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BASES INTEGRADAS GRUPOS ELECTROGENOS_20210615_132145_720

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Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Servicios de Agua Potable 
 y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima
LICITACIÓN PÚBLICA N°02-2021-EPS SEDA HUANUCO S
Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Servicios de Agua Potable 
 y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima
LICITACIÓN PÚBLICA N°02-2021-EPS SEDA HUANUCO S.A
BASES INTEGRADAS
BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES
Aprobado mediante Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD
SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA
 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
SIMBOLOGÍA UTILIZADA:
	Nº
	Símbolo
	Descripción
	1
	[ABC] / […….]
	La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboración de las bases.
	2
	[ABC] / […….]
	Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta.
	3
	
	Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el comité de selección y por los proveedores.
	4
	
	Se refiere a advertencias a tener en cuenta por el comité de selección y por los proveedores.
	5
	
	Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el comité de selección y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases.
CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO:
Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:
	Nº
	Características
	Parámetros
	1
	Márgenes
	Superior	: 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
	2
	Fuente
	Arial
	3
	Estilo de Fuente
	Normal: Para el contenido en general
Cursiva: Para el encabezado y pie de página
 Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
	4
	Color de Fuente
	Automático: Para el contenido en general
Azul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
	5
	Tamaño de Letra
	16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica
11 : Para el nombre de los Capítulos.
10 : Para el cuerpo del documento en general
 9 : Para el encabezado y pie de página
 Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad
 8 : Para las Notas al pie
	6
	Alineación
	Justificada: Para el contenido en general y notas al pie.
Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres 
 de los Capítulos)
	7
	Interlineado
	Sencillo
	8
	Espaciado
	Anterior : 0
Posterior : 0
	9
	Subrayado
	Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún concepto 
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
Elaboradas en enero de 2019
Modificadas en junio 2019, diciembre 2019 y julio 2020
Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Servicios de Agua Potable
 y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima
LICITACIÓN PÚBLICA N°02-2021-EPS SEDA HUANUCO S.A.
Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Servicios de Agua Potable 
 y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima
LICITACIÓN PÚBLICA N°02-2021-EPS SEDA HUANUCO S.A.
BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES
CONTRATACIÓN DE BIENES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02-2021-EPS SEDA HUÁNUCO S.A.
CONTRATACIÓN DE BIENES
“ADQUISICIÓN DE GRUPOS ELECTRÓGENOS DE 60 KW, 100KW, 110KW Y 132KW
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado. 
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
	
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. REFERENCIAS
Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, se entiende que se está haciendo referencia a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y cuando se mencione la palabra Reglamento, se entiende que se está haciendo referencia al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo. 
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se realiza conforme al artículo 55 del Reglamento. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
	Importante
	
· Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
· Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en https://www2.seace.gob.pe/. 
· En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La formulación de consultas y observaciones a las bases se efectúa de conformidad con lo establecido
en los numerales 72.1 y 72.2 del artículo 72 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES
La absolución de consultas, observaciones e integración de las bases se realizan conforme a 
las disposiciones previstas en los numerales 72.4 y 72.5 del artículo 72 del Reglamento. 
	Importante
	· No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en forma física. 
· Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de consultas y observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin perjuicio, del deslinde de responsabilidades correspondiente.
1.6. ELEVACIÓN AL OSCE DEL PLIEGO DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES 
Los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, así como a las bases integradas por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones, a los principios que rigen la contratación pública u otra normativa que tenga relación con el objeto de la contratación, pueden ser elevados al OSCE de acuerdo a lo indicado en los numerales del 72.8 al 72.11 del artículo 72 del Reglamento.
La solicitud de elevación para emisión de Pronunciamiento se presenta ante la Entidad, la cual debe remitir al OSCE el expediente completo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 124 del TUO de la Ley 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, al día hábil siguiente de recibida dicha solicitud.
	Advertencia 
	La solicitud de elevación al OSCE de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, así como a las Bases integradas, se realiza de manera electrónica a través del SEACE, a partir de la oportunidad en que establezca el OSCE mediante comunicado.
	Importante
	Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el literal n) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones.
1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas se presentan conforme lo establecido en el artículo 59 del Reglamento. 
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita). Los demás documentos deben ser visados por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado. No se acepta el pegado de la imagen de una firma o visto. Las ofertas se presentan foliadas.
	Importante
	· Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada.
· En caso la información contenida en los documentos escaneados que conforman la oferta no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalece la información declarada en los documentos escaneados.
· No se tomarán en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad.
1.8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS 
El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01 horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases. 
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible.
	Importante
	Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems.
En la apertura electrónica de la oferta, el comité de selección, verifica la presentación de lo exigido en la sección específica de las bases, de conformidad con el numeral 73.2 del artículo 73 del Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos funcionales y condiciones de las Especificaciones Técnicas, detalladas en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
1.9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en el artículo 74 del Reglamento. 
El desempate mediante sorteo se realiza de manera electrónica a través del SEACE.
1.10. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
La calificación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en los numerales 75.1 y 75.2 del artículo 75 del Reglamento.
1.11. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a lo establecido en el artículo 60 del Reglamento. El plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser inferior a un (1) día hábil. 
La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del SEACE y será remitida al correo electrónico consignado por el postor al momento de realizar su inscripción en el RNP, siendo su responsabilidad el permanente seguimiento de las notificaciones a dicho correo. La notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al correo electrónico.
La presentación de las subsanaciones se realiza a través del SEACE. No se tomará en cuenta la subsanación que se presente en físico a la Entidad.
1.12. RECHAZO DE LAS OFERTAS 
Previo al otorgamiento de la buena pro, el comité de selección revisa las ofertas económicas que cumplen los requisitos de calificación, de conformidad con lo establecido para el rechazo de ofertas, previsto en el artículo 68 del Reglamento, de ser el caso. 
De rechazarse alguna de las ofertas calificadas, el comité de selección revisa el cumplimiento de los requisitos de calificación de los postores que siguen en el orden de prelación, en caso las hubiere.
1.13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Definida la oferta ganadora, el comité de selección otorga la buena pro, mediante su publicación en el SEACE, incluyendo el cuadro comparativo y las actas debidamente motivadas de los resultados de la admisión, no admisión, evaluación, calificación, descalificación y el otorgamiento de la buena pro. 
1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los ocho (8) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. 
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento. 
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido. 
	Importante
	Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del artículo 64 del Reglamento.
	
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. 
Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
	Importante
	· Una vez otorgada la buena pro, el comité de selección, está en la obligación de permitir el acceso de los participantes y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como secreta,
confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día siguiente de haberse solicitado por escrito. 
Luego de otorgada la buena pro no se da a conocer las ofertas cuyos requisitos de calificación no fueron analizados y revisados por el comité de selección.
· A efectos de recoger la información de su interés, los postores pueden valerse de distintos medios, tales como: (i) la lectura y/o toma de apuntes, (ii) la captura y almacenamiento de imágenes, e incluso (iii) pueden solicitar copia de la documentación obrante en el expediente, siendo que, en este último caso, la Entidad deberá entregar dicha documentación en el menor tiempo posible, previo pago por tal concepto.
· El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas desconcentradas del OSCE.
2.2. Plazos de interposición del recurso de apelación 
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella se interpone dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro. 
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se interpone dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
	
CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Los plazos y el procedimiento para perfeccionar el contrato se realiza conforme a lo indicado en el artículo 141 del Reglamento.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 139 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
1. 
2. 
3. 
3.1. 
3.2. 
3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta se mantiene vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. 
3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorga una garantía adicional por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato de la prestación accesoria, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas. 
	Importante
	En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del Reglamento.
3.2.3. GARANTÍA POR ADELANTO
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 153 del Reglamento.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y que cuenten con clasificación de riesgo B o superior. Asimismo, deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
	Importante
	Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.
	Advertencia
	Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente:
1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía debe encontrarse listada en el portal web de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/sistema-financiero/clasificadoras-de-riesgo).
2. Se debe identificar en la página web de la clasificadora de riesgo respectiva, cuál es la clasificación vigente de la empresa que emite la garantía, considerando la vigencia a la fecha de emisión de la garantía.
3. Para fines de lo establecido en el artículo 148 del Reglamento, la clasificación de riesgo B, incluye las clasificaciones B+ y B.
4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento.
En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora de la garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva.
De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos de verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías, debe revisarse el portal web de dicha Entidad (http://www.sbs.gob.pe/sistema-financiero/relacion-de-empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza).
Los funcionarios competentes deben verificar la autenticidad de la garantía a través de los mecanismos establecidos (consulta web, teléfono u otros) por la empresa emisora.
3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 155 del Reglamento.
3.5. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases. 
3.6. PENALIDADES 
3.3. 
3.4. 
3.5. 
3.6. 
3.6.1. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de conformidad con el artículo 162 del Reglamento.
3.6.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, según lo previsto en el artículo 163 del Reglamento y lo indicado en la sección específica de las bases. 
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.7. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 164 del Reglamento.
3.8. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato. 
La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los diez (10) días calendario siguientes de otorgada la conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello, bajo responsabilidad del
funcionario competente. 
La conformidad se emite en un plazo máximo de siete (7) días de producida la recepción salvo que se requiera efectuar pruebas que permitan verificar el cumplimiento de la obligación, en cuyo caso la conformidad se emite en un plazo máximo de quince (15) días, bajo responsabilidad del funcionario que debe emitir la conformidad.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
	Advertencia 
	En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 171 del Reglamento, debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada. 
3.9. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
	
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
	Nombre
	:
	EPS SEDA HUÁNUCO S.A.
	RUC Nº
	:
	20126850680
	Domicilio legal
	:
	JR. DAMASO BERAÚN NRO. 545 HUÁNUCO
	Teléfono:
	:
	062-513250
	Correo electrónico:
	:
	Procesos@sedahuanuco.com
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación de ADQUISICIÓN DE GRUPOS ELECTRÓGENOS DE 60 KW, 100KW, 110KW Y 132KW.
1.3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante MEMORANDUM NRO. 127-2021-GG-EPS SEDA HUÁNUCO S.A. el 13/04/2021
1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
· Donaciones y Transferencias 
1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de A SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.6. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
Llave en Mano
1.7. DISTRIBUCIÓN DE LA BUENA PRO
En el presente proceso de selección no se distribuirá la buena pro
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.9. PLAZO DE ENTREGA
Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en el plazo de 90 DÍAS CALENDARIOS, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación.
1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto deben cancelar la suma S/20.00 los cuales pueden ser cancelados en caja de la entidad en el JR. DAMASO BERAÚN NRO. 545 HUÁNUCO
1.11. BASE LEGAL
· Ley Nº 31084 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.
· Ley Nº 31085 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2021. 
· Ley N° 31086 Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el año Fiscal 2021
· Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
· Decreto Legislativo N° 1444, que modifica la Ley N° 30225
· Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225
· Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
· Ley 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General
· Ley N° 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
· Otras Directivas de la OSCE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
	
CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Según el cronograma de la ficha de selección de la convocatoria publicada en el SEACE.
	Importante
	De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento.
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta contendrá, además de un índice de documentos[footnoteRef:1], la siguiente documentación: [1: 	La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.
] 
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria 
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor. (Anexo Nº 1)
b) Documento que acredite la representación de quien suscribe la oferta. 
En caso de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto.
En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda.
El certificado de vigencia de poder expedido por registros públicos no debe tener una antigüedad mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.
	Advertencia
	De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE[footnoteRef:2] y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidad. [2: 	Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/] 
c) Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento. (Anexo Nº 2)
d) Declaración jurada de cumplimiento de las Especificaciones Técnicas contenidas en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
e) Declaración jurada de plazo de entrega. (Anexo Nº 4)[footnoteRef:3] [3: 	En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de entrega, el plazo ofertado en dicho anexo servirá también para acreditar este factor.] 
f) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5)
g) El precio de la oferta en SOLES debe registrarse directamente en el formulario electrónico del SEACE.
Adicionalmente, se debe adjuntar el Anexo N° 6 en el caso de procedimientos convocados a precios unitarios. 
En el caso de procedimientos convocados a suma alzada únicamente se debe adjuntar el Anexo N° 6, cuando corresponda indicar el monto de la oferta de la prestación accesoria o que el postor goza de alguna exoneración legal.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen son expresados con dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimales.
	Importante
	El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la
presente sección de las bases. 
2.2.2. Documentación de presentación facultativa
	Importante para la Entidad
	Advertencia
	El comité de selección no podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores de evaluación”. 
2.3. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA
b) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. CARTA FIANZA
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas ante Notario de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancaria (CCI) o, en el caso de proveedores no domiciliados, el número de su cuenta bancaria y la entidad bancaria en el exterior. 
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
h) Detalle de los precios unitarios del precio ofertado[footnoteRef:4]. [4: Incluir solo en caso de la contratación bajo el sistema a suma alzada.
] 
i) Detalle del precio de la oferta de cada uno de los bienes que conforman el paquete[footnoteRef:5]. [5: Incluir solo en caso de contrataciones por paquete.
] 
	Importante
	· En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
· En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del Reglamento.
	Importante
	· Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.
· De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya[footnoteRef:6]. [6: 	Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.
] 
· La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
2.4. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento, debe presentar la documentación requerida en MESA DE PARTES DE LA ENTIDAD, SITO EN JR. DAMASO BERAÚN NRO. 545 HUÁNUCO
	Importante
	En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, se puede perfeccionar el contrato con la suscripción del documento o con la recepción de una orden de compra, cuando el monto del valor estimado del ítem no supere los cien mil Soles (S/ 100,000.00).
2.5. FORMA DE PAGO
La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en una vez ejecutada la prestación y entregada la conformidad.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
· Informe del de conformidad de recepción del bien emitidos por las áreas usuarias.
· Comprobante de pago.
· Conformidad de la Capacitación.
· Manuales de Operación.
· Manual para configuración.
· Manual de mantenimientos.
· Plano final de la ubicación de los equipos instalados.
Dicha documentación se debe presentar en mesa de partes de la entidad, sito en el JR. DAMASO BERAÚN NRO. 545 HUÁNUCO.
	
CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO
3.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
REPOSICION Y ADQUISICION DE GRUPOS ELECTROGENOS DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE CABRITOPAMPA – HUANUCO, ESTACION DE BOMBEO DE AGUA POTABLE PLANTA CAISSON Y ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES – LEONCIO PRADO DE LA EPS SEDA HUANUCO S.A
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE: 
“ADQUISICION DE GRUPOS ELECTROGENOS DE 60 KW, 100KW, 110KW Y 132KW”.
I. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 
1. DENOMINACIÓN
Reposición y Adquisición de Grupos Electrógenos de la Planta de Tratamiento de Agua Potable Cabritopampa – Huánuco, Estación de Bombeo de Agua Potable Planta Caisson y Estación de Bombeo de Aguas Residuales – Leoncio prado de la EPS seda Huánuco S.A.
2. ANTECEDENTES
Con fecha 22 de noviembre del 2017, se suscribió el convenio N°034-2017/OTASS-SEDA HUÁNUCO S.A., a través del cual se establecieron los compromisos de las partes para la trasferencia de recursos por parte del OTASS para el financiamiento de once (11) acciones inmediatas de fortalecimiento de capacidad.
Actualmente la EPS. SEDA HUANUCO S.A. Sucursal Huánuco y Sucursal Leoncio Prado, No cuentan con grupos electrógenos, que garantizan la continuidad del sistema de agua potable y alcantarillado. Para el cumplimiento de las funciones y actividades propias de la PETAP Cabritopampa se la EPS. SEDA HUANUCO S.A. Sucursal Huánuco, para la estación de bombeo de agua potable Planta Caisson y estación de bombeo de aguas residuales de la EPS. SEDA HUANUCO S.A. Sucursal Leoncio Prado.
3. OBJETIVOS DE LA CONTRATACION
3.1 OBJETIVO GENERAL
Contratar a una persona natural y/o jurídica para proveer y puesta en operación de un grupo electrógeno de 110 kW para la sede central EPS Seda Huánuco S.A y con 03 grupos electrógenos de 60 kW, 100kW y 132 kW para EPS Seda Huánuco S.A – Sucursal Leoncio Prado. El de 60 KW es para el funcionamiento de las electrobombas de 20 y 25 HP de la cámara de bombeo de desagüe; el de 100 y 132 kW para electrobombas de la planta Caisson para la EPS-SEDA HUANUCO Sucursal Leoncio Prado, y el de 110 kW para la PTAP Cabrito pampa EPS-SEDA HUANUCO S.A. 
3.2 OBJETIVO ESPECIFICOS
· Adquisición, instalación y puestas en operación de 04 grupos electrógenos.
Distribución de los Grupos Electrógenos
Cuadro 3.2.1.
	ÍTEM
	POTENCIA
KW
	ÁREA DESTINADA
	1
	110
	Sede Central, PTAP Cabrito Pampa
	2
	60
	Leoncio Prado, electrobombas de 20, 25 HP
	3
	100
	Leoncio Prado, electrobombas Planta Caisson
	4
	132
	Leoncio Prado, electrobombas Planta Caisson
4. CARACTERISTICAS Y CONDICIONES DE LOS BIENES A CONTRATAR
4.1 DESCRIPCION Y CANTIDAD DE BIENES
· Adquisición, instalación y puesta en operación de un grupo electrógeno de 110KW para EPS Seda Huánuco S.A.-Huánuco.
· Adquisición, instalación y puesta en operación de grupos electrógenos de 60KW, 100KW y 132KW para EPS Seda Huánuco
S.A – Sucursal Leoncio Prado - Tingo María.
· Los grupos electrógenos deberán de contar con una capacidad de generación en un nivel de tensión de 440 V y 220 V en un 90% y 10% de la energía generada. 
4.2 CARACTERISTICAS TECNICAS
Grupo Electrógeno
· Capacidad (Potencia) de 60KW, 100KW, 110KW 132KW
· Factor de potencia de 0.8-1
· Temperatura Ambiente hasta 40 Grados °C.
· Humedad relativa 70% +/-10%.
· Producir Voltaje de 440, 380 y 230 Voltios(según el nivel de tension de las cargas para c/u) / Trifásico 60 Hz, reconectable a 440 voltios con Neutro accesible. La regulación de tensión requerida para el generador deberá de ser del +/-1.0% como máximo.
· Variación de la frecuencia en estado permanente ± 0.5%
· Distorsión o Desviación máximo 5% Onda Sinusoidal.
· Tiempo de sobre carga de 10% de su Potencia continúa (110%), 1 hora en 12 horas.
· Tiempo nominal de ingreso de servicio de 0 - 30seg a partir de la falla de servicio normal (regulable).
· Sistema de aislamiento insonorizado, 
· Nivel sonoro medio a 10 m:	65 dBA.
· Nivel sonoro medio a 1 m:	75 dBA.
· Potencia de la resistencia calefactora (solo en construcción automático) 1.0 W. 
· Periodo de operación mínimo 12 horas. 
Motor
· Diesel, con arranque y parada automática y manual.
· Potencia continua del grupo electrógeno según cuadro 4.2.1.
· Refrigeración por agua con radiador (con ventilador).
· Regulador de velocidad electrónico.
· Aspiración del aire mediante turbo con refrescador A-A.
· Lubricación con aceite a presión, filtro de aceite de flujo total.
· Combustible, Petróleo Diesel 2, equipado con filtro bomba de alimentación.
· Sistema de combustión Inyección directa o indirecta (según potencias)
· Arranque eléctrico de 12V o 24V DC (según potencias correspondientes), arrancador, alternador de carga y batería libre de mantenimiento, con cables y terminales.
· Sistema de admisión con tubo-compresor volumen de aire de combustión 6,3 m3/min.
· Sistema de escape, caudal de gases de escape 16,3 m3/min, temperatura de gases de escape 543°C.
· Sistema de lubricación, capacidad de carácter de aceites 7 litros, capacidad total del sistema de lubricación 8 litros, tipo de aceites recomendados API CC/SE.
· Parada automática por alta temperatura y/o baja presión de aceite y leds indicadores de falla.
Generador
· Generador de campo giratorio, sin escobillas, autorregulado, autoexcitado.
· Tipo trabajos sin cargas de equipos electrónicos.
· Tipo de excitación: Por imanes permanentes (PMG) 
· Regulación de tensión, +/- 0.5% en régimen de permanente.
· Conexión del estator en estrella.
· Corriente de cortocircuito sostenida 3 In durante 10 s.
· Aislamiento, clase H/H o superior.
· Frecuencia, 60 Hz +/- 0.5%, factor de potencia 0.8.
· Velocidad Síncrona 1800 RPM +/- 4% acorde con la frecuencia nominal de la tensión de operación.
· Protección, IP23, mínimo.
· Resistencia deshumedecedor.
· Factor de influencia telefónica <50.
· Rendimiento 91,8%.
· Los alternadores de los Grupos Electrógenos desde 20kw de potencia continua en adelante, deberán de tener una “Tasa de Armónicos” (TGH/THC) menor de 2% a plena carga.
Tablero De Control
· Autosoportado e incorporado al chasis del grupo electrógeno.
· Arranque automático, manual y remoto.
· Protegido de las vibraciones.
· De diseño compacto.
· Modulo Electrónico de control, con display, para el arranque y parada automática, con pantalla LCD y pulsadores STOP/REST, AUTO, MANUAL y START, indica fallas de grupo y red. Es obligatorio la visualización de KW y KVA en el módulo de control de grupo de voltaje.
· Mediciones de parámetros eléctricos y mecánicos que se visualizan en pantalla LCD mediante un indicador alfa numérico, como son: Corriente y Tensión de las tres fases y neutro, frecuencia, rpm, temperatura de agua, presión de aceite, horas de funcionamiento, tensión de baterías, potencia activa (KW) y reactiva (KVA), factor de potencia, debe detectar alta/baja tensión y alta/baja frecuencia de la red comercial; protección y parada con alarma y pre-alarma visual de alta/baja tensión y alta/baja frecuencia, falla de carga, alta/baja velocidad, baja presión de aceite, alta temperatura de agua, falla de arranque, falla de parada, alta/baja tensión de batería, intentos de arranques. 
· Con instrumentos de medición, protección, control y arranque automático del grupo electrógeno.
· Protección de parada de grupo electrógeno por alta temperatura de agua, de bajo nivel de aceite, baja presión de aceite, de bajo nivel de agua y de sobrecarga. Es necesaria la protección por bajo nivel de refrigerante.
· Instrumentos y controles:
· Módulo de control que permita visualizar las horas de trabajo, voltaje y amperios. 
· Indicadores de alarma por alta temperatura y por baja presión de aceite (manómetro de presión de aceite) del motor.
· Indicador de carga de batería (grupo encendido alternador y grupo apagado cargador de batería).
· Selector de arranque y parada, manual-automático.
· Botón para pruebas de lámparas.
· Pulsador de parada de emergencia.
· Protección a la salida del generador:
· Interruptor termo magnético, en caja moldeada.
· Incluir borneras para mando remoto de arranque y parada y dispositivos de parada automática para alta temperatura y baja presión de aceite.
Tanque De Combustible
· Incorporado al grupo; con capacidad mínima para garantizar autonomía de 12 horas como mínimo a plena carga, con indicador de nivel, de bajo y alto nivel de combustible en módulo de control.
· Chasis tipo patín fabricado de acero estructural con resilentes anti-vibratorios y tanque de combustible incorporado con una capacidad para garantizar una autonomía mínima de 12 horas a plena carga. 
· Sensor de nivel de combustible.
Base Del Grupo
· El proveedor recibirá el terreno libre para la habilitación de la base en concreto estructural con resilentes anti-vibratorio con una capacidad portante definida según las especificaciones del proveedor. Se construirá la base anti-vibratoria en función a las especificaciones técnicas brindadas por el proveedor una vez firmada el contrato y aprobadas por la Gerencia de Operaciones de la EPS. SEDA HUANUCO S.A.
· No se considerará dentro del plazo de ejecución de la presente prestación, el tiempo de construcción de la BASE DEL GRUPO ELECTROGENO el cual tendrá un lapso de ejecución sugerida por el proveedor y aprobada por la Gerencia de Operaciones de la EPS SEDA HUANUCO S.A. por lo cual deberá ser requerido con anticipación.
· La cimentación de concreto deberá ejecutarse en la sala de grupo (con malla de fierro para el anclaje y fijación del grupo electrógeno), es parte del presente requerimiento y será de acuerdo a la recomendación del fabricante, debiendo estar apropiadamente aislada para evitar la transmisión de vibraciones a la estructura del edificio (todos los grupos tendrán base).
· El proveedor debe remitir la distribución de los pernos de anclaje según las especificaciones técnicas del proveedor.
· El conjunto motor generador estará montado sobre una base común de acero, con cuatro dispositivos anti-vibratorios de resorte y/o de otro rendimiento garantizado, debidamente fijados a la base y anclados al piso. Estos dispositivos deben anular el 90% de las vibraciones.
Sistema De Escape De Gases
· Compuesta por silenciador tipo residencial, soportado por aisladores de vibración en el tramo horizontal y en el tramo vertical.
· Elementos de conexión flexible del silenciador.
· Con tapa para lluvia y trampa para lluvia.
· Tubo de escape forrado con aislante térmico y cubierto de metal en todo el tramo de longitud. 
Cargador Estático De Baterías
· Deberá proveerse un cargador estático de baterías de estado sólido de 12V-5A ó de características apropiadas para cada grupo electrógeno de acuerdo con las recomendaciones del fabricante, con sus respectivos instrumentos de medición, incluye su conexión a la fuente de alimentación y conexión con la batería de arranque del grupo electrógeno o en su defecto su sistema de control con respecto a las mediciones puede ser vistas desde el panel
principal.
· La capacidad de las baterías deberá garantizar la operación normal del grupo electrógeno de 12 horas como mínimo a plena carga.
· La alimentación deberá ser implementada desde el tablero general, para cada caso con su correspondiente interruptor termo magnético de corresponder.
· El cargador de baterías ira instalado, adosado a la pared a un costado del grupo generador o en su defecto dentro del grupo generador o del tablero de transferencia automática. 
· 
Comunicación
· El equipo deberá contar con tarjeta de Interfase para Comunicación en red LAN-SEDA HUANUCO S.A, protocolo SNMP (Instalación en fábrica o en campo), se debe considerar el software de instalación como parte de la propuesta. Esta tarjeta interface debe permitir monitorear los parámetros desde un punto de red remoto Ejemplo: Desde Huánuco, visualizar parámetros e información histórica del equipo instalado en las sedes que se indican. Se precisa que el equipo comunicación es solo para el monitoreo y visualización de los principales parámetros del grupo electrógeno a través de la Red LAN Instalada.
Distribución de los Grupos Electrógenos
Cuadro 4.2.1.
	N°
	SUCURSAL
	SEDE
	UND
	EQUIPO
	POT
(KW)
	OBSERVACION
	1
	Huánuco
	PTAP - Huánuco
	01
	G.E
	110
	Reemplazo
	2
	Tingo María
	Caisson I – Tingo María
	01
	G.E
	100
	Reemplazo
	3
	Tingo María
	Caisson II – Tingo María
	01
	G.E
	132
	Reemplazo
	4
	Tingo María
	Estación de Bombeo de Aguas Residuales
	01
	G.E
	60
	Nuevo
Instalación De Grupos Electrógenos Y Tableros De Transferencia Automática.
La instalación de los Grupos Electrógenos y Tableros de Transferencia Automática, deberán realizarse de acuerdo a las especificaciones técnicas consideradas en el Anexo Técnico A - 01 y lo siguiente:
· Las salas de grupo electrógeno deberán permitir una distancia mínima de 1 metro desde sus paredes hasta la base del grupo.
· Para la construcción o acondicionamiento de las salas se deberá considerar lo siguiente:
· Se deberá implementar una base anti-vibratoria de concreto, de resistencia apropiada, en el ambiente implementado de acuerdo a las recomendaciones del fabricante del grupo electrógeno para la Instalación del Nuevo grupo Electrógeno dimensiones aproximadas 2.50 m x 2.80 m. 
Deberá proveerse el lugar donde se instalara la conexión entre el TTA y el tablero general. En promedio debe considerar lo siguiente:
· Del Grupo generador al TTA, 5 metros.
· Del TTA al tablero generador, deberá ser verificado por el proveedor.
· Del medidor de red comercial al TTA, 30 metros.
· Se debe considerar el cableado de línea a tierra del grupo electrógeno al TTA y al pozo a tierra existente, cable color amarillo aproximadamente 15 metros.
· Deberá instalarse un letrero de identificación y advertencia que diga: “Sala de Grupo Electrógeno de Emergencia - PROHIBIDO EL INGRESO A PERSONAL NO AUTORIZADO-PELIGRO DE ELECTRO SHOCK”.
Pantalla principal
La pantalla principal permite un completo control y vigilancia del funcionamiento del grupo, la pantalla principal debe contener sin ser limitativo los siguientes parámetros.
· Contador de horas de funcionamiento
· Temperatura del líquido refrigerante
· Nivel de combustible
· Tensión de la batería
· Intensidad del cargador electrónico de baterías
· Presión de aceite
· Velocidad de giro del motor Diesel
· Frecuencia
· Intensidad de corriente
· Potencia activa
· Potencia reactiva
· Potencia aparente
· Factor de potencia
· Tensiones entre fases y fase neutro
· Análisis de armónicos
· Temporizaciones
· Modos de funcionamiento
Así mismo se deberá de mostrar los parámetros de energía con los siguiente valores parciales y totales desde el ultimo borrado de memoria.
· Contador de energía activa
· Contador de energía reactiva
· Contador de horas de funcionamiento
· Contador del número de arranques del grupo
· Contador del numero de conexiones de carga del grupo
· Autonomía del combustible con la carga media calculada
· Histórico de eventos
4.3 REGLAMENTOS TÉCNICOS, NORMAS METROLÓGICOS Y/O SANITARIOS NACIONALES 
Reglamentos Técnicos Nacionales
· Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del sub sector electricidad Resolución Ministerial N°263.2001-EM-VME.
· Reglamento de Seguridad Industrial. DS. 42-F.
· Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido Decreto Supremo N°085-2003-PCM.
· Código Nacional de Electricidad
· Estándar ANSI/TIA/EIA 607 de requerimientos para Telecomunicaciones de Puesta a Tierra y Puenteado de Edificios Comerciales
· Norma NTP-ISO/IEC 17799:2004
· Decreto Legislativo Nº1341 del 07 de enero del 2017, que modifica la Ley Nº30225 Ley de Contrataciones del Estado.
Norma Técnica Peruanas
· Norma Técnica Peruana de Seguridad Eléctrica de INDECOPI: NTP3070.053 – 1,999. Elección de los materiales eléctricos en las instalaciones interiores para puesta a tierra. Conductores de protección de cobre (10 p.). Establece la condición es que deben cumplir los conductores eléctricos a ser utilizados como conductores de protección a tierra considerados necesarios para la seguridad de las personas, animales y de la propiedad, frente a los peligros y daños que pueden resultar por el uso de las instalaciones eléctricas, en condiciones que puedan ser previstas.
· Norma de Técnicas Peruana. NTP 851.001:2009 Sistema de Gestión de la Salud y Seguridad Ocupacional. Requisitos. 2ª. Ed. (24 p.). Donde se establece criterios específicos de desempeño en SSO ni proporciona especificaciones detalladas para el diseño de un sistema de gestión.
· Norma Técnica Peruana. NTP 399.011:1974 SIMBOLOS. Medidas y Disposición (arreglo, presentación) de las señales de seguridad (11 p.). Establece las medidas de las formas geométricas de las señales de seguridad establecida en la norma colores y señales de seguridad; Los símbolos a ser dibujados en dichas señales de seguridad que representan los objetos, sucesos o actitudes.
· Norma Técnica Peruana. NTP ISO 20345:2008. Equipo de Protección Individual. Calzado de Seguridad (38 p.). Establece los requisitos básicos y adicionales (opcional), para el calzado de seguridad.
4.4 IMPACTO AMBIENTAL
· Este es casi nulo, por las características propias de un generador eléctrico.
· Sin embargo, se debe tener en cuenta evitar:
· El derrame de combustible Diésel y aceites.
· El ruido, que no se pase los límites máximos permisibles (LMP), de decibeles con filtro de ponderación A (DBA), de acuerdo a la norma ambiental del MINAM “Reglamento de Estándares Nacionales de la Calidad Ambiental para Ruido”. Para Zonas residenciales, que son en Nivel de Presión Sonora continuo Equivalente con ponderación A (LAeqT): 60 dBA para horario diurno (07:01 horas hasta las 22:00 horas), y 50 dBA para horario nocturno (22:01 horas hasta las 07:00horas del día siguiente).
4.5 CONDICIONES DE OPERACIÓN
· Temperatura: Entre 21°C y 24°C, propias del clima primaveral de Huánuco, 18°C – 32°C propias del clima tropical de Tingo María.
· Tiempo de trabajo: De uso alterno en ausencia de corriente eléctrica.
Condiciones de Espacio
· Asegúrese de dejar el espacio suficiente para tener un acceso cómodo a todos los componentes, durante el funcionamiento y las operaciones de mantenimiento. Debe prestarse especial atención a la posición del panel de instrumentación y los tableros eléctricos, a los cuales el operario debe poder acceder y consultar con facilidad. Las medidas (distancias de las paredes, etc.) de instalación recomendadas por el fabricante.
· La entrada de la habitación debe ser lo suficientemente amplia para permitir el paso del generador completo. 
4.6 EMBALAJE Y ROTULADO
Embalaje
· Los equipos serán entregados con embalaje que protejan con la humedad, el golpe, el polvo, golpes de movimiento de trasporte y deberán der los suficientemente fuertes ante los movimientos de carga y descarga.
Rotulado
· Marca y naturaleza del producto
· Dirección del fabricante
· Los equipos deberán tener una parte visible y grabado o pegado o impreso: código de fabricación, número de serie, características técnicas, etc.
4.7 MODALIDAD DE EJECUCIÓN
CONTRACTUAL
Llave en mano
4.8 TRANSPORTE
El proveedor será responsable de todas las maniobras, embalaje, transporte, seguros, acondicionamiento que permitan trasladar apropiadamente el Grupo Electrógeno y el Tablero de Transferencia hasta su instalación de corresponder.
Para ello debe de disponer de todos los aparejos, herramientas y equipos necesarios. El proveedor es responsable de cualquier daño que se pudiera causar a los equipos a instalar, los bienes de SEDA HUANUCO S.A y de terceros; comprometiéndose a reparar los daños, resarcir al afectado de cualquier prejuicio. El proveedor alcanzará a la oficina de Gerencia de Operaciones de SEDA HUANUCO S.A, el plan de traslado y maniobras dentro de las instalaciones de la Institución para la correspondiente aprobación.
4.9 SEGURO
Responsable de Seguro de Transporte del Equipo: 
· Estará a cargo del proveedor.
Tipo De Seguro Exigible Al Proveedor:
· Cobertura.
· Plazo.
· Seguro de transporte.
· Seguro de accidentes personales.
· Seguro de responsabilidad civil.
· Seguro complementario de trabajo de riesgo.
· Otros seguros.
4.10 GARANTÍA COMERCIAL
· La garantía se contabiliza a partir del día siguiente de la conformidad emitida por la Gerencia de Operaciones.
· La garantía por todos los equipos y sus accesorios, así como por las instalaciones efectuadas, correspondientes al presente proceso, será por un periodo mínimo de veinticuatro (24) meses o de 1,000 horas de operación (lo que ocurra primero), a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad.
· Si el equipo o alguno de sus componentes presentara defectos en su operación, dentro del periodo de garantía, el proveedor se obliga a reemplazarlo por otro de similares o mejores características; así mismo, el proveedor deberá atender durante este periodo de garantía toda emergencia que afecte la operación de alguno de los equipos suministrados, para lo cual contará con un tiempo de veinticuatro (24) horas para atender y solucionar el problema presentado para los casos de provincia.
· Para las ocurrencias detalladas anteriormente SEDA HUANUCO S.A, a través de la Gerencia de Operaciones se comunicará con la empresa por teléfono o correo electrónico, siendo este medio valedero para contabilizar el plazo otorgado para las atenciones, para lo cual la empresa debe designar a la persona responsable para recibir dichas comunicaciones adjuntando número telefónico y correo electrónico. 
4.11 DISPONIBILIDAD DE SERVICIO Y REPUESTOS
· El periodo mínimo de disponibilidad de servicios y repuestos, debe ser en un 80% de la vida útil del grupo electrógeno, indicada por el fabricante.
· La cantidad mínima de concesionarios de repuestos será de tres (3) como mínimo, con capacidad de suministros de repuestos, indicando el lugar al alcance local o nacional, accesible a SEDA-HUÁNUCO S.A. Sucursal Huánuco y Tingo María.
4.12 PRESTACION ACCESORIAS A LA PRESTACION PRINCIPAL
Mantenimiento Preventivo
· Es responsabilidad del proveedor que los equipos adquiridos por SEDA HUANUCO S.A, se mantengan en óptimas condiciones de operatividad durante el plazo de vigencia de la garantía, para lo cual ejecutará las acciones de mantenimiento necesarias de acuerdo a las exigencias y recomendaciones del fabricante (referidas a todas aquellas actividades que se deben realizar en los mantenimientos); para lo cual el Proveedor debe adjuntar a su propuesta técnica, el detalle de las referidas acciones de mantenimiento de acuerdo a las exigencias y recomendaciones del fabricante y asimismo la programación de mantenimiento para los equipos materia del presente proceso.
· Para tal efecto se debe considerar un mantenimiento cada seis (06) meses, durante el periodo mínimo de veinticuatro (24) meses, sin perjuicio en lo que corresponda al mantenimiento correctivo. El inicio de las prestaciones de mantenimiento será computado a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la Conformidad de la prestación principal (los equipos materia del presente proceso). Los horarios de mantenimiento serán coordinados por la Gerencia de Operaciones de SEDA HUANUCO S.A.
Soporte Técnico
En todos y cada uno de los grupos electrógenos, como parte del trabajo a ejecutar durante el montaje de los equipos, es indispensable que el especialista ejecute lo siguiente:
· Calibraciones y ajustes necesarios para la correcta operación del sistema de suministro de energía de emergencia.
· Configuración de la tarjeta de interface para comunicación en la red LAN de Seda Huánuco S.A para el monitoreo remoto.
· Pruebas de operatividad en vacío y bajo carga del grupo electrógeno; pruebas de transferencia, retransferencia y simulación de fallas para verificación de alarmas y parada de emergencia. Para las pruebas de operatividad una vez instalados los grupos electrógenos, el proveedor deberá suministrar una dotación de combustible equivalente a 12 horas de operación a plena carga.
· Verificación de la operatividad del cargador de baterías la misma que debe comprobarse en los instrumentos análogos del cargador tanto en voltaje como en amperaje y los indicadores tipo led que debe tener el cargador en la parte frontal del mismo.
· Verificación del nivel de ruido, ventilación, humos de combustión, vibraciones, etc. La verificación se sustentará con documentos emitidos por el fabricante. (Ver Anexo Técnico A - 01)
· Las pruebas de potencia se efectuarán en laboratorio, teniendo en cuenta el efecto de la altura en la pérdida de potencia, para los casos que corresponda de acuerdo al catálogo del fabricante. Las pruebas serán como se indica: una hora al 50% de la potencia nominal; una hora al 75% de la potencia nominal; cuatro horas al 100% de la potencia nominal. Los gastos de pruebas, correrán por cuenta del proveedor. En reemplazo a las pruebas de potencia en el laboratorio, el proveedor podrá presentar protocolos de pruebas de fábrica originales y catálogos sustentatorios originales del fabricante.
Capacitación y Entrenamiento
· Como parte del presente proceso, el proveedor deberá brindar la capacitación para doce (12) personas una vez puesta en operación los grupos electrógenos y antes de la emisión de la conformidad, en cada sede de SEDA HUANUCO S.A donde se instalará los grupos electrógenos.
· Dicha capacitación deberá versar, como mínimo, sobre los siguientes tópicos:
· Operación
· Programación
· Monitoreo
· Simulación de fallas
· Interpretación de alarmas y
· Mantenimiento; tanto de la parte mecánica, como de la parte eléctrica y de control.
· Durante la capacitación deberá incidirse en las actividades y periodos de mantenimiento.
· La capacitación deberá ser efectuada por personal calificado y acreditado por el fabricante de los equipos ofertados o el representante oficial del fabricante en el país y deberá ser realizado ambientes apropiados para tal fin. La capacitación teórica y práctica deberá realizarse en la sede del proveedor, ubicada en Huánuco.
· La duración mínima es de seis (horas), así mismo se dará capacitación in situ en la Sede donde se ha instalado el Grupo Electrógeno (Teoría y Práctica). 
· El horario será coordinado oportunamente con la Gerencia de Operaciones.
· Al finalizar la capacitación el proveedor entregara Certificados a los participantes así mismo manual de operación y mantenimiento en español.
4.13 LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
Lugar
Planta de Tratamiento de Agua Potable Cabritopampa – Huánuco, Estación de Bombeo de Agua Potable Planta Caisson y Estación de Bombeo de Aguas Residuales – Leoncio prado de la EPS seda Huánuco S.A.
Plazo
El plazo de entrega, comprende la entrega de los equipos instalados, operativos, y probados, así como la entrega de la documentación solicitada, no debiendo ser mayor a 90 días calendarios, contados a partir del día siguiente de suscrito el contrato.
5. REQUISITOS Y RECURSOS DEL PROVEEDOR
El postor deberá contar con el registro RNP como proveedor de servicios.
Incluir e indicar expresamente en su propuesta técnica la información y documentos que se detallan a continuación,
caso contrario, la propuesta será descalificada.
· Información técnica de los equipos y servicios ofertados, que evidencien el cumplimiento total de los requisitos técnicos requeridos en las especificaciones técnicas (Anexo Técnico A del I al IV), incluyendo además de la descripción de la totalidad de las unidades funcionales, dispositivos, accesorios y componentes necesarios para asegurar su eficiente y eficaz funcionamiento. Opcionalmente el postor podrá adjuntar catálogos ilustrativos de los equipos ofertados.
· Carta que indique el nombre del profesional (Ingeniero) o técnico especializado responsable de la instalación de los Grupos Electrógenos y Tableros de Transferencia Automática, adjuntando un Certificado de Capacitación otorgado por el fabricante de la marca de los equipos ofertados.
· Declaración Jurada del postor, indicando ser representante o distribuidor establecido en el Perú de la marca de los Grupos Electrógenos y Tableros de Transferencia Automática ofertado, y firmado por una persona que esté debidamente autorizada (con jerarquía funcional) para firmar documentos que obliguen al postor.
· Declaración Jurada del postor señalando su compromiso de brindar el servicio de mantenimiento (prestación accesoria) en un plazo mínimo de veinticuatro (24) meses ó 1,000 horas lo que ocurra primero. En el mismo documento se debe indicar expresamente, el detalle de dicha garantía y las acciones de mantenimiento que el fabricante recomienda dentro de la vigencia de la garantía.
· La garantía además tendrá cobertura contra vicios ocultos en un plazo mínimo de veinticuatro (24) mese ó 1,000 horas lo que ocurra primero, que pudieran detectarse posteriormente a la recepción de los equipos y trabajos ejecutados.
· Solo en caso oferte una Garantía Adicional a la Garantía de Fábrica, el postor deberá presentar un documento emitido por el fabricante de la marca ofertada y/o Declaración Jurada del postor, comprometiéndose a otorgar dicha Garantía Adicional en total concordancia con lo requerido en el numeral 5.10 del presente.
6. OTRAS CONSIDERACIONES PARA LA EJECUCION DE LA PRESTACION
6.1 OTRAS OBLIGACIONES
Otras Obligaciones Del Proveedor:
Previo a la verificación técnica y conformidad, el proveedor deberá entregar un Informe Técnico, firmado por el Ingenieros responsable de los trabajos de instalación y pruebas, que incluya planos de instalación, esquemas de conexión, protocolos de pruebas y registro de los parámetros de operación del grupo electrógeno (Ejemplos.- Tiempos de: Arranque, transferencia, retransferencia, parada; voltajes de arranque: por sobre-tensión en la red, por sub-tensión en la red); así mismo se requiere planos de distribución de equipos y detalles contemplando las vistas, cortes y recorrido de tuberías, recorrido y detalles del sistema eléctrico y otros.
 
Otras Obligaciones De La Entidad:
De ser necesario, otras obligaciones serán asumidas por SEDA-Huánuco S.A. Sucursal Huánuco y Tingo María, que tendrán incidencia directa en la ejecución de la prestación. SEDA-Huánuco S.A. Sucursal Huánuco y Tingo María, podrá asignar recursos y facilidades, al proveedor o su personal, cuando sea necesario en su estadía en Tingo María, en los trabajos propios de la prestación.
6.2 ADELANTOS
· Sin adelantos
6.3 SUBCONTRATACIÓN
· Sin subcontratación.
6.4 CONFIDENCIALIDAD
· La entidad debe preservar la seguridad, integridad y confidencialidad de toda oferta, encargándose que el contenido de la misma sea revisado únicamente después de su apertura.
· Los integrantes de un consorcio no pueden presentar oferta individual ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems.
6.5 MEDIDAS DE CONTROL DURANTE LA EJECUCION CONTRACTUAL
El control será en forma programada e inopinada, realizada por la Gerencia y/o el responsable del Área Operacional, de SEDA-Huánuco S.A. Sucursal Huánuco y Tingo María, siendo cada uno responsables según la distribución de la adquisición de grupos electrógenos ver cuadro 4.2.1.
Área que coordinaran con el proveedor
a) Sucursal Huánuco. 
Coordinador de producción - SEDA-Huánuco S.A. 
b) Sucursal Tingo María.
Responsable de la gerencia sucursal Leoncio Prado y la coordinación operacional sucursal Leoncio Prado.
Área responsable de las medidas de control
a) Sucursal Huánuco. 
Coordinador de producción - SEDA-Huánuco S.A. 
b) Sucursal Tingo María.
Responsable de la gerencia sucursal Leoncio Prado y la coordinación operacional sucursal Leoncio Prado.
Área que brindara la conformidad
a) Sucursal Huánuco. 
Coordinador de producción - SEDA-Huánuco S.A. 
b) Sucursal Tingo María.
Responsable de la gerencia sucursal Leoncio Prado y la coordinación operacional sucursal Leoncio Prado.
6.6 CONFORMIDAD DEL BIEN
El proveedor comunicara a SEDA HUANUCO S.A, por escrito el término de las instalaciones de los grupos electrógenos con la debida anticipación a fin de que la GERENCIA DE OPERACIONES programe la recepción de los mismos.
· Se realizará pruebas en vacío del grupo electrógeno
· Pruebas del grupo electrógeno con carga al 50% y 100% por espacio de 1 hora cada prueba.
· Pruebas en automático con simulación de corte de energía comercial y retorno, para comprobar que el sistema ingrese en automático y comprobar los tiempos de programación.
· Pruebas de monitoreo y arranque a distancia.
· Verificara que la instalación este de acuerdo a lo solicitado en las especificaciones técnicas de las bases, así como verificar el Informe Técnico presentado previo a la recepción.
· Se realizará Acta de Recepción Final y de haber observaciones se realizara Acta de Recepción con observaciones otorgándole el plazo de Ley para levantar las mismas (10 días como máximo).
· La Gerencia de Operaciones será la responsable de emitir el Acta de Conformidad Técnica de los equipos, previa evaluación técnica y conformidad de cada uno de los equipos adquiridos en las diferentes sedes y de acuerdo a lo estipulado en las especificaciones técnicas de las bases del contrato. 
6.7 FORMA DE PAGO
· Se realizará un solo pago después de ejecutada la prestación y otorgada la conformidad.
6.8 FORMULA DE REAJUSTE
· En el caso de pago en moneda nacional de deberá considerar fórmulas de reajuste a realizarse de acuerdo a la variación del índice de precios al consumidor que establece el instituto nacional de estadística e informática INEI, correspondiente al mes en que debe efectuarse el pago
· Cuando se trata de bienes sujetos a cotización internacional o cuyo precio este influido por esta, no se aplicara la limitación del índice de precios al consumidor (IPC) a que se refiere el párrafo precedente, en dicho caso, no corresponde establecer una fórmula de reajuste, pues el reajuste estará dado por la variación del precio al que se cotiza el bien en el mes en que se efectuara el pago, para lo cual es necesario se prevea la forma en que se comprobara la variación del precio.
· No se podrá establecer fórmulas de reajuste cuando las propuestas deben ser expresadas en moneda extranjera, a menos que se trate de bienes sujetos a cotización internacional o cuyo precio al que se cotiza el bien en el mes en que efectuara el pago, lo cual es necesario se prevea la forma en que se comprobara la variación del precio.
6.9 OTRAS PENALIDADES APLICABLES
Se aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, según lo establecido en el artículo 165° del Reglamento.
6.10 RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La garantía cubrirá, además, contra vicios ocultos la misma que será por un periodo mínimo de veinticuatro (24) meses o de 1,000 horas de operación (lo que ocurra primero), a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad, que pudieran detectarse posteriormente a la recepción de los equipos materia del presente proceso.
En caso el postor como mejora a su propuesta, ofertase una garantía adicional a la mínima requerida,
ésta necesariamente deberá cumplir con incluir el respectivo servicio de mantenimiento durante el mismo periodo.
7. ANEXOS
ANEXO TÉCNICO N° A – 01
CONSIDERACIONES GENERALES
1. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LOS TABLEROS
Los interruptores serán del tipo automático, del tipo termo magnético y tipo tornillo, deberán ser hechos para trabajar en duras condiciones climáticas y de servicio, permitiendo una segura protección y buen aprovechamiento de la sección de la línea; El cuerpo estará construido de un material aislante altamente resistente al calor; Los contactos serán de aleación de plata endurecidas que aseguren excelente contacto eléctrico.
Deberá llevar su barra de tierra, de cobre duro, adosada a la caja del tablero, todos los cables de tierra deberán ser de color amarillo o verde.
Debe estar señalizado de acuerdo al Código Nacional de Electricidad.
Se debe instalar junto al tablero un Cuadro de Instrucciones en idioma español donde se detalle los pasos a seguir para su operación, así mismo se debe capacitar al personal de SEDA HUANUCO S.A en el uso de este equipo.
Debe alcanzar un informe técnico y manual de ajuste, configuración, operación en idioma castellano que debe incluir un Plano Eléctrico y de ser el caso la clave de acceso para la configuración.
La capacidad interruptora a la corriente de corto circuito mínima serán los siguientes:
· De 15 a 40 A		10 KA
· De 60 a 100 A	25 KA
· De 125 a 200 A	40 KA
· De 225 a 500 A	65 KA
· De 600 a 2000 A	80 KA
2. CONSIDERACIONES TÉCNICAS GENERALES.
DISTANCIA MÍNIMA ENTRE CUBIERTAS Y PARTES VIVAS DESNUDAS
	Tensión entre conductores (Voltios)
	Distancia mínima a la que deben colocarse las cubiertas en cm.
	Hasta 600
	5
2.1. FORRO AISLANTE DE CONDUCTORES O PARTES VIVAS.
Si la tensión es menor de 600 voltios, en locales secos, se puede usar para el forro tela barnizada, cinta plástica u otro aislamiento como protección, mangas contraíbles aislantes, siempre que no esté expuesto a daño mecánico, aunque es preferible tener una defensa rígida, cubiertas o dispositivos similares. Si se usa tela barnizada, deberán colocarse las capas necesarias para dar una protección adecuada, según la tensión de que se trate. 
2.2. PARTES VIVAS A MENOS DE 300 VOLTIOS CONTRA TIERRA.
Se recomienda que estas partes, cuando operen a más de 150 voltios contra tierra y estén expuestas a contacto accidental de personas, se provean de defensas o cubiertas apropiadas.
2.3. LUGARES EN QUE SE REQUIERE.
Deberá dejarse un espacio libre adyacente a las partes vivas de equipos que necesiten ajustarse o examinarse cuando estén en servicio.
2.4. PROTECCION ELÉCTRICA.
Protección contra sobre corriente: Los conductores deben ser adecuados para la carga que lleven y para el lugar, uso y tensión en que se empleen y deben protegerse contra calentamiento excesivo mediante fusibles o interruptores automáticos o algún otro medio adecuado.
Conductores de tierra: Los conductores conectados normalmente a tierra para la protección de las personas, deben instalarse sin fusibles o interruptores automáticos que pueden interrumpir la continuidad del circuito entre la fuente de abastecimiento y el punto conectado a tierra, a menos que el interruptor automático abra todos los conductores del circuito simultáneamente.
2.5. PROTECCIÓN CONTRA DAÑO MECANICO O TERMICO. 
Protección contra daño mecánico: Cuando los conductores estén expuestos a daño mecánico, se deben emplear cubiertas con protecciones adecuadas.
Protección contra contacto: Los conductores de gran sección expuestos a desprenderse de sus soportes debido a fuerzas a que puedan estar sujetos (como las producidas por campos magnéticos intensos), deben sujetarse en forma que no pueda llegar a hacer contacto con superficie conductoras próximas o con otros conductores y equipos.
2.6. CONEXIONES O EMPALMES.
Los cables subterráneos dentro de ductos o tuberías, serán instalados conforme a las prescripciones de tubería Conduit en instalaciones interiores y básicamente está prohibido hacer ninguna conexión o empalmes en otro lugar que no sea en las cámaras espacios accesibles.
2.7. SOPORTES DE CABLES.
 Los cables deben estar adecuadamente soportados en los muros de cada cámara.
Sección mínima de los conductores de puesta a tierra para distribución secundaria.
	Sección de los Conductores Activos
(cobre equivalente)
	Sección Mínima del conductor de cobre equivalente.
	Hasta 120 mm2
	No menor que la mitad de la sección del conductor activo, y en cualquier caso no menor que 35 mm2
	Mayor de 120 mm2
	No menor que un cuarto de la mayor sección del conductor activo, y en cualquier caso no menor que 120 mm2
Los conductores a tierra se deberán proteger debidamente contra daños mecánicos y químicos. Se deberá evitar el contacto de metales diferentes.
Conexiones
Los empalmes de los conductores entre sí y las conexiones con los dispositivos de protección y maniobra se harán por intermedio de piezas de ajuste a presión, dimensionados de forma que no puedan presentarse calentamientos superiores a 30°C sobre el ambiente.
Empalmes y conexiones
Los empalmes y conexiones de conductores se realizarán cuidadosamente, de modo que en ellas la elevación de temperatura no sea superior a la de los conductores.
Se utilizarán piezas metálicas apropiadas y resistentes a la corrosión, que aseguren un contacto eléctrico eficaz. En los conductores sometidos a tracción mecánica, los empalmes deberán soportar sin rotura ni deslizamiento del conductor, por lo menos, el 90% de su carga de rotura, no siendo admisible en estos empalmes su realización por soldadura o por torsión directa de los conductores, aunque este último podrá utilizarse cuando estos sean de cobre y su sección nominal no superior a 10 mm2. En los empalmes y conexiones de conductores forrados, se utilizarán accesorios adecuados resistentes a las acciones de la intemperie y se colocarán en forma que eviten la infiltración de la humedad de estos.
Conductores Eléctricos.
	Conductor de cobre electrolítico cableado
	
	Aislamiento de cloruro de Polivinilo (PVC), 
	Resistente al calor, humedad, aceite y agentes químicos.
	· Tensión de servicio nominal
	600Voltios
	· Temperatura de operación Máxima
	75°C
	· Norma de Fabricación
	ITINTEC 370.048
Instalación en bandejas para cables
Unidad o conjunto de unidades o tramos con sus accesorios adecuados, fabricados de metal u otros materiales no combustibles que forman una estructura rígida para el soporte de cables y conductores. Las bandejas para cables incluyen los tipos de escalera, de canales ventilados o no ventilados de fondo sólido y otras estructuras similares.
La instalación de las bandejas y escalerillas debe estar a cargo de personal debidamente calificado, se podrá instalar cualquiera de los cables indicados en los literales i) y ii) a continuación, en bandejas para cables del tipo escalera o de canal ventilado.
i) Cables y conductores unipolares. Deberán ser de 120 mm2 o mayores; y de los tipos RHH, RHW.
ii) Con aislamiento de termoplástico o THW u otros que estén específicamente aprobados para su instalación en bandejas para cables. Cuando estén expuestos a los rayos directos del sol, los cables deberán ser resistentes a la luz solar.
Requisitos de fabricación de bandejas
Las bandejas para cables deberán estar aprobadas para el uso y deberán cumplir con lo siguiente:
a) Deberán tener una resistencia y rigidez adecuadas, para proporcionar un soporte adecuado a los cables y conductores de la instalación.
b) No deberán presentar bordes cortantes, rebabas o salientes que puedan dañar el aislamiento o la cubierta de los cables.
· Si son de metal deberán ser adecuadamente protegidos contra la corrosión o deberán hacerse de material resistente a la corrosión.
· Deberán tener paredes laterales o elementos estructurales equivalentes.
· Deberán incluir accesorios u otros medios adecuados para cambios de dirección y de altura.
Instalación de bandejas
Las bandejas para cables deberán instalarse como un conjunto

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