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18 CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO En el presente capítulo se exponen los antecedentes de la investigación, así como los aportes teóricos acerca de la devaluación monetaria, considerando teorías, enfoques y opiniones de diversos autores e investigadores consultados para el esclarecimiento del tema. Al respecto, Hernández, Fernández y Baptista (2003, p. 23), exponen que el marco teórico “consiste en detectar, obtener y consultar la bibliografía y otros materiales que pueden ser útiles para los propósitos del estudio, de donde se debe extraer y recopilar la información relevante y necesaria que atañe al problema de investigación”. 1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN Parte de la revisión documental incluye una serie de estudios realizados en diversas, cuyos aportes son importantes para el direccionamiento de la presente investigación; así considerando los trabajos de otros investigadores con respecto a la variable devaluación monetaria se pudo obtener información para orientar el enfoque teórico metodológico de este estudio. Para iniciar la exposición de antecedentes, se revisó estudio realizado por Martínez (2007) en su investigación titulada “La Ley contra los Ilícitos 18 19 Cambiarios en las Coberturas y Primas en Divisas de las Pólizas de Seguros de Vida en Venezuela”. Trabajo de Grado (MSc. en Derecho mercantil) Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, Decanato de Investigación y Postgrado, Maestría en Derecho mercantil, Maracaibo, 2007. El cual tuvo como objetivo principal el analizar la ley contra los Ilícitos Cambiarios en las Coberturas y Primas en Divisas de las Pólizas de Seguros de Vida en Venezuela. Las bases teóricas fueron sustentadas por los siguientes autores Calvo (1999), Edwards (2001), Sanchs y Larraín (1994), entre otros. El propósito de ésta investigación es estudiar las consecuencias de la promulgación de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios, que ha ocasionado la implantación de un control de cambio en Venezuela, con respecto al sector seguros, y mas específico con las pólizas de seguros de vida en divisas. La metodología fue del tipo documental-descriptivo, y su diseño es del tipo bibliográfico-no experimental. Para la recolección de la información se utilizó la técnica de la observación documental de documentos legales tales como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gacetas Oficiales, leyes, Convenios Internacionales, entre otras. Los datos obtenidos se analizaron interpretando la información de forma sistemática que respondiera a criterios objetivos de análisis. Por otra parte, se establecieron los puntos para el análisis cualitativo por categorías referente a las subcategorías pertenecientes al análisis objeto de estudio. 20 Entre los resultados se resalta que no serían ilegales las pólizas de seguros de vida, con coberturas y primas en divisas, sólo hay que tener en cuenta que siempre la limitante hay que establecerla, se va hacer la convertibilidad de la moneda al precio oficial en el momento de la contratación de la póliza. Se concluye que la ley y el ordenamiento jurídico venezolano no tipifican la ilegalidad ni la prohibición de ofertar las pólizas de seguros de vida en divisas. Es por ello, que la presente investigación mencionada sirve de aporte ya que mide las consecuencias de la promulgación de la ley contra los ilícitos cambiarios, haciendo la convertibilidad de la moneda al precio oficial estableciendo que la ley y el ordenamiento jurídico venezolano no tipifican la ilegalidad de ofertar las pólizas de seguros de vida en divisas, coberturas y primas en divisas no siendo ilegales. Por otra parte, Rodríguez (2005) en su Trabajo de Grado titulado: “El control de cambio en el comercio internacional de Venezuela”. Desarrollado en la Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, Decanato de Investigación y Postgrado. El objetivo general de la investigación consistió en determinar el control de cambio en el comercio internacional de Venezuela. Para optar al título en Derecho Mercantil. Sustentado por los siguientes autores: Suarez (2005), Ortiz (2003), Galindo (2003), entre otros. El control de cambio es una medida oficial impuesta por el gobierno venezolano para proteger tanto el valor de la moneda local como las reservas internacionales mediante la restricción de la compra y venta de divisas, esto 21 implica que exista una limitación en las operaciones de importación y exportación por falta de divisas dañando las relaciones regulares del país con el resto del mundo. La investigación se realizó a través de la observación documental de artículos, referencias bibliográficas económicas, políticas y sociales, teniendo como resultado una estela de fortunas mal hechas y de empresas quebradas por no haber podido conseguir las divisas a tiempo, concluyendo que una economía sana necesita libertad de acción, un gobierno amigable con la inversión extranjera y nacional que cree confianza. El trabajo de Rodríguez aporta conceptos sobre el control cambiario en Venezuela, que sustenta la presente investigación. La investigación mencionada sirve de aporte al objeto de estudio ya establece que el control cambiario es una medida del gobierno para proteger el valor de la moneda local como las reservas internacionales, por medio de la compra y venta de divisas, limitando las operaciones de importación y exportación por la escasez de las divisas. Arriechi (2003) en su Trabajo de Grado titulado: “Incidencia de los regímenes cambiarios en la depreciación del Bolívar para el periodo 1996- 2002”. Desarrollado en la Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado” Para optar al título de especialista en Gerencia Financiera. El objetivo general de la investigación es comparar la incidencia de los regímenes cambiarios en la depreciación del bolívar para el periodo 1996-2002. La 22 investigación fue sustentada sus bases teóricas por Echeverría (1999), Montiel (1991), y Amat (1992), Calvo (1999), entre otros. Entre sus objetivos específicos se encuentran: Discriminar las razones de la depreciación del bolívar en la economía venezolana, analizar la relación de la inflación y la depreciación del bolívar, relacionar la relación de la política cambiaria en la depreciación del bolívar, comparar la relación de la liquidez y la depreciación del bolívar, comparar el nivel de depreciación del bolívar en el sistema de bandas cambiarias y en el sistema de libre flotación. La investigación es de tipo comparativa por cuanto pretende a través de la información recopilada comparar la incidencia de los regímenes cambiarios en la depreciación del bolívar en el período 1996-2002, sistemas en los cuales la actuación de las autoridades gubernamentales ha estado orientada fundamentalmente, a procurar la mayor estabilidad posible de la economía venezolana; tomando en cuenta la política cambiaria, monetaria y fiscal; y variables como la inflación y el Producto Interno Bruto (PIB). La consecución de los objetivos planteados se basó en la comparación de datos, opiniones, teorías de indicadores económicos con relación a las variables propuestas, de fuentes documentales emitidas por el Banco Central de Venezuela (BCV) y bibliografías de expertos en la materia, el trabajo se inicia con el planteamiento del problema, explicando los objetivos perseguidos y la importancia de la investigación, se continua con el marco teórico expresando los antecedentes y describiendo los términos a utilizar de mayor relación, prosiguiendo con el marco metodológico reseñando el 23 método de recolección de datos, y se finaliza con el análisis de la información expresada a través de matrices relacionales descritas año por año donde se toma en cuenta los valores de las principales variables estudiadas. Se puede concluir que la devaluacióndel bolívar es vulnerable al inicio de cada régimen y estos a su vez son susceptibles a las políticas implementadas y es prioritario armonizarlas y darles flexibilidad para que se ajusten oportunamente a los cambios. El trabajo de Arriechi aporta a la investigación datos históricos en relación al tipo de cambio que ha sufrido Venezuela y la incidencia de éste en la economía venezolana. Es por ello, que la investigación sirvió de aporte, ya que compara la incidencia de los regímenes cambiarios en la depreciación del bolívar, así como la relación de la inflación y la depreciación de la moneda y la relación de la política cambiaria en la depreciación monetaria, afirmando que la devaluación de la moneda es inconsistente en cada inicio de cada régimen siendo primordial el armonizar la políticas que se van implementar para darles flexibilidad al control de cambios. Ferrer (2003) en su Trabajo de Grado titulado: “Dolarización en Venezuela, cuantificación y algunas implicaciones de la política monetaria, durante el periodo 1985-2003”. Desarrollado en la Universidad del Zulia. Para optar al título de especialista en Gerencia Financiera El objetivo general de esta investigación es examinar el grado de sustitución de moneda y sustitución de activos y sus implicaciones en la política monetaria durante el periodo 1985-2003. 24 Entre sus objetivos específicos está: Estimar las razones (sustitución de la moneda y sustitución de activos), Especificar las relaciones existentes según la teoría que aplican al caso venezolano en el periodo objeto de estudio, analizar algunas implicaciones de política monetaria que pudiesen surgir a partir de la presencia de dichos fenómenos. Se apoyó en autores como: Berg y Borenztein (2000) Edwards (2001), Calvo (1999), Sanchs y Larraín (1994). El tipo de investigación es no experimental descriptiva, explicativa. El método utilizado está enmarcado en el deductivo porque se parte de un cuerpo teórico que se ha generalizado, para luego especificar su validez para un caso único y concreto el venezolano. La población considerada como universo toda la información disponible para las variables que serán tomadas en cuenta durante el estudio (activos nacionales y extranjeros, inflación, tasa de interés) se define a la población como aquellas variables, pero en el mismo transcurso del periodo 1985-2003. Entre las técnicas utilizadas a lo largo de la presente investigación son: la observación y el análisis histórico documental las primeras están relacionadas a las búsquedas, clasificación y revisión de los hilos históricos sobre el cual se sustenta la validez y pertenencia del análisis y sus resultados y conclusiones. Finalmente se obtiene como resultado que el modelo basado en la literatura divisa, en el cual los activos se mantienen por motivos y sustitución de la moneda y sustitución de activos para Venezuela durante los años ya 25 mencionados. El trabajo de Ferrer aporta una visión como se desarrolla la sustitución de la moneda, causas, efectos, consecuencias y directamente su implicación con la política monetaria, ya que se hace un análisis históricos de los hechos y se explica detalladamente su impacto en la economía venezolana. Es por ello, que la investigación antes mencionada sirvió de aporte, por que ya que examina el grado de sustitución de moneda y sustitución de activos y sus implicaciones en la política monetaria, estimando las razones de la moneda y analizando las implicaciones de política monetaria que pudiesen surgir al momento de del impacto en la economía del pais. León (2003) en su Trabajo de Grado titulado: “Modelo de gestión administrativa para un control cambiario”. Desarrollado en la Universidad Católica Andrés Bello, en la Dirección General de Investigación y Postgrado, Para optar al título de Magister en instituciones financieras. Esta investigación tiene como objetivo proponer un modelo de gestión administrativa apegado al objetivo de la política económica, bajo un esquema de control cambiario, y sus objetivos específicos son: Identificar y analizar áreas de riesgo y de bajo impacto en los procesos del control cambiario. Se apoyó en la revisión de autores como Echeverría (1983), Cabrillo (1985), Montiel (1991), y Amat (1992) entre otros. Considerar dentro del modelo, la aplicación de un sistema de información gerencial y cuadro de mandos integrales como herramientas administrativas, establecer mecanismos efectivos en el registro, otorgamiento 26 y comprobación de divisas asignadas (control posterior) y por último medir los resultados del programa a través de indicadores. Es de tipo descriptiva y se obtiene la información a través de análisis de diferentes documentos y textos relacionados con la materia económica, financiera y gerencial, bajo el diseño bibliográfico documental, usando esta técnica de recolección de datos, el análisis de contenido. Como objeto de estudio y población se tomó las experiencias del control cambiario desde 1983 y1989 -1994 y 1996 analizando la situación económica venezolana dentro del contexto de una restricción cambiaria con énfasis en los modelos de gerencia. Se apoyó en la revisión de autores como Echeverría (1983), Cabrillo (1985), Montiel (1991), y Amat (1992) entre otros. Finalmente como resultado se obtiene que al aplicar el control cambiario debe estar acompañado de un modelo de gerencia y estar en concordancia con la política cambiaria. Es por ello, que la investigación planteada por León (2003) sirve como aporte ya sustenta la investigación en cuanto a los conceptos de control cambiario y además el uso del análisis de contenido para comprender los textos y documento, lo que es una herramienta de gran utilidad. Igualmente, Mollejas (2000) realizo un articulo arbitrado titulado “Reflexiones sobre la política monetaria en una economía pequeña y abierta con referencial especial al caso Venezuela” Revista Venezolana Análisis de Coyuntura. Postgrado en política y teoría económica, FACES, UCV. El 27 presente articulo arbitrado tuvo como objetivo general el analizar las reflexiones sobre las políticas monetarias en una economía pequeña y abierta con referencial especial al caso Venezuela. Según el artículo 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Banco Central de Venezuela, tiene la función de velar y garantizar la estabilidad de precios y preservar el valor interno y el valor externo de la unidad monetaria. En el caso de Venezuela, el sector petrolero tiene que ver mucho a la hora de suministrar una oferta de dólares que puede compensar el desbalance del sector no petrolero. Ante esta situación parte que hay una búsqueda en librar la moneda de la especulación, sobre todos en las economías pequeñas. Es por ello, que el autor expresa a través de esta investigación revisar las condiciones teóricas y las circunstancias de la economía venezolana, la cual es pequeña, pero examinando en el contexto de la globalización, y como se puede con todas estas realidades diseñar una política de desarrollo. En el caso venezolano los planes de la nación alrededor de los 70, se concentraban en disminuir el desempleo y aumentar el nivel de vida de la población, entre otros. Esto se pretendía lograse a través de una economía basada en el área agro-industrial financiadas con las divisas provenientes del sector petrolero, así ese excedente se traspasaba el Estado por medio del gasto público se orientaba el proceso económico del país. Sin embargo esto no se logró debido a que se partía de una economía con oferta de baja elasticidad, esto quiere decir que se aplicaban subsidios, 28 créditos público blandos y un control de precios a bienes básicos, además de las barreras aduaneras para equipos y rubros de consumo. Esto provoco un crecimiento de la inflación,aumentaron las exportaciones y la devaluación fue inevitable para lograr mantener la economía. Desde la segunda guerra mundial y hasta nuestros días el dólar se ha convertido en la moneda de reserva de valor internacional, siendo el patrón de referencias de las monedas nacionales de los países. Por consiguiente, en las llamadas pequeñas economías, la moneda ya no representa lo que antes podía ser, al declararla un signo monetario nacional, no representa o arrojan las ventajas esperadas sino que existe el riesgo de la especulación bancaria, en donde se mantienen elevadas tasas de interés, lo cual trae como consecuencia mayor inflación y desempleo. Para esto el Banco Central se le han atribuido diversas funciones entre ellas tenemos: Regular la emisión monetaria y el tipo de cambio, Prestamista de última instancia de la banca y regulador de crédito, Prestamista del Estado y supervisor del sistema bancario. Sin embargo, no todas estas funciones son realidad en Venezuela, por ejemplo no es prestamistas de la banca y regulador de crédito porque esta prohibida y minimizada y la última ha sido traspasada a otras instituciones. Lo que hace el BCV es vigilar la primera función, es decir, la transformación de los dólares en bolívares, mantener un nivel alto de reservas. Lo ideal y para finalizar es que la institución se adecue a la época a la cual se esta 29 viviendo, estimule a la economía nacional orientado el manejo de los dólares y bolívares de la manera más idónea para el país. El aporte de Mollejas (2000) con su investigación ayuda a la presente investigación para entender como se ha desarrollado la política monetaria en algunos países en América latina, específicamente el caso de Venezuela, además de la actuación del BCV, sus funciones y como debe apoyar al sostenimiento de la economía del país, de igual manera como ha sido su actuación para frenar el desempleo, el alto costo de la vida y por ende la inflación. 2. BASES TEÓRICAS Las bases teóricas son la sustentación del estudio de investigación en ella se describen los elementos teóricos que permiten al investigador fundamentar su proceso de conocimientos, de allí que las bases teóricas constituyen un factor determinante en la investigación. En vista de lo expuesto anteriormente, afirma Méndez (2005) que algunas funciones que cumplen el marco teórico es el permitir decidir sobre qué datos serán captados, y cuáles son las técnicas de recolección más apropiadas, orienta, al investigador en la descripción de la realidad observada y su análisis; así se hace necesario definir. 2.1. Devaluación Monetaria Las devaluaciones monetarias, son flagelo propio de las inestables economías de los países de la Subregión, que la sufren con intensidad 30 variable, como consecuencia de muy complejas causas, internas unas y externas otras, que resultan más determinantes y frecuentes. El sólo inevitable reflejo de las condiciones económicas internacionales a nivel regional, continental o mundial, precipita las devaluaciones, así como también la frecuencia de este tipo de perturbación, su especial gravedad en muchos casos y su carácter de inevitable o fatal casi siempre, ameritan sin duda un procedimiento más rápido y expedido que el adoptado frente a otros posibles desequilibrios, de características diferentes. Es por ello, que se debe tener en cuenta que los países de la Subregión, colocados por fuerza de las circunstancias en una misma órbita monetaria, estén lejos de poder contar con una política común o siquiera armónica o coordinada frente ante tan delicado instrumento económico como es la moneda, de suerte que su manejo individual, por cada país, totalmente imprevisible cuando no errático, constituye un riesgo permanente que afecta de manera grave las relaciones económicas. De acuerdo, con Mankin (2000), expone que la devaluación monetaria, es el segundo elemento de la teoría de la preferencia por liquidez es la demanda de dinero, es decir, como punto de partida para comprender la devaluación de dinero de un activo se refiere con facilidad con que puede convertirse en el medio de cambio de la economía. En lo antes referido por el autor, se puede decir que la devaluación monetaria es el medio de cambio de la economía, por lo que es por definición 31 el activo más liquido. Afectando el tipo de interés debe subir para equilibrar la oferta y demanda de dinero. La subida del nivel de los precios ha elevado la cantidad de dinero que quiere tener el público y ha desplazado la curva de la demanda hacia la derecha. De igual manera, Tamanes y Gallego (2006, p.190) expone que la devaluación monetaria es la “Modificación al alza del precio oficial previo de una moneda (paridad) por comparación con un patrón metálico (generalmente oro) con otra moneda (normalmente dólar)”. El control de la cláusula de salvaguardia monetaria frente a devaluaciones inevitables que prácticamente constituyen una fuerza mayor, es por supuesto un control más difícil y delicado que el sancionatorio que debe aplicarse frente a devaluaciones intencionales o competitivas. La necesaria armonización de los intereses aparentemente contrapuestos en procura de un justo equilibrio, es también más difícil en el primer caso, que en éste que se analiza. De acuerdo al Banco Central de Venezuela (2009), la devaluación de la moneda “consiste en la decisión, por parte de la autoridad monetaria, de la reducción del valor de la moneda nacional respecto del valor de las monedas extranjeras”. Se manifiesta como un aumento en el tipo de cambio nominal, es decir se requiere mayor cantidad de unidades monetarias nacionales para adquirir una misma cantidad de moneda extranjera. Por otra parte, Osorio (2005, p. 80) expone que la Devaluación es “una medida consistente en disminuir el tipo de cambio de la moneda nacional en 32 relación con el patrón oro-dólar u otras monedas extranjeras”. Pero para Lozano (1994, p. 85) es la “baja del tipo de cambio fijo de una moneda con respecto a la otra”. Ambos autores coinciden en la pérdida de valor que sufre la moneda ante otras, en el caso venezolano desde 2003 era el bolívar. Es por ello, que la devaluación monetaria, causa fuertes efectos redistributivos, perjudicando a los venezolanos que tienen deudas en dólares, reales, euros, entre otros, que tendrán que convertir ahora más bolívares que antes de la devaluación para pagar esas deudas y beneficiando a los acreedores en dólares que ahora recibirán más bolívares por cada dólar que habían prestado. Según Contreras (2005, p.36) la devaluación monetaria “consiste en reducir la paridad oro de la moneda, o lo que es lo mismo, conservar el patrón oro a una paridad menor”. Devaluar es, por tanto, fijar un precio más alto al oro en términos de la moneda del país que devalúa, ya sea que la misma este directamente ligada la oro o a través de una divisa oro. Es aplicable para nivelar déficit en la balanza de pagos, si se quiere permanece bajo el patrón oro y evitar la deflación. Es decir, la devaluación puede producirse en un solo país o en el conjunto de los que están sometidos al régimen del patrón oro. En este último caso y si el aumento se hiciere en la misma proporción o medida, las razones de cambio entre las distintas monedas no se alterarían y entre otros efectos se produciría el aumento de las reservas monetarias de los bancos centrales en términos de las monedas nacionales devaluadas. 33 En el caso particular de la deuda pública venezolana, mucha de ella nominada en moneda extranjera, la devaluación tiene un impacto muy negativo sobre el déficit fiscal aumenta la carga de intereses expresado en moneda doméstica y sobre las futuras necesidades de financiación. En este sentido, la devaluación va a crear más dificultades al Gobierno para hacerse conlas divisas necesarias para pagar los servicios de la deuda pública en dólares. Al momento de llegar a la confrontación de autores, Tamanes y Gallego (2006.p. 190) “es la modificación al alza del precio oficial previo de una moneda por comparación con un patrón metálico con otra moneda”. Por otra parte Osorio (2005, p. 80) expone que la Devaluación “es una medida consistente en disminuir el tipo de cambio de la moneda nacional en relación con el patrón oro-dólar u otras monedas extranjeras”. De la misma manera, Contreras (2005) expone que la devaluación monetaria consiste en reducir la paridad oro de la moneda, o lo que es lo mismo, conservar el patrón oro a una paridad menor. Finalmente, se puede decir que la devaluación puede producirse en un solo país o en el conjunto de los que están sometidos al régimen del patrón oro. En este último caso y si el aumento se hiciere en la misma proporción o medida, las razones de cambio entre las distintas monedas no se alterarían y entre otros efectos se produciría el aumento de las reservas monetarias de los bancos centrales en términos de las monedas nacionales devaluadas. 34 Es por ello, que la investigadora coincide con las teorías expuestas por Osorio (2005), ya que la devaluación monetaria consiste en reducir la paridad oro de la moneda, o lo que es lo mismo, conservar el patrón oro a una paridad menor. Por otra parte, devaluar es, por tanto, fijar un precio más alto al oro en términos de la moneda del país que devalúa, ya sea que la misma este directamente ligada al oro o a través de una divisa oro. Es aplicable para nivelar déficit en la balanza de pagos, si se quiere permanece bajo el patrón oro y evitar la deflación. 2.1.1. Inflación Cabe destacar que solamente el cambio en los niveles generales de precios deben ser tomados como inflación y no el cambio productivo a nivel específico de un bien o servicio, trae como consecuencia una pérdida sensible del poder adquisitivo de la unidad monetaria del país. De acuerdo con Mankiw (2000), manifiesta que la inflación puede parecer natural e inevitable, ya que la mayoría de los precios tienden a subir con el paso del tiempo. Por otra parte , los economistas miden la tasa de inflación por medio de la variación porcentual del índice del precio de consumo, el deflactor del PIB o algún otro índice del nivel general de los precios. Es por ello, que aunque para algunos países la inflación ha sido lo normal en ciertos países, la tasa que suben los precios ha variado 35 considerablemente. El público a menudo considera que una tasa de inflación tan alta constituye un importante problema económico. De acuerdo con Contreras (2005, p.120), expone que “inflación es la tendencia general de aumento a través del tiempo, del precio de los bienes y servicios que conforman la cesta básica”. La inflación, en economía, es el aumento del costo de la vida sin que las personas puedan mejorar su salario. En ese mismo sentido, en referencia a lo expuesto por el autor anteriormente la inflación, es el aumento general y continuado en el tiempo de los precios. Las causas que la provocan son variadas, aunque destacan el crecimiento del dinero en circulación, que favorece una mayor demanda de los factores de la producción (materias primas, energía, salario, entre otros), pero por el contrario si se produce una baja continuada de los precios se denominan deflación. Por otra parte, Catacora (2000, p.28) define a “la inflación como un fenómeno económico que obliga necesariamente al planteamiento de nuevos esquemas teóricos para el reporte e información de las cifras de una entidad”. Es decir, la inflación se define como el aumento generalizado del nivel de precios de bienes y servicios, o como la variación de precios en la economía, es decir, en qué porcentaje aumentaron (o disminuyeron) los precios en un período de tiempo determinado. Cuando una entidad presentas cifras en economías con alta inflación y en la cual se desenvuelven sus operaciones, los análisis e interpretaciones deben ser elaborados en base a cifras expresadas, para que tenga validez 36 desde el punto de vista económico y financiero. Según Catacora (2000) la inflación puede clasificarse de la siguiente manera: -Inflación rampante y acelerada: se distingue por tener un crecimiento lento de los precios, 3% a 4% anual, pero que se siente en el tiempo crecer poco a poco cada año y que va unido a otros trastornos de tipo económico. Este fenómeno ocurre por lo general en países que se encuentran en crecimiento o en vías de desarrollo. A pesar de ser una inflación relativamente baja, se tiene que la moneda se va afectando poco a poco por un deterioro gradual de su valor. -Inflación abierta o declarada: ocurre cuando los índices de inflación van del 15% al 20% anual y donde se sienten los estragos derivados de la pérdida gradual del valor de la moneda, con una mayor fuerza. Algunos países clasifican este tipo de inflación en un digito y dos dígitos. -Hiperinflación: se destaca cuando en tres periodos o años consecutivos, el índice supera tasa acumuladas del 100%. Esta condición es aceptada por diferentes especialistas en el área económica y financiera. Por otra parte , Osorio (2005 p. 102) destaca que es “una crisis o desequilibrio de tipo financiero que consiste en un sustancial incremento de precios y es su manifestación externa más visible”. Es decir, la inflación es el aumento generalizado de los precios, pero esto es relativo ya que constantemente hay aumento de los precios. Para los economistas la inflación, es el aumento progresivo, constante generalizado de los precios teniendo como base el aumento anterior. 37 Por lo tanto, un aumento genera otro aumento esto es lo que se denomina "la espiral inflacionaria", es decir, la inflación es la difícil interpretación, se podría ver como un síntoma del estado de deterioro de la economía del país, de una mala política económica, del desbarajuste económico del país. De acuerdo, a las definiciones expuestas por los autores antes mencionados se llega a la confrontación de los mismos, ya que Contreras (2005, p.120) expone que “la inflación es la tendencia general de aumento a través del tiempo, del precio de los bienes y servicios que conforman la cesta básica”. Por otra parte, Catacora (2000) define a “la inflación como un fenómeno económico que obliga necesariamente al planteamiento de nuevos esquemas teóricos para el reporte e información de las cifras de una entidad”. Mientras que Osorio (2005) manifiesta que la inflación es una crisis o desequilibrio de tipo financiero que consiste en un sustancial incremento de precios y es su manifestación externa más visible. Es por ello, que la investigadora coincide con las definiciones expuestas por Catacora (2000) en cuanto a que la inflación, es el incremento sostenido y generalizado de los precios en los bienes y servicios, así mismo las causas que provocan la inflación son variadas, aunque destacan el crecimiento del dinero en circulación, que favorece una mayor demanda, o del costo de los factores de la producción (materias primas, energía, salarios, entre otros). 38 2.2. Control Cambiario El control cambiario es una intervención oficial del mercado de divisas, de tal manera que los mecanismos normales de oferta y demanda, quedan total o parcialmente fuera de operación y en su lugar se aplica una reglamentación administrativa sobre compra y venta de divisas, que implica generalmente un conjunto de restricciones tanto cuantitativas como cualitativas de una entrada y salida de cambio extranjero. Por otra parte, conforme a la Comisión de Administración de Divisas CADIVI (2009) un control de cambio es un instrumento de política cambiaria que consiste en regular oficialmente la compra y venta de divisasen un país. De esta manera, el Gobierno interviene directamente en el mercado de moneda extranjera controlando las entradas y salidas de capital. Este enunciado será el utilizado para denotar el concepto de control de cambio en la presente investigación, sin embargo a continuación se encontraran argumentos adicionales que bien son importantes conocer. Es por ello , que el control de cambio es una política de la autoridad monetaria orientada a controlar la compra y venta de moneda extranjera. Puede involucrar la determinación del tipo de cambio y/o el volumen de divisas (todas las monedas diferentes a las que tienen curso legal de un país determinado) transadas. Tiende a impedir la libre convertibilidad entre la moneda nacional y extranjera. Según Maza (2009), el control de cambio, puede identificarse como el sistema mediante el cual el Estado ejerce control sobre todas o buenas 39 partes de las transacciones en moneda extranjeras, influyendo directamente en la balanza de pagos. Mientras que el Banco Central de Venezuela (2009) lo define como “políticas de autoridad monetaria orientada a controlar la compra y venta de moneda extranjera. Puede involucrar la determinación del tipo de cambio y/o el volumen de divisas transadas”. De lo indicado, es el Banco Central de Venezuela el facultado para controlar los desembolsos en moneda extranjera a su discreción. Es por ello, que el control de cambio es una intervención oficial del mercado de divisas, de tal manera que los mecanismos normales de oferta y demanda, quedan total o parcialmente fuera de operación y en su lugar se aplica una reglamentación administrativa sobre compra y venta de divisas, que implica generalmente un conjunto de restricciones tanto cuantitativas como cualitativas de una entrada y salida de cambio extranjero. De acuerdo con, Heras (2000, p. 241) el control de cambio “es el conjunto de normas legales dictadas por el gobierno de un país, con el propósito de regular los movimientos de capital entre el mismo y el resto de los países”. Por otro lado para Tamanes y Gallegos (2006, p. 150) expone que el control de cambio: Son las medidas que adoptan las autoridades monetarias de un país para influir directamente sobre el tipo de cambio exterior de su propia moneda, bien de forma directa o mediante instrucciones o para regular de cualquier manera los cobros y pagos con el extranjero, tanto en divisas como en moneda nacional y así como la adquisición o cesión de bienes y derechos de contenido económico entre residentes y no residentes. 40 Según se ha citado, por los diversos autores el control cambiario son normas e instituciones cuya finalidad es la de controlar la entrada y salida del país de moneda nacional o extranjera, exigiendo el cumplimiento de deberes de información, y en su caso, autorización administrativa. Es por ello, que el control de cambio es sin duda el método más directo y eficaz adoptado en los países regidos por el patrón oro para nivelar el déficit existente en sus balanzas de pagos, y en especial es un método insustituible si se trata de evitar futuros desajustes de la misma. Para Osorio (2005, p 63) es un: Sistema que combina todos los elementos de los sistemas de tipo de cambio fijo y cambio variable, dejando invariable la renta nacional, la cantidad de dinero, entre otros. y manteniendo un tipo de cambio estable. Para corregir esto, restringe directamente los impuestos hasta el nivel de las exportaciones, lleva las exportaciones hasta igualar las importaciones o hace ambas a la vez. La vía más directa por la que un país puede conservar monedas extrajeras para pagar importaciones esénciales, satisfacer las deudas externas y prevenir la fuga de capitales, es la de exigir a todos sus habitantes que vendan a una entidad pública determinada, como el banco central o una junta de control de cambios, las monedas extranjeras que lleguen a poseer. Existen múltiples modalidades del control de cambios; puede ser sumamente rígido o muy flexible, establecer una sola tasa de cambio para cualquier tipo de mercancía o múltiples; parcial o total según exija o no el cambio en moneda nacional de la totalidad o parte de las transacciones 41 internacionales; tener por objeto estimular las importaciones necesarias a base de tipos de cambio en moneda nacional con tipos de cambio atractivos en dado caso, o por el contrario, incrementar las exportaciones mediante la existencia de tipos de cambio altos y desfavorables para la moneda nacional. Es por ello , que llegando a confrontar a los autores antes citados como Maza (2009), el expone que el control de cambio, puede identificarse como el sistema mediante el cual el Estado ejerce control sobre todas o buenas partes de las transacciones en moneda extranjeras, mientras que Heras (2000) manifiesta que el control de cambio es el conjunto de normas legales dictadas por el gobierno de un país . Asimismo, Tamanes y Gallegos (2006) expone que el control de cambio es una intervención oficial del mercado de divisas, de tal manera que los mecanismos normales de oferta y demanda, quedan total o parcialmente fuera de operación y en su lugar se aplica una reglamentación administrativa sobre compra y venta de divisas, que implica generalmente un conjunto de restricciones tanto cuantitativas como cualitativas de una entrada y salida de cambio extranjero. Y finalmente para Osorio (2005) el control cambiario, es el sistema que combina todos los elementos de los sistemas de tipo de cambio fijo y cambio variable, dejando invariable la renta nacional, la cantidad de dinero, entre otros, en lo cual se pudo observar que los autores coinciden con las definiciones expuestas de control de cambio. 42 De acuerdo con lo mencionado, la investigadora coincide con definiciones expuestas por los Tamanes y Gallegos (2006), ya que el control cambiario son las normas e instituciones cuya finalidad es la de controlar la entrada y salida del país de moneda nacional o extranjera, exigiendo el cumplimiento de deberes de información y, en su caso, autorización administrativa. 2.3. Característica de la h istoria de la Devaluación Monetaria 2003-2010 La historia económica venezolana contemporánea ha estado caracterizada por sucesivas devaluaciones tales como la acción o medida emprendida por un gobierno, el tipo de cambio fijo de una moneda con respecto a otra y la disminución la moneda nacional en relación con el patrón oro dólar, u otra moneda extranjera. De acuerdo, con Ardanaz (2006) manifiesta que durante muchos siglos la económica, como otras muchas ramas del conocimiento, no tuvo autonomía propia en el campo teórica. Se reducirá a un conjunto de normas surgidas fundamentalmente de la experiencia cotidiana. Otras preocupaciones de la ciencia económica actual escriban en la fusión de los enfoques estáticos con el carácter dinámico de la vida real, el estudio de déficit fiscal crónico, inflación, desigualdad internacional entre países desarrollados y subdesarrollados, inestabilidad cambiaria, desigualdad en la distribución del ingreso con sus defectos sobre el crecimiento y la creación de modelos que permitan predecir con ciertos grado 43 de confiabilidad las tendencias futuras de las principales variables económicas. 2.3.1. Acción o medida emprendida por un gobierno De acuerdo a informes de Guanipa (2010) expone que el ex presidente de Venezuela Herrera (1983), durante su gobierno se frena la estabilidad monetaria, cuando el Gobierno aprueba un sistema de Régimen de Cambios Diferenciales para restringir la libre distribución de las divisas derivadas de la renta petrolera. A partir 1983, la política monetaria en el país ha estado caracterizada por altas tasas de interés, inflación, devaluación, fuga de capitales, controles de cambio, corrupción,remuneración a ahorristas por debajo de la inflación e incertidumbre. El conocido “Viernes Negro” del gobierno de Herrera (1983) dio paso a sucesivas devaluaciones de la moneda como la del año 1986, con el gobierno de Lusinchi; (1994), con Caldera (1998) en el marco de una crisis bancaria nacional. Por otra parte, en informes del Banco Central de Venezuela (2009) se manifiesta que en el gobierno del presidente Chávez (2003) también se han presentado devaluaciones mediante convenios de controles cambiarios. En febrero de 2003, en el cual se establecen medidas de controles destinadas a lograr la estabilidad de la moneda, es ese mismo año se estableció otro convenio que expone a la moneda a una devaluación de 1.600 unidades por 44 dólar (2003) y a 1.920 unidades por dólar (2004). La última devaluación se produjo el 3 de marzo de 2005. El porcentaje de devaluación fue de 10,7% y el tipo de cambio quedó fijado en 2.150 bolívares por dólar. Igualmente, Guanipa (2010) manifiesta que durante estos años, se llevaron a la práctica algunos modelos mixtos como las minidevaluaciones, los sistemas de bandas y los cambios duales. En Venezuela se decretó una devaluación de la moneda en Marzo 2005, cuando el tipo de cambio pasó a 2,150 bolívares por dólar, pero en 2007, tras el proceso de reconversión monetaria, el cambio pasó de 2.150 a 2,15 bolívares fuertes por dólar, cifra que se mantenía hasta los momentos, con base en el control cambiario que comenzó a utilizarse en el 2003. Por otra parte, se pudo observar en los informes del Banco Central De Venezuela que para el 2007 el bolívar había perdido cerca de 250% de su valor, si se tomaba como base 1999, y 59.202%, si se contaba desde 1983. Una de las primeras devaluaciones registradas de la moneda venezolana se produjo en 1929. Como consecuencia de esta acción, el bolívar se colocó a 3,35 unidades por dólar. Esta cifra se mantuvo hasta que en 1961 el gobierno de Rómulo Betancourt fijó un control de cambios para devaluar el bolívar a 4,30 unidades por dólar, cifra que caracterizó al signo monetario durante un período de gran bonanza económica. De acuerdo, al informe del Banco Central de Venezuela(2009), expone que se seguía manteniendo la versión de que el dólar no sería devaluado ni 45 se modificaría la política cambiaria del país, a pesar del anuncio de la asunción de 54 medidas económicas destinadas a evitar la recesión económica; incrementar la intermediación financiera; y controlar la inflación, entre otros. Estas medidas fueron anunciadas dentro del plan de austeridad del Gobierno Nacional para atenuar los efectos de la crisis económica mundial. En el mismo orden de ideas, el Gobierno Nacional (2010) informó al país el viernes 8 de enero de 2010, que el precio del dólar controlado se incrementaría de 2,15 bolívares fuertes a 2,60 bolívares fuertes para algunos usos preferenciales, y a 4,30 bolívares fuertes para los restantes. Así mismo, resalto que el gasto real del gobierno central entre 2003 y 2006 se incrementó un 97,2%, y que desde 2003 PDVSA, comenzó a realizar un creciente gasto interno en los programas sociales denominados “Misiones”. Por otra parte, el informe del BCV (2004), dio a conocer que en abril de 2003, el ejecutivo agotó los ahorros que constitucionalmente debía conservar en el Fondo de Estabilización Macroeconómica, redactándose luego no menos de siete leyes o reformas de leyes que relevaron al gobierno de su obligación de restituirlos. La Asamblea Nacional (AN), (el 15 de enero de 2004), reformó la Ley del BCV para crear un Fondo de Desarrollo Nacional (FONDEN) bajo control del ejecutivo. Este Fondo debía recibir del emisor (sin contraprestación en bolívares) 6.000 millones de dólares por una única vez, a los cuales PDVSA debía añadir divisas periódicamente. 46 De esta manera, se pudo conocer por informes del BCV, (2005) que era conveniente insistir en que la creación del FONDEN está reñida con la prohibición expresa que la Constitución de 1999, en la cual se plantea hacer el financiamiento del gasto fiscal por parte del BCV. Por lo cual, se incrementó el potencial del gasto interno, aunque no la supervisión. La Ley indicaba explícitamente que el BCV sólo debía transferir 6.000 millones de dólares en 2005, pero el BCV ha repetido la operación desde entonces, entregando 4.275 millones de dólares en 2006, 6.770 millones en 2007 y 1.538 millones en 2008. Así mismo, Guanipa (2010) afirma que la devaluación permitió aumentar significativamente los ingresos fiscales del gobierno, nueve meses antes de las elecciones parlamentarias. Con ellos el gobierno procuro suavizar los efectos sobre las cuentas fiscales de la volatilidad de los precios del petróleo, acentuada por la crisis financiera mundial. Aunque se anuncia el propósito de promover exportaciones y sustituir importaciones, estos objetivos parecen inalcanzables por varias razones. El mantenimiento de precios controlados a los niveles previos a la devaluación (que eran insuficientes en algunos casos) y la amenaza de expropiación a los comercios, hecha efectiva en algunos casos, dificulta y desestimula la actividad productiva privada en medio de una recesión que se inició en el segundo trimestre de 2009. Por otra parte, Guanipa (2010) expone que la empresa pública no petrolera se encuentra adversamente afectada por los retrasos en la 47 inversión pública necesaria. Tal es el caso de la generación de electricidad y los problemas operativos de las empresas básicas de minerales y metales de Guayana. De acuerdo, a los informes del BCV(2010), se manifiesta que el uso de los ingresos obtenidos de la devaluación, las utilidades cambiarias que esta genere al BCV, los recursos de PDVSA y el FONDEN y los posibles incrementos en el precio del petróleo darán comienzo nuevamente al ciclo de expansión del gasto y la base monetaria, inflación, apreciación real, ampliación de la brecha cambiaria y crecimiento del sector no transable sobre el transable, lo que preparo el camino para la devaluación y para un incremento de la inflación en 2010 inicialmente estimado en el 35%-40%, según sea el ritmo de expansión de gasto público y liquidez monetaria. La investigadora coincide con lo dicho anteriormente por los autores mencionados ya que el Banco Central puede realizar una política monetaria expansiva aumentando la oferta monetaria para estimular la producción, pero si la demanda de dinero no crece junto con la oferta, o bien la producción no crece debido a otros factores (que pueden ser externos), puede existir una presión inflacionaria. 2.3.2. Tipo de cambio fijo de una moneda con respecto a otra El tipo de cambio nominal, el precio o cotización de una moneda comparada con otra. El tipo de cambio nominal puede ser de venta o de compra. El tipo de cambio de venta es el precio que cobran el Banco Central, 48 las instituciones financieras o casas de cambio, cuando venden dólares a los individuos o agentes económicos. El tipo de cambio de compra es el precio que pagan el Banco Central, las instituciones financieras o casas de cambio, cuando compran dólares a los individuos o agentes económicos. De acuerdo, con Tamanes y Gallegos (2006) expone que el tipo de cambio fijo de una moneda con respecto a otra implica una pérdida de valor del bolívar respecto a otra moneda, por lo general el dólar, es decir, se deben entregar más moneda nacional por cada dólar. En cambio, una disminución del tipo de cambio nominal constituye una reevaluación o recuperación de valor del bolívar respecto al dólar. El tipo de cambio real relaciona los precios de los bienes producidos en el extranjero, expresados en moneda nacional, con los precios de los bienes producidos en el país. El tipo de cambio real es un precio relativo que se utiliza como indicador delos precios de los bienes externos respecto de los precios de los bienes nacionales. En ese sentido, es utilizado también como uno de los indicadores que miden la competitividad de un país en el comercio internacional, es decir, permite saber si los bienes producidos en el país están abaratándose o encareciéndose con relación a los bienes producidos en el exterior. Por tal motivo, un aumento de precios corresponde a una depreciación del tipo de cambio real, es decir, los bienes externos se han vuelto más caros respecto a los bienes nacionales o visto de otra manera, los bienes nacionales se han vuelto más baratos con relación a los bienes externos. En 49 este caso habría un aumento de competitividad de los bienes nacionales, lo que significa que los agentes económicos preferirán comprar bienes nacionales a bienes extranjeros. Por su parte, una disminución es una apreciación del tipo de cambio real, es decir, los bienes externos se han vuelto más baratos respecto de los bienes nacionales o, dicho de otra manera, los bienes nacionales se han vuelto más caros con relación a los bienes externos. En este caso, se tiene una pérdida de competitividad de los bienes nacionales. Para Guerra (2004) en el caso de Venezuela, la experiencia indica que se ha instrumentado una diversidad de esquemas cambiarios y que además el tránsito de uno a otro ha ocurrido en medio de crisis de balanza de pagos. Por tanto, en Venezuela, al igual que en otros países, la elección del régimen cambiario ha estado influida más por los objetivos de la política económica en determinadas coyunturas que por criterios que atiendan a la especificidad de los choques que enfrenta la economía o por una visión estructurada acerca de lo que debería ser la economía venezolana. El control de cambios absoluto, o sea, la reglamentación total de la oferta y la demanda de divisas, es prácticamente imposible de implementar, por las inevitables y múltiples evasiones y filtraciones que tienen lugar cuando la economía no es enteramente centralizada. El control parcial o de mercados paralelos ha sido practicado en diferentes países y oportunidades: consiste en un control parcial, 50 determinante, de la oferta de divisas, a precios determinados, con cuyas divisas se atienden necesidades esenciales de la economía, y un mercado marginal es permitido en el cual se compran y venden cantidades de divisas procedentes de operaciones que se dejan libres y se determinan precios de mercado; este mercado paralelo o marginal se autoriza para impedir el funcionamiento del estraperlo o mercado negro. Otra modalidad de control es el régimen de cambios múltiples, en que para cada grupo de operaciones, de oferta o demanda, se fija un tipo de cambio: tipos preferenciales, más favorables, para determinadas exportaciones y entradas de capital y para determinadas importaciones y salidas de capital; y tipos no preferenciales, para las restantes operaciones. Este sistema se ha aplicado y se aplica aun no sólo en función de objetivos cambiarios o de balanza de pagos, sino como instrumento de la política económica en general. De acuerdo, con Guerra (2004), existe otro control parcial de la venta de divisas al mejor postor para determinadas operaciones. Ello puede explicarse por el hecho de que en Venezuela confluyen marcadamente tanto las perturbaciones monetarias como las reales, de forma tal que es difícil separarlas con precisión. En ciertos momentos ha privado la obligación u objetivos de corto plazo al momento de adoptar un determinado esquema cambiario luego de episodios de crisis de balanza de pagos. 51 Por otra parte, Osorio (2005) expone que el tipo de cambio de un país respecto de otro es el precio de una unidad de moneda extranjera expresado en términos de la moneda nacional. Es decir, el tipo de cambio se puede definir como el número de unidades de moneda nacional que se debe entregar para obtener una unidad de moneda extranjera o de manera similar el número de unidad de moneda extranjera, o de similar el número de unidades de moneda nacional que se obtiene al vender unidad de moneda extranjera. Así mismo, se llega a la confrontación de los autores antes mencionados exponiendo que Tamanes y Gallegos (2006), manifiesta que el tipo de cambio nominal implica una pérdida de valor del Sucre respecto a otra moneda, mientras que Guerra (2004) manifiesta que el tipo de cambio se inicia en la experiencia que se ha instrumentado una diversidad de esquemas cambiarios y que además el tránsito de uno a otro ha ocurrido en medio de crisis de balanza de pagos. Por otra parte, Osorio (2005), el tipo de cambio de un país respecto de otro es el precio de una unidad de moneda extranjera expresado en términos de la moneda nacional. Es por ello, que la investigadora coincide con las definiciones expuestas por Tamanes y Gallegos (2006), ya que los tipos de cambio son el número de unidades de moneda nacional que debemos entregar para obtener una unidad de moneda extranjera, o de manera similar, el número de unidades de moneda nacional que obtengo al vender una unidad de moneda extranjera. 52 La investigadora también coincide que para ello, el ingreso de divisas debe estar centralizado y controlado (en nuestro país por el Banco Central de Venezuela), aunque la demanda puede dejarse libre; sin embargo, el tipo o tipos, que fije la autoridad no puede diferir mucho del que se determinaría en el mercado libre, salvo que se trate de un sistema enteramente centralizado de economía. 2.3.3. Disminución de la moneda nacional en relación con el patrón oro- dólar u otra moneda extranjera Indirectamente, por representar el oro un poder de compra internacionalmente reconocido, el papel moneda queda relacionado con todas las otras mercancías. Pero, puesto que si un gramo de oro en las arcas nacionales puede haber moneda interior, es muy natural que se quiera referir su poder de compra directamente a cualquier mercancía . De acuerdo Ardanaz (2006, p. 87) define la relación con el oro dolor u otra moneda extranjera como “la paridad establecida para la moneda en determinado peso oro”. Lleva consigo la facultad de acuñar y fundir moneda a la libertad del ciudadano. Es por ello, que el autor manifiesta que una vez fijada la paridad oro para las divisas de las monedas nacionales, es fácil calcular la paridad monetaria mutua, es decir el cambio. Así mismo, la definición que ofrece el autor mencionado en relación del patrón oro dólar hace establecer directamente cual es el poder de compra de la unidad monetaria con respecto a una mercancía determinada, el oro. 53 Según Guanipa (2010), para febrero de 1999, el precio de un dólar rondaba los 575 bolívares, y el del petróleo no alcanzaba los 10 dólares por barril, sin embrago éste llegó a superar los 30 dólares en octubre de 2000, pero en noviembre del año siguiente había caído de nuevo por debajo de los 17 dólares por barril. Afirma Guanipa (2010) que para entonces, el gobierno, que había incrementado su gasto nominal en un 90,5% en tres años (49,6% en términos reales), reconoció dificultades económicas y preparó el camino para recortes del gasto y un aumento de impuestos, finalmente anunciados en febrero de 2001. De acuerdo con, Tamanes y Gallegos (2006) tras la aprobación presidencial de decretos-leyes potencialmente expropiatorios en diciembre de” 2001, esto provoco los sucesos de abril (2002) de inestabilidad, política, economía y social. Posteriormente a esta situación el Gobierno Nacional, con el precio de dólar en 793 bolívares eligió permitir una flotación sucia del tipo de cambio. Así mismo, Guerra (2004) expone que la crisis política llegó al extremo de un paro encabezado por PDVSA entre diciembre de 2002 y febrero de 2003, ante esta situación el gobierno modificó su política económicaa principios de 2003, estableciendo un control de precios y de cambios desde comienzos del año. Igualmente Guerra (2004) expone que con el propósito de proteger las reservas internacionales del impacto del paro petrolero, el 6 de febrero de 54 2003 el gobierno y el BCV fijaron el precio del dólar en 1.600 bolívares. En cuatro años dicho precio se había incrementado un 178,3%. La depreciación del bolívar no se debió exclusivamente a las expectativas adversas generadas por el conflicto político. El gasto público interno financiado con ingresos petroleros expande la base monetaria en Venezuela, generando presión sobre los precios de los bienes y servicios y del tipo de cambio. Esta combinación de acontecimientos explica los problemas del gobierno para influir sobre el comportamiento del tipo de cambio paralelo, de esta manera para el 2004 el precio del dólar controlado era la mitad del paralelo, entonces calculado por medio de la relación entre los precios en bolívares y dólares emitidos por la CANTV, empresa telefónica estatizada en 2007. A pesar de un incremento en las reservas internacionales de 59,4% desde la fijación del control, el 9 de febrero de 2004 el Gobierno Nacional autorizó su primera devaluación, al incrementar un 20% el precio del dólar controlado, a 1.920 bolívares. De acuerdo, con Osorio (2005) la segunda devaluación, que encareció un 12% más el dólar controlado, ocurrió el 3 de marzo de 2005. Ambas devaluaciones tuvieron lugar mientras los precios del barril de petróleo se incrementaban (con algunas variaciones) desde los 25 dólares en abril de 2003 a 70 dólares en agosto de 2006 y las reservas internacionales pasaban de 14.056 millones de dólares en febrero de 2003 a 37.440 millones en diciembre de 2006. Aunque el dólar paralelo se mantuvo cerca de un 20% 55 por encima del dólar controlado entre febrero y junio de 2006, la brecha entre ambos comenzó a aumentar hasta cerrar el año en un 60%. Así mismo, Guanipa (2010) expone que mientras el precio del barril de petróleo ascendía desde 46 dólares en enero de 2007 hasta casi 140 dólares en julio de 2008, la brecha cambiaria se incrementaba hasta el 216% del precio controlado en octubre de 2007, para luego caer y mantenerse entre abril y agosto de 2008 en alrededor del 60%. Antes de la brusca caída del precio del petróleo, arrastrado por la crisis financiera mundial, la brecha cambiaria comenzaba a ensancharse nuevamente. De acuerdo a lo descrito anteriormente acerca de la disminución de la disminución de la moneda nacional se puede llegar a confrontar los autores mencionados tales como Ardanza (2006) manifiesta que tanto el oro como las monedas nacionales son buscados como medios de compra, porque cristalizan en si el poder de compra de que dispone cada país como fruto de su actividad. Por otra parte, Tamanes y Gallegos (2006) el cual manifiesta que luego de realizarse los decretos y leyes de expropiación, trajo como consecuencia la insatisfacción entre los grupos de los empresarios, trabajadores, es decir, un descontento social hacia con el Gobierno Nacional. Mientras, que para Guerra (2004) expone que el tipo de cambio, que diera la paridad ideal vendría determinado del poder de compra de las monedas respectivas. Así mismo, las cantidades oro que se podrían comprar con cada una de las monedas nacionales determinaba la paridad de cambio en régimen de patrón oro. Por otra parte, Osorio (2005) que expone que 56 ambas devaluaciones tuvieron lugar mientras los precios del barril de petróleo subió, aunque la moneda extranjera se mantuvo. Por lo planteado, la investigadora coincide con lo expuesto por Guerra (2004) ya que pasando por alto que cerca del 60% de las importaciones de los primeros tres trimestres de 2009 se hicieron con el tipo de cambio controlado en 2,15 bolívares fuertes (entre ellas las correspondientes a una importante fracción de alimentos, medicinas, comercio y maquinarias y equipos), el presidente sostuvo que llevar el precio del dólar paralelo a 4,30 bolívares fuertes (equivalentes a 4.300 bolívares) por medio de la intervención del BCV constituiría una “devaluación revaluadora”. 2.4. Normativas legales del Control Cambiario aplicables en Venezuela durante el periodo 2003-2010 Vale mencionar las normativas legales del control cambiario aplicable en Venezuela, a continuación las gacetas oficial N° 36.625, N° 37874, N° 38138, N° 39.342 a continuación se describen cada una de ellas: 2.4.1. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 36.625 de fecha 5 de febrero de 2003. El 5 de febrero de 2003 fue publicado en Gaceta Oficial Nº 37.625 un decreto de convenio cambiario a través del cual el Ejecutivo Nacional considerando: 57 Que la disminución de oferta de divisas de origen petrolero y la demanda extraordinaria de divisas, ha afectado negativamente el nivel de las reservas internacionales y el tipo de cambio, lo cual podría poner en peligro el normal desenvolvimiento de la actividad económica en el país y el cumplimiento de los compromisos internacionales de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, es necesario adoptar medidas destinadas a lograr la estabilidad de la moneda, asegurar la continuidad de los pagos internacionales del país y contrarrestar movimientos inconvenientes de capital. Es por ello que, corresponde al Banco Central de Venezuela administrar las reservas internacionales y participar, conjuntamente con el Ejecutivo Nacional, en el diseño y ejecución de la política cambiaria. De igual forma, se convino en establecer un régimen para la administración de divisas en cuyo articulado se decretaron las siguientes disposiciones generales: 1. El Banco Central de Venezuela centralizará la compra y venta de divisas en el país. 2. La coordinación, administración, control y establecimiento de requisitos, procedimientos y restricciones que requieran la ejecución del convenio cambiario corresponde a la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), la cual fue creada por el Ejecutivo Nacional mediante decreto No. 2.032 de la Gaceta Oficial Nº 37.625. La Comisión de Administración de Divisas está integrada por cinco miembros nombrados por el Presidente de la 58 República, entre los cuales se encuentra un miembro seleccionado por una terna presentada por el Directorio del Banco Central de Venezuela. Los nombres de los ciudadanos que conforman la Comisión de Administración de Divisas son: el presidente de la comisión Edgar Hernández Behrens, Adina Bastidas, Alfredo Pardo Acosta, Mary Espinoza de Robles y Maigualida Angulo Calzadilla. 3. Las atribuciones de la Comisión de Administración de Divisas son ejercidas sin perjuicio de las facultades de ejecución de la política cambiaria que corresponde al Banco Central de Venezuela y sus decisiones agotan la vía administrati va. 4. La Comisión de Administración de Divisas ajustará su actuación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 141 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los principios de honestidad, participación, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones, en los términos que se establecen en la ley. 5. Los bancos e instituciones financieras, las casas de cambio y los demás operadores cambiarios autorizados para actuar en el mercado de divisas quedan sujetos al cumplimiento del convenio cambiario. 6. El Banco Central de Venezuela fijará de común acuerdo con el Ejecutivo Nacional el tipo de cambio para la compra y venta de divisas. 7. El Banco Central de Venezuela con aplicación de sus propios mecanismos aprobará el presupuesto nacional de divisas que regirá el convenio cambiario. Para determinar el monto disponible de divisas, el Banco 59 Central de Venezuela deberátomar en consideración las condiciones monetarias, crediticias y cambiarias relacionadas con la estabilidad de la moneda y el desarrollo ordenado en la economía, así como los niveles de reservas internacionales. 8. El Banco Central de Venezuela fijará, mediante resolución, el monto a partir del cual deberá declararse exportación e importación de moneda metálica, billetes de bancos y cheques bancarios al portador, realizada conforme al régimen cambiario previsto en el convenio cambiario. 9. Las normas y compromisos internacionales suscritos por la República y establecidos en los acuerdos y tratados bilaterales, multilaterales y de integración serán de aplicación preferente a las disposiciones del convenio cambiario. 10. Las organizaciones internacionales con las cuales la República Bolivariana de Venezuela haya suscrito acuerdos o convenios internacionales, podrán efectuar operaciones de cambio directamente ante el Banco Central de Venezuela, sin necesidad de autorización alguna. 2.4.2. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 37.627 de fecha 7 de febrero de 2003 Entre el Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Tobias Nóbrega Suárez, en su carácter de Ministro de Finanzas, autorizado por el Decreto N° 2.278 de fecha 21 de enero de 2003, por una parte; y, por la otra, el Banco Central de Venezuela, representado por su Presidente, ciudadano 60 Diego Luis Castellanos, autorizado por el Directorio de ese Instituto en reunión extraordinaria número 3.502, celebrada el 7 de febrero de 2003, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Convenio Cambiario N° 1 de fecha 5 de febrero de 2003, se ha convenido en lo siguiente: Artículo Único. Se fija el tipo de cambio a partir del día 10 de febrero de 2003 en Un Mil Seiscientos bolívares (Bs.1.600,00) por dólar de los Estados Unidos de América para el pago de la deuda pública externa. 2.4.3. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 37.874 de fecha 6 de febrero de 2004 El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Tobías Nóbrega Suárez, en su carácter de Ministro de Finanzas, autorizado por el Decreto N° 4.278 de fecha 21 de enero de 2003, por una parte; y por la otra, el Banco Central de Venezuela, representado por su Presidente, ciudadano Diego Luis Castellanos E., autorizado por el Directorio de ese Instituto en su sesión ordinaria N°3.617, celebrada el 5 de febrero de 2004, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Convenio Cambiario N° 1 de fecha 5 de febrero de 2003, se ha convenido en lo siguiente: Artículo 1. - Se fija el tipo de cambio a partir de la entrada en vigencia del presente Convenio en un Mil Novecientos Dieciséis bolívares (Bs. 1.916,00) por dólar de los Estados Unidos de América para la compra, y en Un Mil Novecientos Veinte bolívares (Bs. 1920,00) por dólar de los Estados Unidos de América para la venta. 61 Artículo 2.- Se fija el tipo de cambio en Un Mil Novecientos Veinte bolívares (Bs. 1920,00) por dólar de los Estados Unidos de América para el pago de la deuda pública externa. 2.4.4. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 38.138 de fecha 3 de marzo de 2005. Artículo 1. Se fija el tipo de cambio a partir de la entrada en vigencia del presente Convenio en Dos Mil Ciento Cuarenta y Cuatro bolívares con Sesenta céntimos (Bs. 2.144,60) por dólar de los Estados Unidos de América para la compra, y en Dos Mil Ciento Cincuenta bolívares (Bs. 2.150,oo) por dólar de los Estados Unidos de América para la venta. Artículo 2. Se fija el tipo de cambio en Dos Mil Ciento Cincuenta bolívares (Bs. 2.150,oo) por dólar de los Estados Unidos de América para el pago de la deuda pública externa. Artículo 3. Las operaciones de compra y venta de divisas cuya liquidación hubiere sido solicitada al Banco Central de Venezuela antes de la entrada en vigencia del presente Convenio, se liquidarán a los tipos de cambio establecidos en el Convenio Cambiario N° 2 de fecha 5 de febrero de 2004, según corresponda Las operaciones de venta de divisas efectuadas por los operadores cambiarios antes de la entrada en vigencia del presente Convenio, con base 62 en las autorizaciones genéricas emitidas conforme a lo previsto en la Providencia de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) N° 020 del 1 de abril de 2003, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.665 del 4 de abril de 2003, serán liquidadas por el Banco Central de Venezuela al tipo de cambio establecido en el Convenio Cambiario N° 2 de fecha 5 de febrero de 2004. Igual tipo de cambio se aplicará para las compras de divisas realizadas por los operadores cambiarios antes de la fecha de vigencia de este Convenio. Artículo 4. El presente Convenio entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, y el mismo sustituye el Convenio Cambiario N° 2 del 5 de febrero de 2004, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.875 del 9 de febrero de 2004. 2.4.5. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.342 de fecha 8 de enero de 2010. Artículo 1. La liquidación de las operaciones de venta de divisas destinadas a los conceptos que se indican a continuación, previstos en las correspondientes Providencias dictadas por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), se efectuará al tipo de cambio de dos bolívares con sesenta céntimos (Bs. 2,60) por dólar de los Estados Unidos de América: 63 a) Importaciones para los sectores de alimentos, salud, educación, maquinarias y equipos, y ciencia y tecnología, de acuerdo con la política comercial establecida por el Ejecutivo Nacional. b) Operaciones de remesas a familiares residenciados en el extranjero. c) Pagos por gastos de estudiantes cursantes de actividades académicas en el exterior. d) Pagos por gastos para recuperación de la salud, deporte, cultura, investigaciones científicas y otros casos de especial urgencia, a juicio de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). e) Pagos a jubilados y pensionados residentes en el exterior. í) Adquisición de divisas por parte de las representaciones diplomáticas, consulares, sus funcionarios, así como por parte de funcionarios extranjeros de los organismos internacionales, debidamente acreditados ante el Gobierno Nacional. Artículo 2. La liquidación de las operaciones de venta de divisas efectuadas por el Banco Central de Venezuela destinadas a los pagos del sector público no petrolero, incluido el pago de la deuda pública externa, se efectuarán al tipo de cambio de dos bolívares con sesenta céntimos (Bs. 2,60) por dólar de los Estados Unidos de América. 64 Artículo 3. La liquidación de las operaciones de venta de divisas previstas en los Convenios Cambiarios, distintas a las indicadas en los artículos 1 y 2 del presente Convenio, se efectuará al tipo de cambio de cuatro bolívares con treinta céntimos (Bs. 4,30) por dóla r de los Estados Unidos de América, salvo el régimen establecido en el artículo 5 del presente Convenio Cambiario. Artículo 4. El tipo de cambio aplicable a las operaciones de compra de divisas obtenidas por el sector público, distintas a las indicadas en el artículo 5 del presente Convenio y a las obtenidas por las exportaciones públicas no petroleras, será de dos bolívares con cinco mil novecientas treinta y cinco diezmilésimas (Bs. 2,5935) por dólar de los Estados Unidos de América. El tipo de cambio aplicable a las operaciones de compra de divisas distintas a las indicadas en el encabezamiento del presente artículo y a las previstas en el artículo 5 del presente Convenio, incluidas las provenientes de exportaciones de los sectores público no petrolero y privado, seráde cuatro bolívares con dos mil ochocientas noventa y tres diezmilésimas (Bs. 4,2893) por dólar de los Estados Unidos de América. Este último tipo de cambio será aplicable a las operaciones de compra de oro por parte del Banco Centra! de Venezuela. Artículo 5. Los tipos de cambio que serán aplicables a las operaciones de compra de divisas reguladas en el artículo 1 del Convenio Cambiario N° 9 del 14 de julio de 2009, publicado en la Gaceta Oficial de la República 65 Bolivariana de Venezuela N° 39.239 de fecha 11 de agosto de 2009, serán de cuatro bolívares con dos mil ochocientas noventa y tres diezmilésimas (Bs. 4,2893) por dólar de los Estados Unidos de América o de dos bolívares con cinco mil novecientas treinta y cinco diezmilésimas (Bs. 2,5935) por dólar de los Estados Unidos de América, de acuerdo con lo que establezca el Banco Central de Venezuela, en atención a las proporciones que éste determine para la liquidación de las operaciones previstas en los artículos 1, 2 y 3 del presente Convenio. Este último tipo de cambio será aplicable para al menos el treinta por ciento (30%) de las operaciones de compra de divisas a que se contrae el presente artículo. Artículo 6. Las personas naturales o jurídicas privadas, dedicadas a la exportación de bienes y servicios, podrán retener y administrar hasta el Treinta por ciento (30%) del ingreso que perciban en divisas, en razón de las exportaciones realizadas; este porcentaje será destinado a cubrir los gastos derivados de la actividad de exportación, distintos a la deuda financiera. Queda a salvo el régimen previsto en el Convenio Cambiario N° 9 del 14 de juio de 2009, publicado en la Caceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.239 de fecha 11 de agosto de 2009, y en el Convenio Cambiario N° 12 del 11 de junio de 2009, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.207 del 25 de junio de 2009. Artículo 7. Las adquisiciones de divisas requeridas para el pago del capital, intereses, garantías y demás colaterales de la deuda privada externa 66 contraída con cualquier acreedor extranjero, incluidos los organismos multilaterales y bilaterales, de integración o entes gubernamentales extranjeros, y agencias de financiamiento a la exportación, se efectuarán a través de los bancos y demás operadores cambiarios autorizados a estos efectos, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que al efecto establezca la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), al tipo de cambio que será fijado por el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela. Artículo 8. La compra en el mercado primario y en moneda nacional de títulos de la República o de sus entes descentralizarlos emitidos o por emitirse en divisas, se efectuará al tipo de cambio que determinen a estos efectos el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela. Artículo 9. El Banco Central de Venezuela podrá realizar operaciones de compra y venta de títulos emitidos en moneda extranjera, en el mercado local, cuando lo estime conveniente. Así mismo, la realización por parte de los órganos y entes públicos de las operaciones previstas en el presente artículo, deberá coordinarse con el Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas y el Banco Central de Venezuela. Artículo 10. Las operaciones de compra y venta de divisas cuya liquidación hubiere sido solicitada al Banco Central de Venezuela antes de la 67 entrada en vigencia del presente Convenio, se liquidarán a los tipos de cambio establecidos en el Convenio Cambiario N° 2 de fecha 1° de marzo de 2005, según corresponda. Las operaciones de venta de divisas efectuadas por los operadores cambiarios antes de la entrada en vigencia del presente Convenio, con base en las autorizaciones genéricas emitidas conforme a lo previsto en la Providencia de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) N° 097 del 11 de junio de 2009, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.210 del 30 de junio de 2009, serán liquidadas por el Banco Central de Venezuela al tipo de cambio establecido en el Convenio Cambiario N° 2 de fecha 1° de marzo de 2005. Igual tipo de cambio se aplicará pata las compras de divisas realizadas por los operadores cambiarios antes de la fecha de vigencia de este Convenio. Las operaciones de venta de divisas efectuadas por los operadores cambiarios para el pago de consumos realizados con tarjeta de crédito de acuerdo con la Providencia dictada al efecto por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), serán liquidadas por el Banco Central de Venezuela al tipo de cambio para la venta vigente para el momento del posteo de la operación. Artículo 11. Se deroga el Parágrafo Primero del artículo 27 del Convenio Cambiario N° 1 del 05 de febrero de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 37.653 de fecha 19 de 68 marzo de 2003; el Convenio Cambiario N° 2 del 1° de marzo de 2005, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.138 del 2 de marzo de 2005; el artículo 2 del Convenio Cambiario N° 4 del 3 de octubre de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.790 de fecha 6 de octubre de 2003; el Convenio Cambiario N° 8 del 2 de septiembre de 2004, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.015 de fecha 3 de septiembre de 2004; así como cualquier otra disposición que colida con lo establecido en el presente Convenio Cambiario. Artículo: 12. El presente Convenio entrará en vigencia el 11 de enero de 2010. Por lo anteriormente expuesto en gacetas oficiales, se pudo evidenciar que durante el periodo 2003-2010, Venezuela ha estado expuesta a diferentes controles de cambio lo que ha conllevado a una devaluación evolutiva. Cabe destacar que según Tamanes y Gallego (2006.p. 190) expone que la devaluación monetaria es la “Modificación al alza del precio oficial previo de una moneda (paridad) por comparación con un patrón metálico (generalmente oro) con otra moneda (normalmente dólar)” .Mientras que el Banco Central de Venezuela (2009) lo define como “políticas de autoridad monetaria orientada a controlar la compra y venta de moneda 69 extranjera. Puede involucrar la determinación del tipo de cambio y/o el volumen de divisas transadas”. 2.5. Causa de la Devaluación Monetaria El tipo de cambio de equilibrio de largo plazo está determinado por la oferta y demanda de divisas de largo plazo. Bajo un sistema de tipo de cambio fijo, el tipo de cambio observado difiere del tipo de cambio de equilibrio de largo plazo. Cuando esta diferencia es grande, produce presiones a una subida del tipo de cambio. Generalmente, tarde o temprano, los países que tienen tipos de cambio fijos se enfrentan al dilema de producir una devaluación o no, o abandonar el tipo de cambio fijo hacia un sistema de tipo de cambio libre o de flotación sucia. Para Guerra (2004), el tipo de cambio de equilibrio de largo plazo se eleva en relación al tipo de cambio observado, los exportadores tienen mayores dificultades para colocar su producción en el exterior y a los consumidores se les encarecen los bienes nacionales en relación a los extranjeros. Esto produce que la demanda agregada de bienes locales disminuya y se produzca desempleo en el país. Los partidarios de una devaluación afirman que una devaluación ayudará al país a recuperar su competitividad internacional y así a la economía a salir de la recesión, eliminar o disminuir el desempleo. 70 Los que están en contra de una devaluación afirman que una devaluación está en contra del mismo sistema de tipo de cambio fijo, que los agentes económicos esperarán que una nueva devaluación en el futuro y esto presionara para que
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