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4 Construcción Civil 2019-2020 - Régimen Laboral Especial - Ricardo Candela

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Construcción 
civil 
2019-2020 
 
Régimen Laboral Especial 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 2 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Título : Régimen Laboral Especial 
Construcción Civil 
 
 
Autor : 
Licenciado Ricardo Candela Casas 
conrcc@yahoo.es 
 
 
©opyright 2019 Lima Perú 
Se autoriza la difusión parcial o total de 
este documento con autorización escrita 
del autor. 
 
 
mailto:conrcc@yahoo.es
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 3 
Contenido indice1 
 
 
1
 Bonificación eliminada convenio 2019-2020 
2
 Bonificación modificada convenio 2019-2020 
 Sobre el convenio 2019-2020 
Formalidades ante el ingreso del trabajador 
Formalidades durante la relación laboral 
Formalidades al termino del vínculo laboral 
Formalidad de la empresa antes de iniciar la obra 
 
1.- La actividad de construcción 
2.- Ámbito de aplicación del régimen laboral 
construcción civil 
3.- Exclusiones 
4.- Aplicación del régimen laboral común a 
trabajadores de construcción civil 
5.-Temporalidad 
6.-Trabajadores comprendidos 
 
7.- Categoría de trabajadores 
a.- Operarios 
b.- Ayudantes u oficiales 
c.- Peones 
8.- El Contrato de trabajo 
 
9.- Jornal Básico 
9.1.-Remuneración Básica 
a.- Jornal básico mínimo 
 
10.- La Jornada de trabajo 
10.1.-Turnos corridos 
10.2.- Tiempo perdido 
10.3.- Proyectos Remotos de difícil acceso 
10.4.- Bonificación por Días de bajada 
10.5.- Bonificación turno noche 
 
 11.-Horas extras 
 
12.- Descansos Remunerados 
12.1.- Dominical 
12.1.1.- Norma General 
12.1.2.- Normas específicas del sector construcción 
12.2.- Día Feriados No Laborable 
12.2. 1.- Normas generales del sector privado 
12.2. 2 .- Días no laborables compensables 
12.2. 3.- Normas especifican del sector construcción 
 
 12.3.- Vacaciones 
a.- Régimen General 
b.- Régimen Específico del sector construcción civil 
Vacaciones Truncas 
 13 .-Gratificaciones 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 14.-Bonificaciones 
a.- Bonificación unificada de construcción 
b.- Bonificación por Alta Especialización BAE 
c.- Pasajes
1
 
d.- Por contacto directo con agua 
e.- Por altura 
f.- Por Altitud 
g.- Por riesgo de trabajo bajo la cota cero 
h.- Movilidad Acumulada
2
 
i.- Bonificación por trabajo con altas 
temperaturas en infraestructura vial ( mezcla 
asfáltica ) 
j.- Bonificación por Días de bajada 
k.- Bonificación turno noche 
 
15.-Asignaciones 
 a.-Escolar 
 b.-Por defunción 
 
16.- Viáticos 
16.1.-Trabajadores destacados 
 
 
17.-Permisos 
17.1.-Sindical 
17.2.-Por duelo 
17.3.-Para inscripción de nacimiento 
17.4.-Atención en el ESSALUD 
17.5.- Otros por norma legal. 
Ausencias injustificadas 
 
18.-Capacitación del trabajador 
18.1.-SENCICO- Asistencia de cursos 
 
 
19.-Obligaciones especiales del empleador 
19.1.-Refrigerio 
19.2.-Agua potable 
19.3.-Rol de servidores 
19.4.-Seguro de Vida 
19.5.-Uniformes 
19.6.-Registro Nacional de Obras de 
Construcción Civil 
19.7.- Protector Solar 
19.8.– Inclemencias del Clima 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 4 
 
 
Indice3 
 
 
Contenido indice2 
 
 
 
20.-Seguridad social en Salud 
20.1.-Inscripción en el ESSALUD 
20.2.- Registro de concubinos 
20.3.- Pago por descanso médico 
 
 
21.-Sistema de Pensiones 
21.1.-Comprobante de pago de retenciones y 
aportes 
21.2- Jubilación anticipada en construcción civil 
 
 
 
22.-Liquidación de beneficios sociales del 
trabajador 
22.1.-Compensación vacacional 
22.2.-Cese - Compensación por tiempo de 
servicios 
 
 
23.-Garantía del pago de derechos y beneficios 
sociales 
23.1.-Solidaridad 
23.2.-Cláusula de Garantía 
23.3.-Carta fianza 
 
 
 
 
24.-Impuestos, aportaciones y 
contribuciones 
24.1.-A cargo del Empleador 
a.- EsSalud 
b.- Sistema Privado de Pensiones: Jubilación 
anticipada 
c.- Seguro Complementario de Trabajo de 
Riesgo 
d.- SENCICO 
 
 
 
 
 
 
24. 2.-A cargo del Trabajador 
a.-Sistema Nacional de Pensiones ( Oficina de 
Normalización Previsional). 
 
b.-Sistema Privado de Pensiones ( SPP) 
 
c.-Conafovicer 
 
d.-Cuota Sindical 
 
e.- Contribución a favor de la Federación de 
Trabajadores de Construcción civil 
 
f.- Renta de Quinta Categoría 
 
25.-Planillas de pago 
25.1-Planillas 
25.2.-Boletas de pago 
25 .3.-Pago de remuneraciones a través de 
terceros 
 
 
26.-Relaciones colectivas de trabajo 
26.1.- Sindicalización. 
a..-Comité de obra 
b.- Permisos Sindical 
c.- Descuentos Sindicales 
d.- Federación de Trabajadores Construcción 
Civil 
26.2.- Negociación colectiva 
26.3.- La jornada atípica 
 
27.-Seguridad y salud en el trabajo 
27.1.-Principales normas en materia de 
seguridad y salud en el trabajo 
27.2.-Botiquín 
 
27.3.-Representante ante el Comité de 
Seguridad 
27.4.- Protección de riesgo laborales 
 
27.5.- Lineamientos de inspección de trabajo en 
Materia de Seguridad en Construcción Civil 
27.6.- Reglamento seguridad y salud en el 
trabajo para construcción civil 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
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28.- Reintegros 
 
29.- Factores de liquidación 
29.1- Factor "F" 
29.2.-Factor " V" 
 
30.- Índice Unificado de Mano de Obra 
 
 
 
Anexos 
 
○ Cuadro de Beneficios Actuales 
○ Beneficios del régimen 
○ Aportes o descuentos 
○ Clasificación Internacional Uniforme 
Revisión 4 , sección F 
○ Registro Control de Asistencia 
○ T-Registro 
○ El Plame 
○ Seguro Mas Vida Accidentes 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
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Indice4 
 
Indice5 
 
3
 Norma derogada por el D.S. 009-2016-TR 
 
 
 
 
 
 Normas legales relacionadas: 
 
Jubilación 
○ D.S. 018-82-TR 
 
Feriado no laborable 
○ Ley 24324 
 
Contratación Laboral 
○ D.S. 022-90-TR 
 
Registro Nacional de Obras 
○ D.S. 008-2013-TR 
○ R. M. Nº 177-2013-TR 
○ D.S. 007-2014-TR 
○ R.M. 146-2015-TR 
 
Sindical 
○ D.S. 006-2013-TR 
○ R.M. 183-2014-TR 
○ D.Leg 1187 
○ D.S. 003-2016-TR 
○ R.M. 170-2016-TR 
 
Negociación Colectiva 
○ Convenio Colectivo 2019-2020 
 
Registro Trabajadores 
○ D.S. 005-2013-TR
3
 
○ D.S. 009-2016-TR 
○ D.S. 016-2019-TR 
○ D.S. 014-2017-TR 
○ D.S. 013-2016-TR 
○ R.M. 232-2016-TR 
○ R.M. 161-2013-TR 
○ D.S. 013-2013-TR 
○ R.M. 010-2014-TR 
○ R.M. 114-2015-TR 
○ R.M. 136-2015-TR 
○ R.M. 164-2015-TR 
○ R.M. 182-2015-TR 
○ R.M. 192-2015-TR 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
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Registro Trabajadores 
○ R.M. 229-2015-TR 
○ R.M. 236-2015-TR 
○ R.M. 237-2015-TR 
○ R.M. 015-2016-TR 
○ R.M. 045-2016-TR 
○ R.M. 055-2016-TR 
○ R.M. 092-2016-TR 
○ R.M. 099-2016-TR 
○ R.M. 108-2016-TR 
○ R.M. 122-2016-TR 
○ R.M. 123-2016-TR 
○ R.M. 146-2016-TR 
○ R.M. 165-2016- TR 
○ R.M. 241-2016- TR 
○ R.M. 255-2016-TR 
○ R.M.266-2016-TR 
○ R.M.310 -2016-TR 
○ R.M.312 -2016-TR 
 ○ R.M 314-2016-TR 
 ○ R.M. 087-2017-TR 
 ○ R.M. 103 -2017-TR 
 ○ R.M. 114-2019-TR 
 
 
 
 
 
 
Capacitación 
R. M. Nº 265-2018-TR 
 
 
 
 
 
 
Normas legales relacionadas: 
 
 
 
 
 
 
Factores de Liquidación 
○R.J. 022-94-INEI 
○Res 033-90-VC 
○ Res Jefatural Nro 311-2019-INEI 
○Res Jefatural Nro 312-2019-INEI 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Abreviaturas utilizadas 
RM : Resolución Ministerial 
D.S. : Decreto Supremo 
D.T : Dirección de Trabajo 
UIT : Unidad Impositiva Tributaria 
MTPE : Ministerio de trabajo y Promoción del Empleo 
MINSA : Ministerio de Salud 
MVCS : Ministerio de Vivienda y Construcción. 
OIT : Organización Internacional del Trabajo 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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FORMALIDADES 
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Convenio al indice 
 
 
 
Convenio colectivo construcción civil 
 
Novedades convenio colectivo 2019-2020 
 
La Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) y la Federación de Trabajadores en 
Construcción Civil del Perú (FTCCP) suscribieron el Acta Final de Negociación 
Colectiva en Construcción Civil 2019-2020 , esto el 13 de Agosto del 2019 
 
 
Incrementos de jornales básicos 
¿Qué incrementos han sido acordados? 
Habiéndose acordado un aumento a los trabajadores de construcción civil del país, en 
mérito a la Negociación Colectiva por Rama de Actividad. 
 
Se acordó un aumento sobre el jornal básico de S/ 3.10 para operario; S/.1.70 para 
oficial, y S/.1.60 para peón. 
 
Por lo cual a partir del 01 de Junio 2019 el nuevo jornal por categoría es .. 
 
 
JORNAL MÍNIMO 
 
 
 
 
Con el incremento acordado en el Convenio Colectivo 
periodo 2019-2020 
Firmado el 13/08/2019 
 
Categoria Jornal Minimo 
 
Operario S/. 70.30 
Oficial S/. 55.40 
Peón S/. 49.70 
 
Vigencia: 01-06-2019 al 31-05-2020 
 
 
Bonificación por movilidad 
Se ha elevado la bonificación por movilidad a nivel nacional a S/ 8.00 cuando se trabaja 
en día laborado 
 
Bonificación movilidad acumulada 
 Se ha elevado esta bonificación a S/ 5.00 cuando se trabaja en día domingo o feriado 
 
Bonificación por altitud 
La bonificación por altitud se eleva de S/ 2.00 a S/ 2.50 por día laborado. 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
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Vigencia de los acuerdos 
¿ Desde cuándo tiene vigencia estos acuerdos? 
El Acta Final de Negociación Colectiva a nivel de rama de actividad, precisa el 
documento, tendrá vigencia de un año a partir del primero de junio de 2019. 
 
 
Ámbito de aplicación 
¿ A quienes se aplica los acuerdos ? 
siendo de aplicación a todos los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional 
que laboren en obras de construcción civil públicas o privadas, con excepción de lo 
dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 727 (obras privadas menores a 50 UIT). 
 
 
Reintegro de remuneraciones 
¿Desde cuándo se podrá solicitar el reintegro de remuneraciones? 
El Convenio 2019-2020 señala que una vez que el Instituto Nacional de Estadística e 
Informática (INEI) fije los índices o porcentajes correspondientes, los trabajadores 
solicitarán a su empleador el pago de los reintegros provenientes de la negociación 
colectiva. 
 
Publicación oficial del convenio 2019-2020 
Ambas entidades han convenido en solicitar al Ministerio de Trabajo y Promoción del 
Empleo que, en cumplimiento a la Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR, se dé a 
conocer públicamente mediante acto administrativo los acuerdos adoptados en trato 
directo contenidos en el Convenio Colectivo 2019-2020, suscrito entre Capeco y la 
FTCCP, debiéndose publicar en el diario Oficial “El Peruano” el texto del Convenio. 
 
 
Declaración final 
En el documento final suscrito por Capeco y la FTCCP, se declara que de común 
acuerdo y en negociación directa, con sujeción a los Convenios Internacionales de la 
Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la legislación nacional, han dado 
solución definitiva al Pliego Nacional de Reclamos a nivel de rama de actividad 
correspondiente al periodo 2019-2020. 
 
Rechazo a todo acto de violencia 
Las partes declaran su rechazo a los actos de violencia, vandalismo, extorsión e 
intimidación de toda clase que generan daños en las obras, bienes, activos, ingenieros, 
funcionarios, personal administrativo, trabajadores de las empresas y a la comunidad 
donde se desarrollan las obras a nivel nacional. 
 
 
Exhortan, requieren y responsabilizan a las autoridades competentes para que eviten la 
formalización de falsos sindicatos promovidos por bandas delincuenciales y se cancele 
el registro de los seudo sindicatos comprometidos con la delincuencia. 
 
De la misma manera, se comprometen a concertar acciones entre el Ministerio Público, 
Policía Nacional y Poder Judicial y los actores formales de la actividad constructora 
(FTCCP-CAPECO) para la formalización de las denuncias y las sanciones efectivas de 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 12 
estos delincuentes; solicitan se extienda el ámbito de acción de la División de 
Protección de Obras Civiles hacia las ciudades del interior. 
 
Ambas instituciones reclaman la puesta en marcha y/o mantenimiento de una estrategia 
integral para combatir la acción de las referidas bandas delincuenciales, y otras formas 
ilícitas de organización, así como a los falsos trabajadores los que además de ser 
causantes de pérdidas humanas y materiales, constituyen una fuente de corrupción 
flagrante; lo rechazan en toda su extensión. 
 
Rechazo a todo acto de corrupción 
Tanto CAPECO como la FTCCP declaran su rechazo a todo acto de corrupción en las 
obras públicas y privadas; comprometiendo su actuación para coadyuvar con la 
eliminación de este flagelo social, que atenta no solo la legitimidad de las instituciones 
del país, sino que además afecta directamente a los trabajadores y a las empresas, 
quienes actúan con respeto al ordenamiento jurídico, en resguardo de su 
institucionalidad, y a la moral pública. 
 
 
 
 
 
 
Sobre el contenido de este manual 
 
En este documento se presenta los derechos y beneficios sociales vigentes actualizados 
con los actuales cambios motivados por los acuerdos contenidos en el acta final del 
convenio colectivo 2019-2020 
 
 
 
Empezemos…. 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 13 
 
 
Formalidades de las empresas ante el ingreso de nuevos trabajadores. F al indice 
 
Cuando un nuevo trabajador obrero de construcción civil ingresa a prestar servicios 
laborales a una empresa constructora, se debe cumplir las siguientes formalidades 
 
 
1.- Información sobre el puesto de trabajo. 
Por obligación de la ley de seguridad y salud en el trabajo. 
Existe la exigencia de anexar a los contratos de trabajo, “información sobre el puesto de 
trabajo al trabajador “. 
 
Pero como no existe en este régimen un contrato formalmente escrito, las recomendaciones de 
seguridad y salud en el trabajo, deberán entregarse en forma física o digital. Esto a más tardar el 
primer día de labores 
 
Base legal: Articulo 30 D.S. 005-2012-TR 
 
 
2.- Deposito remuneración. 
Aplicable si el Empleador tiene por política realizar el depósito de las remuneraciones 
del trabajador en una entidad bancaria. 
El trabajador tiene derecho a elegir la entidad financiera, para el respectivo depósito 
bancario. 
 
3.- Exigencia de estar inscrito en el registro nacional de trabajadores de construcción civil 
Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que realizan obras de 
construcción civil 
4
cuyos costos individuales exceden las cincuenta ( 50 ) Unidades 
Impositivas Tributarias , incluyendo las que participan en aquellas como contratistas o 
subcontratistas , deberán exigir que los trabajadores que contraten para el desarrollo de 
su actividad se encuentreninscritos en el RETCC. 
 
Dicha obligación resulta exigible cualquiera sea la modalidad de contratación del 
trabajador. 
 
La implementación de la inscripción se está realizando de manera progresiva. 
Existirá dos formas de inscripción: de manera presencial y de manera virtual. 
 
 
 
 
4.- Informar política salarial: Contenido 
El empleador debe cumplir con informar a sus trabajadores sobre la política salarial o 
remunerativa implementada, así como los criterios de las evaluaciones de desempeño o 
de otro tipo que tengan impacto en sus remuneraciones. 
 
 
4
 Para efectos de la presente norma, se considera actividad de construcción civil a aquella contenida en 
la Sección F; División 45, Grupos 451 al 455 de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de 
las Naciones Unidas (CIIU), Revisión 3 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 14 
Para ello, pueden conducir reuniones informativas individuales o colectivas o enviar 
comunicaciones escritas con los detalles de la política aplicable. Esta información debe 
proporcionarse al momento del ingreso del trabajador. 
 
No constituye requisito indispensable que la política remunerativa a ser comunicada a 
los trabajadores contenga los montos que forman parte de la estructura salarial. 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 15 
Obligaciones relacionadas con prestaciones de salud 
 
1.- Registro del trabajador: T-Registro (Registro información laboral). 
 
1.1.- El T – Registro del trabajador es un sistema de información utilizado por la Sunat 
y el Ministerio de trabajo y Essalud . Una evolución de lo que es la Planilla Electrónica, 
 
Su registro debe realizarse el día de su ingreso. 
 
El traslado de información T-Registro al EsSalud , tarda 30 días . Por lo cual se debe 
tener en cuenta que si el trabajador o sus derechohabientes necesitan la atención 
inmediata deberán presentar el formulario 1010- Formulario Único de Registro en las 
oficinas de esta entidad siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios para la 
atención. 
En caso de accidente, basta con la afiliación para tener derecho a la atención- 
Ver más información sobre esta obligación en la sección Anexos. 
 
1.2.- Registro derechohabientes 
Como parte del T-Registro . La Sunat ha creado un módulo especial para el registro de 
los derechohabientes ( esposa o concubina e hijos del trabajador ). 
 
El registro al sistema debe realizarse dentro del primer día hábil siguiente a la 
comunicación que efectué el trabajador. 
Ver más información sobre esta obligación en la sección Anexos 
 
 
2.- Afiliación al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo 
Aplicable para las empresas que realicen alguna de las actividades de alto riesgo 
descritas en el Anexo 5 del D.S. 069-97-SA. 
Las actividades de construcción originan afiliarse a este seguro de manera obligatoria. 
 
3.- Seguro + Vida Accidente 
Un seguro de vida contra accidentes, administrado por el Es Salud 
Vea más información sobre este seguro en la sección Anexos. 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
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Obligaciones relacionadas con el sistema de pensiones 
 
1.- Pensiones: Boletín informativo sobre regímenes pensionarios (Ley 28991 ) 
Toda persona que ingresa a laborar debe informar a su empleador en que régimen 
pensionario se encuentra inscrito . Según la información que se obtenga , el empleador 
tiene dos situaciones: 
 
1.1.- Aquellos que tienen un historial pensionario 
Ya fueron afiliados a uno de los sistemas pensionarios existentes El empleador debe 
continuar con dichos aportes. 
 
1.2.- Aquellos que no tienen un historial pensionario. 
Para trabajadores que ingresan al mercado laboral por primera vez , el Empleador debe 
entregarles ( con cargo de recepción ) El “ Boletín informativo sobre regímenes 
pensionarios “ . 
El Trabajador tiene un plazo de 10 días para comunicar su elección . 
En caso no comunique se le afiliaría en el Sistema Privado de Pensiones. 
 
 
 
 
 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 17 
 
 
 
Obligaciones relacionadas con seguridad y salud en el trabajo 
 
1.- Examen médico ocupacional 
Dichos exámenes médicos se realizaran según tipo de actividad que realizara el 
trabajador. 
Estos exámenes se tornan obligatorios , debiendo realizarse Antes , durante y después 
del término de la relación laboral. 
 
2.- Afiliación al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo 
Las actividades de construcción originan afiliarse a este seguro de manera obligatoria 
 
3 .- Equipos de protección personal 
Vea más información de esta obligación en el capítulo 19 de este documento 
 
4.- Capacitación permanente en temas de seguridad y salud en el trabajo 
Vea más información de esta obligación en el capítulo 19 de este documento 
 
5.- Comité de seguridad y salud en el trabajo 
Vea más información de esta obligación en el capítulo 19 de este documento 
 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 18 
F2 al indice 
 
Formalidades de las empresas durante el desarrollo de la relación laboral 
 
 
1.- Jornada de trabajo 
El empleador establece la jornada de trabajo, pero tiene límites. 
 
2.- Horario de trabajo 
El horario de trabajo es determinado por el empleador. 
 
Existe la obligación de publicar mediante carteles en el centro de trabajo de la hora de 
inicio y termino del horario de trabajo , así como del horario de refrigerio . 
 
3.- Refrigerio 
El trabajador tiene derecho a un mínimo de 45 minutos para tomar sus alimentos . 
Salvo estipulación establecida por convenio colectivo. 
 
4.- El periodo de prueba 
El periodo de prueba es aplicable a este régimen. 
 
 
5.- Remuneraciones 
Lo siguiente es un conjunto de obligaciones fundamentales, que debe tener presente el 
Empleador. 
 
5.1.- Importe de la remuneración 
El trabajador con la jornada máxima habitual en el centro de trabajo debe percibir por lo 
menos lo establecido en su categoría vigente. 
 
5.2.- Asignación familiar 
Derecho del trabajador, que se fundamenta en la tenencia de hijos a su cargo. 
 
 
5-3.- Horas extras 
El sobretiempo no es obligatorio, salvo determinados casos . 
Su monto se encuentra establecido por convenio colectivo. 
 
5.4.- Gratificaciones legales 
La legislación laboral peruana reconoce dos gratificaciones: Por fiestas patrias y 
navidad. 
Su monto se encuentra establecido por convenio colectivo 
 
5.5.- Constancia de pago 
Todo pago realizado al trabajador debe constar en la denominada “Boleta de pago”. 
 
6.- Descansos legales 
El trabajador tiene una serie de fechas y oportunidades en el Empleador debe hacerlo 
descansar. 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 19 
6.1.- Descanso semanal obligatorio 
Después de seis días de labor , debe descansar 24 horas consecutivas pagadas . 
 
6.2.- Feriados no laborables 
Según una relación determinada por la ley , se debe descansar con el respectivo pago. 
 
 
6.3.- Días no laborables compensables 
Aunque los días no laborables compensables son de obligación en el sector público, las 
normas le dan la opción al empleador para acceder a dichos descansos. 
 
 
6.4.- Descanso vacacional anual 
El trabajador debe cumplir con ciertos requisitos para el respectivo descanso 
vacacional 
 
 
7.- Seguro de vida 
Su cumplimiento está sujeto a la antigüedad del trabajador. Este derecho le da beneficio 
a una indemnización a favor de sus beneficiarios.8.- Informar política salarial: Modificaciones 
El empleador debe cumplir con informar a sus trabajadores sobre la política salarial o 
remunerativa implementada, así como los criterios de las evaluaciones de desempeño o 
de otro tipo que tengan impacto en sus remuneraciones. 
 
Para ello, pueden conducir reuniones informativas individuales o colectivas o enviar 
comunicaciones escritas con los detalles de la política aplicable. 
Esta información debe proporcionarse , cuando se produzca una modificación de la 
categoría ocupacional a la que pertenece el trabajador y cuando se efectúe una 
modificación del esquema de remuneración que les aplique según la política 
remunerativa. 
 
No constituye requisito indispensable que la política remunerativa a ser comunicada a 
los trabajadores contenga los montos que forman parte de la estructura salarial 
 
 
9.- Boletín informativo Sistema social en salud 
Los empleadores deben facilitar a sus trabajadores la información contenida en el 
“Boletín Informativo en Seguridad Social en Salud” aprobado por R.M. 156-2018-TR 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 20 
Formalidades de las empresas al final de la relación laboral F3 Al índice 
 
La relación laboral puede llegar por término de obra o por otros motivos. 
 
Independientemente de la forma de termino relación laboral, el Empleador debe cumplir 
con los siguientes pagos. 
 
1.-Pago de remuneraciones pendientes 
Al cesar del empleo, el trabajador tiene mensualidades o semanas pendientes de pago . 
El empleador debe proceder a la cancelación respectiva. Estos pagos comprende: mes , 
semanas , horas extras y similares. 
 
2.-Pago Compensación tiempo de servicios 
 
La compensación por tiempo de servicios de los trabajadores de construcción civil tiene 
particulares especiales Dicho concepto no se deposita sino que se paga directamente al 
trabajador. 
 
 
3.- Participación en las utilidades de la empresa 
El pago de este beneficio es al cese del trabajador. El porcentaje y forma de cálculo 
tiene sus propias reglas. 
 
 
4.- Pago vacaciones 
El trabajador ha venido cobrando sus respectivas vacaciones antes de realizar el 
descanso. Sin embargo por el cese de la relación laboral puede quedar pagos pendientes 
por este concepto. Aquí se ve lo relacionado con vacaciones generadas y las 
vacaciones truncas. 
 
5.- Pago gratificación trunca 
Por norma legal expresa, todo trabajador tiene derecho a un pago por gratificación 
trunca. 
 
6.- Entrega de certificado de trabajo 
El empleador debe entregar con cargo de recepción un documento donde indique el 
tiempo de servicios y el puesto desempeñado por el trabajador. 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 21 
F4 Al índice 
 
Formalidad de la empresa antes de iniciar la obra de construcción civil 
 
a.- Inscripción en el RENOCC 
Las empresas contratistas y sub-contratistas deben inscribirse en el Registro Nacional de 
Obras de Construcción Civil – RENOCC; este registro es automático, gratuito y se 
realiza mediante un aplicativo informático aprobado por el Ministerio de Trabajo y 
Promoción del Empleo. 
 
Requisitos para la inscripción en el RENOCC 
Para la inscripción automática en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil – 
RENOCC, las empresas contratistas y sub-contratistas deben remitir, en un plazo no 
mayor a cinco (05) días previos al inicio de la obra, mediante el formato electrónico 
administrado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 
 
Vigencia 
La presente disposición entra en vigencia a los ciento veinte (120) días de publicado en 
el Diario Oficial “El Peruano” el D.S. 008-2013-TR
5
 
 
Base legal : D.S. 008-2013-TR 
 
Incumplimiento :
6
 
El incumplimiento de estas obligaciones califica como infracción leve en materia de 
relaciones laborales sancionable por las autoridades competentes del Sistema de 
Inspección del Trabajo 
Base legal: D.S.008-2013-TR modificado por D.S. 007-2014-TR 
 
Por R.M.146-2015-TR se ha dictado disposiciones relativas a la inscripción ante el 
registro nacional de obras de construcción civil-RENOCC. 
 
Ver más detalles en la sección 
Registro Nacional de Obras de Construcción Civil 
 
 
Usted debe considerar lo siguiente 
 
El ministerio de trabajo ha establecido un link en su página web para cumplir con dicha 
obligación. 
 
Visite : http://www.mintra.gob.pe 
 
 
 
 
 
 
5
 Para el caso de Lima Metropolitana y el Callao, entrará en vigencia el día 4-1-2014 y para 
el caso de las demás regiones del país, el día 4-3-2014. 
6
 Entrará vigencia a los noventa (90) días calendario siguientes de la publicación del D.S. 007-2014-TR 
(Publicado el 11 Agosto 21014 ) en el diario el Peruano . Esto es el 10 Octubre 2014 
http://www.mintra.gob.pe/
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 22 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANALISIS Y CASOS PRACTICOS 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 23 
Actividad Al índice 
 
El régimen de construcción civil tiene particularidades especiales en temas como 
remuneración y condiciones de trabajo. 
 
Su característica principal es la temporalidad de sus servicios, la que depende de la 
ejecución de la obra, la necesidad de especialización, capacitación, habilitación y el 
desplazamiento o la ubicación relativa. 
 
Las remuneraciones y demás beneficios laborales de los trabajadores obreros se fijan 
por convenio colectivo a nivel de Rama. 
 
 
1.- La actividad de construcción 
 
El régimen de Construcción civil solo es aplicable a las actividades de la Categoría F, 
División 45 de la Clasificación Internacional Uniforme de las Naciones Unidas ( 
CIIIU), la que se subdivide en 05 grupos , los cuales abarcan los siguientes ámbitos 
451 : Preparación del terreno 
452 : Construcción de edificios completos y de partes de edificios 
453 : Acondionamiento de edificios 
454 : Terminación de edificios , y 
455: Alquiler de equipos de construcción y demolición dotado de operarios. 
 
Vea la Clasificación Internacional Uniforme 
Revisión 4 , sección F ; 
En la sección Anexos de este manual 
 
 
ESTRUCTURA: División Nro. 45 
 Grupo Clase 
 
 
451 4510 Preparado del Terreno 
452 4520 Construcción de Edificios 
 Completos y de Partes de 
 Edificios , obras de ingeniería civil 
453 4530 Acondicionamiento de edificios 
454 4540 Terminación de edificios 
455 4550 Alquiler de equipos de construcción y demolición 
 Dotado de operarios 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 24 
aplica Al índice 
 
 
2.- Ámbito de aplicación del régimen laboral construcción civil 
 
 
¿Qué obra o proyecto de construcción está obligado a cumplir las disposiciones del 
régimen laboral de construcción civil? 
 
A las Empresas que ejecuten obras cuyos costos individuales excedan de 50 Unidades 
Impositivas Tributarias ( UIT.). 
 
Véase Clasificación Industrial Uniforme 
Categoría F : Construcción 
 
Determinación del valor de la obra o proyecto: 
¿Cómo se determinar el valor de la obra? 
El valor de la obra o proyecto será el autorizado en la licencia de la edificación emitida 
por la Municipalidad correspondiente. 
Base legal : 
Resolución de superintendencia Nro 153-201--Sunafil 
Protocolo Nro. 003-2019-SUNAFIL/INII 
7.1. Inciso e)¿ Se puede subdividir el valor de la obra en partes? 
En ningún caso se podrá subdividir los montos de una sola obra o proyecto de 
construcción , debiéndose tener en cuenta el monto total de toda la obra o proyecto para 
la determinación de su monto. 
Base legal : 
Resolución de superintendencia Nro 153-201--Sunafil 
Protocolo Nro. 003-2019-SUNAFIL/INII 
7.1. Inciso e) 
 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 25 
Excluye Al índice 
 
 
3.- Exclusiones 
 
¿En qué casos las empresas que desarrollen obras o proyectos de construcción no están 
obligadas a cumplir las disposiciones del régimen laboral de construcción civil? 
 
En los siguientes casos: 
 
3.1.- Costos individuales menores a 50 UIT 
Se exceptúa de este régimen a los trabajadores que prestan servicios en las Empresas 
Constructoras de Inversión Limitada, en la medida que ejecuten obras cuyos costos 
individuales no excedan de 50 Unidades Impositivas Tributarias ( UIT.). 
 
Véase Clasificación Industrial Uniforme 
Categoría F : Construcción 
 
 
3.2.- Personas naturales que directamente edifiquen sus viviendas 
Igualmente quedan exceptuadas las personas naturales que construyan directamente sus 
propias unidades de vivienda, siempre que el costo de la obra no supere el límite 
señalado. 
 
 
Régimen laboral aplicable 
¿En los casos de exclusión del régimen laboral construcción civil, que régimen 
laboral se debe aplicar? 
En estos casos el régimen laboral es el común. 
Los contratos se celebrarán por obra o servicio y las remuneraciones se podrán fijar 
libremente por jornal, destajo, rendimiento, tarea u otra modalidad. 
Base legal : 
D.Leg.727,arts 12 y 14 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 26 
regimen Al índice 
 
4.- Aplicación del régimen laboral común a trabajadores de construcción civil 
 
El régimen laboral común de la actividad privada se aplica cuando se presenten tres 
situaciones: 
 
a.- Cuando determinados aspectos relativos a la relación laboral, no han sido regulados 
por el régimen especial. 
 
En estos casos se aplicara en forma supletoria las normas del régimen laboral del sector 
privado. 
Ejemplo: Jornada y horario de trabajo, así como los días no laborables compensables; 
Prestaciones Alimentarias; Uso de Planilla Electrónica; Seguro de vida ley; Horario de 
refrigerio; Seguridad social en salud (EsSalud) entre otros. 
 
 
b.- Cuando los trabajadores prestan servicios en las empresas constructoras de inversión 
limitada, siempre que ejecuten obras que no excedan de cierto monto, como se 
comentara más adelante. Se trata de un conjunto de obras, se tomara en cuenta el costo 
individual de cada obra. 
El costo por obra comprende todos los gastos incluyendo las remuneraciones y los 
materiales. 
 
 
c.- Cuando el Empleador sea una persona natural que construye directamente su 
vivienda y el costo de la obra no supera de un determinado límite. 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 27 
temporal Al índice 
 
 
5.- Temporalidad del régimen 
La característica esencial del régimen es la temporalidad de los servicios, desde que 
éstos se encuentran supeditados a la realización de obras cuya ejecución es también de 
naturaleza temporal. 
 
Como resultado de esta característica no son aplicables a los trabajadores las normas 
sobre el período de prueba. 
 
Téngase presente que en todos los aspectos no contemplados en esta sección, son 
aplicables a los trabajadores de construcción civil las normas generales que rigen para 
los trabajadores del sector privado. 
 
 
 
 
 
 
 
tracomprendidos Al índice 
 
 
6 .- Trabajadores comprendidos 
 
Se encuentran comprendidos en el régimen laboral de construcción civil los 
trabajadores obreros que, en sus respectivas categorías, prestan servicios en la 
actividad constructora. 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 28 
Categorias Al índice 
 
7.- Categorías de trabajadores 
 
A partir del D.S. de 02- Marzo -1945 se determinan diversas categorías de trabajadores 
con el objeto de definir los trabajos y jornales mínimos por categoría. 
 
Estas categorías están constituidas, en orden de mayor a menor jerarquía, por los 
operarios, los ayudantes u oficiales y los peones. 
 
 
 Para establecer las labores que deben realizar y 
definir los jornales se han establecido tres 
categorías : operarios , oficiales y peones 
 
 
 
 
a.- Operarios 
 
Se considera operarios a los albañiles, carpinteros, fierreros, pintores, electricistas, 
gasfiteros, plomeros, almaceneros, chóferes, mecánicos y demás trabajadores 
calificados en una especialidad del ramo, así como aquellos que se dedican a la 
construcción de puentes, caminos y túneles. En esta misma categoría se considera a los 
maquinistas que desempeñan las funciones de operarios mezcladores, concreteros y 
wincheros. 
 
 
 
b.- Ayudantes u oficiales 
 
Se considera ayudantes u oficiales a los trabajadores que desempeñan las mismas 
ocupaciones que los operarios, pero que laboran como auxiliares de ellos teniendo a su 
cargo la responsabilidad de la tarea sin haber alcanzado plena calificación en la 
especialidad. En la categoría de oficial están considerados los guardianes. 
 
 
c.- Peones 
 
Se considera peones a los trabajadores no calificados que son ocupados indistintamente 
en diversas tareas del ramo. 
Base legal: 
R.M. 197-DT de 5-7-55; R.M. 5-DT de 5-1-56 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 29 
 
 
Contrato Al índice 
 
8.- Contrato de trabajo 
 
¿ Que es un contrato de trabajo? 
El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades entre el que prestara el servicio ( 
Trabajador) y aquel que utilizara dicho servicio ( el contratante o empleador). 
 
Por regla general en la legislación laboral peruana el contrato de trabajo es verbal , 
siendo una excepción los contratos por escrito ( Ejemplo : contrato sujeto a modalidad , 
contrato a tiempo parcial) y esto porque existe norma legal expresa que lo exige. 
 
El contrato de trabajo en el régimen laboral de construcción civil 
Para que exista contrato de trabajo en construcción civil no se requieren las 
formalidades previstas en la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, D.S. 003-
97-TR art. 53 y ss. 
Base legal: 
 R.S.D. 531-81 de 24-7-81. 
 
El contrato de trabajo de los trabajadores del régimen laboral de construcción civil es 
colectivo. Es decir lo suscribe CAPECO( Cámara Peruana de la Construcción ) en 
representación de los empleadores y la Federación ( Federación de Trabajadores de 
Construcción civil del Perú ) , en representación de los trabajadores. 
 
Adicionalmente, debemos tomar en cuenta lo siguiente: 
 
a.- Formalidades 
 
El contrato de trabajo en este régimen se efectiviza por el acuerdo de voluntades entre el 
Empleador y el Trabajador, siendo de obligación del trabajador prestar sus servicios y 
del Empleador pagar las remuneraciones. 
 
Como se indicó, no existe ninguna formalidad establecida. Es decir el preparar algún 
documento escrito y comunicación a la Autoridad Administrativade trabajo para su 
registro. 
Base legal: 
 R.S.D. 531-81 de 24-7-81 
 
 
Aplicación práctica 
 
Contratación fraudulenta de trabajador 
Un trabajador había sido contratado por la Municipalidad emplazada durante periodos 
ininterrumpidos bajo el régimen de construcción civil, para realizar labores de operario 
en determinadas obras, como se había acreditado en las boletas de pago del demandante. 
Se le despidió sin expresión de causa, no permitiéndole su ingreso al centro de trabajo. 
 
El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda, considerando que entre las 
partes no había existido un documento que acreditara la contratación del trabajador y 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 30 
que, por lo tanto, cabía concluir que había existido un contrato verbal, que se constituyó 
como una contrato de trabajo de naturaleza indeterminada, por lo cual el demandante 
sólo podía ser despedido por causa justa prevista en la ley. 
 
Asimismo, el D.L. 727 establece que únicamente las empresas constructoras pueden 
contratar personal para la prestación de servicios bajo el régimen de construcción civil, 
por lo que la contratación del demandante bajo este régimen por parte de la 
Municipalidad, había sido fraudulenta 
Base legal: (Exp. 05241-2011-PA/TC, Cajamarca, de 3-5-12). 
 
Régimen de Construcción Civil: Ámbito de aplicación 
(Exp. 02364-2010-PA/TC) 
Sólo los trabajadores que realicen las actividades previstas en la Categoría F, División 45 de la 
Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas (CIIU), que se 
subdivide en 5 grupos, los cuales abarcan los siguientes ámbitos: 451. Preparación del terreno; 
452. Construcción de edificios completos y de parte de edificios; obras de ingeniería civil; 453. 
Acondicionamiento de edificios; 454. Terminación de edificios; y, 455. Alquiler de equipo de 
construcción y demolición dotado de operarios, podrán estar considerados dentro del Régimen 
Especial de Construcción Civil. 
En el caso del Exp.02364-2010-PA/TC de 30-11-2010, el trabajador había sido contratado bajo 
el Régimen de Construcción Civil para el cargo de guardián de oficina y de bienes. 
Se señaló que habiéndose determinado que las labores que realiza el demandante no son propias 
de la construcción civil, habría existido simulación o fraude a las normas laborales para incluirlo 
en dicho régimen, por lo que debe aplicársele el régimen laboral de la actividad privada. 
 
 
 
Inexistencia de régimen especial de construcción civil 
(Exp. 01018-2009-PA/TC) 
Los trabajadores demandantes durante diez años realizaron labores vinculadas tanto a 
las obras de PAMA (Programa de Adecuación al Medio Ambiente), como a tareas 
complementarias que la demandada indicaba como extras, vinculadas al giro de 
actividades de la empresa minera, conforme aparece de las autorizaciones de trabajo. 
 
Los demandantes, desde su fecha de ingreso hasta el cese, habían realizado labores 
propias de la actividad principal de la empresa, esto es, trabajos de conexiones a la 
puesta en marcha de una planta en el campamento de la empresa minera; recirculación 
de refrigeración de rectificadores de zinc, apoyo a operaciones en función de Cobre, 
instalaciones de tuberías en laboratorio, trabajos en grúa, mantenimiento del compresor; 
mantenimiento de línea férrea, equipos y limpieza general, apoyo a mantenimiento de 
función, cambio de tuberías, parada general de planta, mantenimiento de cámara-
ventana de proceso, en las plantas de ácido sulfúrico, planta de zinc, flotación de 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 31 
ferritas, planta cross, planta de plomo, ácido sulfúrico. El TC señaló que estás no son 
actividades de Construcción Civil, como alega la demanda. 
 
El TC, luego de analizar el art. 3 del D.Leg. 727, concluyó que: “Habiéndose 
determinado que las labores para las que fueron contratados los demandantes de 
ninguna manera corresponden a labores de Construcción Civil, habría existido 
simulación o fraude a las normas laborales en los contratos de los demandantes; siendo 
así, dado que los trabajadores realizaron labores de naturaleza permanente y, por 
ende, eran trabajadores con contrato indeterminado, no podían ser despedidos, sino 
solo por causa justa relacionada con su conducta o capacidad laboral, lo que no ha 
sucedido en el presente caso, puesto que los demandantes fueron víctimas de un 
despido sin expresión de causa, cuya proscripción garantiza el contenido esencial del 
derecho al trabajo, reconocido por el artículo 22° de la Constitución Política, por lo 
que debe estimarse la demanda de autos”. 
(Exp. 01018-2009-PA/TC, Lima, del 9-9-2010, pub. pág. web. del TC). 
 
 
 
 
b.- Periodo de prueba 
 
El Tribunal Constitucional se pronunció sobre la aplicación del período de prueba a los 
trabajadores sujetos al régimen de construcción civil. 
 
Expediente No. 01807-2010-AA 
Tribunal Constitucional (TC) 
Si bien los trabajadores de construcción civil están sujetos al régimen laboral dispuesto 
por el Decreto Legislativo No. 727, también les es aplicable, en lo que resulte 
compatible, el régimen laboral general de la actividad privada previsto en la Ley de 
Productividad y Competitividad Laboral. 
 
El TC determino que no existe ningún impedimento para que el período de prueba sea 
plenamente aplicable a los trabajadores sujetos a este régimen especial. 
 
En efecto, el TC señaló que: “(…) este Tribunal considera que a los trabajadores del 
régimen de construcción civil también le resulta aplicable el período de prueba previsto 
en el Decreto Supremo No. 003-97-TR, por cuanto éste le es aplicable a los trabajadores 
a plazo determinado que suscriben contratos de trabajo sujetos a modalidad, porque 
ambos tipos de trabajadores son eventuales”. 
 
Aplicación práctica 
Régimen de Construcción Civil: Periodo de prueba 
(Exp. 01807-2010-PA/TC) 
Un trabajador de construcción civil fue despedido luego de haber laborado más de un 
mes sin imputársele causa justa. El TC consideró que al no encontrarse contemplado en 
el régimen especial de construcción civil el periodo de prueba, resulta aplicable lo 
dispuesto en la LPCL. En consecuencia, determinó que no había existido violación al 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 32 
derecho al trabajo porque la extinción del contrato de trabajo se había producido durante 
el periodo de prueba (Exp. 01807-2010-PA/TC, Lambayeque del 30-9-11). 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 33 
 
c.- Estabilidad Laboral 
 
La estabilidad laboral en la actividad de construcción civil es relativa, por cuanto, al ser 
una actividad temporal, se protege al trabajador mientras dure la labor . 
 
Los tribunales han ratificado esta posición, reconociendo la naturaleza eventual de la 
actividad. 
 
Base legal : 
 R.S.D. 92-77-913000 ( 15-05-1977) 
 R.S.D. 531-81-911000 ( 24-07-1981) 
 R.T.T. ( 05-12-1978) Expediente 0513-78 
 
 
 
d. Despido 
 
El trabajador de construcción civil puede ser despedido sin aviso previo , siempre que el 
mismo se efectuar en el cierre de la semana laborable , no estando el Empleador , por 
tanto obligado a cumplir con la formalidad exigida por el D.S. 003-97-TR ( Carta de 
preaviso , por ejemplo ), y siempre que haya concluido la labor para la que fue 
contratado. 
 
El despido de trabajadores en esta actividad, sin previo aviso y al cierre de la semana, 
solo procede: 
- Cuando concluya las labores para las que fueron contratados. 
- Si dado su avance, se requiere un menor número de trabajadores para su 
culminación, pues no existe mantener al mismo grupo de personas contratadas 
desde el inicio. Esto también debe ser tomado desde el punto de vista , que no se 
procedeel despido de un trabajador para ser reemplazado por otro , en la labor 
especifica que aquel venía realizando , salvo los despidos por falta grave. 
- Fuera de la localidad (circunscripción distinta de su residencia habitual). 
- Por causa justa. 
 
El despido injustificado a estos trabajadores no genera el pago de la indemnización por 
despido arbitrario. 
Base legal : 
 R.S.D. 187-531-81-9110000 ( 24-07-1981) 
Oficio Circ. 02-82-DGRT-61000 ( 20/01/1982) 
Articulo 25 D.S. 003-97-TR ( 27-03-1997) 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 34 
 
e.- Contratación de personas discapacitadas 
 
 
Las empresas privadas 
Las empresas privadas con más de cincuenta trabajadores están obligadas a contratar personas 
con discapacidad en una proporción no inferior al 3 % 
 
Corresponde al Ministerio de Trabajo la fiscalización en el ámbito privado. 
Base legal : Ley 29973 
 
Por R.M. 107-2015-TR (Publicado el 13/05/2015 ) se Aprobó las Norma técnica denominada 
" Normas complementarias para la aplicación y fiscalización del cumplimiento de la cuota de 
empleo para personas con discapacidad aplicable a los empleadores privados” 
 
El mencionado dispositivo tiene por objeto establecer reglas complementarias para la regulación 
de la cuota de empleo de personas con discapacidad, así como los procedimientos de 
fiscalización y sanción que garanticen el cumplimiento de dicha obligación. 
 
La fiscalización del cumplimiento de la cuota de empleo con efectos sancionatorios sobre los 
empleadores privados, se realiza a partir de enero de 2016, con respecto al periodo anual 
comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015.
7
 
 
 
 
 
7
 Por disposición del Ministerio de trabajo dicha fiscalización se inicia el 01 de Junio 2016 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 35 
 
 
f.- Exigencia legal al contratar trabajadores de construcción civil 
 
Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que realizan obras de 
construcción civil 
8
cuyos costos individuales exceden las cincuenta (50) Unidades 
Impositivas Tributarias, incluyendo las que participan en aquellas como contratistas o 
subcontratistas , deberán exigir que los trabajadores que contraten para el desarrollo de 
su actividad se encuentren inscritos en el RETCC. 
 
 
Dicha obligación resulta exigible cualquiera sea la modalidad de contratación del 
trabajador. Esta inscripción se realizara de manera progresiva, en los lugares que 
por norma expresa se indique. 
Base legal: 
D.S. 005-2013-TR , Reglamento, articulo 9 . 
 
El primer lugar donde se implementó la inscripción del referido registro es la región San 
Martin. 
Base legal : 
R.M. 010-2014-TR 
 
Desde el 22 de Mayo 2015 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la región Arequipa. 
Al término de dicho proceso se publicara un cronograma para la inscripción de los 
trabajadores. 
Base legal :R.M 114-2015-TR 
 
 
Desde el 13 de Junio 2015 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la región Lambayeque. 
Al término de dicho proceso se publicara un cronograma para la inscripción de los 
trabajadores. 
Base legal :R.M 136-2015-TR 
 
Desde el 26 de Agosto 2015 se inició la implementación del Registro de Trabajadores 
en Construcción Civil en la Región Lima.
9
 
Al término de dicho proceso se publicara un cronograma para la inscripción de los 
trabajadores. 
Base legal :R.M 164-2015-TR 
 
Desde el 19 de Setiembre 2015 se inició la implementación del Registro de 
Trabajadores en Construcción Civil en la Región Ica. 
Base legal : R.M. 182-2015-TR 
 
 
8
 Para efectos de la presente norma, se considera actividad de construcción civil a aquella contenida en 
la Sección F; División 45, Grupos 451 al 455 de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de 
las Naciones Unidas (CIIU), Revisión 3 
9
 La Región Lima comprende las provincias del departamento de Lima distintas del ámbito territorial de 
Lima Metropolitana y la Provincia constitucional del Callao , ya que estos últimos cuentan con sus 
propias unidades de gobierno. 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 36 
Desde el 07 de Octubre 2015 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Piura. 
Base legal : R.M. 192-2015-TR 
 
Desde el 21 de Octubre 2015 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Tacna 
Base legal : R.M. 229-2015-TR 
 
Desde el 28 de Noviembre 2015 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Puno 
Base legal : R.M. 236-2015-TR 
 
Desde el 28 de Noviembre 2015 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Moquegua 
Base legal : R.M. 237-2015-TR 
 
Desde el 29 de Enero 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Tumbes 
Base legal : R.M.015-2016-TR 
 
Desde el 06 de Marzo 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Cuzco 
Base legal : R.M.045-2016-TR 
 
Desde el 18 de Marzo 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Apurimac. 
Base legal : R.M.055-2016-TR 
 
 
Desde el 16 de Mayo 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Ayacucho. 
Base legal : R.M.092-2016-TR 
 
Desde el 27 de Mayo 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Amazonas 
Base legal : R.M.099-2016-TR 
 
Desde el 05 de Junio 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Ancash 
Base legal : R.M.018-2016-TR 
 
Desde el 26 de Junio 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Ucayali 
Base legal : R.M.122-2016-TR 
 
Desde el 29 de Junio 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Huánuco 
Base legal : R.M.123-2016-TR 
 
Desde el 29 de Julio 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región Cajamarca 
Base legal : R.M.146-2016-TR 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 37 
Desde el 15 de Agosto 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región La Libertad 
Base legal : R.M.165-2016-TR 
 
Desde el 14 de Octubre 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en la Región de Junin 
Base legal : R.M.241-2016-TR 
 
Desde el 26 de Octubre 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en el ámbito territorial de Lima Metropolitana 
Base legal : R.M.252-2016-TR 
 
 
Desde el 04 de Noviembre 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en el ámbito territorial de la Región Callao 
Base legal : R.M.266-2016-TR 
 
Desde el 17 de Diciembre 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en el ámbito territorial de la Región Pasco . 
Base legal : R.M.310-2016-TR 
 
Desde el 17 de Diciembre 2016 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en el ámbito territorial de la Región Loreto. 
Base legal : R.M.312-2016-TR 
 
Desde el 23 de Mayo 2017 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en el ámbito territorial de la Región Madre de Dios 
Base legal : R.M.087-2017-TRDesde el 08 de Junio 2017 se inició la implementación del Registro de Trabajadores en 
Construcción Civil en el ámbito territorial de la Región de Huancavelica. 
Base legal : R.M.103-2017-TR 
 
 
 
Trabajadores de Construcción Civil 
Registro Trabajadores 
 
Inicio de la implementación del Registro de Trabajadores en Construcción Civil 
Región Arequipa Lambayeque Lima Ica 
Norma R.M 114-2015-TR R.M 136-2015-TR R.M 164-2015-TR R.M 182-2015-TR 
Publicada 21/05/2015 12/06/2015 26/08/2015 19/09/2015 
 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 38 
Región Ancash Ucayali Huánuco Cajamarca 
Norma R.M. 108-2016-TR R.M. 122-2016-TR R.M. 123-2016-TR R.M. 146-2016-TR 
Publicada 04/06 /2016 25/06/2016 28/06/2016 28/07/2016 
 
Región La Libertad Junín Lima Metropolitana 
Norma R.M. 165-2016-TR R.M. 241-2016-TR R.M. 252-2016-TR 
Publicada 14/08/2016 13/10/2016 25/10/2016 
 
Región Pasco Loreto Madre de Dios 
Norma R.M. 310-2016-TR R.M. 312-2016-TR R.M. 087-2017-TR 
Publicada 16/12/2016 16/12/2016 22/05/2017 
 
Región Huancavelica 
Norma R.M. 103-2017-TR 
Publicada 07/06/2017 
 
 
 
Región Piura Puno Moquegua Tumbes 
Norma R.M 192-2015-TR R.M 236-2015-TR R.M 237-2015-TR R.M. 015-2016-TR 
Publicada 06/10/2015 27/11/2015 27/11/2015 28/01/2016 
 
Región Cuzco Apurimac Ayacucho Amazonas 
Norma R.M. 045-2016-TR R.M.055-2016-TR R.M.092-2016-TR R.M.099-2016-TR 
Publicada 05/03/2016 17/03/2016 14/05/2016 26/05/2016 
 
Callao 
R.M. 266-2016-TR 
03/11/2016 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 39 
 
 
Procedimiento de inscripción virtual en Lima Metropolitana 
La implementación del RETCC en el ámbito de Lima Metropolitana se realizará de 
manera virtual. 
 
Normas inscripción de trabajador en el Registro Nacional de Trabajadores de 
Construcción Civil –RETCC 
 
Base legal : 
D.S. 005-2013-TR . R.M. 161-2013-TR 
 
 1.- Naturaleza del registro 
El registro habilita al trabajador para laborar en la actividad de construcción civil en el 
ámbito nacional y es gratuito. 
 
 
La inscripción en el RETCC es un procedimiento administrativo de aprobación automática . 
 
2.- Lugar de inscripción 
En cualquier Dirección Regional de trabajo 
 
3.- Dependencia 
Sub dirección de Registros Generales 
 
4.- Apelación 
En caso de denegarse la inscripción . 
En Dirección Prevención y solución de conflictos. 
 
5.- Requisitos para la inscripción 
El trabajador interesado deberá presentar una solicitud 
Adjuntando original o copia simple de los siguientes documentos. 
 
a.- Certificado o Constancia de Capacitación , emitida por SENCICO u otra entidad que 
tenga competencia para certificar este oficio. 
 
Usted debe saber: 
En caso de no contar con dichos certificados , no es exigible en la primera inscripción . 
Esto debe ser indicado en la solicitud respectiva 
 
b.- Certificado de trabajo , respecto a las obras en las que pudiera haber laborado en el año 
anterior a la inscripción ; 
 
 
 
Usted debe saber: 
En dichos certificados de trabajo debe aparecer el nombre del Empleador o empresa y 
además indicar desde y hasta cuando laboro en dicha obra. 
 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 40 
 
c.- Certificado de antecedentes policiales , judiciales y penales 
Usted debe saber : Dichos documentos deben estar vigentes. 
 
d.-Fotografía actualizada del trabajador solicitante. 
 
 
e.- indicar si está afiliado a una organización sindical ; y la identificación de esta. 
 
6.- Admisión de la solicitud 
La inscripción en el RETCC es un procedimiento administrativo de aprobación automática. 
 
Sin embargo, a efectos de simplificar el procedimiento, mediante Resolución Ministerial se 
podrá establecer la modalidad virtual de inscripción en el ámbito de una determinada región o 
circunscripción territorial dictando las disposiciones complementarias que resulten pertinentes 
para la implementación de esta modalidad de inscripción en el ámbito territorial indicado. 
 
En este caso, el procedimiento es de evaluación previa y está sujeto a silencio administrativo 
positivo. 
 
La Autoridad Administrativa de Trabajo competente tiene la responsabilidad de fiscalizar con 
posterioridad la documentación presentada y la veracidad de la información declarada por los 
recurrentes. En caso se determine la presentación de información falsa o inválida, la Autoridad 
Administrativa de Trabajo cancela el registro 
 
 
6.1.- Admisión provisional 
En caso falte algún requisito, la Autoridad competente dará un plazo de 48 horas para 
subsanar dicha situación. 
Al ser subsanada las omisiones continua el trámite, caso contrato se archivara la solicitud. 
 
6.2.- Verificación posterior de información 
Se verificara la información brindada por el trabajador al momento de inscribirse . 
En caso de falsedad o inexactitud en los documentos o información, la Autoridad de 
Trabajo lo notificara otorgándole un plazo de 48 horas para que presente por escrito su 
descargo . 
 
Dichos descargos serán evaluados pudiendo , en caso de no ser satisfactorios emitirse 
resolución de cancelación del registro 
 
El trabajador puede apelar a las 48 horas de notificada dicha resolución ( En la Dirección de 
Prevención y solución de conflictos ) . 
 
La resolución confirmada o consentida , será remitirá al último empleador del trabajador. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 41 
 
7.- Acreditación de la inscripción 
Se emitirá un carnet al trabajador inscrito 
 
Responsable : Dirección General de Trabajo a nivel nacional 
 
En caso de pérdida , el trabajador deberá solicitar su duplicado a la autoridad competente . 
En dicha solicitud deberá indicar el número de inscripción , nombres y apellidos completos 
, copia simple de su documento identidad nacional y constancia de pago de la tasa 
respectiva. 
 
8.- Vigencia de la Inscripción. 
La inscripción en el Registro tendrá una vigencia de dos ( 02) años ; pudiendo ser renovada 
antes de su vencimiento. 
De no renovarse oportunamente la inscripción , esta caducara de manera automática al 
vencimiento de su vigencia. 
 
9.- Cancelación del registro 
La inscripción en el RETCC se cancela cuando: 
9.1.-Es solicitada por el propio trabajador. 
 
9.2.- La autoridad competente verifica la falsedad de la información y/o documentación 
brindada para la inscripción o renovación de la inscripción en el RETCC , sin perjuicio de 
proseguir con las demás acciones administrativas y/o penales que se deriven. 
 
9.3.- La autoridad competente advierta que existe sentencia condenatoria consentida y/o 
ejecutoriada contra el trabajador inscrito, por la comisión de los delitos tipificados en los 
artículos 108, 152, 189, 200, 279, 279-B , 317-A y 427 del Código Penal 
 
9.3.- Caduca el Registro 
De no renovarse oportunamente la inscripción , esta caducara de manera automática al 
vencimiento de su vigencia 
 
9.4.- La autoridad competente advierta que existe sentencia condenatoria consentida y/o 
ejecutoriada del trabajador inscrito , por la comisión en los delitos cometidos en los 
artículos 108 , 152 , 189 y 200 del Código Penal. 
 
 
 
Usted debe saber que : 
Se cancelara el registro por comisión de delito . 
Deberá existir sentencia por delitos consentida o ejecutoriada y la cancelación procederá 
cuando hay sentencia en contra del ex trabajador , independiente si es efectiva o no. 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 42 
Solicitud de inscripción en el registro nacional de trabajadores de construcción civil –
RETCC 
 
Señor(a) Sub Director (a)de Registros Generales de la Dirección Regional de Trabajo y 
Promoción del Empleo de ………………….. 
 
Yo ………………..….. ( nombre completo ) , identificado(a) con DNI Nro …………….. con 
domicilio en ……… ( dirección ) ……… , distrito de ……., Provincia de ……….. y Región de 
……………. , ante ustedes con el debido respeto me presento y señalo: 
 
Que , al ser un (a) trabajador (a) que requiere realizar actividades de construcción civil de 
manera personal , subordinada y remunerada , solicito se me inscriba en el Registro Nacional de 
Trabajadores de Construcción Civil –RETCC , de conformidad con el Reglamento del RETCC , 
aprobado mediante Decreto Supremo Nro. 005-2013-TR. 
 
A tal efecto , cumplo con manifestar lo siguiente : 
 
I.- CAPACITACION (Marque la alternativa aplicable ) 
1. Se cuenta con constancias o certificados de capacitación ( .. ) ; los cuales se adjuntan a la 
presente conforme a lo detallado a continuación : 
Institución Fecha de la capacitación 
 
 
 
2.- No aplicable por tratarse de la primera inscripción ( … ) 
 
II. EXPERIENCIA LABORAL ( Marque la alternativa aplicable ) 
1.- Se cuenta con certificados de trabajo ( ….. ) . Tales certificados han sido emitidos por : 
Entidad empleadora RUC Fecha de ingreso Fecha de cese 
 
 
 
2. Bajo Declaración Jurada , manifiesto no contar con certificados de trabajo , sin embargo , doy 
cuenta de las labores realizadas en el último año ( ….) 
Entidad empleadora RUC Fecha de ingreso Fecha de cese 
 
 
 
3. Bajo Declaración jurada manifiesto no contar con experiencia laboral ( ….) 
 
III.- ANTECEDENTES ( Marque la documentación a presentar ) 
1. Certificado de antecedentes policiales ( ……) 
2. Certificado de antecedentes judiciales ( …. ) 
3. Certificado de antecedentes penales ( ….. ) 
IV. AFILIACION SINDICAL : ( Únicamente en caso que corresponda ) 
Cumplo con señalar que en la actualidad me encuentro : 
- Afiliado ( a) a una organización sindical ( ….) 
Denominación de la organización sindical o número de registro : 
………………………………………………… 
……………………………………………………………………………………………………
………………………………………………… 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 43 
- No afiliado (a) a una organización sindical ( ….) 
Por lo expuesto : 
Señor(a) Sub Director(a) de Registros Generales de la Dirección Regional de Trabajo y 
Promoción del Empleo de …………………………………. , solicito la inscripción en el 
Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil –RETCC , de conformidad a lo 
establecido en nuestro ordenamiento jurídico. 
 
Ciudad …………………………. 
Dia …….. de ……………… mes de …………………… año ………………….. 
 
 
 
……………………….. 
 Firma del trabajador 
 
 
Sobre la inscripción de manera virtual: 
 
Por R.M. 232-2016-TR ( Publicada el 08/10/2016 ) , ha aprobado los aspectos que regulan la 
modalidad virtual de inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores (RETCC) y su 
renovación, tales como el procedimiento a seguir, los requisitos, la autoridad competente, los 
plazos, los mecanismos de fiscalización, entre otros. 
 
Presentamos lo dispuesto por la resolución comentada: 
 
Autoridad competente para conocer de la solicitud de inscripción realizada en la 
modalidad virtual: 
Sub Dirección de Registros Generales o la que haga sus veces en cada dirección o gerencia 
regional. 
 
La Dirección de Prevención y Solución de Conflictos o la que haga sus veces en cada 
dirección o gerencia regional de trabajo y promoción del empleo conocerá el recurso de 
apelación por la denegatoria de inscripción. 
 
Medio de inscripción virtual: 
La modalidad virtual de inscripción será puesta en funcionamiento a través de un aplicativo 
informático disponible en la web del MTPE. 
 
Solicitud de inscripción: 
El trabajador accederá al aplicativo a fin de efectuar su inscripción, tendrá 48 horas para 
completar dicho proceso. 
 
El aplicativo validará la información con los datos de la RENIEC y otras entidades públicas. 
 
Completada la información, el aplicativo genera una constancia de solicitud de inscripción, que 
especifica fecha y hora de presentación. 
 
Además, proporciona un código a fin de que el trabajador pueda ver el estado en que se 
encuentra su solicitud en el módulo de consulta web del MTPE. 
 
 
La constancia especifica el plazo en que será comunicado el resultado de la calificación. 
 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 44 
 
La Autoridad Administrativa de Trabajo tiene el plazo de 3 días hábiles contados a partir del día 
siguiente de la presentación de la solicitud para evaluarla. 
 
Si se cumplen los requisitos para la inscripción en el RETCC se declara procedente la 
solicitud y se fija la oportunidad en que el trabajador podrá acercarse a recoger su constancia de 
inscripción y carnet. 
 
En caso se verifique el incumplimiento de algún requisito, se le comunicará al solicitante, para 
que en el plazo de dos días hábiles lo subsane; si no lo hace se tendrá por no presentada la 
solicitud. 
 
Presentado el escrito de subsanación o absolución, la dependencia cuenta con dos días hábiles 
para emitir pronunciamiento. 
 
Contra la denegatoria de inscripción cabe recurso de apelación. 
 
- Renovación virtual de la inscripción: 
La renovación de la inscripción en el RETCC se sujeta a las mismas condiciones de la 
inscripción. 
 
 
La R.M. 114-2019-TR (pub. 12-4-2019) ha establecido la renovación de la inscripción en el 
Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, a través de la 
modalidad virtual, en los ámbitos territoriales de Lima Metropolitana y de la Región Callao. 
 
Lima metropolitana 
En el caso de Lima Metropolitana, la renovación virtual opera de manera alternativa a la 
modalidad presencial, quedando a elección del administrado la modalidad de renovación. 
 
Región Callao 
En el caso de la Región Callao, la modalidad virtual de renovación opera con carácter 
sustitutorio de la presencial para tramitar las solicitudes de los administrados que domicilien en 
dicho ámbito territorial. 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 45 
 
 
 
La veracidad o autenticidad de las declaraciones, documentos e informaciones proporcionadas 
por los administrados para su inscripción en el RETCC, renovación y otros actos conexos, se 
sujeta a fiscalización posterior por la Autoridad Administrativa de Trabajo. 
 
 
Vigencia de estas normas : 
Estas disposiciones serán aplicables una vez que se haya publicado la resolución ministerial que 
disponga que opera dicha modalidad en una determinada región o circunscripción territorial. 
 
 
 
Sobre los certificados de competencias laborales 
 
 
Contenido del certificado de competencias laborales para la inscripción o renovación en el 
Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil (RETCC) 
 
Conforme al Reglamento del RETCC (aprobado por D.S. 009-2016-TR), los trabajadores deben 
presentar un Certificado o Constancia de Capacitación o Certificación de competencias 
laborales para efectos de la inscripción o renovación en el registro. 
 
Al respecto, la R.M 265-2018-TR (publicado el 16-10-2018)
10
 ha regulado el contenido mínimo 
de los mencionados documentos. 
 
A continuación presentamos un resumen de los aspectos más relevantes de la resolución: 
 
- Entidades emisoras de certificados o constancias: 
El certificado o la constancia de capacitación laboral para la inscripción en el RETCC deben ser 
emitidos por SENCICO u otra entidad pública o privada habilitada para capacitar en la actividad 
de construcción civil. 
 
En el caso del certificado la resolución ministerial precisa que la no consignación de las horas 
de capacitación no lo invalida. 
 
- Capacitación para la renovación en el registro: 
Mínimo de horas: Para los fines de la renovación en el registrolos certificados o constancias de 
capacitación deben acreditar un mínimo de horas, el cual dependerá de la categoría del 
trabajador. 
 
Para el caso de las categorías oficial, operario y capataz será obligatorio un mínimo de cuarenta 
(32) horas de capacitación. 
 
Para el caso de la categoría peón, el mínimo de horas será de dieciséis (16) horas. 
 
Los certificados o constancias de capacitación en seguridad y salud en el trabajo son 
computables hasta por un máximo de dieciséis (16) horas. 
 
 
 
 
10
 Esta norma reemplaza a la R.M. 314-2016-TR 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 46 
Capacitación en la empresa 
¿ Son válidos los certificados emitidos por las empresas constructoras a sus 
trabajadores? 
Si. 
Pero se exigen el siguiente requisito : 
 
Son válidos los certificados o constancias de capacitación emitidos por empresas de 
construcción civil siempre que la empresa cuente con cinco (5) o más obras inscritas en 
el RENOCC durante los tres (3) años anteriores a la expedición del certificado y que el 
trabajador haya realizado labores en dicha empresa acordes con la capacitación recibida. 
 
 
Servicio de emisión del duplicado del trabajador de construcción civil 
 
 
 
 
 
 
¿ Se le perdió su carnet de trabajador 
de construcción civil emitido por el 
Ministerio de trabajo? 
 
 
Decreto Supremo que crea el Servicio de Emisión del 
Duplicado del Carné de Trabajador de Construcción 
Civil 
 
 
 D.S. 016-2019-TR
11
 
 
El D.S. 016-2019-TR (pub. 4-10-19) ha creado el servicio de emisión del duplicado del 
carné de trabajador de construcción civil como servicio exclusivo a cargo de la 
Autoridad Administrativa de Trabajo. 
 
¿Cómo se solicita el servicio? 
Es condición para solicitar el servicio de emisión del duplicado del carné de trabajador 
de construcción civil, que se encuentre vigente la inscripción del trabajador en el 
Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC. 
 
¿ Que documentos debo presentar para solicitar el duplicado? 
Son requisitos para solicitar el servicio de emisión del duplicado del carné de trabajador 
de construcción civil: 
 
a) Solicitud indicando la fecha y número de constancia de pago del derecho de 
tramitación. 
 
b) Copia simple de la denuncia policial correspondiente, acompañada de declaración 
jurada acerca de su autenticidad. 
 
 
 
 
11
 Ver texto de esta disposición en la sección normas legales 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 47 
 
 
¿En cuánto tiempo me darán el duplicado? 
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo efectúa la emisión del duplicado del 
carné de trabajador de construcción civil dentro del plazo de tres (3) días hábiles 
contados a partir del día siguiente de presentada la solicitud. 
 
¿ Es gratuito el servicio o debe pagarse alguna tasa? 
El servicio de emisión del duplicado del carné de trabajador de construcción civil se 
brinda previo pago del derecho de tramitación correspondiente.
12
 
 
 
 
 
 
 
 
12
 La norma D.S. 016-2019-TR que crea dicho servicio no indica el monto en cifra por el pago del 
servicio. 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 48 
 
 
g.- Exigencia de contratar personal presentado por el Sindicato 
 
 
¿El Sindicato en una obra puede exigir a la dirección que contrate a determinado 
trabajador? 
 
No. 
 
El empleador no tiene la obligación de contratar a un trabajador por su condición de 
sindicalizado. 
 
Si bien los convenios colectivos suelen contener cláusulas que establecen preferencias 
para los integrantes del sindicato, dichas cláusulas resultan inválidas si a través de ellas 
se ejerce presión al empleador respecto de las decisiones que tome (contratar 
trabajadores, ejercer facultades de dirección, por ejemplo) 
 
 
En doctrina, la preferencia en la contratación de trabajadores sindicalizados se 
denomina “bolsa de trabajo sindical”, la cual consiste en una cláusula por la que el 
empleador se compromete a contratar trabajadores sólo por intermedio del servicio de 
empleo o colocación del sindicato de la empresa. 
 
Por tanto, dicha cláusula no debe ser entendida en el sentido de que obliga al empleador 
a contratar a trabajadores sindicalizados. 
 
El antecedente más próximo en la legislación peruana en materia de bolsa de trabajo 
sindical fue la Ley 25202. 
 
 
Dicha norma fue derogada y establecía un régimen que obligaba a los empleadores del 
rubro de la Construcción contratar trabajadores sindicalizados en determinado 
porcentaje (25% del total de la obra). 
 
 
Norma Sumilla Publicado 
 
Ley N° 25202 
 
 Crean la Bolsa de Trabajo, para proveer las 
plazas de trabajo del personal obrero de las 
diversas categorías y especialidades en las obras 
de Construcción Civil. 
 
 
24/02/1990 
 
(...) 
Articulo 1 °.- Crease la Bolsa de Trabajo para proveer las plazas de trabajo del personal 
obrero de las diversas categorías y especialidades en las obras de Construcción Civil , 
privadas , estatales y para estatales , que serán cubiertas por los Sindicatos de 
Trabajadores de Construcción Civil de la Republica , en proporción del 25 % del total 
de las plazas que requiere una obra. 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 49 
Artículo 2°.- Encargase al Ministerio de Trabajo y Promoción Social la reglamentación 
de esta ley, en un plazo no mayor de 30 días a partir de su publicación. 
 
Artículo 3°.- La presente ley entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el 
Diario Oficial " El Peruano". 
 
(...) 
 
 
 
Norma Sumilla Publicado 
 
Decreto Ley 
Nro. 25588 
 
 
Derogan La Ley Nro. 25202 
 
01/07/1992 
 
 
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA 
 
POR CUANTO: 
 
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional 
 
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; 
 
Ha dado el Decreto Ley siguiente: 
 
Artículo 1°.- Derogase la Ley Nro. 25202 
 
Artículo 2°.- El presente Decreto Ley entrara en vigencia al día siguiente de su 
publicación en el Diario Oficial " El Peruano". 
 
(… ) 
 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 50 
h.- Contratación de Personal extranjero en el régimen laboral de construcción civil 
 
Una empresa constructora desea darle oportunidad de trabajo a un grupo de personas de 
nacionalidad venezolana. 
 
Desea contratarlos bajo el régimen laboral de construcción civil en la categoría de peón. 
 
¿Es factible su contratación? 
¿Se debe hacerles firmar algún tipo de contrato, sabiendo que en el régimen laboral de 
construcción civil no se firma contrato escrito alguno? 
 
 
La contratación de personas de nacionalidad venezolana es factible en la medida que 
cuenten con autorización para trabajar de acuerdo a las normas migratorias. 
 
El D.Leg. 689 establece que la contratación de extranjeros debe ser por escrito; sin 
embargo, dicha obligación rige (en estricto) para aquellos trabajadores del régimen 
laboral común de la actividad privada. 
 
En la medida que Construcción Civil es un régimen especial, la contratación de 
trabajadores se regula de acuerdo a sus normas, cuya fuente, por lo general, son los 
convenios colectivos. 
 
Finalmente, téngase en cuenta que el Reglamento Nacional de Trabajadores de 
Construcción Civil (RETCC) (aprob. por D.S. 009-2016-TR) establece disposiciones 
que regulan la inscripción, vigencia y renovación en el registro de trabajadores 
extranjeros. 
Manual régimen laboral especial construcción civil 2019-2020 
Lic. Ricardo Candela Casas 51 
Jornalbasico

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