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“Año del Buen Servicio al Ciudadano” CLASIFICACIÓN DE LOS CUERPOS DE AGUA CONTINENTALES SUPERFICIALES Autoridad Nacional del Agua Calle Diecisiete N.° 355, Urb. El Palomar, Lima 27 Teléfono: (511) 224 3298 www.ana.gob.pe http://www.ana.gob.pe/ Autoridad Nacional del Agua Ministerio de Agricultura y Riego Jefe de la Autoridad Nacional del Agua Ing. Abelardo De La Torre Villanueva Secretaría General Abg. Yury A. Pinto Ortiz Director de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos Dr. Juan Carlos Castro Vargas Equipo Técnico Blga. Lizeth Anani Cardenas Villena - Coordinadora Ing. Manuel Ricardo Baca Rueda Abg. Bruno Jose Bocchio Nieves Ing. Jorge Victor Delgado Alarcon Ing. Rosa Isabel Ruiz Ríos Quim. Daniel Paulino Medrano Mallqui Blgo. Fernando Martin Mejía Vargas Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN .................................................................................................................. 1 2. ANTECEDENTES ................................................................................................................. 1 3. OBJETIVO ........................................................................................................................... 2 4. BASE LEGAL ....................................................................................................................... 2 5. ALCANCE ............................................................................................................................ 3 6. JUSTIFICACIÓN ................................................................................................................... 3 7. PRINCIPIOS ......................................................................................................................... 4 8. METODOLOGÍA ................................................................................................................... 4 8.1. FASE I: ESTABLECIMIENTO DE CRITERIOS ..................................................................... 5 8.1.1. Uso de agua a nivel de río principal y afluentes ........................................................ 5 8.1.2. Áreas Naturales Protegidas por el Estado ................................................................ 6 8.1.3. Áreas de las Comunidades nativas e indígenas ........................................................ 6 8.1.4. Conservación de cuerpo de agua lenticos (lagos y lagunas) .................................... 7 8.1.5. Agua contenida en presas ........................................................................................ 8 8.1.6. Sistema Cartográfico ................................................................................................ 8 8.2. FASE II. RECOPILACIÓN Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN ....................................... 10 8.2.1. Solicitud y recopilación de información .................................................................. 10 8.2.2. Tratamiento de la información ................................................................................ 11 8.3. FASE III ASIGNACIÓN DE CATEGORIAS ........................................................................ 15 8.3.1. Según Criterio Técnico ........................................................................................... 15 8.3.2. Toponimia hidrográfica .......................................................................................... 17 8.4. FASE IV. CONSULTA E INTEGRACIÓN ........................................................................... 18 8.4.1. Consulta ................................................................................................................. 18 8.4.2. Integración ............................................................................................................. 18 8.5. FASE IV. ANALISIS Y RESULTADOS .............................................................................. 19 8.5.1. Análisis .................................................................................................................. 19 8.5.2. Resultados ............................................................................................................. 19 9. CLASIFICACIÓN ................................................................................................................ 20 9.1. REGIÓN HIDROGRÁFICA DEL PACÍFICO ........................................................................ 20 9.2. REGIÓN HIDROGRÁFICA DEL AMAZONAS .................................................................... 37 9.3. REGIÓN HIDROGRÁFICA DEL TITICACA ........................................................................ 44 10. CONCLUSIONES ............................................................................................................... 48 Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 1 de 48 1. INTRODUCCIÓN El agua constituye un recurso natural indispensable para satisfacer los diversos usos socio- económicos, así como para el mantenimiento de los ecosistemas acuáticos. Sin embargo, el crecimiento acelerado de la población, y por ende el incremento de las actividades productivas (minería, industria, agricultura, etc.); constituyen las principales causas de afectación a la calidad de los recursos hídricos; debido al vertimiento de aguas residuales no tratadas, situación que en muchos casos limita el uso directo y en otros incrementa el costo de tratamiento para la producción de agua potable, además de poner en riesgo la calidad de los ecosistemas. La Autoridad Nacional del Agua (ANA) en el marco de sus funciones establecidas en la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338 ha clasificado los diversos cuerpos naturales de agua (ríos, lagos y lagunas) del territorio nacional, considerando los alcances de los artículos 901 (del recurso agua continental) y 1142 (del agua para consumo humano) de la Ley General del Ambiente, Ley N° 28644; así como los Estándares de Calidad Ambiental para Agua (ECA-agua), establecidos mediante el Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM . En este contexto, se ha elaborado la Clasificación de Cuerpos de Agua Continental Superficial en el ámbito de las unidades hidrográficas del Perú, aplicando el Estándar Nacional de Calidad Ambiental para Agua vigente, con la finalidad de proteger y conservar la calidad de los recursos hídricos, prioritariamente aquella empleada para el consumo humano (uso poblacional) y la empleada en actividades productivas del país, bajo los lineamientos de accesibilidad al recurso, sostenibilidad en el tiempo, protección del recurso, legalidad y uniformidad en todo el proceso de su clasificación. La citada Clasificación fue elaborada a nivel de “semidetalle” (1:100 000), a través del establecimiento de los lineamientos y criterios empleados en el proceso de ordenación de cursos de agua aplicando el Sistema Pfafstetter, tomando en consideración criterios hidrográficos entre confluencias de ríos, salvo los puntos de captación poblacional o áreas naturales protegidas, que éstas pueden dividir tramos de un curso natural (río o quebrada) en categorías diferentes. 2. ANTECEDENTES La Ley General de Aguas, Decreto Ley Nº 17752 y su Reglamento3 en el año de 1969, estableció el uso justificado y racional de este recurso en armonía con el interés social y el desarrollo del país, encargando al Ministerio de Salud la Autoridad la preservación y calidad sanitaria a través de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) la vigilancia y control de los recursos hídricos. En el artículo 78º del Reglamento de la precitada Ley señala la atribución de la Autoridad Sanitaria el clasificar los cursos de agua del país o tramos de ellos, y las zonas costerasde acuerdo a los usos que se les habrá de destinar. 1 Art. 90: El Estado promueve y controla el aprovechamiento sostenible de las aguas continentales a través de la gestión integrada del recurso hídrico, previniendo la afectación de su calidad ambiental y de las condiciones naturales de su entorno, como parte del ecosistema donde se encuentran; regula su asignación en función de objetivos sociales, ambientales y económicos; y promueve la inversión y participación del sector privado en el aprovechamiento sostenible del recurso. 2 Art. 114: El acceso al agua para consumo humano es un derecho de la población. Corresponde al Estado asegurar la vigilancia y protección de aguas que se utilizan con fines de abastecimiento poblacional, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden a los particulares. En caso de escasez, el Estado asegura el uso preferente del agua para fines de abastecimiento de las necesidades poblacionales, frente a otros usos. 3 Decreto Supremo 261-69-AP -Reglamento de los títulos i, ii y iii del Decreto Ley Nº 17752 "Ley General de Aguas Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 2 de 48 Asimismo, los artículos 81º y 82º indican los usos, tipos y valores límites a considerar en el proceso de clasificación. En ese sentido, la DIGESA propuso la clasificación de los recursos hídricos vigilados y/o cuerpos receptores en base a usos prioritarios, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 1152- 2005-DIGESA/SA4. A partir del 1° de abril de 2009 entra en vigencia la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, siendo la Autoridad Nacional del Agua (ANA) el ente rector y máxima Autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, responsable de la vigilancia, control y fiscalización para asegurar la preservación y conservación de las fuentes naturales de agua, a través una gestión integrada. La Resolución Jefatural Nº 202-2010-ANA propone que la clasificación de los cuerpos de agua se realice en función a las características naturales y a los usos a que se destinan las aguas, de conformidad con los artículos 35º, 36º, 42º y 43º de la precitada Ley; considerándose la protección de los ecosistemas acuáticos y los bienes asociados a los cuerpos de agua; tomándose en cuenta para ello, las categorías establecidas en el Decreto Supremo Nº 002-2008-MINAM. Mediante Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, de fecha 07.06.2017 se aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para Agua, y establecen disposiciones complementarias; con el objetivo de compilar las disposiciones normativas5 que aprueban los ECA para Agua, esta modifica y elimina algunos valores, parámetros, categorías y subcategorías de los ECA, y mantiene otros, que fueron aprobados por los referidos decretos supremos. La cual define cuatro (4) categorías, nueve (9) subcategorías y 17 ítems. En este marco, la Autoridad Nacional del Agua es la entidad encargada de asignar a cada cuerpo natural de agua las categorías establecidas atendiendo a sus condiciones naturales o niveles de fondo, de acuerdo al marco normativo vigente, priorizando el uso poblacional. 3. OBJETIVO Clasificar los cuerpos de aguas continentales superficiales, tomando como referencia los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua vigentes, priorizando los diversos usos y los criterios de protección y conservación de la calidad de los recursos hídricos. 4. BASE LEGAL - Constitución Política del Perú - Ley General del Ambiente, Ley N° 28611. - Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, modificada por Decreto Legislativo N° 1285. - Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2017-AG - Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG y modificado por Decreto Supremo N° 012-2016-MINAGRI. - Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, que aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para Agua, y establecen disposiciones complementarias. 4 Resolución Directoral Nº 1152-2005-DIGESA/SA- Aprobación de la calificación de los recursos hídricos ubicados en el territorio de la República del Perú, de fecha 03 de agosto del 2005 5 Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM, N° 023-2009-MINAM y N° 015-2015-MINAM Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 3 de 48 5. ALCANCE La presente Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales, es de uso obligatorio ya sea por personas naturales o jurídicas del territorio nacional, que como resultado de sus actividades (poblacional o productivas) generen aguas residuales domésticas, municipales, industriales o agrícolas, cuyos vertimientos tratados sean descargados en un cuerpo natural de agua. Asimismo, constituye referente obligatorio para el diseño y formulación de los Instrumentos de Gestión Ambiental, que comprendan actividades productivas y poblacionales; títulos habilitantes6 y estudios vinculados con los recursos hídricos. 6. JUSTIFICACIÓN La Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338 establece en su artículo 73º que los cuerpos de agua son clasificados por la Autoridad Nacional del Agua, teniendo en cuenta la cantidad y la calidad del agua, consideraciones hidrográficas, las necesidades de las poblaciones locales y otras razones técnicas; como son: la protección de la calidad del agua tanto para uso primario, poblacional, productivo, áreas naturales protegidas, territorios de comunidades indígenas; y la conservación de lagos y lagunas. Siendo la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos; la encargada de proponer la clasificación de los cuerpos de agua para su aprobación por la Jefatura, según el literal i del artículo 32º del Reglamento de Organización y Funciones de la ANA7. Complementariamente, el Decreto Supremo Nº 004-2017-MINAM, establece que los ECA-Agua son referente obligatorio8 para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento; el que a su vez señala en los numerales del artículo 4º que: “La Autoridad Nacional del Agua, es la entidad encargada de asignar a cada cuerpo natural de agua las categorías atendiendo a sus condiciones naturales o niveles de fondo, de acuerdo al marco normativo vigente. En caso se identifique dos o más posibles categorías para una zona determinada de un cuerpo natural de agua, la Autoridad Nacional del Agua define la categoría aplicable, priorizando el uso poblacional9. Asimismo señala en el numeral 5.2 del artículo 5° que la aplicación de los ECA para Agua como referente obligatorio está referida a los parámetros que se identificaron considerando las variables del numeral anterior, según corresponda, sin incluir necesariamente todos los parámetros establecidos para la categoría o subcategoría correspondiente. Por otra parte, el incremento del requerimiento en cuanto al recurso hídrico; por parte de la población y las diversas actividades económicas; generan un conflicto de intereses que desencadena en una problemática socio-ambiental vinculada a proyectos de inversión importantes. En tal sentido, a efectos de equilibrar la dinámica de los usos de agua con el aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos por parte de la población y los administrados, se ha realizado el ordenamiento de los cuerpos de agua aplicando el ECA-Agua vigente, tomando en consideración la información hídrica y cartográfica disponible; que permitirá una evaluación de la calidad del agua de manera eficiente, en el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento de aguas residuales tratadas y títulos habilitantes en el marco de la certificación ambiental global; permitiendo la aplicación de las categorías establecidas en los ECA-Agua.6 Título habilitante: Permisos, licencias, derechos o autorizaciones que se integran al procedimiento de certificación ambiental, Ley Nº 30327 7 Reglamento de Organización y Funciones de la ANA aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-AG 8 Artículo 5. Del Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, que aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para Agua, y establecen disposiciones complementarias. 9 Artículo 4, numeral 4.1 y 4.2 del Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, que aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para Agua, y establecen disposiciones complementarias Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 4 de 48 Por consiguiente, se hace necesaria la “Clasificación de los Cuerpos de Agua Continentales Superficiales”, como una herramienta técnica que contribuya a la protección y conservación de la calidad de los recursos hídricos, en concordancia con la Política Nacional del Ambiente, la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos y el Plan Nacional de Recursos Hídricos. 7. PRINCIPIOS Los procedimientos y criterios definidos para la formulación de la clasificación, se rigen bajo los siguientes principios: - Prioridad en el acceso al agua10, el acceso al agua para la satisfacción de las necesidades primarias de la persona humana es prioritario por ser un derecho fundamental sobre cualquier uso, inclusive en épocas de escasez. - Sostenibilidad1 El uso y gestión sostenible del agua implica la integración equilibrada de los aspectos socioculturales, ambientales y económicos en el desarrollo nacional, así como la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones. - Finalidad de protección del agua11 La Autoridad nacional del agua debe velar por la protección del agua, que incluye la conservación y protección de sus fuentes, de los ecosistemas y de los bienes asociados a esta. - Legalidad La clasificación debe basarse en la normativa ambiental en materia de recursos hídricos nacional vigente, considerando aspectos de jerarquía e interpretación integral. - Uniformidad Todas las acciones de clasificación se realizarán a través de procedimientos y criterios similares, mediante el uso del Método Pfafstetter Toda diferenciación deberá basarse en criterios objetivos debidamente sustentados. 8. METODOLOGÍA La presente clasificación comprende cuatro fases, en el siguiente diagrama. 10 Articulo III. Principios de la Ley de Recursos Hídricos Nº 29338. 11 Artículo 75º de la Ley de Recursos Hídricos Nº 29338. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 5 de 48 A continuación se desarrollan cada una de las fases. 8.1. FASE I: ESTABLECIMIENTO DE CRITERIOS En concordancia con el objetivo de la clasificación, se ha tomado en consideración la protección de la calidad del agua tanto para uso primario, poblacional y productivo, la presencia de áreas naturales protegidas y territorios de comunidades indígenas; así como la conservación de lagos, lagunas, y represas como fuentes de agua. Para fines de categorización de los ríos, quebradas, lagos y lagunas se empleó del método Pfafstetter. 8.1.1. Uso de agua a nivel de río principal y afluentes Teniendo en cuenta que el agua, es un recurso fundamental que satisface los diversos usos, conforme al artículo 35º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, (LRH) se establece las clases de uso de agua; siendo su otorgamiento y ejercicio en prioridad siguiente: Uso Primario: Consiste en la utilización directa y efectiva de la misma, en las fuentes naturales y cauces públicos de agua con el fin de satisfacer necesidades humanas primarias (Art. 36º). El acceso a las fuentes naturales y artificiales de agua para el uso primario es libre y gratuito, se ejerce sin afectar la propiedad de terceros ni a los bienes asociados del agua. (Art. 57º del Reglamento de LRH). Uso Poblacional: Consiste en la captación del agua una fuente o red pública, debidamente tratada con el fin de satisfacer las necesidades humanas básicas. (Art. 39º); la licencia de uso de gua con fines poblaciones se otorga a las entidades encargadas del suministro de agua poblacional (Art .59º del Reglamento de LRH). Cabe precisar, que para el agua de uso poblacional requiere ser debidamente tratada12 independientemente de la categoría asignada al cuerpo de agua. Uso Productivo: Consiste en la utilización de la misma en procesos de producción o previas a los mismos (Art. 42º). El orden de preferencia para el otorgamiento de agua para usos productivos en caso de concurrencia es el siguiente, Agrícola, acuícola y pesquero; Energético, industrial, medicinal y minera, recreativo, turísticos y transportes; y otros usos. El artículo 44º de la referida Ley, señala que para usar el recurso natural agua, salvo el uso primario, se requiere contar con un derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Administrativa de Agua con participación del Consejo de Cuenca Regional o Interregional, según corresponda. Siendo las clases de derechos de uso de agua descritas Artículo 45º son: Licencia, Permiso y Autorización de Uso de Agua y de conformidad con el numeral 64.3 del artículo 64º del Reglamento de la LRH, los derechos de uso de agua, sus modificaciones o extinciones se inscriben de oficio, en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua – RADA. Mediante la Directiva General Nº 011-2013-ANA-J-DARH13, se uniformiza criterios para el funcionamiento y operatividad del RADA, en el cual se inscriben de oficio los actos de otorgamiento, suspensión, modificación, y extinción de los derechos de usos de agua, y certificados nominativos otorgándoles seguridad jurídica recto a su vigencia. 12 Artículo 39, Título III de la Ley de Recursos Hídricos Nº 29338. 13 Normas para el Funcionamiento y Operatividad del registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua. Formulada por la Dirección de Administración de Recursos Hídricos y aprobada el 27 de noviembre de 2013. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 6 de 48 8.1.2. Áreas Naturales Protegidas por el Estado De acuerdo con la Ley de Áreas Naturales Protegidas (ANP), Ley Nº 26834, se define como ANP a los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país. Cuya condición natural debe ser mantenida a perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del área y el aprovechamiento de recursos, o determinarse la restricción de los usos directos. La precitada ley, señala como objetivo del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SINANPE), el contribuir al desarrollo sostenible del Perú, a través de la conservación de muestras representativas de la diversidad biológica. Así como, define las categorías y zonificación. Siendo nueve (09) categorías de ANPs definitivas (Parques Nacionales, Santuarios Nacionales, Santuarios Históricos, Reservas Paisajísticas, Refugios de Vida Silvestre, Reservas Nacionales, Reservas Comunales, Bosques de Protección y Cotos de Caza); una transitoria (Zonas Reservadas) y tres (03) de Áreas Complementarias ACR, ACP y ACA. Los objetivos de las ANP se encuentran establecidos en el Reglamento de la Ley de Nº 2683414; de los cuales se destaca el literal h del artículo 2, que define como objetivo el mantener y manejar las condiciones funcionales de las cuencas hidrográficas de modo que se asegure la captación, flujo y calidad del agua, y se controle la erosión y sedimentación. Según el Artículo 57º, los Bosquesde Protección son áreas que se establecen con el objeto de garantizar la protección de las cuencas altas o colectoras, las riberas de los ríos y de otros cursos de agua y en general, para proteger de la erosión a las tierras frágiles que así lo requieran. Asimismo, se consideran las Áreas de Conservación Regional (ACR) las cuales se establecen sobre áreas cuyo interés de conservación corresponde a un nivel departamental o regional. En ese sentido, aquellos cuerpos de agua continental (ríos y/o quebradas) o según sea el caso, aquellos tramos de los mismos, que se encuentren ubicados en el ámbito de alguna ANP y /o ACR, deberán mantener un estado de conservación compatible con los objetivos de la categoría de protección asignada. 8.1.3. Áreas de las Comunidades nativas e indígenas De acuerdo a la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, Ley N° 29785 reconocidos en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2012-MC, el mismo que en el Título I, Articulo 3, literal f); y en la séptima disposición Complementaria transitoria y final indica que, los derechos que tienen por sujeto a los pueblos indígenas reconocidos, en el convenio 169 de la OIT. La precitada Ley desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a consulta previa a los pueblos indígenas y originarios resteo a medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente. Siendo el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, la autoridad en asuntos de interculturalidad e inclusión de las poblaciones indígenas originarias; el cual tiene a su cargo la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas y originarios de conformidad con los criterios de identificación de dichos pueblos establecidos en el citado Convenio 169 y Asimismo en la Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, Ley N° 28736 señala en su Artículo 5º el Carácter 14 Decreto Supremo Nº 038-2001-AG Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 7 de 48 intangible de las reservas indígenas, para los pueblos indígenas en situación de aislamiento o de contacto inicial, en tanto mantengan la calidad de tales. En ellas: a. No podrán establecerse asentamientos poblacionales distintos a los de los pueblos indígenas que habitan en su interior. b. Se prohíbe la realización de cualquier actividad distinta a la de los usos y costumbres ancestrales de los habitantes indígenas. c. No se otorgarán derechos que impliquen el aprovechamiento de recursos naturales, salvo el que con fines de subsistencia realicen los pueblos que las habiten y aquellos que permitan su aprovechamiento mediante métodos que no afecten los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, y siempre que lo permita el correspondiente estudio ambiental. En caso de ubicarse un recurso natural susceptible de aprovechamiento cuya explotación resulte de necesidad pública para el Estado, se procederá de acuerdo a ley. d. Los pueblos indígenas que las habitan son los únicos y mancomunados beneficiarios de la misma. Adicionalmente los tratados internacionales ratificados en el Perú, incluye entre otros los derechos a la identidad cultural; conservar sus costumbres, a la jurisdicción especial; a la tierra y el territorio, es decir al uso de los recursos naturales que utilizan tradicionalmente, se indica que no se podrán almacenar ni realizar disposición final de materiales peligrosos en tierras de los pueblos indígenas, ni emitir medidas administrativas que autoricen dichas actividades. 8.1.4. Conservación de cuerpo de agua lenticos (lagos y lagunas) Las lagunas15 y lagos16 independientemente de su origen, son cuerpos de agua importantes ya sea como fuentes tanto para abastecimiento poblacional como para productivo; así mismo, constituyen ecosistemas acuáticos frágiles17, en los que habitan diversidad de especies de organismos acuáticos (flora y fauna), los cuales cumplen una función importante en la dinámica del ecosistemas, constituyendo en algunos casos fuente de recursos económicos para las poblaciones. Este tipo de cuerpos de agua han sido considerados (entre otros) como ecosistemas frágiles en el Art. 99° de la Ley General del Ambiente, Ley N° 28644. Teniendo en consideración lo antes señalado, la categoría que les corresponde a este tipo de cuerpos de agua, es la Categoría 418 (Conservación del ambiente acuático), tanto al cuerpo de agua (lago o laguna), como a los afluentes superficiales (ríos y arroyos) afluentes, ello teniendo en cuenta que son las vías naturales que transportan toda la carga física y química, la cual finalmente termina en un lago o laguna. Y en el artículo 99º señala que los ecosistemas frágiles comprenden, entre otros, desiertos, tierras semiáridas, montañas, pantanos, bofedales, bahías, islas pequeñas, humedales, lagunas alto andinas, lomas costeras, bosques de neblina y bosques relictos. El Estado reconoce la 15 Laguna: depósito de agua que abastece y es abastecido, cuyas características son iguales a las de los lagos, pero su profundidad menor a 10m. 16 Lago: Depósito de agua más o menos considerable de agua dulce o salada, con conexión con el mar o sin ella, que no abastece ni es abastecido, o abastece sin ser abastecido sin abastecer y cuya profundidad es mayor a 10. 17 Ecosistema frágil: Ecosistema con características o recursos singulares con baja resiliencia (capacidad de retornar a sus condiciones originales) e inestable ante eventos impactantes de naturaleza antropogénica, que producen en el mismo, una profunda alteración en su estructura y composición. La condición de fragilidad es inherente al ecosistema y sólo se manifiesta bajo las condiciones de disturbio. Queda establecido que a mayor fragilidad, mayor es la necesidad de protección del ecosistema. 18 Categoría 4: Conservación del ambiente acuático Están referidos a aquellos cuerpos de agua superficiales que forman parte de ecosistemas frágiles, áreas naturales protegidas y/o zonas de amortiguamiento y que cuyas características requieren ser protegidas. (…). Sub Categoría E1: Lagunas y Lagos Comprenden todas las aguas que no presentan corriente continua, de origen y estado natural y léntico incluyendo humedales. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 8 de 48 importancia de los humedales como hábitat de especies de flora y fauna, en particular de aves migratorias, priorizando su conservación en relación con otros usos. De conformidad con la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611 en el artículo 20º literal e, del capítulo 3 Título I, establece que uno de los objetivos de la planificación y ordenamiento territorial se encuentra el “promover la protección, recuperación y/o rehabilitación de los ecosistemas degradados y frágiles”. Y en el artículo 99º señala que los ecosistemas frágiles comprenden, entre otros, desiertos, tierras semiáridas, montañas, pantanos, bofedales, bahías, islas pequeñas, humedales, lagunas alto andinas, lomas costeras, bosques de neblina y bosques relictos. El Estado reconoce la importancia de los humedales como hábitat de especies de flora y fauna, en particular de aves migratorias, priorizando su conservación en relación con otros usos. En la Estrategia Nacional de Humedales19 se tipifican a los lagos y lagunas como son ecosistemas muy importantes por ser considerados como reservorios de agua, proveer recursos importantes para las poblaciones locales, y cumplir diversas funciones ecosistémicas. Además en la disposición complementariamodificatoria del Decreto Supremo Nº 015-2015-MINAM, establece que la Categoría 4. Por tanto la protección de estos ecosistemas acuáticos sensibles, son de relevante importancia debido a que albergan una gran biodiversidad y endemismo. Mediante la salvaguarda de las lagunas y lagos considerados como núcleo de formación del recurso hídrico, se espera asegurar la calidad de agua para los diversos fines. 8.1.5. Agua contenida en presas Las presas existentes en el Perú tienen como fin almacenar agua para usos en irrigación o para generar energía eléctrica mediante centrales hidroeléctricas y en algunos casos dotar de agua para uso poblacional, previo tratamiento. De acuerdo al Inventario de Presas del Perú elaborado por ANA20 en el año 2015, existen 743 presas, de las cuales 442 están destinadas al riego en agricultura, 31 al aprovechamiento hidroenergético y diez (10) al suministro de agua. 8.1.6. Sistema Cartográfico Para efectos del análisis espacial, cartográfico y geográfico aplicado a las cuencas hidrográficas, se empleó el Sistema de Información Geográfica (SIG), que permite el procesamiento, integración y análisis de la información cartográfica y temática. A partir del año 2005 la Intendencia de Recursos Hídricos del Ministerio de Agricultura y posteriormente adoptada por la ANA; propone la utilización del método Pfafstetter21 para la delimitación, codificación y clasificación de cuencas hidrográficas en el Perú. Esta metodología fue desarrollada con el propósito de establecer un sistema de organización territorial, basado en la disposición geográfica y natural de la red hídrica, mediante el empleo de un sistema de codificación jerárquico, decimal y topológico de sus unidades. La delimitación de las unidades hidrográficas, permite definir la ubicación espacial y jerarquización de los cursos de agua, mediante la asignación de códigos; además de relacionarla con sus vecinas; establece una relación directa de la cuenca y sus cursos (Ver Figura Nº 1) 19 Decreto Supremo-N°004-2015-MINAM aprobación de la Estrategia Nacional de Humedales 20 Resolución Directoral Nº 001-2016-ANA-DEPHM, que aprueba el estudio "Inventario de Presas en el Perú", de fecha 03.01.2016. 21 Método Pfafstetter empleado por la United States Geological Survey -USGS, para delimitaciones y codificaciones de cuencas hidrográficas a nivel mundial con apoyo de la ONU Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 9 de 48 Figura Nº 1. Relación directa entre la cuenca y sus cursos de agua Elaboración DGCRH-ANA. La base digital empleada es la red hidrográfica acondicionada para la clasificación aplica el método Pfafstetter para la codificación de sus ríos principales y tributarios. Este sistema de codificación permite ubicar hidrográficamente los cursos de agua en cualquier parte del país. Consideraciones hidrográficas de la base digital ver Figura Nº 2. - Cuerpos de agua, pueden ser de tipo río, quebrada, lagos y lagunas. - A cada curso se le asigna el código que posee su unidad hidrográfica, que puede ser de tipo cuenca, intercuenca o cuenca interna. - Los cursos de códigos pares: 2, 4, 6 y 8 corresponde a unidades de tipo cuenca. - Los cursos de códigos impares: 1, 3, 5, 7 y 9, corresponde los tramos del curso principal. A todo curso le corresponde un punto naciente, confluencia o desembocadura. - La naciente de un curso aplica el método de determinación del río principal en función al área de drenaje (Método Pfafstetter). - Un Tributario, es el río menor que confluye en un curso mayor. Figura Nº 2. Consideraciones hidrográficas Elaboración DGCRH-ANA. Curso Tributario Tramo del Curso Principal Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 10 de 48 8.2. FASE II. RECOPILACIÓN Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN 8.2.1. Solicitud y recopilación de información En el marco del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, la ANA como ente rector, coordina y asegura la gestión integrada y multisectorial, el aprovechamiento sostenible, la conservación, el uso eficiente y el incremento de los recursos hídricos, con estándares de calidad en función al uso respectivo. En consecuencia, se realizó el requerimiento de información a las diversas entidades vinculadas, las cuales se describen a continuación: A. EXTERNA; procedente de las diversas instituciones vinculadas a la gestión de los recursos hídricos, contempla entidades públicas y privadas. Se solicitó información referente a los puntos de captación de agua para abastecimiento público o consumo doméstico a nivel nacional, así como la presencia y ubicación de las áreas naturales protegidas por el estado y comunidades indígenas y nativas; siendo las entidades involucradas las siguientes: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), es el ente rector del Estado en los asuntos referentes al sector saneamiento, es el encargado de formular, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar la política nacional y acciones del sector en materia de saneamiento y evaluar permanentemente sus resultados, adoptando las correcciones y demás medidas que correspondan, entre otras funciones. Ministerio del Ambiente (MINAM) mediante la Dirección de Información e Investigación Ambiental es responsable del Registro de emisiones y transferencia de contaminantes (RETC). Ministerio de Cultura a través del Viceministerio de Interculturalidad, es la autoridad en asuntos de interculturalidad e inclusión de las poblaciones indígenas originarias22; el cual tiene a su cargo la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas y originarios de conformidad con los criterios de identificación de dichos pueblos. Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud es el órgano técnico normativo en los aspectos relacionados con el saneamiento básico, salud ocupacional, higiene alimentaria, zoonosis y protección del ambiente. Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), es la entidad encargada de garantizar a los usuarios la prestación de los servicios de saneamiento (que comprenden los de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial y disposición sanitaria) en las mejores condiciones de calidad, contribuyendo a la salud de la población y al mejoramiento del ambiente. Le corresponde proponer las políticas y normas para la prestación de servicios de saneamiento, fiscalizar la prestación de los mismos, aplicar las sanciones, evaluar el desempeño de las EPS y promover su desarrollo. Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP), es la entidad encargada de conducir el Sistema de Áreas Naturales Protegidas del Perú con una perspectiva ecosistémica, integral y participativa, con la finalidad de gestionar sosteniblemente su diversidad biológica y mantener los servicios ecosistémicos en beneficio de la sociedad. El Instituto del Bien Común (IBC), tiene como uno de sus programas el Sistema de Información sobre Comunidades Nativas de la Amazonía Peruana (SICNA) que contiene un mapa base digital del sistema hidrográfico de la Amazonía peruana hasta julio del 22 Artículo 15° de la Ley de creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 11 de 48 2002, linderos de cada comunidad nativa y los planos elaborados por el Ministerio de Agricultura para la titulación de cada comunidad. Asimismo, se solicitó información sobre los puntos de captación de las empresas mineras y energéticas al Ministerio de Energía y Minas, como se detalla a continuación: Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, es el órgano técnico normativo encargado de proponer y evaluar la política ambiental del Sector Minería,proponer y/o expedir la normatividad necesaria, y promover la ejecución de actividades orientadas a la conservación y protección del medio ambiente referidos al desarrollo de las actividades mineras. Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, es el órgano técnico normativo encargado de proponer y evaluar la política, proponer y/o expedir la normatividad necesaria, así como promover la ejecución de actividades para el desarrollo sostenible de las actividades energéticas. B. INTERNA: Procedente de los Órganos de línea, Órganos desconcentrados y las Unidades Operativas de la ANA; en cuanto a la data correspondiente a los derechos de uso de agua. Dirección de Administración de Recursos Hídricos, organiza y conduce las acciones en materia de otorgamiento de derechos de uso de agua, administración de las fuentes naturales de agua y régimen económico por el uso del agua en el marco de la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos y el Plan Nacional de Recursos Hídricos. Autoridades Administrativas del Agua (AAA), dirigen la gestión de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos territoriales, en el marco de las políticas y normas dictadas por el Consejo Directivo y Jefatura de la ANA. Dicho ámbito territorial comprende la agrupación de dos o más ALAs contiguas e indivisas. Administraciones Locales de Agua (ALA), son las unidades orgánicas de las AAA, que administran los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos territoriales. Cuyo ámbito territorial se establece por la agrupación de unidades hidrográficas indivisas y contiguas, considerándose el área de influencia de la infraestructura hidráulica mayor multisectorial. 8.2.2. Tratamiento de la información Sobre la información temática recopilada, se elaboraron bases de datos alfanuméricos en formato Excel, las que fueron acondicionadas para ser leídas en SIG, con la finalidad de permitir un manejo adecuado con la información gráfica durante el proceso de análisis. A. Acondicionamiento de la información. Mediante el uso de herramientas SIG y la base de datos recopilados (ver Tabla Nº 1), se elaboraron bloques de trabajo denominados “Proyectos MXD” aplicando el programa ArcGis. La recopilación y ordenamiento de información a nivel nacional, fue procesada inicialmente en 15 bloques de trabajo, debido a que los ríos y quebradas principales tienen una compleja distribución. Posteriormente, se procedió a trasladar la información al ámbito de las 14 AAAs; finalmente, se trabajó esta información a nivel de 71 ALAs (Ver Figura N° 3). Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 12 de 48 Figura Nº 3. A) Distribución de las 14 AAA. B) Proceso de transformación del sistema de coordenadas del Proyecto de Clasificación de Cuerpos de Agua Continental Superficial. Elaboración DGCRH-ANA. Tabla Nº 1. Información base cartográfica CAPAS TEMÁTICAS DESCRIPCIÓN FUENTE Carta Nacional 1:100 000 Cartas Nacionales Digitales del IGN, son las cartas topográficas y constituyen ríos, lagos, vías, centros poblados, capitales, curvas de nivel, cotas, etc. Ministerio de Educación – MINEDU. Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA. 2002 Carta Nacional 1: 250 000 Cartas Nacionales Digitales del IGN. (Perú Digital v_1), son las cartas topográficas y constituyen ríos, lagos principales, departamentos, provincias, Regiones, etc. Programa Nacional de Informática y Comunicaciones - (PNIC-PNUD- ONU). 2000 159 Unidades hidrográficas 1:100 000. 159 principales unidades hidrográficas delimitadas con el método de Pfafstetter Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos–ANA. 2008 Unidades hidrográficas hasta el nivel 5. 1:100 000. 1268 unidades hidrográficas del Perú hasta el nivel 5, delimitadas con el método de Pfafstetter. Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos –ANA. 2008 Cursos de agua codificados Identificación de cursos de agua del Perú codificados a partir de las unidades hidrográficas de nivel 5. Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos–ANA. 2009 Categorías de ríos según ECA – Agua asignados según R.J Nº 202-2010-ANA Cursos de agua clasificados por categorías según el ECA – Agua. (R.J. Nº 202-2010- ANA) Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos–ANA. 2010 Datos Poblacionales por Centro Poblado Datos de Población a nivel de centros poblados Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI. 2007 Uso Agrario Registro Administrativo de Derechos de Agua Superficiales (RADA) Dirección de Administración de Recursos Hídricos. ANA. 2017 Superficie agrícola Centro Nacional Agropecuario (CENAGRO) Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI. 2012 Uso No Agrario Registro Administrativo de Derechos de Agua Superficiales (RADA) Dirección de Administración de Recursos Hídricos. ANA. 2017 Áreas Naturales Protegidas por el Estado - ANP 90 Áreas Naturales Protegidas por el Estado en el ámbito continental Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP. 2014 Puntos de Captación para agua potable - DIGESA Puntos de toma de agua para consumo humano. Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA. 2016 Ubicación de comunidades amazónicas indígenas Información cartográfica de las comunidades nativas y campesinas de pueblos indígenas u originarios y Áreas de comunidades amazónicas indígenas Ministerio de Cultura – 2017 e Instituto del Bien Común -2016 Elaboración DGCRH-ANA. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 13 de 48 Se generaron archivos de análisis espacial del tipo “Shapefile”, que contienen los puntos de captación de agua, red de drenaje superficial y la delimitación de cuencas hidrográficas del país, organizados con el sistema Pfafstetter. Debido a la compleja información de la hidrografía nacional la representación cartográfica será principalmente de formato o entidad, lineal poligonal o puntual (ver Tabla Nº 2). Tabla Nº 2. Representación de la información cartográfica TEMA ENTIDAD REPRESENTACIÓN GRÁFICA Hidrografía Base (Ríos y quebradas) Líneas Categoría de Clasificación actual Líneas Líneas de carretera Líneas Red Vial Líneas Lagos y lagunas embalses y reservorio Polígonos Área Natural Protegida Polígonos Superficie agrícola Polígonos Áreas de comunidades nativas e indígenas Polígonos Límites administrativos Polígonos Derechos de uso de agua de ríos y quebradas Puntos Toma de agua poblacional Puntos Capital de provincia y provincia Puntos Centros poblados Puntos Elaboración DGCRH-ANA. B. Codificación de la Información. Todos los elementos recopilados en la fase de acondicionamiento, se registraron de acuerdo a la codificación inicial hasta cinco niveles. Sin embargo, la actual clasificación propone hasta ocho (08) niveles principalmente en la región hidrográfica del Pacífico, debido a la variedad existente de cursos de agua que son tributarios de principales ríos, como por ejemplo en el departamento de Ica (ver figura N°4). Cada archivo fue organizado en base a una tabla de atributos, en el cual se almacena la codificación tipo de fuente de agua (río, quebrada), región hidrográfica, longitud aproximada en kilómetros, coordenadas, categorización ECA ,atributos geoespaciales referenciales y de ser necesario, alguna característica distintiva. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 14 de 48 Figura N°4. A) Mapa de registro de la distribución de cuerpos de agua continental del Perú, Departamento Ica. B) Proceso de clasificación C) Proceso de digitalización Elaboración DGCRH-ANA. C. Elaboración de Mapas. Sobre la base de los atributos del shapefile de clasificación, se realizó la edición, modificación de grosorde líneas y colores para la representación de la categorización en función a la R.J. Nº 202-2010- ANA y al criterio del Equipo Técnico en una escala de 1:100, 000; los mapas tuvieron tamaño de impresión A0 y A1. (Ver Figura N°5). Estos mapas de análisis, se utilizaron para analizar situaciones hipotéticas, modelar procesos, generar informes y otras tareas vinculadas al proceso de clasificación. Figura N° 5. Ejemplo del proceso de edición de Clasificación de Cuerpos de Agua Continental Superficial, para el departamento de Ica, de acuerdo a las directrices establecidas. Elaboración DGCRH-ANA. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 15 de 48 8.3. FASE III ASIGNACIÓN DE CATEGORIAS De acuerdo con el nivel de la información y análisis se considera la aplicación de tres (03) categorías principales las cuales son: Categoría 1 Subcategoría A2: Aguas que pueden ser potabilizadas con tratamiento convencional Categoría 3: Riego de Vegetales y bebidas de animales, y Categoría 4: Conservación del ambiente acuático. 8.3.1. Según Criterio Técnico 8.3.1.1. Uso de agua a nivel de río principal y afluentes: Solo se considerará de uso poblacional Categoría 1A2, a un determinado cuerpo de agua cuyo punto de captación este ubicado en el cuerpo de agua natural. En el caso de puntos de captación poblacional en tributarios menores, cuyos cursos principales estén clasificados con Categoría 3, “el tributario menor que contenga la captación de agua para uso poblacional automáticamente se asignará Categoría 1A2”. Cualquier otro uso de tipo productivo, podrá ser considerado como Categoría 3, siempre y cuando no afecte el uso poblacional. Considerando el artículo 35º de la LRH, donde se requieran dos o más usos , el uso de agua poblacional tendrá de mayor prioridad sobre cualquier otro uso. Tabla Nº 3. Consideraciones para la Clasificación según el uso Uso Unidad Cat. Justificación Observaciones Uso poblacional Volumen (m3) de captación de agua para uso poblacional 1-A2 El mayor uso de agua es destinado al abastecimiento poblacional, por ende la calidad del agua tanto del río principal, de sus efluentes, y embalses no deben ser alteradas. En caso de 2 o más usos confluyan se prioriza el Poblacional Uso agrícola, hidroenergético, minero, industrial entre otras Volumen (m3) de captación de agua para uso productivo 3 El único uso de agua es destinado al abastecimiento industrial Elaboración DGCRH-ANA. 8.3.1.2. Áreas Naturales Protegidas por el Estado -ANP Para efectos de la asignación de categorías se han considerado únicamente las áreas núcleo de las ANP por el Estado; así como de índole regional; proporcionada por el SERNANP. Aquellos cuerpos de agua superficial o tramos de estos que se encuentren dentro de las ANP se considerará como Categoría 4. E2 Ríos, según sea el caso costa y sierra o selva. Tabla Nº 4. Consideraciones para la Clasificación según presencia de ANP Uso Cat. Justificación Conservación del ambiente acuático 4 Los cursos de agua inmersos o colindantes a zonas de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (ANP) se consideran de importancia por el ambiente acuático que alberga. Elaboración DGCRH-ANA. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 16 de 48 8.3.1.3. Áreas de las Comunidades Nativas e Indígenas - ACNI Para la delimitación de las Áreas de las Comunidades Nativas e Indígenas se ha empleado información cartográfica proveniente de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios; así como de manera referencial los polígonos de áreas reconocidas y de uso por las comunidades tituladas, proporcionadas por el Instituto del Bien Común. Aquellos cuerpos de agua superficial o tramos que se encuentren dentro de los territorios de los pueblos indígenas u originarios se considerará como Categoría 4, con el fin de asegurar la calidad del agua para fines de uso primario y poblacional. Tabla Nº 5. Consideraciones para la Clasificación según presencia de ACNI Uso Cat. Justificación Conservación del ambiente acuático Comunidades nativas e Indígenas 4 Los cursos de agua inmersos o colindantes territorios de los pueblos indígenas u originarios se consideran de importancia por el ambiente acuático que representa. Elaboración DGCRH-ANA. 8.3.1.4. Conservación de cuerpo de agua lentico (lagos y lagunas): Todas las lagunas y lagos, salvo evaluación previa, teniendo en cuenta su ubicación, características naturales, usos a los que se destinan, niveles crecientes de degradación y fragilidad de los ecosistemas, deben clasificarse con la Categoría 4 E1: lagunas y lagos. Tabla Nº 6. Consideraciones para la Clasificación según presencia de lagunas y lagos Uso Cat. Justificación Observaciones. Conservación del ambiente acuático Lagunas y Lagos alto andinos 4 En el caso de la región andina, los lagos y lagunas son cuerpos de agua, localizados en las nacientes de los ríos, zonas donde no existen actividades antropogénicas que afecten su calidad, por lo que generalmente son aguas de buena calidad Las lagunas y lagos se consideran cuerpos de agua receptores de toda la carga física y química transportada por sus ríos tributarios. Tributarios de lagunas* 4 Los tributarios de las lagunas deberán mantener la categoría 4 de conservación. Tributarios de lagos 3 1A2 En el caso de lagos la categoría de los ríos podrá ser distintas a la Categoría 4 debido a la naturaleza del cuerpo natural. Lagunas y cochas en la región de la selva 4 Las lagunas y cochas existentes en la región de la selva, son formadas en la mayoría de los casos por cambio de curso del río, ocasionado en el periodo de avenidas, lo cual genera que la fauna acuática se quede en estos cuerpos de agua, los que con el paso del tiempo se convierten en importantes ecosistemas acuáticos, fuente de biodiversidad y recursos naturales. Elaboración DGCRH-ANA. *La capacidad de resiliencia o autodepuración de una laguna es menor frente a un lago debido a las características morfológicas del cuerpo natural. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 17 de 48 8.3.1.5. Agua contenida en presas La clasificación considera las presas según la categoría asignada al curso de agua que las alberga o donde se ubiquen, priorizando el uso poblacional. 8.3.2. Toponimia hidrográfica El establecimiento de la clasificación consistió en fijar las categorías asignadas a cada curso principal o tramo de tipo río o quebrada, seguido de un sub-guion (_) y del código Pfafstetter que le corresponde al tramo o curso principal de agua relacionado a su cuenca: Cat1A2 _ 1387 Elaboración propia. Esta codificación proporciona doble información en un solo dato, la relación entre el curso de agua y el ECA – Agua aplicado (véase Figura Nº 5). Figura N° 5. Cursos de agua continental clasificados Elaboración DGCRH-ANA. Las categorías se asignan a cada curso principal o tramo clasificado, a fin de establecer una relación entre el curso clasificado y el ECA para Agua23 aplicado; tomando en consideración las características hidrográficas descritas en la tabla Nº 7: Tabla Nº 7. Consideraciones hidrográficas para la Clasificación Cuerpo de agua Tipo de entidad Tratamiento Observaciones Ríos y Quebradas Lineal Se asignará un código de clasificación o categoría según los ECA - Agua, en cursos y tramos de los mismos, en los diferentes niveles de jerarquía según se ubique el curso mayor. En zonas costeras y desembocaduras donde no existan unidades hidrográficas delimitadas; se considerará los puntos de intersecciones entre cursos de agua e infraestructuras físicas. Lagos y Lagunas Polígono Seasignará el código de la unidad hidrográfica a la que pertenece. Y se hará distinción entre ellas con las coordenadas de ubicación del punto centroide. Elaboración DGCRH-ANA. 23 Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, aprueba los ECA para Agua, y establecen disposiciones complementarias. (_) es la separación ente el código ECA-Agua asignado y el código del curso o tramo. Iniciales de las categorías del ECA-Agua para cuerpos de agua continental. Código del tramo o curso principal relacionado con su cuenca. Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 18 de 48 8.4. FASE IV. CONSULTA E INTEGRACIÓN 8.4.1. Consulta Entre los meses de julio y setiembre del 2016, se desarrollaron tres (3) Talleres Macroregionales dirigida a las Autoridades Administrativas y Locales del Agua (AAA) y sus respectivas unidades operativas o Autoridades Locales del Agua (ALA) en las ciudades de Lima (AAA Cañete Fortaleza, Chaparra Chincha y Mantaro); Trujillo (AAA Huarmey Chicama, Jequetepeque-Zarumilla y Marañon); y Cusco (AAA Urubamba Vilcanota, Pampas Apurimac, Caplina Ocoña, Madre de Dios y Titicaca); además de dos (2) videoconferencias dirigidas a las AAA Ucayali, Huallaga y Amazonas. En los Talleres, se conformaron Equipos de Trabajo con los especialistas y encargados de calidad de los recursos hídricos de las diferentes AAA y ALA, con la finalidad de recabar y verificar información plasmada en los mapas de trabajo, en aspectos relacionados a los usos del agua en el ámbito de su jurisdicción. En el mes de junio del año en curso, se presentó la propuesta a los especialistas de calidad de las AAA a fin de dar a conocer los resultados obtenidos. En los mapas de trabajo, los participantes identificaron los principales cursos de agua, quebradas, tributarios actualmente empleadas para uso poblacional, presencia de represas, conexiones de ductos colectores para regadíos y áreas naturales protegidas; realizando la asignación o cambio de categoría respectiva. Posteriormente se solicitó la validación oficial respectiva por parte de las ALA y/o AAA, cuyo registro de aportes se muestran en la figura Nº 7. Figura Nº 7. Registro de aportes a la Clasificación a nivel de AAA y ALA. Elaboración DGCRH-ANA. 8.4.2. Integración Como resultado de talleres de trabajo, se recogieron diversas opiniones, aportes y sugerencias de los especialistas y/o encargados de aspectos de calidad de los recursos hídricos. Esta información representó una importante y extensa base de datos. La compilación digital fue procesada según el tipo de formato de procedencia (coordenadas de referencia, archivos KMZ, shapefiles o imágenes) mediante la creación de un archivo informático (Shapefile) que contiene la ubicación geométrica y la información de atributos (puntos, líneas, polígonos y base de datos). 2 1 6 5 4 6 9 2 2 9 4 3 3 1 1 1 1 1 1 1 1 1 5 7 6 5 4 11 3 4 0 2 4 6 8 10 12 V al id ac ió n d e A LA s /A A A s AAA ALA AAA Número de ALA Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 19 de 48 8.5. FASE IV. ANALISIS Y RESULTADOS 8.5.1. Análisis Una vez consolidada la información base y las propuestas de clasificación proporcionadas por los especialistas de calidad de agua de los diferentes órganos desconcentrados (AAA) y unidades operativas (ALA), se procedió a generar archivos Shapefiles, y así trasladarla a mapas de trabajo, que permitan una evaluación y análisis por el Equipo Técnico. Esta fase, corresponde a la aplicación del método Delphi donde el equipo multidisciplinario realizo un proceso estructurado de análisis que promueve una comunicación grupal, que permite explorar de manera sistemática y objetiva problemas que requieren concurrencia y opinión cualificada. Se realizó una valoración visual de todas las capas de información, evidenciando claramente la clasificación y/o modificatorias de las categorías de los principales cuerpos de agua indicados por las AAA y ALA; el análisis se realizó considerando una visión integral a nivel de cuenca y vertiente hidrográfica, los usos presentes y futuros, así como la problemática asociada a la misma. Se realizaron ajustes a la propuesta de los órganos desconcentrados, a fin de que guarden coherencia con el objetivo principal de la clasificación que busca la conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos (ver Figura N°8). Figura N°8. Ejemplo del proceso de análisis e interpretación de la Clasificación de Cuerpos de Agua Continental Superficial, para el departamento de Ica. Elaboración DGCRH-ANA. 8.5.2. Resultados Se clasifico un total de 1 134 cursos de agua (ríos y quebradas) que incluyen los principales ríos del país; de manera general las lagunas y lagos a nivel nacional. Se precisa que no han considerado aquellos cursos de agua que se ubican en las intercuencas costeras, debido a su condición estacional. Antigua Clasificación Nueva propuesta de Clasificación Análisis e interpretación de la clasificación de cuerpos de agua continental Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 20 de 48 9. CLASIFICACIÓN La Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales a nivel de semidetalle 1: 100 00 considera un total de 1 134 cursos de agua (ríos y quebradas) que incluyen los principales ríos del país; los cuales albergan a 1 204 tramos o registros clasificados según el ECA agua vigente. Para el caso de lagunas y lagos a nivel nacional, han sido clasificados como Categoría 4, a excepción de la Laguna Huascacocha de Categoría 3 y Laguna San Antonio de Categoría 1A1, ambas pertenecientes a la cuenca del Mantaro. En el caso de agua contenida en presas, la clasificación corresponderá según la categoría asignada al curso de agua que las alberga o donde se ubiquen, priorizando el uso poblacional. Se precisa que los ríos no consignados en la presente clasificación, adquieren la categoría de clasificación del cuerpo de agua al que tributan; salvo el análisis y aprobación por parte de esta Entidad. 9.1. REGIÓN HIDROGRÁFICA DEL PACÍFICO De acuerdo a los estudios realizados por ONERN en los años 80’, se ha identificado 381 ríos principales en esta vertiente. Dicha cantidad fue ajustada con los estudios posteriores de la ANA, llegando a establecer 437 ríos principales que incluyen cursos de agua estacional y aquellos pertenecientes a intercuencas. En esta región hidrográfica se han clasificado un total de 740 cursos de agua de los cuales 489 son ríos y 251 quebradas; que albergan 798 tramos con diferente categoría, siendo 43 ríos y 12 quebradas que se dividen en dos a mas tramos, que corresponden a 22 401 km lineales. Se destaca que el 61% (13 597 km) ha sido categorizados como Categoría 3, un 23% (5 265 km) como Categoría 1A2 y 16% (3 539 km) como Categoría 4; estos resultados se sustentan en el comportamiento y naturaleza de la vertiente, la cual alberga a las principales zonas urbanas y áreas de producción agrícola más significativas del país. La Tabla Nº 8 lista los cursos de agua clasificados a nivel de AAA y los mapas en el Anexo 1. Tabla Nº 8. Cursos de agua clasificados en la Región Hidrográfica del Pacifico AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA Código UH Nombre Nº Código Curso Nombre Longitud (Km) Categoría ECA- Agua CAPLINA - OCOÑA 13153 Intercuenca 13153 1 131532 Quebrada Escritos 66,73 CATEGORÍA 3 2 131534 Quebrada Las Salinas 27,84 CATEGORÍA 3 3 131536 Quebrada 131536 13,07 CATEGORÍA 3 13154 Cuenca Hospicio 4 131541 Quebrada Hospicio 13,13 CATEGORÍA 3 5 131542 Quebrada Hospicio 78,53 CATEGORÍA 3 6131543 Quebrada La Garita 12,41 CATEGORÍA 3 7 131544 Quebrada Cauñani 68,17 CATEGORÍA 3 8 131545 Quebrada Espíritus 11,07 CATEGORÍA 3 9 131546 Quebrada Chochocane 41,07 CATEGORÍA 3 10 131547 Quebrada Espíritus 20,74 CATEGORÍA 3 11 131548 Quebrada Espíritus 26,74 CATEGORÍA 3 12 131549 Quebrada Unión 25,8 CATEGORÍA 3 13155 Intercuenca 13155 13 131552 Río Uchusuma 44,97 CATEGORÍA 3 14 131552 Río Uchusuma 50,61 CATEGORÍA 1A2 Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 21 de 48 AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA Código UH Nombre Nº Código Curso Nombre Longitud (Km) Categoría ECA- Agua CAPLINA - OCOÑA 13156 Cuenca Caplina 15 13156 Río Caplina 74,76 CATEGORÍA 1A2 16 13156 Río Caplina 43,6 CATEGORÍA 3 13157 Intercuenca 13157 17 131572 Quebrada Botijas 56,11 CATEGORÍA 3 18 131574 Quebrada Honda 84,57 CATEGORÍA 3 13158 Cuenca Sama 19 131581 Río Sama 12,59 CATEGORÍA 3 20 131582 Quebrada del Canal 103,69 CATEGORÍA 3 21 131583 Río Sama 2,13 CATEGORÍA 3 22 131584 Quebrada Las Brujas 68,37 CATEGORÍA 3 23 131585 Río Sama 0,12 CATEGORÍA 3 24 131586 Quebrada Honda 59,57 CATEGORÍA 3 25 131587 Río Sama 102,71 CATEGORÍA 3 26 131588 Río Salado 38,62 CATEGORÍA 3 27 131588 Río Salado 4,93 CATEGORÍA 4 28 131589 Río Tala 34,81 CATEGORÍA 3 29 131589 Río Tala 22,78 CATEGORÍA 4 1316 Cuenca Locumba 30 13161 Río Locumba 21,53 CATEGORÍA 3 31 13161 Río Locumba 0,23 CATEGORÍA 1A2 32 13162 Quebrada Seca 80,1 CATEGORÍA 1A2 33 13163 Río Locumba 21,91 CATEGORÍA 1A2 34 13164 Río Cinto 76,41 CATEGORÍA 1A2 35 13165 Río Salado 30,29 CATEGORÍA 1A2 36 13166 Río Ilabaya 70,91 CATEGORÍA 1A2 37 13167 Río Curibaya 30,34 CATEGORÍA 1A2 38 13167 Río Curibaya 8,21 CATEGORÍA 4 39 13168 Río Jaruma 49,86 CATEGORÍA 4 40 13169 Río Callazos 88,78 CATEGORÍA 4 13172 Cuenca Ilo - Moquegua 41 131721 Río Ilo 15,17 CATEGORÍA 3 42 131722 Quebrada Honda 32,91 CATEGORÍA 3 43 131723 Río Ilo 6,42 CATEGORÍA 3 44 131724 Quebrada Guaneros 91,59 CATEGORÍA 3 45 131725 Río Osmore 60,41 CATEGORÍA 3 46 131726 Río Tumilaca 58,61 CATEGORÍA 1A2 47 131726 Río Tumilaca 9,31 CATEGORÍA 3 48 131727 Río Torata 2,33 CATEGORÍA 3 49 131728 Río Torata 69,94 CATEGORÍA 3 50 131729 Río Huaracané 65,48 CATEGORÍA 3 13174 Intercuenca 13174 51 13174 Quebrada Carrizal 11 CATEGORÍA 3 13176 Intercuenca 13176 52 13176 Quebrada Caleta 13,29 CATEGORÍA 3 13178 Cuenca Honda 53 13178 Quebrada Honda 101,01 CATEGORÍA 3 1318 Cuenca Tambo 54 13181 Río Tambo 32,15 CATEGORÍA 3 55 13181 Río Tambo 1,99 CATEGORÍA 4 56 13182 Quebrada Linga 62,7 CATEGORÍA 3 57 13183 Río Tambo 3,91 CATEGORÍA 3 58 13184 Quebrada Huayrondo 79,53 CATEGORÍA 3 59 13185 Río Tambo 158,57 CATEGORÍA 3 60 13186 Río Coralaque 86,18 CATEGORÍA 3 61 13186 Río Coralaque 31,45 CATEGORÍA 4 62 13187 Río Tambo 35,2 CATEGORÍA 3 63 13188 Río Ichuña 66,62 CATEGORÍA 3 64 13189 Río Paltuture 72,36 CATEGORÍA 3 Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 22 de 48 AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA Código UH Nombre Nº Código Curso Nombre Longitud (Km) Categoría ECA- Agua CAPLINA - OCOÑA 1319 Intercuenca 1319 65 13192 Quebrada Salinas 41,92 CATEGORÍA 3 66 13194 Quebrada Pucará 24,05 CATEGORÍA 3 67 13196 Quebrada Centeno 25,44 CATEGORÍA 3 68 13198 Quebrada San José 24,25 CATEGORÍA 3 132 Cuenca Quilca - Vitor - Chili 69 13202 Quebrada 13202 12,43 CATEGORÍA 4 70 13204 Río Chacalaque 20,48 CATEGORÍA 4 71 13206 Quebrada Huerta 20,52 CATEGORÍA 4 72 13208 Quebrada Ticma 13,97 CATEGORÍA 4 73 13211 Río Quilca 0,79 CATEGORÍA 3 74 13212 Quebrada Saucillo 12,93 CATEGORÍA 3 75 13213 Río Quilca 2,9 CATEGORÍA 3 76 13214 Quebrada Platanal 21,42 CATEGORÍA 3 77 13215 Río Quilca 9,09 CATEGORÍA 3 78 13216 Quebrada Omo 14,83 CATEGORÍA 3 79 13217 Río Quilca 6,76 CATEGORÍA 3 80 13218 Quebrada Carachosa 53,42 CATEGORÍA 3 81 13219 Río Quilca 3,6 CATEGORÍA 3 82 13221 Río Sihuas 32,68 CATEGORÍA 3 83 13221 Río Sihuas 26,35 CATEGORÍA 1A2 84 13222 Quebrada Caracharma 23,82 CATEGORÍA 1A2 85 13223 Río Sihuas 10,58 CATEGORÍA 1A2 86 13224 Río Lluta 55,87 CATEGORÍA 1A2 87 13225 Río Sihuas 9,73 CATEGORÍA 1A2 88 13226 Río Lihualla 37,67 CATEGORÍA 1A2 89 13227 Río Pichirijma 39,05 CATEGORÍA 1A2 90 13228 Río Sallalli 13,03 CATEGORÍA 1A2 91 13229 Río Parcomayo 23,2 CATEGORÍA 1A2 92 13231 Río Vitor 23,93 CATEGORÍA 3 93 13233 Río Vitor 5,83 CATEGORÍA 3 94 13234 Quebrada Molles 61,26 CATEGORÍA 3 95 13235 Río Vitor 8,08 CATEGORÍA 3 96 13236 Quebrada Molle Chico 44,97 CATEGORÍA 3 97 13237 Río Vitor 11,63 CATEGORÍA 3 98 13238 Quebrada Huachipa 43,38 CATEGORÍA 3 99 13239 Río Vitor 31,15 CATEGORÍA 3 100 13241 Río Yura 5,6 CATEGORÍA 1A2 101 13242 Quebrada Aguasalada 44,41 CATEGORÍA 1A2 102 13243 Río Yura 16,71 CATEGORÍA 1A2 103 13244 Quebrada La Paccha 24,52 CATEGORÍA 1A2 104 13244 Quebrada La Paccha 14,15 CATEGORÍA 4 105 13245 Río Yura 27,96 CATEGORÍA 1A2 106 13246 Río Ocoruro 19,97 CATEGORÍA 1A2 107 13247 Río Acomayo 9,17 CATEGORÍA 1A2 108 13248 Río Chipana 16,6 CATEGORÍA 1A2 109 13249 Río Aycata 29,71 CATEGORÍA 1A2 110 13251 Río Chili 4,02 CATEGORÍA 3 111 13252 Quebrada El Cuico 29,18 CATEGORÍA 1A2 112 13253 Río Chili 18,33 CATEGORÍA 3 Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 23 de 48 AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA Código UH Nombre Nº Código Curso Nombre Longitud (Km) Categoría ECA- Agua CAPLINA - OCOÑA 132 Cuenca Quilca - Vitor - Chili 113 13254 Quebrada Estanquillo 17,89 CATEGORÍA 3 114 13254 Quebrada Estanquillo 11,69 CATEGORÍA 4 115 13255 Río Chili 12,29 CATEGORÍA 3 116 13256 Río Yarabamba 49,25 CATEGORÍA 1A2 117 13256 Río Yarabamba 8,09 CATEGORÍA 3 118 13257 Río Chili 20,69 CATEGORÍA 4 119 13257 Río Chili 16,81 CATEGORÍA 3 120 13257 Río Chili 7,42 CATEGORÍA 1A2 121 13259 Río Chili 6,87 CATEGORÍA 4 122 13261 Río Blanco 19,64 CATEGORÍA 4 123 13262 Río Pasto Grande 22,8 CATEGORÍA 4 124 13263 Río Blanco 19,87 CATEGORÍA 4 125 13264 Río Yanamayo 26,86 CATEGORÍA 4 126 13265 Río Blanco 2,79 CATEGORÍA 4 127 13266 Río Patimayo 23,09 CATEGORÍA 4 128 13267 Río Cancusane 4,29 CATEGORÍA 4 129 13268 Río Saccani 16,92 CATEGORÍA 4 130 13269 Río Cancusane 36,61 CATEGORÍA 4 131 13271 Río Chili 0,42 CATEGORÍA 4 132 13271 Río Chili 0,03 CATEGORÍA 4 133 13272 Quebrada Palca 12,9 CATEGORÍA 4 134 13273 Río Chili 11,55 CATEGORÍA 4 135 13274 Quebrada Huancune 18,69 CATEGORÍA 4 136 13275 Río Chili 4,46 CATEGORÍA 4 137 13276 Quebrada Huata 24,27 CATEGORÍA 4 138 13277 Río Chili 23,11 CATEGORÍA 4 139 13278 Río Pausa 26,39 CATEGORÍA 4 140 13279 Río Chili 9,37 CATEGORÍA 4 141 13281 Río Chili - Sumbay 25,52 CATEGORÍA 4 142 13282 Quebrada Piscamayo 18,37 CATEGORÍA 4 143 13283 Río Chili - Sumbay 13,79 CATEGORÍA 4 144 13284 Quebrada 13284 14,99 CATEGORÍA 4 145 13285 Río Chili - Cuchinasa 8,48 CATEGORÍA 4 146 13286 Río Puncochane 17,31 CATEGORÍA 4 147 13287 Río Arizaca Mayo o Cochi 5,19 CATEGORÍA 4 148 13288 Río Colquiuta 18,02 CATEGORÍA 4 149 13289 Río Cochinasa 33,89 CATEGORÍA 4 150 13291 Río Chaupichimpanamay 8,66 CATEGORÍA 4 151 13292 Río Caquemayo 36 CATEGORÍA 4 152 13293 Río Chaupichimpanamay 4,15 CATEGORÍA 4 153 13294 Río Chalhuanca 30,3 CATEGORÍA 4 154 13295 Río Capillane 14,85 CATEGORÍA 4 155 13296 Quebrada 13296 13,86 CATEGORÍA 4 156 13297 Río Capillane 6,01 CATEGORÍA 4 157 13298 Río Sulluma 13,71 CATEGORÍA 4 158 13299 Río Pillo 8,89 CATEGORÍA 4 Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 24 de 48 AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA Código UH Nombre Nº Código Curso Nombre Longitud (Km) Categoría ECA- Agua CAPLINA - OCOÑA134 Cuenca Camaná 159 13411 Río Camaná 9,09 CATEGORÍA 3 160 13412 Quebrada Herrera 12,05 CATEGORÍA 3 161 13413 Río Camaná 2,84 CATEGORÍA 3 162 13414 Quebrada Tinta 13,42 CATEGORÍA 3 163 13415 Río Camaná 13,11 CATEGORÍA 3 164 13416 Quebrada Pisques 10,03 CATEGORÍA 3 165 13417 Río Camaná 1,68 CATEGORÍA 3 166 13418 Quebrada Puluviñas 80,01 CATEGORÍA 1A2 167 13419 Río Camaná 7,81 CATEGORÍA 3 168 13421 Quebrada Molles 12,14 CATEGORÍA 3 169 13422 Quebrada Hospicio 56,47 CATEGORÍA 3 170 13423 Quebrada Molles 12,93 CATEGORÍA 3 171 13424 Quebrada 13424 42,22 CATEGORÍA 3 172 13425 Quebrada Molles 9,34 CATEGORÍA 3 173 13426 Quebrada Crespón 24,05 CATEGORÍA 3 174 13427 Quebrada Molles 14,41 CATEGORÍA 3 175 13428 Quebrada Jahuay 31,95 CATEGORÍA 3 176 13429 Quebrada Chorrillos 50,61 CATEGORÍA 3 177 13431 Río Camaná 33,11 CATEGORÍA 3 178 13432 Quebrada Sicera 45,5 CATEGORÍA 3 179 13433 Río Majes 23,89 CATEGORÍA 3 180 13434 Quebrada Cosos 28,57 CATEGORÍA 1A2 181 13435 Río Majes 5,85 CATEGORÍA 3 182 13436 Quebrada Huario 33,32 CATEGORÍA 3 183 13436 Quebrada Huario 28,35 CATEGORÍA 1A2 184 13437 Río Majes 1,72 CATEGORÍA 3 185 13438 Quebrada 13438 22,92 CATEGORÍA 3 186 13439 Río Majes 18,04 CATEGORÍA 3 187 13441 Río Capiza 11,27 CATEGORÍA 1A2 188 13442 Río Tapaza 27,8 CATEGORÍA 1A2 189 13443 Río Llacllajo 5,19 CATEGORÍA 1A2 190 13444 Quebrada Jollpa 19,02 CATEGORÍA 1A2 191 13445 Río Llacllajo 0,12 CATEGORÍA 1A2 192 13446 Río Sihuarpo 10,25 CATEGORÍA 1A2 193 13447 Río Llacllajo 2,26 CATEGORÍA 1A2 194 13448 Río Llacllajo 18,27 CATEGORÍA 1A2 195 13449 Río Llato 23,49 CATEGORÍA 1A2 196 13451 Río Colca 13,11 CATEGORÍA 3 197 13452 Quebrada Seca 10,25 CATEGORÍA 3 198 13453 Río Colca 5,65 CATEGORÍA 3 199 13454 Quebrada Gloriahuasi 22,09 CATEGORÍA 3 200 13455 Río Colca 10,28 CATEGORÍA 3 201 13456 Quebrada Jasmín 28,6 CATEGORÍA 3 202 13457 Río Colca 1,08 CATEGORÍA 3 203 13458 Quebrada Pichillhuay 10,16 CATEGORÍA 1A2 204 13459 Río Colca 4,04 CATEGORÍA 3 205 13461 Río Ayo 36,28 CATEGORÍA 1A2 206 13462 Quebrada Tambo 25,96 CATEGORÍA 1A2 207 13463 Río Andahua 15,66 CATEGORÍA 1A2 Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 25 de 48 AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA Código UH Nombre Nº Código Curso Nombre Longitud (Km) Categoría ECA- Agua CAPLINA - OCOÑA 134 Cuenca Camaná 208 13464 Río Andahua 31,9 CATEGORÍA 1A2 209 13465 Río Andahua 16,93 CATEGORÍA 3 210 13466 Río Orcopampa 38,25 CATEGORÍA 3 211 13467 Río Chilcaimarca 10,19 CATEGORÍA 3 212 13468 Río Umachulco 26,13 CATEGORÍA 1A2 213 13468 Río Umachulco 22,68 CATEGORÍA 4 214 13469 Río Misapuquio 49,92 CATEGORÍA 1A2 215 13471 Río Colca 3,19 CATEGORÍA 3 216 13472 Río Mamacocha 24,3 CATEGORÍA 1A2 217 13473 Río Colca 3,17 CATEGORÍA 3 218 13474 Río Huambo 42,06 CATEGORÍA 3 219 13475 Río Colca 15,76 CATEGORÍA 3 220 13476 Río Chalza 21,38 CATEGORÍA 1A2 221 13477 Río Colca 6,37 CATEGORÍA 3 222 13478 Río 13478 19,31 CATEGORÍA 3 223 13479 Río Colca 6,22 CATEGORÍA 3 224 13481 Río Molloco 27,05 CATEGORÍA 3 225 13482 Río Sillque 26,87 CATEGORÍA 3 226 13483 Río Molloco 17,42 CATEGORÍA 3 227 13484 Río Ajaña 20,52 CATEGORÍA 4 228 13485 Río Molloco 10,48 CATEGORÍA 3 229 13486 Río Huaytamayo 17,7 CATEGORÍA 3 230 13487 Río Illigua 9,91 CATEGORÍA 3 231 13488 Río Llactatuyo 33,94 CATEGORÍA 4 232 13489 Río Canllayocmayo 25,14 CATEGORÍA 4 233 13491 Río Colca 73,36 CATEGORÍA 3 234 13491 Río Colca 12,68 CATEGORÍA 1A2 235 13492 Río Llapa 35,56 CATEGORÍA 1A2 236 13493 Río Colca 33,13 CATEGORÍA 1A2 237 13494 Río Chalhuanca 38,1 CATEGORÍA 1A2 238 13495 Río Colca 11,46 CATEGORÍA 1A2 239 13496 Río Maqueruyo 40,77 CATEGORÍA 1A2 240 13497 Río Colca 46,12 CATEGORÍA 1A2 241 13498 Río Negrillo 25,82 CATEGORÍA 4 242 13498 Río Negrillo 23,82 CATEGORÍA 1A2 243 13499 Río Colca 58,09 CATEGORÍA 1A2 135 Intercuenca 135 244 13521 Quebrada Cabramuerta 16,91 CATEGORÍA 3 245 13523 Quebrada Cabramuerta 11,31 CATEGORÍA 3 246 13525 Quebrada Cabramuerta 1,41 CATEGORÍA 3 247 13527 Quebrada Cabramuerta 4,83 CATEGORÍA 3 248 13529 Quebrada Cabramuerta 8,94 CATEGORÍA 3 249 13541 Quebrada Jahuay 16,59 CATEGORÍA 3 250 13542 Quebrada La Yesera 51,89 CATEGORÍA 3 251 13543 Quebrada Manga 25,9 CATEGORÍA 3 Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 26 de 48 AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA Código UH Nombre Nº Código Curso Nombre Longitud (Km) Categoría ECA- Agua CAPLINA - OCOÑA 135 Intercuenca 135 252 13544 Quebrada Cunocuno 30,24 CATEGORÍA 3 253 13545 Quebrada Manga 18,69 CATEGORÍA 3 254 13546 Quebrada Esbilla 45,19 CATEGORÍA 3 255 13547 Quebrada Pachana 6,14 CATEGORÍA 3 256 13548 Quebrada Illoma 18,12 CATEGORÍA 3 257 13549 Quebrada Pachana 49,02 CATEGORÍA 3 258 13561 Quebrada La Chira 2,9 CATEGORÍA 3 259 13562 Quebrada La Chira - Colorada 41,41 CATEGORÍA 3 260 13563 Quebrada Pacheco 11,63 CATEGORÍA 3 261 13564 Quebrada 13564 15,92 CATEGORÍA 3 262 13565 Quebrada Pacheco 1,87 CATEGORÍA 3 263 13566 Quebrada 13566 19,62 CATEGORÍA 3 264 13567 Quebrada Pacheco 3,63 CATEGORÍA 3 265 13568 Quebrada 13568 33,41 CATEGORÍA 3 266 13569 Quebrada Pacheco 34,42 CATEGORÍA 3 267 13581 Quebrada Yerbabuena 9,07 CATEGORÍA 3 268 13582 Quebrada 13582 49,24 CATEGORÍA 3 269 13583 Quebrada Yerbabuena 10,63 CATEGORÍA 3 270 13584 Quebrada 13584 38,72 CATEGORÍA 3 271 13585 Quebrada Yerbabuena 0,76 CATEGORÍA 3 272 13586 Quebrada Yerbabuena 36,24 CATEGORÍA 3 273 13587 Quebrada 13587 5,66 CATEGORÍA 3 274 13588 Quebrada 13588 33,57 CATEGORÍA 3 275 13589 Quebrada 13589 31,61 CATEGORÍA 3 136 Cuenca Ocoña 276 13611 Río Ocoña 7,48 CATEGORÍA 3 277 13612 Quebrada 13612 12,03 CATEGORÍA 3 278 13613 Río Ocoña 20,79 CATEGORÍA 3 279 13614 Quebrada Pampablanca 33,6 CATEGORÍA 3 280 13615 Río Ocoña 6,05 CATEGORÍA 3 281 13616 Quebrada Surita 24,78 CATEGORÍA 3 282 13617 Río Ocoña 25,05 CATEGORÍA 3 283 13618 Quebrada Saca de Posco 15,96 CATEGORÍA 3 284 13619 Río Ocoña 9,39 CATEGORÍA 3 285 13621 Quebrada Choruna 5,99 CATEGORÍA 3 286 13622 Quebrada Chiliguay 13,06 CATEGORÍA 3 287 13623 Quebrada Choruna 3,15 CATEGORÍA 3 288 13624 Quebrada Esbilla 37,8 CATEGORÍA 3 289 13625 Quebrada Choruna 4,85 CATEGORÍA 3 290 13626 Quebrada Chalhuane 62,16 CATEGORÍA 3 291 13627 Quebrada Churunga 27,29 CATEGORÍA 3 292 13628 Quebrada 13628 20,81 CATEGORÍA 3 293 13629 Quebrada Piñog 27,84 CATEGORÍA 3 294 13631 Río Ocoña 10,85 CATEGORÍA 3 295 13632 Quebrada Ayanca 26,85 CATEGORÍA 3 296 13633 Río Ocoña 1,8 CATEGORÍA 3 297 13634 Quebrada Chiuca 37,65 CATEGORÍA 4 298 13635 Río Ocoña 8,62 CATEGORÍA 4 Clasificación de Cuerpos de Agua Continentales Superficiales Página 27 de 48 AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL AGUA UNIDAD HIDROGRÁFICA CURSO DE AGUA Código UH Nombre Nº Código Curso Nombre Longitud (Km) Categoría ECA- Agua CAPLINA - OCOÑA 136 Cuenca Ocoña 299 13636 Quebrada Laigua 25,58 CATEGORÍA 4 300 13637 Río Ocoña 15,15 CATEGORÍA 4 301 13638 Quebrada Uchucoyoj 17,35 CATEGORÍA 4 302 13639 Río Ocoña 7,22 CATEGORÍA 4 303 13641 Río Chichas 14,16 CATEGORÍA 4 304 13642 Río Jellamayo 21,18 CATEGORÍA 4 305 13643 Río Arma 44,48 CATEGORÍA 4 306 13644 Quebrada Collpa Huayco 22,35 CATEGORÍA 4 307 13645 Río Atunmayo 1,91 CATEGORÍA 4 308 13646 Río de Chorillos 29,25 CATEGORÍA 4 309 13647 Río Atunmayo 0,98 CATEGORÍA 4 310 13648 Río Chalahuerta 14,84 CATEGORÍA 4 311 13649 Río León Huactana 30,74 CATEGORÍA 4 312 13651 Río Ocoña 1,67 CATEGORÍA 4 313 13652 Quebrada 13652 2,48 CATEGORÍA 4 314 13653 Río Ocoña 1,35 CATEGORÍA 4 315 13654 Quebrada 13654 2,79 CATEGORÍA 4 316 13659 Río Ocoña 0,99 CATEGORÍA 4 317 13661 Río Cotahuasi 60,79 CATEGORÍA 4 318 13662 Río Pampamarca
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