Logo Studenta

cap02

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

18 
 
 
 
 
 
CAPÍTULO II 
 
 
MARCO TEÓRICO 
 
 
En el presente capítulo se exponen los antecedentes de la 
investigación, así como los aportes teóricos acerca de la devaluación 
monetaria, considerando teorías, enfoques y opiniones de diversos autores e 
investigadores consultados para el esclarecimiento del tema. Al respecto, 
Hernández, Fernández y Baptista (2003, p. 23), exponen que el marco 
teórico “consiste en detectar, obtener y consultar la bibliografía y otros 
materiales que pueden ser útiles para los propósitos del estudio, de donde se 
debe extraer y recopilar la información relevante y necesaria que atañe al 
problema de investigación”. 
 
1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN 
 
Parte de la revisión documental incluye una serie de estudios realizados 
en diversas, cuyos aportes son importantes para el direccionamiento de la 
presente investigación; así considerando los trabajos de otros investigadores 
con respecto a la variable devaluación monetaria se pudo obtener 
información para orientar el enfoque teórico metodológico de este estudio. 
Para iniciar la exposición de antecedentes, se revisó estudio realizado 
por Martínez (2007) en su investigación titulada “La Ley contra los Ilícitos 
 
18 
19 
 
Cambiarios en las Coberturas y Primas en Divisas de las Pólizas de Seguros 
de Vida en Venezuela”. Trabajo de Grado (MSc. en Derecho mercantil) 
Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, Decanato de Investigación y 
Postgrado, Maestría en Derecho mercantil, Maracaibo, 2007. El cual tuvo 
como objetivo principal el analizar la ley contra los Ilícitos Cambiarios en las 
Coberturas y Primas en Divisas de las Pólizas de Seguros de Vida en 
Venezuela. Las bases teóricas fueron sustentadas por los siguientes autores 
Calvo (1999), Edwards (2001), Sanchs y Larraín (1994), entre otros. 
El propósito de ésta investigación es estudiar las consecuencias de la 
promulgación de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios, que ha ocasionado la 
implantación de un control de cambio en Venezuela, con respecto al sector 
seguros, y mas específico con las pólizas de seguros de vida en divisas. La 
metodología fue del tipo documental-descriptivo, y su diseño es del tipo 
bibliográfico-no experimental. 
Para la recolección de la información se utilizó la técnica de la 
observación documental de documentos legales tales como la Constitución 
de la República Bolivariana de Venezuela, Gacetas Oficiales, leyes, 
Convenios Internacionales, entre otras. Los datos obtenidos se analizaron 
interpretando la información de forma sistemática que respondiera a criterios 
objetivos de análisis. Por otra parte, se establecieron los puntos para el 
análisis cualitativo por categorías referente a las subcategorías 
pertenecientes al análisis objeto de estudio. 
20 
 
Entre los resultados se resalta que no serían ilegales las pólizas de 
seguros de vida, con coberturas y primas en divisas, sólo hay que tener en 
cuenta que siempre la limitante hay que establecerla, se va hacer la 
convertibilidad de la moneda al precio oficial en el momento de la 
contratación de la póliza. Se concluye que la ley y el ordenamiento jurídico 
venezolano no tipifican la ilegalidad ni la prohibición de ofertar las pólizas de 
seguros de vida en divisas. 
Es por ello, que la presente investigación mencionada sirve de aporte 
ya que mide las consecuencias de la promulgación de la ley contra los ilícitos 
cambiarios, haciendo la convertibilidad de la moneda al precio oficial 
estableciendo que la ley y el ordenamiento jurídico venezolano no tipifican la 
ilegalidad de ofertar las pólizas de seguros de vida en divisas, coberturas y 
primas en divisas no siendo ilegales. 
Por otra parte, Rodríguez (2005) en su Trabajo de Grado titulado: “El 
control de cambio en el comercio internacional de Venezuela”. Desarrollado 
en la Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, Decanato de Investigación y 
Postgrado. El objetivo general de la investigación consistió en determinar el 
control de cambio en el comercio internacional de Venezuela. Para optar al 
título en Derecho Mercantil. Sustentado por los siguientes autores: Suarez 
(2005), Ortiz (2003), Galindo (2003), entre otros. 
El control de cambio es una medida oficial impuesta por el gobierno 
venezolano para proteger tanto el valor de la moneda local como las reservas 
internacionales mediante la restricción de la compra y venta de divisas, esto 
21 
 
implica que exista una limitación en las operaciones de importación y 
exportación por falta de divisas dañando las relaciones regulares del país con 
el resto del mundo. 
La investigación se realizó a través de la observación documental de 
artículos, referencias bibliográficas económicas, políticas y sociales, teniendo 
como resultado una estela de fortunas mal hechas y de empresas quebradas 
por no haber podido conseguir las divisas a tiempo, concluyendo que una 
economía sana necesita libertad de acción, un gobierno amigable con la 
inversión extranjera y nacional que cree confianza. El trabajo de Rodríguez 
aporta conceptos sobre el control cambiario en Venezuela, que sustenta la 
presente investigación. 
La investigación mencionada sirve de aporte al objeto de estudio ya 
establece que el control cambiario es una medida del gobierno para proteger 
el valor de la moneda local como las reservas internacionales, por medio de 
la compra y venta de divisas, limitando las operaciones de importación y 
exportación por la escasez de las divisas. 
Arriechi (2003) en su Trabajo de Grado titulado: “Incidencia de los 
regímenes cambiarios en la depreciación del Bolívar para el periodo 1996-
2002”. Desarrollado en la Universidad Centro Occidental “Lisandro Alvarado” 
Para optar al título de especialista en Gerencia Financiera. El objetivo 
general de la investigación es comparar la incidencia de los regímenes 
cambiarios en la depreciación del bolívar para el periodo 1996-2002. La 
22 
 
investigación fue sustentada sus bases teóricas por Echeverría (1999), 
Montiel (1991), y Amat (1992), Calvo (1999), entre otros. 
Entre sus objetivos específicos se encuentran: Discriminar las razones 
de la depreciación del bolívar en la economía venezolana, analizar la relación 
de la inflación y la depreciación del bolívar, relacionar la relación de la política 
cambiaria en la depreciación del bolívar, comparar la relación de la liquidez y 
la depreciación del bolívar, comparar el nivel de depreciación del bolívar en el 
sistema de bandas cambiarias y en el sistema de libre flotación. 
La investigación es de tipo comparativa por cuanto pretende a través de 
la información recopilada comparar la incidencia de los regímenes cambiarios 
en la depreciación del bolívar en el período 1996-2002, sistemas en los 
cuales la actuación de las autoridades gubernamentales ha estado orientada 
fundamentalmente, a procurar la mayor estabilidad posible de la economía 
venezolana; tomando en cuenta la política cambiaria, monetaria y fiscal; y 
variables como la inflación y el Producto Interno Bruto (PIB). 
La consecución de los objetivos planteados se basó en la comparación 
de datos, opiniones, teorías de indicadores económicos con relación a las 
variables propuestas, de fuentes documentales emitidas por el Banco Central 
de Venezuela (BCV) y bibliografías de expertos en la materia, el trabajo se 
inicia con el planteamiento del problema, explicando los objetivos 
perseguidos y la importancia de la investigación, se continua con el marco 
teórico expresando los antecedentes y describiendo los términos a utilizar de 
mayor relación, prosiguiendo con el marco metodológico reseñando el 
23 
 
método de recolección de datos, y se finaliza con el análisis de la información 
expresada a través de matrices relacionales descritas año por año donde se 
toma en cuenta los valores de las principales variables estudiadas. 
Se puede concluir que la devaluacióndel bolívar es vulnerable al inicio 
de cada régimen y estos a su vez son susceptibles a las políticas 
implementadas y es prioritario armonizarlas y darles flexibilidad para que se 
ajusten oportunamente a los cambios. El trabajo de Arriechi aporta a la 
investigación datos históricos en relación al tipo de cambio que ha sufrido 
Venezuela y la incidencia de éste en la economía venezolana. 
Es por ello, que la investigación sirvió de aporte, ya que compara la 
incidencia de los regímenes cambiarios en la depreciación del bolívar, así 
como la relación de la inflación y la depreciación de la moneda y la relación 
de la política cambiaria en la depreciación monetaria, afirmando que la 
devaluación de la moneda es inconsistente en cada inicio de cada régimen 
siendo primordial el armonizar la políticas que se van implementar para 
darles flexibilidad al control de cambios. 
Ferrer (2003) en su Trabajo de Grado titulado: “Dolarización en 
Venezuela, cuantificación y algunas implicaciones de la política monetaria, 
durante el periodo 1985-2003”. Desarrollado en la Universidad del Zulia. Para 
optar al título de especialista en Gerencia Financiera El objetivo general de 
esta investigación es examinar el grado de sustitución de moneda y 
sustitución de activos y sus implicaciones en la política monetaria durante el 
periodo 1985-2003. 
24 
 
Entre sus objetivos específicos está: Estimar las razones (sustitución de 
la moneda y sustitución de activos), Especificar las relaciones existentes 
según la teoría que aplican al caso venezolano en el periodo objeto de 
estudio, analizar algunas implicaciones de política monetaria que pudiesen 
surgir a partir de la presencia de dichos fenómenos. 
Se apoyó en autores como: Berg y Borenztein (2000) Edwards (2001), 
Calvo (1999), Sanchs y Larraín (1994). El tipo de investigación es no 
experimental descriptiva, explicativa. El método utilizado está enmarcado en 
el deductivo porque se parte de un cuerpo teórico que se ha generalizado, 
para luego especificar su validez para un caso único y concreto el 
venezolano. 
La población considerada como universo toda la información disponible 
para las variables que serán tomadas en cuenta durante el estudio (activos 
nacionales y extranjeros, inflación, tasa de interés) se define a la población 
como aquellas variables, pero en el mismo transcurso del periodo 1985-2003. 
Entre las técnicas utilizadas a lo largo de la presente investigación son: la 
observación y el análisis histórico documental las primeras están 
relacionadas a las búsquedas, clasificación y revisión de los hilos históricos 
sobre el cual se sustenta la validez y pertenencia del análisis y sus 
resultados y conclusiones. 
Finalmente se obtiene como resultado que el modelo basado en la 
literatura divisa, en el cual los activos se mantienen por motivos y sustitución 
de la moneda y sustitución de activos para Venezuela durante los años ya 
25 
 
mencionados. El trabajo de Ferrer aporta una visión como se desarrolla la 
sustitución de la moneda, causas, efectos, consecuencias y directamente su 
implicación con la política monetaria, ya que se hace un análisis históricos de 
los hechos y se explica detalladamente su impacto en la economía 
venezolana. 
Es por ello, que la investigación antes mencionada sirvió de aporte, por 
que ya que examina el grado de sustitución de moneda y sustitución de 
activos y sus implicaciones en la política monetaria, estimando las razones 
de la moneda y analizando las implicaciones de política monetaria que 
pudiesen surgir al momento de del impacto en la economía del pais. 
León (2003) en su Trabajo de Grado titulado: “Modelo de gestión 
administrativa para un control cambiario”. Desarrollado en la Universidad 
Católica Andrés Bello, en la Dirección General de Investigación y Postgrado, 
Para optar al título de Magister en instituciones financieras. Esta 
investigación tiene como objetivo proponer un modelo de gestión 
administrativa apegado al objetivo de la política económica, bajo un esquema 
de control cambiario, y sus objetivos específicos son: Identificar y analizar 
áreas de riesgo y de bajo impacto en los procesos del control cambiario. Se 
apoyó en la revisión de autores como Echeverría (1983), Cabrillo (1985), 
Montiel (1991), y Amat (1992) entre otros. 
Considerar dentro del modelo, la aplicación de un sistema de 
información gerencial y cuadro de mandos integrales como herramientas 
administrativas, establecer mecanismos efectivos en el registro, otorgamiento 
26 
 
y comprobación de divisas asignadas (control posterior) y por último medir 
los resultados del programa a través de indicadores. 
Es de tipo descriptiva y se obtiene la información a través de análisis de 
diferentes documentos y textos relacionados con la materia económica, 
financiera y gerencial, bajo el diseño bibliográfico documental, usando esta 
técnica de recolección de datos, el análisis de contenido. 
Como objeto de estudio y población se tomó las experiencias del control 
cambiario desde 1983 y1989 -1994 y 1996 analizando la situación económica 
venezolana dentro del contexto de una restricción cambiaria con énfasis en 
los modelos de gerencia. Se apoyó en la revisión de autores como 
Echeverría (1983), Cabrillo (1985), Montiel (1991), y Amat (1992) entre 
otros. Finalmente como resultado se obtiene que al aplicar el control 
cambiario debe estar acompañado de un modelo de gerencia y estar en 
concordancia con la política cambiaria. 
Es por ello, que la investigación planteada por León (2003) sirve como 
aporte ya sustenta la investigación en cuanto a los conceptos de control 
cambiario y además el uso del análisis de contenido para comprender los 
textos y documento, lo que es una herramienta de gran utilidad. 
Igualmente, Mollejas (2000) realizo un articulo arbitrado titulado 
“Reflexiones sobre la política monetaria en una economía pequeña y abierta 
con referencial especial al caso Venezuela” Revista Venezolana Análisis de 
Coyuntura. Postgrado en política y teoría económica, FACES, UCV. El 
27 
 
presente articulo arbitrado tuvo como objetivo general el analizar las 
reflexiones sobre las políticas monetarias en una economía pequeña y 
abierta con referencial especial al caso Venezuela. 
Según el artículo 318 de la Constitución de la República Bolivariana de 
Venezuela, el Banco Central de Venezuela, tiene la función de velar y 
garantizar la estabilidad de precios y preservar el valor interno y el valor 
externo de la unidad monetaria. En el caso de Venezuela, el sector petrolero 
tiene que ver mucho a la hora de suministrar una oferta de dólares que 
puede compensar el desbalance del sector no petrolero. Ante esta situación 
parte que hay una búsqueda en librar la moneda de la especulación, sobre 
todos en las economías pequeñas. 
Es por ello, que el autor expresa a través de esta investigación revisar 
las condiciones teóricas y las circunstancias de la economía venezolana, la 
cual es pequeña, pero examinando en el contexto de la globalización, y como 
se puede con todas estas realidades diseñar una política de desarrollo. 
En el caso venezolano los planes de la nación alrededor de los 70, se 
concentraban en disminuir el desempleo y aumentar el nivel de vida de la 
población, entre otros. Esto se pretendía lograse a través de una economía 
basada en el área agro-industrial financiadas con las divisas provenientes del 
sector petrolero, así ese excedente se traspasaba el Estado por medio del 
gasto público se orientaba el proceso económico del país. 
Sin embargo esto no se logró debido a que se partía de una economía 
con oferta de baja elasticidad, esto quiere decir que se aplicaban subsidios, 
28 
 
créditos público blandos y un control de precios a bienes básicos, además de 
las barreras aduaneras para equipos y rubros de consumo. Esto provoco un 
crecimiento de la inflación,aumentaron las exportaciones y la devaluación 
fue inevitable para lograr mantener la economía. Desde la segunda guerra 
mundial y hasta nuestros días el dólar se ha convertido en la moneda de 
reserva de valor internacional, siendo el patrón de referencias de las 
monedas nacionales de los países. 
Por consiguiente, en las llamadas pequeñas economías, la moneda ya 
no representa lo que antes podía ser, al declararla un signo monetario 
nacional, no representa o arrojan las ventajas esperadas sino que existe el 
riesgo de la especulación bancaria, en donde se mantienen elevadas tasas 
de interés, lo cual trae como consecuencia mayor inflación y desempleo. 
Para esto el Banco Central se le han atribuido diversas funciones entre ellas 
tenemos: Regular la emisión monetaria y el tipo de cambio, Prestamista de 
última instancia de la banca y regulador de crédito, Prestamista del Estado y 
supervisor del sistema bancario. 
Sin embargo, no todas estas funciones son realidad en Venezuela, por 
ejemplo no es prestamistas de la banca y regulador de crédito porque esta 
prohibida y minimizada y la última ha sido traspasada a otras instituciones. 
Lo que hace el BCV es vigilar la primera función, es decir, la transformación 
de los dólares en bolívares, mantener un nivel alto de reservas. Lo ideal y 
para finalizar es que la institución se adecue a la época a la cual se esta 
29 
 
viviendo, estimule a la economía nacional orientado el manejo de los dólares 
y bolívares de la manera más idónea para el país. 
El aporte de Mollejas (2000) con su investigación ayuda a la presente 
investigación para entender como se ha desarrollado la política monetaria en 
algunos países en América latina, específicamente el caso de Venezuela, 
además de la actuación del BCV, sus funciones y como debe apoyar al 
sostenimiento de la economía del país, de igual manera como ha sido su 
actuación para frenar el desempleo, el alto costo de la vida y por ende la 
inflación. 
 
2. BASES TEÓRICAS 
 
Las bases teóricas son la sustentación del estudio de investigación en 
ella se describen los elementos teóricos que permiten al investigador 
fundamentar su proceso de conocimientos, de allí que las bases teóricas 
constituyen un factor determinante en la investigación. En vista de lo 
expuesto anteriormente, afirma Méndez (2005) que algunas funciones que 
cumplen el marco teórico es el permitir decidir sobre qué datos serán 
captados, y cuáles son las técnicas de recolección más apropiadas, orienta, 
al investigador en la descripción de la realidad observada y su análisis; así 
se hace necesario definir. 
 
2.1. Devaluación Monetaria 
 
Las devaluaciones monetarias, son flagelo propio de las inestables 
economías de los países de la Subregión, que la sufren con intensidad 
30 
 
variable, como consecuencia de muy complejas causas, internas unas y 
externas otras, que resultan más determinantes y frecuentes. El sólo 
inevitable reflejo de las condiciones económicas internacionales a nivel 
regional, continental o mundial, precipita las devaluaciones, así como 
también la frecuencia de este tipo de perturbación, su especial gravedad en 
muchos casos y su carácter de inevitable o fatal casi siempre, ameritan sin 
duda un procedimiento más rápido y expedido que el adoptado frente a otros 
posibles desequilibrios, de características diferentes. 
Es por ello, que se debe tener en cuenta que los países de la 
Subregión, colocados por fuerza de las circunstancias en una misma órbita 
monetaria, estén lejos de poder contar con una política común o siquiera 
armónica o coordinada frente ante tan delicado instrumento económico como 
es la moneda, de suerte que su manejo individual, por cada país, totalmente 
imprevisible cuando no errático, constituye un riesgo permanente que afecta 
de manera grave las relaciones económicas. 
De acuerdo, con Mankin (2000), expone que la devaluación monetaria, 
es el segundo elemento de la teoría de la preferencia por liquidez es la 
demanda de dinero, es decir, como punto de partida para comprender la 
devaluación de dinero de un activo se refiere con facilidad con que puede 
convertirse en el medio de cambio de la economía. 
En lo antes referido por el autor, se puede decir que la devaluación 
monetaria es el medio de cambio de la economía, por lo que es por definición 
31 
 
el activo más liquido. Afectando el tipo de interés debe subir para equilibrar la 
oferta y demanda de dinero. La subida del nivel de los precios ha elevado la 
cantidad de dinero que quiere tener el público y ha desplazado la curva de la 
demanda hacia la derecha. 
De igual manera, Tamanes y Gallego (2006, p.190) expone que la 
devaluación monetaria es la “Modificación al alza del precio oficial previo de 
una moneda (paridad) por comparación con un patrón metálico 
(generalmente oro) con otra moneda (normalmente dólar)”. 
El control de la cláusula de salvaguardia monetaria frente a 
devaluaciones inevitables que prácticamente constituyen una fuerza mayor, 
es por supuesto un control más difícil y delicado que el sancionatorio que 
debe aplicarse frente a devaluaciones intencionales o competitivas. La 
necesaria armonización de los intereses aparentemente contrapuestos en 
procura de un justo equilibrio, es también más difícil en el primer caso, que 
en éste que se analiza. 
De acuerdo al Banco Central de Venezuela (2009), la devaluación de la 
moneda “consiste en la decisión, por parte de la autoridad monetaria, de la 
reducción del valor de la moneda nacional respecto del valor de las monedas 
extranjeras”. Se manifiesta como un aumento en el tipo de cambio nominal, 
es decir se requiere mayor cantidad de unidades monetarias nacionales para 
adquirir una misma cantidad de moneda extranjera. 
Por otra parte, Osorio (2005, p. 80) expone que la Devaluación es “una 
medida consistente en disminuir el tipo de cambio de la moneda nacional en 
32 
 
relación con el patrón oro-dólar u otras monedas extranjeras”. Pero para 
Lozano (1994, p. 85) es la “baja del tipo de cambio fijo de una moneda con 
respecto a la otra”. Ambos autores coinciden en la pérdida de valor que sufre 
la moneda ante otras, en el caso venezolano desde 2003 era el bolívar. 
Es por ello, que la devaluación monetaria, causa fuertes efectos 
redistributivos, perjudicando a los venezolanos que tienen deudas en dólares, 
reales, euros, entre otros, que tendrán que convertir ahora más bolívares que 
antes de la devaluación para pagar esas deudas y beneficiando a los 
acreedores en dólares que ahora recibirán más bolívares por cada dólar que 
habían prestado. 
Según Contreras (2005, p.36) la devaluación monetaria “consiste en 
reducir la paridad oro de la moneda, o lo que es lo mismo, conservar el 
patrón oro a una paridad menor”. Devaluar es, por tanto, fijar un precio más 
alto al oro en términos de la moneda del país que devalúa, ya sea que la 
misma este directamente ligada la oro o a través de una divisa oro. Es 
aplicable para nivelar déficit en la balanza de pagos, si se quiere permanece 
bajo el patrón oro y evitar la deflación. 
Es decir, la devaluación puede producirse en un solo país o en el 
conjunto de los que están sometidos al régimen del patrón oro. En este 
último caso y si el aumento se hiciere en la misma proporción o 
medida, las razones de cambio entre las distintas monedas no se alterarían y 
entre otros efectos se produciría el aumento de las reservas 
monetarias de los bancos centrales en términos de las monedas nacionales 
devaluadas. 
33 
 
En el caso particular de la deuda pública venezolana, mucha de ella 
nominada en moneda extranjera, la devaluación tiene un impacto muy 
negativo sobre el déficit fiscal aumenta la carga de intereses expresado en 
moneda doméstica y sobre las futuras necesidades de financiación. En este 
sentido, la devaluación va a crear más dificultades al Gobierno para hacerse 
conlas divisas necesarias para pagar los servicios de la deuda pública en 
dólares. 
Al momento de llegar a la confrontación de autores, Tamanes y Gallego 
(2006.p. 190) “es la modificación al alza del precio oficial previo de una 
moneda por comparación con un patrón metálico con otra moneda”. Por otra 
parte Osorio (2005, p. 80) expone que la Devaluación “es una medida 
consistente en disminuir el tipo de cambio de la moneda nacional en relación 
con el patrón oro-dólar u otras monedas extranjeras”. De la misma manera, 
Contreras (2005) expone que la devaluación monetaria consiste en reducir la 
paridad oro de la moneda, o lo que es lo mismo, conservar el patrón oro a 
una paridad menor. 
Finalmente, se puede decir que la devaluación puede producirse en un 
solo país o en el conjunto de los que están sometidos al régimen del patrón 
oro. En este último caso y si el aumento se hiciere en la misma 
proporción o medida, las razones de cambio entre las distintas monedas no 
se alterarían y entre otros efectos se produciría el aumento de las reservas 
monetarias de los bancos centrales en términos de las monedas nacionales 
devaluadas. 
34 
 
Es por ello, que la investigadora coincide con las teorías expuestas por 
Osorio (2005), ya que la devaluación monetaria consiste en reducir la paridad 
oro de la moneda, o lo que es lo mismo, conservar el patrón oro a una 
paridad menor. Por otra parte, devaluar es, por tanto, fijar un precio más alto 
al oro en términos de la moneda del país que devalúa, ya sea que la misma 
este directamente ligada al oro o a través de una divisa oro. Es aplicable para 
nivelar déficit en la balanza de pagos, si se quiere permanece bajo el patrón 
oro y evitar la deflación. 
 
2.1.1. Inflación 
 
Cabe destacar que solamente el cambio en los niveles generales de 
precios deben ser tomados como inflación y no el cambio productivo a nivel 
específico de un bien o servicio, trae como consecuencia una pérdida 
sensible del poder adquisitivo de la unidad monetaria del país. 
De acuerdo con Mankiw (2000), manifiesta que la inflación puede 
parecer natural e inevitable, ya que la mayoría de los precios tienden a subir 
con el paso del tiempo. Por otra parte , los economistas miden la tasa de 
inflación por medio de la variación porcentual del índice del precio de 
consumo, el deflactor del PIB o algún otro índice del nivel general de los 
precios. 
Es por ello, que aunque para algunos países la inflación ha sido lo 
normal en ciertos países, la tasa que suben los precios ha variado 
35 
 
considerablemente. El público a menudo considera que una tasa de inflación 
tan alta constituye un importante problema económico. 
De acuerdo con Contreras (2005, p.120), expone que “inflación es la 
tendencia general de aumento a través del tiempo, del precio de los bienes y 
servicios que conforman la cesta básica”. La inflación, en economía, es el 
aumento del costo de la vida sin que las personas puedan mejorar su salario. 
En ese mismo sentido, en referencia a lo expuesto por el autor 
anteriormente la inflación, es el aumento general y continuado en el tiempo 
de los precios. Las causas que la provocan son variadas, aunque destacan el 
crecimiento del dinero en circulación, que favorece una mayor demanda de 
los factores de la producción (materias primas, energía, salario, entre otros), 
pero por el contrario si se produce una baja continuada de los precios se 
denominan deflación. 
Por otra parte, Catacora (2000, p.28) define a “la inflación como un 
fenómeno económico que obliga necesariamente al planteamiento de 
nuevos esquemas teóricos para el reporte e información de las cifras de una 
entidad”. Es decir, la inflación se define como el aumento generalizado del 
nivel de precios de bienes y servicios, o como la variación de precios en la 
economía, es decir, en qué porcentaje aumentaron (o disminuyeron) los 
precios en un período de tiempo determinado. 
Cuando una entidad presentas cifras en economías con alta inflación y 
en la cual se desenvuelven sus operaciones, los análisis e interpretaciones 
deben ser elaborados en base a cifras expresadas, para que tenga validez 
36 
 
desde el punto de vista económico y financiero. Según Catacora (2000) la 
inflación puede clasificarse de la siguiente manera: 
-Inflación rampante y acelerada: se distingue por tener un crecimiento 
lento de los precios, 3% a 4% anual, pero que se siente en el tiempo crecer 
poco a poco cada año y que va unido a otros trastornos de tipo económico. 
Este fenómeno ocurre por lo general en países que se encuentran en 
crecimiento o en vías de desarrollo. A pesar de ser una inflación 
relativamente baja, se tiene que la moneda se va afectando poco a poco por 
un deterioro gradual de su valor. 
-Inflación abierta o declarada: ocurre cuando los índices de inflación van 
del 15% al 20% anual y donde se sienten los estragos derivados de la 
pérdida gradual del valor de la moneda, con una mayor fuerza. Algunos 
países clasifican este tipo de inflación en un digito y dos dígitos. 
-Hiperinflación: se destaca cuando en tres periodos o años 
consecutivos, el índice supera tasa acumuladas del 100%. Esta condición es 
aceptada por diferentes especialistas en el área económica y financiera. 
Por otra parte , Osorio (2005 p. 102) destaca que es “una crisis o 
desequilibrio de tipo financiero que consiste en un sustancial incremento de 
precios y es su manifestación externa más visible”. Es decir, la inflación es el 
aumento generalizado de los precios, pero esto es relativo ya que 
constantemente hay aumento de los precios. Para los economistas la 
inflación, es el aumento progresivo, constante generalizado de los precios 
teniendo como base el aumento anterior. 
37 
 
Por lo tanto, un aumento genera otro aumento esto es lo que se 
denomina "la espiral inflacionaria", es decir, la inflación es la difícil 
interpretación, se podría ver como un síntoma del estado de deterioro de la 
economía del país, de una mala política económica, del desbarajuste 
económico del país. 
De acuerdo, a las definiciones expuestas por los autores antes 
mencionados se llega a la confrontación de los mismos, ya que Contreras 
(2005, p.120) expone que “la inflación es la tendencia general de aumento a 
través del tiempo, del precio de los bienes y servicios que conforman la cesta 
básica”. 
Por otra parte, Catacora (2000) define a “la inflación como un fenómeno 
económico que obliga necesariamente al planteamiento de nuevos 
esquemas teóricos para el reporte e información de las cifras de una 
entidad”. Mientras que Osorio (2005) manifiesta que la inflación es una crisis 
o desequilibrio de tipo financiero que consiste en un sustancial incremento de 
precios y es su manifestación externa más visible. 
Es por ello, que la investigadora coincide con las definiciones expuestas 
por Catacora (2000) en cuanto a que la inflación, es el incremento sostenido 
y generalizado de los precios en los bienes y servicios, así mismo las causas 
que provocan la inflación son variadas, aunque destacan el crecimiento del 
dinero en circulación, que favorece una mayor demanda, o del costo de los 
factores de la producción (materias primas, energía, salarios, entre otros). 
 
38 
 
2.2. Control Cambiario 
 
El control cambiario es una intervención oficial del mercado de divisas, 
de tal manera que los mecanismos normales de oferta y demanda, quedan 
total o parcialmente fuera de operación y en su lugar se aplica una 
reglamentación administrativa sobre compra y venta de divisas, que implica 
generalmente un conjunto de restricciones tanto cuantitativas como 
cualitativas de una entrada y salida de cambio extranjero. 
Por otra parte, conforme a la Comisión de Administración de Divisas 
CADIVI (2009) un control de cambio es un instrumento de política cambiaria 
que consiste en regular oficialmente la compra y venta de divisasen un país. 
De esta manera, el Gobierno interviene directamente en el mercado de 
moneda extranjera controlando las entradas y salidas de capital. Este 
enunciado será el utilizado para denotar el concepto de control de cambio en 
la presente investigación, sin embargo a continuación se encontraran 
argumentos adicionales que bien son importantes conocer. 
Es por ello , que el control de cambio es una política de la autoridad 
monetaria orientada a controlar la compra y venta de moneda extranjera. 
Puede involucrar la determinación del tipo de cambio y/o el volumen de 
divisas (todas las monedas diferentes a las que tienen curso legal de un país 
determinado) transadas. Tiende a impedir la libre convertibilidad entre la 
moneda nacional y extranjera. 
Según Maza (2009), el control de cambio, puede identificarse como el 
sistema mediante el cual el Estado ejerce control sobre todas o buenas 
39 
 
partes de las transacciones en moneda extranjeras, influyendo directamente 
en la balanza de pagos. Mientras que el Banco Central de Venezuela (2009) 
lo define como “políticas de autoridad monetaria orientada a controlar la 
compra y venta de moneda extranjera. Puede involucrar la determinación del 
tipo de cambio y/o el volumen de divisas transadas”. De lo indicado, es el 
Banco Central de Venezuela el facultado para controlar los desembolsos en 
moneda extranjera a su discreción. 
Es por ello, que el control de cambio es una intervención oficial del 
mercado de divisas, de tal manera que los mecanismos normales de oferta y 
demanda, quedan total o parcialmente fuera de operación y en su lugar se 
aplica una reglamentación administrativa sobre compra y venta de divisas, 
que implica generalmente un conjunto de restricciones tanto cuantitativas 
como cualitativas de una entrada y salida de cambio extranjero. 
De acuerdo con, Heras (2000, p. 241) el control de cambio “es el 
conjunto de normas legales dictadas por el gobierno de un país, con el 
propósito de regular los movimientos de capital entre el mismo y el resto de 
los países”. Por otro lado para Tamanes y Gallegos (2006, p. 150) expone 
que el control de cambio: 
 
Son las medidas que adoptan las autoridades monetarias de un 
país para influir directamente sobre el tipo de cambio exterior de 
su propia moneda, bien de forma directa o mediante instrucciones 
o para regular de cualquier manera los cobros y pagos con el 
extranjero, tanto en divisas como en moneda nacional y así como 
la adquisición o cesión de bienes y derechos de contenido 
económico entre residentes y no residentes. 
 
40 
 
Según se ha citado, por los diversos autores el control cambiario son 
normas e instituciones cuya finalidad es la de controlar la entrada y salida del 
país de moneda nacional o extranjera, exigiendo el cumplimiento de deberes 
de información, y en su caso, autorización administrativa. Es por ello, que el 
control de cambio es sin duda el método más directo y eficaz adoptado en los 
países regidos por el patrón oro para nivelar el déficit existente en sus 
balanzas de pagos, y en especial es un método insustituible si se trata de 
evitar futuros desajustes de la misma. 
Para Osorio (2005, p 63) es un: 
 
Sistema que combina todos los elementos de los sistemas de tipo 
de cambio fijo y cambio variable, dejando invariable la renta 
nacional, la cantidad de dinero, entre otros. y manteniendo un tipo 
de cambio estable. Para corregir esto, restringe directamente los 
impuestos hasta el nivel de las exportaciones, lleva las 
exportaciones hasta igualar las importaciones o hace ambas a la 
vez. 
 
 
La vía más directa por la que un país puede conservar monedas 
extrajeras para pagar importaciones esénciales, satisfacer las deudas 
externas y prevenir la fuga de capitales, es la de exigir a todos sus 
habitantes que vendan a una entidad pública determinada, como el banco 
central o una junta de control de cambios, las monedas extranjeras que 
lleguen a poseer. 
Existen múltiples modalidades del control de cambios; puede ser 
sumamente rígido o muy flexible, establecer una sola tasa de cambio para 
cualquier tipo de mercancía o múltiples; parcial o total según exija o no el 
cambio en moneda nacional de la totalidad o parte de las transacciones 
41 
 
internacionales; tener por objeto estimular las importaciones necesarias a 
base de tipos de cambio en moneda nacional con tipos de cambio atractivos 
en dado caso, o por el contrario, incrementar las exportaciones 
mediante la existencia de tipos de cambio altos y desfavorables para la 
moneda nacional. 
Es por ello , que llegando a confrontar a los autores antes citados como 
Maza (2009), el expone que el control de cambio, puede identificarse como el 
sistema mediante el cual el Estado ejerce control sobre todas o buenas 
partes de las transacciones en moneda extranjeras, mientras que Heras 
(2000) manifiesta que el control de cambio es el conjunto de normas legales 
dictadas por el gobierno de un país . 
Asimismo, Tamanes y Gallegos (2006) expone que el control de cambio 
es una intervención oficial del mercado de divisas, de tal manera que los 
mecanismos normales de oferta y demanda, quedan total o parcialmente 
fuera de operación y en su lugar se aplica una reglamentación administrativa 
sobre compra y venta de divisas, que implica generalmente un conjunto de 
restricciones tanto cuantitativas como cualitativas de una entrada y salida de 
cambio extranjero. 
Y finalmente para Osorio (2005) el control cambiario, es el sistema que 
combina todos los elementos de los sistemas de tipo de cambio fijo y cambio 
variable, dejando invariable la renta nacional, la cantidad de dinero, entre 
otros, en lo cual se pudo observar que los autores coinciden con las 
definiciones expuestas de control de cambio. 
42 
 
De acuerdo con lo mencionado, la investigadora coincide con 
definiciones expuestas por los Tamanes y Gallegos (2006), ya que el control 
cambiario son las normas e instituciones cuya finalidad es la de controlar la 
entrada y salida del país de moneda nacional o extranjera, exigiendo el 
cumplimiento de deberes de información y, en su caso, autorización 
administrativa. 
 
2.3. Característica de la h istoria de la Devaluación Monetaria 2003-2010 
 
La historia económica venezolana contemporánea ha estado 
caracterizada por sucesivas devaluaciones tales como la acción o medida 
emprendida por un gobierno, el tipo de cambio fijo de una moneda con 
respecto a otra y la disminución la moneda nacional en relación con el patrón 
oro dólar, u otra moneda extranjera. 
De acuerdo, con Ardanaz (2006) manifiesta que durante muchos siglos 
la económica, como otras muchas ramas del conocimiento, no tuvo 
autonomía propia en el campo teórica. Se reducirá a un conjunto de normas 
surgidas fundamentalmente de la experiencia cotidiana. 
Otras preocupaciones de la ciencia económica actual escriban en la 
fusión de los enfoques estáticos con el carácter dinámico de la vida real, el 
estudio de déficit fiscal crónico, inflación, desigualdad internacional entre 
países desarrollados y subdesarrollados, inestabilidad cambiaria, 
desigualdad en la distribución del ingreso con sus defectos sobre el 
crecimiento y la creación de modelos que permitan predecir con ciertos grado 
43 
 
de confiabilidad las tendencias futuras de las principales variables 
económicas. 
 
2.3.1. Acción o medida emprendida por un gobierno 
 
De acuerdo a informes de Guanipa (2010) expone que el ex presidente 
de Venezuela Herrera (1983), durante su gobierno se frena la estabilidad 
monetaria, cuando el Gobierno aprueba un sistema de Régimen de Cambios 
Diferenciales para restringir la libre distribución de las divisas derivadas de la 
renta petrolera. A partir 1983, la política monetaria en el país ha estado 
caracterizada por altas tasas de interés, inflación, devaluación, fuga de 
capitales, controles de cambio, corrupción,remuneración a ahorristas por 
debajo de la inflación e incertidumbre. 
El conocido “Viernes Negro” del gobierno de Herrera (1983) dio paso a 
sucesivas devaluaciones de la moneda como la del año 1986, con el 
gobierno de Lusinchi; (1994), con Caldera (1998) en el marco de una crisis 
bancaria nacional. 
Por otra parte, en informes del Banco Central de Venezuela (2009) se 
manifiesta que en el gobierno del presidente Chávez (2003) también se han 
presentado devaluaciones mediante convenios de controles cambiarios. En 
febrero de 2003, en el cual se establecen medidas de controles destinadas a 
lograr la estabilidad de la moneda, es ese mismo año se estableció otro 
convenio que expone a la moneda a una devaluación de 1.600 unidades por 
44 
 
dólar (2003) y a 1.920 unidades por dólar (2004). La última devaluación se 
produjo el 3 de marzo de 2005. El porcentaje de devaluación fue de 10,7% y 
el tipo de cambio quedó fijado en 2.150 bolívares por dólar. 
Igualmente, Guanipa (2010) manifiesta que durante estos años, se 
llevaron a la práctica algunos modelos mixtos como las minidevaluaciones, 
los sistemas de bandas y los cambios duales. En Venezuela se decretó una 
devaluación de la moneda en Marzo 2005, cuando el tipo de cambio pasó a 
2,150 bolívares por dólar, pero en 2007, tras el 
proceso de reconversión monetaria, el cambio pasó de 2.150 a 2,15 
bolívares fuertes por dólar, cifra que se mantenía hasta los momentos, con 
base en el control cambiario que comenzó a utilizarse en el 2003. 
Por otra parte, se pudo observar en los informes del Banco Central De 
Venezuela que para el 2007 el bolívar había perdido cerca de 250% de su 
valor, si se tomaba como base 1999, y 59.202%, si se contaba desde 1983. 
Una de las primeras devaluaciones registradas de la moneda venezolana se 
produjo en 1929. Como consecuencia de esta acción, el bolívar se colocó a 
3,35 unidades por dólar. Esta cifra se mantuvo hasta que en 1961 el gobierno 
de Rómulo Betancourt fijó un control de cambios para devaluar el bolívar a 
4,30 unidades por dólar, cifra que caracterizó al signo monetario durante un 
período de gran bonanza económica. 
De acuerdo, al informe del Banco Central de Venezuela(2009), expone 
que se seguía manteniendo la versión de que el dólar no sería devaluado ni 
45 
 
se modificaría la política cambiaria del país, a pesar del anuncio de la 
asunción de 54 medidas económicas destinadas a evitar la recesión 
económica; incrementar la intermediación financiera; y controlar la inflación, 
entre otros. Estas medidas fueron anunciadas dentro del plan de austeridad 
del Gobierno Nacional para atenuar los efectos de la crisis económica 
mundial. 
En el mismo orden de ideas, el Gobierno Nacional (2010) informó al 
país el viernes 8 de enero de 2010, que el precio del dólar controlado se 
incrementaría de 2,15 bolívares fuertes a 2,60 bolívares fuertes para algunos 
usos preferenciales, y a 4,30 bolívares fuertes para los restantes. 
Así mismo, resalto que el gasto real del gobierno central entre 2003 y 
2006 se incrementó un 97,2%, y que desde 2003 PDVSA, comenzó a realizar 
un creciente gasto interno en los programas sociales denominados 
“Misiones”. 
Por otra parte, el informe del BCV (2004), dio a conocer que en abril de 
2003, el ejecutivo agotó los ahorros que constitucionalmente debía conservar 
en el Fondo de Estabilización Macroeconómica, redactándose luego no 
menos de siete leyes o reformas de leyes que relevaron al gobierno de su 
obligación de restituirlos. La Asamblea Nacional (AN), (el 15 de enero de 
2004), reformó la Ley del BCV para crear un Fondo de Desarrollo Nacional 
(FONDEN) bajo control del ejecutivo. Este Fondo debía recibir del emisor (sin 
contraprestación en bolívares) 6.000 millones de dólares por una única vez, a 
los cuales PDVSA debía añadir divisas periódicamente. 
46 
 
De esta manera, se pudo conocer por informes del BCV, (2005) que era 
conveniente insistir en que la creación del FONDEN está reñida con la 
prohibición expresa que la Constitución de 1999, en la cual se plantea hacer 
el financiamiento del gasto fiscal por parte del BCV. 
Por lo cual, se incrementó el potencial del gasto interno, aunque no la 
supervisión. La Ley indicaba explícitamente que el BCV sólo debía transferir 
6.000 millones de dólares en 2005, pero el BCV ha repetido la operación 
desde entonces, entregando 4.275 millones de dólares en 2006, 6.770 
millones en 2007 y 1.538 millones en 2008. 
Así mismo, Guanipa (2010) afirma que la devaluación permitió 
aumentar significativamente los ingresos fiscales del gobierno, nueve meses 
antes de las elecciones parlamentarias. Con ellos el gobierno procuro 
suavizar los efectos sobre las cuentas fiscales de la volatilidad de los precios 
del petróleo, acentuada por la crisis financiera mundial. Aunque se anuncia el 
propósito de promover exportaciones y sustituir importaciones, estos 
objetivos parecen inalcanzables por varias razones. 
El mantenimiento de precios controlados a los niveles previos a la 
devaluación (que eran insuficientes en algunos casos) y la amenaza de 
expropiación a los comercios, hecha efectiva en algunos casos, dificulta y 
desestimula la actividad productiva privada en medio de una recesión que se 
inició en el segundo trimestre de 2009. 
Por otra parte, Guanipa (2010) expone que la empresa pública no 
petrolera se encuentra adversamente afectada por los retrasos en la 
47 
 
inversión pública necesaria. Tal es el caso de la generación de electricidad y 
los problemas operativos de las empresas básicas de minerales y metales de 
Guayana. 
De acuerdo, a los informes del BCV(2010), se manifiesta que el uso de 
los ingresos obtenidos de la devaluación, las utilidades cambiarias que esta 
genere al BCV, los recursos de PDVSA y el FONDEN y los posibles 
incrementos en el precio del petróleo darán comienzo nuevamente al ciclo de 
expansión del gasto y la base monetaria, inflación, apreciación real, 
ampliación de la brecha cambiaria y crecimiento del sector no transable 
sobre el transable, lo que preparo el camino para la devaluación y para un 
incremento de la inflación en 2010 inicialmente estimado en el 35%-40%, 
según sea el ritmo de expansión de gasto público y liquidez monetaria. 
La investigadora coincide con lo dicho anteriormente por los autores 
mencionados ya que el Banco Central puede realizar una política monetaria 
expansiva aumentando la oferta monetaria para estimular la producción, pero 
si la demanda de dinero no crece junto con la oferta, o bien la producción no 
crece debido a otros factores (que pueden ser externos), puede existir una 
presión inflacionaria. 
 
2.3.2. Tipo de cambio fijo de una moneda con respecto a otra 
 
El tipo de cambio nominal, el precio o cotización de una moneda 
comparada con otra. El tipo de cambio nominal puede ser de venta o de 
compra. El tipo de cambio de venta es el precio que cobran el Banco Central, 
48 
 
las instituciones financieras o casas de cambio, cuando venden dólares a los 
individuos o agentes económicos. El tipo de cambio de compra es el precio 
que pagan el Banco Central, las instituciones financieras o casas de cambio, 
cuando compran dólares a los individuos o agentes económicos. 
De acuerdo, con Tamanes y Gallegos (2006) expone que el tipo de 
cambio fijo de una moneda con respecto a otra implica una pérdida de valor 
del bolívar respecto a otra moneda, por lo general el dólar, es decir, se deben 
entregar más moneda nacional por cada dólar. En cambio, una disminución 
del tipo de cambio nominal constituye una reevaluación o recuperación de 
valor del bolívar respecto al dólar. El tipo de cambio real relaciona los precios 
de los bienes producidos en el extranjero, expresados en moneda nacional, 
con los precios de los bienes producidos en el país. 
El tipo de cambio real es un precio relativo que se utiliza como indicador 
delos precios de los bienes externos respecto de los precios de los bienes 
nacionales. En ese sentido, es utilizado también como uno de los indicadores 
que miden la competitividad de un país en el comercio internacional, es decir, 
permite saber si los bienes producidos en el país están abaratándose o 
encareciéndose con relación a los bienes producidos en el exterior. 
Por tal motivo, un aumento de precios corresponde a una depreciación 
del tipo de cambio real, es decir, los bienes externos se han vuelto más caros 
respecto a los bienes nacionales o visto de otra manera, los bienes 
nacionales se han vuelto más baratos con relación a los bienes externos. En 
49 
 
este caso habría un aumento de competitividad de los bienes nacionales, lo 
que significa que los agentes económicos preferirán comprar bienes 
nacionales a bienes extranjeros. 
Por su parte, una disminución es una apreciación del tipo de cambio 
real, es decir, los bienes externos se han vuelto más baratos respecto de los 
bienes nacionales o, dicho de otra manera, los bienes nacionales se han 
vuelto más caros con relación a los bienes externos. En este caso, se tiene 
una pérdida de competitividad de los bienes nacionales. 
Para Guerra (2004) en el caso de Venezuela, la experiencia indica que 
se ha instrumentado una diversidad de esquemas cambiarios y que además 
el tránsito de uno a otro ha ocurrido en medio de crisis de balanza de pagos. 
Por tanto, en Venezuela, al igual que en otros países, la elección del régimen 
cambiario ha estado influida más por los objetivos de la política económica 
en determinadas coyunturas que por criterios que atiendan a la especificidad 
de los choques que enfrenta la economía o por una visión estructurada 
acerca de lo que debería ser la economía venezolana. 
El control de cambios absoluto, o sea, la reglamentación total de la 
oferta y la demanda de divisas, es prácticamente imposible de implementar, 
por las inevitables y múltiples evasiones y filtraciones que tienen lugar 
cuando la economía no es enteramente centralizada. 
El control parcial o de mercados paralelos ha sido practicado en 
diferentes países y oportunidades: consiste en un control parcial, 
50 
 
determinante, de la oferta de divisas, a precios determinados, con cuyas 
divisas se atienden necesidades esenciales de la economía, y un mercado 
marginal es permitido en el cual se compran y venden cantidades de divisas 
procedentes de operaciones que se dejan libres y se determinan precios de 
mercado; este mercado paralelo o marginal se autoriza para impedir el 
funcionamiento del estraperlo o mercado negro. 
Otra modalidad de control es el régimen de cambios múltiples, en que 
para cada grupo de operaciones, de oferta o demanda, se fija un tipo de 
cambio: tipos preferenciales, más favorables, para determinadas 
exportaciones y entradas de capital y para determinadas importaciones y 
salidas de capital; y tipos no preferenciales, para las restantes operaciones. 
Este sistema se ha aplicado y se aplica aun no sólo en función de objetivos 
cambiarios o de balanza de pagos, sino como instrumento de la política 
económica en general. 
De acuerdo, con Guerra (2004), existe otro control parcial de la venta 
de divisas al mejor postor para determinadas operaciones. Ello puede 
explicarse por el hecho de que en Venezuela confluyen marcadamente tanto 
las perturbaciones monetarias como las reales, de forma tal que es difícil 
separarlas con precisión. En ciertos momentos ha privado la obligación u 
objetivos de corto plazo al momento de adoptar un determinado esquema 
cambiario luego de episodios de crisis de balanza de pagos. 
51 
 
Por otra parte, Osorio (2005) expone que el tipo de cambio de un país 
respecto de otro es el precio de una unidad de moneda extranjera expresado 
en términos de la moneda nacional. Es decir, el tipo de cambio se puede 
definir como el número de unidades de moneda nacional que se debe 
entregar para obtener una unidad de moneda extranjera o de manera similar 
el número de unidad de moneda extranjera, o de similar el número de 
unidades de moneda nacional que se obtiene al vender unidad de moneda 
extranjera. 
Así mismo, se llega a la confrontación de los autores antes 
mencionados exponiendo que Tamanes y Gallegos (2006), manifiesta que el 
tipo de cambio nominal implica una pérdida de valor del Sucre respecto a 
otra moneda, mientras que Guerra (2004) manifiesta que el tipo de cambio se 
inicia en la experiencia que se ha instrumentado una diversidad de esquemas 
cambiarios y que además el tránsito de uno a otro ha ocurrido en medio de 
crisis de balanza de pagos. Por otra parte, Osorio (2005), el tipo de cambio 
de un país respecto de otro es el precio de una unidad de moneda extranjera 
expresado en términos de la moneda nacional. 
Es por ello, que la investigadora coincide con las definiciones expuestas 
por Tamanes y Gallegos (2006), ya que los tipos de cambio son el número 
de unidades de moneda nacional que debemos entregar para obtener una 
unidad de moneda extranjera, o de manera similar, el número de unidades de 
moneda nacional que obtengo al vender una unidad de moneda extranjera. 
52 
 
La investigadora también coincide que para ello, el ingreso de divisas 
debe estar centralizado y controlado (en nuestro país por el Banco Central de 
Venezuela), aunque la demanda puede dejarse libre; sin embargo, el tipo o 
tipos, que fije la autoridad no puede diferir mucho del que se determinaría en 
el mercado libre, salvo que se trate de un sistema enteramente centralizado 
de economía. 
 
2.3.3. Disminución de la moneda nacional en relación con el patrón oro-
dólar u otra moneda extranjera 
 
Indirectamente, por representar el oro un poder de compra 
internacionalmente reconocido, el papel moneda queda relacionado con 
todas las otras mercancías. Pero, puesto que si un gramo de oro en las arcas 
nacionales puede haber moneda interior, es muy natural que se quiera referir 
su poder de compra directamente a cualquier mercancía . 
De acuerdo Ardanaz (2006, p. 87) define la relación con el oro dolor u 
otra moneda extranjera como “la paridad establecida para la moneda en 
determinado peso oro”. Lleva consigo la facultad de acuñar y fundir moneda 
a la libertad del ciudadano. 
Es por ello, que el autor manifiesta que una vez fijada la paridad oro 
para las divisas de las monedas nacionales, es fácil calcular la paridad 
monetaria mutua, es decir el cambio. Así mismo, la definición que ofrece el 
autor mencionado en relación del patrón oro dólar hace establecer 
directamente cual es el poder de compra de la unidad monetaria con 
respecto a una mercancía determinada, el oro. 
53 
 
Según Guanipa (2010), para febrero de 1999, el precio de un dólar 
rondaba los 575 bolívares, y el del petróleo no alcanzaba los 10 dólares por 
barril, sin embrago éste llegó a superar los 30 dólares en octubre de 2000, 
pero en noviembre del año siguiente había caído de nuevo por debajo de los 
17 dólares por barril. 
Afirma Guanipa (2010) que para entonces, el gobierno, que había 
incrementado su gasto nominal en un 90,5% en tres años (49,6% en 
términos reales), reconoció dificultades económicas y preparó el camino para 
recortes del gasto y un aumento de impuestos, finalmente anunciados en 
febrero de 2001. 
De acuerdo con, Tamanes y Gallegos (2006) tras la aprobación 
presidencial de decretos-leyes potencialmente expropiatorios en diciembre 
de” 2001, esto provoco los sucesos de abril (2002) de inestabilidad, política, 
economía y social. Posteriormente a esta situación el Gobierno Nacional, con 
el precio de dólar en 793 bolívares eligió permitir una flotación sucia del tipo 
de cambio. 
Así mismo, Guerra (2004) expone que la crisis política llegó al extremo 
de un paro encabezado por PDVSA entre diciembre de 2002 y febrero de 
2003, ante esta situación el gobierno modificó su política económicaa 
principios de 2003, estableciendo un control de precios y de cambios desde 
comienzos del año. 
Igualmente Guerra (2004) expone que con el propósito de proteger las 
reservas internacionales del impacto del paro petrolero, el 6 de febrero de 
54 
 
2003 el gobierno y el BCV fijaron el precio del dólar en 1.600 bolívares. En 
cuatro años dicho precio se había incrementado un 178,3%. La depreciación 
del bolívar no se debió exclusivamente a las expectativas adversas 
generadas por el conflicto político. El gasto público interno financiado con 
ingresos petroleros expande la base monetaria en Venezuela, generando 
presión sobre los precios de los bienes y servicios y del tipo de cambio. 
Esta combinación de acontecimientos explica los problemas del 
gobierno para influir sobre el comportamiento del tipo de cambio paralelo, de 
esta manera para el 2004 el precio del dólar controlado era la mitad del 
paralelo, entonces calculado por medio de la relación entre los precios en 
bolívares y dólares emitidos por la CANTV, empresa telefónica estatizada en 
2007. A pesar de un incremento en las reservas internacionales de 59,4% 
desde la fijación del control, el 9 de febrero de 2004 el Gobierno Nacional 
autorizó su primera devaluación, al incrementar un 20% el precio del dólar 
controlado, a 1.920 bolívares. 
De acuerdo, con Osorio (2005) la segunda devaluación, que encareció 
un 12% más el dólar controlado, ocurrió el 3 de marzo de 2005. Ambas 
devaluaciones tuvieron lugar mientras los precios del barril de petróleo se 
incrementaban (con algunas variaciones) desde los 25 dólares en abril de 
2003 a 70 dólares en agosto de 2006 y las reservas internacionales pasaban 
de 14.056 millones de dólares en febrero de 2003 a 37.440 millones en 
diciembre de 2006. Aunque el dólar paralelo se mantuvo cerca de un 20% 
55 
 
por encima del dólar controlado entre febrero y junio de 2006, la brecha entre 
ambos comenzó a aumentar hasta cerrar el año en un 60%. 
Así mismo, Guanipa (2010) expone que mientras el precio del barril de 
petróleo ascendía desde 46 dólares en enero de 2007 hasta casi 140 dólares 
en julio de 2008, la brecha cambiaria se incrementaba hasta el 216% del 
precio controlado en octubre de 2007, para luego caer y mantenerse entre 
abril y agosto de 2008 en alrededor del 60%. Antes de la brusca caída del 
precio del petróleo, arrastrado por la crisis financiera mundial, la brecha 
cambiaria comenzaba a ensancharse nuevamente. 
De acuerdo a lo descrito anteriormente acerca de la disminución de la 
disminución de la moneda nacional se puede llegar a confrontar los autores 
mencionados tales como Ardanza (2006) manifiesta que tanto el oro como 
las monedas nacionales son buscados como medios de compra, porque 
cristalizan en si el poder de compra de que dispone cada país como fruto de 
su actividad. Por otra parte, Tamanes y Gallegos (2006) el cual manifiesta 
que luego de realizarse los decretos y leyes de expropiación, trajo como 
consecuencia la insatisfacción entre los grupos de los empresarios, 
trabajadores, es decir, un descontento social hacia con el Gobierno Nacional. 
Mientras, que para Guerra (2004) expone que el tipo de cambio, que 
diera la paridad ideal vendría determinado del poder de compra de las 
monedas respectivas. Así mismo, las cantidades oro que se podrían comprar 
con cada una de las monedas nacionales determinaba la paridad de cambio 
en régimen de patrón oro. Por otra parte, Osorio (2005) que expone que 
56 
 
ambas devaluaciones tuvieron lugar mientras los precios del barril de 
petróleo subió, aunque la moneda extranjera se mantuvo. 
Por lo planteado, la investigadora coincide con lo expuesto por Guerra 
(2004) ya que pasando por alto que cerca del 60% de las importaciones de 
los primeros tres trimestres de 2009 se hicieron con el tipo de 
cambio controlado en 2,15 bolívares fuertes (entre ellas las correspondientes 
a una importante fracción de alimentos, medicinas, comercio y 
maquinarias y equipos), el presidente sostuvo que llevar el precio del dólar 
paralelo a 4,30 bolívares fuertes (equivalentes a 4.300 bolívares) 
por medio de la intervención del BCV constituiría una “devaluación 
revaluadora”. 
 
2.4. Normativas legales del Control Cambiario aplicables en Venezuela 
durante el periodo 2003-2010 
 
Vale mencionar las normativas legales del control cambiario aplicable 
en Venezuela, a continuación las gacetas oficial N° 36.625, N° 37874, N° 
38138, N° 39.342 a continuación se describen cada una de ellas: 
2.4.1. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 
36.625 de fecha 5 de febrero de 2003. 
 
El 5 de febrero de 2003 fue publicado en Gaceta Oficial Nº 37.625 un 
decreto de convenio cambiario a través del cual el Ejecutivo Nacional 
considerando: 
57 
 
Que la disminución de oferta de divisas de origen petrolero y la 
demanda extraordinaria de divisas, ha afectado negativamente el nivel de las 
reservas internacionales y el tipo de cambio, lo cual podría poner en peligro 
el normal desenvolvimiento de la actividad económica en el país y el 
cumplimiento de los compromisos internacionales de la República Bolivariana 
de Venezuela. 
Asimismo, es necesario adoptar medidas destinadas a lograr la 
estabilidad de la moneda, asegurar la continuidad de los pagos 
internacionales del país y contrarrestar movimientos inconvenientes de 
capital. 
Es por ello que, corresponde al Banco Central de Venezuela administrar 
las reservas internacionales y participar, conjuntamente con el Ejecutivo 
Nacional, en el diseño y ejecución de la política cambiaria. De igual forma, 
se convino en establecer un régimen para la administración de divisas en 
cuyo articulado se decretaron las siguientes disposiciones generales: 
1. El Banco Central de Venezuela centralizará la compra y venta de 
divisas en el país. 
2. La coordinación, administración, control y establecimiento de 
requisitos, procedimientos y restricciones que requieran la ejecución del 
convenio cambiario corresponde a la Comisión de Administración de Divisas 
(CADIVI), la cual fue creada por el Ejecutivo Nacional mediante decreto No. 
2.032 de la Gaceta Oficial Nº 37.625. La Comisión de Administración de 
Divisas está integrada por cinco miembros nombrados por el Presidente de la 
58 
 
República, entre los cuales se encuentra un miembro seleccionado por una 
terna presentada por el Directorio del Banco Central de Venezuela. Los 
nombres de los ciudadanos que conforman la Comisión de Administración de 
Divisas son: el presidente de la comisión Edgar Hernández Behrens, Adina 
Bastidas, Alfredo Pardo Acosta, Mary Espinoza de Robles y Maigualida 
Angulo Calzadilla. 
3. Las atribuciones de la Comisión de Administración de Divisas son 
ejercidas sin perjuicio de las facultades de ejecución de la política cambiaria 
que corresponde al Banco Central de Venezuela y sus decisiones agotan la 
vía administrati va. 
4. La Comisión de Administración de Divisas ajustará su actuación, de 
acuerdo a lo establecido en el artículo 141 de la Constitución de la República 
Bolivariana de Venezuela, a los principios de honestidad, participación, 
eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en 
el ejercicio de sus funciones, en los términos que se establecen en la ley. 
5. Los bancos e instituciones financieras, las casas de cambio y los 
demás operadores cambiarios autorizados para actuar en el mercado de 
divisas quedan sujetos al cumplimiento del convenio cambiario. 
6. El Banco Central de Venezuela fijará de común acuerdo con el 
Ejecutivo Nacional el tipo de cambio para la compra y venta de divisas. 
7. El Banco Central de Venezuela con aplicación de sus propios 
mecanismos aprobará el presupuesto nacional de divisas que regirá el 
convenio cambiario. Para determinar el monto disponible de divisas, el Banco 
59 
 
Central de Venezuela deberátomar en consideración las condiciones 
monetarias, crediticias y cambiarias relacionadas con la estabilidad de la 
moneda y el desarrollo ordenado en la economía, así como los niveles de 
reservas internacionales. 
8. El Banco Central de Venezuela fijará, mediante resolución, el monto 
a partir del cual deberá declararse exportación e importación de moneda 
metálica, billetes de bancos y cheques bancarios al portador, realizada 
conforme al régimen cambiario previsto en el convenio cambiario. 
9. Las normas y compromisos internacionales suscritos por la 
República y establecidos en los acuerdos y tratados bilaterales, multilaterales 
y de integración serán de aplicación preferente a las disposiciones del 
convenio cambiario. 
10. Las organizaciones internacionales con las cuales la República 
Bolivariana de Venezuela haya suscrito acuerdos o convenios 
internacionales, podrán efectuar operaciones de cambio directamente ante el 
Banco Central de Venezuela, sin necesidad de autorización alguna. 
 
2.4.2. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 
37.627 de fecha 7 de febrero de 2003 
Entre el Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Tobias 
Nóbrega Suárez, en su carácter de Ministro de Finanzas, autorizado por el 
Decreto N° 2.278 de fecha 21 de enero de 2003, por una parte; y, por la otra, 
el Banco Central de Venezuela, representado por su Presidente, ciudadano 
60 
 
Diego Luis Castellanos, autorizado por el Directorio de ese Instituto en 
reunión extraordinaria número 3.502, celebrada el 7 de febrero de 2003, de 
conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Convenio Cambiario N° 1 de 
fecha 5 de febrero de 2003, se ha convenido en lo siguiente: 
Artículo Único. Se fija el tipo de cambio a partir del día 10 de febrero 
de 2003 en Un Mil Seiscientos bolívares (Bs.1.600,00) por dólar de los 
Estados Unidos de América para el pago de la deuda pública externa. 
 
2.4.3. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 
37.874 de fecha 6 de febrero de 2004 
El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Tobías Nóbrega 
Suárez, en su carácter de Ministro de Finanzas, autorizado por el Decreto N° 
4.278 de fecha 21 de enero de 2003, por una parte; y por la otra, el Banco 
Central de Venezuela, representado por su Presidente, ciudadano Diego Luis 
Castellanos E., autorizado por el Directorio de ese Instituto en su sesión 
ordinaria N°3.617, celebrada el 5 de febrero de 2004, de conformidad con lo 
previsto en el artículo 6 del Convenio Cambiario N° 1 de fecha 5 de febrero 
de 2003, se ha convenido en lo siguiente: 
Artículo 1. - Se fija el tipo de cambio a partir de la entrada en vigencia 
del presente Convenio en un Mil Novecientos Dieciséis bolívares (Bs. 
1.916,00) por dólar de los Estados Unidos de América para la compra, y en 
Un Mil Novecientos Veinte bolívares (Bs. 1920,00) por dólar de los Estados 
Unidos de América para la venta. 
61 
 
Artículo 2.- Se fija el tipo de cambio en Un Mil Novecientos Veinte 
bolívares (Bs. 1920,00) por dólar de los Estados Unidos de América para el 
pago de la deuda pública externa. 
 
2.4.4. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 
38.138 de fecha 3 de marzo de 2005. 
Artículo 1. Se fija el tipo de cambio a partir de la entrada en vigencia 
del presente Convenio en Dos Mil Ciento Cuarenta y Cuatro bolívares con 
Sesenta céntimos (Bs. 2.144,60) por dólar de los Estados Unidos de América 
para la compra, y en Dos Mil Ciento Cincuenta bolívares (Bs. 2.150,oo) por 
dólar de los Estados Unidos de América para la venta. 
Artículo 2. Se fija el tipo de cambio en Dos Mil Ciento Cincuenta 
bolívares (Bs. 2.150,oo) por dólar de los Estados Unidos de América para el 
pago de la deuda pública externa. 
Artículo 3. Las operaciones de compra y venta de divisas cuya 
liquidación hubiere sido solicitada al Banco Central de Venezuela antes de la 
entrada en vigencia del presente Convenio, se liquidarán a los tipos de 
cambio establecidos en el Convenio Cambiario N° 2 de fecha 5 de febrero de 
2004, según corresponda 
Las operaciones de venta de divisas efectuadas por los operadores 
cambiarios antes de la entrada en vigencia del presente Convenio, con base 
62 
 
en las autorizaciones genéricas emitidas conforme a lo previsto en la 
Providencia de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) N° 020 del 
1 de abril de 2003, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana 
de Venezuela N° 37.665 del 4 de abril de 2003, serán liquidadas por el 
Banco Central de Venezuela al tipo de cambio establecido en el Convenio 
Cambiario N° 2 de fecha 5 de febrero de 2004. Igual tipo de cambio se 
aplicará para las compras de divisas realizadas por los operadores 
cambiarios antes de la fecha de vigencia de este Convenio. 
Artículo 4. El presente Convenio entrará en vigencia el día siguiente al 
de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de 
Venezuela, y el mismo sustituye el Convenio Cambiario N° 2 del 5 de febrero 
de 2004, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de 
Venezuela N° 37.875 del 9 de febrero de 2004. 
2.4.5. La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 
39.342 de fecha 8 de enero de 2010. 
Artículo 1. La liquidación de las operaciones de venta de divisas 
destinadas a los conceptos que se indican a continuación, previstos en las 
correspondientes Providencias dictadas por la Comisión de Administración 
de Divisas (CADIVI), se efectuará al tipo de cambio de dos bolívares con 
sesenta céntimos (Bs. 2,60) por dólar de los Estados Unidos de América: 
63 
 
a) Importaciones para los sectores de alimentos, salud, educación, 
maquinarias y equipos, y ciencia y tecnología, de acuerdo con la política 
comercial establecida por el Ejecutivo Nacional. 
b) Operaciones de remesas a familiares residenciados en el 
extranjero. 
c) Pagos por gastos de estudiantes cursantes de actividades 
académicas en el exterior. 
d) Pagos por gastos para recuperación de la salud, deporte, cultura, 
investigaciones científicas y otros casos de especial urgencia, a juicio de la 
Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). 
e) Pagos a jubilados y pensionados residentes en el exterior. 
í) Adquisición de divisas por parte de las representaciones 
diplomáticas, consulares, sus funcionarios, así como por parte de 
funcionarios extranjeros de los organismos internacionales, debidamente 
acreditados ante el Gobierno Nacional. 
Artículo 2. La liquidación de las operaciones de venta de divisas 
efectuadas por el Banco Central de Venezuela destinadas a los pagos del 
sector público no petrolero, incluido el pago de la deuda pública externa, se 
efectuarán al tipo de cambio de dos bolívares con sesenta céntimos (Bs. 
2,60) por dólar de los Estados Unidos de América. 
64 
 
Artículo 3. La liquidación de las operaciones de venta de divisas 
previstas en los Convenios Cambiarios, distintas a las indicadas en los 
artículos 1 y 2 del presente Convenio, se efectuará al tipo de cambio de 
cuatro bolívares con treinta céntimos (Bs. 4,30) por dóla r de los Estados 
Unidos de América, salvo el régimen establecido en el artículo 5 del 
presente Convenio Cambiario. 
Artículo 4. El tipo de cambio aplicable a las operaciones de compra de 
divisas obtenidas por el sector público, distintas a las indicadas en el artículo 
5 del presente Convenio y a las obtenidas por las exportaciones públicas no 
petroleras, será de dos bolívares con cinco mil novecientas treinta y cinco 
diezmilésimas (Bs. 2,5935) por dólar de los Estados Unidos de América. 
El tipo de cambio aplicable a las operaciones de compra de divisas 
distintas a las indicadas en el encabezamiento del presente artículo y a las 
previstas en el artículo 5 del presente Convenio, incluidas las provenientes 
de exportaciones de los sectores público no petrolero y privado, seráde 
cuatro bolívares con dos mil ochocientas noventa y tres diezmilésimas (Bs. 
4,2893) por dólar de los Estados Unidos de América. Este último tipo de 
cambio será aplicable a las operaciones de compra de oro por parte del 
Banco Centra! de Venezuela. 
Artículo 5. Los tipos de cambio que serán aplicables a las operaciones 
de compra de divisas reguladas en el artículo 1 del Convenio Cambiario N° 9 
del 14 de julio de 2009, publicado en la Gaceta Oficial de la República 
65 
 
Bolivariana de Venezuela N° 39.239 de fecha 11 de agosto de 2009, serán 
de cuatro bolívares con dos mil ochocientas noventa y tres diezmilésimas 
(Bs. 4,2893) por dólar de los Estados Unidos de América o de dos bolívares 
con cinco mil novecientas treinta y cinco diezmilésimas (Bs. 2,5935) por dólar 
de los Estados Unidos de América, de acuerdo con lo que establezca el 
Banco Central de Venezuela, en atención a las proporciones que éste 
determine para la liquidación de las operaciones previstas en los artículos 1, 
2 y 3 del presente Convenio. Este último tipo de cambio será aplicable para 
al menos el treinta por ciento (30%) de las operaciones de compra de divisas 
a que se contrae el presente artículo. 
Artículo 6. Las personas naturales o jurídicas privadas, dedicadas a la 
exportación de bienes y servicios, podrán retener y administrar hasta el 
Treinta por ciento (30%) del ingreso que perciban en divisas, en razón de las 
exportaciones realizadas; este porcentaje será destinado a cubrir los gastos 
derivados de la actividad de exportación, distintos a la deuda financiera. 
Queda a salvo el régimen previsto en el Convenio Cambiario N° 9 del 
14 de juio de 2009, publicado en la Caceta Oficial de la República Bolivariana 
de Venezuela N° 39.239 de fecha 11 de agosto de 2009, y en el Convenio 
Cambiario N° 12 del 11 de junio de 2009, publicado en la Gaceta Oficial de la 
República Bolivariana de Venezuela N° 39.207 del 25 de junio de 2009. 
Artículo 7. Las adquisiciones de divisas requeridas para el pago del 
capital, intereses, garantías y demás colaterales de la deuda privada externa 
66 
 
contraída con cualquier acreedor extranjero, incluidos los organismos 
multilaterales y bilaterales, de integración o entes gubernamentales 
extranjeros, y agencias de financiamiento a la exportación, se efectuarán a 
través de los bancos y demás operadores cambiarios autorizados a estos 
efectos, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que al efecto 
establezca la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), al tipo de 
cambio que será fijado por el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de 
Venezuela. 
Artículo 8. La compra en el mercado primario y en moneda nacional de 
títulos de la República o de sus entes descentralizarlos emitidos o por 
emitirse en divisas, se efectuará al tipo de cambio que determinen a estos 
efectos el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela. 
Artículo 9. El Banco Central de Venezuela podrá realizar operaciones 
de compra y venta de títulos emitidos en moneda extranjera, en el mercado 
local, cuando lo estime conveniente. 
Así mismo, la realización por parte de los órganos y entes públicos de 
las operaciones previstas en el presente artículo, deberá coordinarse con el 
Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas y el Banco Central 
de Venezuela. 
Artículo 10. Las operaciones de compra y venta de divisas cuya 
liquidación hubiere sido solicitada al Banco Central de Venezuela antes de la 
67 
 
entrada en vigencia del presente Convenio, se liquidarán a los tipos de 
cambio establecidos en el Convenio Cambiario N° 2 de fecha 1° de marzo de 
2005, según corresponda. 
Las operaciones de venta de divisas efectuadas por los operadores 
cambiarios antes de la entrada en vigencia del presente Convenio, con base 
en las autorizaciones genéricas emitidas conforme a lo previsto en la 
Providencia de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) N° 097 del 
11 de junio de 2009, publicada en la Gaceta Oficial de la República 
Bolivariana de Venezuela N° 39.210 del 30 de junio de 2009, serán 
liquidadas por el Banco Central de Venezuela al tipo de cambio establecido 
en el Convenio Cambiario N° 2 de fecha 1° de marzo de 2005. Igual tipo de 
cambio se aplicará pata las compras de divisas realizadas por los operadores 
cambiarios antes de la fecha de vigencia de este Convenio. 
Las operaciones de venta de divisas efectuadas por los operadores 
cambiarios para el pago de consumos realizados con tarjeta de crédito de 
acuerdo con la Providencia dictada al efecto por la Comisión de 
Administración de Divisas (CADIVI), serán liquidadas por el Banco Central de 
Venezuela al tipo de cambio para la venta vigente para el momento del 
posteo de la operación. 
Artículo 11. Se deroga el Parágrafo Primero del artículo 27 del 
Convenio Cambiario N° 1 del 05 de febrero de 2003, publicado en la Gaceta 
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 37.653 de fecha 19 de 
68 
 
marzo de 2003; el Convenio Cambiario N° 2 del 1° de marzo de 2005, 
publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 
38.138 del 2 de marzo de 2005; el artículo 2 del Convenio Cambiario N° 4 del 
3 de octubre de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República 
Bolivariana de Venezuela N° 37.790 de fecha 6 de octubre de 2003; el 
Convenio Cambiario N° 8 del 2 de septiembre de 2004, publicado en la 
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.015 de fecha 
3 de septiembre de 2004; así como cualquier otra disposición que colida con 
lo establecido en el presente Convenio Cambiario. 
Artículo: 12. El presente Convenio entrará en vigencia el 11 de enero 
de 2010. 
Por lo anteriormente expuesto en gacetas oficiales, se pudo evidenciar 
que durante el periodo 2003-2010, Venezuela ha estado expuesta a 
diferentes controles de cambio lo que ha conllevado a una devaluación 
evolutiva. Cabe destacar que según Tamanes y Gallego (2006.p. 190) 
expone que la devaluación monetaria es la “Modificación al alza del precio 
oficial previo de una moneda (paridad) por comparación con un patrón 
metálico (generalmente oro) con otra moneda (normalmente dólar)” .Mientras 
que el Banco Central de Venezuela (2009) lo define como “políticas de 
autoridad monetaria orientada a controlar la compra y venta de moneda 
69 
 
extranjera. Puede involucrar la determinación del tipo de cambio y/o el 
volumen de divisas transadas”. 
2.5. Causa de la Devaluación Monetaria 
 
El tipo de cambio de equilibrio de largo plazo está determinado por la 
oferta y demanda de divisas de largo plazo. Bajo un sistema de tipo de 
cambio fijo, el tipo de cambio observado difiere del tipo de cambio de 
equilibrio de largo plazo. Cuando esta diferencia es grande, produce 
presiones a una subida del tipo de cambio. Generalmente, tarde o temprano, 
los países que tienen tipos de cambio fijos se enfrentan al dilema de producir 
una devaluación o no, o abandonar el tipo de cambio fijo hacia un sistema de 
tipo de cambio libre o de flotación sucia. 
Para Guerra (2004), el tipo de cambio de equilibrio de largo plazo se 
eleva en relación al tipo de cambio observado, los exportadores tienen 
mayores dificultades para colocar su producción en el exterior y a los 
consumidores se les encarecen los bienes nacionales en relación a los 
extranjeros. Esto produce que la demanda agregada de bienes locales 
disminuya y se produzca desempleo en el país. Los partidarios de una 
devaluación afirman que una devaluación ayudará al país a recuperar su 
competitividad internacional y así a la economía a salir de la recesión, 
eliminar o disminuir el desempleo. 
70 
 
Los que están en contra de una devaluación afirman que una 
devaluación está en contra del mismo sistema de tipo de cambio fijo, que los 
agentes económicos esperarán que una nueva devaluación en el futuro y 
esto presionara para que

Continuar navegando