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Salud, Enfoque de Derechos Humanos (2)

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Dr Tito Benjamín Llanes
SALUD, ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS
Revisar el enfoque de Derechos Humanos aplicado a la Salud.
Definir el fundamento sobre los Derechos Humanos de los servicios de salud ofrecidos en Atención Primaria.
OBJETIVOS
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948, fue el resultado de la experiencia de la Segunda Guerra Mundial. 
Después de la Segunda Guerra Mundial la comunidad internacional se comprometió a no permitir nunca más atrocidades como las sucedidas en ese conflicto. Los líderes del mundo decidieron estructurar la Carta de las Naciones Unidas con una guía para garantizar los derechos de todas las personas en cualquier lugar y en todo momento. El documento fue examinado en la primera sesión de la Asamblea General en 1946. 
MARCO HISTÓRICO DE LOS DERECHOS HUMANOS
MARCO HISTÓRICO DE LOS DERECHOS HUMANOS
La versión definitiva redactada por René Cassin fue entregada a la Comisión de Derechos Humanos, que estaba en sesión en Ginebra, en 1947.
El proyecto de declaración enviado a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas para que formularan observaciones se conoció bajo el nombre de “borrador de Ginebra”.
El primer proyecto de la Declaración se propuso en septiembre de 1948 y más de 50 Estados Miembros participaron en la redacción final.
MARCO HISTÓRICO DE LOS DERECHOS HUMANOS
En su resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General, reunida en París, aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos. 
Ocho naciones se abstuvieron de votar, pero ninguna votó en contra. (URSS, Bielorrusia, Ucrania, Checoslovaquia, Polonia, Yugoslavia, Sudáfrica y Arabia Saudí). Los países socialistas se abstuvieron por su desacuerdo con algunas partes de la Declaración, Arabia Saudí por mostrar ciertas reservas derivadas de sus tradiciones religiosas y familiares, y Sudáfrica por su radical desacuerdo con la inclusión de los derechos económicos, sociales y culturales. 
1.7.2013
Recordemos que la mayoría de los países del Tercer Mundo seguían aún colonizados, por lo que ni formaban parte de las Naciones Unidas ni participaron en los debates, con la salvedad de los latinoamericanos, que además realizaron algunas aportaciones significativas.
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DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
La Declaración Universal de Derechos Humanos sigue siendo igual de pertinente hoy día que en 1948, cuando fue proclamada y aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
El compromiso de las Naciones Unidas con los derechos humanos dimana de la Carta fundacional de la Organización. La comunidad internacional tiene el deber de apoyar y defender esos derechos.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
La Declaración abre con las que quizá sean las palabras más sonoras y hermosas de cualquier acuerdo internacional, “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. 
Los compromisos contraídos por todos los Estados en la Declaración Universal de Derechos Humanos constituyen en sí mismos un gran logro, pues fue un esfuerzo colosal reunir diferentes naciones bajo una misma causa en un período de posguerra, donde el mundo se dividía en una mitad occidental y una mitad oriental ideológicamente hablando.
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE DH
Un enfoque basado en los derechos humanos requiere la incorporación de principios y normas basados en los DH fundamentales a los servicios de salud y las políticas relativas a los sistemas de salud. 
Estos principios incluyen los siguientes:
No discriminación e igualdad
Participación
Rendición de Cuentas
NO DISCRIMINACIÓN E IGUALDAD
En virtud de este principio, la equidad inicia por dar prioridad a las necesidades de las personas que se han quedado más rezagadas. 
Sirve de marco en la esfera de la salud pública para determinar y abordar las injusticias y las disparidades de salud remediables que existen entre diferentes comunidades. 
El enfoque basado en los derechos humanos proporciona las normas y las obligaciones jurídicas que permiten establecer las salvaguardias jurídicas para garantizar la igualdad y la no discriminación.
NO DISCRIMINACIÓN E IGUALDAD
Una perspectiva interseccional permite estudiar las desigualdades en materia de salud que se deben a múltiples motivos de exclusión, y diseñar las intervenciones de salud de tal manera que respondan a estos factores transversales. 
Esto incluiría, por ejemplo, garantizar que la información de salud se facilite en unos formatos que permitan a las personas acceder a la información que necesitan. 
PARTICIPACIÓN
Requiere empoderar a los usuarios de los servicios de salud, las comunidades y la sociedad civil para que participen en los procesos de planificación, toma de decisiones e implementación en la esfera de la salud.
Debe incluir estrategias explícitas a fin de dar respuesta a las necesidades y las expectativas de las personas. 
Promover la participación de las poblaciones beneficiarias en el diseño de servicios de salud o determinar las prioridades en materia de gasto público.
RENDICIÓN DE CUENTAS
Los países deben establecer unos mecanismos de rendición de cuentas accesibles y eficaces que pueden incluir, entre otras cosas, recursos administrativos y jurídicos y la supervisión por otras instituciones, como las instituciones nacionales de derechos humanos y los organismos reguladores de la salud y la atención social.
Los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas desempeñan un papel crucial en materia de rendición de cuentas al evaluar periódicamente el cumplimiento por los países de sus obligaciones en materia de derechos humanos relacionadas con la salud.
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN
La Declaración Universal promete en 30 artículos a todas las personas unos derechos económicos, sociales, políticos, culturales y cívicos que sustenten una vida sin miseria y sin temor.
Son los derechos inalienables de todas las personas, en todo momento y todo lugar de personas de todos los colores, razas y etnias, discapacitados o no, ciudadanos o migrantes, sexo, clase, casta, creencia religiosa, edad u orientación sexual.
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
1.7.2013
El enfoque en salud del artículo 5 se centra en evitar situaciones que se dieron durante la 2da Guerra mundial de experimentación con seres humanos:
Vivisecciones conducidas por médicos nazis
Experimentos genéticos de hibridización de la Alemania nazi
Evolución de la Historia Natural de las infecciones y otras enfermedades de la Alemania nazi
Sección 731 en el Japón, para el desarrollo de armas biológicas
La Masacre de Nanking en China perpetrada por Japón
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CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN
Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
1.7.2013
El enfoque en salud del artículo 5 se centra en evitar situaciones que se dieron durante la 2da Guerra mundial de experimentación con seres humanos:
Vivisecciones conducidas por médicos nazis
Experimentos genéticos de hibridización de la Alemania nazi
Evolución de la Historia Natural de las infecciones y otras enfermedades de la Alemania nazi
Sección 731 en el Japón, para el desarrollo de armas biológicas
La Masacre de Nanking en China perpetradapor Japón
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1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN
Artículo 25
1.7.2013
El enfoque en salud del artículo 5 se centra en evitar situaciones que se dieron durante la 2da Guerra mundial de experimentación con seres humanos:
Vivisecciones conducidas por médicos nazis
Experimentos genéticos de hibridización de la Alemania nazi
Evolución de la Historia Natural de las infecciones y otras enfermedades de la Alemania nazi
Sección 731 en el Japón, para el desarrollo de armas biológicas
La Masacre de Nanking en China perpetrada por Japón
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Al establecerse una declaración universal de los Derechos Humanos, los países miembros de las Naciones Unidas se comprometen a velar por el cumplimiento y la no violación de éstos.
Pero tomaría otro suceso histórico para que estos derechos de la Declaración se tomaran como fundamento para un enfoque sanitario.
LO QUE SIGUIÓ A LA DECLARACIÓN
En 1994 se celebró en El Cairo la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD), un acontecimiento histórico que transformó el pensamiento mundial en torno a los asuntos de población y desarrollo, y en el que se estableció una agenda valiente que situaba la dignidad y los derechos de las personas en la base del desarrollo sostenible.
LA CIPD Y SUS LOGROS HOY EN DÍA
LA CIPD Y SUS LOGROS HOY EN DÍA
179 gobiernos adoptaron el Programa de Acción de la CIPD, en el que se establece que no es posible un desarrollo sostenible e inclusivo sin priorizar los derechos humanos, incluidos los derechos reproductivos, sin empoderar a las mujeres y las niñas, y sin abordar las desigualdades, las necesidades, las aspiraciones y los derechos de cada mujer y hombre.
Marcó la pauta de un desarrollo centrado en las personas, pues sirvió como punto de referencia de las políticas y los programas nacionales para la ejecución del Programa de Acción por parte de los gobiernos, en colaboración con los parlamentos y la sociedad civil, incluidas las organizaciones impulsadas por mujeres y jóvenes, el sector privado, los grupos comunitarios y los individuos en el nivel de base.
LA CIPD Y SUS LOGROS HOY EN DÍA
30 años después, se pudo alcanzar numerosos logros que ahora están en riesgo de revertirse:
Mejoras notables en la reducción de la pobreza e inseguridad alimentaria
Reducción de la tasa de mortalidad materna, incremento de la esperanza de vida y del acceso a la educación primaria. 
Las niñas y las adolescentes tienen hoy menos posibilidades de ser víctimas del matrimonio infantil o la mutilación genital femenina.
LA CIPD Y SUS LOGROS HOY EN DÍA
Si bien existe un activismo progresista en pos de la justicia social, la acción climática y la igualdad de género, actualmente existe un punto crítico para preservar los logros que tanto trabajo ha costado alcanzar y hacer realidad la visión de la agenda de la CIPD y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a fin de acabar con la pobreza, conseguir la igualdad de género y garantizar la salud y el bienestar de todas las personas.
LA CIPD Y SUS LOGROS HOY EN DÍA
EL FUNDAMENTO DEL ENFOQUE BASADO EN DH
El fundamento del enfoque basado en derechos humanos y el Marco Internacional de Derechos Humanos es el derecho a la salud. 
Este ha sido definido como un derecho económico, social y cultural a un nivel mínimo universal de salud. La constitución de la OMS lo define como: el derecho a disfrutar del nivel más alto asequible de salud.
EL FUNDAMENTO DEL ENFOQUE BASADO EN DH
Defensores de pacientes ahora pueden ir más allá de sus constituciones nacionales, Derecho estatutario (leyes del parlamento) y su legislación subsidiaria, como regulaciones, reglas, reglamentos y Cartas de Derechos del Paciente, para encontrar apoyo de la ley internacional. 
Pueden invitar a la gobernación de sanidad global a escrudiñar las acciones e inacciones de sus gobiernos nacionales y sistemas sanitarios. 
¿CÓMO FUNCIONA EL ENFOQUE?
Bajo la ley internacional, el estado debe respetar, proteger y cumplir con el derecho a la salud, asegurando la disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad, aceptabilidad y calidad de servicios sanitarios, mientras se cerciora que observa los principios y normas de leyes de derechos humanos, ya que el derecho a la salud es universal, inalienable, interdependiente y está interrelacionado con todos los demás derechos humanos.
Si el estado viola estos derechos, los pacientes o sus representantes pueden buscar reparación localmente a los portadores de obligación (el estado y su sistema sanitario) a través de un sistema nacional de imposición de derechos humanos.
La comisión de derechos humanos puede investigar la declaración y evaluar si el estado ha infringido. Si hay disputa, las organizaciones de pacientes pueden llevar el conflicto a un análisis judicial adjudicado por un tribunal como la Corte Suprema o un órgano adjudicativo especial.
Organizaciones internacionales que tienen capacidad y conexión con el asunto y/o pacientes pueden intervenir y derivar el problema a nivel internacional a órganos monitores de pactos de la ONU. Estos órganos luego pueden investigar y cuestionar al estado sobre la violación de derechos humanos de pacientes. 
¿CÓMO FUNCIONA EL ENFOQUE?
EL DERECHO HUMANO A LA SALUD
El derecho a la salud incluye cuatro elementos esenciales y que están interrelacionados: la disponibilidad, la accesibilidad, la aceptabilidad y la calidad.
La disponibilidad hace referencia a la necesidad de contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios de salud en funcionamiento para toda la población. 
La disponibilidad se puede cuantificar mediante el análisis de datos, así como a través de estudios cualitativos que permitan conocer las deficiencias en términos de cobertura. 
DISPONIBILIDAD
La accesibilidad requiere que los establecimientos, los bienes y los servicios de salud sean accesibles para todos. Tiene cuatro dimensiones: no discriminación, accesibilidad física, accesibilidad económica (asequibilidad) y accesibilidad de la información. 
Para evaluar la accesibilidad es necesario analizar los obstáculos físicos, geográficos, económicos y de otra índole a los sistemas y los servicios de salud, así como de qué manera pueden afectar a las personas en situación de marginación. Establecer o aplicar normas y criterios claros, para superar estos obstáculos.
ACCESIBILIDAD
ACEPTABILIDAD
Hace referencia al respeto a la ética médica y a lo que resulta apropiado desde un punto de vista cultural, así como a la sensibilidad hacia las cuestiones de género.
Requiere que los establecimientos, los bienes, los servicios y los programas de salud se centren en la persona y den respuesta a las necesidades concretas de diversos grupos de población, de conformidad con las normas internacionales de ética médica relativas a la confidencialidad y el consentimiento informado.
Abarca los determinantes subyacentes de la salud, como el acceso a agua potable salubre y al saneamiento, y obliga a los establecimientos, bienes y servicios de salud a recibir aprobación médica y científica.
CALIDAD
La calidad es un componente clave de la cobertura sanitaria universal (CSU). Unos servicios de salud de calidad deben ser: 
seguros: se evitará causar lesiones;
eficaces: se proporcionarán servicios basados en la evidencia; 
centrados en la persona: se responderá a las necesidades individuales; 
oportunos:se reducirán los tiempos de espera y las demoras; 
equitativos: se dispensará una atención cuya calidad no varíe en función de la edad, género, etnia, discapacidad, ubicación geográfica o la situación socioeconómica; 
integrados: se ofrecerá servicios de salud a lo largo del curso de vida;
eficientes: se maximizarán los beneficios de los recursos disponibles y se evitará el despilfarro.
ENFOQUE DE DH SANITARIO EN EL SALVADOR
La aplicación del Pacto Internacional de Derechos económicos, sociales y culturales en el país, en 1979 trajo las garantías a la Salud de la Declaración Universal de los Derechos Humanos a través de la ratificación del Órgano Ejecutivo de la época.
En el año 2022 se emite el 6to Informe de país referente a la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el cual es verificado por un comité especializado de las Naciones Unidas. El acto de presentación, de manera virtual, fue presidido por la viceministra de Relaciones Exteriores, Adriana Mira, quien externó el compromiso del Gobierno del Presidente Nayib Bukele, con el pleno goce de los derechos humanos.
El artículo 12 de este pacto cubre el derecho a la Salud de la siguiente manera que ha estado vigente desde entonces:
ARTÍCULO 12
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para:
a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños;
b) El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente;
c) La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas;
d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.
Recursos web:
Datos clave sobre los DH. (OMS)
CIPD. (Naciones Unidas)
Historia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Naciones Unidas)
Enfoque de DH sanitario (IAPO)
Pacto Internacional de Derechos económicos, sociales y culturales. (OHCHR)
El Salvador presenta informe de país referente a la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (Ministerio de Relaciones Exteriores)
BIBLIOGRAFÍA

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