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LEY NATURAL

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LEY NATURAL
Ley natural, conjunto de principios que, en ética, teología, derecho y teoría social, remite a lo que se supone son las características permanentes de la naturaleza humana, que pueden servir como modelo para guiar y valorar la conducta y las leyes civiles. La ley natural se considera, en esencia, invariable y aplicable en un sentido universal. A causa de la ambigüedad de la palabra “naturaleza”, el significado de natural varía. Así, la ley natural puede ser considerada como un ideal al que aspira la humanidad, o un hecho general entendido como el modo en que actúan por norma o regla general los seres humanos. La ley natural es diferente de la ley positiva, establecida por la sociedad civil.
TEORÍAS CLÁSICAS
Los filósofos griegos fueron los primeros en elaborar una doctrina de la ley natural. En el siglo VI a.C., Heráclito hablaba de una sabiduría común que impregna todo el Universo: “todas las leyes humanas se nutren de una, la divina”. Aristóteles distinguía entre dos clases de justicia: “Una norma de justicia es natural cuando tiene la misma validez en todas partes, y no depende de que la aceptemos o no; una norma es legal (convencional) cuando en primera instancia puede ser fijada en un sentido u otro con indiferencia”. Los filósofos estoicos, sobre todo Crisipo de Soli, elaboraron una teoría sistemática de la ley natural. Según el estoicismo, el cosmos está ordenado respondiendo a un principio racional por un principio activo, el logos, llamado de diversos modos: Dios, alma o destino. Toda naturaleza individual es parte del cosmos. Vivir conforme al imperativo de la virtud significa vivir en armonía con la propia naturaleza, vivir de acuerdo a la razón. Puesto que la pasión y la emoción se consideran movimientos irracionales del alma, el sabio busca erradicar las pasiones y abraza de forma consciente la vida racional. Esta doctrina fue popularizada entre los romanos por el orador del siglo I a.C. Marco Tulio Cicerón, que formuló una famosa definición de ley natural en su De Republica: “La ley verdadera es la razón justa de acuerdo con la naturaleza; es de aplicación universal, invariable y eterna; requiere el cumplimiento de sus mandatos, y aparta del mal por sus prohibiciones. No existirán leyes diferentes en Roma y Atenas, o diferentes leyes ahora y en el futuro, sino que una ley eterna e invariable tendrá validez para todas las naciones y en todas las épocas”. En el Corpus Iuris Civilis, compilación y codificación del Derecho romano promulgada en el 534 por el emperador Justiniano I, se reconocía una ius naturale, pero no existía ninguna afirmación de que la ley natural sea superior a la ley positiva y ninguna reivindicación de los derechos humanos (la esclavitud, por ejemplo, era entonces legal).
TEORÍAS CRISTIANAS
Los cristianos encontraban la doctrina de la ley natural de los estoicos compatible con sus creencias. San Pablo hablaba de los gentiles, que no asumen la ley de Moisés, cumpliendo “por naturaleza lo que la ley exige” (Rom. 2,14). El teólogo hispano del siglo VI san Isidoro de Sevilla afirmaba que la ley natural se observa en todas partes por instinto natural; citaba como muestra las leyes que ordenan el matrimonio y la procreación. Los textos de san Isidoro, citados por el erudito italiano Graciano en el comienzo de su Decretum (1140?), el principal manual de Derecho canónico durante la edad media, incitaron a una amplia discusión entre los más importantes representantes del escolasticismo. De las teorías de estos últimos sobre la ley natural, la de santo Tomás de Aquino es la más conocida. En su Summa Theologiae (1265-1273), santo Tomás llamaba “ley eterna” al gobierno racional de la creación de Dios. Ésta confiere a todos los seres la orientación de aquellas acciones y fines que les son propios.

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