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Especial: Accidentes Fatales en el Rubro de la Construcción 
Este mes, ISL quiere invitar a todas sus empresas del rubro constructor a REFORZAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD EN SUS ESTABLECIMIENTOS con 
el fin de evitar accidentes de tipo fatal. 
A continuación revisaremos diversos accidentes REALES ocurridos durante el año 2010; sus causas y te damos algunas medidas para que esto no ocurra 
EN TU EMPRESA. 
DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS MEDIDAS CORRECTIVAS 
1.- Un conductor de camión camino a su 
lugar de trabajo cruza un puente en mal 
estado, soltándole la carga que llevaba, 
procede a estacionar su camión a la 
derecha de la calzada. Pero al momento 
de bajar a asegurarla, un camión algibe 
que retrocedió impactó al trabajador 
contra su camión provocándole la muerte 
en el lugar. 
1. Apilamiento y aseguramiento de 
carga defectuoso. 
 
2. No usar el E.P.P (Chaleco 
Reflectante), 
 
3. No señalizar mediante conos o 
triángulos que el vehículo se encuentra 
detenido o estacionado por efecto de 
asegurar la carga. 
1.- Cumplir y establecer procedimiento de trabajo seguro según lo 
establecido en las modificaciones incorporadas en el D.S. 78:1997 
emanado de las SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y 
TELECOMUNICACIONES sobre las condiciones del transporte de carga. 
 
2.- Supervisar e impartir circular que indique el correcto uso de los E.P.P, 
obligando a los trabajadores a ocuparlos de forma permanente D.S. 594 
artículo 54 (conductores y acompañantes). 
 
3.- Implementar un Procedimiento de Trabajo Seguro para conductores y 
acompañantes al realizar labores de aseguramiento y apilamiento de 
carga en caminos o carreteras. 
2.- Un trabajador se encontraba 
ejecutando labores de afianzamiento de 
moldajes, al interior de un colegio, 
mientras subía por el tercer cuerpo de 
andamio, se resbala y cae al suelo a una 
altura de 6mts. Es trasladado a un 
Hospital, falleciendo en el lugar. 
1. El andamiaje no contaba con escala 
que permitiera el ascenso y descenso 
de los trabajadores por el interior del 
andamio. 
 
2. No existen registros de 
capacitaciones a los trabajadores. 
 
3. No existe planificación de trabajo a 
realizar. 
 
 4 La empresa no ha analizado los 
riesgos potenciales en el trabajo. 
1. Se deberá cambiar todo el sistema de andamiaje, ya que estos no 
están estandarizados bajo ninguna norma chilena o extranjera. 
 
 2. La empresa deberá capacitar a todos los trabajadores en cuanto a los 
riesgos que entrañan sus labores, por lo tanto, el empleador deberá 
coordinar las capacitaciones con el ISL. 
 
 3. Se recomienda establecer un Programa de Prevención de Riesgo. 
DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS MEDIDAS CORRECTIVAS 
3.- Un trabajador se encontraba 
desarmando un escenario y cargando 
sillas, cuando es atacado con arma 
blanca por individuo bajo los efectos del 
alcohol, el cual actuó sin provocación 
alguna provocando así la muerte de dicho 
trabajador. 
1. La empresa no cuenta con 
instructivo que indique la exposición a 
riesgos en el trabajo, tales como, 
asalto, actos vandálicos y turbas. 
 
 2. La empresa no ha capacitado a los 
trabajadores en riesgos presentes en 
el lugar de trabajo D.S. 40. 
 
3. La empresa no cuenta con respaldo 
de entrega del Reglamento Interno de 
Orden, Higiene y Seguridad a sus 
trabajadores. 
1. La empresa debe confeccionar instructivo que informe riesgos en el 
lugar de trabajo, y el quehacer en caso de asaltos, actos vandálicos y 
turbas. 
 
 2. La empresa debe entregar capacitación sobre los riesgos presentes en 
el lugar de trabajo D.S. 40, manteniendo el respaldo escrito respectivo. 
 
3. La empresa debe mantener respaldo escrito de la entrega de 
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad a todos los 
trabajadores (firmado por los trabajadores). 
4.- Un trabajador estaba trasladando 
materiales desde la misma superficie en 
altura para instalar nueva techumbre en 
bodega de alimentos, cuando decide 
avanzar sobre el techo existente, este 
cede cayendo desde una altura de 15 
metros. El trabajador no contaba con su 
equipo de protección contra el riesgo de 
caídas. 
1. Caída por falta de sistema de 
sujeción y elementos de protección 
adecuados. Elementos de protección 
inadecuados. 
 
2. Desconocimiento de cómo hacer el 
trabajo, métodos seguros y 
estándares. 
 
3. Falta de supervisión. 
 
 4. Desconocimiento y falta de 
información acerca de los riesgos 
asociados al trabajo. 
1. Uso de arnés de cuerpo completo, con sistemas de detención de 
caídas con cabo de seguridad bajo Nch 2458/99 y Nch 1258/197. Entrega 
de zapatos de seguridad, todo debidamente respaldado. Entrega de 
elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir con el 
adiestramiento necesario para su correcto empleo Art. 53 D.S. 594 Ley 
16.744. 
 
2. Cada vez que se trabaje en altura a más de 1.80 mts. se debe contar 
con línea de seguridad que permita el enganche del cabo de seguridad 
del arnés, evitando caídas libres Nch 2458/99 y Nch 1258/97. 
 
3. Procedimientos de trabajo seguro en altura Art. 21 (D.S. 40 ley 16.744). 
 
4. En cada faena debe haber un supervisor que indique las tareas a 
realizar y observe lugar donde están trabajando las personas para 
prevenir accidentes. 
 
5. Charlas diarias y/o semanales de seguridad y prevención relacionadas 
con el riesgo a cubrir en cada faena con lista de asistencia de respaldo 
art. 21 D.S. 40 Ley 16.744. Entrega de reglamento interno de orden, 
higiene y seguridad con respaldo de entrega y con medidas preventivas 
específicas al riesgo de altura, art. 14 D.S. 40 Ley 16.744. 
DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS MEDIDAS CORRECTIVAS 
5.- Un trabajador, en compañía de su 
colega, realizaba trasladado de una 
placa de OSB por la techumbre de un 
galpón en construcción, cuando cae por 
un traga luz a una altura aproximada de 7 
metros, provocándole la muerte e forma 
instantánea. 
1. No utiliza un sistema personal para 
la detención de caídas a distinto nivel 
al trasladar una placa de OSB por una 
techumbre. 
 
2. Tragaluz de techumbre no cuenta 
con protección anti caídas al vacío. 
1. Realizar una capacitación a todos trabajadores de la empresa en los 
procedimientos a seguir al realizar trabajos en altura. Poniendo especial 
énfasis en los siguientes contenidos: 
 
- Riesgos a los que está expuesto y daños asociados. 
- Tipos de sistemas personales para la detención de caídas. 
- Ajuste correcto del sistema personal para la detención de caídas 
(SPDC). 
- Limitaciones del uso del SPDC. 
- Instalaciones requeridas. 
- Anclajes correctos y técnicas de conexión. 
- Métodos de uso. 
- Inspección de SPDC. 
- Almacenamiento de los SPDC. 
- Práctica en terreno. 
- Certificado y contenido de la capacitación. 
- Capacitar a todos los trabajadores en el procedimiento de trabajo seguro 
para trabajos en altura visado por el organismo administrador 
 
2. Estipular dentro del Reglamento Interno de Orden, Higiene y 
Seguridad de la empresa, la prohibición a los trabajadores de realizar 
actividades en cualquier superficie trabajo sobre 1.80 m sin un sistema 
personal para la detección de caídas que cumpla con los requisitos 
establecidos en la NCh 1258/1Of 2004. Incluir esta información además 
en el Derecho a Saber (Titulo VI, DS 40, Ministerio del Trabajo y Previsión 
Social). 
 
3. Instalar un sistema de protección y bloqueo anclado en todos los 
tragaluces o sectores de la techumbre que sea necesario dejar sin 
cubierta, informando a los trabajadores sobre sus limitaciones de tránsito 
(resistencia de carga vertical) y señalizando su ubicación con algún 
dispositivo de indique el riesgo de caída a distinto nivel. 
 
 
 
DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS MEDIDAS CORRECTIVAS 
6.- El trabajador cae desde una altura de 
4 metros, aproximadamente. Al pisar una 
plancha de Femoglás sobre el techo de 
un galpón, provocándole la muerte. 
1. Trabajador pisa plancha de 
Femoglás sobre techumbre1. Autorizar el desarrollo de trabajos en altura sólo a aquellos 
trabajadores que acrediten salud compatible. 
 
2. Implementar una plataforma provisoria sobre la techumbre que cubra 
todos los puntos de desplazamiento (necesarios para el normal desarrollo 
de la faena) apartados de las cuerdas de vida. Esta plataforma deberá 
estar montada sobre la línea de las vigas, debiendo cumplir además con 
las siguientes características: tener un ancho mínimo de 1,10 m (espacio 
interior útil para el desplazamiento) y contar con barandas en ambos 
costados con una altura superior a 0,95 m. Las barandas deben resistir 
una carga horizontal superior a 50 Kilos por metro lineal.Si la masa de la 
estructura provisoria, sumada a la masa total de personas proyectadas 
para transitar de forma simultánea sobre la misma, supera la capacidad 
máxima de resistencia vertical de la techumbre de soporte, deberán 
implementarse puntales bajo la línea de vigas utilizadas para montar la 
pasarela. La combinación final entre el número de puntales y su 
distribución deberá dar como resultado un aumento de la resistencia 
vertical de la estructura de la techumbre suficiente para soportar la 
estructura provisoria más el total de personas autorizadas para circular 
simultáneamente por ella, aumentado el valor en un 10% como margen 
de seguridad. 
 
 
 
DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS MEDIDAS CORRECTIVAS 
7.- El trabajador al llegar a la vivienda 
donde pernoctaría, se percata que esta 
no tenía energía eléctrica. En compañía 
de su hermano se tratan de colgar a un 
tendido eléctrico mediante cables lo que 
genera una descarga eléctrica al 
trabajador. 
1. Ausencia de supervisión en las 
labores diarias. 
 
2. Estándares de seguridad inexistente 
y/o deficiente. 
 
3. Falta de control administrativo al no 
cumplir con disponer de instrumentos 
de gestión preventiva mínima 
establecida por el D.S. 40 como 
confeccionar un Reglamento Interno de 
Higiene y Seguridad. 
 
4. No disponer de conexión eléctrica 
segura para que los trabajadores 
puedan conectar sus herramientas y/o 
equipos a la red y puedan desarrollar 
su trabajo. 
 
5. No contar con las instalaciones que 
cumplan con lo estipulado en el D.S. 
594 art. 9 que señala las condiciones 
mínimas que debe cumplir una 
habitación para que los trabajadores 
puedan pernoctar, habiéndose 
constatado que si bien ello no se 
señala en los contratos de trabajo, es 
una práctica habitual que los 
trabajadores pernocten en las mismas 
instalaciones donde se encuentran 
desarrollando su trabajo y la empresa 
no ha comunicado prohibición de ello. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1. Disponer de supervisión permanente en terreno. 
 
2. Elaborar procedimientos de trabajo acorde a los riesgos asociados a la 
actividad que desarrolla la empresa. 
 
3. Elaborar un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, de acuerdo a 
la legislación vigente y entregar a cada uno de los trabajadores de la 
empresa. 
 
4. Organizar de una manera más efectiva las labores para garantizar 
disponer de los elementos suficientes (equipo electrógeno o conexión 
definitiva de energía eléctrica para desarrollar trabajos). 
 
5. Aumentar la supervisión y definir la estrategia de trabajo. Si se 
concluye en la necesidad de que los trabajadores deben pernoctar en el 
lugar, se debe considerar las exigencias estipuladas en el D.S. 594 
particular lo considerado en el art.9. 
 
 
 
 
DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS MEDIDAS CORRECTIVAS 
8.- El trabajador se encontraba sobre el 
4to cuerpo de un andamio, circunstancias 
en que sube a un techo, se afirma sobre 
una plancha de policarbonato y cae 
desde una altura aproximada de 11 
metros. 
1. Trabajador pisa la junta entre una 
plancha de pizarreño y otra de fibra de 
vidrio 
 
2. Trabajador se retira el arnés de 
seguridad sobre la techumbre 
1. Autorizar el desarrollo de trabajos en altura sólo a aquellos 
trabajadores que acrediten salud compatible. 
Implementar en sobre la techumbre una plataforma de trabajo provisoria 
que sirva de superficie de desplazamiento. 
 
2. Capacitar al personal, previamente a la realización de trabajos en 
altura, respecto al uso correcto de los Sistemas Personales de Detención 
de Caídas (arnés de seguridad). A lo menos la capacitación debe 
considerar: riesgos asociados con el trabajo en altura, ajuste correcto del 
arnés, procedimiento de rescate, limitaciones de uso del equipo, 
instalaciones requeridas para el uso, anclajes correctos y técnicas de 
conexión, métodos de uso, almacenamiento correcto, inspección 
periódica de sus componentes y práctica en terreno 
9.- Al instalar costanera recibe descarga 
eléctrica 
1.- Falta de aislación de energía 
eléctrica en vía pública como en obra 
al momento de efectuar trabajos. 
 
2. Falta de supervisión de trabajos en 
obra. 
 
3. Desconocimiento y falta de 
información acerca de los riesgos y 
procedimientos asociados al trabajo. 
1. Implementar sistema de canalización y aislación de energía eléctrica 
tanto en la vía pública como al interior de la obra, mientras dure la 
ejecución de los trabajos. Para ello, deberá coordinar el trabajo en 
conjunto con la empresa de distribución de energía eléctrica. 
 
2. En cada faena debe existir a lo menos un supervisor, quién indicará las 
tareas a ejecutar, riesgos existentes en su desarrollo y observe su 
ejecución, con el fin de detectar las condiciones subestándares. 
 
3. Confeccionar un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad 
según el Código del trabajo y normativa DS. 40 Ley 16,744. 
 
4. Confección de procedimientos de trabajo seguro según labor y riesgo 
asociado. Obligación de informar a través de charlas, los riesgos 
presentes en los distintos procesos y labores de la obra manteniendo los 
registros respectivos. Mantener un acta de entrega y de capacitación en 
el correcto uso de los equipos de protección personal. 
 
 
 
DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS MEDIDAS CORRECTIVAS 
10.- Un trabajador se encontraba 
participando en una faena de montaje de 
galpón metálico. Siendo 
aproximadamente las 12:55 hrs. 
desenganchó su arnés de seguridad y 
procedió a bajar por las cerchas, 
momentos en que cae desde una altura 
aproximada de 5 metros. 
1. Falta de control administrativo 
(Reglamento Interno de Higiene y 
Seguridad). 
 
2. Falta de estándares de seguridad en 
el trabajo. 
 
3. Ausencia de supervisión en los 
trabajos realizados. 
 
4. Ausencia de procedimientos de 
trabajo seguro. 
1. Autorizar el desarrollo de trabajos en altura sólo a aquellos 
trabajadores que acrediten salud compatible. 
 
2. Se deben aplicar las siguientes correcciones al andamio utilizado 
actualmente para acceder a la techumbre: 
• Implementar placas base con husillo en todos los pies derechos del 
andamio. 
• Anclar pies derechos del andamio a la estructura del galpón. Estos 
anclajes deben implementarse por cada dos cuerpos de la estructura del 
andamio. 
• Reducir los espacios entre plataformas (agregando más de ellas), 
impidiendo separaciones superiores a los 5 mm. 
• Implementar rodapiés en todos los costados expuestos de las 
plataformas del andamio. La altura mínima que deben tener es de 150 
mm. 
• Implementar doble baranda en todos los costados expuestos de las 
plataformas del andamio. Una debe fijarse a una altura de 50 cm sobre y 
la otra a 100 cm; ambas dimensiones medidas desde la superficie de la 
plataforma. 
• Implementar escaleras interiores en el andamio que sirvan de acceso a 
los niveles superiores de la estructura. 
 
3. Elaborar y distribuir entre los trabajadores involucrados un 
Procedimiento de Trabajo escrito para la realización de trabajos en 
alturas. En el documento deberán quedar definidos a lo menos los 
siguientes aspectos: 
 
• Requisitos mínimos para la autorización de trabajo en altura Aplicables 
al trabajador: 
-Salud compatible 
- Haber sido informado acerca de los riesgos que entraña el trabajo en 
altura, los métodos de trabajo correctos y las medidas preventivas 
asociadas.- Contar con sistema de protección personal para caídas, aplicable a las 
condiciones de trabajo. 
- Inspección previa de superficies de desplazamiento y trabajo utilizadas 
en la realización de trabajo en altura, al comienzo de cada jornada. 
-Asignación de responsabilidades sobre el procedimiento: 
 
-Nivel Superior Jerárquico: Asegurar el cumplimiento del procedimiento, 
evaluar periódicamente su aplicación y, de ser necesario, introducir 
mejoras al mismo. 
 
-Jefe Directo: Otorgar las autorizaciones para desarrollar trabajos en 
altura y supervisar el cumplimiento del procedimiento. 
 
-Trabajador: Cumplir cabalmente el procedimiento. 
11.- Trabajador estaba realizando labores 
a una altura aprox. de seis metros, con su 
arnés de seguridad, sin embargo, se 
desprende una plancha, provocando que 
el trabajador cayera al suelo (al piso de 
concreto).-El trabajador fue derivado al 
Hospital, donde falleció. 
1. Falta de cuerda de vida. 
 
2. Falta procedimiento en trabajos de 
altura. 
 
3. Falta de charlas de inducción. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1. Para trabajos en altura es necesario y obligatorio el uso de arnés y 
cuerda de vida. 
 
2. Crear procedimientos para trabajos en altura. 
 
3. Debe existir registro de charlas de inducción de seguridad. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS MEDIDAS CORRECTIVAS 
12.- Trabajador estaba realizando 
extracción de agua en la sala de bombas 
de la empresa principal. Para ello, 
utilizaba compresor de 220v, al tomar las 
manillas del artefacto sufre shock 
eléctrico, luego de rescatarlo, el 
trabajador es trasladado vía ambulancia, 
Falleciendo en el Centro asistencial. 
1. Shock eléctrico al tomar contacto 
con compresor existente en la sala de 
bombas 
1. Capacitar al personal en materias relacionadas con contacto con 
fuentes energizadas, reacción frente al fuego, primeros auxilios y 
evacuación. 
 
2. Adaptar Reglamento Interno de Higiene y Seguridad a la realidad 
funcional de la empresa. Deben incluirse obligaciones y prohibiciones 
propias del trabajo. 
 
3. Efectuar las inducciones del derecho a saber por medio del empleador 
directo. 
 
4. Confeccionar manual de procedimientos de trabajo seguro, para las 
actividades más críticas y recurrentes de la empresa. 
13.- El trabajador se encontraba 
realizando la tarea de quemado y sellado 
de alineadores (nylon). Por razones que 
se desconocen, pierde el equilibrio y cae 
desde la escala de 2º nivel, causando 
lesiones graves en el costado derecho del 
cráneo del trabajador, Posteriormente 
fallece. 
1. Falta de entrega de E.P.P. 
 
2. Falta procedimiento de trabajo en 
altura. 
 
3. Falta orden y limpieza en zona de 
trabajos deficientes. 
4. Falta de señalización en áreas de 
riesgos. 
 
5. Falta de charla de inducción. 
 
6. Falta de inspección de seguridad. 
 
7. Falta capacitación de trabajo en 
altura. 
1. Cada vez que se realicen trabajos en altura es obligatorio el uso de 
arnés de seguridad y cuerda vida. 
 
2. Crear procedimiento para ejecutar trabajos en altura. 
 
3. Mantener en forma constante el orden y la limpieza en el lugar de 
trabajo. 
 
4. Señalizar las áreas de riesgos. 
 
5. Realizar charla de inducción. 
 
6. Realizar inspecciones planeadas por personas responsables y 
competentes, con conocimientos y experiencia necesaria para revisar 
correctamente el área de trabajo. 
 
7. Realizar capacitación de trabajo en altura.

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