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PROTOCOLO DE ATENCIÓN SANITARIA A MENORES MIGRANTES (INFANCIA EN MOVIMIENTO) Servicio Canario de la Salud Edición: Gobierno de Canarias Consejería de Sanidad Sevicio Canario de la Salud Dirección General de Programas Asistenciales Abril de 2023 ISBN: 978-84-16878-58-1 Todas las denominaciones que en el presente documento se efectúan en masculino-genérico o en feme- nino-genérico, se entenderán aplicables indistintamente a hombres y mujeres. Aunque en esta publicación se utilizan términos en su acepción genérica masculina, los editores manifiestan su respeto al concepto de igualdad y género. ÍNDICE Presentación............................................................................................................ 4 1. Introducción.........................................................................................................5 2. Marco normativo.................................................................................................6 • Normas internacionales...................................................................................7 • Normativa estatal ............................................................................................7 • Normativa autonómica.....................................................................................8 • Legislación específica de menores migrantes………………………………......9 3. Objetivos.............................................................................................................10 4. Alcance y ámbito de aplicación.......................................................................10 5. Organización de la asistencia sanitaria a menores migrantes.....................10 6. Competencia cultural........................................................................................14 7. Visita de acogida...............................................................................................15 • Valoración de enfermería por patrones funcionales.......................................16 • Anamnesis.....................................................................................................23 • Exploración física ..........................................................................................24 • Pruebas complementarias ...........................................................................25 A) Cribado estándar......................................................................................26 B) Riesgo individual...................................................................................... 26 8. Intervención de trabajo social..........................................................................31 • El acceso al sistema sanitario ......................................................................31 • La visita de acogida .....................................................................................31 • La coordinación con otros sistemas de protección social ............................34 9. Anexos...............................................................................................................36 • Anexo 1. Tramitación de tarjeta sanitaria para extranjeros...........................36 • Anexo 2. Actualización del estado vacunal..................................................37 • Anexo 3. Valoración de la salud mental.......................................................39 • Anexo 4. Protocolo Mutilación Genital Femenina..........................................52 • Anexo 5. Otras determinaciones/pruebas según Área Geográfica..............57 • Anexo 6. Cribado de Tuberculosis...............................................................58 10. Bibliografía ......................................................................................................59 Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 3 PRESENTACIÓN En el mundo hay millones de niños y niñas en movimiento, que se desplazan tanto internamente en sus países, como externamente cruzando fronteras. Muchos de estos desplazamientos se deben a la inseguridad, la falta de servicios básicos, los conflictos o los desastres naturales en sus lugares de origen. En los últimos años, en Canarias se ha producido un aumento del flujo migratorio de menores no acompañados, fenómeno que requiere especial atención, ya que estos niños y niñas son especialmente vulnerables y están expuestos a numerosos riesgos. Las personas migrantes tienen diferentes necesidades de salud física y mental, configuradas por las experiencias en su país de origen, su tránsito migratorio, las políticas de entrada e integración del país de acogida y las condiciones de vida y trabajo. Tal y como refleja la OMS, esas experiencias pueden aumentar la vulnerabilidad a las enfermedades crónicas e infecciosas. Este protocolo tiene como objetivo establecer un marco de referencia para la atención sanitaria de menores migrantes en la Comunidad Autónoma Canaria, que garantice el acceso a servicios de salud adecuados y de calidad, independientemente de su origen o situación migratoria. Queremos destacar el enfoque integral y transversal del documento, ya que tiene en cuenta las necesidades específicas de los y las menores migrantes en todas las etapas de su llegada y estancia en nuestra comunidad autónoma. Agradecemos a los y las profesionales que han participado en la elaboración de este documento y esperamos que sea una herramienta esencial para garantizar la protección y el bienestar de los niños y niñas migrantes, asegurando su derecho a la salud y contribuyendo a que reciban una atención sanitaria de calidad. Rita Tristancho Ajamil Directora General de Programas Asistenciales Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 4 1. INTRODUCCIÓN El fenómeno contemporáneo de los flujos migratorios plantea en Canarias una problemática específica de atención a las personas menores de edad extranjeras no acompañadas y acompañadas de conformidad con el enfoque de derechos de la infancia y con la protección jurídico-social establecida en el ordenamiento legal nacional. Según la estimación mundial actual de las Naciones Unidas, en 2020 había unos 281 millones de migrantes internacionales en el mundo, lo que equivale al 3,6% de la población mundial. Esta es una pequeña minoría de la población total, lo que significa que permanecer en el país natal sigue siendo la norma casi universal. La gran mayoría de las personas que migran no cruzan fronteras internacionales; la cifra de migrantes internos es mucho mayor, aunque se observó una disminución por la pandemia, a medida que la inmovilidad relacionada con la COVID-19 paralizó a las comunidades de todo el mundo. En base a los datos del Instituto Canario de Estadística (ISTAC) tenemos a 287.826 extranjeros/as censados en Canarias en 2021, con una disminución de 4716 en relación a 2020. A pesar de que lo más visible son las llegadas por mar, la población infantil que llega a nuestras islas tiene un perfil mucho más diverso y complejo, pongamos por ejemplo las familias magrebíes o sudamericanas llegadas por otras vías con una alta precariedad social y laboral. Hay que considerar además la realidad derivada de la llegada y acogida en los dispositivos de emergencia que en circunstancias excepcionales han podido albergar a más de dos mil menores y de los hogares de protección que, a razón de aproximadamente diez menores por hogar, han podido albergar a más de quinientos. Personas menores extranjeras no acompañadas en Canarias que han llegado a las islas en los años 2020, 2021 y 2022: Tabla 1a: Año Menores migrantes 2020 2050 2021 2623 2022 1662 Nota: Los datos se toman a 31 de diciembre Fuente: Registro del Menor Ámbito: Canarias Periodo: 2020/2021/2022Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 5 Con arreglo a la Convención de los Derechos del Niño, los Estados están obligados a proporcionar a las personas menores no acompañados o separadas de su familia, el mismo acceso a la atención de la salud que nacionales. En cualquier caso y atendiendo al Real Decreto-ley 7/2018 “El acceso al Sistema Nacional de Salud en condiciones de equidad y de universalidad es un derecho primordial de toda persona”. En este sentido, la Atención Primaria (AP) constituye el primer eslabón del sistema sanitario, en el que recae la mayor responsabilidad y esfuerzo para la captación de este colectivo. El derecho a la salud de menores migrantes se hará efectivo teniendo en cuenta la heterogeneidad de la población migrante, condicionada, sobre todo, por su país o área de procedencia, etnia, cultura, religión y nivel socio-económico. La población extranjera conforma un grupo numeroso dentro de nuestra población, por lo que el personal de salud debe formarse y mantenerse actualizado en los aspectos relacionados con las enfermedades importadas y los riesgos asociados a los viajes internacionales. Para homogeneizar las actuaciones a realizar, evitar pruebas complementarias innecesarias y garantizar el diagnóstico de entidades potencialmente graves, se propone una guía de atención inicial a menores migrantes (infancia y adolescencia en movimiento) de cualquier procedencia. Es objetivo de esta guía garantizar una asistencia sanitaria (acorde a sus características especiales) así como una integración adecuada en el Sistema Sanitario. Se recomienda un abordaje multidisciplinar en el que intervengan Unidades de Atención Familiar/Pediátrica (UAF/UAP), ginecología, matronas/es, trabajo social, TCAES (Técnicos/as en Cuidados Auxiliares de Enfermería) , celadores/as, personal administrativo y unidad de salud oral. El documento recoge las líneas básicas de actuación, para garantizar equidad en las actuaciones realizadas en nuestra Comunidad Autónoma, donde las adaptaciones organizativas dependerán de los recursos disponibles en cada momento por las gerencias implicadas en este circuito asistencial. 2. MARCO NORMATIVO El fenómeno migratorio y en concreto del/de la menor migrante, supone un desafío para el conjunto de la Unión Europea, ya que es necesario asegurar una protección real a migrantes menores de edad en todo su territorio. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 6 El contexto normativo internacional, nacional y autonómico que regula la protección de menores y en particular a menores migrantes es el siguiente: 1. Normas internacionales - Declaración Universal de los Derechos Humanos, Naciones Unidas, 1948. París. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. (https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights). - Instrumento de Ratificación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, Nueva York, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, con entrada en vigor el 2 de septiembre de 1990, que se ha ratificado por prácticamente todos los países (España lo hizo el 30 de noviembre de 1990). (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1990-31312). En su artículo 20, promulga: “1. Los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar (…) tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado. 2. Los Estados Partes garantizarán, de conformidad con sus leyes nacionales, otros tipos de cuidado para esos niños. 3. Entre esos cuidados figurarán (…) la colocación en instituciones adecuadas de protección de menores. Al considerar las soluciones, se prestará particular atención a la conveniencia de que haya continuidad en la educación del niño y a su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico.” - Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil. (https://www.boe.es/doue/2011/335/L00001-00014.pdf ) . - Carta Europea de los Derechos del Niño (DOCE nº C 241, de 21 de Septiembre de 1992). (https://www.caib.es/sacmicrofront/archivopub.do?ctrl=MCRST97ZI36262&id=36262). - Las Orientaciones de la UE relativas a la promoción y la protección de los derechos del menor de 2007. (http://www.fmyv.es/ci/es/Infancia/lgpi/27.pdf). - Instrumento de Ratificación del Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, hecho en Lanzarote el 25 de octubre de 2007. ( https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17392 ) . 2. Normativa estatal - Constitución Española de 1978. https://www.boe.es/eli/es/c/1978/12/27/(1)/con). Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 7 https://www.boe.es/eli/es/c/1978/12/27/(1)/con https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17392 http://www.fmyv.es/ci/es/Infancia/lgpi/27.pdf https://www.caib.es/sacmicrofront/archivopub.do?ctrl=MCRST97ZI36262&id=36262 https://www.boe.es/doue/2011/335/L00001-00014.pdf https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1990-31312 https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights - Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12978 ) . - Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. (https://www.boe.es/eli/es/lo/1996/01/15/1/con ) . - Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760). - Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hom- bres. (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6115&p=20130727&tn=2 ) - Ley Orgánica 8/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015- 8222). Dentro del Artículo 1, queda recogido que: “Los menores extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la educación, asistencia sanitaria y servicios y prestaciones sociales básicas, en las mismas condiciones que los menores españoles”. - Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A- 2021-9347 ) . - Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil habiendo si- do objeto de diversas modificaciones. (https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/ con ) . - Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. (https://www.boe.es/eli/es/l/2000/01/07/1/con ) . 3. Normativa autonómica - Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores de la Comunidad Autónoma de Canarias, (https://www.boe.es/eli/es-cn/l/1997/02/07/1). En su Artículo 2 recoge que:“La presente ley es de aplicación a todos los menores de dieciocho años que residan o se encuentren transitoriamente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, salvo que los mismos hayan alcanzado la mayoría de edad en virtud de lo dispuesto en la Ley que les sea aplicable.” En su Artículo 3, en relación a los derechos de los menores: “ Los menores gozarán de los derechos individuales y colectivos que les reconoce la Constitución, los tratados, convenios y pactos internacionales ratificados por el Estado español, especialmente la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989, y la CartaEuropea de los Derechos del Niño, así como en las restantes normas del ordenamiento jurídico.” Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 8 https://www.boe.es/eli/es-cn/l/1997/02/07/1 https://www.boe.es/eli/es/l/2000/01/07/1/con https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9347 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9347 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8222 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8222 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6115&p=20130727&tn=2 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760 https://www.boe.es/eli/es/lo/1996/01/15/1/con https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12978 - Decreto 54/1998, de 17 de abril, por el que se regulan las actuaciones de amparo de los menores. (http://www.gobcan. es/boc/1998/055/001.html ) . - Ley 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de Canarias. (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-13618). - Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. (https://www.boe.es/eli/es-cn/l/2019/05/02/16 ) . En su Artículo 9, en relación a las personas con acceso al sistema público de servicios sociales, son beneficiarias: “Las personas menores de edad extranjeras que se encuentren en Canarias, con independencia de su situación administrativa.” 4. Legislación específica de menores migrantes - Se define como menor extranjero no acompañado (MENA) (artículo 189 del Reglamento de Extranjería (RD 557/2011) a: “Nacionales de terceros países o apátridas menores de dieciocho años que llegan a un país de la UE sin ir acompañados de un adulto a su cargo, o a los menores que quedan sin compañía después de su llegada al territorio de un país de la UE”. (https:// www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-7703 ). - La Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria en su artículo 3, establece que: “la condición de refugiado se reconoce a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país, o al apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos temores, no quiere regresar a él, y no esté incurso en alguna de las causas de exclusión del artículo 8 o de las causas de denegación o revocación del artículo 9”. (https://www.boe.es/eli/es/l/2009/10/30/12/con ) . - Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, (http s://www.boe.es/eli/es/lo/2000/01/11/4/con ) . - En su artículo 35.3, se establece que: “En los supuestos en que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado localicen a un extranjero indocumentado cuya minoría de edad no pueda ser establecida con seguridad, se le dará, por los servicios competentes de protección de menores, la atención inmediata que precise, de acuerdo con lo establecido en la legislación de protección jurídica del menor, poniéndose el hecho en conocimiento inmediato del Ministerio Fiscal, que dispondrá la determinación de su edad, para lo que colaborarán las instituciones sanitarias oportunas que, con carácter prioritario, realizarán las pruebas necesarias”. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 9 https://www.boe.es/eli/es/lo/2000/01/11/4/con https://www.boe.es/eli/es/l/2009/10/30/12/con https://www.boe.es/eli/es-cn/l/2019/05/02/16 https://www.boe.es/eli/es-cn/l/2019/05/02/16 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-13618 http://www.gobcan.es/boc/1998/055/001.html - Real Decreto 903/2021, de 19 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril. (https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/19/903 ) . - Decreto 36/2002, de 8 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los centros para la ejecución de medidas de internamiento de menores y jóvenes infractores dictadas por los Juzgados de Menores. (http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2002/052/001.html ) . 3. OBJETIVOS • Garantizar y facilitar la atención sanitaria adecuada de las personas migrantes menores de 18 años (acompañadas y no acompañadas), procedentes de países de renta baja, individualizando cada caso. • Estandarizar las pruebas complementarias usadas como cribado de enfermedad. • Definir los cauces de coordinación entre las distintas entidades implicadas en la atención de estas personas. • Crear los circuitos de información que faciliten la continuidad de la atención sanitaria de menores migrantes. 4. ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN El protocolo va dirigido a profesionales de la salud que atienden a las personas migrantes menores de 18 años (0 a 17 años) e instituciones implicadas (sanitarias y sociales) a su llegada, y hasta que se incorporen a los programas preventivos establecidos por el Servicio Canario de Salud (SCS) según edad. 5. ORGANIZACIÓN DE LA ASISTENCIA SANITARIA DE MENORES MIGRANTES Las personas menores que lleguen a las costas canarias por mar de manera irregular, deberán cumplir con las directrices publicadas por los Ministerios de Sanidad y/o Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y la Dirección General de Salud Pública (DGSP) del Gobierno de Canarias, aplicadas a cada situación en particular. Así mismo, se han articulado mecanismos de coordinación entre la DGSP y la Unidad de Emergencias Migratorias de la Secretaría de Estado de Migraciones (SEM) para dar una respuesta sanitaria rápida y adecuada ante los posibles riesgos para la Salud Pública que puedan generar estos flujos migratorios, así como la adopción de medidas Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 10 http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2002/052/001.html https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/19/903 encaminadas a la prevención y control de la transmisión de enfermedades infecto- contagiosas. Esta coordinación queda reflejada en un protocolo de comunicación socio- sanitaria entre los servicios involucrados en la atención a las personas migrantes llegadas a costas o acogidas temporalmente en centros de migraciones en las Islas Canarias. El objetivo de este protocolo es facilitar la homogenización de las actuaciones para realizar un seguimiento adecuado de las personas derivadas a centros hospitalarios, traslados interinsulares o al continente europeo, así como cualquier asunto en materia sanitaria que pueda afectar tanto a los centros como a los beneficiarios. La organización de la atención sanitaria diferirá según sea la situación de las personas menores a su llegada: a) Menores que viven en el domicilio familiar a cargo de sus familias (madres, padres o tutores). En este caso, se pueden generar algunas dificultades para recibir de forma adecuada la atención sanitaria, ya que puede existir resistencia por parte de su padre, madre o tutor/a para efectuar los trámites burocráticos que permiten acceder a los servicios públicos de salud (por ej. solicitar la Tarjeta Sanitaria Individual para el/la menor), por miedo a la devolución a sus países de origen al encontrarse en situaciónadministrativa irregular. Todo ello supone un serio obstáculo para atender de manera adecuada y continuada a las/los menores. Las unidades administrativas de cada centro les gestionarán la tarjeta sanitaria (A nexo 1) y se les asignará UAF/UAP según sea su edad. Es importante que las mismas estén atentas a detectar este tipo de pacientes, para resolver miedos y dudas ante la prestación sanitaria y su situación legal en nuestro país. La captación de este colectivo y el circuito de entrada al sistema sanitario será mediante captación oportunista, a través de: • Las UAF/UAP, matrona/matrón, trabajo social, así como del área administrativa, de menores que viven con sus familias en la Zona Básica de Salud (ZBS). • La coordinación con otros recursos específicos que pueden estar prestando atención a personas migrantes con menores a su cargo que viven en su domicilio familiar. b) Menores que viven en dispositivos de Protección de Menores y dispositivos de Ayuda Humanitaria. En este colectivo, podemos encontrar dos situaciones diferenciadas: ➢ Menores que viven con sus familias en dispositivos de atención humanitaria dependientes de la SEM y gestionados por diferentes organizaciones (Cruz Roja, ACCEM, Fundación Cruz Blanca…). En esta situación se encuentran quienes han llegado por vía marítima de forma irregular. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 11 ➢ Menores bajo la tutela de la Entidad Pública a través de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia (DGPIF) que pueden encontrarse viviendo en hogares de protección, en dispositivos de emergencia para menores en la misma situación o, en menor proporción, con familias en acogimiento temporal. En estos casos las dificultades para su atención pueden darse por varios factores: • La sobrecarga que se puede producir en las ZBS donde residen. • El traslado a otro centro debido a necesidades de organización de la institución responsable, lo que dificulta su seguimiento. • La variabilidad en la gestión de los centros dependientes de organizaciones públicas o privadas. • Los miedos a la transmisión de enfermedades infecciosas en el entorno de convivencia, en condiciones no siempre favorables. La captación de este colectivo y el circuito de entrada al sistema sanitario será mediante captación activa, a través de la coordinación con las entidades y dispositivos responsables de la atención a menores. La escasa formación para intervenir en materia de migración puede suponer una dificultad añadida por lo que se plantea una formación específica en esta materia para el personal del área administrativa. Resulta fundamental la recogida adecuada de los datos de filiación que permita la localización sencilla y rápida de la persona adulta responsable del/la menor (familiar, tutor/a o Entidad Pública) (teléfono fijo y móvil, dirección) durante todo el proceso de valoración de su estado de salud. Para garantizar la continuidad asistencial de menores migrantes que, con sus familias, se encuentran en dispositivos de ayuda humanitaria, de emergencia o de atención integral, o de menores cuya tutela recae en la Entidad Pública y que se encuentran en dispositivos de acogida, es necesario establecer un canal de comunicación y coordinación estable entre la ZBS de referencia y dichos dispositivos. El personal de los dispositivos en donde estén acogidos los/las menores, mediante los mecanismos que designe la Gerencia correspondiente, trasmitirá los datos (nombre, apellido, fecha de nacimiento, país de origen), para la solicitud de la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) de los mismos y la asignación de UAF/UAP. (Anexo 1 ) Tras ese contacto se establecerá un PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN, por escrito, para organizar la asistencia sanitaria de estas personas menores, adaptados a cada ZBS implicada. El/la profesional de trabajo social en este caso será la persona referente de la Dirección y Subdirección de la ZBS en la organización de la asistencia sanitaria a través de la coordinación con la DGPIF y dispositivos de atención a menores migrantes, así como con los dispositivos de atención humanitaria que, en su caso, presten atención a esta población. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 12 En cualquier caso, la DGPIF y las Organizaciones de Ayuda Humanitaria comunicarán todas las variaciones respecto a la población de menores que reciben asistencia desde los dispositivos correspondientes, y estos, a su vez, se coordinarán con los centros de salud de referencia para concretar la forma de acceso a la asistencia sanitaria. Se intentará que desde cada Entidad se mantenga un mismo referente para salud (en el acompañamiento de las/los menores a los centros sanitarios) y la presencia de un/a mediador/a cultural o, en su defecto, un/a intérprete, para facilitar la prestación de la asistencia sanitaria. Para todas ellas existen diferentes modalidades de consulta dependiendo de las necesidades: • URGENTE: acudiendo al servicio de urgencias hospitalario o extrahospitalario, si la situación valorada previamente por el personal del centro lo requiere. • DEMANDA: por parte de las personas responsables o desde el centro de acogida, solicita la cita a través del teléfono de atención ciudadana 012. • PROGRAMADA: el/la profesional promueve y gestiona la cita. En esta se incluyen las visitas correspondientes al Programa de Salud Infantil (PSI). Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 13 La recomendación de asistencia dentro del PSI en consulta como intervalos máximos, siempre y cuando puedan ser captados, según grupo de edad, serían: ✔ Menores de 6 años , antes del primer mes tras su llegada. ✔ Edad comprendida entre 6- 18 años: antes de 3 meses tras su llegada. Para el registro de la información en menores entre 15 y 17 años (que es la mayor proporción de menores que llega) hasta que se defina la visita para esta franja de edad (entre PSI y Programa de Actividades Preventivas y de Promoción de la Salud, PAPPS) usar en su defecto la revisión de 12-14 años del PSI. 6. COMPETENCIA CULTURAL La competencia cultural se define como el proceso en el que los y las profesionales del cuidado de la salud se esfuerzan por lograr la habilidad para trabajar adecuadamente dentro de un contexto cultural en una familia, en un individuo o en una comunidad. Las barreras idiomáticas y/o culturales entre el personal sanitario y el/la menor y sus acompañantes (si los hubiera) representan un obstáculo evidente en este escenario, por lo que se hace imprescindible la participación de un/a mediador/a que facilite la comunicación y relación entre ambas partes. Pero las posibles barreras en la comunicación van más allá de las dificultades para hacer un diagnóstico correcto. Cuando el/la paciente y el/la profesional sanitario/a no logran comunicarse adecuadamente, surge la incomodidad por ambas partes y, como consecuencia de ello, el grado de confianza disminuye. Esta pérdida de confianza lleva, muy a menudo, al paciente a incumplir el tratamiento o a abandonar su seguimiento. Un resultado indeseable de este distanciamiento será una peor evolución de su enfermedad o la necesidad de acudir con más frecuencia a los servicios de urgencia, con lo que aumenta enormemente el gasto sanitario. Los servicios de mediación permiten minimizar las dificultades que las personas migrantes se encuentran en su proceso de adaptación a los sistemas y mecanismos del país de acogida, con una ayuda que va más allá de la simple interpretación, garantizando una atención de calidad y en igualdad de condiciones para todas ellas, con independencia de su origen o etnia. En tanto en cuanto no se disponga de esta figura demediador/a cultural, se recomienda el uso de recursos digitales como la APP Mitradassan, desarrollada por el SCS y, material informativo en diferentes dialectos ya existentes, implementados por organizaciones que trabajan con este colectivo. El primer paso para avanzar en la competencia cultural es identificar y evitar el etnocentrismo, pensamiento de que la propia cultura es mejor, eliminar los prejuicios con el fin de entender las diferentes culturas y adquirir conciencia cultural. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 14 Los y las profesionales que atienden a población migrante deben ser conscientes de la importancia de los cuidados transculturales. A medida que el entorno se vuelve más diverso, deben formarse para poder ofrecer cuidados culturalmente competentes. La formación es un elemento clave como medio para conocer la influencia de la cultura en el proceso de salud-enfermedad, en la interpretación del mismo y en las respuestas a los cuidados de la salud. Las habilidades comunicativas toman relevancia en este contexto. Deberíamos cuidar especialmente: la empatía, la baja reactividad, la comunicación no verbal, la paciencia y el respeto. Algunas claves de la Humildad Cultural son: actitud abierta/ curiosidad, conciencia de los propios pensamientos/prejuicios, conciencia del contexto de los demás, dejar a un lado el ego, autorreflexión y aprendizaje continuo. 7. VISITA DE ACOGIDA En aquellas personas que procedan de países con Índice de Desarrollo Humano bajo, pertenezcan a entornos con un nivel socioeconómico precario y/o que no hayan tenido acceso a un sistema sanitario equiparable al nuestro, se propone realizar una Visita de Acogida inicial que permita conocer el estado de salud de cada menor y su integración en el Sistema Nacional de Salud (SNS). Prestando especial atención a las bases de la entrevista clínica (cordialidad, asertividad, baja reactividad y empatía), el desarrollo de dicha valoración inicial será similar a cualquier otra consulta programada de salud, esto es: anamnesis, exploración física, solicitud de pruebas complementarias (individualizar atendiendo a las características del/la menor y a la información aportada) y plan de actuación. La visita de acogida se llevará a cabo de forma conjunta por su UAF/UAP asignados. Se programarán posteriormente las revisiones y vacunaciones correspondientes según el PSI. En la consulta de enfermería se prestará especial atención a la valoración por Patrones Funcionales de Salud. Debe promoverse la confianza y un ambiente acogedor, evitando en lo posible preguntas intimidatorias y procedimientos invasivos. Su desarrollo se verá facilitado por la observación de las distintas reacciones emocionales tanto por parte de los/las menores (miedo, inseguridad, desconfianza) como del personal sanitario (dificultades culturales, enfermedades desconocidas). Para salvar las barreras idiomáticas y culturales, se recomienda que esté presente una persona mediadora intercultural que proporcione comprensión de la lengua y la cultura. La Historia de Salud Digital permite continuar con el plan de atención del/la menor en otros dispositivos sanitarios de la Comunidad. Pero es aconsejable proporcionar un INFORME DE SALUD al responsable del/de la menor ante la posibilidad de que sean desplazados a otras comunidades autónomas o fuera del país. Se recomienda en la Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 15 visita de acogida que sea un informe tipo ICAP (informe clínico de AP), donde se verán reflejados todos los apartados de la misma. En las visitas sucesivas sería suficiente con imprimir el resumen de estas. VALORACIÓN DE ENFERMERÍA POR PATRONES FUNCIONALES La valoración enfermera debe realizarse siguiendo el PSI desde la perspectiva biopsicosocial. Seguir las mismas recomendaciones del PSI con algunas especificaciones en algunos de ellos. Se deben detectar posibles problemas o disposición por mejorar su salud, que podremos abordar en consultas posteriores. PATRÓN 1: PERCEPCIÓN-MANEJO DE LA SALUD. 1. Reconocer que el concepto salud y enfermedad difiere entre culturas y saber cómo percibe el/la menor (o sus progenitores) su salud y bienestar. Aspectos específicos: a) Determinadas culturas no ven necesaria una prevención o una valoración a no ser que se padezca alguna patología. b) Debemos tener en cuenta que la salud es para la población migrante un valor esencial y básico, sobre todo porque es el vehículo necesario e imprescindible para poder trabajar. c) En algunas culturas (subsahariana) existe una representación imaginaria de la enfermedad; como por ejemplo, la hematuria puede considerarse signo de virilidad y no consultan por ello. d) Para algunas personas su religión es especialmente importante y orienta la explicación de salud y enfermedad. e) En la cultura latina es frecuente dar mucha importancia a la exploración física, pruebas complementarias y empleo de tecnología para saber el diagnóstico de la enfermedad. f) En población africana a veces son reacios a que se les realice extracciones de sangre por creencias culturales. 2. Evaluar las prácticas preventivas que realiza el/la menor (o sus progenitores), evaluar autocuidados, higiene y prevención de accidentes en el/la menor. Aspectos específicos: a) Frecuente la no participación en los controles de salud por la desinformación, el temor a procedimientos a los que nunca se han sometido (como una analítica de sangre), y temor a acudir a los centros sanitarios por miedo a su identificación y deportación o por la barrera idiomática. Importante crear un ambiente de confianza. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 16 b) Debemos evitar caer en el etnocentrismo (creer que nuestros valores son mejores al resto) o la imposición cultural (imponer los propios valores y creencias a otra persona). c) En determinados entornos sociales los hábitos tóxicos en menores son muy frecuentes, debemos indagar sobre ello. Cita programada para abordaje, Educación para la Salud individual (EPS), programas de salud grupales (PAFCAN) y prescripción de recursos comunitarios (unidades de atención a las drogodependencias, etc.). PATRÓN 2: NUTRICIONAL – METABÓLICO. 1. Valorar si el/la menor está alimentándose de manera correcta y saludable. 2. Valorar gustos y tradiciones en país de origen para poder adaptar las recomenda- ciones alimenticias a su cultura. 3. Registrar los primeros datos de somatometría y detectar posibles problemas en este patrón. Aspectos específicos a tener en cuenta: a) Consumo deficitario de lácteos en menores de origen pakistaní y otros países asiáticos. b) Hay que tomar en consideración el alto porcentaje de intolerancia a la lactosa en personas de origen asiático y africano, lo que podría condicionar una baja ingesta de lácteos. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 17 Ejemplos de patrón alterado: La persona considera que su salud es pobre, regular o mala. Tiene un inadecuado cuidado de su salud. Tiene hábitos tóxicos. No tiene adherencia a medidas terapéuticas. No está vacunada. Ejemplos de patrón alterado: Existe una composición corporal no saludable. No sigue una alimentación saludable. Existen intolerancias o alergias alimentarias. Tiene dificultades para la alimentación. PATRÓN 3. ELIMINACIÓN. 1. Colaborar en la detección precoz de signos y síntomas de alerta Mutilación Genital Femenina (MGF): Dolor/heridas/hemorragia en zona genital, ITUs de repetición, retención de orina/menstruación. 2. Valorar patrón de eliminación. PATRÓN 4: ACTIVIDAD-EJERCICIO. 1. Valorar los hábitos de ejercicio físico y fomentar hábitos saludables. 2. Valorar el estado musculoesquelético, cardiovascular y respiratorio: antece-dentes de enfermedades, tolerancia al ejercicio físico, valoración de la movilidad, realizar un primer registro de constantes vitales. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 18 Aspectos clave: Detección de alimentación no saludable o no es adecuada a la cultura por parte del recurso alojativo: Coordinar con centro para talleres sobre alimentación saludable, menú saludable e identificar las mejores opciones disponibles de catering. Detección precoz de prácticas nefastas para la salud como el engorde forzoso o “leblouh” (Mauritania), detección precoz de celiaquía (norte de África), detección precoz de caries dental (desaconsejar uso de sacarosa líquida en lactantes). Ejemplos de patrón alterado: Intestinal: existe estreñimiento, incontinencia, encopresis, diarrea, flatulencia o si la persona necesita sistemas de ayuda a la eliminación. Urinario: presenta incontinencia, retención, disuria, nicturia, utiliza sistemas de ayuda. Sudoración excesiva. Aspectos clave: Estreñimiento: relacionado con la inactividad física durante el viaje y el periodo de cuarentena, además de por una alimentación inadecuada (raciones de emergencia, menús no equilibrados). Ejemplos de patrón alterado: Existen síntomas respiratorios y/o circulatorios, alteraciones musculoesqueléticas. Existen problemas de salud limitantes para la realización de ejercicio y las actividades de la vida diaria. Sedentarismo. Conductas de riesgo de accidentes. Incapacidad de ocio habitual. PATRÓN 5: SUEÑO Y DESCANSO. 1. Valorar y fomentar higiene de sueño teniendo en cuenta que en el proceso migratorio el insomnio es muy frecuente PATRÓN 6: COGNITIVO-CONDUCTUAL. Aspectos específicos a tener en cuenta: a) A la hora de valorar si existe una alteración de la comunicación verbal debemos tener en cuenta la barrera lingüística. b) En cuanto a la valoración del dolor, indagar para valorar si es crónico o agudo. En los casos de menores que arriben por mar, los dolores musculoesqueléticos agudos son muy frecuentes debido a la posición en los días de travesía. c) Para la valoración de la conducta y trastornos del comportamiento debemos tener en cuenta que el proceso migratorio puede alterar el comportamiento debido al estrés aculturativo que atraviesan. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 19 Aspectos clave: Recordar la importancia del deporte y la actividad física como elemento clave en la inclusión/integración social. Ejemplos de patrón alterado: Verbaliza dificultad para conciliar o mantener el sueño. Excesiva somnolencia, falta de energía durante el día. Utiliza ayudas (farmacológicas o no) para dormir o descansar. Conducta irritable en relación a la falta de descanso. Terrores nocturnos. Aspectos clave: Recordar la importancia del deporte y la actividad física como elemento clave. PATRÓN 7: AUTOPERCEPCIÓN Y AUTOCONCEPTO. 1. Valorar la autoestima y el autoconcepto teniendo en cuenta que debido al estatus socioeconómico y la diversidad cultural puede existir riesgo de exclusión y baja autoestima. PATRÓN 8: ROL Y RELACIONES. 1. Explorar la historia de vida del/la menor: 2. Explorar las relaciones de amistad o potenciales relaciones. 3. Explorar indicadores de maltrato tanto en su lugar de origen como en destino. Aspectos específicos a tener en cuenta: • Conocer quiénes son sus cuidadores, su situación y si se encuentran con ella/él. • Procurar conocer la historia familiar y la relación con su familia en el país de origen. Tener en cuenta que en numerosas ocasiones los/las menores migrantes que llegan a Canarias han sufrido numerosas pérdidas familiares. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 20 Aspectos clave: Tener en cuenta la importancia de la socialización del/de la menor para el desarrollo del lenguaje y adaptación cultural. Ejemplos de patrón alterado: Alteración de la comunicación debido a un retraso en la adquisición del lenguaje (en su lengua materna). Dolor previo al viaje migratorio. Ejemplos de patrón alterado: Baja autoestima relacionada con el estatus socioeconómico del/de la menor y/o familiar. Exclusión social. Aspectos clave: Indagar en la inclusión social. Trabajar aspectos clave sobre autoestima del/de la menor (socialización, integración cultural, autopercepción…) PATRÓN 9: SEXUALIDAD-REPRODUCCIÓN 1. Valorar signos de desarrollo puberal. 2. Explicar y normalizar tanto la menstruación como el flujo vaginal y descartar que las niñas utilicen métodos lesivos para “secar” la vagina. Preguntas específicas en niñas: ¿Qué sueles utilizar cuando tienes la menstruación?, ¿qué es para ti tener la regla?, ¿cómo realizas normalmente tu higiene íntima?, ¿sabes lo que es el flujo vaginal?¿hay algo que te gustaría saber sobre este tema? Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 21 Ejemplos de patrón alterado: Conductas de aislamiento social y falta de socialización y juego con sus pares Aspectos clave: Tener en cuenta que los/las menores migrantes no acompañados se encuentran en riesgo social. Fomentar actividades grupales y ejercicio para socialización. Ejemplos de patrón alterado: Flujo vaginal anormal. Higiene íntima escasa o realización incorrecta Conductas de riesgo. Prestar especial atención a los signos que puedan indicar problemas de aceptación de su su orientación sexual o identidad de género. Aspectos clave: Signos de alerta MGF: Dolor/heridas/hemorragia en zona genital, ITUs de repetición, retención de orina/menstruación. Importante la educación afectivo sexual en adolescentes. Educación sanitaria sobre métodos anticonceptivos hormonales y de barrera, prevención de Enfermedades de transmisión sexual (ETS) y sobre libertad sexual y prevención del maltrato y violencia de género. Ofrecer realización de test de embarazo, ya que en ocasiones las mujeres y adolescentes desconocen su embarazo a la llegada. Ofrecer información sobre planificación familiar. PATRÓN 10: ADAPTACIÓN - TOLERANCIA AL ESTRÉS. 1. Debemos valorar la adaptación del/la menor a su nueva situación y cultura. Aspectos clave a tener en cuenta: a) La migración constituye un factor de riesgo relevante para la salud mental. b) Jóvenes migrantes y menores no acompañados presentan un riesgo aumentado de estrés postraumático, trastornos de conducta y abuso de sustancias. En la visita de acogida podemos utilizar alguna de las escalas disponibles para la valoración de la salud mental y el duelo migratorio. Preguntas específicas: ¿Estás a gusto en el nuevo hogar? ¿Tienes amigos nuevos? ¿Te gusta jugar con ellos? PATRÓN 11: VALORES Y CREENCIAS. 1. Conocer la religión y la cultura de cada paciente es primordial a la hora de realizar una buena valoración y unos cuidados transculturales. Preguntas específicas: ¿Tienes posibilidad de practicar tu religión a lo largo del día? ¿Te gustaría estudiar en un futuro? ¿Hay alguna profesión que te guste? ¿A qué te gustaría dedicarte de mayor? Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 22 Ejemplos de patrón alterado: Indiferencia y apatía en cuanto a planes de futuro en adolescentes. Ansiedad y retraimiento. Valorar posible discriminación por creencias y religión. Ejemplos de patrón alterado: Patrón de conducta alterado: aislamiento, autolesiones, pérdidas de memoria. Síntomas del área de la ansiedad (tensión, insomnio, pensamientos recurrentes e intrusivos, irritabilidad, fatiga, molestias osteoarticulares, cefalea, migraña…) Aspectos clave: Recordar la importancia del deporte y la actividad física como elemento clave en la inclusión/integración social y disminución del estrés. ANAMNESIS Se debe intentar la recopilación de la máxima información posible a través de la entrevista con la familia o los/las profesionales responsables de la guarda y acompañamiento de cada menorde edad. Una anamnesis correcta facilitará la adecuada evaluación de la salud del niño/niña o adolescente y permitirá intervenir según los puntos vulnerables o factores de riesgo identificados. Tabla 2 Antecedentes Familiares • Enfermedades hereditarias. • Consanguinidad de progenitores. • Hemoglobinopatías. • Déficits enzimáticos (lactasa, glucosa-6-fosfato-deshidrogenasa). • Enfermedades infecciosas (VIH, tuberculosis (TB), hepatitis B (VHB), hepatitis C (VHC), sífilis). • MGF en madres o hermanas. Antecedentes Personales • Control del embarazo (posibilidad de transmisión vertical de infecciones de elevada prevalencia en las zonas de origen: VHB, VIH, sífilis, paludismo, TB, etc. • Enfermedades previas y tratamientos recibidos. • Ingresos hospitalarios /intervenciones quirúrgicas. • Administración de medicación intramuscular y transfusiones de hemoderivados. • Alergias. • Valoración del estado vacunal (Anexo 2). Historia actual • Identidad y filiación: nombre, edad, procedencia (país y región, zona rural o urbana), fecha de llegada a España y viajes recientes a su lugar de origen. (Verificar si han sido realizadas las visitas iniciales de cribado en otro centro). • Identidad cultural: etnia, religión y lengua materna. • Conocimiento del idioma del país de llegada. Idiomas que habla. • Nivel de escolarización. • Ruta migratoria y condiciones del viaje. • Apoyos familiares/sociales (composición del núcleo familiar). • Situación jurídico-administrativa. • Condiciones de vida en nuestro país: lugar de residencia, convivientes, condiciones de habitabilidad de la vivienda, convivencia con animales, con tosedores crónicos o con inmunodeprimidos. • Tratamientos específicos, con o sin prescripción médica (como antiparasitarios y fecha de administración más reciente), o toma de hierbas medicinales. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 23 Aspectos clave: Fomentar la realización de actividades que le motiven. Fomentar la formación en actividades y posibles trabajos que le gusten y motiven. Valorar cuando tenga una edad adecuada los planes de futuro que tienen en nuestro país (estudios, trabajo, continuación del viaje migratorio...). • Anamnesis por órganos y aparatos incidiendo en la existencia de: fiebre intermitente, síntomas respiratorios, dolor abdominal, diarrea, prurito, exantemas y hematuria. • En el caso de ser mujer, fecha de última regla (FUR) y menarquia, así como ciclos regulares o irregulares. Facilitar la interconsulta de la menor con matrona/matrón si es preciso. • Exploración del duelo migratorio y la salud mental: motivo de la migración, voluntad de migrar, expectativas de la migración, esfuerzo requerido, nivel de integración social actual. Cuanto más preparado y consistente sea el proyecto migratorio, más fácil resultará posteriormente la elaboración del duelo (Anexo 3) EXPLORACIÓN FÍSICA Tabla 3 Estado nutricional Desarrollo ponderoestatural Peso, talla, IMC y perímetro cefálico en < 2 años usando tablas de la OMS https://www.who.int/tools/ child-growth-standards Comprobar catch-up Velocidad de crecimiento Piel, ojos, mucosas y anejos Palidez Anemias Ictericia Hepatopatías Cicatrices Traumáticas o por vacuna BCG (deltoides, antebrazo parte ventral, raramente muslo o glúteo) Lesiones de rascado Micosis, escabiosis, pediculosis, oncocercosis, eczemas, picaduras Nódulos subcutáneos profundos Oncocercosis, forúnculos, miasis, lepra, leishmaniosis, eritema nodoso (lepra, TB), cisticercosis, sarcoma de Kaposi Lesiones ulceradas/anestésicas Leishmaniosis cutánea, lepra, diabetes, TB, úlcera tropical, úlcera de Buruli, neoplasias, micosis Máculas hipopigmentadas Pitiriasis versicolor, lepra (lesiones hipo-anestésicas), vitíligo, oncocercosis Máculas hiperpigmentadas Lepra, oncocercosis, melasma, sarcoma de Kaposi Pelo escaso y sin brillo Malnutrición Alteraciones en las uñas Onicomicosis y/o traumatismos Cabeza y cuello Macrocefalia Toxoplasmosis, hipotiroidismo Microcefalia Rubeola, toxoplasmosis, sífilis, zika Trastornos en orofaringe Maloclusión dentaria, caries, fluorosis, muguet Adenopatías TB ganglionar, adenopatías posterocervicales (signo Winterbotton) en la tripanosomosis, primoinfección VIH, linfoma Bocio Hiper o hipotiroidismo Bucodental Caries Auditiva y Oftalmológica Previn menores de 5 años y E Snellen a partir de los 6 años. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 24 https://www.who.int/tools/child-growth-standards https://www.who.int/tools/child-growth-standards Tórax Soplos cardíacos Cardiopatía estructural, anemias (paludismo, hemoglobinopatías) Ruidos respiratorios patológicos Bronquitis, neumonía, TB, asma atípico (geohelmintiasis, esquistosomosis) Abdomen Hepato-esplenomegalia Paludismo, hepatitis virales crónicas, absceso hepático, cirrosis, esquistosomosis, fiebre tifoidea, leishmaniosis visceral, quiste hidatídico, neoplasia, anemias Dolor abdominal Hernias, cicatrices Tener en cuenta las parasitosis intestinales, entre otras causas Estado nutricional Genitales Desarrollo puberal Test de Embarazo si la chica refiere antecedentes de relaciones sexuales Criptorquidia Circuncisión MGF Grados según la OMS (Anexo 4) Úlceras ITS Extremidades Pulsos periféricos en MMSS y MMII Linfedema en extremidades inferiores Filariosis Exploración neurológica Básica Neurocisticercosis, intoxicación por Pb…. Desarrollo psicomotor Alteraciones psicológicas Indicadores de maltrato PRUEBAS COMPLEMENTARIAS En la infancia en movimiento se recomienda la realización de un cribado estándar (Apartado A) independientemente de la procedencia, que se complementará con otras pruebas según su riesgo individual (Apartado B y Anexo 5). En aquellas personas sin sintomatología relevante, cuyo viaje se haya realizado en condiciones adversas (por ej. viaje en patera), se recomienda realizar la extracción para el cribado inicial, una vez transcurridas al menos dos semanas de su llegada a Canarias. De este modo se evitan interferencias en los resultados secundarios a las circunstancias del trayecto (por ej. creatinina elevada por deshidratación). Es aconsejable revisar los resultados lo antes posible ya que, en caso de que existan parámetros alterados, en algunos laboratorios se podría ampliar el estudio sin necesidad de volver a requerir nueva extracción. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 25 A.- CRIBADO ESTÁNDAR. Tabla 4 CRIBADO ESTÁNDAR (independientemente de la procedencia) Hemograma Recuento y fórmula Bioquímica básica Glucosa, creatinina, ALT, colesterol total, ferritina, IST (índice de saturación de transferrina). Serología: VHB, VHC, VIH y sífilis previa comunicación/consentimiento verbal Serología VHA > 7 AÑOS Orina Anormales y sedimento Parásitos en heces Test de cribado neonatal - En menores de 1 año. Cribado auditivo Mediante otoemisiones acústicas en menores de 3 meses de edad. B.- CRIBADO SEGÚN RIESGO INDIVIDUAL: Fuera del cribado estándar, se solicitarán otras pruebas en función de la anamnesis, factores de riesgo, exploración física, tiempo de estancia en España y las enfermedades prevalentes en el país de procedencia. En muchos casos habrá que individualizar la actuación y adaptarla, teniendo en cuenta que en algunas regiones la información disponible es muy limitada. Este apartado se debe complementar con el Anexo 5 «Otras determinaciones/pruebas según área geográfica», en el cual se especifican las enfermedades más prevalentes según el país de procedencia. Cribado de enfermedad celíaca: Solicitar cribado de enfermedad celíaca en migrantes procedentes del Sáhara Occidental Sobre todo si presentan otros parámetros analíticos (anemia, ferropenia, elevación de transaminasas, etc.) o clínicos (dolor abdominal crónico,dispepsia, alteración del hábito intestinal, etc.) que apoyen la sospecha. Estudio de anemias: Ante el hallazgo de anemia microcítica, realizar un diagnóstico diferencial Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 26 La anemia microcítica es la alteración hematológica más común, por lo que ante la presencia de ésta, se deberá realizar un diagnóstico diferencial amplio que incluya: la anemia ferropénica, la anemia de trastornos crónicos y la anemia sideroblástica. Puede resultar de utilidad la aplicación de índices o fórmulas para diferenciar entre talasemias y anemia ferropénica, como el índice de Mentzer (VCM en fL/recuento de hematíes en 106/μL), en el que valores de menos de 13 apoyarán el diagnóstico de talasemia. Estudio de hemoglobinopatías Solicitar en menores procedentes de países de alta prevalencia de drepanocitosis y talasemias Mediante la electroforesis de la Hb y cuantificación de HbA2 y HbF se pueden detectar precozmente hemoglobinopatías importantes como la drepanocitosis y las talasemias, de cara a iniciar medidas preventivas que mejorarán la morbimortalidad de estas personas. Indicada en migrantes procedentes de países de alta prevalencia que no tengan realizada una prueba de cribado neonatal o prenatal. Es importante dejarlo reflejado en la historia en caso de tener realizada alguna prueba de cribado. Niveles de plomo en sangre (Pb): Solicitar niveles de plomo en sangre en niños/as procedentes de zonas de riesgo de intoxicación por este metal y clínica sugestiva (deterioro del neurodesarrollo, dolor abdominal, cefalea, estreñimiento, agitación y letargia) y/o pica. Niveles de vitamina D (vit D): El estudio y/o profilaxis del posible déficit de vitamina D debe valorarse a criterio del/la profesional, en niños o niñas con factores de riesgo (Tabla 5), según la situación clínica, procedencia, siempre teniendo en cuenta las recomendaciones del PSI. Según cada caso se podrá optar por solicitar dichos niveles, iniciar profilaxis con vitamina D sin monitorización de la misma, según criterios del PSI, o incluso tomar una actitud expectante si consideramos que los factores se han modificado en suficiente medida al llegar a nuestro medio. La prevalencia del bajo nivel de vitamina D es un problema global en todas las edades, particularmente en niñas y mujeres de Oriente Medio. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 27 Si la persona menor presenta algún síntoma o signo de raquitismo u osteomalacia (tibias varas, dolores óseos, etc.) se ha de realizar el estudio completo. Tabla 5. FACTORES DE ALTO RIESGO PARA PRESENTAR DÉFICIT DE VITAMINA D 1. Neonatos y lactantes pequeños • Deficiencia de vitamina D materna (madres con escasa exposición solar, de piel oscura, que visten con velo, multíparas o con poca ingesta de vit. D). • Lactancia materna exclusiva prolongada (> 6 meses) sin suplementación. • Lactantes menores de 12 meses que reciben < 1000 ml de fórmula adaptada. • Recién nacido pretérmino y recién nacido de bajo peso para la edad gestacional. 2. Lactantes mayores y niños/as Disminución de la síntesis de vitamina D: poca exposición solar. Poco tiempo al aire libre. Uso de factor de protección >8 (inhibe síntesis >95%). Piel oscura. Velos, ropa, cristal, etc. Latitudes >35-40°, invierno, < altitud, nubosidad, contaminación ambiental. Disminución de la ingesta de vitamina D. • Lactancia materna exclusiva prolongada sin suplementación. • Nutrición pobre. Ciertas condiciones médicas/enfermedades crónicas. • Malabsorción intestinal. - Enfermedades de intestino delgado (enf. celíaca). - Insuficiencia pancreática (fibrosis quística). - Obstrucción biliar (atresia de vías biliares). • Condiciones que afectan al metabolismo ( disminución de la síntesis o aumento de la degradación 25-(OH)D o 1,25(OH)2D) o almacenamiento de la vitamina D . - Enfermedades crónicas hepáticas o renales. - Tratamiento con cimetidina, colestiramina, colestipol, rifampicina, isoniazida, tiazidas anticonvulsivantes (carbamazepina, valproato, fenitoína, fenobarbital), antirretrovirales, glucocorticoides y antifúngicos. • Trastornos genético s ( deficiencia de 25-hidroxilasa y 1-25-hidroxilasa, resistencia VD). Modificada de Previnfad. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 28 Cribado de esquistosomosis y estrongiloidosis: Solicitar serología de Strongyloides stercoralis (STR) en migrantes procedentes de países endémicos. Solicitar serología de Schistosoma (SCH) en migrantes procedentes de países endémicos. En caso de que ésta sea positiva: • Repetir el estudio coproparasitológico (3 muestras) si el primer cribado de parásitos intestinales fue negativo. • Solicitar estudio de Schistosoma en orina. Es recomendable obtener un volu- men mínimo de 200 ml (en bote de tapa roja) tras realizar ejercicio físico suave como carrera corta, salto a la comba o sentadillas. La esquistosomosis y la estrongiloidosis son infecciones de elevada prevalencia en paí- ses de renta baja. Son generalmente asintomáticas o presentan síntomas inespecífi- cos. Son crónicas y pueden presentar complicaciones a largo plazo (hiperinfestación e infección diseminada por S. stercoralis en pacientes inmunocomprometidos y complica- ciones urogenitales y hepato-intestinales por Schistosoma spp). Su tratamiento es muy sencillo y presentan una elevada tasa de curación, aunque se trata de medicamentos extranjeros de dispensación hospitalaria. Cribado de enfermedad de Chagas: Solicitar serología para Trypanosoma cruzi a todo menor de 18 años nacido en los países endémicos o con una estancia superior a un mes en dichos países. • Además, se debe incluir a los hijos nacidos en España cuyas madres procedan de áreas endémicas y sin serologías previas. • Por otro lado, se recomienda hacer cribado a las mujeres embarazadas procedentes de dichos países o que hayan permanecido durante un tiempo superior a 1 mes y que no se les haya realizado serología tras su llegada a España; idealmente en el primer trimestre, pero si no es posible se puede solicitar en cualquier momento del embarazo, y tras el parto, con el objetivo de realizar las pruebas pertinentes al recién nacido y prevenir la transmisión vertical. La tasa de curación es alta en la edad pediátrica, siendo mayor a menor edad del paciente. Cribado de TB: Indicado en las personas asintomáticas que proceden de países con una inciden- cia alta de TB (>50 casos/100.000 habitantes) que hayan llegado al área de baja incidencia en los últimos 5 años (Anexo 6). Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 29 Eosinofilia: En caso de presencia de eosinofilia con estudio coproparasitológico y serología de Strongyloides stercoralis (STR) y Schistosoma negativos y sin otra causa probable (alergias, fármacos), se hará derivación a una unidad especializada de enfermedades infecciosas para ampliar su estudio. A continuación se muestran las causas más frecuentes de eosinofilia. Tabla 6 PARÁSITOS EN HECES PARÁSITOS QUE CAUSAN EOSINOFILIA (no detectados en heces) CAUSAS NO PARASITARIAS DE EOSINOFILIA Causan eosinofilia No causan eosinofilia Ascaris lumbricoides Ancylostomas, Necator spp. Trichuris trichiura Strongyloides stercoralis Taenias (solium y saginata) Schistosomas Paragonimus Ophisthorchis Fasciola Dientamoeba fragilis Entoamoeba spp. Cryptosporidium Giardia intestinalis Enterobius vermicularis (si la producen, es leve) Blastocistis hominis Angiostrongylus Anisakis Capillaria spp. Echinococcus Filariasis (Wuchereria bancrofti, Brugia spp, Mansonella spp, Onchocerca volvulus, Dracunculus medinensis, Loa loa) La etapa de cisticerco de la Taenia solium (cisticercosis) Asma Atopia Fármacos Enfermedadeshematológicas: leucemia, linfoma,... Enfermedades inmunológicas: enfermedad de Crohn, lupus... Modificado de algoritmo de AEPap. Se incluye enlace a la guía ABE con información al tratamiento específico según el agente causal. Guía-ABE - parasitosis-intestinales (guia-abe.es) En la siguiente tabla se enumeran algunos parásitos en heces que puedan generar dudas sobre su patogenicidad. Tabla 7 PARÁSITOS EN HECES PATÓGENOS NO PATÓGENOS PATÓGENOS OCASIONALES* Entamoeba histolytica Giardia lamblia Balantidium coli Cyclospora cayetanensis Isospora belli Enterocytozoon bieneusi Encephalitozoon intestinalis Entamoeba dispar Entamoeba hartmanni Entamoeba polecki Entamoeba gingivalis Endolimax nana Iodamoeba bütschlii Chilomastix mesnili Trichomonas hominis Trichomonas tenax Enteromonas hominis Retortamonas intestinalis Entamoeba coli Blastocystis hominis Dientamoeba fragilis Cryptosporidium parvum * dependiendo de la clínica y el huésped. Modificado de algoritmo de AEPap. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 30 https://guia-abe.es/temas-clinicos-parasitosis-intestinales 8. INTERVENCIÓN DE TRABAJO SOCIAL EL ACCESO AL SISTEMA SANITARIO El acceso tardío a los servicios sanitarios de niños, niñas y adolescentes migrantes puede acarrear consecuencias negativas para su salud, más aún cuando han llegado sin la compañía o tutela de alguna persona adulta, cuando lo han hecho junto a sus familias necesitando protección internacional o cuando se encuentran en condiciones de precariedad. Varias pueden ser las razones que lo motivan, entre ellas, el desconocimiento de los mecanismos de acceso al sistema sanitario y las derivadas de la situación administrativa irregular en la que se encuentran muchas personas con hijos e hijas menores. También pueden presentarse dificultades en el acceso por las fluctuaciones en la llegada de menores cuya tutela asume la Entidad Pública o de menores que, junto a sus familias, reciben ayuda humanitaria. Trabajo social de salud interviene inicialmente para facilitar el acceso a la atención sanitaria. Se requiere conocer cuál es la población de menores migrantes en cada momento e identificar las posibles dificultades u obstáculos para el acceso al sistema sanitario. Para ello, resulta fundamental mantener una vía formal de comunicación, con la participación activa de la/el profesional de trabajo social, con: • La DGPIF y las entidades y organizaciones que gestionan los dispositivos de emergencia y los hogares de protección de las/los menores cuya tutela recae en la Entidad Pública; • Las organizaciones y entidades que desarrollan Programas de Atención Humanitaria y que gestionan los dispositivos de emergencia y los dispositivos de atención integral a familias con menores a su cargo; • Otros recursos específicos de atención a personas migrantes, entre las que se encuentran las que viven en su domicilio familiar con menores a su cargo, cuya cobertura alcanza la zona básica de referencia (recursos locales, comarcales, insulares, provinciales…). LA VISITA DE ACOGIDA Una vez las/los menores acceden al sistema sanitario, la intervención viene determinada por la presencia de problemas de salud asociados a dificultades en la prestación de cuidados, en especial, patologías crónicas, problemas de salud mental, consumo de tóxicos y, en cualquier caso, ante una posible situación de desprotección. En este momento se determina cuál es la situación del/la menor y se interviene para facilitar el cumplimiento terapéutico y la continuidad de la atención o, en su caso, para activar los mecanismos de protección a la infancia y la adolescencia por parte de las instituciones competentes. Posteriormente, una vez el niño, niña o adolescente se haya incorporado al PSI, se interviene siguiendo las pautas establecidas en el mismo para cada etapa, ante la Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 31 presencia de factores de riesgo social y de indicadores de sospecha de malos tratos y, en cualquier caso, cuando se presenten dificultades en la prestación de cuidados ante un problema de salud. La derivación a trabajo social se realiza cuando la niña, el niño o adolescente presenta: Un problema de salud cuyos cuidados no pueden garantizar las personas responsables de su atención. Una posible situación de riesgo o desprotección. La valoración social permite la identificación de dificultades y limitaciones así como de recursos y potencialidades en cada menor, en su familia y en su entorno, a tener presentes en las intervenciones que se realicen desde el sistema sanitario, tanto a su llegada como durante el proceso de adaptación que el propio hecho migratorio conlleva. La historia clínica facilita a la/el profesional de trabajo social la exploración de las diferentes dimensiones de la valoración, a través de los protocolos. Tabla 8 PROTOCOLOS DE VALORACIÓN SOCIAL DE LA HISTORIA CLÍNICA Autonomía y situación de salud Cuál es su nivel de autonomía (edad, discapacidad), qué problema de salud presenta (agudo, crónico), cuál es su pronóstico, cuáles son los requerimientos de cuidados (puntuales, continuados, complejos).. Familia Quiénes conforman la unidad de convivencia, qué otras personas son relevantes (familiares o no), cómo son las relaciones y dinámicas familiares, cuáles son los antecedentes a destacar… Provisión de cuidados Quiénes prestan los cuidados, cuáles son sus creencias, sus habilidades, su disponibilidad (actividad laboral, responsabilidad y cuidados de otras personas…), qué tipo de apoyo reciben (emocional, acompañamiento, adquisición de fármacos, desplazamiento a servicios sanitarios, ayudas técnicas…), cómo se organizan los cuidados… Percepción del estado de salud Cuál es la vivencia individual y familiar... Escolarización Cuál es su nivel de integración de acuerdo a sus características personales y su salud... Vivienda y entorno de residencia Cuáles son las características de la zona, la disponibilidad de servicios básicos de consumo (supermercado, farmacia, etc.), de protección social (colegio, centro de salud, unidad de trabajo social, centro sociocultural, etc.); las vías (carreteras, calles, caminos vecinales) y transporte público; las condiciones de habitabilidad de la vivienda, las condiciones de acceso internas y externas…. Limitaciones en el/la menor, la familia y el entorno que condicionan o determinan los cuidados de salud Problemas de salud crónicos, cuidados complejos, discapacidad, creencias que no favorecen la adherencia terapéutica, barreras en la comunicación, dificultades para la cobertura de bienes básicos de consumo, imposibilidad de adquirir el tratamiento, escasa o nula disponibilidad de tiempo para prestar cuidados, problemas de salud o discapacidad en otros miembros de la unidad familiar, carencia o debilidad de apoyos efectivos, desconocimiento de la disponibilidad de recursos existentes... Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 32 PROTOCOLOS DE VALORACIÓN SOCIAL DE LA HISTORIA CLÍNICA Condiciones en el/la menor, la familia y el entorno que favorecen la atención y los cuidados, y que pueden actuar como factores de protección. Buen estado de salud en general, creencias que favorecen el cumplimiento terapéutico, experiencia previa en el afrontamiento de situaciones adversas (incluido el propio hecho migratorio), habilidades para los autocuidados, habilidades para la gestión de prestaciones, capacidad de contacto con redes, relaciones que favorecen el apoyo en la red vecinal, respuesta rápida en los apoyos desde amistades y compatriotas, condiciones que favorecen la integración, disponibilidad de apoyo puntual por parte de familia/amistades/recursos sistema informal (compra de medicación, acompañamiento a centro sanitario, préstamo de ayudas técnicas…)Dado que la intervención en la primera consulta va dirigida fundamentalmente a garantizar los cuidados derivados de un problema de salud específico, es probable que en la visita de acogida la valoración social se centre en la exploración de los elementos más directamente relacionados con este. Sin embargo, es fundamental completarla en futuras consultas de seguimiento, según sea su evolución, en consultas posteriores de demanda por procesos similares o dentro de las previstas en el PSI. La intervención de trabajo social va dirigida a: Asegurar la adherencia terapéutica y la continuidad de la atención. Activar, en su caso, los mecanismos de protección a la infancia y la adolescencia por parte de las instituciones competentes. Las intervenciones serán diferentes según sea el problema de salud de la niña, el niño o adolescente y, fundamentalmente, según sea quien asume la responsabilidad de su atención. Cuando se trata de menores cuya tutela corresponde a la Entidad Pública las intervenciones son puntuales, dado que esta garantiza su atención y cuidados. También lo son cuando se trata de menores que, junto a sus familias, reciben atención desde programas de ayuda humanitaria, en dispositivos de emergencia o de atención integral, dado que en estos se presta la atención y el apoyo que tanto las/los menores como sus familias necesitan. Cuando se trata de menores que están a cargo de sus familias (madre, padre, persona responsable), que viven con ellas en domicilios particulares, se trabaja directamente con estas, considerando tanto sus dificultades y limitaciones para afrontar la atención y cuidados que requiere el/la menor y, especialmente, las condiciones que favorecen o permiten hacer frente a las necesidades de atención y cuidado en este momento. En todos los casos, las intervenciones dirigidas a garantizar la protección del/la menor conllevan la comunicación, a partir de la cual se activan los mecanismos de protección a la infancia y la adolescencia por parte de las instituciones competentes, de: • Los hechos que puedan suponer la existencia de situaciones de riesgo o desamparo (Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores (Artículo 8). Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 33 • Toda acción, omisión o trato negligente que priva a las personas menores de edad de sus derechos y bienestar, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo físico, psíquico o social, con independencia de su forma y medio de comisión, incluida la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente la violencia digital. (PSI y de MGF) (Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (Artículo 1.2) Si en general todas las intervenciones son importantes en sí mismas, las que se realizan en los primeros contactos con trabajo social cobran especial relevancia. Con frecuencia, estos se generan en un contexto de gran malestar, derivado de las experiencias previas y las condiciones de vida, en el que aparece un problema de salud cuya atención excede las posibilidades de la familia. En ocasiones se trata de situaciones emocionales límite que requieren un importante trabajo de contención emocional. En otras, de situaciones carenciales o de emergencia que requieren la generación o activación de apoyos externos para asegurar los cuidados de cada menor y, con frecuencia, los cuidados que también necesitan otros miembros de la familia. Estas intervenciones convierten a la/el trabajador social en un recurso profesional de referencia y de acompañamiento a la hora de afrontar dificultades sobrevenidas con la aparición de problemas de salud así como en el seguimiento de las actividades preventivas contempladas en el PSI. Para facilitar el registro y seguimiento de las intervenciones que cada profesional de trabajo social realiza durante la prestación de la asistencia sanitaria existe el protocolo de Plan de actuación y seguimiento, disponible también en la historia clínica. LA COORDINACIÓN CON OTROS SISTEMAS DE PROTECCIÓN SOCIAL La atención a niños, niñas y adolescentes migrantes requiere un mayor esfuerzo de coordinación interinstitucional, si cabe, con los diferentes sistemas de protección social, en particular con: • El Sistema de Servicios Sociales, ante las situaciones de emergencia social, de riesgo o de exclusión social en general, y en particular de riesgo o desprotección de la infancia y la adolescencia. • El Sistema Educativo, ante la posible repercusión de la situación de salud en el proceso de escolarización. • El Sistema Judicial, ante cualquier forma de violencia que atente contra la integridad física, psíquica, psicológica y moral de niñas, niños y adolescentes. (Protocolos de coordinación interinstitucional ante la violencia y de MGF) El trabajo social de salud cobra especial relevancia en esta coordinación interinstitucional, participando activamente en el mantenimiento de una vía formal de coordinación que permitirá: • Que desde cada sistema se pongan en marcha las medidas de atención y protección a la infancia y la adolescencia y que se gestionen los servicios y las prestaciones en las que tienen competencia. Esto tiene especial importancia Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 34 dado que, por diferentes motivos, en los centros sanitarios se presentan demandas de intervenciones que son competencia de otros sistemas, en particular, demandas de gestión de prestaciones. • Que se programen intervenciones coordinadas entre los distintos sistemas implicados en cada momento y circunstancia. Esto resulta crucial cuando se requieren intervenciones sanitarias y sociales complementarias, de forma simultánea o secuencial. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 35 ANEXO 1. TRAMITACIÓN DE TARJETA SANITARIA PARA EXTRANJEROS. MENORES MIGRANTES ACOMPAÑADOS Deben presentar: certificado de nacimiento y pasaporte (los padres deben identificarse). Se les da de alta en tarjeta sanitaria como XTO con caducidad hasta los 18 años. MENORES MIGRANTES ACOMPAÑADOS LLEGADOS EN PATERAS Deben presentar: informe de la policía, Cruz Roja o centro de acogida, con sus datos. Se les da de alta como XTO con caducidad de un año, renovables hasta los 18 años. MENORES MIGRANTES SOLOS LLEGADOS EN PATERAS Deben presentar: informe del centro de acogida donde consten sus datos personales, fecha de nacimiento, país de donde procede. Normalmente dicen la edad que tienen y como fecha de nacimiento se pone 01/01/año de nacimiento. Se le da de alta en Tarjeta sanitaria como XTO con caducidad de un año, renovables hasta los 18 años. Protocolo de atención sanitaria a menores migrantes 36 ANEXO 2. ACTUALIZACIÓN DEL ESTADO VACUNAL Se debe establecer un calendario personalizado que incluya el número de dosis necesarias según la edad e historia de vacunación. Para ello se fijará el momento de inicio y los intervalos entre las dosis a administrar, teniendo en cuenta que “dosis puesta, dosis que cuenta”, siempre que se cumplan la edad mínima de administración y los intervalos mínimos recomendados entre dosis. La edad mínima se ha establecido en función de las recomendaciones acordadas en el calendario para toda la vida del SNS, aunque puede haber variaciones si se utilizan vacunas combinadas. En las vacunas que habitualmente usamos en calendario no hay un intervalo máximo entre dos dosis de una misma vacuna que invalide una pauta. A continuación, se presentan las pautas generales de vacunación por tipos de vacunas y el calendario de rescate a menores Tabla 9. Dichas pautas se deberán adaptar a las recomendaciones vigentes en
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