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Atencion Sanitaria Menores Migrantes-Atencion primaria

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PROTOCOLO DE ATENCIÓN
SANITARIA A MENORES MIGRANTES
(INFANCIA EN MOVIMIENTO)
 Servicio 
 Canario de la Salud 
Edición: 
Gobierno de Canarias
Consejería de Sanidad 
Sevicio Canario de la Salud
Dirección General de Programas Asistenciales
Abril de 2023
ISBN: 978-84-16878-58-1
Todas las denominaciones que en el presente documento se efectúan en masculino-genérico o en
feme- nino-genérico, se entenderán aplicables indistintamente a hombres y mujeres. Aunque en esta
publicación se utilizan términos en su acepción genérica masculina, los editores manifiestan su
respeto al concepto de igualdad y género. 
 
ÍNDICE 
Presentación............................................................................................................ 4
1. Introducción.........................................................................................................5
2. Marco normativo.................................................................................................6
• Normas internacionales...................................................................................7
• Normativa estatal ............................................................................................7
• Normativa autonómica.....................................................................................8
• Legislación específica de menores migrantes………………………………......9
3. Objetivos.............................................................................................................10
4. Alcance y ámbito de aplicación.......................................................................10
5. Organización de la asistencia sanitaria a menores migrantes.....................10
6. Competencia cultural........................................................................................14
7. Visita de acogida...............................................................................................15
• Valoración de enfermería por patrones funcionales.......................................16
• Anamnesis.....................................................................................................23
• Exploración física ..........................................................................................24
• Pruebas complementarias ...........................................................................25
A) Cribado estándar......................................................................................26
B) Riesgo individual...................................................................................... 26
8. Intervención de trabajo social..........................................................................31
• El acceso al sistema sanitario ......................................................................31
• La visita de acogida .....................................................................................31
• La coordinación con otros sistemas de protección social ............................34
9. Anexos...............................................................................................................36
• Anexo 1. Tramitación de tarjeta sanitaria para extranjeros...........................36
• Anexo 2. Actualización del estado vacunal..................................................37
• Anexo 3. Valoración de la salud mental.......................................................39
• Anexo 4. Protocolo Mutilación Genital Femenina..........................................52
• Anexo 5. Otras determinaciones/pruebas según Área Geográfica..............57
• Anexo 6. Cribado de Tuberculosis...............................................................58
10. Bibliografía ......................................................................................................59
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 3
PRESENTACIÓN
En el mundo hay millones de niños y niñas en movimiento, que se desplazan tanto
internamente en sus países, como externamente cruzando fronteras. Muchos de estos
desplazamientos se deben a la inseguridad, la falta de servicios básicos, los conflictos
o los desastres naturales en sus lugares de origen. En los últimos años, en Canarias se
ha producido un aumento del flujo migratorio de menores no acompañados, fenómeno
que requiere especial atención, ya que estos niños y niñas son especialmente
vulnerables y están expuestos a numerosos riesgos.
Las personas migrantes tienen diferentes necesidades de salud física y mental,
configuradas por las experiencias en su país de origen, su tránsito migratorio, las
políticas de entrada e integración del país de acogida y las condiciones de vida y
trabajo. Tal y como refleja la OMS, esas experiencias pueden aumentar la
vulnerabilidad a las enfermedades crónicas e infecciosas.
Este protocolo tiene como objetivo establecer un marco de referencia para la atención
sanitaria de menores migrantes en la Comunidad Autónoma Canaria, que garantice el
acceso a servicios de salud adecuados y de calidad, independientemente de su origen
o situación migratoria.
Queremos destacar el enfoque integral y transversal del documento, ya que tiene en
cuenta las necesidades específicas de los y las menores migrantes en todas las etapas
de su llegada y estancia en nuestra comunidad autónoma. 
Agradecemos a los y las profesionales que han participado en la elaboración de este
documento y esperamos que sea una herramienta esencial para garantizar la
protección y el bienestar de los niños y niñas migrantes, asegurando su derecho a la
salud y contribuyendo a que reciban una atención sanitaria de calidad.
Rita Tristancho Ajamil
Directora General de Programas Asistenciales
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 4
1. INTRODUCCIÓN
El fenómeno contemporáneo de los flujos migratorios plantea en Canarias una
problemática específica de atención a las personas menores de edad extranjeras no
acompañadas y acompañadas de conformidad con el enfoque de derechos de la
infancia y con la protección jurídico-social establecida en el ordenamiento legal
nacional.
Según la estimación mundial actual de las Naciones Unidas, en 2020 había unos 281
millones de migrantes internacionales en el mundo, lo que equivale al 3,6% de la
población mundial. Esta es una pequeña minoría de la población total, lo que significa
que permanecer en el país natal sigue siendo la norma casi universal. La gran mayoría
de las personas que migran no cruzan fronteras internacionales; la cifra de migrantes
internos es mucho mayor, aunque se observó una disminución por la pandemia, a
medida que la inmovilidad relacionada con la COVID-19 paralizó a las comunidades de
todo el mundo.
En base a los datos del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) tenemos a 287.826
extranjeros/as censados en Canarias en 2021, con una disminución de 4716 en relación
a 2020.
A pesar de que lo más visible son las llegadas por mar, la población infantil que llega a
nuestras islas tiene un perfil mucho más diverso y complejo, pongamos por ejemplo las
familias magrebíes o sudamericanas llegadas por otras vías con una alta precariedad
social y laboral.
Hay que considerar además la realidad derivada de la llegada y acogida en los
dispositivos de emergencia que en circunstancias excepcionales han podido albergar a
más de dos mil menores y de los hogares de protección que, a razón de
aproximadamente diez menores por hogar, han podido albergar a más de quinientos.
Personas menores extranjeras no acompañadas en Canarias que han llegado a
las islas en los años 2020, 2021 y 2022:
Tabla 1a:
Año Menores migrantes
2020 2050
2021 2623
2022 1662
Nota: Los datos se toman a 31 de diciembre 
Fuente: Registro del Menor Ámbito: Canarias Periodo: 2020/2021/2022Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 5
Con arreglo a la Convención de los Derechos del Niño, los Estados están obligados a
proporcionar a las personas menores no acompañados o separadas de su familia, el
mismo acceso a la atención de la salud que nacionales.
En cualquier caso y atendiendo al Real Decreto-ley 7/2018 “El acceso al Sistema
Nacional de Salud en condiciones de equidad y de universalidad es un derecho
primordial de toda persona”.
En este sentido, la Atención Primaria (AP) constituye el primer eslabón del sistema
sanitario, en el que recae la mayor responsabilidad y esfuerzo para la captación de
este colectivo.
El derecho a la salud de menores migrantes se hará efectivo teniendo en cuenta la
heterogeneidad de la población migrante, condicionada, sobre todo, por su país o área
de procedencia, etnia, cultura, religión y nivel socio-económico.
La población extranjera conforma un grupo numeroso dentro de nuestra población, por
lo que el personal de salud debe formarse y mantenerse actualizado en los aspectos
relacionados con las enfermedades importadas y los riesgos asociados a los viajes
internacionales. Para homogeneizar las actuaciones a realizar, evitar pruebas
complementarias innecesarias y garantizar el diagnóstico de entidades potencialmente
graves, se propone una guía de atención inicial a menores migrantes (infancia y
adolescencia en movimiento) de cualquier procedencia.
Es objetivo de esta guía garantizar una asistencia sanitaria (acorde a sus
características especiales) así como una integración adecuada en el Sistema Sanitario.
Se recomienda un abordaje multidisciplinar en el que intervengan Unidades de
Atención Familiar/Pediátrica (UAF/UAP), ginecología, matronas/es, trabajo social,
TCAES (Técnicos/as en Cuidados Auxiliares de Enfermería) , celadores/as, personal
administrativo y unidad de salud oral.
El documento recoge las líneas básicas de actuación, para garantizar equidad en las
actuaciones realizadas en nuestra Comunidad Autónoma, donde las adaptaciones
organizativas dependerán de los recursos disponibles en cada momento por las
gerencias implicadas en este circuito asistencial.
2. MARCO NORMATIVO
El fenómeno migratorio y en concreto del/de la menor migrante, supone un desafío
para el conjunto de la Unión Europea, ya que es necesario asegurar una protección
real a migrantes menores de edad en todo su territorio.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 6
El contexto normativo internacional, nacional y autonómico que regula la protección de
menores y en particular a menores migrantes es el siguiente:
1. Normas internacionales
- Declaración Universal de los Derechos Humanos, Naciones Unidas, 1948. París.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados
como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los
otros. (https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights).
- Instrumento de Ratificación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los
Derechos del Niño, Nueva York, adoptada por la Asamblea General de las Naciones
Unidas el 20 de noviembre de 1989, con entrada en vigor el 2 de septiembre de 1990,
que se ha ratificado por prácticamente todos los países (España lo hizo el 30 de
noviembre de 1990). (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1990-31312).
En su artículo 20, promulga:
“1. Los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar (…) tendrán
derecho a la protección y asistencia especiales del Estado.
2. Los Estados Partes garantizarán, de conformidad con sus leyes nacionales, otros
tipos de cuidado para esos niños.
3. Entre esos cuidados figurarán (…) la colocación en instituciones adecuadas de
protección de menores. Al considerar las soluciones, se prestará particular atención a
la conveniencia de que haya continuidad en la educación del niño y a su origen étnico,
religioso, cultural y lingüístico.”
- Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de diciembre de
2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los
menores y la pornografía infantil.
(https://www.boe.es/doue/2011/335/L00001-00014.pdf ) .
- Carta Europea de los Derechos del Niño (DOCE nº C 241, de 21 de Septiembre de
1992).
(https://www.caib.es/sacmicrofront/archivopub.do?ctrl=MCRST97ZI36262&id=36262).
- Las Orientaciones de la UE relativas a la promoción y la protección de los derechos
del menor de 2007. (http://www.fmyv.es/ci/es/Infancia/lgpi/27.pdf).
- Instrumento de Ratificación del Convenio del Consejo de Europa para la protección
de los niños contra la explotación y el abuso sexual, hecho en Lanzarote el 25 de
octubre de 2007. ( https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17392 ) .
2. Normativa estatal
- Constitución Española de 1978. https://www.boe.es/eli/es/c/1978/12/27/(1)/con).
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 7
https://www.boe.es/eli/es/c/1978/12/27/(1)/con
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17392
http://www.fmyv.es/ci/es/Infancia/lgpi/27.pdf
https://www.caib.es/sacmicrofront/archivopub.do?ctrl=MCRST97ZI36262&id=36262
https://www.boe.es/doue/2011/335/L00001-00014.pdf
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1990-31312
https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights
- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
(https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12978 ) .
- Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de
modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. 
 (https://www.boe.es/eli/es/lo/1996/01/15/1/con ) . 
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra
la Violencia de Género. (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760).
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hom-
bres. (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6115&p=20130727&tn=2 ) 
- Ley Orgánica 8/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la
infancia y a la adolescencia. (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-
8222). Dentro del Artículo 1, queda recogido que: “Los menores extranjeros que se
encuentren en España tienen derecho a la educación, asistencia sanitaria y servicios
y prestaciones sociales básicas, en las mismas condiciones que los menores
españoles”.
- Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la
adolescencia frente a la violencia. (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-
2021-9347 ) .
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil habiendo si-
do objeto de diversas modificaciones. (https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/
con ) .
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. 
(https://www.boe.es/eli/es/l/2000/01/07/1/con ) .
3. Normativa autonómica
- Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores de la Comunidad
Autónoma de Canarias, (https://www.boe.es/eli/es-cn/l/1997/02/07/1).
En su Artículo 2 recoge que:“La presente ley es de aplicación a todos los menores de
dieciocho años que residan o se encuentren transitoriamente en el territorio de la
Comunidad Autónoma de Canarias, salvo que los mismos hayan alcanzado la mayoría
de edad en virtud de lo dispuesto en la Ley que les sea aplicable.”
En su Artículo 3, en relación a los derechos de los menores: “ Los menores gozarán de
los derechos individuales y colectivos que les reconoce la Constitución, los tratados,
convenios y pactos internacionales ratificados por el Estado español, especialmente la
Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, de 20 de noviembre
de 1989, y la CartaEuropea de los Derechos del Niño, así como en las restantes
normas del ordenamiento jurídico.”
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 8
https://www.boe.es/eli/es-cn/l/1997/02/07/1
https://www.boe.es/eli/es/l/2000/01/07/1/con
https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con
https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9347
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9347
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8222
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8222
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6115&p=20130727&tn=2
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760
https://www.boe.es/eli/es/lo/1996/01/15/1/con
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12978
- Decreto 54/1998, de 17 de abril, por el que se regulan las actuaciones de amparo de
los menores. (http://www.gobcan. es/boc/1998/055/001.html ) .
- Ley 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra
la Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de Canarias.
(https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-13618).
- Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. 
(https://www.boe.es/eli/es-cn/l/2019/05/02/16 ) .
En su Artículo 9, en relación a las personas con acceso al sistema público de servicios
sociales, son beneficiarias: “Las personas menores de edad extranjeras que se
encuentren en Canarias, con independencia de su situación administrativa.”
4. Legislación específica de menores migrantes
- Se define como menor extranjero no acompañado (MENA) (artículo 189 del
Reglamento de Extranjería (RD 557/2011) a: “Nacionales de terceros países o
apátridas menores de dieciocho años que llegan a un país de la UE sin ir
acompañados de un adulto a su cargo, o a los menores que quedan sin compañía
después de su llegada al territorio de un país de la UE”.
(https:// www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-7703 ).
- La Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria en su
artículo 3, establece que: “la condición de refugiado se reconoce a toda persona que,
debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión,
nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género
u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a
causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país, o al
apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes
tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos
temores, no quiere regresar a él, y no esté incurso en alguna de las causas de
exclusión del artículo 8 o de las causas de denegación o revocación del artículo 9”.
(https://www.boe.es/eli/es/l/2009/10/30/12/con ) .
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros
en España y su integración social, (http s://www.boe.es/eli/es/lo/2000/01/11/4/con ) .
- En su artículo 35.3, se establece que: “En los supuestos en que los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado localicen a un extranjero indocumentado cuya
minoría de edad no pueda ser establecida con seguridad, se le dará, por los servicios
competentes de protección de menores, la atención inmediata que precise, de
acuerdo con lo establecido en la legislación de protección jurídica del menor,
poniéndose el hecho en conocimiento inmediato del Ministerio Fiscal, que dispondrá
la determinación de su edad, para lo que colaborarán las instituciones sanitarias
oportunas que, con carácter prioritario, realizarán las pruebas necesarias”.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 9
https://www.boe.es/eli/es/lo/2000/01/11/4/con
https://www.boe.es/eli/es/l/2009/10/30/12/con
https://www.boe.es/eli/es-cn/l/2019/05/02/16
https://www.boe.es/eli/es-cn/l/2019/05/02/16
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-13618
http://www.gobcan.es/boc/1998/055/001.html
- Real Decreto 903/2021, de 19 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de la
Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real
Decreto 557/2011, de 20 de abril. (https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/19/903 ) .
- Decreto 36/2002, de 8 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Organización
y Funcionamiento de los centros para la ejecución de medidas de internamiento de
menores y jóvenes infractores dictadas por los Juzgados de Menores.
 (http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2002/052/001.html ) .
3. OBJETIVOS
• Garantizar y facilitar la atención sanitaria adecuada de las personas migrantes
menores de 18 años (acompañadas y no acompañadas), procedentes de países
de renta baja, individualizando cada caso.
• Estandarizar las pruebas complementarias usadas como cribado de
enfermedad.
• Definir los cauces de coordinación entre las distintas entidades implicadas en la
atención de estas personas.
• Crear los circuitos de información que faciliten la continuidad de la atención
sanitaria de menores migrantes.
4. ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El protocolo va dirigido a profesionales de la salud que atienden a las personas
migrantes menores de 18 años (0 a 17 años) e instituciones implicadas (sanitarias y
sociales) a su llegada, y hasta que se incorporen a los programas preventivos
establecidos por el Servicio Canario de Salud (SCS) según edad.
5. ORGANIZACIÓN DE LA ASISTENCIA SANITARIA DE MENORES
MIGRANTES
Las personas menores que lleguen a las costas canarias por mar de manera irregular,
deberán cumplir con las directrices publicadas por los Ministerios de Sanidad y/o
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y la Dirección General de Salud Pública
(DGSP) del Gobierno de Canarias, aplicadas a cada situación en particular. Así mismo,
se han articulado mecanismos de coordinación entre la DGSP y la Unidad de
Emergencias Migratorias de la Secretaría de Estado de Migraciones (SEM) para dar
una respuesta sanitaria rápida y adecuada ante los posibles riesgos para la Salud
Pública que puedan generar estos flujos migratorios, así como la adopción de medidas
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 10
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2002/052/001.html
https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/19/903
encaminadas a la prevención y control de la transmisión de enfermedades infecto-
contagiosas. Esta coordinación queda reflejada en un protocolo de comunicación socio-
sanitaria entre los servicios involucrados en la atención a las personas migrantes
llegadas a costas o acogidas temporalmente en centros de migraciones en las Islas
Canarias. El objetivo de este protocolo es facilitar la homogenización de las
actuaciones para realizar un seguimiento adecuado de las personas derivadas a
centros hospitalarios, traslados interinsulares o al continente europeo, así como
cualquier asunto en materia sanitaria que pueda afectar tanto a los centros como a los
beneficiarios.
La organización de la atención sanitaria diferirá según sea la situación de las personas
menores a su llegada:
a) Menores que viven en el domicilio familiar a cargo de sus familias (madres,
padres o tutores).
En este caso, se pueden generar algunas dificultades para recibir de forma
adecuada la atención sanitaria, ya que puede existir resistencia por parte de su
padre, madre o tutor/a para efectuar los trámites burocráticos que permiten
acceder a los servicios públicos de salud (por ej. solicitar la Tarjeta Sanitaria
Individual para el/la menor), por miedo a la devolución a sus países de origen al
encontrarse en situaciónadministrativa irregular. Todo ello supone un serio
obstáculo para atender de manera adecuada y continuada a las/los menores. Las
unidades administrativas de cada centro les gestionarán la tarjeta sanitaria (A nexo 
1) y se les asignará UAF/UAP según sea su edad. Es importante que las
mismas estén atentas a detectar este tipo de pacientes, para resolver
miedos y dudas ante la prestación sanitaria y su situación legal en nuestro
país.
La captación de este colectivo y el circuito de entrada al sistema sanitario será
mediante captación oportunista, a través de:
• Las UAF/UAP, matrona/matrón, trabajo social, así como del área
administrativa, de menores que viven con sus familias en la Zona Básica de
Salud (ZBS).
• La coordinación con otros recursos específicos que pueden estar prestando
atención a personas migrantes con menores a su cargo que viven en su
domicilio familiar.
b) Menores que viven en dispositivos de Protección de Menores y dispositivos
de Ayuda Humanitaria. En este colectivo, podemos encontrar dos
situaciones diferenciadas:
➢ Menores que viven con sus familias en dispositivos de atención
humanitaria dependientes de la SEM y gestionados por diferentes
organizaciones (Cruz Roja, ACCEM, Fundación Cruz Blanca…). En esta
situación se encuentran quienes han llegado por vía marítima de forma
irregular.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 11
➢ Menores bajo la tutela de la Entidad Pública a través de la Dirección General
de Protección a la Infancia y la Familia (DGPIF) que pueden encontrarse
viviendo en hogares de protección, en dispositivos de emergencia para
menores en la misma situación o, en menor proporción, con familias en
acogimiento temporal.
En estos casos las dificultades para su atención pueden darse por varios
factores:
• La sobrecarga que se puede producir en las ZBS donde residen.
• El traslado a otro centro debido a necesidades de organización de la
institución responsable, lo que dificulta su seguimiento.
• La variabilidad en la gestión de los centros dependientes de organizaciones
públicas o privadas.
• Los miedos a la transmisión de enfermedades infecciosas en el entorno de
convivencia, en condiciones no siempre favorables.
La captación de este colectivo y el circuito de entrada al sistema sanitario será
mediante captación activa, a través de la coordinación con las entidades y dispositivos
responsables de la atención a menores.
La escasa formación para intervenir en materia de migración puede suponer una
dificultad añadida por lo que se plantea una formación específica en esta materia para
el personal del área administrativa.
Resulta fundamental la recogida adecuada de los datos de filiación que permita la
localización sencilla y rápida de la persona adulta responsable del/la menor (familiar,
tutor/a o Entidad Pública) (teléfono fijo y móvil, dirección) durante todo el proceso de
valoración de su estado de salud. 
Para garantizar la continuidad asistencial de menores migrantes que, con sus
familias, se encuentran en dispositivos de ayuda humanitaria, de emergencia o de
atención integral, o de menores cuya tutela recae en la Entidad Pública y que se
encuentran en dispositivos de acogida, es necesario establecer un canal de
comunicación y coordinación estable entre la ZBS de referencia y dichos dispositivos.
El personal de los dispositivos en donde estén acogidos los/las menores, mediante los
mecanismos que designe la Gerencia correspondiente, trasmitirá los datos (nombre,
apellido, fecha de nacimiento, país de origen), para la solicitud de la Tarjeta Sanitaria
Individual (TSI) de los mismos y la asignación de UAF/UAP. (Anexo 1 )
Tras ese contacto se establecerá un PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN, por escrito,
para organizar la asistencia sanitaria de estas personas menores, adaptados a cada
ZBS implicada. El/la profesional de trabajo social en este caso será la persona
referente de la Dirección y Subdirección de la ZBS en la organización de la asistencia
sanitaria a través de la coordinación con la DGPIF y dispositivos de atención a menores
migrantes, así como con los dispositivos de atención humanitaria que, en su caso,
presten atención a esta población.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 12
En cualquier caso, la DGPIF y las Organizaciones de Ayuda Humanitaria comunicarán
todas las variaciones respecto a la población de menores que reciben asistencia desde
los dispositivos correspondientes, y estos, a su vez, se coordinarán con los centros de
salud de referencia para concretar la forma de acceso a la asistencia sanitaria. 
Se intentará que desde cada Entidad se mantenga un mismo referente para salud (en
el acompañamiento de las/los menores a los centros sanitarios) y la presencia de un/a
mediador/a cultural o, en su defecto, un/a intérprete, para facilitar la prestación de la
asistencia sanitaria.
Para todas ellas existen diferentes modalidades de consulta dependiendo de las
necesidades:
• URGENTE: acudiendo al servicio de urgencias hospitalario o extrahospitalario, si
la situación valorada previamente por el personal del centro lo requiere.
• DEMANDA: por parte de las personas responsables o desde el centro de
acogida, solicita la cita a través del teléfono de atención ciudadana 012.
• PROGRAMADA: el/la profesional promueve y gestiona la cita. En esta se
incluyen las visitas correspondientes al Programa de Salud Infantil (PSI).
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 13
La recomendación de asistencia dentro del PSI en consulta como intervalos
máximos, siempre y cuando puedan ser captados, según grupo de edad, serían:
✔ Menores de 6 años , antes del primer mes tras su llegada.
✔ Edad comprendida entre 6- 18 años: antes de 3 meses tras su llegada.
Para el registro de la información en menores entre 15 y 17 años (que es la mayor
proporción de menores que llega) hasta que se defina la visita para esta franja de edad
(entre PSI y Programa de Actividades Preventivas y de Promoción de la Salud, PAPPS)
usar en su defecto la revisión de 12-14 años del PSI.
6. COMPETENCIA CULTURAL
La competencia cultural se define como el proceso en el que los y las profesionales del
cuidado de la salud se esfuerzan por lograr la habilidad para trabajar adecuadamente
dentro de un contexto cultural en una familia, en un individuo o en una comunidad.
Las barreras idiomáticas y/o culturales entre el personal sanitario y el/la menor y sus
acompañantes (si los hubiera) representan un obstáculo evidente en este escenario,
por lo que se hace imprescindible la participación de un/a mediador/a que facilite la
comunicación y relación entre ambas partes.
Pero las posibles barreras en la comunicación van más allá de las dificultades para
hacer un diagnóstico correcto. Cuando el/la paciente y el/la profesional sanitario/a no
logran comunicarse adecuadamente, surge la incomodidad por ambas partes y, como
consecuencia de ello, el grado de confianza disminuye. Esta pérdida de confianza lleva,
muy a menudo, al paciente a incumplir el tratamiento o a abandonar su seguimiento.
Un resultado indeseable de este distanciamiento será una peor evolución de su
enfermedad o la necesidad de acudir con más frecuencia a los servicios de urgencia,
con lo que aumenta enormemente el gasto sanitario.
Los servicios de mediación permiten minimizar las dificultades que las personas
migrantes se encuentran en su proceso de adaptación a los sistemas y mecanismos
del país de acogida, con una ayuda que va más allá de la simple interpretación,
garantizando una atención de calidad y en igualdad de condiciones para todas ellas,
con independencia de su origen o etnia.
En tanto en cuanto no se disponga de esta figura demediador/a cultural, se
recomienda el uso de recursos digitales como la APP Mitradassan, desarrollada por el
SCS y, material informativo en diferentes dialectos ya existentes, implementados por
organizaciones que trabajan con este colectivo.
El primer paso para avanzar en la competencia cultural es identificar y evitar el
etnocentrismo, pensamiento de que la propia cultura es mejor, eliminar los prejuicios
con el fin de entender las diferentes culturas y adquirir conciencia cultural.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 14
Los y las profesionales que atienden a población migrante deben ser conscientes de la
importancia de los cuidados transculturales. A medida que el entorno se vuelve más
diverso, deben formarse para poder ofrecer cuidados culturalmente competentes. La
formación es un elemento clave como medio para conocer la influencia de la cultura en
el proceso de salud-enfermedad, en la interpretación del mismo y en las respuestas a
los cuidados de la salud.
Las habilidades comunicativas toman relevancia en este contexto. Deberíamos cuidar
especialmente: la empatía, la baja reactividad, la comunicación no verbal, la paciencia
y el respeto.
Algunas claves de la Humildad Cultural son: actitud abierta/ curiosidad, conciencia de
los propios pensamientos/prejuicios, conciencia del contexto de los demás, dejar a un
lado el ego, autorreflexión y aprendizaje continuo.
7. VISITA DE ACOGIDA
En aquellas personas que procedan de países con Índice de Desarrollo Humano bajo,
pertenezcan a entornos con un nivel socioeconómico precario y/o que no hayan tenido
acceso a un sistema sanitario equiparable al nuestro, se propone realizar una Visita de
Acogida inicial que permita conocer el estado de salud de cada menor y su integración
en el Sistema Nacional de Salud (SNS).
Prestando especial atención a las bases de la entrevista clínica (cordialidad,
asertividad, baja reactividad y empatía), el desarrollo de dicha valoración inicial será
similar a cualquier otra consulta programada de salud, esto es: anamnesis, exploración
física, solicitud de pruebas complementarias (individualizar atendiendo a las
características del/la menor y a la información aportada) y plan de actuación.
La visita de acogida se llevará a cabo de forma conjunta por su UAF/UAP asignados.
Se programarán posteriormente las revisiones y vacunaciones correspondientes según
el PSI. En la consulta de enfermería se prestará especial atención a la valoración por
Patrones Funcionales de Salud.
Debe promoverse la confianza y un ambiente acogedor, evitando en lo posible
preguntas intimidatorias y procedimientos invasivos. Su desarrollo se verá facilitado por
la observación de las distintas reacciones emocionales tanto por parte de los/las
menores (miedo, inseguridad, desconfianza) como del personal sanitario (dificultades
culturales, enfermedades desconocidas).
Para salvar las barreras idiomáticas y culturales, se recomienda que esté presente una
persona mediadora intercultural que proporcione comprensión de la lengua y la cultura.
La Historia de Salud Digital permite continuar con el plan de atención del/la menor en
otros dispositivos sanitarios de la Comunidad. Pero es aconsejable proporcionar un
INFORME DE SALUD al responsable del/de la menor ante la posibilidad de que sean
desplazados a otras comunidades autónomas o fuera del país. Se recomienda en la
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 15
visita de acogida que sea un informe tipo ICAP (informe clínico de AP), donde se verán
reflejados todos los apartados de la misma. En las visitas sucesivas sería suficiente
con imprimir el resumen de estas.
VALORACIÓN DE ENFERMERÍA POR PATRONES FUNCIONALES
La valoración enfermera debe realizarse siguiendo el PSI desde la perspectiva
biopsicosocial. Seguir las mismas recomendaciones del PSI con algunas
especificaciones en algunos de ellos.
Se deben detectar posibles problemas o disposición por mejorar su salud, que
podremos abordar en consultas posteriores.
PATRÓN 1: PERCEPCIÓN-MANEJO DE LA SALUD.
1. Reconocer que el concepto salud y enfermedad difiere entre culturas y saber
cómo percibe el/la menor (o sus progenitores) su salud y bienestar.
Aspectos específicos:
a) Determinadas culturas no ven necesaria una prevención o una valoración a no
ser que se padezca alguna patología.
b) Debemos tener en cuenta que la salud es para la población migrante un valor
esencial y básico, sobre todo porque es el vehículo necesario e imprescindible
para poder trabajar. 
c) En algunas culturas (subsahariana) existe una representación imaginaria de la
enfermedad; como por ejemplo, la hematuria puede considerarse signo de
virilidad y no consultan por ello.
d) Para algunas personas su religión es especialmente importante y orienta la
explicación de salud y enfermedad. 
e) En la cultura latina es frecuente dar mucha importancia a la exploración física,
pruebas complementarias y empleo de tecnología para saber el diagnóstico de
la enfermedad.
f) En población africana a veces son reacios a que se les realice extracciones de
sangre por creencias culturales.
2. Evaluar las prácticas preventivas que realiza el/la menor (o sus progenitores),
evaluar autocuidados, higiene y prevención de accidentes en el/la menor.
Aspectos específicos:
a) Frecuente la no participación en los controles de salud por la desinformación, el
temor a procedimientos a los que nunca se han sometido (como una analítica de
sangre), y temor a acudir a los centros sanitarios por miedo a su identificación y
deportación o por la barrera idiomática. Importante crear un ambiente de
confianza.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 16
b) Debemos evitar caer en el etnocentrismo (creer que nuestros valores son
mejores al resto) o la imposición cultural (imponer los propios valores y
creencias a otra persona).
c) En determinados entornos sociales los hábitos tóxicos en menores son muy
frecuentes, debemos indagar sobre ello. Cita programada para abordaje,
Educación para la Salud individual (EPS), programas de salud grupales
(PAFCAN) y prescripción de recursos comunitarios (unidades de atención a las
drogodependencias, etc.).
PATRÓN 2: NUTRICIONAL – METABÓLICO.
1. Valorar si el/la menor está alimentándose de manera correcta y saludable.
2. Valorar gustos y tradiciones en país de origen para poder adaptar las recomenda-
ciones alimenticias a su cultura.
3. Registrar los primeros datos de somatometría y detectar posibles problemas en este
patrón.
Aspectos específicos a tener en cuenta:
a) Consumo deficitario de lácteos en menores de origen pakistaní y otros países
asiáticos.
b) Hay que tomar en consideración el alto porcentaje de intolerancia a la lactosa en
personas de origen asiático y africano, lo que podría condicionar una baja
ingesta de lácteos.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 17
Ejemplos de patrón alterado:
La persona considera que su salud es pobre, regular o mala.
Tiene un inadecuado cuidado de su salud.
Tiene hábitos tóxicos.
No tiene adherencia a medidas terapéuticas.
No está vacunada.
Ejemplos de patrón alterado:
Existe una composición corporal no saludable.
No sigue una alimentación saludable.
Existen intolerancias o alergias alimentarias.
Tiene dificultades para la alimentación.
 
PATRÓN 3. ELIMINACIÓN.
1. Colaborar en la detección precoz de signos y síntomas de alerta Mutilación
Genital Femenina (MGF): Dolor/heridas/hemorragia en zona genital, ITUs de
repetición, retención de orina/menstruación.
2. Valorar patrón de eliminación.
PATRÓN 4: ACTIVIDAD-EJERCICIO.
1. Valorar los hábitos de ejercicio físico y fomentar hábitos saludables.
2. Valorar el estado musculoesquelético, cardiovascular y respiratorio: antece-dentes de enfermedades, tolerancia al ejercicio físico, valoración de la movilidad,
realizar un primer registro de constantes vitales.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 18
Aspectos clave:
Detección de alimentación no saludable o no es adecuada a la cultura por parte del 
recurso alojativo: Coordinar con centro para talleres sobre alimentación saludable, 
menú saludable e identificar las mejores opciones disponibles de catering.
Detección precoz de prácticas nefastas para la salud como el engorde forzoso 
o “leblouh” (Mauritania), detección precoz de celiaquía (norte de África), 
detección precoz de caries dental (desaconsejar uso de sacarosa líquida en 
lactantes).
Ejemplos de patrón alterado:
Intestinal: existe estreñimiento, incontinencia, encopresis, diarrea, flatulencia o si la 
persona necesita sistemas de ayuda a la eliminación.
Urinario: presenta incontinencia, retención, disuria, nicturia, utiliza sistemas de 
ayuda.
Sudoración excesiva.
Aspectos clave:
Estreñimiento: relacionado con la inactividad física durante el viaje y el periodo de 
cuarentena, además de por una alimentación inadecuada (raciones de emergencia, 
menús no equilibrados).
Ejemplos de patrón alterado:
Existen síntomas respiratorios y/o circulatorios, alteraciones musculoesqueléticas.
Existen problemas de salud limitantes para la realización de ejercicio y las 
actividades de la vida diaria.
Sedentarismo.
Conductas de riesgo de accidentes.
Incapacidad de ocio habitual.
PATRÓN 5: SUEÑO Y DESCANSO.
1. Valorar y fomentar higiene de sueño teniendo en cuenta que en el proceso
migratorio el insomnio es muy frecuente
PATRÓN 6: COGNITIVO-CONDUCTUAL.
Aspectos específicos a tener en cuenta:
a) A la hora de valorar si existe una alteración de la comunicación verbal debemos
tener en cuenta la barrera lingüística.
b) En cuanto a la valoración del dolor, indagar para valorar si es crónico o agudo.
En los casos de menores que arriben por mar, los dolores musculoesqueléticos
agudos son muy frecuentes debido a la posición en los días de travesía.
c) Para la valoración de la conducta y trastornos del comportamiento debemos
tener en cuenta que el proceso migratorio puede alterar el comportamiento
debido al estrés aculturativo que atraviesan. 
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 19
Aspectos clave:
Recordar la importancia del deporte y la actividad física como elemento clave en la 
inclusión/integración social.
Ejemplos de patrón alterado:
Verbaliza dificultad para conciliar o mantener el sueño.
Excesiva somnolencia, falta de energía durante el día.
Utiliza ayudas (farmacológicas o no) para dormir o descansar.
Conducta irritable en relación a la falta de descanso.
Terrores nocturnos.
Aspectos clave:
Recordar la importancia del deporte y la actividad física como elemento clave.
PATRÓN 7: AUTOPERCEPCIÓN Y AUTOCONCEPTO.
1. Valorar la autoestima y el autoconcepto teniendo en cuenta que debido al
estatus socioeconómico y la diversidad cultural puede existir riesgo de
exclusión y baja autoestima.
PATRÓN 8: ROL Y RELACIONES.
1. Explorar la historia de vida del/la menor:
2. Explorar las relaciones de amistad o potenciales relaciones.
3. Explorar indicadores de maltrato tanto en su lugar de origen como en destino.
Aspectos específicos a tener en cuenta:
• Conocer quiénes son sus cuidadores, su situación y si se encuentran con ella/él.
• Procurar conocer la historia familiar y la relación con su familia en el país de
origen. Tener en cuenta que en numerosas ocasiones los/las menores migrantes
que llegan a Canarias han sufrido numerosas pérdidas familiares.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 20
Aspectos clave:
Tener en cuenta la importancia de la socialización del/de la menor para el 
desarrollo del lenguaje y adaptación cultural.
Ejemplos de patrón alterado:
Alteración de la comunicación debido a un retraso en la adquisición del lenguaje 
(en su lengua materna).
Dolor previo al viaje migratorio.
Ejemplos de patrón alterado:
Baja autoestima relacionada con el estatus socioeconómico del/de la menor y/o 
familiar.
Exclusión social.
Aspectos clave:
Indagar en la inclusión social.
Trabajar aspectos clave sobre autoestima del/de la menor (socialización, integración 
cultural, autopercepción…)
PATRÓN 9: SEXUALIDAD-REPRODUCCIÓN
1. Valorar signos de desarrollo puberal.
2. Explicar y normalizar tanto la menstruación como el flujo vaginal y descartar
que las niñas utilicen métodos lesivos para “secar” la vagina.
Preguntas específicas en niñas:
¿Qué sueles utilizar cuando tienes la menstruación?, ¿qué es para ti tener la regla?,
¿cómo realizas normalmente tu higiene íntima?, ¿sabes lo que es el flujo vaginal?¿hay
algo que te gustaría saber sobre este tema?
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 21
Ejemplos de patrón alterado:
Conductas de aislamiento social y falta de socialización y juego con sus pares
Aspectos clave:
Tener en cuenta que los/las menores migrantes no acompañados se encuentran en 
riesgo social.
Fomentar actividades grupales y ejercicio para socialización.
Ejemplos de patrón alterado:
Flujo vaginal anormal.
Higiene íntima escasa o realización incorrecta
Conductas de riesgo.
Prestar especial atención a los signos que puedan indicar problemas de aceptación de 
su su orientación sexual o identidad de género.
Aspectos clave:
Signos de alerta MGF: Dolor/heridas/hemorragia en zona genital, ITUs de repetición, 
retención de orina/menstruación.
Importante la educación afectivo sexual en adolescentes.
Educación sanitaria sobre métodos anticonceptivos hormonales y de barrera, 
prevención de Enfermedades de transmisión sexual (ETS) y sobre libertad sexual y 
prevención del maltrato y violencia de género.
Ofrecer realización de test de embarazo, ya que en ocasiones las mujeres y 
adolescentes desconocen su embarazo a la llegada. Ofrecer información sobre 
planificación familiar.
PATRÓN 10: ADAPTACIÓN - TOLERANCIA AL ESTRÉS.
1. Debemos valorar la adaptación del/la menor a su nueva situación y cultura.
Aspectos clave a tener en cuenta:
a) La migración constituye un factor de riesgo relevante para la salud mental.
b) Jóvenes migrantes y menores no acompañados presentan un riesgo aumentado
de estrés postraumático, trastornos de conducta y abuso de sustancias. 
En la visita de acogida podemos utilizar alguna de las escalas disponibles para la
valoración de la salud mental y el duelo migratorio.
Preguntas específicas: 
¿Estás a gusto en el nuevo hogar? ¿Tienes amigos nuevos? ¿Te gusta jugar con
ellos?
PATRÓN 11: VALORES Y CREENCIAS.
1. Conocer la religión y la cultura de cada paciente es primordial a la hora de
realizar una buena valoración y unos cuidados transculturales.
Preguntas específicas:
¿Tienes posibilidad de practicar tu religión a lo largo del día? ¿Te gustaría estudiar en
un futuro? ¿Hay alguna profesión que te guste? ¿A qué te gustaría dedicarte de
mayor?
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 22
Ejemplos de patrón alterado:
Indiferencia y apatía en cuanto a planes de futuro en adolescentes.
Ansiedad y retraimiento. Valorar posible discriminación por creencias y religión.
Ejemplos de patrón alterado:
Patrón de conducta alterado: aislamiento, autolesiones, pérdidas de memoria.
Síntomas del área de la ansiedad (tensión, insomnio, pensamientos recurrentes e 
intrusivos, irritabilidad, fatiga, molestias osteoarticulares, cefalea, migraña…)
Aspectos clave:
Recordar la importancia del deporte y la actividad física como elemento clave en la 
inclusión/integración social y disminución del estrés.
ANAMNESIS
Se debe intentar la recopilación de la máxima información posible a través de la
entrevista con la familia o los/las profesionales responsables de la guarda y
acompañamiento de cada menorde edad.
Una anamnesis correcta facilitará la adecuada evaluación de la salud del niño/niña o
adolescente y permitirá intervenir según los puntos vulnerables o factores de riesgo
identificados.
Tabla 2
Antecedentes
Familiares
• Enfermedades hereditarias. 
• Consanguinidad de progenitores.
• Hemoglobinopatías.
• Déficits enzimáticos (lactasa, glucosa-6-fosfato-deshidrogenasa).
• Enfermedades infecciosas (VIH, tuberculosis (TB), hepatitis B (VHB), hepatitis C (VHC),
sífilis). 
• MGF en madres o hermanas.
Antecedentes
Personales
• Control del embarazo (posibilidad de transmisión vertical de infecciones de elevada
prevalencia en las zonas de origen: VHB, VIH, sífilis, paludismo, TB, etc.
• Enfermedades previas y tratamientos recibidos.
• Ingresos hospitalarios /intervenciones quirúrgicas.
• Administración de medicación intramuscular y transfusiones de hemoderivados.
• Alergias.
• Valoración del estado vacunal (Anexo 2).
Historia 
actual
• Identidad y filiación: nombre, edad, procedencia (país y región, zona rural o urbana),
fecha de llegada a España y viajes recientes a su lugar de origen. (Verificar si han sido
realizadas las visitas iniciales de cribado en otro centro).
• Identidad cultural: etnia, religión y lengua materna.
• Conocimiento del idioma del país de llegada. Idiomas que habla.
• Nivel de escolarización.
• Ruta migratoria y condiciones del viaje.
• Apoyos familiares/sociales (composición del núcleo familiar).
• Situación jurídico-administrativa.
• Condiciones de vida en nuestro país: lugar de residencia, convivientes, condiciones de
habitabilidad de la vivienda, convivencia con animales, con tosedores crónicos o con
inmunodeprimidos.
• Tratamientos específicos, con o sin prescripción médica (como antiparasitarios y fecha
de administración más reciente), o toma de hierbas medicinales.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 23
Aspectos clave:
Fomentar la realización de actividades que le motiven.
Fomentar la formación en actividades y posibles trabajos que le gusten y motiven.
Valorar cuando tenga una edad adecuada los planes de futuro que tienen en nuestro 
país (estudios, trabajo, continuación del viaje migratorio...).
• Anamnesis por órganos y aparatos incidiendo en la existencia de: fiebre intermitente,
síntomas respiratorios, dolor abdominal, diarrea, prurito, exantemas y hematuria.
• En el caso de ser mujer, fecha de última regla (FUR) y menarquia, así como ciclos
regulares o irregulares. Facilitar la interconsulta de la menor con matrona/matrón si es
preciso.
• Exploración del duelo migratorio y la salud mental: motivo de la migración, voluntad
de migrar, expectativas de la migración, esfuerzo requerido, nivel de integración social
actual. Cuanto más preparado y consistente sea el proyecto migratorio, más fácil resultará
posteriormente la elaboración del duelo (Anexo 3)
EXPLORACIÓN FÍSICA
Tabla 3
Estado nutricional
Desarrollo
ponderoestatural
Peso, talla, IMC y perímetro
cefálico en < 2 años usando
tablas de la OMS
https://www.who.int/tools/
child-growth-standards
Comprobar catch-up
Velocidad de crecimiento
Piel, ojos, 
mucosas y anejos
Palidez Anemias
Ictericia Hepatopatías
Cicatrices
 
Traumáticas o por vacuna BCG (deltoides, antebrazo parte
ventral, raramente muslo o glúteo)
Lesiones de rascado Micosis, escabiosis, pediculosis, oncocercosis, eczemas,
picaduras
Nódulos subcutáneos 
profundos
 
Oncocercosis, forúnculos, miasis, lepra, leishmaniosis,
eritema nodoso (lepra, TB), cisticercosis, sarcoma de Kaposi
Lesiones
ulceradas/anestésicas
 
Leishmaniosis cutánea, lepra, diabetes, TB, úlcera tropical,
úlcera de Buruli, neoplasias, micosis
Máculas hipopigmentadas
 
Pitiriasis versicolor, lepra (lesiones hipo-anestésicas),
vitíligo, oncocercosis
Máculas hiperpigmentadas Lepra, oncocercosis, melasma, sarcoma de Kaposi
Pelo escaso y sin brillo Malnutrición
Alteraciones en las uñas Onicomicosis y/o traumatismos
Cabeza y cuello
Macrocefalia Toxoplasmosis, hipotiroidismo
Microcefalia Rubeola, toxoplasmosis, sífilis, zika
Trastornos en orofaringe Maloclusión dentaria, caries, fluorosis, muguet
Adenopatías
 
 
TB ganglionar, adenopatías posterocervicales (signo
Winterbotton) en la tripanosomosis, primoinfección VIH,
linfoma
Bocio Hiper o hipotiroidismo
Bucodental Caries
Auditiva y 
Oftalmológica
Previn menores de 5 años y E Snellen a partir de los 6 
años.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 24
https://www.who.int/tools/child-growth-standards
https://www.who.int/tools/child-growth-standards
Tórax
Soplos cardíacos
 
Cardiopatía estructural, anemias (paludismo, 
hemoglobinopatías)
Ruidos respiratorios 
patológicos
Bronquitis, neumonía, TB, asma atípico (geohelmintiasis, 
esquistosomosis)
Abdomen
Hepato-esplenomegalia
 
 
Paludismo, hepatitis virales crónicas, absceso hepático, 
cirrosis, esquistosomosis, fiebre tifoidea, leishmaniosis 
visceral, quiste hidatídico, neoplasia, anemias
Dolor abdominal
Hernias, cicatrices
Tener en cuenta las parasitosis intestinales, entre otras
causas
Estado nutricional
Genitales
Desarrollo puberal Test de Embarazo si la chica refiere antecedentes de
relaciones sexuales
Criptorquidia
Circuncisión 
MGF Grados según la OMS (Anexo 4)
Úlceras ITS
Extremidades
Pulsos periféricos en MMSS y
MMII
 
Linfedema en extremidades 
inferiores
Filariosis
Exploración
neurológica
Básica Neurocisticercosis, intoxicación por Pb….
Desarrollo psicomotor 
Alteraciones psicológicas
Indicadores de maltrato
PRUEBAS COMPLEMENTARIAS
En la infancia en movimiento se recomienda la realización de un cribado estándar
(Apartado A) independientemente de la procedencia, que se complementará con otras
pruebas según su riesgo individual (Apartado B y Anexo 5).
En aquellas personas sin sintomatología relevante, cuyo viaje se haya realizado en
condiciones adversas (por ej. viaje en patera), se recomienda realizar la extracción
para el cribado inicial, una vez transcurridas al menos dos semanas de su llegada a
Canarias. De este modo se evitan interferencias en los resultados secundarios a las
circunstancias del trayecto (por ej. creatinina elevada por deshidratación).
Es aconsejable revisar los resultados lo antes posible ya que, en caso de que existan
parámetros alterados, en algunos laboratorios se podría ampliar el estudio sin
necesidad de volver a requerir nueva extracción.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 25
A.- CRIBADO ESTÁNDAR.
Tabla 4
CRIBADO ESTÁNDAR
(independientemente de la procedencia)
Hemograma Recuento y fórmula
Bioquímica básica
Glucosa, creatinina, ALT, colesterol total,
ferritina, IST (índice de saturación de
transferrina).
Serología: VHB, VHC, VIH y sífilis previa comunicación/consentimiento verbal
Serología VHA > 7 AÑOS
Orina Anormales y sedimento
Parásitos en heces
Test de cribado neonatal - En menores de 1 año.
Cribado auditivo
Mediante otoemisiones acústicas en menores de 3
meses de edad.
B.- CRIBADO SEGÚN RIESGO INDIVIDUAL:
Fuera del cribado estándar, se solicitarán otras pruebas en función de la anamnesis,
factores de riesgo, exploración física, tiempo de estancia en España y las
enfermedades prevalentes en el país de procedencia. En muchos casos habrá que
individualizar la actuación y adaptarla, teniendo en cuenta que en algunas regiones la
información disponible es muy limitada.
Este apartado se debe complementar con el Anexo 5 «Otras determinaciones/pruebas
según área geográfica», en el cual se especifican las enfermedades más prevalentes
según el país de procedencia.
Cribado de enfermedad celíaca:
Solicitar cribado de enfermedad celíaca en migrantes procedentes del
Sáhara Occidental
Sobre todo si presentan otros parámetros analíticos (anemia, ferropenia, elevación de
transaminasas, etc.) o clínicos (dolor abdominal crónico,dispepsia, alteración del hábito
intestinal, etc.) que apoyen la sospecha.
Estudio de anemias:
Ante el hallazgo de anemia microcítica, realizar un diagnóstico
diferencial
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 26
La anemia microcítica es la alteración hematológica más común, por lo que ante la
presencia de ésta, se deberá realizar un diagnóstico diferencial amplio que incluya: la
anemia ferropénica, la anemia de trastornos crónicos y la anemia sideroblástica. Puede
resultar de utilidad la aplicación de índices o fórmulas para diferenciar entre talasemias
y anemia ferropénica, como el índice de Mentzer (VCM en fL/recuento de hematíes en
106/μL), en el que valores de menos de 13 apoyarán el diagnóstico de talasemia.
Estudio de hemoglobinopatías
Solicitar en menores procedentes de países de alta prevalencia de
drepanocitosis y talasemias
Mediante la electroforesis de la Hb y cuantificación de HbA2 y HbF se pueden
detectar precozmente hemoglobinopatías importantes como la drepanocitosis y las
talasemias, de cara a iniciar medidas preventivas que mejorarán la morbimortalidad de
estas personas.
Indicada en migrantes procedentes de países de alta prevalencia que no tengan
realizada una prueba de cribado neonatal o prenatal. Es importante dejarlo reflejado en
la historia en caso de tener realizada alguna prueba de cribado.
Niveles de plomo en sangre (Pb):
Solicitar niveles de plomo en sangre en niños/as procedentes de
zonas de riesgo de intoxicación por este metal y clínica sugestiva
(deterioro del neurodesarrollo, dolor abdominal, cefalea, estreñimiento,
agitación y letargia) y/o pica.
Niveles de vitamina D (vit D):
El estudio y/o profilaxis del posible déficit de vitamina D debe valorarse
a criterio del/la profesional, en niños o niñas con factores de riesgo
(Tabla 5), según la situación clínica, procedencia, siempre teniendo en
cuenta las recomendaciones del PSI.
Según cada caso se podrá optar por solicitar dichos niveles, iniciar profilaxis con
vitamina D sin monitorización de la misma, según criterios del PSI, o incluso tomar una
actitud expectante si consideramos que los factores se han modificado en suficiente
medida al llegar a nuestro medio.
La prevalencia del bajo nivel de vitamina D es un problema global en todas las edades,
particularmente en niñas y mujeres de Oriente Medio.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 27
Si la persona menor presenta algún síntoma o signo de raquitismo u osteomalacia
(tibias varas, dolores óseos, etc.) se ha de realizar el estudio completo.
Tabla 5. FACTORES DE ALTO RIESGO PARA PRESENTAR DÉFICIT DE VITAMINA D
1. Neonatos y lactantes pequeños 
• Deficiencia de vitamina D materna (madres con escasa exposición solar, de piel oscura,
que visten con velo, multíparas o con poca ingesta de vit. D).
• Lactancia materna exclusiva prolongada (> 6 meses) sin suplementación.
• Lactantes menores de 12 meses que reciben < 1000 ml de fórmula adaptada.
• Recién nacido pretérmino y recién nacido de bajo peso para la edad gestacional.
2. Lactantes mayores y niños/as 
Disminución de la síntesis de vitamina D: poca exposición solar.
 Poco tiempo al aire libre.
 Uso de factor de protección >8 (inhibe síntesis >95%).
 Piel oscura.
 Velos, ropa, cristal, etc.
 Latitudes >35-40°, invierno, < altitud, nubosidad, contaminación ambiental.
Disminución de la ingesta de vitamina D.
• Lactancia materna exclusiva prolongada sin suplementación.
• Nutrición pobre.
Ciertas condiciones médicas/enfermedades crónicas.
• Malabsorción intestinal. 
- Enfermedades de intestino delgado (enf. celíaca).
- Insuficiencia pancreática (fibrosis quística).
- Obstrucción biliar (atresia de vías biliares).
• Condiciones que afectan al metabolismo ( disminución de la síntesis o aumento de la 
degradación 25-(OH)D o 1,25(OH)2D) o almacenamiento de la vitamina D . 
- Enfermedades crónicas hepáticas o renales.
- Tratamiento con cimetidina, colestiramina, colestipol, rifampicina, isoniazida,
tiazidas anticonvulsivantes (carbamazepina, valproato, fenitoína, fenobarbital),
antirretrovirales, glucocorticoides y antifúngicos.
• Trastornos genético s ( deficiencia de 25-hidroxilasa y 1-25-hidroxilasa, resistencia 
VD).
Modificada de Previnfad. 
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 28
Cribado de esquistosomosis y estrongiloidosis:
Solicitar serología de Strongyloides stercoralis (STR) en migrantes procedentes
de países endémicos.
Solicitar serología de Schistosoma (SCH) en migrantes procedentes de países
endémicos.
En caso de que ésta sea positiva:
• Repetir el estudio coproparasitológico (3 muestras) si el primer cribado de
parásitos intestinales fue negativo.
• Solicitar estudio de Schistosoma en orina. Es recomendable obtener un volu-
men mínimo de 200 ml (en bote de tapa roja) tras realizar ejercicio físico suave
como carrera corta, salto a la comba o sentadillas.
La esquistosomosis y la estrongiloidosis son infecciones de elevada prevalencia en paí-
ses de renta baja. Son generalmente asintomáticas o presentan síntomas inespecífi-
cos. Son crónicas y pueden presentar complicaciones a largo plazo (hiperinfestación e
infección diseminada por S. stercoralis en pacientes inmunocomprometidos y complica-
ciones urogenitales y hepato-intestinales por Schistosoma spp). Su tratamiento es muy
sencillo y presentan una elevada tasa de curación, aunque se trata de medicamentos
extranjeros de dispensación hospitalaria.
Cribado de enfermedad de Chagas:
Solicitar serología para Trypanosoma cruzi a todo menor de 18 años nacido en
los países endémicos o con una estancia superior a un mes en dichos países.
• Además, se debe incluir a los hijos nacidos en España cuyas madres procedan
de áreas endémicas y sin serologías previas.
• Por otro lado, se recomienda hacer cribado a las mujeres embarazadas
procedentes de dichos países o que hayan permanecido durante un tiempo
superior a 1 mes y que no se les haya realizado serología tras su llegada a
España; idealmente en el primer trimestre, pero si no es posible se puede
solicitar en cualquier momento del embarazo, y tras el parto, con el objetivo de
realizar las pruebas pertinentes al recién nacido y prevenir la transmisión
vertical.
La tasa de curación es alta en la edad pediátrica, siendo mayor a menor edad del
paciente.
Cribado de TB:
Indicado en las personas asintomáticas que proceden de países con una inciden-
cia alta de TB (>50 casos/100.000 habitantes) que hayan llegado al área de baja
incidencia en los últimos 5 años (Anexo 6).
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 29
Eosinofilia:
En caso de presencia de eosinofilia con estudio coproparasitológico y serología
de Strongyloides stercoralis (STR) y Schistosoma negativos y sin otra causa
probable (alergias, fármacos), se hará derivación a una unidad especializada de
enfermedades infecciosas para ampliar su estudio.
A continuación se muestran las causas más frecuentes de eosinofilia.
Tabla 6
PARÁSITOS EN HECES PARÁSITOS QUE CAUSAN
EOSINOFILIA
(no detectados en heces)
CAUSAS NO 
PARASITARIAS DE 
EOSINOFILIA
Causan
eosinofilia
No
causan eosinofilia
Ascaris lumbricoides
Ancylostomas,
Necator spp.
Trichuris trichiura
Strongyloides
stercoralis
Taenias (solium y
saginata)
Schistosomas
Paragonimus
Ophisthorchis
Fasciola
Dientamoeba fragilis
Entoamoeba spp.
Cryptosporidium
Giardia intestinalis
Enterobius
vermicularis
(si la producen, es
leve) 
Blastocistis hominis
Angiostrongylus
Anisakis
Capillaria spp.
Echinococcus
Filariasis (Wuchereria
bancrofti, Brugia
spp, Mansonella spp,
Onchocerca volvulus,
Dracunculus medinensis,
Loa loa)
La etapa de cisticerco de la
Taenia solium
(cisticercosis)
Asma
Atopia
Fármacos
Enfermedadeshematológicas: leucemia,
linfoma,...
Enfermedades
inmunológicas:
enfermedad
de Crohn, lupus...
Modificado de algoritmo de AEPap.
Se incluye enlace a la guía ABE con información al tratamiento específico según el
agente causal. Guía-ABE - parasitosis-intestinales (guia-abe.es)
En la siguiente tabla se enumeran algunos parásitos en heces que puedan generar
dudas sobre su patogenicidad.
Tabla 7
PARÁSITOS EN HECES
PATÓGENOS NO PATÓGENOS PATÓGENOS OCASIONALES*
Entamoeba histolytica
Giardia lamblia
Balantidium coli
Cyclospora cayetanensis
Isospora belli
Enterocytozoon bieneusi
Encephalitozoon intestinalis
Entamoeba dispar
Entamoeba hartmanni
Entamoeba polecki
Entamoeba gingivalis
Endolimax nana
Iodamoeba bütschlii
Chilomastix mesnili
Trichomonas hominis
Trichomonas tenax
Enteromonas hominis
Retortamonas intestinalis
Entamoeba coli
Blastocystis hominis
Dientamoeba fragilis
Cryptosporidium parvum
* dependiendo de la clínica y el huésped.
Modificado de algoritmo de AEPap.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 30
https://guia-abe.es/temas-clinicos-parasitosis-intestinales
8. INTERVENCIÓN DE TRABAJO SOCIAL
EL ACCESO AL SISTEMA SANITARIO
El acceso tardío a los servicios sanitarios de niños, niñas y adolescentes migrantes
puede acarrear consecuencias negativas para su salud, más aún cuando han llegado
sin la compañía o tutela de alguna persona adulta, cuando lo han hecho junto a sus
familias necesitando protección internacional o cuando se encuentran en condiciones
de precariedad.
Varias pueden ser las razones que lo motivan, entre ellas, el desconocimiento de los
mecanismos de acceso al sistema sanitario y las derivadas de la situación
administrativa irregular en la que se encuentran muchas personas con hijos e hijas
menores. También pueden presentarse dificultades en el acceso por las fluctuaciones
en la llegada de menores cuya tutela asume la Entidad Pública o de menores que, junto
a sus familias, reciben ayuda humanitaria.
Trabajo social de salud interviene inicialmente para facilitar el acceso a la atención
sanitaria. Se requiere conocer cuál es la población de menores migrantes en cada
momento e identificar las posibles dificultades u obstáculos para el acceso al sistema
sanitario. Para ello, resulta fundamental mantener una vía formal de comunicación, con
la participación activa de la/el profesional de trabajo social, con:
• La DGPIF y las entidades y organizaciones que gestionan los dispositivos de
emergencia y los hogares de protección de las/los menores cuya tutela recae en
la Entidad Pública;
• Las organizaciones y entidades que desarrollan Programas de Atención
Humanitaria y que gestionan los dispositivos de emergencia y los dispositivos de
atención integral a familias con menores a su cargo;
• Otros recursos específicos de atención a personas migrantes, entre las que se
encuentran las que viven en su domicilio familiar con menores a su cargo, cuya
cobertura alcanza la zona básica de referencia (recursos locales, comarcales,
insulares, provinciales…).
LA VISITA DE ACOGIDA
Una vez las/los menores acceden al sistema sanitario, la intervención viene
determinada por la presencia de problemas de salud asociados a dificultades en la
prestación de cuidados, en especial, patologías crónicas, problemas de salud mental,
consumo de tóxicos y, en cualquier caso, ante una posible situación de desprotección.
En este momento se determina cuál es la situación del/la menor y se interviene para
facilitar el cumplimiento terapéutico y la continuidad de la atención o, en su caso, para
activar los mecanismos de protección a la infancia y la adolescencia por parte de las
instituciones competentes.
Posteriormente, una vez el niño, niña o adolescente se haya incorporado al PSI, se
interviene siguiendo las pautas establecidas en el mismo para cada etapa, ante la
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 31
presencia de factores de riesgo social y de indicadores de sospecha de malos tratos y,
en cualquier caso, cuando se presenten dificultades en la prestación de cuidados ante
un problema de salud.
La derivación a trabajo social se realiza cuando la niña, el niño o adolescente presenta:
 Un problema de salud cuyos cuidados no pueden garantizar las personas responsables de
su atención.
 Una posible situación de riesgo o desprotección.
La valoración social permite la identificación de dificultades y limitaciones así como de
recursos y potencialidades en cada menor, en su familia y en su entorno, a tener
presentes en las intervenciones que se realicen desde el sistema sanitario, tanto a su
llegada como durante el proceso de adaptación que el propio hecho migratorio
conlleva. La historia clínica facilita a la/el profesional de trabajo social la exploración de
las diferentes dimensiones de la valoración, a través de los protocolos. 
Tabla 8
PROTOCOLOS DE VALORACIÓN SOCIAL DE LA HISTORIA CLÍNICA
Autonomía y situación 
de salud
Cuál es su nivel de autonomía (edad, discapacidad), qué problema de salud presenta
(agudo, crónico), cuál es su pronóstico, cuáles son los requerimientos de cuidados
(puntuales, continuados, complejos)..
Familia Quiénes conforman la unidad de convivencia, qué otras personas son relevantes
(familiares o no), cómo son las relaciones y dinámicas familiares, cuáles son los
antecedentes a destacar…
Provisión de cuidados Quiénes prestan los cuidados, cuáles son sus creencias, sus habilidades, su
disponibilidad (actividad laboral, responsabilidad y cuidados de otras personas…),
qué tipo de apoyo reciben (emocional, acompañamiento, adquisición de fármacos,
desplazamiento a servicios sanitarios, ayudas técnicas…), cómo se organizan los
cuidados…
Percepción del estado 
de salud
Cuál es la vivencia individual y familiar...
Escolarización Cuál es su nivel de integración de acuerdo a sus características personales y su
salud...
Vivienda y entorno de 
residencia
Cuáles son las características de la zona, la disponibilidad de servicios básicos de
consumo (supermercado, farmacia, etc.), de protección social (colegio, centro de
salud, unidad de trabajo social, centro sociocultural, etc.); las vías (carreteras, calles,
caminos vecinales) y transporte público; las condiciones de habitabilidad de la
vivienda, las condiciones de acceso internas y externas….
Limitaciones en el/la 
menor, la familia y el 
entorno que condicionan 
o determinan los 
cuidados de salud
Problemas de salud crónicos, cuidados complejos, discapacidad, creencias que no
favorecen la adherencia terapéutica, barreras en la comunicación, dificultades para la
cobertura de bienes básicos de consumo, imposibilidad de adquirir el tratamiento,
escasa o nula disponibilidad de tiempo para prestar cuidados, problemas de salud o
discapacidad en otros miembros de la unidad familiar, carencia o debilidad de apoyos
efectivos, desconocimiento de la disponibilidad de recursos existentes...
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 32
PROTOCOLOS DE VALORACIÓN SOCIAL DE LA HISTORIA CLÍNICA
Condiciones en el/la 
menor, la familia y el 
entorno que favorecen la 
atención y los cuidados, y 
que pueden actuar como 
factores de protección.
Buen estado de salud en general, creencias que favorecen el cumplimiento
terapéutico, experiencia previa en el afrontamiento de situaciones adversas (incluido
el propio hecho migratorio), habilidades para los autocuidados, habilidades para la
gestión de prestaciones, capacidad de contacto con redes, relaciones que favorecen
el apoyo en la red vecinal, respuesta rápida en los apoyos desde amistades y
compatriotas, condiciones que favorecen la integración, disponibilidad de apoyo
puntual por parte de familia/amistades/recursos sistema informal (compra de
medicación, acompañamiento a centro sanitario, préstamo de ayudas técnicas…)Dado que la intervención en la primera consulta va dirigida fundamentalmente a
garantizar los cuidados derivados de un problema de salud específico, es probable que
en la visita de acogida la valoración social se centre en la exploración de los elementos
más directamente relacionados con este. Sin embargo, es fundamental completarla en
futuras consultas de seguimiento, según sea su evolución, en consultas posteriores de
demanda por procesos similares o dentro de las previstas en el PSI.
La intervención de trabajo social va dirigida a:
 Asegurar la adherencia terapéutica y la continuidad de la atención.
 Activar, en su caso, los mecanismos de protección a la infancia y la adolescencia por
parte de las instituciones competentes.
Las intervenciones serán diferentes según sea el problema de salud de la niña, el niño
o adolescente y, fundamentalmente, según sea quien asume la responsabilidad de su
atención.
Cuando se trata de menores cuya tutela corresponde a la Entidad Pública las
intervenciones son puntuales, dado que esta garantiza su atención y cuidados.
También lo son cuando se trata de menores que, junto a sus familias, reciben atención
desde programas de ayuda humanitaria, en dispositivos de emergencia o de atención
integral, dado que en estos se presta la atención y el apoyo que tanto las/los menores
como sus familias necesitan.
Cuando se trata de menores que están a cargo de sus familias (madre, padre, persona
responsable), que viven con ellas en domicilios particulares, se trabaja directamente
con estas, considerando tanto sus dificultades y limitaciones para afrontar la atención y
cuidados que requiere el/la menor y, especialmente, las condiciones que favorecen o
permiten hacer frente a las necesidades de atención y cuidado en este momento.
En todos los casos, las intervenciones dirigidas a garantizar la protección del/la menor
conllevan la comunicación, a partir de la cual se activan los mecanismos de protección
a la infancia y la adolescencia por parte de las instituciones competentes, de:
• Los hechos que puedan suponer la existencia de situaciones de riesgo o
desamparo (Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores
(Artículo 8).
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 33
• Toda acción, omisión o trato negligente que priva a las personas menores de edad
de sus derechos y bienestar, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo
físico, psíquico o social, con independencia de su forma y medio de comisión,
incluida la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación,
especialmente la violencia digital. (PSI y de MGF) (Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio,
de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (Artículo 1.2)
Si en general todas las intervenciones son importantes en sí mismas, las que se
realizan en los primeros contactos con trabajo social cobran especial relevancia. Con
frecuencia, estos se generan en un contexto de gran malestar, derivado de las
experiencias previas y las condiciones de vida, en el que aparece un problema de salud
cuya atención excede las posibilidades de la familia. En ocasiones se trata de
situaciones emocionales límite que requieren un importante trabajo de contención
emocional. En otras, de situaciones carenciales o de emergencia que requieren la
generación o activación de apoyos externos para asegurar los cuidados de cada menor
y, con frecuencia, los cuidados que también necesitan otros miembros de la familia.
Estas intervenciones convierten a la/el trabajador social en un recurso profesional de
referencia y de acompañamiento a la hora de afrontar dificultades sobrevenidas con la
aparición de problemas de salud así como en el seguimiento de las actividades
preventivas contempladas en el PSI.
Para facilitar el registro y seguimiento de las intervenciones que cada profesional de
trabajo social realiza durante la prestación de la asistencia sanitaria existe el protocolo
de Plan de actuación y seguimiento, disponible también en la historia clínica.
LA COORDINACIÓN CON OTROS SISTEMAS DE PROTECCIÓN SOCIAL
La atención a niños, niñas y adolescentes migrantes requiere un mayor esfuerzo de
coordinación interinstitucional, si cabe, con los diferentes sistemas de protección social,
en particular con:
• El Sistema de Servicios Sociales, ante las situaciones de emergencia social, de
riesgo o de exclusión social en general, y en particular de riesgo o desprotección
de la infancia y la adolescencia.
• El Sistema Educativo, ante la posible repercusión de la situación de salud en el
proceso de escolarización.
• El Sistema Judicial, ante cualquier forma de violencia que atente contra la
integridad física, psíquica, psicológica y moral de niñas, niños y adolescentes.
(Protocolos de coordinación interinstitucional ante la violencia y de MGF)
El trabajo social de salud cobra especial relevancia en esta coordinación
interinstitucional, participando activamente en el mantenimiento de una vía formal de
coordinación que permitirá:
• Que desde cada sistema se pongan en marcha las medidas de atención y
protección a la infancia y la adolescencia y que se gestionen los servicios y las
prestaciones en las que tienen competencia. Esto tiene especial importancia
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 34
dado que, por diferentes motivos, en los centros sanitarios se presentan
demandas de intervenciones que son competencia de otros sistemas, en
particular, demandas de gestión de prestaciones.
• Que se programen intervenciones coordinadas entre los distintos sistemas
implicados en cada momento y circunstancia. Esto resulta crucial cuando se
requieren intervenciones sanitarias y sociales complementarias, de forma
simultánea o secuencial.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 35
ANEXO 1.
TRAMITACIÓN DE TARJETA SANITARIA PARA EXTRANJEROS.
MENORES MIGRANTES ACOMPAÑADOS
Deben presentar: certificado de nacimiento y pasaporte (los padres deben
identificarse). Se les da de alta en tarjeta sanitaria como XTO con caducidad hasta los
18 años.
MENORES MIGRANTES ACOMPAÑADOS LLEGADOS EN PATERAS
Deben presentar: informe de la policía, Cruz Roja o centro de acogida, con sus datos.
Se les da de alta como XTO con caducidad de un año, renovables hasta los 18 años.
MENORES MIGRANTES SOLOS LLEGADOS EN PATERAS
Deben presentar: informe del centro de acogida donde consten sus datos personales,
fecha de nacimiento, país de donde procede. Normalmente dicen la edad que tienen y
como fecha de nacimiento se pone 01/01/año de nacimiento. Se le da de alta en Tarjeta
sanitaria como XTO con caducidad de un año, renovables hasta los 18 años.
 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 36
ANEXO 2. ACTUALIZACIÓN DEL ESTADO VACUNAL
Se debe establecer un calendario personalizado que incluya el número de dosis
necesarias según la edad e historia de vacunación. Para ello se fijará el momento de
inicio y los intervalos entre las dosis a administrar, teniendo en cuenta que “dosis
puesta, dosis que cuenta”, siempre que se cumplan la edad mínima de administración y
los intervalos mínimos recomendados entre dosis. La edad mínima se ha establecido
en función de las recomendaciones acordadas en el calendario para toda la vida del
SNS, aunque puede haber variaciones si se utilizan vacunas combinadas. En las
vacunas que habitualmente usamos en calendario no hay un intervalo máximo entre
dos dosis de una misma vacuna que invalide una pauta.
A continuación, se presentan las pautas generales de vacunación por tipos de vacunas
y el calendario de rescate a menores Tabla 9. Dichas pautas se deberán adaptar a las
recomendaciones vigentes en

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