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21/11/2017 1 • CONTAMINANTES QUIMICOS – Concentraciones admisibles – Tablas: interpretaciones y aplicaciones Ing. HECTOR RUBEN TARCAYA Contaminación del ambiente de trabajo Higiene y Seguridad Industrial • LEY 19587 - Art. 6. • DECRETO 351/1979 - Art. 61 - Anexo III. Definiciones. Tablas de concentraciones admisibles. Apéndices. • Actualizaciones (Resol 415/02, Resol 295/03…..) Marco legal - Contaminación ambiental 21/11/2017 2 Todo lugar de trabajo en el que se efectúan procesos que produzcan la contaminación del ambiente con gases, vapores, humos, nieblas, polvos, fibras, aerosoles o emanaciones de cualquier tipo deberá disponer de dispositivos destinados a evitar que dichos contaminantes alcancen niveles que puedan afectar la salud del trabajador. Contaminación ambiental 21/11/2017 3 Contaminantes Son sustancias provenientes de la actividad o proceso (industrial, agropecuario, minería, etc) que afectan el aire del ambiente laboral. Pueden ser gases, líquidos o sólidos Vías de contaminación 21/11/2017 4 Concentraciones Máximas Permisibles (CMP) o TLV (Threshold Limit Values) como las concentraciones de sustancias que se encuentran en suspensión en el aire y que representan condiciones por debajo de las cuales se cree que casi todos los trabajadores pueden estar expuestos repetidamente día tras día a su acción sin sufrir efectos adversos para la salud. Concentraciones admisibles Definiciones del Anexo III del Decreto 351/79: a) CMP (Concentración máxima permisible ponderada en el tiempo): • Concentración media ponderada en el tiempo para una jornada normal de trabajo de 8 horas/día y una semana laboral de 40 horas, a la que se cree pueden estar expuestos casi todos los trabajadores repetidamente día tras día, sin efectos adversos. b) CMP - CPT (Concentración máxima permisible para cortos períodos de tiempo): • Concentración a la que se cree que los trabajadores pueden estar expuestos de manera continua durante un corto espacio de tiempo sin sufrir: 1) irritación, 2) daños crónicos o irreversibles en los tejidos, o 3) narcosis en grado suficiente para aumentar la probabilidad de lesiones accidentales, dificultar salir por sí mismo de una situación de peligro o reducir sustancialmente la eficacia en el trabajo, y siempre que no se sobrepase la CMP diaria. Complementa al CMP. Es la exposición media ponderada en un tiempo de 15 minutos, que no se debe sobrepasar en ningún momento de la jornada laboral. c) CMP-C (Concentración Máxima Permisible - Valor Techo (c): • Es la concentración que no se debe sobrepasar en ningún momento durante una exposición en el trabajo. Concentraciones admisibles 21/11/2017 5 • TABLAS • TABLAS 21/11/2017 6 • APENDICES APENDICE A : CARCINOGENICIDAD • Categorías A1, A2, A3, A4 y A5 • Equipamiento para A1. Concentraciones por debajo del CPM en A1, A2 y A3 APENDICE B: SUSTANCIAS DE COMPOSICION VARIABLE • Descomposición del politetrafluoroetileno. • Humos de soldaduras. APENDICE C : VALORES LIMITES UMBRAL PARA MEZCLAS • Situaciones según tipo de mezcla. APENDICE D: MUESTREO POR TAMAÑO DE PARTICULAS PARA AEROSOLES • Masa de partículas respirable (RPM) % = 1% para diámetro aerodinámico de 10 micrones. • APENDICE C Caso 1. General Cuando estén presentes dos o más sustancias peligrosas que actúen sobre el mismo sistema de órganos, se deberá prestar atención primordialmente a su efecto combinado más que al de cualquiera de dichas sustancias por separado. A falta de información en contrario, los efectos de los distintos riesgos se deben considerar como aditivos. Es decir, si la suma de C1 C2 Cn —— + —— = —— T1 T2 Tn es mayor que la unidad, se debe considerar que se sobrepasa el valor límite umbral correspondiente a la mezcla. En las fracciones los términos C indican las concentraciones atmósfericas halladas para cada sustancia componente de la mezcla y los términos T los correspondientes CMP de cada una de estas sustancias Ejemplo. El aire contiene 400 ppm de acetona (CMP, 500 ppm), 150 ppm de acetato de secbutilo(CMP, 200 ppm) y 100 ppm de metiletilcetona (CMP, 200 ppm). Concentración ambiental de la mezcla = 400+150+100 = 650 ppm de la mezcla. 400/500 + 150/200 + 100/200 = 0.80 + 0.75 + 0.5 = 2.05 Se sobrepasa el valor límite umbral de la mezcla. 21/11/2017 7 • APENDICE C Caso 2. Mezcla líquida con composición ambiental similar al material original Ejemplo: • APENDICE C Caso 3. Efectos independientes 21/11/2017 8 Hay diferentes métodos y normativas de muestreo y análisis según el contaminante. Para material particulado una manera sencilla es utilizando bomba portátil y membrana en cassettes de 37 mm, analizando por diferencia de peso de la membrana, siguiendo metodología de IRAM y NIOSH. Monitoreo Monitoreo 21/11/2017 9 Pueden estar relacionadas con el tipo de producto, proceso, equipos, mantenimiento, etc. Fuentes de emisión de contaminantes Control y/o corrección del riesgo 21/11/2017 10 Las medidas deben apuntar en lo posible a la causa de emisión y considerar la protección personal como un último recurso. • Ley 19.587 , Dto. 351/79 y Resoluciones complementarias • Manual de Higiene Industrial. Fundación MAPFRE • Seguridad Industrial y Salud. C.Ray Asfahl • Seguridad e Higiene del Trabajo. José M. Cortez Diaz • http://www.infoleg.gov.ar http://infoleg.mecon.gov.ar Bibliografía
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