Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
1 2 República de Colombia Ministerio de Salud y Protección Social DEFINICIÓN DE SUBGRUPOS DE MEDICAMENTOS POR CLASIFICACIÓN TERAPÉUTICA, FARMACOLÓGICA O QUÍMICA Y CÁLCULO DE VALOR DE RECONOCIMIENTO. II FASE. INFORME TÉCNICO Edición: Dirección de Regulación, Beneficios Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud. Abril de 2015 3 JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN Presidente de la República ALEJANDRO GAVIRIA URIBE Ministro de Salud y Protección Social CARMEN EUGENIA DÁVILA GUERRERO Viceministra de Protección Social FÉLIX RÉGULO NATES SOLANO Director de Regulación, Beneficios Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud OLINDA GUTIÉRREZ ÁLVAREZ Subdirectora de Beneficios en Aseguramiento. Bogotá, Abril de 2015. 4 GRUPO DESARROLLADOR DIRECCIÓN DE REGULACIÓN DE BENEFICIOS, COSTOS Y TARIFAS DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD. MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. Luis Hernando Tocaruncho Ariza, Profesional Especializado. Dersy Liliana Añasco Bolaños, Profesional Especializado. Jorge Iván Rodríguez Bernate, Profesional Especializado. Beatriz Rodríguez Doncel. Profesional Especializado. Luis Fernando Sotelo Cortés, Contratista. INSTITUTO DE EVALUACIÓN TECNOLÓGICA EN SALUD (Convenio de Asociación 1003 de 2013) Egdda Patricia Vanegas. Química Farmacéutica, Especialista en Gerencia en Salud Pública, MSc. en diseño y gestión de procesos, PhD (c) Ingeniería. Adriana Avila Reina. Economista, Especialista en Estadística, Especialista en Actuaria. Diana Isabel Osorio. Economista. Esperanza Peña Torres. Enfermera, MSc en Administración en Salud, MSc en Epidemiología Clínica. Aurelio Mejía Mejía. Economista, MSc en Economía de la Salud. DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍAS EN SALUD. MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. Oscar Cañón, Asesor DMTS. Laura Angelica Pineda, Profesional especializado. Claudia Patricia Vaca, Asesora de despacho. DIRECCIÓN DEL PROYECTO FÉLIX RÉGULO NATES SOLANO Director de Regulación de Beneficios Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud 5 TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN 7 I. ANTECEDENTES Y CONTEXTO EN LOS QUE SE DESARROLLA LA METODOLOGÍA DE CONFORMACIÓN DE LOS GRUPOS FARMACOLÓGICOS 10 II.REVISION INTERNACIONAL 11 2.1. EXPERIENCIAS INTERNACIONALES RELACIONADAS CON ESTRATEGIAS FARMACOTERAPÉUTICAS 11 2.2 INFORMACIÓN DE LAS EXPERIENCIAS INTERNACIONALES ESPECÍFICAS PARA DETERMINACIÓN DEL VALOR DE RECONOCIMIENTO. 17 III.DESARROLLO DE LA METODOLOGÍA PARA LA CONFORMACIÓN DE GRUPOS 25 3.1 DEFINICIÓN DE LOS GRUPOS FARMACOTERAPÉUTICOS 25 3.2 METODOLOGÍA PARA LA ESTIMACIÓN DE VALOR POR GRUPOS DE MEDICAMENTOS. 42 IV. PILOTO 59 V. CONCLUSIONES 61 REFERENCIAS 62 ANEXO 1. FLUJOGRAMA DE AGRUPACIÓN. DOCUMENTO ADJUNTO. 64 6 SIGLAS ASMR Beneficio absoluto del servicio médico prestado CADTH Canadian Agency for Drugs and Technologies in Health CASHIF Central Association of Statutory Health Insurance Funds -Alemania CEDAC Canadian Expert Drug Advisory Commite CEPS Comité Economíque des Produits de Sante – CEPS CUM Código Único de Medicamentos DUSC Drug Utilisation Sub Committee - Australia ETES Evaluación de Tecnologías en Salud FinOHTA Finnish Office for Health Technology Assessment GPC Guías de práctica clínica HAS Haute Autorité de Santé – HAS – Francia IETS Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud INVIMA Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INESSS Institut National d’excellence en Santé et en services sociaux LME Listado Modelo de Medicamentos Esenciales de la Organización Mundial de la Salud MSPS Ministerio de Salud y Protección Social NHS Sistema Nacional de Salud NICE National Institute for Health and Care Excellence – Reino Unido OMS Organización Mundial de la Salud PBAC Pharmaceutical Benefits Advisory Committee - Australia PBS Pharmacuetical benefit Scheme – Australia PBPA Pharmaceutical Benefits Pricing Authority - Australia PMPRB Patented Medicines Price Review Board - Canada POS Plan Obligatorio de Salud QALY Quality adjusted life year (años de vida ajustados por calidad) SGSSS Sistema General de Seguridad Social en Salud SISMED Sistema de información de precios de medicamentos UPC Unidad de Pago por Capitación 7 INTRODUCCIÓN El Ministerio de Salud y Protección Social en su búsqueda de garantizar el derecho fundamental a la salud, y con el fin de avanzar de un plan de beneficios determinado por un listado positivo de tecnologías explícitas hacia un plan de beneficios de coberturas implícitas, desarrolló en el año 2013 una metodología de agrupamiento de formas farmacéuticas y concentraciones1, basada en la experiencia internacional recopilada a través de una revisión sistemática de literatura2 que brindó pautas para la agrupación de medicamentos. La metodología desarrollada, y su aplicación, permitió: i) que los pacientes, en disponibilidad y acceso a los medicamentos; y que los médicos, en la prescripción de tecnologías; tuvieran más opciones terapéuticas en sus terapias farmacológicas; ii) avanzar en el concepto del cobertura implícita, pues no se define una concentración específica en formas farmacéuticas solidas no estériles; iii) reducir costos de transacción entre los agentes del sistema, por ejemplo, eliminó las posibles discusiones sobre lo que esta y no está en el POS; y evitó a los médicos tener que ajustar la prescripción a un determinado medicamento de un grupo de ellos o a la concentración explícita descrita en el POS (aspecto que ocasionaba demoras en la dispensación o con la administración del medicamento) La metodología, básicamente agrupó o definió paquetes de medicamentos con características similares y realizó aclaraciones de cobertura con el fin de evitar concentraciones explícitas de medicamentos incluidos en el POS. Uno de los aspectos más importantes de la metodología desarrollada es que incorpora el concepto de “value based pricing” o precios basados en el valor que para este caso es valor terapéutico, al agrupar medicamentos incluidos en el POS junto con medicamentos No POS del mismo grupo Terapéutico, farmacológico o Químico con los cuales compartan 1 Tocaruncho L., Moncayo S. Aclaración de concentraciones y/o formas farmacéuticas de medicamentos incluidos en el POS en formas farmacéuticas sólidas no estériles de administración oral y análisis de mercado de valores de reconocimiento en la unidad de pago por capitación a nivel ATC5. Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud. Ministerio de Salud. República de Colombia. 2013 2 Tocaruncho L. Políticas farmacéuticas: efectos de la fijación de precios de referencia, y grupos de medicamentos con evidencia de similar utilidad terapéutica. Informe técnico de Revisión Sistemática de la Literatura. Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud. Ministerio de Salud. República de Colombia. 2013 8 características terapéuticas y poder establecer de esta forma un único valor de reconocimiento para los medicamentos de dicho grupo, teniendo en cuenta que si un medicamento ofrece algún tipo de valor agregado desde el punto de vista de resultados terapéuticos o clínicos traducido en un diferencial de precio frente a otros del grupo, no se incluye en la primera agrupación. Esta metodología se encuentra alineada con la Política Farmacéutica Nacional3 y desarrolla algunas de sus estrategias formuladas a diez años (2012 – 2021) entre las que se mencionan: a. “La creación de instrumentos para la regulaciónde precios de medicamentos y monitoreo del mercado”, factor que se desarrolla en esta metodología de agrupamiento de medicamentos puesto que permite analizar los precios de mercado de cada uno de los medicamentos incluidos en el POS junto con medicamentos No POS del mismo grupo Terapéutico, farmacológico o Químico en todas sus concentraciones disponibles en Colombia y que facilita a los aseguradores realizar negociaciones eficientes que se adecúen a las necesidades de sus asegurados. b. “la adecuación de la oferta de medicamentos a las necesidades de salud nacional y regional”, para lo cual la agrupación de medicamentos en el POS contribuye a permitir mayor oferta de opciones terapéuticas para la atención de los pacientes y evitando la demora en la dispensación de medicamentos cuando un medicamento de un grupo específico o una concentración no se ajusta a la descrita explícitamente en el listado del POS. c. “el desarrollo e implementación de programas especiales de acceso a medicamentos”, al permitir que se disponga de un mayor abanico terapéutico al que los pacientes y prescriptores pueden disponer. d. “Promoción del Uso Racional de Medicamentos”, porque al disponer de más medicamentos o concentraciones, se pueden utilizar de una forma mucho más eficiente las diferentes posibilidades que ofrece el mercado farmacéutico en Colombia y atender necesidades específicas de los pacientes escogiendo la terapia más adecuada de forma individualizada y previniendo en cierto sentido problemas de sobre o subdosificación al no disponer de un principio activo o una concentración requerida según la patología y el perfil propio de cada paciente como edad, peso y otras características como aclaramiento renal o cualquier otra sintomatología que impida el uso de un principio activo o una dosis estándar. 3 Consejo Nacional de Política Económica y Social. Documento Conpes Social: Política Farmacéutica Nacional. Departamento Nacional de Planeación. República de Colombia. 2012. 9 Para continuar hacia un plan de beneficios de coberturas implícito esta metodología busca presentar opciones de agrupamiento que permitan: i) Avanzar hacia el cumplimiento de lo dispuesto en la ley 1751 de 2015 por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud , ii) ofrecer mayores opciones farmacológicas a los pacientes para la atención de sus patologías basadas en sus características individuales, iii) ratificar la autonomía del cuerpo médico al ofrecer mayores opciones en el momento de escoger la terapia farmacológica a instaurar en sus pacientes y iv) fortalecer el fomento a la competencia entre genéricos y marcas innovadoras mediante la cobertura del Plan Obligatorio de Salud de los medicamentos sin hacer diferenciación por estas características y la aclaración que se encuentren incluidas todas las concentraciones disponibles en el mercado, manteniendo la cobertura tanto de los medicamentos innovadores como de las versiones genéricas y genéricas con marca que correspondan al listado de prestaciones farmacéuticas definido para el POS. En el primer capítulo de este documento se presentan los antecedentes y el contexto bajo el cual se desarrolla la metodología, para presentar luego en el segundo capítulo un breve recuento de las experiencias internacionales en agrupación de medicamentos y las metodologías empleadas en cada uno de ellos. El tercer capítulo describe los métodos para la estimación de valores de reconocimiento en el marco del sistema de aseguramiento Colombiano, que se validan mediante la aplicación de pruebas piloto descritas en el cuarto capítulo para finalizar en el quinto capítulo con una discusión de la evidencia encontrada y las recomendaciones conclusivas. 10 I. ANTECEDENTES Y CONTEXTO EN LOS QUE SE DESARROLLA LA METODOLOGÍA DE CONFORMACIÓN DE LOS GRUPOS FARMACOLÓGICOS El Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) colombiano como, otros sistemas de salud alrededor del mundo, desarrollan mecanismos para gestionar la creciente oferta de medicamentos y el gasto que ellos ocasionan. La propuesta metodológica aquí presentada, así como otros estudios que el MSPS ha desarrollado (1-3) se enmarcan en el contexto de esas estrategias. Para garantizar el uso racional de los medicamentos, el SGSSS ha tomado medidas que buscan facilitar el acceso a las nuevas opciones terapéuticas y promover la eficiencia en el gasto. Estas medidas han tenido diferentes alcances, de un lado, se ha incursionado en la regulación de precios de medicamentos estableciendo valores máximos para la negociación de medicamentos (4); por otra parte, se han estudiado y desarrollado medidas por parte la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud, que hacen parte del soporte del presente trabajo, como la construcción de grupos de medicamentos ya incluidos en el POS, proceso fue propuesto en el marco de la actualización del plan de beneficios del 2013 (1-3). Las anteriores medidas se han desarrollado en una coyuntura de reformas del sistema, que buscan diseñar un plan de beneficios que proporcione opciones terapéuticas amplias a prestadores y pacientes, además de responder de forma oportuna a las dinámicas de innovación y crecimiento de tecnologías, todo esto bajo condiciones de eficiencia en el gasto. Es en este contexto, en donde la conformación de grupos terapéuticos se constituye como una alternativa que atrae el interés, en tanto que a través de ella se puede llegar a la ampliación de las alternativas terapéuticas que ofrece la cobertura del POS, constituyendo grupos de medicamentos que se garanticen como sustitutos y que estos grupos se incorporen a la valoración de la prima valorados de forma eficiente. 11 II.REVISION INTERNACIONAL El desarrollo metodológico objeto de este documento, se presenta en dos partes: una referenciación internacional y en la segunda parte se desarrolla la alternativa metodológica recomendada. A continuación, se presenta la revisión de experiencias internacionales, a través del análisis de las prácticas de algunos países, incluyendo además una referenciación realizada a través de la red INAHTA (International Network of Agencies for Health Technology Assessment). 2.1. Experiencias internacionales relacionadas con estrategias farmacoterapéuticas En esta sección se presenta un resumen de las prácticas realizadas en diferentes países respecto a agrupaciones farmacoterapéuticas de medicamentos. En algunos casos, se referencia la regulación basada en el concepto de valor terapéutico de una tecnología sanitaria. Así mismo, se muestran consolidados realizados en otros trabajos desarrollados desde el MSPS (1-3) que permiten comparar los diferentes esquemas existentes en los países analizados. Los países fueron seleccionados de acuerdo al conocimiento del equipo técnico del Ministerio y el IETS, se revisaron diferentes sitios web y documentos que describen la forma como se articula la metodología. Posteriormente, se realizó la siguiente pregunta a la red: International Network of Agencies for Health Technology Assessment- INANHTA: “¿Su país emplea estrategias de grupos terapéuticos para promover el uso racional de medicamentos? Con el fin de promover el uso racional de medicamentos, Colombia está desarrollando una estrategia para implementar el valor de reconocimiento de medicamentos intercambiables. Hemos revisado experiencias de países como Australia, Alemania y España, quisiéramos preguntarles a los miembros de la red si su país ha establecido este tipo de estrategias, y cómo ha sido diseñada la metodología para crear estos grupos. A continuación se describen los resultados de la revisión para cada país y en la parte final de esta sección lasrespuestas enviadas por algunos miembros de INAHTA. 12 Australia El Estado australiano, a través de un plan de beneficios farmacéuticos (Pharmaceutical Benefit Scheme – PBS) garantiza el acceso a medicamentos subsidiados a la población residente en Australia. El plan especifica cuáles medicamentos son cubiertos y su indicación específica; se actualiza de manera mensual. Las solicitudes de inclusión son realizadas a The Pharmaceutical Benefits Advisory Committee (PBAC), el cual es un comité independiente que se reúne tres veces al año y tiene en cuenta la razón de costo efectividad comparada con otros medicamentos empleados para la misma condición de salud para recomendar la inclusión de tecnologías en el PBS. Así mismo, existe un comité relacionado con la fijación de precios: The Pharmaceutical Benefits Pricing Authority (PBPA), de carácter no estatutario, el cual se reúne luego de las sesiones del PBAC, realiza una negociación de precios con la parte interesada y posteriormente, recomienda un precio techo o un rango de precios para aquellos medicamentos que fueron aprobados por el PBAC. Ilustración 1. Tipos de solicitudes y su forma de fijación del valor de reconocimiento en Australia. Fuente: Construcción propia basado en (5) http://www.pbs.gov.au/pbs/industry/listing/listing-steps Solicitudes equivalentes genéricos Solicitudes por segunda vez Solicitudes menores Cambios no significativos Nuevas FF - precio Cambio en cantidades en prescripción Cambio en número de repeticiones Cambio en restricción en indicación No Evaluación económica Solicitudes Mayores Cambio significativo Nuevo medicamento Nueva combinación Nueva FF o concentración Medicamento Huérfano Evaluación económica Evaluadas con anterioridad 1. Precio no se afecta, no hay impacto financiero significativo PBS 2. Potencial impacto financiero sobre PBS 1. Precio basado en relación de dosificación, precio acorde a políticas de PBBA. Costo minimización 2. Costo efectividad incremental o costo minimización no acorde a políticas PBBA. PBS <$20 millones AUSD 13 En el caso que el medicamento tenga un impacto superior a los diez millones de dólares australianos en el plan de beneficios farmacéuticos, se analiza en un consejo de ministros, con la participación del departamento de finanzas, el departamento de innovación, industria, ciencia e investigación, el departamento de asuntos de veteranos y Medicare Australia. Estas dos últimas instituciones pueden ser citadas con regularidad. Igualmente, asisten los miembros del PBAC y del Drug Utilisation Sub Committee -DUSC. Las solicitudes se clasifican de acuerdo al impacto en salud y el impacto financiero. En la ilustración 1 se presentan los diferentes tipos de solicitudes y la forma como se establece su precio. Las inclusiones son referenciadas en el Formulario Terapéutico Nacional. Alemania En 1989, Alemania fue el país que implementó por primera vez sistemas de referencia de precios (Festbeträge) para grupos de productos. Esta política se basa en que los fondos de aseguramiento establecen un nivel de reembolso para un grupo de productos que se consideran terapéuticamente equivalentes; la compañía farmacéutica está en potestad de determinar cualquier precio por encima del valor de reembolso y en este caso, los usuarios deben pagar la diferencia entre el precio y la cantidad reembolsada. Es importante resaltar que esta política de referenciación de precios no pretende regular los precios de los medicamentos en el mercado(6). Tres instituciones están involucradas dentro del proceso de referenciación de precios: la G-BA (Gemeinsamer Bundesausschuss) define los Grupos de Referencia, así como las dosis estándar relacionadas; la CASHIF (Central Association of Statutory Health Insurance Funds) calcula los precios de referencia y los presenta al G-BA y el DIMDI (German Institute for Medical Documentation and Information) publica los precios de referencia vigentes. El Ministerio Federal de Salud es el decisor en los aspectos relacionados con grupos terapéuticos para precios de referencia y reembolso. (3) Los grupos de referencia se han definido a través de tres niveles y se han establecido las siguientes premisas para la conformación de un grupo (6, 2). Se considera que las sales, ésteres, isómeros de un principio activo pueden ser comparables, igual que en aquellos casos donde son derivados o producidos de una manera diferente (por ejemplo: biotecnológicos). El primer criterio de agrupación corresponde al nivel cuatro de la clasificación WHO-ATC (Sistema de Clasificación Anatómica, Terapéutica, Química de la Organización Mundial de la Salud) (pueden existir excepciones en este caso). 14 El segundo criterio de agrupación tiene en cuenta el grado de comparación farmacológica, aquí se consideran propiedades farmacocinéticas, el modo de acción, su estructura molecular, entre otros. El tercer criterio de agrupación incluye aspectos regulatorios relacionados con aprobación para la indicación específica. Los productos que tienen efectos terapéuticos comparables se agrupan de acuerdo a los resultados evidenciados en ensayos clínicos disponibles. Se considera que los productos con diferente forma de administración pueden no ser comparables, teniendo en cuenta que se quiere demostrar que los medicamentos tienen efectos terapéuticos comparables4. De acuerdo a los supuestos anteriores, los tres niveles para la conformación de un grupo se definen de la siguiente manera (2): Nivel 1: Medicamentos con el mismo principio activo y cuya forma de administración es similar o su biodisponibilidad es igual o similar. Nivel 2: Medicamentos con principios activos comparables a nivel farmacológico o terapéutico, particularmente con principios activos relacionados en sus componentes químicos. Nivel 3: Medicamentos con efecto terapéutico comparable, particularmente, combinaciones de medicamentos5. Para el 2006, los niveles de agrupación cubrían cerca de 28.000 medicamentos y 434 agrupaciones. La mitad estaba conformada por el nivel 1, lo que corresponde a cerca de €9.9billones y 409.000 prescripciones. (2) Para establecer los valores de reconocimiento, el CASHIF establece montos fijos (valores de reconocimiento o reembolso) de acuerdo a las siguientes premisas6:(3) “Para cada grupo de referencia se selecciona una Standard Package (SP) sobre el cual se basan los cálculos. El monto fijo debe ser menor o igual al precio de venta del Percentil 33 de la prescripciones Se deben cumplir dos condiciones: 4 Es necesario que los productos posean propiedades farmacocinéticas similares como por ejemplo biodisponibilidad y duración del efecto. Estas propiedades son propias de cada fármaco, por ende la vía de administración está determinada por características como solubilidad, grado de ionización. Además la vía de administración se relaciona con los resultados terapéuticos: acción rápida o a largo plazo, sitio de acción específico o sistémico. (15) 5 Los productos que están bajo protección de patente son usualmente excluidos de este nivel de agrupación. 6 Información construida de acuerdo a http://www.english.g-ba.de/special-topics/pharmaceuticals/reference/ http://www.english.g-ba.de/special-topics/pharmaceuticals/reference/ 15 o Por debajo de ese monto fijo deben estar el 20% de las prescripciones o Por debajo de ese monto fijo deben estar el 20% de todas las presentaciones. Las presentaciones con participación menor al 1% dentro del grupo, no son tenidas en cuenta en los cálculos. Para presentaciones del grupo que no sea estándar, el monto fijo se de multiplicar por el ρ de acuerdo a la siguiente fórmula:Donde: a: corresponde a un factor de multiplicación w: nivel 1: potencia (concentración). Nivel 2 ó 3: factor de comparación o de equivalencia de la potencia b: exponente de w pk: presentación c: exponentes de pk.” Canadá Para los aspectos relacionados con el establecimiento de valores de reconocimiento en Canadá, el sistema está creado a través de tres niveles gubernamentales: el federal, encargado de aprobar la comercialización de medicamentos en el país y determinar precios a través de “Patented Medicines Price Review Board” (PMPRB); nivel nacional, que realiza evaluaciones de tecnología en salud y establece una recomendación para incluir o no incluir una tecnología sanitaria en el formulario de cada provincia; y el nivel de provincia establece los contenidos del formulario. EL PMPRB establece un conjunto de precios para medicamentos que están bajo ley de patentes y determina un valor de reconocimiento en aquellos casos en los que se considera que los valores son muy altos. La diferencia respecto al valor de comercialización, debe ser cubierta por el usuario7. El nivel nacional realiza un proceso común de revisión de medicamentos, a través de la Agencia Canadiense para Medicamentos y Tecnologías en Salud – (CADTH por su sigla en inglés), específicamente por el Canadian Expert Drug Advisory Commitee – CEDAC mediante una evaluación de tecnologías en salud – ETES, que comprende una revisión rigurosa de la evidencia clínica y de costo efectividad para los medicamentos. Además de 7 http://www.pmprb-cepmb.gc.ca/english/home.asp?x=1 16 la ETES, se genera un listado de recomendaciones para los fondos de los planes de cobertura de medicamentos para las provincias con excepción de Quebec 8. Por último, cada provincia diseña los planes de medicamentos y su respectiva cobertura con base en la recomendación de CEDAC y establece los límites de los precios genéricos y la forma como se realiza la sustitución, asegurando que los medicamentos de más alto costo se suministren bajo criterios especiales: el precio de referencia generalmente se establece como el menor precio del canal de distribución. En el caso de Columbia Británica, la esencia de la política de precios de referencia se basa en el valor terapéutico del medicamento, es decir, si no es posible demostrar un beneficio adicional de un medicamento sobre otros de su misma clase terapéutica, se considera que no se justifica un mayor pago respecto al de menor precio del grupo (7). Francia En Francia, existen dos organismos que determinan los precios de los medicamentos: la Haute Autorité de Santé – HAS y el Comité Economique des Produits de Santé –CEPS. La comisión de transparencia de HAS, realiza una ETES para determinar si el medicamento será incluido en el listado positivo de medicamentos que cubre el Estado francés. En el mismo sentido, esta comisión establece los niveles de copago de acuerdo a la recomendación de la ETES. Por su parte, el CEPS establece los precios de los medicamentos, tomando como marco de referencia el concepto del beneficio absoluto del servicio médico prestado (ASMR por su sigla en inglés). Este concepto integra: la efectividad del medicamento, la gravedad de la patología para la que está indicado y hace referencia al posible aporte terapéutico de un medicamento respecto a tratamientos existentes. A continuación se describen las categorías establecidas para el ASMR: o ASMR I: medicamentos que salvan vidas. o ASMR II: medicamentos que cambian el curso de una enfermedad. o ASMR III: medicamentos que suponen un aporte terapéutico significativo sobre las alternativas existentes. o ASMR IV: medicamentos que ofrecen únicamente pequeños beneficios adicionales sobre las alternativas existentes. o ASMR V: medicamentos que no proporcionan beneficios adicionales sobre las alternativas existentes, en esta categoría se incluyen medicamentos genéricos. 8 ttp://www.cadth.ca/en/products/cdr/cdr-overview; http://www.cadth.ca/media/cdr/process/CDR_Process_flowchart_Sep2011_e.pdf http://www.cadth.ca/en/products/cdr/cdr-overview 17 Reino Unido Actualmente el Reino Unido está realizando la implementación de una reforma al sistema de reconocimiento de precios de medicamentos, la cual mantiene los sistemas empleados de manera paralela. Uno de ellos, basado en el valor terapéutico de los medicamentos, contempla el umbral de 20.000 libras esterlinas por año de vida ajustado por calidad (QALY por su sigla en inglés), para ser cubierto por el sistema nacional de salud. El otro sistema está basado en el valor de los beneficios de la empresa: en este se limita el beneficio máximo que la empresa puede obtener de forma global, no incentiva la reducción de costos y establece una regulación directa basada en el valor terapéutico de los medicamentos. Esta reforma se comenzó a implementar desde el 1 de enero de 2014 y se espera haberla concluido el 31 de diciembre de 2018; adicionalmente, proyecta limitar los incrementos anuales de gasto farmacéutico de medicamentos de marca por periodos de tiempo: entre el período 2014-2015 0%; y entre 2015 y 2018 el 1,8%. Además, se establece que cualquiera que sea el nivel de gasto por medicamento, debe estar dentro de los topes establecidos, de lo contrario la industria farmacéutica deberá devolver el dinero. Para nuevos medicamentos, a partir del 2014, el precio se establecerá sobre el valor terapéutico del medicamento y no existirán cambios sobre las decisiones del precio y condiciones de reembolso diferentes a las establecidas por National Institute for Health and Care Excellence -NICE. 2.2 INFORMACIÓN DE LAS EXPERIENCIAS INTERNACIONALES ESPECÍFICAS PARA DETERMINACIÓN DEL VALOR DE RECONOCIMIENTO. En la revisión de literatura sobre las experiencias internacionales de agrupación de medicamentos, se encuentran diferentes rutas que otros países han desarrollado para el establecimiento de valores de referencia (1-3). En la Tabla 1 se resumen las diferentes metodologías empleadas. Tabla 1. Métodos de fijación de valor de referencia para diferentes países europeos. Mínimo de los precios de todos los medicamentos del grupo Bulgaria Republica Checa Finlandia Hungría 18 Italia Letonia Polonia España Turquía Mínimo de los precios de los genéricos del grupo Bulgaria Dinamarca Francia Letonia Promedio de los precios de todos los medicamentos del grupo Croacia Hungría Porcentaje del precio del pionero (innovador) del grupo Bélgica Promedio de los 5 precios más bajos de los genéricos del grupo Portugal Promedio de los precios de los genéricos del grupo Francia Promedio ponderado de todos los productos del grupo Países Bajos Promedio ponderado de todos los productos del grupo (calculado por un modelo de regresión) Alemania Fuente: tomado de DRBCT (3) Para complementar los hallazgos de estas revisiones y contrastar con el SGSSS, se consultó el contexto de los sistemas de salud en los cuales se aplican las metodologías descritas: Bulgaria Sistema de salud universal, principalmente financiado por el Estado mediante el Fondo Nacional para el Seguro de Salud (FNSS). Los empleados y los empleadores aportan un porcentaje de sus salarios. Cuenta con el Seguro Nacional de Salud (SNS) que se ocupa de pagar parte de los costos en salud de los trabajadores. También cuentan con aseguradores privados. El sistema de salud y el sistema farmacéutico son descentralizados. 19 República Checa Un total de 82.5 % de los gastos de salud, se pagan con presupuesto público. Los pagos en los que deben incurrir los pacientes están cubiertos principalmente por un seguro privado. Seguro Social de Salud, con participación universal, financiadopor los individuos, las empresas y el Estado. Existe la figura del reembolso para los privados que contrata el Seguro Social. El servicio de salud está descentralizado. Finlandia Sistema de salud universal financiado con presupuesto del Estado. Los servicios de salud son descentralizados. El paciente paga una tarifa única, que le permite acceder a todos los servicios de salud. Italia Seguro Social de Salud financiado con impuestos. Existe la figura del copago y también aseguradores privados. Aunque el sistema de salud es descentralizado, a diferencia de otros sistemas de salud con esa característica, en Italia el plan de beneficios es estrictamente definido por el Estado central. Los medicamentos de venta libre (que no necesitan ser formulados) deben ser pagados en su totalidad por el paciente. Letonia Seguro Social de Salud financiado con impuestos y contribuciones de empleados y empleadores. Adicionalmente, cuentan con un “importe contributivo” que el paciente debe pagar cuando recibe un servicio de salud, y este importe puede variar con respecto al tipo de servicio de salud solicitado y al lugar en donde es prestado. Polonia Seguro Social de Salud financiado con fondos públicos, con aporte de empleados y de empleadores. La administración, gestión y financiación del sistema de salud se las dividen entre el Ministerio de Salud, las administradoras regionales y el Fondo Nacional de Salud (quien contrata servicios con proveedores privados de servicios de salud). España Sistema de salud universal financiado con impuestos y complementado con cotizaciones pagadas por la población. Es un sistema de salud descentralizado con provisión pública de los servicios de salud, pero que también cuenta con prestadores privados de servicios de salud. 20 Turquía Seguro Social de Salud centralizado, que se financia con presupuesto del Estado y con primas pagadas por los empleados y empleadores. Croacia Sistema de salud universal financiado con presupuesto del Estado. Existen dos tipos de reembolso: uno que funciona mediante copagos y el otro, que funciona subsidiando el 100 % del precio de medicamentos dirigidos a tratar enfermedades prioritarias (VIH/SIDA, cáncer, trasplantes, etc.). Dinamarca Sistema de salud universal descentralizado, financiado con impuestos. El paciente paga solo una tarifa que cubre todos los servicios médicos. También existen prestadores privados del servicio de salud. Francia La afiliación a un régimen de seguro de enfermedad es obligatoria. La protección social contra los riesgos relacionados con la enfermedad es esencialmente asumida por el seguro de enfermedad. Gestionada por los actores sociales bajo la tutela del Estado, la protección social constituye una de las ramas de la seguridad social (que también reúne la familia y la vejez). En Francia, la instauración del seguro de enfermedad se lleva a cabo por varios regímenes. El más importante es el régimen general de la seguridad social. Dicho régimen cubre los asalariados de la industria, del comercio y de los servicios – así como sus familias – o sea un 80% de la población. Referenciación de INAHTA De acuerdo a la pregunta realizada a la red INAHTA acerca de cómo los países han diseñado e implementado políticas relacionadas con la conformación de grupos farmacológicos o farmacoterapéuticos, se recibieron en total 6 respuestas procedentes de: Institut National d’excellence en Santé et en services sociaux (INESSS) – Quebec, Canadá; Health Care Improvement – Scotland; Finnish Office for Health Technology Assessment (FinOHTA); The National Coordination Unit of Health Technology Assessement and Implementation (UCEETS) – Provincia de Neuquén, Argentina; The Federal Joint Committee (Gemeinsamer Bundesausschuss) – Berlin, Alemania; y Swedish Council on Technology Assessment in Health Care – Estocolmo, Suecia. Las diferentes respuestas muestran 21 diversos grados de desarrollo en metodologías para establecer un precio de referencia para un grupo de medicamentos similares o simplemente aclaran que no han adoptado esta metodología. Tabla 2 Consolidado respuestas de INAHTA Sitio de referencia Respuesta Quebec INESSS En este caso, referencian la experiencia de la estrategia sobre inhibidores de la bomba de protones, las cual se estableció desde 2002, pero no han arrojado resultados que disminuyan el crecimiento del gasto de esta clase terapéutica. Recientemente se adoptó un escenario donde solo se pagan 4 de los 6 inhibidores de la bomba de protones, a un precio fijo de CA$0,55. El análisis de los seis primeros meses de esta medida mostró ahorros presupuestales de CA$34.4 millones, valor que está 6% por debajo de la meta propuesta. Para ampliar la información : https://www.inesss.qc.ca/en/publications/publications/publication/avis-sur-le-remboursement-des- inhibiteurs-de-la-pompe-a-protons.html http://www.inesss.qc.ca/en/publications/publications/publication/suivi-de-la-mesure-de- remboursement-des-inhibiteurs-de-la-pompe-a-protons- HIS Escocia No existe un esquema de agrupación FinOHTA Finlandia Finlandia tiene, desde abril 2009 un sistema en el que los medicamentos con receta se pueden cambiar en la farmacia por un producto menos costoso siempre y cuando contengan el mismo principio activo. Se han conformado grupos de medicamentos intercambiables (que pueden ser sustituidos terapéuticamente entre sí), que pertenecen a un mismo sistema de precios de referencia, para ser aplicados en reembolsos de medicamentos. El laboratorio farmacéutico proporciona el precio al Comité de precios que confirma el precio de cada medicamento y el valor de referencia del grupo. El valor de referencia se calcula con base en la alternativa más barata del grupo, teniendo en cuenta: Si el medicamento más económico del grupo es menor a 40 EUR, el precio de referencia es este precio más 1,5EUR. Si el precio de referencia excede los 40 EUR, el precio de referencia es este precio más 2,00 EUR. En caso que un medicamento pertenezca a un grupo y exceda el valor del precio de referencia, el reembolso se calcula de acuerdo al precio de referencia, es decir el usuario debe pagar el copago y la diferencia entre el precio del mercado y el copago. 22 Sitio de referencia Respuesta Si el precio del mercado es igual o menor que el precio de referencia, el reembolso se pagará sobre la base del precio actual. Si el médico tratante no está de acuerdo con el proceso de sustitución, el reembolso se hará sobre el precio actual, aún si el medicamento pertenece a un grupo de referencia. Sitios adicionales de consulta: Kela,s Medicinal Products Database at http://www.kela.fi/web/en/reimbursements-for-medicine-expences Provincia de Neuquén (Argentina) UCEETS En la provincia de Neuquén se desarrolló desde hace más de 25 años un formulario terapéutico que contiene los medicamentos que la provincia provee gratuitamente. La metodología de incorporación de medicamentos es la recomendada por la OMS y agencias de ETES (eficacia, seguridad, efectividad, calidad, conveniencia, evaluaciones económicas). Siguiendo esas recomendaciones se prefiere evitar cubrir medicamentos intercambiables en los casos posibles (Ej: Cubrir solo la estatina más económica ya que todas poseen la misma efectividad y seguridad). En los casos en que más de un medicamento puede intercambiarse como por ejemplo en la hipertensión arterial de 2 línea (después de la hidroclorotiazida que es el de 1 línea) se aclara que esos medicamentos que son de 2 linea (enalapril, amlodipina, etc.) solo se cubrirán si ya se usa y/o si hubo efectos adversos con hidroclorotiazida. Alemania G-BA Hace referencia a la información descrita anteriormente. Suecia SBU Se ha establecido hace poco un programa que involucra nosolo medicamentos sino otro tipo de tecnologías de acuerdo al área terapéutica. El programa fue lanzado por La Asociación Suiza de Autoridades y Regiones locales. La primera área de intervención fue diabetes, le seguirán accidente cerebro vascular y desórdenes mentales. Adicionalmente existe un grupo asesor para temas específicos de cáncer, pero que no está relacionado con la metodología de agrupaciones. Además existen diferentes ONG a nivel del país que propende por el uso racional pero no tienen relación directa con el gobierno Fuente: Construcción propia con base en consultas realizadas a través de la Red INAHTA 23 Aspectos relevantes de las experiencias internacionales. Los países que han adoptado este tipo de agrupaciones, han evolucionado a través de procesos que parten de listados básicos de medicamentos, posteriormente se comienzan a gestar agrupaciones que involucran un mismo principio activo y/o forma farmacéutica, hasta llegar a considerar la conformación de agrupaciones para una misma indicación mezclando varios principios activos o formas farmacéuticas, por ejemplo Alemania. Otros países han adoptado estrategias de reconocimiento de los medicamentos de acuerdo al valor terapéutico del medicamento como Francia, Australia e Inglaterra, que recientemente lo ha adoptado. Así mismo, la fijación del valor de reconocimiento tiene diferentes grados de evolución: aquí es importante resaltar que la metodología de agrupación generalmente se ha empleado para fijar valores de reembolso o copagos. Con respecto a la definición de la ruta para el establecimiento de valores de referencia, el uso de valores promedio o mínimos es una decisión del sistema de salud de cada país que suele estar acompañada de medidas reglamentarias que la apoyan, por ejemplo políticas explicitas de genéricos, sistemas de reembolsos y políticas de cofinanciación (copago) de la prestación entre el paciente y el pagador, las cuales deben tenerse en cuenta a la hora de definir la alternativa para el estimador de valores de referencia. En ninguno de los casos descritos en las revisiones desarrolladas por el MSPS, se menciona que el valor de referencia tenga como objetivo determinar el precio de los medicamentos. Así mismo, se destaca que en la mayoría de los casos estudiados, si bien se toma como referencia algún mínimo, este se complementa con análisis de frecuencias de dispensación, ajustes por dosis recomendadas y de dispersión de los valores, por lo que en todo los casos se hace un esfuerzo de definir un valor de referencia que, si bien desincentive la demanda por los medicamentos más costosos, no los desconozca o los excluya del financiamiento, al menos parcial. Teniendo en cuenta los métodos de fijación de valores de referencia para diferentes países europeos (Tabla 1) y las características de los sistemas de salud descritas previamente, no se encuentra una correlación entre el uso de tarifas mínimas o promedios con el sistema de salud en el que se desarrollan. Por el contrario, sí se encuentra que los países que han optado por los valores mínimos de referentes del grupo, estos han definido mecanismos como copagos o cofinanciación por parte de los pacientes, lo cual no está contemplado hasta ahora en el sistema colombiano. 24 De acuerdo a lo observado y documentado en este escrito y en una revisión sistemática realizada en 2013 por el MSPS (1), se concluye que los criterios para la agrupación de medicamentos son los siguientes: Nivel 1. Clúster de agrupamiento de medicamentos que tienen el mismo principio activo. Pueden definirse equivalencias por forma farmacéutica, o grupos específicos, por dosis pediátricas por ejemplo. Nivel 2. Clúster de principios activos en grupos análogos, por ejemplo con estructuras químicas ligeramente diferentes, pero relacionados con principios activos con similares o idénticas indicaciones (por ejemplo, el grupo análogo de los inhibidores de la enzima convertidora de angiotensina (IECA), el grupo análogo del receptor de la histamina-2 antagonistas (ARH2)). Nivel 3. Clúster de agrupación de todos los medicamentos utilizados para tratar una condición particular (por ejemplo, todos los fármacos para la hipertensión.). Adicionalmente, se deben establecer los criterios para la exención de medicamentos en este SPR (Sistema de precios de referencia) o la definición de grupos específicos como los de poblaciones pediátricas por ejemplo”. La información presentada en esta sección, en la que se muestran particularidades para cada país y la experiencia anterior desarrollada a nivel local permitieron evaluar cuál de las metodologías analizadas podría aplicarse al entorno nacional y contrastando las diferentes posibilidades para establecer valores de referencia. La propuesta metodológica que se presenta en la sección siguiente incluye la agrupación de acuerdo a características farmacológicas y terapéuticas, en tres niveles; describe el proceso secuencial para su aplicación y el cálculo del mejor estimador del valor de referencia para el grupo conformado. 25 III.DESARROLLO DE LA METODOLOGÍA PARA LA CONFORMACIÓN DE GRUPOS 3.1 Definición de los grupos farmacoterapéuticos La metodología propuesta para la conformación de grupos está basada en un conjunto de procedimientos que permiten en una primera fase, recolectar datos y en la segunda fase, realizar un proceso analítico que determina la posibilidad de conformar un grupo o subgrupo. La agrupación puede realizarse considerando uno de los siguientes aspectos: por patología, por propiedades de grupo químicas o farmacológicas y por principio activo. Como se mencionó anteriormente, la metodología contempla las diferentes experiencias revisadas y los avances que ha realizado el MSPS. La construcción de cada grupo farmacoterapéutico o subgrupo está basada en la definición de tres tipos de agrupaciones: Agrupación tipo I: En este tipo de agrupaciones se consideran medicamentos empleados para una misma patología cuyos efectos terapéuticos sean comparables y estén aprobados por el INVIMA para la misma indicación. Agrupación tipo II: En este escenario se incluyen medicamentos que sean similares, ya sea desde el punto de vista estructural (químico) o con propiedades farmacológicas similares: mecanismo de acción, farmacocinética. Deben estar aprobados para la misma indicación por el INVIMA. Agrupación tipo III: Este es el escenario más sencillo en donde se consideran medicamentos que tengan el mismo principio activo, para la misma indicación aprobada por INVIMA y con vías de administración similares. Así mismo, es necesario seguir las siguientes consideraciones al conformar la agrupación: Las agrupaciones preferiblemente deben conformarse por medicamentos con vías de administración similares, es decir no mezclar formas farmacéuticas orales con inyectables o con tópicas, por ejemplo. Los medicamentos objeto de agrupación deben tener registro sanitario ante el INVIMA, el registro debe incluir la indicación específica. Para el caso de principios activos se consideran medicamentos con estructuras químicas similares (sales o ésteres, por ejemplo); respecto a la fuente de 26 obtención no es relevante si se obtienen de forma diferente o si sus métodos de fabricación son diferentes. Se recomienda conformar un equipo multidisciplinar integrado por diferentes profesionales en el área de la salud con conocimiento en áreas de farmacología, epidemiología y especialidades médicas específicas de acuerdo a cada caso. Lo anterior debido a que el tratamiento de datos e información en el proceso puede registrar particularidades que solo serán resueltas con los conocimientos específicos de expertos temáticos o metodológicos. 3.1.1 Procedimiento para determinar la agrupación.En la ilustración 2 (Anexo 1), se muestra el procedimiento general para definir la agrupación. Enseguida, se describirán de manera detallada las actividades específicas y los aspectos técnicos necesarios para conformar un grupo farmacoterapéutico según la agrupación seleccionada. Ilustración 2. Flujo del proceso de agrupación de medicamentos. 27 Paso 0: identificación del punto de arranque. La conformación del grupo puede surgir de acuerdo a los tres criterios establecidos en la sección 2.3.1: por patología, por principio activo o por propiedades de grupo químicas o farmacológicas. Con el fin de identificar los medicamentos que podrían conformar el grupo específico, es necesario hacer una revisión de diferentes fuentes de información científica. Si la entidad reguladora no tiene una necesidad específica sobre alguno de los tres niveles de agrupación, se sugiere comenzar con el nivel de patología, permitiendo de esta manera, identificar todas las posibilidades de agrupación. Agrupación tipo I. Patología. A continuación se describen los pasos de la agrupación por la patología. En la Tabla 3 se presenta la información necesaria para todo el proceso en el paso a paso. Se describirá la necesidad de la información, y cómo debe ser recolectada e interpretada para la conformación del grupo. Tabla 3. Resumen de información requerida en la agrupación I. Patología. Agrupación por: Información básica Patología Guías de práctica clínica preferiblemente locales(www.iets.org.co) o Guías internacionales (http://www.sign.ac.uk/index.html, (http://www.guideline.gov/index.aspx), (http://portal.guiasalud.es/web/guest/home), (http://www.cenetec.salud.gob.mx/) Clasificación ATC (http://www.whocc.no/atc_ddd_index/) Listado de Medicamentos Esenciales OMS(http://www.who.int/selection_medicines/list/en/) Norma farmacológica Colombiana (http://apps.who.int/medicinedocs/documents/s18383es/s18383es.pdf) INVIMA Base de registros sanitarios (http://web.sivicos.gov.co:8080/consultas/consultas/consreg_encabcum.jsp) ETES locales Paso 1: revisión de guías de práctica clínica (GPC). Para revisar la información disponible de Guías de Práctica Clínica en Colombia, se recomienda consultar la página web del IETS: http://www.iets.org.co/, en la pestaña de reportes, ingresar al vínculo: Guías de Práctica Clínica, seleccionar la guía que aplique de acuerdo a la patología de interés y seleccionar la versión “guía completa”. Si se considera necesario, consultar la página web del MSPS, a través del vínculo: http://gpc.minsalud.gov.co/Pages/Default.aspx, allí se encuentra un “Índice de especialidades”, en él puede seleccionar la guía específica según la patología específica. http://www.iets.org.co/ http://www.sign.ac.uk/index.html http://www.guideline.gov/index.aspx http://portal.guiasalud.es/web/guest/home http://www.cenetec.salud.gob.mx/ http://www.iets.org.co/ http://gpc.minsalud.gov.co/Pages/Default.aspx 28 En caso de no encontrar una Guía de Práctica Clínica realizada en Colombia (GPC) con aval oficial, existen fuentes que pueden servir para ubicar Guías de Práctica Clínica realizadas en otros países. A continuación se presentan y se explica cómo realizar la búsqueda en cada portal. En el caso del Scottish Intercollegiate Guidelines Network (SIGN), ingresar a la página http://www.sign.ac.uk/index.html, luego a la pestaña “guidelines”, seleccionar el link “By subject”, elegir el tópico relacionado con la indicación buscada, seleccionar la guía específica vigente, que haya sido actualizada en los últimos tres años, este criterio se aplicará en todos los casos. (En este sitio esto puede ser identificado con los íconos y ). En el sitio web National Guideline Clearinghouse (NGC), (http://www.guideline.gov/index.aspx), en el campo de búsqueda colocar el nombre de la patología en inglés, lo que arrojará las guías disponibles de acuerdo a lo solicitado. Se debe seleccionar una guía que haya sido actualizada durante los últimos tres años. El portal Guidelines International Network (GIN) - (http://www.g-i-n.net/gin), requiere la creación de un usuario para acceder de manera directa a algunas de las guías disponibles; una vez se haya accedido con el usuario, en el campo de búsqueda colocar el nombre de la patología en inglés. Esta búsqueda arrojará las guías disponibles de acuerdo a lo solicitado y la guía se selecciona con los criterios mencionados anteriormente. En el portal Guía Salud de España (http://portal.guiasalud.es/web/guest/home), al igual que en otros sitios, se escribe el nombre de la patología en el campo de búsqueda, como resultado aparecen la guías relacionadas y se selecciona la que cumpla con el criterio establecido. En el Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud (CENETEC) de México (http://www.cenetec.salud.gob.mx/), se debe acceder a la pestaña de guías de práctica clínica, posteriormente seleccione el link de “Catálogo Maestro de GPC”, y siga las instrucciones que allí se indican. Seleccione la guía de acuerdo a los criterios establecidos. Los sitios referenciados son los que se reconocen por presentar contenidos con la mejor evidencia científica, no existe prelación de un sitio sobre otro, pueden consultarse todos, lo que ayudará a tener una visión general de las guías existentes. Para seleccionar una GPC y de allí extraer la información requerida se recomienda evaluar las opciones encontradas con el instrumento Agree II para aquellas que contengan la información de interés para la clasificación. http://www.sign.ac.uk/index.html http://www.guideline.gov/index.aspx http://www.g-i-n.net/gin http://portal.guiasalud.es/web/guest/home http://www.cenetec.salud.gob.mx/ 29 El instrumento Agree II, se desarrolla aplicando cada uno de los seis dominios: alcance y objetivo, participación de los implicados, rigor en la elaboración, claridad en la presentación, aplicabilidad e independencia editorial. La guía seleccionada debe obtener una calificación superior al 60%, para todos los dominios y ser evaluada por al menos 2 evaluadores (8). Paso 2: Elaboración de un listado de medicamentos a partir de las GPC Una vez seleccionada la GPC, se realiza un listado de los medicamentos recomendados para tratar la patología, incluyendo la indicación y descripción del tratamiento (dosis, vía, frecuencia y duración). Si la guía no especifica medicamentos pero incluye nombre de grupos farmacológicos o terapéuticos, estos últimos se incluirán en el listado y se realizará el proceso descrito para la agrupación tipo II (consultar la sección Agrupación tipo II. Grupos farmacológicos o con propiedades similares). Se busca el código ATC para cada medicamento de acuerdo a http://www.whocc.no/atc_ddd_index/, en el caso de encontrar más de un código ATC, se seleccionará aquel que corresponda a la indicación y patología. Un ejemplo de la información consolidada se muestra en la Tabla 4. Tabla 4. Ejemplo de tabla construida con información extractada de las guías. Medicamento Clase Terapèutica ATC Descripción del tratamiento Rituximab Agente Biológico Terapia combinada con metotrexate y agente biológico L01XC02 Dos dosis de 1000 mg, en infusión IV, separadas 2 semanas, en combinación con MTX. Para reducir la incidencia y gravedad de las reacciones a la infusión, se recomienda la administración de 100 mg IV de metilprednisolona (o su equivalente) 30 minutos antes de cada infusión. Abatacept Agente Biológico Puede usarse en monoterapia o asociado a otro FME, salvo antagonistas de TNF L04AA24 La dosis se ajusta al peso corporal: − <60 kg: 500 mg − de 60 a 100 kg: 750 mg − >100 kg: 1.000 mg Infusión intravenosa durante 30 minutos. A continuación,se administrarán dosis adicionales 2 y 4 semanas después de la primera infusión y, posteriormente, una dosis cada 4 semanas. Etanercept Agente Biológico Terapia biológica Terapia combinada con metotrexate y agente biológico L04AB01 25 mg en inyección subcutánea dos veces por semana (a intervalos de 72-96 horas) o 50 mg una vez por semana. http://www.whocc.no/atc_ddd_index/ 30 Medicamento Clase Terapèutica ATC Descripción del tratamiento Infliximab Agente Biológico Terapia biológica Terapia combinada con metotrexate y agente biológico L04AB02 3 mg/kg en perfusión intravenosa durante un período de 2 horas. A continuación se administrarán dosis adicionales de 3mg/kg en perfusión, en las 2 y 6 semanas siguientes a la primera, y posteriormente una cada 8 semanas. La dosis puede aumentarse a 5 mg/kg en caso de ineficacia o recidiva. Algunos pacientes requieren acortar el intervalo de infusión a 4-6 semanas, en lugar de las 8 recomendadas para el mantenimiento. Infliximab debe administrarse concomitantemente con metrotexato u otro inmunomodulador (como leflunomida o azatioprina). Adalimumab Agente Biológico Terapia biológica Terapia combinada con metotrexate y agente biológico L04AB04 40 mg/14 días, en inyección subcutánea. Algunos pacientes requieren acortar el intervalo de infusión a cada 7-10 días, en lugar de los 14 días recomendados. La adición de metrotexato puede mejorar la respuesta terapéutica en pacientes seleccionados. Certolizumab pegol Agente Biológico Terapia biológica Terapia combinada con metotrexate y agente biológico L04AB05 400 mg en las semanas 0, 2 y 4, seguido de una dosis de mantenimiento de 200 mg cada 2 semanas. Durante el tratamiento con Cimzia se debe continuar utilizando MTX cuando sea apropiado. Anakinra Agente Biológico Terapia biológica Terapia combinada con metotrexate y agente biológico L04AC03 100 mg/día, en inyección subcutánea. Tocilizumab Agente Biológico Terapia biológica Terapia combinada con metotrexate y agente biológico L04AC07 8 mg/kg de peso corporal, administrados una vez cada cuatro semanas. Para individuos cuyo peso corporal sea superior a 100 kg. Ciclosporina Agente químico de uso frecuente Tratamiento combinado sin incluir biológicos L04AD01 2,5 - 5,0 mg/kg/día, vía oral. La dosis inicial se puede incrementar en 0,5mg/kg/día cada dos semanas hasta alcanzar los 5 mg/ kg /día. Cloroquina Agente químico de uso frecuente Tratamiento combinado sin incluir biológicos P01BA01 250 mg/día, vía oral. No superar los 4 mg/kg/día. Oro Oral Agente químico de uso infrecuente Tratamiento combinado sin incluir biológicos M01CB03 6 mg/día, vía oral. 2 comprimidos diarios. 31 Medicamento Clase Terapèutica ATC Descripción del tratamiento D- Penicilamina Agente químico de uso infrecuente Tratamiento combinado sin incluir biológicos M01CC01 125 – 500 mg/día, vía oral. Se inicia el tratamiento con 125-250 mg/día y si no hay mejoría se aumenta la dosis a las 8 semanas a razón de 125 mg/día. Puede aumentarse la dosis gradualmente cada 8 semanas, pudiendo llegar hasta 500-750 mg/día. El fármaco se debe administrar 2 h antes de la comida principal. Leflunomida Agentes químicos de uso frecuente Tratamiento combinado sin incluir biológicos L04AA13 - 20 mg/día, vía oral - Se comienza con 100 mg/día durante 3 días y posteriormente 20 mg/día de forma continuada. - La eliminación de la dosis de carga mejora notablemente la tolerancia inicial al producto, por lo que es aceptable comenzar directamente con la dosis de 20 mg/día. Metotrexato Agentes químicos de uso frecuente Artritis reumatoide activa como terapia inicial Tratamiento combinado sin incluir biológicos Combinado con biológicos L04AX03 9 7,5-10 mg/semana, vía oral durante 4 semanas, 15 mg/ semana durante las 4 semanas siguientes y posteriormente aumentar hasta 20-25 mg/semana. En caso de ineficacia o toxicidad gastrointestinal debe considerarse la administración parenteral. Debe administrarse ácido fólico (5-10mg/semanales) 24 horas después de la administración del metotrexato. Oro Inyectable Agentes químicos de uso frecuente Tratamiento combinado sin incluir biológicos M01CB 50 mg/semana en inyecciones intramusculares. Dosis crecientes de 10, 25 y 50 mg semanales, manteniendo la dosis (de 6 a 24 meses) o ajustándola en función de la respuesta clínica o efectos adversos. Azatioprina Agentes Químicos de uso ocasional Tratamiento combinado sin incluir biológicos L04AX01 1,5 - 2,5 mg/kg/día, vía oral Se comienza a dosis bajas de alrededor de 1 mg/kg/día y se incrementa en 4-6 semanas hasta la dosis de mantenimiento de 100-150 mg/día. Fuente: Construido a partir de Guía de Práctica Clínica para el Manejo de la Artritis Reumatoide en España (9). Paso 3: revisión de la existencia de grupos farmacológicos. Con el fin de identificar otros grupos farmacológicos, además de la información anterior, se examinará la Lista Modelo de Medicamentos Esenciales (LME) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en (http://www.who.int/selection_medicines/list/en/). En esta pesquisa se utilizarán como criterios trastorno prioritario o clase farmacológica, igualmente se verificará si existen dentro del grupo de medicamentos, otros medicamentos con un rendimiento clínico similar10 de acuerdo a este listado. Este elemento es un indicador de similitudes en cuanto a efectividad y seguridad, y proporciona criterios para establecer una agrupación. Posteriormente, se organizarán los datos obtenidos y se asignará el 9 Tiene dos códigos : L01BA01 (uso en cáncer) y L04AX03 (inmunosupresor) 10 Están identificados con un cuadrado en cada grupo en el LME. http://www.who.int/selection_medicines/list/en/ 32 código ATC para cada medicamento; en la Tabla 5, se presenta como ejemplo, la información con medicamentos para el tratamiento de artritis reumatoide. Tabla 5. Ejemplo de información obtenida de LME. Trastorno Grupo farmacológico Medicamento Rendimiento clínico similar Observaciones ATC Antireumáticos Modificadores de la enfermedad Azatioprina 50mg comprimidos No Ninguna L04AX01 Metotrexate comprimidos de 2.5 mg No L01BA01 L04AX03 Penicilamina comprimidos de 250 mg No M01CC01 Sulfasalazina comprimidos de 500 mg No A07EC01 Fuente: Construcción propia con base en (11). Ilustración 3. Representación por grupos farmacológicos según ATC para artritis reumatoidea. Fuente: Construcción propia con base en (9-11) Verde Biológicos Morado Frecuentemente empleados Azul Ocasionalmente empleados Rojo Raramente empleado 34 La información obtenida y resumida en las tablas 4 y 5, se contrastará, y a continuación se definirán los medicamentos que conformarán cada grupo o subgrupo. Con esta información se construirá un esquema que represente los grupos y los medicamentos que la componen. En el ejemplo de la Ilustración 3, se muestra un mapa de tecnologías identificadas en la guía y distribuida por grupos farmacológicos y la terapéutica: los biológicos presentados conforman un grupo, teniendo en cuenta que la mayoría hacen parte de un mismo grupo farmacológico (NIVEL ATC 3) a excepción de Rituximab y además comparten la misma indicación en la GPC Paso 4: revisión de registros sanitarios. Con el objetivo de garantizar la aplicabilidad de la información al contexto del país, es necesariorevisar la disponibilidad de los medicamentos identificados en el paso anterior. El listado obtenido se refinará incluyendo aquellos principios activos que cuenten con registro sanitario vigente o en trámite de renovación. Así mismo, aquellos que tengan las modalidades de fabricar y vender; importar y vender; importar, envasar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; se excluirá fabricar y exportar, los medicamentos que cobija esta modalidad no se distribuyen en el territorio nacional. Así mismo, las indicaciones deben corresponder o estar relacionadas con la patología o indicación específica. En la ilustración 4, se resaltan los campos de acuerdo a la base disponible en la página web del INVIMA. Ilustración 4. Campos a revisar de cada registro sanitario. Fuente: Adaptado de INVIMA (12). 35 Aquí es importante resaltar que no todos los registros sanitarios pueden estar aprobados para una misma indicación. Por ejemplo, al revisar ciclosporina, se encontraron 26 registros, de ellos 17 vigentes y 2 en trámite de renovación, 9 cuentan con la indicación. Ver ejemplo en la Tabla 6. Tabla 6. Información de registros sanitarios para cicloscoporina en artritis. Expedient e Principio Activo Nombre del Producto Registro sanitario Estado Registro Modalidad Indicación 19977029 CICLOSPORINA GENOSPORIN 25 MG INVIMA 2008M- 0007962 Cancelado IMPORTAR Y VENDER AR 19932152 CICLOSPORINA A MODUSIK- A OFTENO INVIMA 2003M- 0002329 En tramite renov IMPORTAR Y VENDER 19937980 CICLOSPORINA RESTASIS® INVIMA 2003M- 0002897 En tramite renov IMPORTAR Y VENDER 48927 CICLOSPORINA CICLOSPOR M-014190 Vencido FABRICAR Y VENDER 46786 CICLOSPORINA CICLOSPOR 25 MG M-000125 Vencido FABRICAR Y VENDER 6331 CICLOSPORINA CICLOSPOR 50 MG CAPSULA BLANDA M-006711 Vencido FABRICAR Y VENDER 19905672 CICLOSPORINA USP IMUSPORIN 100 INVIMA M-014568 Vencido IMPORTAR Y VENDER AR 111820 CICLOSPORINA SANDIMMUN CONCENTRADO PARA PERFUSION 250 MG INVIMA M-007675-R1 Vencido IMPORTAR Y VENDER 227801 CICLOSPORINA SANDIMMUN NEORAL CAPSULAS DE 10 MG INVIMA M-13696 Vencido IMPORTAR Y VENDER 19943316 CICLOSPORINA BIOSPORIN CAPSULAS 25 MG INVIMA 2004M- 0003631 Vigente IMPORTAR Y VENDER 19943209 CICLOSPORINA USP BIOSPORIN CAPSULAS POR 50 MG INVIMA 2004M- 0003662 Vigente IMPORTAR Y VENDER 20010244 CICLOSPORINA BIOSPORIN® CAPSULA BLANDA CON MICROEMULSION 100 MG INVIMA 2010M- 0011131 Vigente IMPORTAR Y VENDER AR 19977039 CICLOSPORINA BIOTOSCANA BIOSPORIN® INVIMA 2007M- 0007407 Vigente IMPORTAR Y VENDER AR 19970906 CICLOSPORINA CICLOSPORINA CÁPSULAS USP 100 MG. INVIMA 2008M- 0007667 Vigente IMPORTAR Y VENDER 19963290 CICLOSPORINA CICLOSPORINA CAPSULAS USP 50 MG INVIMA 2006M- 0005844 Vigente IMPORTAR Y VENDER AR 19970908 CICLOSPORINA CICLOSPORINA SOLUCION ORAL USP 100 MG /ML. INVIMA 2007M- 0007637 Vigente IMPORTAR Y VENDER 19980483 CICLOSPORINA GENOSPORIN 50 MG CAPSULAS INVIMA 2008M- 0008140 Vigente IMPORTAR Y VENDER AR 20011062 CICLOSPORINA INHIBLOCK INVIMA 2010M- 0010523 Vigente IMPORTAR Y VENDER AR 20010832 CICLOSPORINA INHIBLOCK CICLOSPORINA CAPSULAS DE GELATINA BLANDA 10 MG INVIMA 2010M- 0010522 Vigente IMPORTAR Y VENDER 20010831 CICLOSPORINA INHIBLOCK CICLOSPORINA CAPSULAS DE GELATINA BLANDA 25 MG INVIMA 2010M- 0010644 Vigente IMPORTAR Y VENDER 20011063 CICLOSPORINA INHIBLOCK SOLUCIÓN ORAL 100 MG/ML INVIMA 2010M- 0010897 Vigente IMPORTAR Y VENDER 24092 CICLOSPORINA SANDIMMUN CONCENTRADO PARA PERFUSION 50 MG/ML INVIMA 2006M-007894- R2 Vigente IMPORTAR Y VENDER AR 51612 CICLOSPORINA SANDIMMUN NEORAL CAPSULA BLANDA CON MICROEMULSION X 50 MG INVIMA 2014M-014239- R2 Vigente IMPORTAR Y VENDER AR 22899 CICLOSPORINA SANDIMMUN NEORAL MICROEMULSION INVIMA 2007M-007777- R2 Vigente IMPORTAR Y VENDER 33038 CICLOSPORINA SANDIMMUN NEORAL® INVIMA 2008 M- Vigente IMPORTAR Y VENDER AR 36 Expedient e Principio Activo Nombre del Producto Registro sanitario Estado Registro Modalidad Indicación CAPSULAS BLANDA CON MICROEMULSION 25 MG 010503-R2 33037 CICLOSPORINA SANDIMMUN® NEORAL® CAPSULA BLANDA MICROEMULSION CON 100 MG INVIMA 2008 M- 0010504-R2 Vigente IMPORTAR Y VENDER AR Fuente: Construcción propia con base en INVIMA (12). Posterior a la revisión anterior, se conformará entonces un listado que contendrá el código ATC, el número de expediente o registro sanitario, principio activo, forma farmacéutica y concentración. En caso de encontrar inconsistencias en el registro sanitario, se recomienda excluir del análisis el medicamento con la inconsistencia y realizar una comunicación al INVIMA para consultar la verificación de la información. Ver tabla no. 7. Tabla 7. Modelo de tabla “Medicamentos autorizados para comercializar en el territorio nacional” para ciclosporina. ATC Registro sanitario Principio Activo Indicación Concentración Forma farmacéutica L04AD01 INVIMA 2010M-0011131 Ciclosporina Artritis reumática 100mg cb - cápsula blanda L04AD01 INVIMA 2007M-0007407 Ciclosporina Artritis reumática 25mg cb - cápsula blanda L04AD01 INVIMA 2006M-0005844 Ciclosporina Artritis reumática 50mg cb - cápsula blanda L04AD01 INVIMA 2008M-0008140 Ciclosporina Artritis reumática 50mg cb - cápsula blanda L04AD01 INVIMA 2010M-0010523 Ciclosporina Artritis reumática 50mg cb - cápsula blanda L04AD01 INVIMA 2006M-007894-R2 Ciclosporina Artritis reumática 50mg/mL sol. inyectable L04AD01 INVIMA 2014M-014239-R2 Ciclosporina Artritis reumática 50mg cb - cápsula blanda L04AD01 INVIMA 2008 M-010503-R2 Ciclosporina Artritis reumática 25mg cb - cápsula blanda L04AD01 INVIMA 2008 M-0010504-R2 Ciclosporina Artritis reumática 100mg cb - cápsula blanda Fuente: Construcción propia con base en INVIMA (12) Paso 5: revisión de características de los medicamentos. Para evaluar la posibilidad de agrupación, es necesario tener en cuenta otros elementos como mecanismo de acción, estructura química, dosis, vía de administración. Enseguida se describe su utilidad (13-15). Estructura química: generalmente los compuestos de estructura química similar poseen efectos farmacológicos similares y efectos secundarios similares, no existen diferencias significativas desde el punto de vista de efectividad y seguridad en 37 propiedades específicas como: método de obtención o tipo de compuesto del principio activo (sal, éster, isómeros). Mecanismo de acción: corresponde al efecto fisiológico mediante el cual el medicamento altera la función de los tejidos en su sitio de acción. Es importante considerar el lugar de afección en el organismo, la estructura anatómica diana específicamente afectada, la forma cómo interactúa el fármaco con el receptor y su efecto farmacológico final. Igualmente, es relevante discutir la forma como se presentan las propiedades de de-sensibilización y taquifilaxia11. Dosificación: se requiere considerar aspectos farmacodinámicos como la relación dosis respuesta, el índice terapéutico y factores que pueden afectar la respuesta farmacológica, asimismo se pueden realizar comparaciones de la cantidad requerida de medicamento para un tratamiento completo, o para un periodo de tiempo definido en cuanto al tratamiento individual por paciente. Igualmente es necesario incorporar en este aspecto la descripción del tratamiento total, duración, frecuencia de administración, ajustes de dosis, entre otros. Vía de administración: está relacionada con la farmacocinética del medicamento. Las recomendaciones que evidencia la literatura respecto de la agrupación de medicamentos determinan que se deben considerar medicamentos que tengan la misma indicación terapéutica y se administren a través de vías similares. Existennumerosas fuentes de búsqueda que pueden ser consultadas, para consolidar los elementos descritos anteriormente, entre ellas se pueden citar PubChem®, Pubmed®, Micromedex®, monografías e información de seguridad publicada en diferentes agencias sanitarias como EMA, FDA, Health-Canada, AEMP, entre otras. Paso 6: revisión de seguridad y efectividad. La información de efectividad y seguridad se debe evaluar en los casos de agrupación por patología y agrupaciones por grupo terapéutico. Se busca demostrar que los medicamentos poseen eficacia similar o no inferior, y seguridad semejante. Aquellos medicamentos cuya efectividad sea superior o inferior no deben agruparse (13). La información para determinar la efectividad y seguridad se obtendrá a partir de los datos consignados en la guía de práctica clínica empleada para la identificación de los 11 Describen la pérdida de eficacia de un fármaco cuando se administra de forma continuada 38 medicamentos o evaluaciones de tecnología sanitaria disponibles para el contexto local. En caso de no contar con información, no se podrá establecer el grupo hasta no contar con una ETES, que permita conocer la efectividad y seguridad de la tecnologías que conformaran el grupo. Para analizar la evidencia existente es necesario definir el o los desenlace(s) principal(es), aquí resulta útil revisar guías para la evaluación de efectividad y seguridad como EMA (http://www.ema.europa.eu/ema/index.jsp?curl=pages/regulation/general/general_content _000085.jsp&mid=WC0b01ac0580027549), de acuerdo a esto y con toda la información acumulada hasta el momento, se evaluarán dos aspectos: 1) Diferencias estadísticamente significativas de los desenlaces o resultados esperados y 2) si las diferencias encontradas son clínicamente relevantes. Finalmente, se establecerá si los medicamentos son agrupables, considerando los siguientes aspectos: Los medicamentos muestran diferencias estadísticamente significativas que no se consideran clínicamente relevantes. Los medicamentos no muestran diferencias estadísticamente significativas y no sean clínicamente relevantes. En este paso es crucial la revisión de la información disponible de efectividad y seguridad por el equipo de trabajo. Se sugiere realizar en caso de considerarse necesario una consulta con expertos, especialmente para determinar aquellas situaciones en las que se consideraran hacer aclaraciones de aspectos clínicos.12 Paso 7: agrupación por vías de administración. Una vez establecidos los medicamentos cuya eficacia y seguridad se consideran similares, el último paso será agrupar de acuerdo a las vías de administración, así: digestiva ( oral, sublingual, gastroentérica, rectal), 12 Se recomienda como una herramienta de validación de la conformación del grupo. Algunas experiencias internacionales, como la del Grupo Genésis de España para la metodología de comparadores terapéuticos, la emplean y se apoyan con expertos en evaluaciones de tecnología. Ver : http://gruposdetrabajo.sefh.es/genesis/genesis/basesmetodologicas/programamadre/index.html ; http://www.elcomprimido.com/FARHSD/PITIB/GIFT_Guia_Metodologica_Intercambio_Terapeutico_2.0_aC onsul_18_05_2014.pdf http://www.ema.europa.eu/ema/index.jsp?curl=pages/regulation/general/general_content_000085.jsp&mid=WC0b01ac0580027549 http://www.ema.europa.eu/ema/index.jsp?curl=pages/regulation/general/general_content_000085.jsp&mid=WC0b01ac0580027549 39 parenteral (intravenosa, intramuscular, intradérmica, subcutánea, intraarticular, etc), tópica - trandérmica, tópica –oftálmica, tópica - ótica, tópica – urogenital. En aquellos casos que al realizar la agrupación, se evidencien ventajas como facilidad en la administración dada por las formas farmacéuticas o diseños específicos del medicamento, a fin de establecer la real ventaja de estos medicamentos sobre otros del grupo, se recomienda realizar un estudio de costos de las alternativas existentes, con el fin de determinar si existen ahorros o gastos que se reflejen en el valor final de la tecnología. Para el grupo farmacoterapéutico que se ha utilizado como ejemplo (artritis), los medicamentos biológicos se administran por la vía parenteral, no obstante algunos medicamentos son más complejos al momento de administrar como es el caso de Rituximab, Infliximab y Tociluzumab (infusión intravenosa), otros deben ser reconstituidos o reenvasados (etanercept) y un último grupo tiene presentaciones listas para administrar como son: certolizumab pegol, etanercept y adalimumab. Lo anterior es información relevante al considerar la agrupación. Paso 8: conformación del grupo. Haciendo un repaso del proceso descrito, un grupo será conformado por los medicamentos que cumplan con las siguientes condiciones: - Tengan la misma indicación (pasos 3 y 4). - De acuerdo a sus características se consideren comparables en el mismo grupo (paso 5). - Con efectividad y seguridad similares (paso 6). - Con la misma vía de administración (paso 7). El paso final será la consolidación de la información obtenida y la definición del grupo. Se recomienda diligenciar, para todos los medicamentos considerados en el grupo, los campos de la Tabla 8, que no solo caracterizará al grupo de acuerdo a toda la información recolectada sino que además servirá de insumo para la estimación del valor de reconocimiento. 40 Tabla 8. Consolidado de información de tipo técnico de medicamentos objeto de agrupación. ATC PRIN CIPIO ACTI VO CUM EXPE DIEN TE CON SE CUTI VO DESCRIP CIÓN PRESEN TACIÓN COMERC IAL CON CEN TRA CIÓN VÍA ADMINIS TRACIÓ N UNIDA DES DE REFEREN CIA POR PRESENTA CIÓN UNI DAD REFE REN CIA FORMA FARMACÉ UTICA FORMA DE ADMINIS TRA CIÓN L04A B02 INFLIXI MAB 199052 801 19905 280 1 CAJA X FRASCO VIAL DE VIDRIO CON LIOFILI ZADO 100m g INTRAVE NOSA 1 FRAS CO VIAL POLVO LIOFILIZAD O PARA RECONS TITUIR A SOLU CIÓN INYECTA BLE DEBE ADMINIS TRARSE CONCOMITANT EMENTE CON METOTREXA TO, EN INFUSIÓN DE DOS HORAS, PREVIA ADMINISTRA CIÓN DE PREMÉDICA CIÓN. EL TRATAMIENTO : (3MG/KG) EN LAS SEMANAS 0, 2 Y 6; LUEGO CADA 8 SEMANAS Fuente: Construcción propia con base en INVIMA (14), WHO/ATC (10), EMA (15). Con la anterior información de los medicamentos que componen el grupo, se iniciaría el proceso para realizar la estimación del valor de reconocimiento, de acuerdo al procedimiento descrito en la sección 3.2.2 Metodología para la estimación de valor por grupo. Agrupación tipo II. Grupos farmacológicos o con propiedades similares. El proceso para este caso contempla, en su mayoría, los mismos procedimientos que el del primer tipo de agrupación: se parte de la conformación del grupo y luego continúa con el procedimiento del grupo I. De ser necesario, para obtener información de efectividad y seguridad, pueden ser consultadas guías de práctica clínica. 41 Tabla 9. Información necesaria para grupos. Nivel Información básica Medicamentos con propiedades similares Listado de Medicamentos Esenciales OMS Clasificación ATC INVIMA Base de registros sanitarios Listado de código CUMS vigentes Guías de Práctica Clínica ETES locales Fuente: construcción propia Paso 1: Conformación del grupo En el caso de agrupaciones tipo II, el procedimiento fue descrito en el paso 3 de la agrupación tipo I., los pasos siguientes se llevarían a cabo de la misma forma: Paso 3: revisión de registros sanitarios Paso 4: revisión de características de los medicamentos Paso 5: revisión de
Compartir