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MODELO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LAS ENTIDADES MUNICIPALES EN VENEZUELA CAPÍTULO V 173 CAPÍTULO V EL MODELO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS PRESENTACIÓN. La gestión de recursos humanos constituye un aspecto crítico dentro de las organizaciones, pues ella tiene que ver con el elemento más importante “las personas”. Aún cuando esta es una verdad de perogrullo, nunca esta demás recordarla, sobre todo en el ámbito del sector público. La gestión de recursos humanos en el sector público, que incluye, obviamente a las entidades municipales, se fundamenta desde el punto de vista legal, en el concepto de “carrera administrativa”. La carrera administrativa se concibe como el sistema técnico de administración de recursos humanos que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración pública y ofrecer a todos los ciudadanos igualdad de oportunidades para el acceso al servicio público, la estabilidad en sus empleos, la capacitación y la posibilidad de promocionarse dentro de ella. De acuerdo con lo anterior, si el objetivo de la carrera administrativa es la eficiencia de la administración pública, no puede basarse sino en el mérito personal, comprendidos allí los aspectos éticos que debe involucrar el 174 desempeño de funciones en el sector público. Puede afirmarse que, sólo es posible obtener un óptimo rendimiento de las personas al servicio de una organización, cuando se garantiza que quienes ingresan a su servicio lo hacen por reales y efectivas necesidades de la misma, porque reúnen las mejores condiciones personales, poseen un alto grado de motivación y son objeto permanente de procesos de desarrollo, todo lo cual sólo se consigue mediante el establecimiento de sistemas técnicos de perfeccionamiento y capacitación, convirtiendo así el trabajo en una fuente de satisfacción para los empleados y eficaz forma de mejoramiento personal y familiar. El Modelo de Gestión de Recursos Humanos a presentar, tiene la pretensión de proporcionar las bases del sistema de administración de personal, el cual se estima debe ser implantado en las entidades municipales venezolanas, de manera que, garantizando la carrera administrativa, sea capaz de generar la fuerza necesaria para poder contar con el recurso humano capaz de incrementar significativamente sus niveles de eficiencia y eficacia en la satisfacción de las necesidades de las comunidades a las cuales están obligadas a atender. CONCEPCIÓN TEÓRICA Y FUNDAMENTO LEGAL DEL MODELO El presente Modelo de Gestión de Recursos Humanos para las entidades municipales venezolanas, se fundamenta en los principios de la gestión de recursos humanos en el sector público planteados por Weber 175 (1979), pero con las variantes introducidas por el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD), expresadas en términos de la necesidad de completar la tarea del modelo weberiano de fortalecer un núcleo estratégico ocupado por una burocracia profesional. Pero también en base a modificar el paradigma organizacional propio del modelo weberiano. En este sentido, el modelo que se propone esta enmarcado en la necesidad de contar con una flexibilización organizacional, al montaje de una red de relaciones más democráticas entre la prestación de los servicios públicos y los ciudadanos-consumidores, la implantación de un modelo contractual y competitivo de acción pública a partir del cual se pueda aumentar la eficiencia y la efectividad de las políticas públicas. De este modo, el modelo acoge un aspecto esencial del esquema burocrático weberiano: la profesionalización y el mérito. Por otro lado, el diseño del modelo se fundamenta en la teoría de sistemas, por cuanto, al construir un modelo, según Navarro, Quintín y Cunill (1992), el mismo se efectúa identificando los diferentes componentes de aquella realidad la cual se desea modelar y sus relaciones recíprocas. En este sentido, la teoría de sistemas permite explicar el funcionamiento de un modelo, según Gómez Ceja (1997) cuando afirma que un sistema es un conjunto de componentes destinados a lograr un objetivo particular de acuerdo con un plan. En atención a lo indicado, el modelo identifica cada uno de los sistemas de gestión de recursos humanos, su objetivo, insumos, procesos, 176 productos y aspectos de gestión. Determinados de conformidad con los planteamientos teóricos de Sherman y Bolhander (1994); Gil, Ruiz y Ruiz (1997) para el sistema de planificación de recursos humanos; Werther y Davis (1995) respecto a los procesos de reclutamiento y selección; Morales y Velandia (1999) en relación a clasificación y remuneración de cargos y Rodríguez y Ramírez-Buendía (1991) para el sistema de adiestramiento y desarrollo de recursos humanos. Desde el punto de vista legal, el modelo se fundamenta en las disposiciones de los artículos 153 y 155 de la Ley Orgánica del Régimen Municipal (1989), en virtud de que los mismos disponen el establecimiento de un sistema de administración de personal basado en el sistema del mérito y la carrera administrativa. LA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN LAS ENTIDADES MUNICIPALES VENEZOLANAS MISIÓN DE LA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS. La misión de la gestión de recursos humanos en las entidades municipales venezolanas, es lograr la utilización óptima de las capacidades de los funcionarios y obreros a su servicio, a través de la acción directa de los gerentes y supervisores en la aplicación y mantenimiento de las políticas, objetivos y normas de cada uno de los sistemas integrantes, bajo la coordinación del responsable de la función de administración de recursos 177 humanos, de manera que los niveles de eficiencia y eficacia de la entidad municipal se incrementen constantemente. VISIÓN DE LA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS La visión de la gestión de recursos humanos en las entidades municipales venezolanas, es llegar a convertirse en la piedra angular de la gerencia municipal, determinante en el logro de los objetivos de la entidad, de manera que las expectativas de los ciudadanos sobre la calidad de los servicios, programas y actuaciones de la entidad municipal sean cubiertas y, a menudo, sobrepasadas, y donde el ciudadano considere a los servidores públicos municipales como profesionales, serviciales, éticos y entregados a la calidad del servicio. Y donde los servidores públicos municipales consideran a la entidad municipal como un gran lugar donde trabajar. OBJETIVO GENERAL. El sistema de gestión de recursos humanos tiene el objetivo de proporcionar las bases para la implantación de un sistema de administración de recursos humanos, bajo el concepto de función pública, en las entidades municipales venezolanas, fundamentado en los principios del mérito y de la carrera administrativa, a través del conjunto de definiciones que se exponen y que permitirán promulgar ordenanzas y reglamentos de carrera administrativa, así como instaurar practicas y técnicas formales y modernas de gestión. 178 OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 1. Lograr la constante elevación de la eficiencia y eficacia de los servicios municipales, a partir de la planificación idónea de las necesidades de recursos humanos y del desarrollo permanente y motivación del personal. 2. Democratizar la administración de recursos humanos, a partir del establecimiento de vías de participación en la gestión de la entidad municipal, de la armonización de las relaciones humanas y del desarrollo individual y grupal de los servidores públicos municipales. 3. Asegurar las justas promociones y equitativas remuneraciones a los servidores públicos, de conformidad con las posibilidades financieras y organizacionales de la entidad municipal. 4. Mantener una alta moral en la gestión de los servidores públicos municipales, a partir de su concientización, del desarrollode una mística de trabajo y responsabilidad por sus actuaciones. 5. Asegurar la estabilidad en el servicio público de los empleados meritorios. POLÍTICAS GENERALES DE LA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS. La Gestión de Recursos Humanos en las entidades municipales se desarrollará con base a las siguientes políticas generales: 1. El Gobierno Municipal, ya sean del nivel ejecutivo, incluyendo la alcaldía y los institutos y/o servicios autónomos municipales, y el nivel 179 legislativo, incluyendo la contraloría municipal, sindicatura municipal y secretaría municipal, aplicarán el sistema de gestión de recursos humanos que se define y estas políticas del mismo. 2. La entidad municipal diseñará su estructura de organización de acuerdo con los servicios que deba prestar, adecuadamente determinados por los planes de gestión local. En consecuencia, su estructura sólo contendrá los cargos necesarios para esta necesidad. 3. El sistema de planificación de recursos humanos establecerá las necesidades cuantitativas y cualitativas anuales de la entidad municipal, necesarias para la creación y/o mantenimiento de servicios municipales. 4. La entidad municipal, al planificar su gestión de cada año, identificará las vacantes o cargos que deberá proveer en cada ejercicio fiscal, a fin de publicitar las mismas entre la comunidad y obtener aspirantes para llenarlas. 5. La entidad municipal aplicará rigurosas técnicas de selección de personal a fin de asegurar la idoneidad de los servidores públicos que ingresan a la misma. No se aplicarán técnicas de selección a los aspirantes a cargos directivos, esta responsabilidad radica en la máxima autoridad municipal. 6. Todos los cargos de la entidad municipal deberán estar clasificados de conformidad con un sistema técnico de evaluación y/o clasificación de cargos. La metodología de clasificación que se implante considerará el principio de la carrera profesional del servidor público municipal. Las clasificaciones de los cargos no se modificarán sin el debido trámite técnico 180 establecido en la norma correspondiente. 7. Las remuneraciones de los servidores públicos municipales se corresponderán a la clasificación de su cargo, debidamente determinado por la metodología técnica aplicada. 8. El nivel de las remuneraciones de los servidores públicos será competitivo externamente, siempre y cuando la capacidad financiera de la entidad lo permita. 9. Sólo se otorgarán compensaciones o aumentos de sueldos a los servidores públicos, cuando hubiesen demostrado méritos en el desempeño de su cargo. La entidad municipal establecerá la metodología técnica que deberá aplicarse. Sólo como resultado de la aplicación de esta técnica, se autorizarán aumentos individuales de sueldo. 10. El adiestramiento y el desarrollo profesional del servidor público es un deber. Todos los servidores públicos deberán participar en los programas de capacitación que se programen. 11. Los programas de adiestramiento y desarrollo serán definidos a partir de la aplicación de técnicas que permitan detectar efectivamente las necesidades de los servidores, en función de sus responsabilidades para con la entidad municipal. 12. La entidad municipal podrá establecer programas especiales de índole financiero que coadyuven al mejoramiento y crecimiento profesional del servidor público. 13. El tiempo de adiestramiento y las competencias adquiridas por el 181 servidor público municipal, pueden ser utilizadas para determinar planes especiales de remuneración. 14. Todo servidor público municipal, con excepción de los elegidos popularmente, serán evaluados en su desempeño anual. 15. La evaluación del desempeño se desarrollará aplicando técnicas que minimicen la subjetividad. Los rangos de actuación no se definirán en términos de comportamientos, sino de acuerdo a la identificación de fortalezas y debilidades que deben ser reforzadas o mejoradas, respectivamente. 16. En la aplicación de los resultados de la evaluación del desempeño a efectos de la asignación de compensaciones o aumentos de sueldos, se tendrá en cuenta la jerarquización de las actuaciones. SISTEMAS DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS. La Gestión de Recursos Humanos en las entidades municipales venezolanas, estará integrado por los siguientes sistemas: a. Sistema de planificación de recursos humanos b. Sistema de reclutamiento y selección de recursos humanos c. Sistema de clasificación de cargos y remuneraciones d. Sistema de evaluación del desempeño e. Sistema de adiestramiento y desarrollo 182 SISTEMA DE PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS. DEFINICIÓN: Comprende el conjunto de acciones que permiten al Gobierno Municipal establecer metas y elegir medios para alcanzarlas, en relación con las necesidades de la gestión de recursos humanos de la entidad municipal OBJETIVO. Asegurar que, en el marco de unas políticas integradas de recursos humanos, el tipo y número de personas adecuadas se encuentre disponible en el lugar y en el momento preciso, para realizar el tipo de actuaciones que resultarán del máximo provecho a largo plazo, para la entidad municipal y para el individuo. INSUMOS DEL SISTEMA. 1. Objetivos y planes de la entidad municipal definidos en el plan de gestión local, bien sea de crecimiento, diversificación, reconversión o eliminación de servicios. 2. Análisis de amenazas y oportunidades del entorno y fortalezas y debilidades en materia de recursos humanos en la entidad municipal. 3. Inventario de recursos humanos de la entidad 4. Estimación de movimientos internos y egresos de servidores públicos 183 PROCESOS DEL SISTEMA 1. Previsión de las demandas de recursos humanos de la entidad municipal para hacer frente a los objetivos establecidos en el plan de gestión local. 2. Evaluación de las habilidades y otras características de los servidores públicos 3. Determinación de la demanda neta de recursos humanos de la entidad municipal 4. Definición de programas y planes de acción en el conjunto de sistemas de gestión de recursos humanos. PRODUCTOS DEL SISTEMA. 1. Información para la formulación del Plan de Reclutamiento de recursos humanos. La misma estará integrada por las necesidades de recursos humanos de la entidad. De esta manera, el sistema de reclutamiento y selección contará con el insumo necesario para desarrollar sus procesos. 2. Información para la formulación del Programa de Capacitación o Adiestramiento. La misma permitirá detectar necesidades de adiestramiento para fortalecer capacidades y/o para desarrollar habilidades en los servidores públicos, de acuerdo al plan de gestión local definido. 3. Información para la formulación del Presupuesto de Gastos de Personal, de manera que sea posible cuantificar los recursos necesarios 184 para los programas de reclutamiento y de adiestramiento y desarrollo. Esta información complementará la obtenida del funcionamiento ordinario de la entidad municipal para definir el presupuesto de personal anual. ASPECTOS DE GESTIÓN. 1. En cuanto a la metodología para la previsión de la demanda de recursos humanos, es necesario considerar: a. Definir las demandas de recursos humanos requiere hacerlo, no sólo cuantitativamente sino también cualitativamente. A tal efecto, se necesita conocer: • Las habilidades, conocimientos y niveles educativos del recurso humano que necesitará la entidad municipal en el futuro • Las características personales que se requerirán en cada cargo • La variedad de experiencia general y particular que se requerirá en cada cargo o sector de la organización municipal. b. Evaluar las características de los servidores públicos municipales actuales, en los aspectos expresados anteriormente c. Determinar, a través de la comparación entre el inventario de recursos humanos al inicio del período,con el inventario de recursos humanos que debería haber, las demandas netas de recurso humano. 2. Decisiones de política respecto a la utilización del recurso humano, en términos de: 185 a. Definición de objetivos departamentales b. Instrumentos para el cumplimiento de los objetivos c. Diseño tecnológico y cultural d. Recursos presupuestarios (existentes y necesarios). SISTEMA DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN. DEFINICIONES: Reclutamiento: Conjunto de actuaciones previas al proceso de selección y que tienen por finalidad atraer a los mejores a dicho proceso. Selección: Proceso mediante el cual se recoge y utiliza información sobre aspirantes a empleo, para elegir cuál de ellos recibirá la oferta de empleo OBJETIVO DEL SISTEMA. Dotar a la entidad municipal de los recursos humanos que cuantitativa y cualitativamente requiere para el cumplimiento de sus objetivos actuales y futuros, aplicando técnicas que permitan incorporar a los cargos, oportunamente, sólo al recurso humano idóneo para este propósito. INSUMOS DEL SISTEMA 1. Previsión de necesidades netas de recursos humanos para la entidad municipal. Este es uno de los productos del sistema de planificación de recursos humanos 2. Definición de políticas de empleo en la entidad municipal 186 3. Base de datos demográficos y de educación 4. Requerimientos específicos de provisión de cargos con aspirantes externos 5. Determinación de requisitos o competencias de los cargos a proveer 6. Plan de desarrollo de carrera 7. Plan de traslados y promociones 8. Técnicas de selección de recursos humanos 9. Planes de compensación y beneficios 10. Normativa legal para el ingreso de recursos humanos a la entidad municipal PROCESOS DEL SISTEMA. 1. Elaboración de la oferta pública de cargos vacantes a cubrir con personas externas a la entidad municipal. Organización de los concursos públicos anuales. 2. Recepción de aspirantes a empleo 3. Aplicación de técnicas de pre-selección de recursos humanos 4. Constitución y mantenimiento del registro de elegibles de recursos humanos 5. Aplicación de técnicas de selección de recursos humanos 6. Tramitación para la aprobación del ingreso de parte de la autoridad competente 187 PRODUCTOS DEL SISTEMA 1. Oferta Pública de Empleo municipal que permitirá emprender las acciones de reclutamiento. 2. Candidatos externos elegibles para empleo 3. Recurso Humano seleccionado 4. Documentación para solicitar autorización de ingreso de aspirante a la entidad municipal. ASPECTOS DE GESTIÓN. 1. La Oferta Pública de empleo externo deberá estar alineada con el presupuesto anual de gastos de personal de la entidad municipal. 2. La Oferta Pública de empleo externo se comunicará durante el último trimestre de cada año y se recibirán aspirantes hasta el primer trimestre del próximo año. 3. Todos los procesos en materia de reclutamiento y selección, se desarrollarán a través del Área responsable de la gestión de recursos humanos de la entidad municipal. 4. La provisión de cargos con recursos humanos actuales de la entidad (selección interna), se desarrollará de acuerdo con los planes de traslados y promociones. Esta será una responsabilidad del sistema de clasificación y remuneración. 5. En la aplicación de técnicas de pre-selección y selección, se aplicarán 188 entrevistas y pruebas de conocimientos y actitudes que permitan comparar el perfil ocupacional del aspirante con el perfil del cargo a proveer. La aplicación de pruebas psicológicas se cumplirá sólo para la provisión de aquellos cargos en los cuales se determine. Corresponde al sistema de clasificación de cargos especificar los cargos que lo requieran. 6. El Registro de Elegibles a empleo en la entidad municipal, constituirá la base de datos universal para la provisión de cargos en cualquier instancia de la entidad municipal. 7. Es el Alcalde, el Vice-Presidente de la Cámara Municipal, el Contralor Municipal y la máxima autoridad del instituto autónomo municipal, a quienes corresponde autorizar el ingreso de recursos humanos a la entidad municipal, en su área de competencia. SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE CARGOS Y REMUNERACIONES. DEFINICIONES: Clasificación de Cargos: Técnica que señala el valor del cargo dentro de una organización, en función de los demás cargos de la misma. Remuneraciones: Contraprestación que recibe el servidor público municipal por el esfuerzo que realiza en satisfacción de metas y objetivos organizacionales. La remuneración la constituye, tanto el sueldo directo en dinero en efectivo y recurrente como el conjunto de servicios y/o beneficios tangibles e intangibles que percibe el servidor público municipal. 189 OBJETIVO DEL SISTEMA. Permitir a la entidad municipal disponer de la metodología necesaria, normas y procedimientos las cuales permitan la asignación y mantenimiento de niveles de remuneración justas y equitativas, tanto internas como externas, basadas en el valor relativo de los cargos, el nivel de desempeño de los servidores públicos y su capacitación, de manera que sea el mérito el valor fundamental del mismo. INSUMOS DEL SISTEMA. 1. Estructura organizacional de la entidad municipal 2. Contenidos de los cargos 3. Técnica de evaluación de cargos 4. Niveles de remuneración del mercado laboral 5. Capacidad financiera de la entidad municipal 6. Resultados del proceso de evaluación del desempeño 7. Adiestramiento recibido por los servidores públicos 8. Decisiones de traslados y promociones 9. Índice del costo de la vida 10. Regulaciones gubernamentales sobre salarios mínimos. 11. Disposiciones legales sobre seguridad social. 190 PROCESOS DEL SISTEMA. 1. Elaboración de descripciones y perfiles de los cargos, de acuerdo a la metodología de clasificación seleccionada 2. Constitución del comité de clasificación de cargos 3. Aplicación de la técnica de clasificación seleccionada 4. Clasificación de cada cargo, según la técnica empleada 5. Formulación y aplicación del estudio del mercado salarial 6. Determinación de la política de remuneraciones 7. Determinación de los sueldos y salarios a aplicar. Diseño de la escala de sueldos y salarios. 8. Determinación del conjunto de servicios y beneficios a aplicar 9. Administración de las remuneraciones en cuanto a su asignación y mantenimiento PRODUCTOS DEL SISTEMA 1. Cargos clasificados de acuerdo con la técnica aplicada. Identificación del valor relativo de cada cargo a efectos del establecimiento de la remuneración 2. Escala de sueldos y salarios. 3. Normas y procedimientos de gestión de clasificación de cargos 4. Normas y procedimientos de gestión de remuneraciones 5. Informes para el sistema de pagos de sueldos y salarios. 191 ASPECTOS DE GESTIÓN 1. Todos los cargos de la entidad municipal deberán estar clasificados de conformidad con la misma metodología de clasificación. 2. La clasificación de los cargos podrá variar de acuerdo a la dinámica organizacional. En este caso, se realizarán estudios de clasificación cuando sea requerido. 3. La asignación de remuneraciones a los servidores públicos estará asociada a la clasificación de cada cargo, al nivel de desempeño del servidor público y a la capacitación o adiestramiento recibido. 4. La gestión de remuneraciones directas e indirectas será única en todas las instancias de la entidad municipal. 5. La asignación de remuneraciones y de servicios y beneficios estará vinculada a las capacidades financieras de la entidad municipal y, por tanto, asociadas al presupuesto anual. 6. La entidad municipal tomará decisiones respecto a remuneraciones directas sólo en los siguientes casos: ingreso de servidores públicos, reconocimiento del mérito demostrado en el desempeño, ascensos y promociones a cargos clasificados en niveles superiores,reconocimiento de diferencias de remuneraciones por traslados temporales a cargos clasificados en niveles superiores y, cuando el índice de costo de la vida lo amerite. 7. La entidad municipal sólo aplicará aumentos de remuneración lineal o 192 general, cuando así lo determinen disposiciones legales emanadas de autoridades nacionales por vía de decretos y/o leyes. 8. En la negociación de convenciones colectivas se insistirá en la preservación del principio del mérito en la asignación y mantenimiento de remuneraciones. 9. Al utilizar los resultados de la evaluación del desempeño para asignar remuneraciones directas, se asegurará la distribución racional de las calificaciones obtenidas en este proceso. 10. Cuando se considere el adiestramiento recibido por el servidor público para asignar remuneraciones, sólo será aquel vinculado directamente con la tarea del mismo en el presente o en el futuro y certificado por autoridad reconocida. 11. Corresponde al Alcalde, al Vice-Presidente de la Cámara Municipal , a la máxima autoridad del instituto autónomo y al Contralor Municipal autorizar la asignación de remuneraciones. SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO. DEFINICIÓN: Evaluación del Desempeño: Técnica para apreciar sistemáticamente, dentro de la mayor objetividad posible, la actuación de una persona durante un determinado tiempo, en relación con su trabajo actual y sus características personales, así como su contribución a objetivos previstos. 193 OBJETIVOS DEL SISTEMA. Perfeccionar el desempeño de los servidores públicos y de la entidad municipal, utilizando información sobre la conducta de ellos en el cargo y en la organización, identificando conductas deseadas y no deseadas y las causas de las mismas con el propósito de hacer énfasis en las primeras y modificar las segundas. INSUMOS DEL SISTEMA. 1. Características del cargo. Descripción y perfil de cada cargo 2. Criterios de desempeño para cada cargo 3. Objetivos y/o metas definidas para el servidor público municipal 4. Políticas de evaluación del desempeño 5. Técnica de evaluación a utilizar PROCESOS DEL SISTEMA. 1. Preparación de la documentación necesaria para el desarrollo del proceso. 2. Adiestramiento de supervisores/evaluadores en la aplicación de la técnica de evaluación definida. 3. Desarrollo de la evaluación por parte de los supervisores/evaluadores 4. Revisión de las evaluaciones de parte de los superiores de los evaluadores 194 5. Corrección estadística de los resultados 6. Entrevista de evaluación con el evaluado e información y discusión de los resultados. Identificación de desempeños y sus causas. 7. Elaboración de Informe a la máxima autoridad de la entidad municipal 8. Elaboración de Informe al responsable de la gestión de remuneraciones 9. Elaboración de Informe al responsable de la gestión de adiestramiento y desarrollo PRODUCTOS DEL SISTEMA. 1. Calificación del desempeño de cada servidor público 2. Informe del desempeño general de la entidad municipal en el período evaluado 3. Informe de resultados de la evaluación para la gestión de remuneraciones 4. Informe para la gestión de adiestramiento para detectar necesidades de adiestramiento y desarrollo. 5. Mejoramiento del desempeño del servidor público 6. Mejoramiento de la eficiencia y eficacia de la entidad municipal. ASPECTOS DE GESTIÓN. 1. Todos los servidores públicos municipales, ya sean empleados u obreros, serán evaluados una vez al año. Se exceptúa de esta disposición el alcalde, concejales, el síndico procurador municipal, el contralor municipal y 195 el secretario municipal. 2. Corresponderá al supervisor inmediato realizar la evaluación del desempeño de sus subordinados directos. El nivel superior del supervisor/evaluador revisará y conformará la evaluación realizada. 3. El Área responsable de la gestión de recursos humanos asumirá la coordinación de todo el proceso y de elaborar todos los informes con resultados del mismo. 4. La técnica de evaluación del desempeño que se utilice contendrá aspectos relativos al cargo, a la personalidad del servidor , relacionadas con el cumplimiento de metas previamente establecidas. 5. El resultado de la evaluación del desempeño que se informe al evaluado no será en términos de una calificación cuantitativa o cualitativa, el mismo será informado en una entrevista que sostendrá el supervisor con evaluado en la cual deberá discutirse cada factor o elemento evaluado. Las conclusiones de esta entrevista deberán ser escritas y remitidas al Coordinador del proceso de evaluación. 6. Corresponderá al Coordinador del proceso calificar cuantitativamente las evaluaciones, a fin de que las mismas sean jerarquizadas y utilizadas para la toma de decisiones en el sistema de remuneraciones. 7. El Coordinador del proceso de evaluación remitirá copia del informe relativo a la entrevista de evaluación al responsable del sistema de adiestramiento y desarrollo. 8. Al tratarse de evaluaciones de personas en período de prueba, se enviará informe de resultados cuantitativos y de la entrevista de evaluación, 196 al responsable del proceso de reclutamiento y selección. SISTEMA DE ADIESTRAMIENTO Y DESARROLLO DEFINICIONES: Adiestramiento: Proceso mediante el cual se proporciona a los servidores públicos municipales, nuevos o actuales, las habilidades necesarias para desempeñar su trabajo Desarrollo: Proceso mediante el cual se proporcionan las habilidades necesarias al servidor público municipal para que sea capaz de ocupar un cargo de mayor complejidad en el futuro, o resolver alguna problemática organizacional. OBJETIVO DEL SISTEMA. Asegurar la calidad de los servicios prestados por la entidad municipal, a través de la adecuada ejecución de cada una de las tareas que tienen encomendados los servidores públicos municipales, así como lograr el desarrollo personal de los mismos que haga posible alinear sus objetivos personales con los de la entidad municipal. INSUMOS DEL SISTEMA. 1. Estructura organizacional de la entidad municipal 2. Descripción y perfil de cargos, incluyendo criterios de desempeño 3. Clasificación de los cargos de la entidad municipal 4. Política de adiestramiento y desarrollo 197 5. Resultados cualitativos de la evaluación del desempeño 6. Inventario de recursos humanos 7. Plan de incorporación de recursos humanos 8. Plan de gestión local 9. Plan de incorporación de nuevas tecnologías o procesos a la entidad municipal. 10. Presupuesto de gastos del municipio PROCESOS DEL SISTEMA. 1. Desarrollo del proceso de detección de las necesidades de adiestramiento y desarrollo 2. Determinación de los objetivos del adiestramiento y desarrollo 3. Identificación de los servidores públicos que requerirán adiestramiento y desarrollo 4. Determinación de las técnicas de adiestramiento que deberán utilizarse 5. Formulación del Programa de eventos de adiestramiento y desarrollo 6. Definir la organización y planes de ejecución de los eventos de adiestramiento. 7. Formular el presupuesto del Plan de Adiestramiento y Desarrollo 8. Ejecutar el Plan de Adiestramiento 9. Rendir informe del adiestramiento recibido a la línea supervisoria del servidor público participante, con recomendaciones acerca de los 198 aprendizajes. 10. Evaluar el Plan de Adiestramiento y Desarrollo 11. Tramitar pagos y otros gastos ocasionados por la ejecución del Plan de Adiestramiento y Desarrollo. PRODUCTOS DEL SISTEMA. 1. Plan Anual de Adiestramiento y Desarrollo 2. Recurso Humano adiestrado y consiguiente mejoramiento del desempeño 3. Informes de adiestramiento ejecutado 4. Informes para actualización del inventario de recursos humanos de la entidad municipal ASPECTOS DE GESTIÓN 1. Corresponde al Alcalde, al Vice-Presidentede la Cámara Municipal, a la máxima autoridad del instituto autónomo municipal y al Contralor Municipal aprobar el Plan anual de Adiestramiento de la entidad municipal en su ámbito de competencia. 2. El proceso de detección de necesidades de adiestramiento y desarrollo se cumplirá formalmente a través la utilización de una metodología técnica, con participación de especialistas y de los supervisores. 3. El proceso de detección de necesidades de adiestramiento y desarrollo considerará, fundamentalmente, a las necesidades del trabajo 199 actual y/o futuro de los servidores públicos municipales, y a necesidades derivadas del proceso de selección y admisión de servidores públicos. 4. Se admitirán eventos de adiestramiento fuera del Plan Anual, sólo en un porcentaje que no represente más del 5% del presupuesto asignado al Plan Anual. 5. Los eventos de adiestramiento se cumplirán dentro de la jornada laboral del servidor municipal. La inasistencia injustificada a un evento de adiestramiento se considera falta a las normas del servicio. 6. Todo evento de adiestramiento será acreditado a través de un certificado que firmará el facilitador y/o la empresa didáctica contratada y el responsable de la gestión de recursos humanos de la entidad municipal. 7. Cuando se estime conveniente, se preferirá el adiestramiento bajo la modalidad “in company”, con asistencia de grupos de servidores públicos municipales. 8. En eventos de adiestramiento donde participen grupos de servidores públicos, deberá considerarse el nivel de conocimientos y/o experticias de los servidores públicos a objeto de organizar grupos con homogeneidad en el grado de conocimientos. 9. Al final de cada evento de adiestramiento se hará una evaluación al mismo de parte de los participantes. 10. Al inicio de cada evento de adiestramiento se hará una evaluación diagnóstica de los participantes y al final del mismo se hará una evaluación de los aprendizajes. El informe de resultados será parte del expediente del 200 servidor municipal y será comunicado al supervisor inmediato. 11. Seis (6) meses después de haber recibido el adiestramiento, se hará una evaluación diagnóstica al participante. Sus resultados pueden ser considerados a efectos de la evaluación del desempeño. 12. Para la selección de facilitadores individuales externos y/o empresas didácticas, se preferirá aquellas certificadas por el INCE u otro ente certificador reconocido.
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