en el lugar de la emergencia por el coordinador del Centro de Mando Avanzado (en lo sucesivo, CCA), que se constituye, en su caso, por las particularidades de la emergencia, y se ubica en un lugar seguro y próximo a esta. Por otro lado, la actuación municipal es responsabilidad del alcalde o alcaldesa. En aquellos municipios que les corresponda, esta actuación se estructura a través del correspondiente PAM. 3.1. COMITÉ DE EMERGENCIAS El Comité de Emergencias está formado por la Dirección del Plan, el Consejo Asesor y el Gabinete de Información y cuenta con el asesoramiento y el apoyo del CECAT. 3 Este organigrama hace referencia al funcionamiento del Plan INFOCAT cuando este está activado; hay que decir que el CCA es una figura que no siempre se constituirá y que, por lo tanto, en aquellos casos en los que no se constituya, la coordinación se ejercerá a través del CECAT. En azul aparecen los centros (el CECAT, el CECOPAL y el CCA). PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 16 de 233 DIRECCIÓN DEL PLAN Corresponde al consejero o consejera del departamento competente en materia de protección civil de la Generalitat de Catalunya, o a la persona en quien delegue, dirigir y coordinar el Plan INFOCAT en todas las situaciones de gravedad en las que el Plan sea activado. Funciones: Declarar la activación del Plan INFOCAT, así como determinar los cambios de niveles de activación contando con el asesoramiento directo del CECAT. Analizar y valorar las situaciones provocadas por el incendio con toda la información disponible teniendo en cuenta, en todo momento, la gravedad potencial. Decidir, en todo momento y con el apoyo del Consejo Asesor si procede, las actuaciones más adecuadas para hacer frente a la emergencia, así como la aplicación de las medidas de protección a la población, a los bienes y al entorno. Convocar al Comité Técnico de Seguimiento teniendo en cuenta las previsiones o, en su caso, el estado y la evolución de la situación. Convocar al Consejo Asesor, total o parcialmente, según la importancia de la emergencia y añadir a los miembros que considere necesarios por la tipología de la emergencia. Determinar y coordinar la información a la población a través de los medios propios del Plan y de los medios de comunicación social, ya sea para adoptar medidas de autoprotección como para informar del desarrollo general de la emergencia. Coordinar a los alcaldes o alcaldesas de los municipios afectados, estableciendo directrices y gestionando los medios y recursos que se consideren convenientes de acuerdo con los planes y a través de los centros de coordinación correspondientes. Asegurar el mantenimiento de la operatividad del Plan. Declarar el final de la situación de emergencia y la desactivación del Plan INFOCAT. La titularidad de la Dirección del Plan puede ser delegada, en su caso, en la figura que el titular de esta considere oportuna, entre otros, en el secretario o secretaria general del departamento competente en materia de protección civil o en la unidad directiva competente en esta materia. CONSEJO ASESOR El Consejo Asesor es un comitéque asiste a la Dirección del Plan en los diferentes aspectos de la emergencia. Está compuesto por representantes directivos de los grupos de actuación, así como representantes de otros entes u organismos involucrados en la dinámica y la gestión de la emergencia. Funciones: Analizar y valorar la situación de la emergencia, teniendo en cuenta su posible evolución. Asesorar, en todo momento, a la Dirección del Plan en los diferentes aspectos de la emergencia. Si lo creen adecuado, las personas que son miembros del Consejo Asesor podrán recibir el asesoramiento de los representantes técnicos propios integrados en la estructura de apoyo técnico prevista en el CECAT o de los miembros del Comité Técnico de Seguimiento. Las personas que son miembros del Consejo Asesor, garantizar la continuidad de las decisiones del Consejo Asesor a los niveles técnicos de las respectivas organizaciones. Composición: El jefe o jefa de equipo de guardia del CECAT. La persona titular de la Dirección General de Protección Civil. La persona titular de la Subdirección General de Coordinación y Gestión de Emergencias. La persona titular de la Subdirección General de Programas en Protección Civil. La persona titular de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos. La persona titular de la Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio. La persona titular de la Dirección General de los Agentes Rurales. La persona titular de la Dirección General de la Policía. La persona titular de la dirección del Sistema de Emergencias Médicas. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 17 de 233 La persona titular de la dirección del Servicio Catalán de la Salud (CatSalut). La persona titular de la dirección del Servicio Meteorológico de Cataluña. La persona titular de cada delegación territorial afectada del Gobierno de la Generalitat. La persona titular de la presidencia del Secretariado de Federaciones y de Agrupaciones de Defensa Forestal de Cataluña. La persona titular de la Delegación del Gobierno en Cataluña. La persona titular de la dirección del Servicio Catalán de Tráfico. Una persona representante para cada municipio afectado. A criterio de la Dirección del Plan, en función de la evolución de la emergencia, se pueden añadir otras organizaciones que no figuran en el Plan si es necesario para una mejor gestión de la emergencia. En estos casos también forman parte del Consejo Asesor otras organizaciones: - Una persona representante de la diputación correspondiente en función del territorio afectado - Una persona representante para cada empresa gestora de las vías de comunicación afectadas - Una persona representante del organismo responsable de las vías de comunicación - Una persona representante para cada empresa gestora de los servicios básicos afectados - Una persona representante del organismo responsable de los servicios básicos Otras necesarias a criterio de la Dirección del Plan. La sede habitual donde se reúne el Consejo Asesor es el CECAT, aunque la Dirección del Plan puede decidir cambiar la ubicación. GABINETE DE INFORMACIÓN Es la estructura oficial a través de la cual se canaliza la información a la población a través de los medios de comunicación y de los medios propios (comunicados publicados en el sitio web de protección civil) durante la emergencia y depende directamente de la Dirección del Plan INFOCAT. Composición: Gabinete de Comunicación y Prensa de la Dirección General de Protección Civil. El jefe del Gabinete de Información es el jefe del Gabinete de Comunicación y Prensa de la Dirección General de Protección Civil. La sede habitual del Gabinete de Información es el CECAT, aunque puede cambiar la ubicación en función de la emergencia y siempre que lo solicite la Dirección del Plan. Funciones: Difundir las órdenes y recomendaciones de autoprotección de la Dirección del Plan a través de los medios de comunicación social. Centralizar, coordinar y preparar la información general sobre la emergencia y su evolución que tenga que ser transmitida por los medios de comunicación social. Informar puntualmente sobre la emergencia a los gabinetes de comunicación y medios de comunicación que lo soliciten. Coordinar la información con los diferentes gabinetes de comunicación de la Administración de la Generalitat y de las demás administraciones afectadas, como también otros privados (empresas, particulares...) o que se vean implicados en la emergencia (concesionarios, por ejemplo, y otros). Con el objetivo de transmitir una información homogénea y no contradictoria, las oficinas de prensa de los grupos de actuación, de los ayuntamientos afectados, del teléfono de emergencias 112, del teléfono de información de la Generalitat de Catalunya 012 y, en general, de las demás organizaciones y administraciones afectadas por la emergencia, se tendrán que coordinar con el Gabinete de Información del Plan INFOCAT para difundir información asociada a la emergencia. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 18 de 233 3.2. GRUPOS DE ACTUACIÓN Las actuaciones previstas en este Plan se llevarán a cabo a través de los siguientes grupos de actuación: Grupo de Intervención. Grupo de Evaluación de los Incendios Forestales y de los Riesgos Asociados. Grupo Logístico. Grupo Sanitario. Grupo de Orden. Los grupos de actuación conforman la parte operativa del Plan INFOCAT. Cada grupo está formado por el personal especializado y por los medios materiales pertinentes para hacer frente a la emergencia de manera coordinada y de acuerdo con las funciones que tienen encomendadas. Las unidades especializadas de los diferentes cuerpos operativos, organismos e instituciones que puedan colaborar ejecutando funciones propias de los diferentes grupos se tendrán que integrar en estos, siempre y cuando sean requeridos por el coordinador operativo del grupo respectivo o por el director del plan, y quedarán a su disposición y mando. En el Plan INFOCAT están recogidas la estructura y las funciones genéricas de los grupos, pero el detalle de la estructura y el funcionamiento de cada grupo se concreta en el correspondiente Plan de actuación de grupo (PAG). En este sentido, para una mejor eficacia, el funcionamiento de los grupos de actuación se adecuará al carácter habitual de cada demarcación territorial, por lo cual estos planes se adecuarán a los planes de los sectores de riesgo definidos en el punto 3.4.4. Los grupos de actuación del Plan INFOCAT están compuestos por varias organizaciones integradas en los diferentes grupos según las funciones y la preparación de cada una de ellas para optimizar los recursos y mejorar la coordinación y, en general, la gestión de la emergencia. Para cumplir con estos fines, sin embargo, hay que definir a priori una serie de figuras de coordinación y de representación para cada grupo. Así pues, para cada grupo, se definen dos figuras: Coordinador del grupo: se trata del máximo responsable del grupo o la persona en quien delegue. Es a la vez miembro del Consejo Asesor, junto con los demás titulares de las organizaciones implicadas en la emergencia que se determinan en el apartado del Consejo Asesor. Es responsable de la elaboración y la implantación del PAG. Así, es conocedor en profundidad de la estructura y posibilidades del grupo y, por lo tanto, es responsable de integrar y optimizar el funcionamiento conjunto de todas las entidades adscritas al grupo. Coordinador operativo del grupo: se trata del máximo responsable operativo del grupo presente en el lugar de la emergencia o de la persona en quien delegue. Esta figura recae sobre el responsable de la organización más especializada en las funciones propias del grupo.Es responsable de la operatividad del grupo en el lugar de la emergencia. Normalmente, si el PAG no determina otra cosa, el coordinador operativo del grupo coincidirá con el responsable del grupo en el CCA. GRUPO DE INTERVENCIÓN Es el grupo que se encarga básicamente de la extinción del incendio y coordina las actuaciones de los otros miembros en el lugar de la emergencia a través de su coordinador operativo. Composición: Cuerpo de Bomberos de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Generalitat de Catalunya4 Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos del Ayuntamiento de Barcelona (SPEIS, en adelante)5 Cuerpo de Agentes Rurales. 4 Hay que entender que las referencias al Cuerpo de Bomberos de la Generalitat agrupan tanto al cuerpo propiamente de funcionarios como al cuerpo de bomberos voluntarios de la Generalitat y a todas aquellas personas que, bajo un régimen funcionarial o laboral, desarrollan tareas de prevención y extinción de incendios. 5 El SPEIS solo actuará cuando el incendio forestal afecte al término municipal de Barcelona o sea requerido en incendios cercanos a su ámbito de actuación a iniciativa del Cuerpo de Bomberos de la Generalitat y a petición del CECAT. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 19 de 233 Agrupaciones de defensa forestal (en adelante, ADF)6 Coordinador operativo: El coordinador operativo es el máximo responsable operativo del Cuerpo de Bomberos de la Generalitat o la persona en quien delegue. Funciones: Llevar a cabo las actuaciones de preparación adecuadas en situaciones de Prealerta. Recibir y notificar en primera instancia la existencia de la emergencia al 112 y al CECAT. Evaluar inicialmente la posible magnitud del incendio y las medidas necesarias de protección, tanto de la población afectada como de los puntos geográficos sensibles. Emprender las acciones necesarias para minimizar los daños a personas, bienes y medio natural, en coordinación con el Grupo de Evaluación de los Incendios Forestales y de los Riesgos Asociados. Establecer, en función de la magnitud y la intensidad del incendio, las estrategias de ataque, confinamiento, defensa o gestión del incendio. Establecer los parámetros de seguridad de los intervinientes y velar por su cumplimiento. Determinar el Área General de Operaciones (AGO), tanto la actual como la potencial, y revisarla periódicamente en función de la evolución del incendio. Determinar el plan de actuación inicial o actualizarlo periódicamente en función de la evolución y características del incendio. Auxiliar a las víctimas y facilitar su evacuación en coordinación con el Grupo Sanitario y, si procede, con el Grupo de Orden. Proponer a la Dirección del Plan la evacuación o confinamiento de personas en situación de peligro, en coordinación con el Grupo de Evaluación de los Incendios Forestales y de los Riesgos Asociados. Evacuar a las víctimas hasta el Área Sanitaria en caso de que el Grupo Sanitario no pueda acceder a la zona. Establecer, cerca de la emergencia, el CCA y prestar el apoyo necesario para conseguir la mayor efectividad posible. Establecer la ubicación del Centro de Mando de Bomberos (CCB) y de los diferentes puntos de tráfico de acceso de recursos de intervención en la zona del incendio, si procede. Informar regularmente al CECAT, a través de su coordinador operativo, con toda la información relevante que vaya obteniendo. Informar al coordinador del CCA y atender sus instrucciones con la máxima diligencia a través de sus mandos naturales. Coordinar sus actuaciones con los demás grupos a través del CCA. Asesorar técnicamente a los diferentes niveles de mando. Prestar apoyo técnico a la sala del CECAT cuando la emergencia lo requiera. Organizar las reservas de vigilancia para evitar la reproducción del incendio a partir del momento en que se haya declarado su extinción. La primera intervención será llevada a cabo por los efectivos que lleguen primero al lugar del incendio. Para que las personas y medios que forman parte de estos organismos sean considerados parte del Grupo de Intervención, es necesario que antes de acceder al Área General de Operaciones sean identificados y registrados en los dispositivos de tráfico emplazados por el Cuerpo de Bomberos. Se exceptuará de este requisito a los primeros actuantes, sean del organismo que sean, los cuales llevarán a cabo este registro con posterioridad y lo pondrán en conocimiento del mando del Cuerpo de Bomberos que se incorpore en su entorno de intervención. Salvo los casos en los que se realicen evacuaciones, por razones de seguridad, ninguna persona que no pertenezca al Grupo de intervención puede desplazarse por el Área General de Operaciones mientras esté activo un incendio sin la autorización expresa de los mandos del 6 Los efectivos de las ADF tendrán que contar con la acreditación adecuada del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural para realizar trabajos de extinción de incendios forestales. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 20 de 233 Cuerpo de Bomberos y siempre será necesario que el acceso se realice por los puntos de tráfico establecidos. GRUPO DE EVALUACIÓN DE LOS INCENDIOS FORESTALES Y DE LOS RIESGOS ASOCIADOS Es el grupo que se encarga del análisis del incendio forestal y asesora técnicamente a la Dirección del Plan a través del CECAT. Composición: Cuerpo de Bomberos de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Generalitat, a través de personal técnico especializado en el análisis de riesgo de incendios forestales. Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio, a través de personal técnico especializado en el análisis de riesgo de incendios forestales. Cuerpo de Agentes Rurales. Servicio Meteorológico de Cataluña. La Dirección del Plan INFOCAT puede incorporar a otros técnicos a propuesta del Grupo de Evaluación de los Incendios Forestales y de los Riesgos Asociados. Coordinador operativo: El coordinador operativo del Grupo de Evaluación de los Incendios Forestales y de los Riesgos Asociados es un miembro del Cuerpo de Bomberos de la Generalitat o la persona en quien delegue y que concreta el PAG correspondiente. Funciones: Llevar a cabo las actuaciones de preparación correspondientes en situaciones de Prealerta. Determinación de las características del incendio forestal y de su posible evolución. Primera estimación de los daños. Evaluación y seguimiento, en el lugar de la emergencia, del incendio forestal. Localización del origen del incendio y sus posibles causas. Delimitación geográfica del área afectada. Informar puntualmente al CECAT, a través de su coordinador operativo, con toda la información relevante que vaya obteniendo. Elaborar las predicciones meteorológicas adecuadas con la periodicidad que los grupos de actuación requieran. Dar el apoyo necesario para el establecimiento del CCA. Informar al coordinador del CCA y atender sus instrucciones con la máxima diligencia a través de sus mandos naturales. Coordinar sus actuaciones con los demás grupos a través del CCA. Asesorar técnicamente y recomendar a la Dirección del Plan, a través del CECAT, las medidas de protección más adecuadas en cada momento, tanto para la población como para los grupos de actuación, para el medio ambiente y para los bienes en general. Prestar apoyo técnico a la sala del CECAT cuando la emergencia lo requiera. Hacer las recomendaciones y el seguimiento de las tareas de recuperación y rehabilitación de la zona, en su caso, deacuerdo con lo previsto en la Ley 4/1997 y que están recogidas en el Plan de recuperación en el punto 4.2.5. GRUPO LOGÍSTICO Es un grupo muy descentralizado que se encarga de asegurar la movilización de medios y recursos necesarios para la atención a la población y a los grupos actuantes. Composición: Dirección General de Protección Civil mediante su estructura operativa de guardias: CECAT y operativa territorial. Servicios de protección civil, sociales y logísticos de los municipios afectados. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 21 de 233 Servicios de protección civil, sociales y logísticos de los consejos comarcales afectados. Asociaciones de voluntarios de protección civil7 (AVPC, en lo sucesivo) de los municipios afectados y voluntarios municipales. Cruz Roja (servicios de abastecimiento y apoyo social). Gestores de espacios naturales y de terrenos forestales. Diputación de Barcelona. Colegio Oficial de Trabajo Social de Cataluña. Empresas de teleasistencia. Servicios de protección civil de RENFE, ADIF, FGC, Metro y otras empresas que presten servicios básicos o estratégicos. Empresas públicas o privadas con medios que se puedan requerir para apoyar a los grupos de actuación o atender a la población. Responsables de los servicios básicos y organismos públicos gestores de los sectores y actividades básicos antes indicados. Coordinador: El coordinador del Grupo Logístico corresponde a la persona titular de la Dirección General de Protección Civil. Coordinador operativo: El coordinador operativo del Grupo Logístico es el máximo responsable operativo de la Dirección General de Protección Civil en el lugar de la emergencia o la persona en quien delegue. Funciones: Llevar a cabo las actuaciones de preparación adecuadas en situaciones de Prealerta. Recibir y notificar en primera instancia la existencia de la emergencia al 112 y al CECAT. Asegurar la provisión y movilización de los medios y recursos que la Dirección del Plan y los demás grupos de actuación necesiten para el desarrollo de sus funciones. Excepcionalmente, en caso de que sea necesario por la superación de los recursos y procedimientos habituales establecidos a estos efectos, asegurar el alojamiento y la manutención del personal de los grupos de actuación en los casos en que sea necesario. Informar al coordinador del CCA y atender sus instrucciones con la máxima diligencia a través de sus mandos naturales. Dar apoyo a las comunicaciones necesarias para la gestión de la emergencia. Informar puntualmente al CECAT, a través de su coordinador operativo, con toda la información relevante que vaya obteniendo. Coordinar sus actuaciones con los demás grupos a través del CCA. Dar el apoyo necesario para el establecimiento del CCA. Apoyar al coordinador operativo del Grupo de Intervención en cuanto a la recepción del personal voluntario ocasional, de acuerdo con sus directrices y obedeciendo sus instrucciones y necesidades. Seguimiento e información del estado de los servicios básicos, de las infraestructuras y de los cauces de comunicación. Obtener, centralizar y facilitar toda la información necesaria relativa a los posibles afectados, facilitando los contactos familiares y la localización de personas. Prestar apoyo técnico a la Sala del CECAT cuando la emergencia lo requiera. Asesorar técnicamente a los diferentes niveles de mando. Prestar asistencia social a los afectados. Los voluntarios municipales ejercen sus funciones bajo la dirección del alcalde o alcaldesa o persona en quien delegue y a través del Grupo Logístico y de acogida del PAM. Los ayuntamientos tienen que garantizar que los voluntarios municipales cuenten con un seguro que, en todo caso, debe cubrir el riesgo de muerte o de invalidez total o parcial en el ejercicio de estas funciones de colaboración voluntaria, a causa de un accidente. En este sentido, y de acuerdo 7 Las AVPC tienen que estar inscritas en el Registro de AVPC de la Dirección General de Protección Civil. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 22 de 233 con la Ley 43/2003, la Administración General del Estado, a través del Consorcio de Compensación de Seguros, garantizará la cobertura de indemnizaciones por accidentes exclusivamente para las personas que colaboren en la tarea de extinción de incendios. GRUPO SANITARIO Es el grupo encargado de la asistencia sanitaria a los afectados mediante una actuación coordinada de todos los recursos sanitarios adscritos al plan. Composición: Sistema de Emergencias Médicas, S.A. (SEM, en adelante). Red de Hospitales de Utilización Pública (XHUP). Red de centros sociosanitarios. Cruz Roja (apoyo psicológico). Servicios sanitarios de los municipios afectados. Coordinador: Se trata del máximo responsable del SEM o la persona en quien delegue. Coordinador operativo: El coordinador operativo del Grupo Sanitario es el mando operativo que determine el SEM. Por las particularidades de la estructura del Grupo Sanitario, además, se define también un director del Grupo Sanitario. La función de esta figura es coordinar todos los aspectos del ámbito sanitario, y será asumida por el titular de la Subdirección Territorial del Departamento de Salud de la demarcación afectada o por quien determine el consejero o consejera de Salud. Funciones: Llevar a cabo las actuaciones de preparación adecuadas en situaciones de Prealerta. Recibir y notificar en primera instancia la existencia de la emergencia al 112 y al CECAT. Establecer, si procede, el Área Sanitaria en un lugar adecuado siguiendo criterios médicos y de acuerdo con el coordinador del CCA. Prestar asistencia sanitaria de urgencia a las víctimas. Clasificar, estabilizar y, si procede, evacuar a los heridos. Coordinar el traslado de los heridos a los centros asistenciales adecuados. Asegurar la preparación de la infraestructura de recepción hospitalaria y todos los demás aspectos relacionados con la actuación sanitaria. Informar puntualmente al CECAT, a través de su coordinador operativo, con toda la información relevante que vaya obteniendo. Prestar apoyo técnico a la sala del CECAT cuando la emergencia lo requiera. Informar al coordinador del CCA y atender sus instrucciones con la máxima diligencia a través de sus mandos naturales. Coordinar sus actuaciones con los demás grupos a través del CCA. GRUPO DE ORDEN Es el grupo que se encarga de garantizar la seguridad ciudadana y de asegurar que los demás grupos de actuación pueden llevar a cabo sus funciones sin ningún impedimento. Composición: Policía de la Generalitat – Mossos d’Esquadra. Policías Locales.8 Cuerpo de Agentes Rurales. Coordinador operativo: 8 También incluye guardias, vigilantes, agentes, alguaciles o similares, teniendo en cuenta los límites de sus funciones. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE CATALUÑA (INFOCAT) Actualización 2021 Página 23 de 233 El coordinador operativo del Grupo de orden es el máximo responsable operativo del Cuerpo de Mossos d’Esquadra. Funciones: Llevar a cabo las actuaciones de preparación adecuadas en situaciones de Prealerta Colaborar en la restricción del acceso preventivo a los macizos de acuerdo con las directrices de la estrategia de prevención de incendios forestales de la Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio y de la Dirección General de los Agentes Rurales. Recibir y notificar en primera instancia la existencia de la emergencia al 112 y al CECAT. Garantizar la seguridad ciudadana, en todo momento, en la zona afectada.
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