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“Año del Buen Servicio al Ciudadano” 
 
 
CLASIFICACIÓN DE LOS CUERPOS DE 
AGUA CONTINENTALES 
SUPERFICIALES 
 
 
Autoridad Nacional del Agua 
Calle Diecisiete N.° 355, Urb. El Palomar, Lima 27 
Teléfono: (511) 224 3298 
www.ana.gob.pe 
 
 
 
 
 
 
 
http://www.ana.gob.pe/
 
Autoridad Nacional del Agua 
Ministerio de Agricultura y Riego 
 
Jefe de la Autoridad Nacional del Agua 
Ing. Abelardo De La Torre Villanueva 
 
Secretaría General 
Abg. Yury A. Pinto Ortiz 
 
Director de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos 
Dr. Juan Carlos Castro Vargas 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Equipo Técnico 
Blga. Lizeth Anani Cardenas Villena - Coordinadora 
Ing. Manuel Ricardo Baca Rueda 
Abg. Bruno Jose Bocchio Nieves 
Ing. Jorge Victor Delgado Alarcon 
Ing. Rosa Isabel Ruiz Ríos 
Quim. Daniel Paulino Medrano Mallqui 
Blgo. Fernando Martin Mejía Vargas 
 
 
 
 
 
 
 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
 
 
CONTENIDO 
1. INTRODUCCIÓN .................................................................................................................. 1 
2. ANTECEDENTES ................................................................................................................. 1 
3. OBJETIVO ........................................................................................................................... 2 
4. BASE LEGAL ....................................................................................................................... 2 
5. ALCANCE ............................................................................................................................ 3 
6. JUSTIFICACIÓN ................................................................................................................... 3 
7. PRINCIPIOS ......................................................................................................................... 4 
8. METODOLOGÍA ................................................................................................................... 4 
8.1. FASE I: ESTABLECIMIENTO DE CRITERIOS ..................................................................... 5 
8.1.1. Uso de agua a nivel de río principal y afluentes ........................................................ 5 
8.1.2. Áreas Naturales Protegidas por el Estado ................................................................ 6 
8.1.3. Áreas de las Comunidades nativas e indígenas ........................................................ 6 
8.1.4. Conservación de cuerpo de agua lenticos (lagos y lagunas) .................................... 7 
8.1.5. Agua contenida en presas ........................................................................................ 8 
8.1.6. Sistema Cartográfico ................................................................................................ 8 
8.2. FASE II. RECOPILACIÓN Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN ....................................... 10 
8.2.1. Solicitud y recopilación de información .................................................................. 10 
8.2.2. Tratamiento de la información ................................................................................ 11 
8.3. FASE III ASIGNACIÓN DE CATEGORIAS ........................................................................ 15 
8.3.1. Según Criterio Técnico ........................................................................................... 15 
8.3.2. Toponimia hidrográfica .......................................................................................... 17 
8.4. FASE IV. CONSULTA E INTEGRACIÓN ........................................................................... 18 
8.4.1. Consulta ................................................................................................................. 18 
8.4.2. Integración ............................................................................................................. 18 
8.5. FASE IV. ANALISIS Y RESULTADOS .............................................................................. 19 
8.5.1. Análisis .................................................................................................................. 19 
8.5.2. Resultados ............................................................................................................. 19 
9. CLASIFICACIÓN ................................................................................................................ 20 
9.1. REGIÓN HIDROGRÁFICA DEL PACÍFICO ........................................................................ 20 
9.2. REGIÓN HIDROGRÁFICA DEL AMAZONAS .................................................................... 37 
9.3. REGIÓN HIDROGRÁFICA DEL TITICACA ........................................................................ 44 
10. CONCLUSIONES ............................................................................................................... 48 
 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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1. INTRODUCCIÓN 
El agua constituye un recurso natural indispensable para satisfacer los diversos usos socio- 
económicos, así como para el mantenimiento de los ecosistemas acuáticos. Sin embargo, el 
crecimiento acelerado de la población, y por ende el incremento de las actividades productivas (minería, 
industria, agricultura, etc.); constituyen las principales causas de afectación a la calidad de los recursos 
hídricos; debido al vertimiento de aguas residuales no tratadas, situación que en muchos casos limita 
el uso directo y en otros incrementa el costo de tratamiento para la producción de agua potable, además 
de poner en riesgo la calidad de los ecosistemas. 
 
La Autoridad Nacional del Agua (ANA) en el marco de sus funciones establecidas en la Ley de Recursos 
Hídricos, Ley N° 29338 ha clasificado los diversos cuerpos naturales de agua (ríos, lagos y lagunas) 
del territorio nacional, considerando los alcances de los artículos 901 (del recurso agua continental) y 
1142 (del agua para consumo humano) de la Ley General del Ambiente, Ley N° 28644; así como los 
Estándares de Calidad Ambiental para Agua (ECA-agua), establecidos mediante el Decreto Supremo 
N° 004-2017-MINAM . 
 
En este contexto, se ha elaborado la Clasificación de Cuerpos de Agua Continental Superficial en el 
ámbito de las unidades hidrográficas del Perú, aplicando el Estándar Nacional de Calidad Ambiental 
para Agua vigente, con la finalidad de proteger y conservar la calidad de los recursos hídricos, 
prioritariamente aquella empleada para el consumo humano (uso poblacional) y la empleada en 
actividades productivas del país, bajo los lineamientos de accesibilidad al recurso, sostenibilidad en el 
tiempo, protección del recurso, legalidad y uniformidad en todo el proceso de su clasificación. 
 
La citada Clasificación fue elaborada a nivel de “semidetalle” (1:100 000), a través del establecimiento 
de los lineamientos y criterios empleados en el proceso de ordenación de cursos de agua aplicando el 
Sistema Pfafstetter, tomando en consideración criterios hidrográficos entre confluencias de ríos, salvo 
los puntos de captación poblacional o áreas naturales protegidas, que éstas pueden dividir tramos de 
un curso natural (río o quebrada) en categorías diferentes. 
2. ANTECEDENTES 
La Ley General de Aguas, Decreto Ley Nº 17752 y su Reglamento3 en el año de 1969, estableció el 
uso justificado y racional de este recurso en armonía con el interés social y el desarrollo del país, 
encargando al Ministerio de Salud la Autoridad la preservación y calidad sanitaria a través de la 
Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) la vigilancia y control de los recursos hídricos. 
En el artículo 78º del Reglamento de la precitada Ley señala la atribución de la Autoridad Sanitaria el 
clasificar los cursos de agua del país o tramos de ellos, y las zonas costerasde acuerdo a los usos que 
se les habrá de destinar. 
 
1 Art. 90: El Estado promueve y controla el aprovechamiento sostenible de las aguas continentales a través de la gestión integrada del recurso 
hídrico, previniendo la afectación de su calidad ambiental y de las condiciones naturales de su entorno, como parte del ecosistema donde 
se encuentran; regula su asignación en función de objetivos sociales, ambientales y económicos; y promueve la inversión y participación 
del sector privado en el aprovechamiento sostenible del recurso. 
2 Art. 114: El acceso al agua para consumo humano es un derecho de la población. Corresponde al Estado asegurar la vigilancia y protección de 
aguas que se utilizan con fines de abastecimiento poblacional, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden a los particulares. 
En caso de escasez, el Estado asegura el uso preferente del agua para fines de abastecimiento de las necesidades poblacionales, frente 
a otros usos. 
3 Decreto Supremo 261-69-AP -Reglamento de los títulos i, ii y iii del Decreto Ley Nº 17752 "Ley General de Aguas 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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Asimismo, los artículos 81º y 82º indican los usos, tipos y valores límites a considerar en el proceso de 
clasificación. En ese sentido, la DIGESA propuso la clasificación de los recursos hídricos vigilados y/o 
cuerpos receptores en base a usos prioritarios, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 1152-
2005-DIGESA/SA4. 
A partir del 1° de abril de 2009 entra en vigencia la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, siendo la 
Autoridad Nacional del Agua (ANA) el ente rector y máxima Autoridad técnico-normativa del Sistema 
Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, responsable de la vigilancia, control y fiscalización para 
asegurar la preservación y conservación de las fuentes naturales de agua, a través una gestión 
integrada. 
La Resolución Jefatural Nº 202-2010-ANA propone que la clasificación de los cuerpos de agua se 
realice en función a las características naturales y a los usos a que se destinan las aguas, de 
conformidad con los artículos 35º, 36º, 42º y 43º de la precitada Ley; considerándose la protección de 
los ecosistemas acuáticos y los bienes asociados a los cuerpos de agua; tomándose en cuenta para 
ello, las categorías establecidas en el Decreto Supremo Nº 002-2008-MINAM. 
Mediante Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, de fecha 07.06.2017 se aprueba los Estándares 
Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para Agua, y establecen disposiciones complementarias; con 
el objetivo de compilar las disposiciones normativas5 que aprueban los ECA para Agua, esta modifica 
y elimina algunos valores, parámetros, categorías y subcategorías de los ECA, y mantiene otros, que 
fueron aprobados por los referidos decretos supremos. La cual define cuatro (4) categorías, nueve (9) 
subcategorías y 17 ítems. 
En este marco, la Autoridad Nacional del Agua es la entidad encargada de asignar a cada cuerpo 
natural de agua las categorías establecidas atendiendo a sus condiciones naturales o niveles de fondo, 
de acuerdo al marco normativo vigente, priorizando el uso poblacional. 
3. OBJETIVO 
Clasificar los cuerpos de aguas continentales superficiales, tomando como referencia los Estándares 
Nacionales de Calidad Ambiental para Agua vigentes, priorizando los diversos usos y los criterios de 
protección y conservación de la calidad de los recursos hídricos. 
4. BASE LEGAL 
- Constitución Política del Perú 
- Ley General del Ambiente, Ley N° 28611. 
- Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, modificada por Decreto Legislativo N° 1285. 
- Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG y 
modificado por Decreto Supremo Nº 006-2017-AG 
- Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto 
Supremo N° 006-2010-AG y modificado por Decreto Supremo N° 012-2016-MINAGRI. 
- Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, que aprueba los Estándares Nacionales de Calidad 
Ambiental (ECA) para Agua, y establecen disposiciones complementarias. 
 
4 Resolución Directoral Nº 1152-2005-DIGESA/SA- Aprobación de la calificación de los recursos hídricos ubicados en el territorio de la República 
del Perú, de fecha 03 de agosto del 2005 
5 Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM, N° 023-2009-MINAM y N° 015-2015-MINAM 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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5. ALCANCE 
La presente Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales, es de uso obligatorio ya 
sea por personas naturales o jurídicas del territorio nacional, que como resultado de sus actividades 
(poblacional o productivas) generen aguas residuales domésticas, municipales, industriales o agrícolas, 
cuyos vertimientos tratados sean descargados en un cuerpo natural de agua. 
Asimismo, constituye referente obligatorio para el diseño y formulación de los Instrumentos de Gestión 
Ambiental, que comprendan actividades productivas y poblacionales; títulos habilitantes6 y estudios 
vinculados con los recursos hídricos. 
6. JUSTIFICACIÓN 
La Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338 establece en su artículo 73º que los cuerpos de agua son 
clasificados por la Autoridad Nacional del Agua, teniendo en cuenta la cantidad y la calidad del agua, 
consideraciones hidrográficas, las necesidades de las poblaciones locales y otras razones técnicas; 
como son: la protección de la calidad del agua tanto para uso primario, poblacional, productivo, áreas 
naturales protegidas, territorios de comunidades indígenas; y la conservación de lagos y lagunas. 
Siendo la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos; la encargada de proponer la 
clasificación de los cuerpos de agua para su aprobación por la Jefatura, según el literal i del artículo 
32º del Reglamento de Organización y Funciones de la ANA7. 
Complementariamente, el Decreto Supremo Nº 004-2017-MINAM, establece que los ECA-Agua son 
referente obligatorio8 para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento; el que a su vez señala en 
los numerales del artículo 4º que: “La Autoridad Nacional del Agua, es la entidad encargada de asignar 
a cada cuerpo natural de agua las categorías atendiendo a sus condiciones naturales o niveles de 
fondo, de acuerdo al marco normativo vigente. En caso se identifique dos o más posibles categorías 
para una zona determinada de un cuerpo natural de agua, la Autoridad Nacional del Agua define la 
categoría aplicable, priorizando el uso poblacional9. 
Asimismo señala en el numeral 5.2 del artículo 5° que la aplicación de los ECA para Agua como 
referente obligatorio está referida a los parámetros que se identificaron considerando las variables del 
numeral anterior, según corresponda, sin incluir necesariamente todos los parámetros establecidos 
para la categoría o subcategoría correspondiente. 
Por otra parte, el incremento del requerimiento en cuanto al recurso hídrico; por parte de la población 
y las diversas actividades económicas; generan un conflicto de intereses que desencadena en una 
problemática socio-ambiental vinculada a proyectos de inversión importantes. 
En tal sentido, a efectos de equilibrar la dinámica de los usos de agua con el aprovechamiento 
sostenible de los recursos hídricos por parte de la población y los administrados, se ha realizado el 
ordenamiento de los cuerpos de agua aplicando el ECA-Agua vigente, tomando en consideración la 
información hídrica y cartográfica disponible; que permitirá una evaluación de la calidad del agua de 
manera eficiente, en el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento de aguas residuales tratadas y 
títulos habilitantes en el marco de la certificación ambiental global; permitiendo la aplicación de las 
categorías establecidas en los ECA-Agua.6 Título habilitante: Permisos, licencias, derechos o autorizaciones que se integran al procedimiento de certificación ambiental, Ley Nº 30327 
7 Reglamento de Organización y Funciones de la ANA aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-AG 
8 Artículo 5. Del Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, que aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para Agua, y 
establecen disposiciones complementarias. 
9 Artículo 4, numeral 4.1 y 4.2 del Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, que aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) 
para Agua, y establecen disposiciones complementarias 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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Por consiguiente, se hace necesaria la “Clasificación de los Cuerpos de Agua Continentales 
Superficiales”, como una herramienta técnica que contribuya a la protección y conservación de la 
calidad de los recursos hídricos, en concordancia con la Política Nacional del Ambiente, la Política y 
Estrategia Nacional de Recursos Hídricos y el Plan Nacional de Recursos Hídricos. 
7. PRINCIPIOS 
Los procedimientos y criterios definidos para la formulación de la clasificación, se rigen bajo los 
siguientes principios: 
- Prioridad en el acceso al agua10, el acceso al agua para la satisfacción de las necesidades 
primarias de la persona humana es prioritario por ser un derecho fundamental sobre cualquier 
uso, inclusive en épocas de escasez. 
- Sostenibilidad1 El uso y gestión sostenible del agua implica la integración equilibrada de los 
aspectos socioculturales, ambientales y económicos en el desarrollo nacional, así como la 
satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones. 
- Finalidad de protección del agua11 La Autoridad nacional del agua debe velar por la protección 
del agua, que incluye la conservación y protección de sus fuentes, de los ecosistemas y de los 
bienes asociados a esta. 
- Legalidad La clasificación debe basarse en la normativa ambiental en materia de recursos 
hídricos nacional vigente, considerando aspectos de jerarquía e interpretación integral. 
- Uniformidad Todas las acciones de clasificación se realizarán a través de procedimientos y 
criterios similares, mediante el uso del Método Pfafstetter Toda diferenciación deberá basarse 
en criterios objetivos debidamente sustentados. 
8. METODOLOGÍA 
La presente clasificación comprende cuatro fases, en el siguiente diagrama. 
 
10 Articulo III. Principios de la Ley de Recursos Hídricos Nº 29338. 
11 Artículo 75º de la Ley de Recursos Hídricos Nº 29338. 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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A continuación se desarrollan cada una de las fases. 
8.1. FASE I: ESTABLECIMIENTO DE CRITERIOS 
En concordancia con el objetivo de la clasificación, se ha tomado en consideración la protección 
de la calidad del agua tanto para uso primario, poblacional y productivo, la presencia de áreas 
naturales protegidas y territorios de comunidades indígenas; así como la conservación de lagos, 
lagunas, y represas como fuentes de agua. Para fines de categorización de los ríos, quebradas, 
lagos y lagunas se empleó del método Pfafstetter. 
8.1.1. Uso de agua a nivel de río principal y afluentes 
Teniendo en cuenta que el agua, es un recurso fundamental que satisface los diversos usos, 
conforme al artículo 35º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, (LRH) se establece las 
clases de uso de agua; siendo su otorgamiento y ejercicio en prioridad siguiente: 
 Uso Primario: Consiste en la utilización directa y efectiva de la misma, en las fuentes 
naturales y cauces públicos de agua con el fin de satisfacer necesidades humanas 
primarias (Art. 36º). El acceso a las fuentes naturales y artificiales de agua para el uso 
primario es libre y gratuito, se ejerce sin afectar la propiedad de terceros ni a los bienes 
asociados del agua. (Art. 57º del Reglamento de LRH). 
 Uso Poblacional: Consiste en la captación del agua una fuente o red pública, debidamente 
tratada con el fin de satisfacer las necesidades humanas básicas. (Art. 39º); la licencia de 
uso de gua con fines poblaciones se otorga a las entidades encargadas del suministro de 
agua poblacional (Art .59º del Reglamento de LRH). 
Cabe precisar, que para el agua de uso poblacional requiere ser debidamente tratada12 
independientemente de la categoría asignada al cuerpo de agua. 
 Uso Productivo: Consiste en la utilización de la misma en procesos de producción o previas 
a los mismos (Art. 42º). El orden de preferencia para el otorgamiento de agua para usos 
productivos en caso de concurrencia es el siguiente, Agrícola, acuícola y pesquero; 
Energético, industrial, medicinal y minera, recreativo, turísticos y transportes; y otros usos. 
El artículo 44º de la referida Ley, señala que para usar el recurso natural agua, salvo el uso primario, 
se requiere contar con un derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Administrativa de Agua 
con participación del Consejo de Cuenca Regional o Interregional, según corresponda. 
 
Siendo las clases de derechos de uso de agua descritas Artículo 45º son: Licencia, Permiso y 
Autorización de Uso de Agua y de conformidad con el numeral 64.3 del artículo 64º del Reglamento 
de la LRH, los derechos de uso de agua, sus modificaciones o extinciones se inscriben de oficio, 
en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua – RADA. 
 
Mediante la Directiva General Nº 011-2013-ANA-J-DARH13, se uniformiza criterios para el 
funcionamiento y operatividad del RADA, en el cual se inscriben de oficio los actos de otorgamiento, 
suspensión, modificación, y extinción de los derechos de usos de agua, y certificados nominativos 
otorgándoles seguridad jurídica recto a su vigencia. 
 
12 Artículo 39, Título III de la Ley de Recursos Hídricos Nº 29338. 
13 Normas para el Funcionamiento y Operatividad del registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua. Formulada por la Dirección de 
Administración de Recursos Hídricos y aprobada el 27 de noviembre de 2013. 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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8.1.2. Áreas Naturales Protegidas por el Estado 
De acuerdo con la Ley de Áreas Naturales Protegidas (ANP), Ley Nº 26834, se define como ANP 
a los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y 
declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad 
biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su 
contribución al desarrollo sostenible del país. Cuya condición natural debe ser mantenida a 
perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del área y el aprovechamiento de recursos, o 
determinarse la restricción de los usos directos. 
La precitada ley, señala como objetivo del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas 
(SINANPE), el contribuir al desarrollo sostenible del Perú, a través de la conservación de muestras 
representativas de la diversidad biológica. Así como, define las categorías y zonificación. Siendo 
nueve (09) categorías de ANPs definitivas (Parques Nacionales, Santuarios Nacionales, Santuarios 
Históricos, Reservas Paisajísticas, Refugios de Vida Silvestre, Reservas Nacionales, Reservas 
Comunales, Bosques de Protección y Cotos de Caza); una transitoria (Zonas Reservadas) y tres 
(03) de Áreas Complementarias ACR, ACP y ACA. 
Los objetivos de las ANP se encuentran establecidos en el Reglamento de la Ley de Nº 2683414; de 
los cuales se destaca el literal h del artículo 2, que define como objetivo el mantener y manejar 
las condiciones funcionales de las cuencas hidrográficas de modo que se asegure la 
captación, flujo y calidad del agua, y se controle la erosión y sedimentación. Según el Artículo 57º, 
los Bosquesde Protección son áreas que se establecen con el objeto de garantizar la protección 
de las cuencas altas o colectoras, las riberas de los ríos y de otros cursos de agua y en general, 
para proteger de la erosión a las tierras frágiles que así lo requieran. Asimismo, se consideran las 
Áreas de Conservación Regional (ACR) las cuales se establecen sobre áreas cuyo interés de 
conservación corresponde a un nivel departamental o regional. 
En ese sentido, aquellos cuerpos de agua continental (ríos y/o quebradas) o según sea el caso, 
aquellos tramos de los mismos, que se encuentren ubicados en el ámbito de alguna ANP y /o ACR, 
deberán mantener un estado de conservación compatible con los objetivos de la categoría de 
protección asignada. 
8.1.3. Áreas de las Comunidades nativas e indígenas 
De acuerdo a la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, Ley 
N° 29785 reconocidos en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y su 
reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2012-MC, el mismo que en el Título I, Articulo 
3, literal f); y en la séptima disposición Complementaria transitoria y final indica que, los derechos 
que tienen por sujeto a los pueblos indígenas reconocidos, en el convenio 169 de la OIT. 
La precitada Ley desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a consulta 
previa a los pueblos indígenas y originarios resteo a medidas legislativas o administrativas que les 
afecten directamente. Siendo el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, la 
autoridad en asuntos de interculturalidad e inclusión de las poblaciones indígenas originarias; el 
cual tiene a su cargo la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas y originarios de conformidad 
con los criterios de identificación de dichos pueblos establecidos en el citado Convenio 169 y 
Asimismo en la Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de 
Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, Ley N° 28736 señala en su Artículo 5º el Carácter 
 
14 Decreto Supremo Nº 038-2001-AG Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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intangible de las reservas indígenas, para los pueblos indígenas en situación de aislamiento o 
de contacto inicial, en tanto mantengan la calidad de tales. En ellas: 
a. No podrán establecerse asentamientos poblacionales distintos a los de los pueblos indígenas 
que habitan en su interior. 
b. Se prohíbe la realización de cualquier actividad distinta a la de los usos y costumbres 
ancestrales de los habitantes indígenas. 
c. No se otorgarán derechos que impliquen el aprovechamiento de recursos naturales, salvo el 
que con fines de subsistencia realicen los pueblos que las habiten y aquellos que permitan su 
aprovechamiento mediante métodos que no afecten los derechos de los pueblos indígenas en 
situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, y siempre que lo permita el 
correspondiente estudio ambiental. En caso de ubicarse un recurso natural susceptible de 
aprovechamiento cuya explotación resulte de necesidad pública para el Estado, se procederá 
de acuerdo a ley. 
d. Los pueblos indígenas que las habitan son los únicos y mancomunados beneficiarios de la 
misma. 
Adicionalmente los tratados internacionales ratificados en el Perú, incluye entre otros los derechos 
a la identidad cultural; conservar sus costumbres, a la jurisdicción especial; a la tierra y el territorio, 
es decir al uso de los recursos naturales que utilizan tradicionalmente, se indica que no se podrán 
almacenar ni realizar disposición final de materiales peligrosos en tierras de los pueblos indígenas, 
ni emitir medidas administrativas que autoricen dichas actividades. 
8.1.4. Conservación de cuerpo de agua lenticos (lagos y lagunas) 
Las lagunas15 y lagos16 independientemente de su origen, son cuerpos de agua importantes ya sea 
como fuentes tanto para abastecimiento poblacional como para productivo; así mismo, constituyen 
ecosistemas acuáticos frágiles17, en los que habitan diversidad de especies de organismos 
acuáticos (flora y fauna), los cuales cumplen una función importante en la dinámica del ecosistemas, 
constituyendo en algunos casos fuente de recursos económicos para las poblaciones. Este tipo de 
cuerpos de agua han sido considerados (entre otros) como ecosistemas frágiles en el Art. 99° de 
la Ley General del Ambiente, Ley N° 28644. 
Teniendo en consideración lo antes señalado, la categoría que les corresponde a este tipo de 
cuerpos de agua, es la Categoría 418 (Conservación del ambiente acuático), tanto al cuerpo de agua 
(lago o laguna), como a los afluentes superficiales (ríos y arroyos) afluentes, ello teniendo en cuenta 
que son las vías naturales que transportan toda la carga física y química, la cual finalmente termina 
en un lago o laguna. 
Y en el artículo 99º señala que los ecosistemas frágiles comprenden, entre otros, desiertos, tierras 
semiáridas, montañas, pantanos, bofedales, bahías, islas pequeñas, humedales, lagunas alto 
andinas, lomas costeras, bosques de neblina y bosques relictos. El Estado reconoce la 
 
15 Laguna: depósito de agua que abastece y es abastecido, cuyas características son iguales a las de los lagos, pero su profundidad menor a 10m. 
16 Lago: Depósito de agua más o menos considerable de agua dulce o salada, con conexión con el mar o sin ella, que no abastece ni es 
abastecido, o abastece sin ser abastecido sin abastecer y cuya profundidad es mayor a 10. 
17 Ecosistema frágil: Ecosistema con características o recursos singulares con baja resiliencia (capacidad de retornar a sus condiciones originales) 
e inestable ante eventos impactantes de naturaleza antropogénica, que producen en el mismo, una profunda alteración en su estructura y 
composición. La condición de fragilidad es inherente al ecosistema y sólo se manifiesta bajo las condiciones de disturbio. Queda establecido 
que a mayor fragilidad, mayor es la necesidad de protección del ecosistema. 
18 Categoría 4: Conservación del ambiente acuático Están referidos a aquellos cuerpos de agua superficiales que forman parte de ecosistemas 
frágiles, áreas naturales protegidas y/o zonas de amortiguamiento y que cuyas características requieren ser protegidas. (…). Sub 
Categoría E1: Lagunas y Lagos Comprenden todas las aguas que no presentan corriente continua, de origen y estado natural y 
léntico incluyendo humedales. 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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importancia de los humedales como hábitat de especies de flora y fauna, en particular de aves 
migratorias, priorizando su conservación en relación con otros usos. 
De conformidad con la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611 en el artículo 20º literal e, del 
capítulo 3 Título I, establece que uno de los objetivos de la planificación y ordenamiento territorial 
se encuentra el “promover la protección, recuperación y/o rehabilitación de los ecosistemas 
degradados y frágiles”. Y en el artículo 99º señala que los ecosistemas frágiles comprenden, entre 
otros, desiertos, tierras semiáridas, montañas, pantanos, bofedales, bahías, islas pequeñas, 
humedales, lagunas alto andinas, lomas costeras, bosques de neblina y bosques relictos. El 
Estado reconoce la importancia de los humedales como hábitat de especies de flora y fauna, en 
particular de aves migratorias, priorizando su conservación en relación con otros usos. 
En la Estrategia Nacional de Humedales19 se tipifican a los lagos y lagunas como son ecosistemas 
muy importantes por ser considerados como reservorios de agua, proveer recursos importantes 
para las poblaciones locales, y cumplir diversas funciones ecosistémicas. Además en la disposición 
complementariamodificatoria del Decreto Supremo Nº 015-2015-MINAM, establece que la 
Categoría 4. 
Por tanto la protección de estos ecosistemas acuáticos sensibles, son de relevante importancia 
debido a que albergan una gran biodiversidad y endemismo. Mediante la salvaguarda de las 
lagunas y lagos considerados como núcleo de formación del recurso hídrico, se espera asegurar la 
calidad de agua para los diversos fines. 
8.1.5. Agua contenida en presas 
Las presas existentes en el Perú tienen como fin almacenar agua para usos en irrigación o para 
generar energía eléctrica mediante centrales hidroeléctricas y en algunos casos dotar de agua para 
uso poblacional, previo tratamiento. 
De acuerdo al Inventario de Presas del Perú elaborado por ANA20 en el año 2015, existen 743 
presas, de las cuales 442 están destinadas al riego en agricultura, 31 al aprovechamiento 
hidroenergético y diez (10) al suministro de agua. 
8.1.6. Sistema Cartográfico 
Para efectos del análisis espacial, cartográfico y geográfico aplicado a las cuencas hidrográficas, 
se empleó el Sistema de Información Geográfica (SIG), que permite el procesamiento, integración 
y análisis de la información cartográfica y temática. 
A partir del año 2005 la Intendencia de Recursos Hídricos del Ministerio de Agricultura y 
posteriormente adoptada por la ANA; propone la utilización del método Pfafstetter21 para la 
delimitación, codificación y clasificación de cuencas hidrográficas en el Perú. Esta metodología fue 
desarrollada con el propósito de establecer un sistema de organización territorial, basado en la 
disposición geográfica y natural de la red hídrica, mediante el empleo de un sistema de codificación 
jerárquico, decimal y topológico de sus unidades. 
 
La delimitación de las unidades hidrográficas, permite definir la ubicación espacial y jerarquización 
de los cursos de agua, mediante la asignación de códigos; además de relacionarla con sus vecinas; 
establece una relación directa de la cuenca y sus cursos (Ver Figura Nº 1) 
 
19 Decreto Supremo-N°004-2015-MINAM aprobación de la Estrategia Nacional de Humedales 
20 Resolución Directoral Nº 001-2016-ANA-DEPHM, que aprueba el estudio "Inventario de Presas en el Perú", de fecha 03.01.2016. 
21 Método Pfafstetter empleado por la United States Geological Survey -USGS, para delimitaciones y codificaciones de cuencas hidrográficas a 
nivel mundial con apoyo de la ONU 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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Figura Nº 1. Relación directa entre la cuenca y sus cursos de agua 
Elaboración DGCRH-ANA. 
La base digital empleada es la red hidrográfica acondicionada para la clasificación aplica el 
método Pfafstetter para la codificación de sus ríos principales y tributarios. Este sistema de 
codificación permite ubicar hidrográficamente los cursos de agua en cualquier parte del país. 
Consideraciones hidrográficas de la base digital ver Figura Nº 2. 
- Cuerpos de agua, pueden ser de tipo río, quebrada, lagos y lagunas. 
- A cada curso se le asigna el código que posee su unidad hidrográfica, que puede ser de 
tipo cuenca, intercuenca o cuenca interna. 
- Los cursos de códigos pares: 2, 4, 6 y 8 corresponde a unidades de tipo cuenca. 
- Los cursos de códigos impares: 1, 3, 5, 7 y 9, corresponde los tramos del curso principal. 
A todo curso le corresponde un punto naciente, confluencia o desembocadura. 
- La naciente de un curso aplica el método de determinación del río principal en función al 
área de drenaje (Método Pfafstetter). 
- Un Tributario, es el río menor que confluye en un curso mayor. 
 
Figura Nº 2. Consideraciones hidrográficas 
 
Elaboración DGCRH-ANA. 
Curso Tributario 
Tramo del Curso Principal 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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8.2. FASE II. RECOPILACIÓN Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN 
8.2.1. Solicitud y recopilación de información 
En el marco del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, la ANA como ente rector, 
coordina y asegura la gestión integrada y multisectorial, el aprovechamiento sostenible, la 
conservación, el uso eficiente y el incremento de los recursos hídricos, con estándares de 
calidad en función al uso respectivo. En consecuencia, se realizó el requerimiento de 
información a las diversas entidades vinculadas, las cuales se describen a continuación: 
A. EXTERNA; procedente de las diversas instituciones vinculadas a la gestión de los recursos 
hídricos, contempla entidades públicas y privadas. Se solicitó información referente a los 
puntos de captación de agua para abastecimiento público o consumo doméstico a nivel 
nacional, así como la presencia y ubicación de las áreas naturales protegidas por el estado y 
comunidades indígenas y nativas; siendo las entidades involucradas las siguientes: 
 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), es el ente rector del Estado 
en los asuntos referentes al sector saneamiento, es el encargado de formular, normar, 
dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar la política nacional y acciones del sector en materia 
de saneamiento y evaluar permanentemente sus resultados, adoptando las correcciones 
y demás medidas que correspondan, entre otras funciones. 
 Ministerio del Ambiente (MINAM) mediante la Dirección de Información e Investigación 
Ambiental es responsable del Registro de emisiones y transferencia de contaminantes 
(RETC). 
 Ministerio de Cultura a través del Viceministerio de Interculturalidad, es la autoridad en 
asuntos de interculturalidad e inclusión de las poblaciones indígenas originarias22; el cual 
tiene a su cargo la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas y originarios de 
conformidad con los criterios de identificación de dichos pueblos. 
 Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud es el órgano 
técnico normativo en los aspectos relacionados con el saneamiento básico, salud 
ocupacional, higiene alimentaria, zoonosis y protección del ambiente. 
 Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), es la entidad 
encargada de garantizar a los usuarios la prestación de los servicios de saneamiento 
(que comprenden los de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial y disposición 
sanitaria) en las mejores condiciones de calidad, contribuyendo a la salud de la población 
y al mejoramiento del ambiente. Le corresponde proponer las políticas y normas para la 
prestación de servicios de saneamiento, fiscalizar la prestación de los mismos, aplicar 
las sanciones, evaluar el desempeño de las EPS y promover su desarrollo. 
 Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP), es la entidad encargada 
de conducir el Sistema de Áreas Naturales Protegidas del Perú con una perspectiva 
ecosistémica, integral y participativa, con la finalidad de gestionar sosteniblemente su 
diversidad biológica y mantener los servicios ecosistémicos en beneficio de la sociedad. 
 El Instituto del Bien Común (IBC), tiene como uno de sus programas el Sistema de 
Información sobre Comunidades Nativas de la Amazonía Peruana (SICNA) que contiene 
un mapa base digital del sistema hidrográfico de la Amazonía peruana hasta julio del 
 
22 Artículo 15° de la Ley de creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565. 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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2002, linderos de cada comunidad nativa y los planos elaborados por el Ministerio de 
Agricultura para la titulación de cada comunidad. 
Asimismo, se solicitó información sobre los puntos de captación de las empresas mineras y 
energéticas al Ministerio de Energía y Minas, como se detalla a continuación: 
 Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, es el órgano técnico normativo 
encargado de proponer y evaluar la política ambiental del Sector Minería,proponer y/o 
expedir la normatividad necesaria, y promover la ejecución de actividades orientadas a 
la conservación y protección del medio ambiente referidos al desarrollo de las actividades 
mineras. 
 Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, es el órgano técnico normativo 
encargado de proponer y evaluar la política, proponer y/o expedir la normatividad 
necesaria, así como promover la ejecución de actividades para el desarrollo sostenible 
de las actividades energéticas. 
B. INTERNA: Procedente de los Órganos de línea, Órganos desconcentrados y las Unidades 
Operativas de la ANA; en cuanto a la data correspondiente a los derechos de uso de agua. 
 Dirección de Administración de Recursos Hídricos, organiza y conduce las acciones en 
materia de otorgamiento de derechos de uso de agua, administración de las fuentes 
naturales de agua y régimen económico por el uso del agua en el marco de la Política y 
Estrategia Nacional de Recursos Hídricos y el Plan Nacional de Recursos Hídricos. 
 Autoridades Administrativas del Agua (AAA), dirigen la gestión de los recursos hídricos 
en sus respectivos ámbitos territoriales, en el marco de las políticas y normas dictadas 
por el Consejo Directivo y Jefatura de la ANA. Dicho ámbito territorial comprende la 
agrupación de dos o más ALAs contiguas e indivisas. 
 Administraciones Locales de Agua (ALA), son las unidades orgánicas de las AAA, que 
administran los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos territoriales. Cuyo ámbito 
territorial se establece por la agrupación de unidades hidrográficas indivisas y contiguas, 
considerándose el área de influencia de la infraestructura hidráulica mayor multisectorial. 
8.2.2. Tratamiento de la información 
Sobre la información temática recopilada, se elaboraron bases de datos alfanuméricos en 
formato Excel, las que fueron acondicionadas para ser leídas en SIG, con la finalidad de 
permitir un manejo adecuado con la información gráfica durante el proceso de análisis. 
A. Acondicionamiento de la información. Mediante el uso de herramientas SIG y la base de 
datos recopilados (ver Tabla Nº 1), se elaboraron bloques de trabajo denominados “Proyectos 
MXD” aplicando el programa ArcGis. 
 
La recopilación y ordenamiento de información a nivel nacional, fue procesada inicialmente en 
15 bloques de trabajo, debido a que los ríos y quebradas principales tienen una compleja 
distribución. Posteriormente, se procedió a trasladar la información al ámbito de las 14 AAAs; 
finalmente, se trabajó esta información a nivel de 71 ALAs (Ver Figura N° 3). 
 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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Figura Nº 3. A) Distribución de las 14 AAA. B) Proceso de transformación del sistema de 
coordenadas del Proyecto de Clasificación de Cuerpos de Agua Continental Superficial. 
 
Elaboración DGCRH-ANA. 
Tabla Nº 1. Información base cartográfica 
CAPAS TEMÁTICAS DESCRIPCIÓN FUENTE 
Carta Nacional 
1:100 000 
Cartas Nacionales Digitales del IGN, son las 
cartas topográficas y constituyen ríos, lagos, 
vías, centros poblados, capitales, curvas de 
nivel, cotas, etc. 
Ministerio de Educación – MINEDU. 
Instituto Nacional de Recursos 
Naturales – INRENA. 2002 
Carta Nacional 
1: 250 000 
Cartas Nacionales Digitales del IGN. (Perú 
Digital v_1), son las cartas topográficas y 
constituyen ríos, lagos principales, 
departamentos, provincias, Regiones, etc. 
Programa Nacional de Informática y 
Comunicaciones - (PNIC-PNUD-
ONU). 2000 
159 Unidades hidrográficas 
1:100 000. 
159 principales unidades hidrográficas 
delimitadas con el método de Pfafstetter 
Dirección de Conservación y 
Planeamiento de Recursos 
Hídricos–ANA. 2008 
Unidades hidrográficas hasta el 
nivel 5. 
1:100 000. 
1268 unidades hidrográficas del Perú hasta 
el nivel 5, delimitadas con el método de 
Pfafstetter. 
Dirección de Conservación y 
Planeamiento de Recursos Hídricos 
–ANA. 2008 
Cursos de agua codificados 
Identificación de cursos de agua del Perú 
codificados a partir de las unidades 
hidrográficas de nivel 5. 
Dirección de Conservación y 
Planeamiento de Recursos 
Hídricos–ANA. 2009 
Categorías de ríos según ECA – 
Agua asignados según R.J Nº 
202-2010-ANA 
Cursos de agua clasificados por categorías 
según el ECA – Agua. (R.J. Nº 202-2010-
ANA) 
Dirección de Gestión de Calidad de 
los Recursos Hídricos–ANA. 2010 
Datos Poblacionales por Centro 
Poblado 
Datos de Población a nivel de centros 
poblados 
Instituto Nacional de Estadística e 
Informática – INEI. 2007 
Uso Agrario 
Registro Administrativo de Derechos de 
Agua Superficiales (RADA) 
Dirección de Administración de 
Recursos Hídricos. ANA. 2017 
Superficie agrícola Centro Nacional Agropecuario (CENAGRO) 
Instituto Nacional de Estadística e 
Informática – INEI. 2012 
Uso No Agrario 
Registro Administrativo de Derechos de 
Agua Superficiales (RADA) 
Dirección de Administración de 
Recursos Hídricos. ANA. 2017 
Áreas Naturales Protegidas por 
el Estado - ANP 
90 Áreas Naturales Protegidas por el Estado 
en el ámbito continental 
Servicio Nacional de Áreas 
Naturales Protegidas por el Estado 
– SERNANP. 2014 
Puntos de Captación para agua 
potable - DIGESA 
Puntos de toma de agua para consumo 
humano. 
Dirección General de Salud 
Ambiental – DIGESA. 2016 
Ubicación de comunidades 
amazónicas indígenas 
Información cartográfica de las comunidades 
nativas y campesinas de pueblos indígenas 
u originarios y Áreas de comunidades 
amazónicas indígenas 
Ministerio de Cultura – 2017 e 
Instituto del Bien Común -2016 
Elaboración DGCRH-ANA. 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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Se generaron archivos de análisis espacial del tipo “Shapefile”, que contienen los puntos de 
captación de agua, red de drenaje superficial y la delimitación de cuencas hidrográficas del 
país, organizados con el sistema Pfafstetter. 
Debido a la compleja información de la hidrografía nacional la representación cartográfica será 
principalmente de formato o entidad, lineal poligonal o puntual (ver Tabla Nº 2). 
Tabla Nº 2. Representación de la información cartográfica 
TEMA ENTIDAD REPRESENTACIÓN GRÁFICA 
Hidrografía Base (Ríos y quebradas) Líneas 
 
Categoría de Clasificación actual Líneas 
Líneas de carretera Líneas 
Red Vial Líneas 
Lagos y lagunas embalses y reservorio Polígonos 
 
Área Natural Protegida Polígonos 
Superficie agrícola Polígonos 
Áreas de comunidades nativas e indígenas Polígonos 
Límites administrativos Polígonos 
Derechos de uso de agua de ríos y quebradas Puntos 
 
 
Toma de agua poblacional Puntos 
Capital de provincia y provincia Puntos 
Centros poblados Puntos 
Elaboración DGCRH-ANA. 
B. Codificación de la Información. Todos los elementos recopilados en la fase de 
acondicionamiento, se registraron de acuerdo a la codificación inicial hasta cinco niveles. 
Sin embargo, la actual clasificación propone hasta ocho (08) niveles principalmente en la 
región hidrográfica del Pacífico, debido a la variedad existente de cursos de agua que son 
tributarios de principales ríos, como por ejemplo en el departamento de Ica (ver figura N°4). 
Cada archivo fue organizado en base a una tabla de atributos, en el cual se almacena la 
codificación tipo de fuente de agua (río, quebrada), región hidrográfica, longitud aproximada 
en kilómetros, coordenadas, categorización ECA ,atributos geoespaciales referenciales y de 
ser necesario, alguna característica distintiva. 
 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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Figura N°4. A) Mapa de registro de la distribución de cuerpos de agua continental del Perú, 
Departamento Ica. B) Proceso de clasificación C) Proceso de digitalización 
 
Elaboración DGCRH-ANA. 
C. Elaboración de Mapas. Sobre la base de los atributos del shapefile de clasificación, se realizó 
la edición, modificación de grosorde líneas y colores para la representación de la 
categorización en función a la R.J. Nº 202-2010- ANA y al criterio del Equipo Técnico en una 
escala de 1:100, 000; los mapas tuvieron tamaño de impresión A0 y A1. (Ver Figura N°5). 
Estos mapas de análisis, se utilizaron para analizar situaciones hipotéticas, modelar procesos, 
generar informes y otras tareas vinculadas al proceso de clasificación. 
Figura N° 5. Ejemplo del proceso de edición de Clasificación de Cuerpos de Agua Continental 
Superficial, para el departamento de Ica, de acuerdo a las directrices establecidas. 
 
Elaboración DGCRH-ANA. 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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8.3. FASE III ASIGNACIÓN DE CATEGORIAS 
De acuerdo con el nivel de la información y análisis se considera la aplicación de tres (03) 
categorías principales las cuales son: 
Categoría 1 Subcategoría A2: Aguas que pueden ser potabilizadas con tratamiento convencional 
Categoría 3: Riego de Vegetales y bebidas de animales, y 
Categoría 4: Conservación del ambiente acuático. 
8.3.1. Según Criterio Técnico 
8.3.1.1. Uso de agua a nivel de río principal y afluentes: 
 Solo se considerará de uso poblacional Categoría 1A2, a un determinado cuerpo de agua 
cuyo punto de captación este ubicado en el cuerpo de agua natural. 
 En el caso de puntos de captación poblacional en tributarios menores, cuyos cursos 
principales estén clasificados con Categoría 3, “el tributario menor que contenga la 
captación de agua para uso poblacional automáticamente se asignará Categoría 1A2”. 
 Cualquier otro uso de tipo productivo, podrá ser considerado como Categoría 3, siempre 
y cuando no afecte el uso poblacional. 
 Considerando el artículo 35º de la LRH, donde se requieran dos o más usos , el uso de 
agua poblacional tendrá de mayor prioridad sobre cualquier otro uso. 
Tabla Nº 3. Consideraciones para la Clasificación según el uso 
Uso Unidad Cat. Justificación Observaciones 
Uso poblacional 
Volumen (m3) de 
captación de agua 
para uso 
poblacional 
1-A2 
El mayor uso de agua es 
destinado al abastecimiento 
poblacional, por ende la calidad 
del agua tanto del río principal, de 
sus efluentes, y embalses no 
deben ser alteradas. 
En caso de 2 o 
más usos 
confluyan se 
prioriza el 
Poblacional 
Uso agrícola, 
hidroenergético, 
minero, industrial 
entre otras 
Volumen (m3) de 
captación de agua 
para uso 
productivo 
3 
El único uso de agua es destinado 
al abastecimiento industrial 
Elaboración DGCRH-ANA. 
8.3.1.2. Áreas Naturales Protegidas por el Estado -ANP 
Para efectos de la asignación de categorías se han considerado únicamente las áreas núcleo de 
las ANP por el Estado; así como de índole regional; proporcionada por el SERNANP. 
 Aquellos cuerpos de agua superficial o tramos de estos que se encuentren dentro de las 
ANP se considerará como Categoría 4. E2 Ríos, según sea el caso costa y sierra o selva. 
Tabla Nº 4. Consideraciones para la Clasificación según presencia de ANP 
Uso Cat. Justificación 
Conservación del 
ambiente acuático 
4 
Los cursos de agua inmersos o colindantes a zonas de Áreas 
Naturales Protegidas por el Estado (ANP) se consideran de 
importancia por el ambiente acuático que alberga. 
Elaboración DGCRH-ANA. 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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8.3.1.3. Áreas de las Comunidades Nativas e Indígenas - ACNI 
Para la delimitación de las Áreas de las Comunidades Nativas e Indígenas se ha empleado 
información cartográfica proveniente de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u 
Originarios; así como de manera referencial los polígonos de áreas reconocidas y de uso por las 
comunidades tituladas, proporcionadas por el Instituto del Bien Común. 
 Aquellos cuerpos de agua superficial o tramos que se encuentren dentro de los territorios 
de los pueblos indígenas u originarios se considerará como Categoría 4, con el fin de 
asegurar la calidad del agua para fines de uso primario y poblacional. 
Tabla Nº 5. Consideraciones para la Clasificación según presencia de ACNI 
Uso Cat. Justificación 
Conservación del 
ambiente acuático 
Comunidades 
nativas e 
Indígenas 
4 
Los cursos de agua inmersos o colindantes 
territorios de los pueblos indígenas u originarios se 
consideran de importancia por el ambiente acuático 
que representa. 
Elaboración DGCRH-ANA. 
8.3.1.4. Conservación de cuerpo de agua lentico (lagos y lagunas): 
 Todas las lagunas y lagos, salvo evaluación previa, teniendo en cuenta su ubicación, 
características naturales, usos a los que se destinan, niveles crecientes de degradación y 
fragilidad de los ecosistemas, deben clasificarse con la Categoría 4 E1: lagunas y lagos. 
Tabla Nº 6. Consideraciones para la Clasificación según presencia de lagunas y lagos 
Uso Cat. Justificación Observaciones. 
Conservación 
del ambiente 
acuático 
Lagunas y 
Lagos alto 
andinos 
4 
En el caso de la región andina, los lagos 
y lagunas son cuerpos de agua, 
localizados en las nacientes de los ríos, 
zonas donde no existen actividades 
antropogénicas que afecten su calidad, 
por lo que generalmente son aguas de 
buena calidad 
Las lagunas y 
lagos se 
consideran 
cuerpos de agua 
receptores de toda 
la carga física y 
química 
transportada por 
sus ríos tributarios. 
 
Tributarios 
de 
lagunas* 
4 
Los tributarios de las lagunas deberán 
mantener la categoría 4 de 
conservación. 
Tributarios 
de lagos 
3 
 
1A2 
En el caso de lagos la categoría de los 
ríos podrá ser distintas a la Categoría 4 
debido a la naturaleza del cuerpo 
natural. 
Lagunas y 
cochas en 
la región 
de la selva 
4 
Las lagunas y cochas existentes en la 
región de la selva, son formadas en la 
mayoría de los casos por cambio de 
curso del río, ocasionado en el periodo 
de avenidas, lo cual genera que la fauna 
acuática se quede en estos cuerpos de 
agua, los que con el paso del tiempo se 
convierten en importantes ecosistemas 
acuáticos, fuente de biodiversidad y 
recursos naturales. 
Elaboración DGCRH-ANA. 
*La capacidad de resiliencia o autodepuración de una laguna es menor frente a un lago debido a las características morfológicas del 
cuerpo natural. 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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8.3.1.5. Agua contenida en presas 
 La clasificación considera las presas según la categoría asignada al curso de agua que 
las alberga o donde se ubiquen, priorizando el uso poblacional. 
8.3.2. Toponimia hidrográfica 
El establecimiento de la clasificación consistió en fijar las categorías asignadas a cada curso 
principal o tramo de tipo río o quebrada, seguido de un sub-guion (_) y del código Pfafstetter 
que le corresponde al tramo o curso principal de agua relacionado a su cuenca: 
Cat1A2 _ 1387 
 
Elaboración propia. 
 
Esta codificación proporciona doble información en un solo dato, la relación entre el curso de 
agua y el ECA – Agua aplicado (véase Figura Nº 5). 
Figura N° 5. Cursos de agua continental clasificados 
 
Elaboración DGCRH-ANA. 
Las categorías se asignan a cada curso principal o tramo clasificado, a fin de establecer una 
relación entre el curso clasificado y el ECA para Agua23 aplicado; tomando en consideración 
las características hidrográficas descritas en la tabla Nº 7: 
Tabla Nº 7. Consideraciones hidrográficas para la Clasificación 
Cuerpo de agua 
Tipo de 
entidad 
Tratamiento Observaciones 
Ríos y 
Quebradas 
Lineal 
Se asignará un código de clasificación o 
categoría según los ECA - Agua, en cursos y 
tramos de los mismos, en los diferentes niveles 
de jerarquía según se ubique el curso mayor. 
En zonas costeras y 
desembocaduras donde no 
existan unidades 
hidrográficas delimitadas; se 
considerará los puntos de 
intersecciones entre cursos 
de agua e infraestructuras 
físicas. 
Lagos y 
Lagunas Polígono 
Seasignará el código de la unidad hidrográfica 
a la que pertenece. Y se hará distinción entre 
ellas con las coordenadas de ubicación del 
punto centroide. 
Elaboración DGCRH-ANA. 
 
23 Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, aprueba los ECA para Agua, y establecen disposiciones complementarias. 
(_) es la separación ente el 
código ECA-Agua asignado y 
el código del curso o tramo. 
Iniciales de las categorías del 
ECA-Agua para cuerpos de 
agua continental. 
Código del tramo o curso 
principal relacionado con su 
cuenca. 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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8.4. FASE IV. CONSULTA E INTEGRACIÓN 
8.4.1. Consulta 
Entre los meses de julio y setiembre del 2016, se desarrollaron tres (3) Talleres Macroregionales 
dirigida a las Autoridades Administrativas y Locales del Agua (AAA) y sus respectivas unidades 
operativas o Autoridades Locales del Agua (ALA) en las ciudades de Lima (AAA Cañete Fortaleza, 
Chaparra Chincha y Mantaro); Trujillo (AAA Huarmey Chicama, Jequetepeque-Zarumilla y 
Marañon); y Cusco (AAA Urubamba Vilcanota, Pampas Apurimac, Caplina Ocoña, Madre de Dios 
y Titicaca); además de dos (2) videoconferencias dirigidas a las AAA Ucayali, Huallaga y 
Amazonas. 
En los Talleres, se conformaron Equipos de Trabajo con los especialistas y encargados de calidad 
de los recursos hídricos de las diferentes AAA y ALA, con la finalidad de recabar y verificar 
información plasmada en los mapas de trabajo, en aspectos relacionados a los usos del agua en 
el ámbito de su jurisdicción. 
En el mes de junio del año en curso, se presentó la propuesta a los especialistas de calidad de 
las AAA a fin de dar a conocer los resultados obtenidos. 
En los mapas de trabajo, los participantes identificaron los principales cursos de agua, quebradas, 
tributarios actualmente empleadas para uso poblacional, presencia de represas, conexiones de 
ductos colectores para regadíos y áreas naturales protegidas; realizando la asignación o cambio 
de categoría respectiva. Posteriormente se solicitó la validación oficial respectiva por parte de las 
ALA y/o AAA, cuyo registro de aportes se muestran en la figura Nº 7. 
Figura Nº 7. Registro de aportes a la Clasificación a nivel de AAA y ALA. 
 
Elaboración DGCRH-ANA. 
8.4.2. Integración 
Como resultado de talleres de trabajo, se recogieron diversas opiniones, aportes y sugerencias 
de los especialistas y/o encargados de aspectos de calidad de los recursos hídricos. Esta 
información representó una importante y extensa base de datos. La compilación digital fue 
procesada según el tipo de formato de procedencia (coordenadas de referencia, archivos KMZ, 
shapefiles o imágenes) mediante la creación de un archivo informático (Shapefile) que contiene 
la ubicación geométrica y la información de atributos (puntos, líneas, polígonos y base de datos). 
2
1
6
5
4
6
9
2 2
9
4
3 3
1 1 1 1 1 1 1 1 1
5
7
6
5
4
11
3
4
0
2
4
6
8
10
12
V
al
id
ac
ió
n
 d
e
 A
LA
s 
/A
A
A
s
AAA 
ALA AAA Número de ALA
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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8.5. FASE IV. ANALISIS Y RESULTADOS 
8.5.1. Análisis 
Una vez consolidada la información base y las propuestas de clasificación proporcionadas por los 
especialistas de calidad de agua de los diferentes órganos desconcentrados (AAA) y unidades 
operativas (ALA), se procedió a generar archivos Shapefiles, y así trasladarla a mapas de trabajo, 
que permitan una evaluación y análisis por el Equipo Técnico. 
Esta fase, corresponde a la aplicación del método Delphi donde el equipo multidisciplinario 
realizo un proceso estructurado de análisis que promueve una comunicación grupal, que permite 
explorar de manera sistemática y objetiva problemas que requieren concurrencia y opinión 
cualificada. 
Se realizó una valoración visual de todas las capas de información, evidenciando claramente la 
clasificación y/o modificatorias de las categorías de los principales cuerpos de agua indicados por 
las AAA y ALA; el análisis se realizó considerando una visión integral a nivel de cuenca y vertiente 
hidrográfica, los usos presentes y futuros, así como la problemática asociada a la misma. 
Se realizaron ajustes a la propuesta de los órganos desconcentrados, a fin de que guarden 
coherencia con el objetivo principal de la clasificación que busca la conservación y protección de 
la calidad de los recursos hídricos (ver Figura N°8). 
Figura N°8. Ejemplo del proceso de análisis e interpretación de la Clasificación de Cuerpos de Agua 
Continental Superficial, para el departamento de Ica. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Elaboración DGCRH-ANA. 
8.5.2. Resultados 
Se clasifico un total de 1 134 cursos de agua (ríos y quebradas) que incluyen los principales ríos 
del país; de manera general las lagunas y lagos a nivel nacional. Se precisa que no han 
considerado aquellos cursos de agua que se ubican en las intercuencas costeras, debido a su 
condición estacional. 
Antigua 
Clasificación 
Nueva 
propuesta 
de 
Clasificación 
Análisis e interpretación de 
la clasificación de cuerpos 
de agua continental 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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9. CLASIFICACIÓN 
La Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales a nivel de semidetalle 1: 100 00 
considera un total de 1 134 cursos de agua (ríos y quebradas) que incluyen los principales ríos del país; 
los cuales albergan a 1 204 tramos o registros clasificados según el ECA agua vigente. 
Para el caso de lagunas y lagos a nivel nacional, han sido clasificados como Categoría 4, a excepción 
de la Laguna Huascacocha de Categoría 3 y Laguna San Antonio de Categoría 1A1, ambas 
pertenecientes a la cuenca del Mantaro. En el caso de agua contenida en presas, la clasificación 
corresponderá según la categoría asignada al curso de agua que las alberga o donde se ubiquen, 
priorizando el uso poblacional. 
Se precisa que los ríos no consignados en la presente clasificación, adquieren la categoría de 
clasificación del cuerpo de agua al que tributan; salvo el análisis y aprobación por parte de esta Entidad. 
9.1. REGIÓN HIDROGRÁFICA DEL PACÍFICO 
De acuerdo a los estudios realizados por ONERN en los años 80’, se ha identificado 381 ríos 
principales en esta vertiente. Dicha cantidad fue ajustada con los estudios posteriores de la ANA, 
llegando a establecer 437 ríos principales que incluyen cursos de agua estacional y aquellos 
pertenecientes a intercuencas. 
En esta región hidrográfica se han clasificado un total de 740 cursos de agua de los cuales 489 
son ríos y 251 quebradas; que albergan 798 tramos con diferente categoría, siendo 43 ríos y 12 
quebradas que se dividen en dos a mas tramos, que corresponden a 22 401 km lineales. 
Se destaca que el 61% (13 597 km) ha sido categorizados como Categoría 3, un 23% (5 265 km) 
como Categoría 1A2 y 16% (3 539 km) como Categoría 4; estos resultados se sustentan en el 
comportamiento y naturaleza de la vertiente, la cual alberga a las principales zonas urbanas y 
áreas de producción agrícola más significativas del país. 
La Tabla Nº 8 lista los cursos de agua clasificados a nivel de AAA y los mapas en el Anexo 1. 
Tabla Nº 8. Cursos de agua clasificados en la Región Hidrográfica del Pacifico 
AUTORIDAD 
ADMINISTRATIVA 
DEL AGUA 
UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA 
Código UH Nombre Nº 
Código 
Curso 
Nombre 
Longitud 
(Km) 
Categoría ECA-
Agua 
CAPLINA - 
OCOÑA 
13153 Intercuenca 13153 
1 131532 Quebrada Escritos 66,73 CATEGORÍA 3 
2 131534 Quebrada Las Salinas 27,84 CATEGORÍA 3 
3 131536 Quebrada 131536 13,07 CATEGORÍA 3 
13154 Cuenca Hospicio 
4 131541 Quebrada Hospicio 13,13 CATEGORÍA 3 
5 131542 Quebrada Hospicio 78,53 CATEGORÍA 3 
6131543 Quebrada La Garita 12,41 CATEGORÍA 3 
7 131544 Quebrada Cauñani 68,17 CATEGORÍA 3 
8 131545 Quebrada Espíritus 11,07 CATEGORÍA 3 
9 131546 
Quebrada 
Chochocane 
41,07 CATEGORÍA 3 
10 131547 Quebrada Espíritus 20,74 CATEGORÍA 3 
11 131548 Quebrada Espíritus 26,74 CATEGORÍA 3 
12 131549 Quebrada Unión 25,8 CATEGORÍA 3 
13155 Intercuenca 13155 
13 131552 Río Uchusuma 44,97 CATEGORÍA 3 
14 131552 Río Uchusuma 50,61 CATEGORÍA 1A2 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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AUTORIDAD 
ADMINISTRATIVA 
DEL AGUA 
UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA 
Código UH Nombre Nº 
Código 
Curso 
Nombre 
Longitud 
(Km) 
Categoría ECA-
Agua 
CAPLINA - 
OCOÑA 
13156 Cuenca Caplina 
15 13156 Río Caplina 74,76 CATEGORÍA 1A2 
16 13156 Río Caplina 43,6 CATEGORÍA 3 
13157 Intercuenca 13157 
17 131572 Quebrada Botijas 56,11 CATEGORÍA 3 
18 131574 Quebrada Honda 84,57 CATEGORÍA 3 
13158 Cuenca Sama 
19 131581 Río Sama 12,59 CATEGORÍA 3 
20 131582 Quebrada del Canal 103,69 CATEGORÍA 3 
21 131583 Río Sama 2,13 CATEGORÍA 3 
22 131584 Quebrada Las Brujas 68,37 CATEGORÍA 3 
23 131585 Río Sama 0,12 CATEGORÍA 3 
24 131586 Quebrada Honda 59,57 CATEGORÍA 3 
25 131587 Río Sama 102,71 CATEGORÍA 3 
26 131588 Río Salado 38,62 CATEGORÍA 3 
27 131588 Río Salado 4,93 CATEGORÍA 4 
28 131589 Río Tala 34,81 CATEGORÍA 3 
29 131589 Río Tala 22,78 CATEGORÍA 4 
1316 Cuenca Locumba 
30 13161 Río Locumba 21,53 CATEGORÍA 3 
31 13161 Río Locumba 0,23 CATEGORÍA 1A2 
32 13162 Quebrada Seca 80,1 CATEGORÍA 1A2 
33 13163 Río Locumba 21,91 CATEGORÍA 1A2 
34 13164 Río Cinto 76,41 CATEGORÍA 1A2 
35 13165 Río Salado 30,29 CATEGORÍA 1A2 
36 13166 Río Ilabaya 70,91 CATEGORÍA 1A2 
37 13167 Río Curibaya 30,34 CATEGORÍA 1A2 
38 13167 Río Curibaya 8,21 CATEGORÍA 4 
39 13168 Río Jaruma 49,86 CATEGORÍA 4 
40 13169 Río Callazos 88,78 CATEGORÍA 4 
13172 Cuenca Ilo - Moquegua 
41 131721 Río Ilo 15,17 CATEGORÍA 3 
42 131722 Quebrada Honda 32,91 CATEGORÍA 3 
43 131723 Río Ilo 6,42 CATEGORÍA 3 
44 131724 Quebrada Guaneros 91,59 CATEGORÍA 3 
45 131725 Río Osmore 60,41 CATEGORÍA 3 
46 131726 Río Tumilaca 58,61 CATEGORÍA 1A2 
47 131726 Río Tumilaca 9,31 CATEGORÍA 3 
48 131727 Río Torata 2,33 CATEGORÍA 3 
49 131728 Río Torata 69,94 CATEGORÍA 3 
50 131729 Río Huaracané 65,48 CATEGORÍA 3 
13174 Intercuenca 13174 51 13174 Quebrada Carrizal 11 CATEGORÍA 3 
13176 Intercuenca 13176 52 13176 Quebrada Caleta 13,29 CATEGORÍA 3 
13178 Cuenca Honda 53 13178 Quebrada Honda 101,01 CATEGORÍA 3 
1318 Cuenca Tambo 
54 13181 Río Tambo 32,15 CATEGORÍA 3 
55 13181 Río Tambo 1,99 CATEGORÍA 4 
56 13182 Quebrada Linga 62,7 CATEGORÍA 3 
57 13183 Río Tambo 3,91 CATEGORÍA 3 
58 13184 Quebrada Huayrondo 79,53 CATEGORÍA 3 
59 13185 Río Tambo 158,57 CATEGORÍA 3 
60 13186 Río Coralaque 86,18 CATEGORÍA 3 
61 13186 Río Coralaque 31,45 CATEGORÍA 4 
62 13187 Río Tambo 35,2 CATEGORÍA 3 
63 13188 Río Ichuña 66,62 CATEGORÍA 3 
64 13189 Río Paltuture 72,36 CATEGORÍA 3 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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AUTORIDAD 
ADMINISTRATIVA 
DEL AGUA 
UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA 
Código UH Nombre Nº 
Código 
Curso 
Nombre 
Longitud 
(Km) 
Categoría ECA-
Agua 
CAPLINA - 
OCOÑA 
1319 Intercuenca 1319 
65 13192 Quebrada Salinas 41,92 CATEGORÍA 3 
66 13194 Quebrada Pucará 24,05 CATEGORÍA 3 
67 13196 Quebrada Centeno 25,44 CATEGORÍA 3 
68 13198 Quebrada San José 24,25 CATEGORÍA 3 
132 
Cuenca Quilca - Vitor - 
Chili 
69 13202 Quebrada 13202 12,43 CATEGORÍA 4 
70 13204 Río Chacalaque 20,48 CATEGORÍA 4 
71 13206 Quebrada Huerta 20,52 CATEGORÍA 4 
72 13208 Quebrada Ticma 13,97 CATEGORÍA 4 
73 13211 Río Quilca 0,79 CATEGORÍA 3 
74 13212 Quebrada Saucillo 12,93 CATEGORÍA 3 
75 13213 Río Quilca 2,9 CATEGORÍA 3 
76 13214 Quebrada Platanal 21,42 CATEGORÍA 3 
77 13215 Río Quilca 9,09 CATEGORÍA 3 
78 13216 Quebrada Omo 14,83 CATEGORÍA 3 
79 13217 Río Quilca 6,76 CATEGORÍA 3 
80 13218 Quebrada Carachosa 53,42 CATEGORÍA 3 
81 13219 Río Quilca 3,6 CATEGORÍA 3 
82 13221 Río Sihuas 32,68 CATEGORÍA 3 
83 13221 Río Sihuas 26,35 CATEGORÍA 1A2 
84 13222 Quebrada Caracharma 23,82 CATEGORÍA 1A2 
85 13223 Río Sihuas 10,58 CATEGORÍA 1A2 
86 13224 Río Lluta 55,87 CATEGORÍA 1A2 
87 13225 Río Sihuas 9,73 CATEGORÍA 1A2 
88 13226 Río Lihualla 37,67 CATEGORÍA 1A2 
89 13227 Río Pichirijma 39,05 CATEGORÍA 1A2 
90 13228 Río Sallalli 13,03 CATEGORÍA 1A2 
91 13229 Río Parcomayo 23,2 CATEGORÍA 1A2 
92 13231 Río Vitor 23,93 CATEGORÍA 3 
93 13233 Río Vitor 5,83 CATEGORÍA 3 
94 13234 Quebrada Molles 61,26 CATEGORÍA 3 
95 13235 Río Vitor 8,08 CATEGORÍA 3 
96 13236 Quebrada Molle Chico 44,97 CATEGORÍA 3 
97 13237 Río Vitor 11,63 CATEGORÍA 3 
98 13238 Quebrada Huachipa 43,38 CATEGORÍA 3 
99 13239 Río Vitor 31,15 CATEGORÍA 3 
100 13241 Río Yura 5,6 CATEGORÍA 1A2 
101 13242 Quebrada Aguasalada 44,41 CATEGORÍA 1A2 
102 13243 Río Yura 16,71 CATEGORÍA 1A2 
103 13244 Quebrada La Paccha 24,52 CATEGORÍA 1A2 
104 13244 Quebrada La Paccha 14,15 CATEGORÍA 4 
105 13245 Río Yura 27,96 CATEGORÍA 1A2 
106 13246 Río Ocoruro 19,97 CATEGORÍA 1A2 
107 13247 Río Acomayo 9,17 CATEGORÍA 1A2 
108 13248 Río Chipana 16,6 CATEGORÍA 1A2 
109 13249 Río Aycata 29,71 CATEGORÍA 1A2 
110 13251 Río Chili 4,02 CATEGORÍA 3 
111 13252 Quebrada El Cuico 29,18 CATEGORÍA 1A2 
112 13253 Río Chili 18,33 CATEGORÍA 3 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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AUTORIDAD 
ADMINISTRATIVA 
DEL AGUA 
UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA 
Código UH Nombre Nº 
Código 
Curso 
Nombre 
Longitud 
(Km) 
Categoría ECA-
Agua 
CAPLINA - 
OCOÑA 
132 
Cuenca Quilca - Vitor - 
Chili 
113 13254 Quebrada Estanquillo 17,89 CATEGORÍA 3 
114 13254 Quebrada Estanquillo 11,69 CATEGORÍA 4 
115 13255 Río Chili 12,29 CATEGORÍA 3 
116 13256 Río Yarabamba 49,25 CATEGORÍA 1A2 
117 13256 Río Yarabamba 8,09 CATEGORÍA 3 
118 13257 Río Chili 20,69 CATEGORÍA 4 
119 13257 Río Chili 16,81 CATEGORÍA 3 
120 13257 Río Chili 7,42 CATEGORÍA 1A2 
121 13259 Río Chili 6,87 CATEGORÍA 4 
122 13261 Río Blanco 19,64 CATEGORÍA 4 
123 13262 Río Pasto Grande 22,8 CATEGORÍA 4 
124 13263 Río Blanco 19,87 CATEGORÍA 4 
125 13264 Río Yanamayo 26,86 CATEGORÍA 4 
126 13265 Río Blanco 2,79 CATEGORÍA 4 
127 13266 Río Patimayo 23,09 CATEGORÍA 4 
128 13267 Río Cancusane 4,29 CATEGORÍA 4 
129 13268 Río Saccani 16,92 CATEGORÍA 4 
130 13269 Río Cancusane 36,61 CATEGORÍA 4 
131 13271 Río Chili 0,42 CATEGORÍA 4 
132 13271 Río Chili 0,03 CATEGORÍA 4 
133 13272 Quebrada Palca 12,9 CATEGORÍA 4 
134 13273 Río Chili 11,55 CATEGORÍA 4 
135 13274 Quebrada Huancune 18,69 CATEGORÍA 4 
136 13275 Río Chili 4,46 CATEGORÍA 4 
137 13276 Quebrada Huata 24,27 CATEGORÍA 4 
138 13277 Río Chili 23,11 CATEGORÍA 4 
139 13278 Río Pausa 26,39 CATEGORÍA 4 
140 13279 Río Chili 9,37 CATEGORÍA 4 
141 13281 Río Chili - Sumbay 25,52 CATEGORÍA 4 
142 13282 Quebrada Piscamayo 18,37 CATEGORÍA 4 
143 13283 Río Chili - Sumbay 13,79 CATEGORÍA 4 
144 13284 Quebrada 13284 14,99 CATEGORÍA 4 
145 13285 Río Chili - Cuchinasa 8,48 CATEGORÍA 4 
146 13286 Río Puncochane 17,31 CATEGORÍA 4 
147 13287 
Río Arizaca Mayo o 
Cochi 
5,19 CATEGORÍA 4 
148 13288 Río Colquiuta 18,02 CATEGORÍA 4 
149 13289 Río Cochinasa 33,89 CATEGORÍA 4 
150 13291 
Río 
Chaupichimpanamay 
8,66 CATEGORÍA 4 
151 13292 Río Caquemayo 36 CATEGORÍA 4 
152 13293 
Río 
Chaupichimpanamay 
4,15 CATEGORÍA 4 
153 13294 Río Chalhuanca 30,3 CATEGORÍA 4 
154 13295 Río Capillane 14,85 CATEGORÍA 4 
155 13296 Quebrada 13296 13,86 CATEGORÍA 4 
156 13297 Río Capillane 6,01 CATEGORÍA 4 
157 13298 Río Sulluma 13,71 CATEGORÍA 4 
158 13299 Río Pillo 8,89 CATEGORÍA 4 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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AUTORIDAD 
ADMINISTRATIVA 
DEL AGUA 
UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA 
Código UH Nombre Nº 
Código 
Curso 
Nombre 
Longitud 
(Km) 
Categoría ECA-
Agua 
CAPLINA - 
OCOÑA134 Cuenca Camaná 
159 13411 Río Camaná 9,09 CATEGORÍA 3 
160 13412 Quebrada Herrera 12,05 CATEGORÍA 3 
161 13413 Río Camaná 2,84 CATEGORÍA 3 
162 13414 Quebrada Tinta 13,42 CATEGORÍA 3 
163 13415 Río Camaná 13,11 CATEGORÍA 3 
164 13416 Quebrada Pisques 10,03 CATEGORÍA 3 
165 13417 Río Camaná 1,68 CATEGORÍA 3 
166 13418 Quebrada Puluviñas 80,01 CATEGORÍA 1A2 
167 13419 Río Camaná 7,81 CATEGORÍA 3 
168 13421 Quebrada Molles 12,14 CATEGORÍA 3 
169 13422 Quebrada Hospicio 56,47 CATEGORÍA 3 
170 13423 Quebrada Molles 12,93 CATEGORÍA 3 
171 13424 Quebrada 13424 42,22 CATEGORÍA 3 
172 13425 Quebrada Molles 9,34 CATEGORÍA 3 
173 13426 Quebrada Crespón 24,05 CATEGORÍA 3 
174 13427 Quebrada Molles 14,41 CATEGORÍA 3 
175 13428 Quebrada Jahuay 31,95 CATEGORÍA 3 
176 13429 Quebrada Chorrillos 50,61 CATEGORÍA 3 
177 13431 Río Camaná 33,11 CATEGORÍA 3 
178 13432 Quebrada Sicera 45,5 CATEGORÍA 3 
179 13433 Río Majes 23,89 CATEGORÍA 3 
180 13434 Quebrada Cosos 28,57 CATEGORÍA 1A2 
181 13435 Río Majes 5,85 CATEGORÍA 3 
182 13436 Quebrada Huario 33,32 CATEGORÍA 3 
183 13436 Quebrada Huario 28,35 CATEGORÍA 1A2 
184 13437 Río Majes 1,72 CATEGORÍA 3 
185 13438 Quebrada 13438 22,92 CATEGORÍA 3 
186 13439 Río Majes 18,04 CATEGORÍA 3 
187 13441 Río Capiza 11,27 CATEGORÍA 1A2 
188 13442 Río Tapaza 27,8 CATEGORÍA 1A2 
189 13443 Río Llacllajo 5,19 CATEGORÍA 1A2 
190 13444 Quebrada Jollpa 19,02 CATEGORÍA 1A2 
191 13445 Río Llacllajo 0,12 CATEGORÍA 1A2 
192 13446 Río Sihuarpo 10,25 CATEGORÍA 1A2 
193 13447 Río Llacllajo 2,26 CATEGORÍA 1A2 
194 13448 Río Llacllajo 18,27 CATEGORÍA 1A2 
195 13449 Río Llato 23,49 CATEGORÍA 1A2 
196 13451 Río Colca 13,11 CATEGORÍA 3 
197 13452 Quebrada Seca 10,25 CATEGORÍA 3 
198 13453 Río Colca 5,65 CATEGORÍA 3 
199 13454 Quebrada Gloriahuasi 22,09 CATEGORÍA 3 
200 13455 Río Colca 10,28 CATEGORÍA 3 
201 13456 Quebrada Jasmín 28,6 CATEGORÍA 3 
202 13457 Río Colca 1,08 CATEGORÍA 3 
203 13458 Quebrada Pichillhuay 10,16 CATEGORÍA 1A2 
204 13459 Río Colca 4,04 CATEGORÍA 3 
205 13461 Río Ayo 36,28 CATEGORÍA 1A2 
206 13462 Quebrada Tambo 25,96 CATEGORÍA 1A2 
207 13463 Río Andahua 15,66 CATEGORÍA 1A2 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
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AUTORIDAD 
ADMINISTRATIVA 
DEL AGUA 
UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA 
Código UH Nombre Nº 
Código 
Curso 
Nombre 
Longitud 
(Km) 
Categoría ECA-
Agua 
CAPLINA - 
OCOÑA 
134 Cuenca Camaná 
208 13464 Río Andahua 31,9 CATEGORÍA 1A2 
209 13465 Río Andahua 16,93 CATEGORÍA 3 
210 13466 Río Orcopampa 38,25 CATEGORÍA 3 
211 13467 Río Chilcaimarca 10,19 CATEGORÍA 3 
212 13468 Río Umachulco 26,13 CATEGORÍA 1A2 
213 13468 Río Umachulco 22,68 CATEGORÍA 4 
214 13469 Río Misapuquio 49,92 CATEGORÍA 1A2 
215 13471 Río Colca 3,19 CATEGORÍA 3 
216 13472 Río Mamacocha 24,3 CATEGORÍA 1A2 
217 13473 Río Colca 3,17 CATEGORÍA 3 
218 13474 Río Huambo 42,06 CATEGORÍA 3 
219 13475 Río Colca 15,76 CATEGORÍA 3 
220 13476 Río Chalza 21,38 CATEGORÍA 1A2 
221 13477 Río Colca 6,37 CATEGORÍA 3 
222 13478 Río 13478 19,31 CATEGORÍA 3 
223 13479 Río Colca 6,22 CATEGORÍA 3 
224 13481 Río Molloco 27,05 CATEGORÍA 3 
225 13482 Río Sillque 26,87 CATEGORÍA 3 
226 13483 Río Molloco 17,42 CATEGORÍA 3 
227 13484 Río Ajaña 20,52 CATEGORÍA 4 
228 13485 Río Molloco 10,48 CATEGORÍA 3 
229 13486 Río Huaytamayo 17,7 CATEGORÍA 3 
230 13487 Río Illigua 9,91 CATEGORÍA 3 
231 13488 Río Llactatuyo 33,94 CATEGORÍA 4 
232 13489 Río Canllayocmayo 25,14 CATEGORÍA 4 
233 13491 Río Colca 73,36 CATEGORÍA 3 
234 13491 Río Colca 12,68 CATEGORÍA 1A2 
235 13492 Río Llapa 35,56 CATEGORÍA 1A2 
236 13493 Río Colca 33,13 CATEGORÍA 1A2 
237 13494 Río Chalhuanca 38,1 CATEGORÍA 1A2 
238 13495 Río Colca 11,46 CATEGORÍA 1A2 
239 13496 Río Maqueruyo 40,77 CATEGORÍA 1A2 
240 13497 Río Colca 46,12 CATEGORÍA 1A2 
241 13498 Río Negrillo 25,82 CATEGORÍA 4 
242 13498 Río Negrillo 23,82 CATEGORÍA 1A2 
243 13499 Río Colca 58,09 CATEGORÍA 1A2 
135 Intercuenca 135 
244 13521 
Quebrada 
Cabramuerta 
16,91 CATEGORÍA 3 
245 13523 
Quebrada 
Cabramuerta 
11,31 CATEGORÍA 3 
246 13525 
Quebrada 
Cabramuerta 
1,41 CATEGORÍA 3 
247 13527 
Quebrada 
Cabramuerta 
4,83 CATEGORÍA 3 
248 13529 
Quebrada 
Cabramuerta 
8,94 CATEGORÍA 3 
249 13541 Quebrada Jahuay 16,59 CATEGORÍA 3 
250 13542 Quebrada La Yesera 51,89 CATEGORÍA 3 
251 13543 Quebrada Manga 25,9 CATEGORÍA 3 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
Página 26 de 48 
 
AUTORIDAD 
ADMINISTRATIVA 
DEL AGUA 
UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA 
Código UH Nombre Nº 
Código 
Curso 
Nombre 
Longitud 
(Km) 
Categoría ECA-
Agua 
CAPLINA - 
OCOÑA 
135 Intercuenca 135 
252 13544 Quebrada Cunocuno 30,24 CATEGORÍA 3 
253 13545 Quebrada Manga 18,69 CATEGORÍA 3 
254 13546 Quebrada Esbilla 45,19 CATEGORÍA 3 
255 13547 Quebrada Pachana 6,14 CATEGORÍA 3 
256 13548 Quebrada Illoma 18,12 CATEGORÍA 3 
257 13549 Quebrada Pachana 49,02 CATEGORÍA 3 
258 13561 Quebrada La Chira 2,9 CATEGORÍA 3 
259 13562 
Quebrada La Chira - 
Colorada 
41,41 CATEGORÍA 3 
260 13563 Quebrada Pacheco 11,63 CATEGORÍA 3 
261 13564 Quebrada 13564 15,92 CATEGORÍA 3 
262 13565 Quebrada Pacheco 1,87 CATEGORÍA 3 
263 13566 Quebrada 13566 19,62 CATEGORÍA 3 
264 13567 Quebrada Pacheco 3,63 CATEGORÍA 3 
265 13568 Quebrada 13568 33,41 CATEGORÍA 3 
266 13569 Quebrada Pacheco 34,42 CATEGORÍA 3 
267 13581 Quebrada Yerbabuena 9,07 CATEGORÍA 3 
268 13582 Quebrada 13582 49,24 CATEGORÍA 3 
269 13583 Quebrada Yerbabuena 10,63 CATEGORÍA 3 
270 13584 Quebrada 13584 38,72 CATEGORÍA 3 
271 13585 Quebrada Yerbabuena 0,76 CATEGORÍA 3 
272 13586 Quebrada Yerbabuena 36,24 CATEGORÍA 3 
273 13587 Quebrada 13587 5,66 CATEGORÍA 3 
274 13588 Quebrada 13588 33,57 CATEGORÍA 3 
275 13589 Quebrada 13589 31,61 CATEGORÍA 3 
136 Cuenca Ocoña 
276 13611 Río Ocoña 7,48 CATEGORÍA 3 
277 13612 Quebrada 13612 12,03 CATEGORÍA 3 
278 13613 Río Ocoña 20,79 CATEGORÍA 3 
279 13614 
Quebrada 
Pampablanca 
33,6 CATEGORÍA 3 
280 13615 Río Ocoña 6,05 CATEGORÍA 3 
281 13616 Quebrada Surita 24,78 CATEGORÍA 3 
282 13617 Río Ocoña 25,05 CATEGORÍA 3 
283 13618 
Quebrada Saca de 
Posco 
15,96 CATEGORÍA 3 
284 13619 Río Ocoña 9,39 CATEGORÍA 3 
285 13621 Quebrada Choruna 5,99 CATEGORÍA 3 
286 13622 Quebrada Chiliguay 13,06 CATEGORÍA 3 
287 13623 Quebrada Choruna 3,15 CATEGORÍA 3 
288 13624 Quebrada Esbilla 37,8 CATEGORÍA 3 
289 13625 Quebrada Choruna 4,85 CATEGORÍA 3 
290 13626 Quebrada Chalhuane 62,16 CATEGORÍA 3 
291 13627 Quebrada Churunga 27,29 CATEGORÍA 3 
292 13628 Quebrada 13628 20,81 CATEGORÍA 3 
293 13629 Quebrada Piñog 27,84 CATEGORÍA 3 
294 13631 Río Ocoña 10,85 CATEGORÍA 3 
295 13632 Quebrada Ayanca 26,85 CATEGORÍA 3 
296 13633 Río Ocoña 1,8 CATEGORÍA 3 
297 13634 Quebrada Chiuca 37,65 CATEGORÍA 4 
298 13635 Río Ocoña 8,62 CATEGORÍA 4 
 
Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales 
 
Página 27 de 48 
 
AUTORIDAD 
ADMINISTRATIVA 
DEL AGUA 
UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA 
Código UH Nombre Nº 
Código 
Curso 
Nombre 
Longitud 
(Km) 
Categoría ECA-
Agua 
CAPLINA - 
OCOÑA 
136 Cuenca Ocoña 
299 13636 Quebrada Laigua 25,58 CATEGORÍA 4 
300 13637 Río Ocoña 15,15 CATEGORÍA 4 
301 13638 Quebrada Uchucoyoj 17,35 CATEGORÍA 4 
302 13639 Río Ocoña 7,22 CATEGORÍA 4 
303 13641 Río Chichas 14,16 CATEGORÍA 4 
304 13642 Río Jellamayo 21,18 CATEGORÍA 4 
305 13643 Río Arma 44,48 CATEGORÍA 4 
306 13644 
Quebrada Collpa 
Huayco 
22,35 CATEGORÍA 4 
307 13645 Río Atunmayo 1,91 CATEGORÍA 4 
308 13646 Río de Chorillos 29,25 CATEGORÍA 4 
309 13647 Río Atunmayo 0,98 CATEGORÍA 4 
310 13648 Río Chalahuerta 14,84 CATEGORÍA 4 
311 13649 Río León Huactana 30,74 CATEGORÍA 4 
312 13651 Río Ocoña 1,67 CATEGORÍA 4 
313 13652 Quebrada 13652 2,48 CATEGORÍA 4 
314 13653 Río Ocoña 1,35 CATEGORÍA 4 
315 13654 Quebrada 13654 2,79 CATEGORÍA 4 
316 13659 Río Ocoña 0,99 CATEGORÍA 4 
317 13661 Río Cotahuasi 60,79 CATEGORÍA 4 
318 13662 Río Pampamarca

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