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El riesgo de las economías colaborativas y startups y su efecto en la regulación en algunos países de América Latina

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Mauricio García Valoyes 
Abogado de la Universidad La Gran Colombia 
Aldair.garva@gmail.com 
 
El riesgo de las economías 
colaborativas y startups y su 
efecto en la regulación en 
algunos países de América 
Latina 
 
 
 
 
 
 
 
Universidad Libre 
Posgrados Facultad de Derecho 
Bogotá - Colombia 
2023 
 
 
 
 
2 
 
Resumen 
A través del presente artículo se busca abordar la temática del comercio electrónico y 
como este desde su aparición ha impulsado un nuevo nicho digital mercantil el cual ha 
supuesto grandes retos para el sector legislativo en Latinoamérica, particularmente en 
Colombia. La creciente ola de negocios digitales ha significado un esfuerzo arduo para 
regular tales emprendimientos, pues cada vez es más común encontrar negocios cien 
porcientos digitales que efectúan diversos actos de comercio de manera repetitiva, lo que en 
muchos casos implica informalidad comercial y un riesgo al consumidor. Es así como dentro 
del presente articulo de investigación se busca estudiar el fenómeno de los startups y como la 
carencia de regulación normativa representa un riesgo inminente para las actividades de 
consumo y los participantes de estas transacciones, así mismo, se estudiarán los impactos 
producidos por el auge del comercio digital y estas nuevas formas de empresas cien por 
ciento digitales en América Latina. 
Palabras claves 
Regulación, flexibilización, economías colaborativas, startups, informalidad 
empresarial, emprendimiento, comercio electrónico, riesgo, consumidor y Fintech. 
Abstract 
This article seeks to address the issue of electronic commerce and how this has driven 
a new digital market niche which has posed great challenges for the legislative sector in Latin 
America, particularly in Colombia. The growing wave of digital business has meant an 
arduous effort to regulate such ventures, as it is increasingly common to find one hundred 
percent digital businesses that perform various acts of commerce repeatedly, which in many 
cases implies commercial informality and a risk to the consumer. Thus, this research article 
seeks to study the phenomenon of startups and how the lack of regulation represents an 
imminent risk for consumer activities and the participants of these transactions, as well as to 
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study the impacts produced by the rise of digital commerce and these new forms of one 
hundred percent digital businesses in Latin America. 
Keywords 
Regulation, flexibilization, collaborative economies, startups, business informality, 
entrepreneurship, risk, consumer, e-commerce and fintech. 
Sumario- Introducción. Contexto y realidades de los emprendimientos digitales y su 
regulación. Contextualiza. Los Startups en México, Colombia y Argentina. 
Conclusiones. 
Introducción 
Para Colombia, el estallido emprendedor ha representado un reto significativo en el 
ámbito legislativo, por lo que con la expedición de la ley 2069 de 2020 o “Ley de 
emprendimiento” se puede entender que el legislador buscó atender la temática, la cual ha 
venido demostrando tendencias al crecimiento. Pues gracias a las ventajas que ofrece, el auge 
de tales modelos es un hecho irrefutable, de hecho, según la OCDE (2013), los países que 
mayor crecimiento de Startup son Brasil, México, Argentina, Chile, Colombia y Perú, esto 
dado también a que, según CEPAL (2018), en América Latina el uso de redes sociales es el 
más intenso del mundo, es por esto que su naturaleza digital ha permitido percibirlos como 
tipos de negocios viables para la construcción de estructuras empresariales rentables y 
sostenibles, soportadas en ideas innovadoras y de fácil acceso. 
Sin embargo, el desarrollo legislativo se ha centrado en dar respuesta a los aspectos 
tributarios en torno a dichos modelos más que en la construcción de un marco normativo 
explicativo claro que dé respuesta tanto a las características de fondo como de forma del 
fenómeno de estudio. En consecuencia, el presente artículo pretende estudiar los puntos 
esenciales de la temática a través de la comparación de experiencias legislativas con el fin de 
explorar una posible ruta de acción encaminada a la construcción de una normatividad 
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innovadora y flexible que permita establecer unos lineamientos regulatorios para la acción de 
los startups y las economías colaborativas que beneficie a los emprendedores y consumidores 
en Colombia. Así que para el presente artículo se estableció una metodología investigativa 
que consiste en una revisión bibliográfica sobre la temática de investigación, posteriormente 
un análisis de derecho comparado y finalmente las conclusiones obtenidas en el desarrolló 
investigativo. 
Contexto y realidades de los emprendimientos digitales y su regulación 
Para comenzar, es importante entender que la ausencia de un marco normativo 
especial y claro, representa una amenaza latente para aquellas personas, tanto naturales como 
jurídicas, dispuestas a incursionar o relacionarse con el nuevo entorno comercial que 
representan las startups, economías colaborativas y emprendimientos digitales, y el riesgo de 
ser víctima de diferentes delitos electrónicos se ve magnificado por tal motivo. De la misma 
manera se ve afectada la formalización empresarial, los aspectos tributarios que esta conlleva, 
y otros factores que giran en torno de las negociaciones electrónicas. Por lo mencionado 
anteriormente, es relevante investigar la problemática previamente expuesta, con el objetivo 
de explorar los puntos esenciales de la misma y plantear una posible ruta de acción. 
Entendiendo las anteriores características, se hace vital comprender que el comercio 
es un fenómeno social, particularmente la célere y versátil en su desarrollo y estrechamente 
relación con la capacidad de conexión humana, es así como, con la llegada de internet y la 
globalización, el cambio en la forma en que se desarrolla era inevitable y sin duda sus 
repercusiones sociales igualmente. 
La implementación de nuevas tecnologías y modelos de negocios diferentes se volvió 
observable a simple vista. Ejemplo claro de ello es Uber, que se posiciona como una forma 
de trabajo flexible para los particulares, también Rappi, modelo que interconecta a 
vendedores de productos con consumidores, con facilidad y rapidez, o herramientas 
5 
 
tecnológicas como el Blockchain que permite realizar transacciones seguras a nivel global. 
Esto muestra que el mundo está evolucionando rápidamente, igual la manera de relación 
humana, sin duda alguna, el comercio no se quedará atrás. Por tal motivo, es importante para 
el ordenamiento jurídico colombiano crear un marco normativo adaptable que pueda 
mantenerse a la par de estos cambios. 
Es así como se proponen para este artículo investigativo las siguientes preguntas de 
investigaciones las cuales servirán de guía en el desarrollo del mismo: 
● ¿Cuál ha sido el enfoque legislativo sobre la temática en Colombia? 
● ¿Cuál es la proyección del comercio electrónico en Colombia? 
● ¿Qué ventajas trae la formalización a los nuevos modelos de negocios 
digitales? 
● ¿Cuáles son las acciones realizadas en el ámbito legislativo que 
impulsen el desarrollo de nuevos modelos de negocios digitales en Colombia? 
Por lo anteriormente expresado, y siguiendo los argumentos de caracterización, es 
posible determinar que en el presente artículo se pueda denotar una carencia o total ausencia 
de regulación normativa comercial sobre la temática en nuestro país y que producto de ello, 
existen diversos patrones de relacionamiento entre los consumidores y vendedores bajo un 
sistema de informalidad riesgoso pero rentable y dinamizador de la economía del país. 
Para abordar tal objeto, se planteó una metodología de estudio de derecho comparado 
de diseño no experimental, por medio de una investigación de carácter cualitativo debido a 
que “la investigación cualitativa se enfoca en comprenderlos fenómenos, explorarlos desde 
la perspectiva de los participantes en un ambiente natural y en relación con su contexto” 
(Samperi et al, 2000, p. 358); esto teniendo en cuenta las variables de regulación, 
flexibilización e informalidad, por lo que tal método permite abordar el fenómeno 
investigativo desde su naturaleza supranacional. 
6 
 
Para el desarrollo de la metodología se estableció dividirla en tres fases, una primera 
fase de conceptualización y exploración del giro ordinario de los startups y economías 
colaborativas en el mundo de los negocios; la segunda fase enfocada estudio comparativo de 
la regulación y nivel de flexibilidad normativa de estos modelos en México, Colombia y 
Argentina; y finalmente, la tercera fase donde se recogen las conclusiones del artículo 
investigativo. 
Ahora bien, para la presente investigación se establece como población de estudio las 
empresas nacidas bajo el marco de los startups (emprendimientos) y las economías 
colaborativas, determinando como muestras de investigación aquellos emprendimientos 
digitales que operan bajo la informalidad actualmente, así como aquellos que ya han 
realizado el proceso de formalización empresarial. 
“La investigación cualitativa longitudinal busca descubrir y entender procesos de 
cambio a lo largo del tiempo" (Caïs et al, 2014), por lo tanto, teniendo cuenta que el 
fenómeno a investigar es relativamente nuevo, el presente artículo se abordará a partir del año 
2018 hasta finales del año 2023, fundamentado adicionalmente en que el año de inicio se 
promulga en México la “ley Fintech”. 
En consecuencia, se establece como técnicas de investigación las siguientes: para la 
primera fase investigativa, una revisión bibliográfica sobre la temática de investigación que 
permita plantear bases claras y sustanciales del objeto de estudio, posteriormente, se abordará 
la siguiente fase a través de un análisis comparativo del marco normativo mexicano y 
colombiano sobre la regulación y flexibilización de la población de estudio (posible análisis 
de similitudes entre ordenamientos jurídicos comerciales), y finalmente, se realizará un 
compendio de los aspectos más significativos a manera de conclusión sobre la temática que 
permita dilucidar una posible ruta de acción en el ordenamiento jurídico colombiano. 
Resultados 
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 Conceptualización 
El presente capítulo pretende sentar conceptos precisos sobre startups y economía 
colaborativa, así como los aspectos más esenciales del fenómeno de investigación, con el fin 
de avanzar a partir de bases sólidas en la temática. Para ello, es necesario comprender que las 
startups y economías colaborativas se encuentran encerradas en el marco del comercio 
electrónico o e-commerce el cual es definido por la Corporación Universitaria Asturias como: 
Transacciones comerciales de compra y venta basadas en internet. El principal punto 
en el que se concentran estas ventas son las tiendas online, esto es, aquellas páginas 
web desde las cuales se puede completar la compra de productos o servicios a través 
de internet (S.f, pág 4). 
Por otro lado, el legislador, por medio de la Ley 527 de 1999 en su artículo 2 entendió 
el comercio electrónico como: 
Comercio electrónico. Abarca las cuestiones suscitadas por toda relación de índole 
comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más 
mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. Las relaciones de índole 
comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las siguientes operaciones: toda 
operación comercial de suministro o intercambio de bienes o servicios; todo acuerdo 
de distribución; toda operación de representación o mandato comercial; todo tipo de 
operaciones financieras, bursátiles y de seguros; de construcción de obras; de 
consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias (...) (Congreso de la República de 
Colombia). 
En este sentido, una de las características principales de los startups y las economías 
colaborativas es su tendencia a la internacionalización (supranacionalidad), puesto que, al 
desarrollarse a través de internet, se extiende su alcance comercial a nivel global. No 
obstante, esto no implica que toda empresa emergente sea de carácter internacional, sino que 
8 
 
a partir de su estrecha relación con las nuevas tecnologías facilita que estas superen los 
aspectos de nacionalidad y territorialidad. 
Adicionalmente, estas se encuentran soportadas en ideas innovadoras y modelos de 
negocios flexibles con alta tendencia al crecimiento. El Banco de Santander en uno de sus 
artículos informativos define los startups como un emprendimiento que tiene amplias 
posibilidades de crecimiento debido a su modelo de negocio adaptable al uso de nuevas 
tecnologías (2022). 
Así para Graham (1964): “Los startups son estructuras empresariales orientadas a 
conseguir un rápido crecimiento en base a una innovación” ambos conceptos entienden este 
modelo de negocio como uno que nace de ideas novedosas a través de la aplicabilidad 
tecnológica que tiende a crecer con rapidez y mayor facilidad. Estas estructuras empresariales 
cuentan con diferentes etapas para su conformación las cuales son: Gestación (Pre-seed y lete 
seed), entendida como la fase inicial donde se busca la inversión de capital por parte de los 
denominados y Business Angels, que son personas particulares cercanas al proyecto (amigos, 
familiares, socios) que también pueden aportar experiencia para poder desarrollar la idea del 
modelo de negocio. Posteriormente, se encuentra la etapa de lanzamiento donde es requerida 
la inversión de capital semilla que permita la prueba de los productos y servicios ofrecidos al 
público con el fin de obtener el punto de equilibrio. 
 No obstante, la obtención de este no implica la supervivencia empresarial, pues en la 
siguiente etapa conocida como Early Stage, la empresa se sostiene a partir de las utilidades 
generadas por su actividad comercial. Sin embargo, tales recursos son apenas suficientes por 
lo que es necesaria la inversión de mayor capital y es donde entran a escena aportantes de 
capital con mayor nivel de profesionalismo en el mercado como los fondos de inversión de 
capital de riesgo. Tal y como expresan Escartín et al.: 
9 
 
En esta fase ya se pueden empezar a realizar aproximaciones sobre cuál va a ser la 
capacidad futura de generación de recursos del startup, favoreciendo así la entrada de 
nuevos intervinientes con mayor capacidad y un grado de profesionalización 
ligeramente superior a los de la etapa anterior. (2020, pág 20) 
A continuación, se encuentra la etapa de crecimiento y expansión, también conocida 
como Later Stage, en la cual la empresa consolidad su posición en el mercado a través de la 
fidelización de clientes lo que maximiza sus recursos por medio de las utilidades o ganancias 
obtenidas en el desarrollo de su objeto social, este hecho da la apertura al financiamiento 
tradicional multiplicando las oportunidades de acceso a nuevos capitales, contratos y 
expansión de sus actividades. Es en esta etapa cuando se habla de alcance del éxito, pues 
como expresan Gompers y Lemer (2004), el 90% de los startups que no han logrado la 
financiación de manera profesional terminan fracasando. 
Otro concepto fundamental es el de Fintech que, como indica Molina (2016), es un 
término que viene de las palabras en inglés finance y technology y hace referencia a empresas 
de soluciones financieras que son innovadoras debido a que se soportan en nuevas 
tecnologías. 
En cuanto a economías colaborativas, la Comisión Europea las define como “modelos 
de negocio en los que se facilitan actividades mediante plataformas colaborativas que crean 
un mercado abierto para el uso temporal de mercancías o servicios ofrecidos a menudo por 
particulares.” (2016, pág 20). Es aquí donde se presenta la primera diferencia entre ambos 
modelospues si bien, una empresa emergente puede encontrarse dentro de un modelo de 
economía colaborativa, no todos estos modelos son considerados startups. 
Pues, dentro de las economías colaborativas, las relaciones se dan debido a la 
participación cooperativa entre el emprendimiento o empresa que cumple la labor de 
vendedor o prestador de servicios, el intermediario, que crea una interacción entre el 
10 
 
comerciante y el cliente por medio de una plataforma digital con fines de lucro, y el 
consumidor quien es el obtiene el producto o servicio final. Por otro lado, en los startups, 
pese a que tienen las mismas partes participativas, los intermediarios no tienen ningún tipo de 
ganancia monetaria en medio del intercambio comercial, sino solo son un medio de conexión 
entre los participantes, por ejemplo, las redes sociales. 
De hecho, varios países de Latinoamérica están haciendo de los startups un punto 
importante en sus planes de desarrollo productivo e innovación puesto al gran potencial que 
suponen en los crecimientos del PIB. Sin embargo, pese al gran beneficio que representan los 
startups y las economías colaborativas en América Latina y el Caribe, según datos del banco 
mundial (2020), estos países, a excepción de Brasil, no invierte ni el 1% del PIB en los planes 
de investigación y desarrollo, los que son fundamentales para la ayuda financiera que 
solicitan estos emprendimientos a los gobiernos, situación que termina sustentando la cultura 
de la informalidad. 
Los Startups en México, Colombia y Argentina 
Para iniciar la fase de comparación, es vital plantear que, como se expresó al 
comienzo de este texto, Colombia cuenta la Ley 2069 de 2020, la cual busca impulsar los 
emprendimientos en el territorio nacional, mientras que México por su parte cuenta con la 
Ley Fintech, que regula aquellas instituciones tecnológicas financieras, procura preservar la 
estabilidad financiera, prevenir operaciones ilícitas y mantener neutralidad tecnológica. 
Adicionalmente, ambos marcos normativos cuentan con leyes de protección al 
consumidor, en Colombia la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del consumidor) y México que 
regula la materia a través de la Ley Federal de protección al consumidor, por lo que a partir 
del momento se analizaran las similitudes y diferencias entre ambas regulaciones respecto del 
tema de estudio y su manera de afrontarlo. 
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En cuanto a ley de emprendimiento colombiana, está enfoca la flexibilización de los 
requisitos tributarios para la conformación de empresa direccionando estas medidas a micro, 
pequeña y mediana empresa. No obstante, no brinda una definición de sobre qué se entiende 
por emprendimiento o startups, ni hace referencia a las economías colaborativas, sin 
embargo, da un paso adelante en su artículo 5 donde se ordena al Gobierno Nacional expedir 
una normatividad particular que permita desarrollar un espacio especial de vigilancia y 
control para la exploración de modelos de negocio innovadores en las industrias (sandbox) 
los cuales se encuentran reglamentados en el Decreto 1732 de 2021. el Ministerio de 
Industria y Comercio los define así: 
“Sandbox es un tipo de mecanismo exploratorio de regulación que permite a las 
empresas probar productos, servicios y modelos de negocio innovadores, sin incurrir 
inmediatamente en todas las consecuencias regulatorias normales de participar en la 
actividad correspondiente” (Art 2.2.1.19.3). Estos están dirigidos a mejorar la sostenibilidad 
empresarial, así como busca exhortar la formalización de la micro, pequeña y mediana 
empresa. (Mipymes). Sin embargo, la misma norma cualifica a los aplicantes a este tipo de 
espacios pues están directamente relacionados con el desarrollo de nuevas tecnologías. 
Así las cosas, Colombia ha dirigido sus acciones de impulso respecto de startups 
aquellos emprendimientos que tiene como objeto la innovación y desarrollo de las nuevas 
tecnologías, pero se vuelve necesario aclarar que este modelo de negocio (Startups) no cuenta 
con una definición precisa, y cada país ha direccionado sus mecanismos de apoyo la creación 
de empresa de alto impacto e innovación en sectores diferentes de acuerdo con cómo entiende 
el término. Actualmente, Colombia cuenta con la Unidad de Gestión y Crecimiento 
Empresarial Innpulsa adscrita al Ministerio de Industria y Comercio que con el objetivo de 
“promover el emprendimiento, la innovación y el desarrollo de las empresas para mejorar la 
competitividad de Colombia” (2018). 
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Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en su 
estudio sobre startups en América Latina “(...) Las políticas públicas pueden apoyarlos por 
medio de un abanico de instrumentos que ofrezcan financiamiento, asesoría, capacitación y 
marcos legales propicios en función de sus fases de desarrollo” (2013, pág 8). Colombia ha 
diseñado a través de las diferentes leyes, decretos e iniciativas un marco normativo amplio 
sobre la temática con el objetivo de crear el ambiente de emprendimiento participativo. 
 Ahora, Colombia en alianza con estructuras empresariales de tamaño mundial, busca 
el financiamiento de emprendimientos con alta capacidad de crecimiento. Es así como 
Innpulsa entre el año 2021 y 2022 ha seleccionado 102 emprendimientos en 8 departamentos 
del país para inversión y desarrollo (2022) proceso que se ve complementado con 
instrumentos de seguimientos en sus diferentes fases. 
Según la OCDE, para el año 2013 unos de los mayores retos en materia de startups en 
América latina era la correcta financiación de estos modelos es sus diferentes etapas desde la 
gestación hasta la etapa de crecimiento de la empresa. En cuanto a México, los retos para ese 
año se encontraban focalizados en la etapa de gestación de los startups, así como en la 
construcción de programas de capacitación empresarial para emprendedores y, de ese modo, 
en el año 2018 se promulga la Ley Fintech. Por medio de esta ley, México abre un nuevo 
espacio a los startups enfocados en el tema de financiero pues permite a estas proporcionar 
sus modelos para realizar operaciones financieras (Paypal) las empresas fintech se vinculan 
como intermediadores en las operaciones financieras y desarrollan todo de tipo de 
transacciones en este ámbito. 
Sin embargo, es esencial comprender el porqué de esta ley. La “ley Fintech” nace a 
partir de la innovación en lo que se conoce como plataformas digitales de pago como PSE o 
ePay, lo que dio lugar a la creación de empresas financieras 100% virtuales, situación que 
desató el crecimiento de delitos económicos no previstos en su ordenamiento jurídico, motivo 
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por el cual se crea la ley Fintech que busca regulando los vacíos legales existente y a su vez 
ejercer control y vigilancia sobre estas estructuras empresariales. Como consecuencia, la 
jurisdicción mexicana crea la figura de Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) y 
cualifica aquellas empresas que pueden fungir bajo la misma su territorio, restringiendo la 
figura únicamente a Sociedades Anónimas y las Sociedades Anónimas promotoras de 
inversión. 
De igual manera, establece las entidades competentes para ejercer la vigilancia sobre 
este tipo de empresas y faculta a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para 
autorizar quienes puede ejercer bajo el esquema de Instituciones de Tecnología Financiera, 
como reza el artículo 11 de la ley Fintech “Para organizarse y operar como ITF se requiere 
obtener una autorización que será otorgada por la CNBV, previo acuerdo del Comité 
Interinstitucional, en términos del Capítulo I del Título III de la presente Ley” (2018). 
Sumado a esto la Ley Fintech es promulgada bajo los principios de protección al consumidor, 
prevención de operaciones ilícitas y neutralidad tecnológica. 
Por su parte la Republica de Argentina legislativamente decido abordar la temática de 
manera diferentea México y Colombia, pues ha comprendido el fenómeno desde su 
naturaleza dinámica y exponencial por lo que a través de la Ley 27349 busco regular y apoyar 
la actividad emprendedora en el país estableciendo conceptos precisos sobre la temática, así 
como determino una autoridad especifica encargada de vigilar y fomentar dicha actividad 
denominada “Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del 
Ministerio de Producción” además de conceptualizar las “Instituciones de capital 
emprendedor e inversores en capital emprendedor” las cuales son entendidas a la luz del 
articulo 3 como: 
A los efectos de esta ley, se entenderá por “institución de capital emprendedor” a la 
persona jurídica —pública, privada o mixta—, o al fondo o fideicomiso —público, 
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privado o mixto— que hubiese sido constituido en el país y tenga como único objeto 
aportar recursos propios o de terceros a un conjunto de emprendimientos, según se 
defina en la reglamentación. 
2. Serán considerados “inversores en capital emprendedor” a los efectos de esta ley: a) 
La persona jurídica —pública, privada o mixta—, fondo o fideicomiso —público, 
privado o mixto—, que invierta recursos propios o de terceros en instituciones de 
capital emprendedor; b) La persona humana que realice aportes propios a 
instituciones de capital emprendedor; c) La persona humana que en forma directa 
realice aportes propios a emprendimientos. (2017) 
 De lo anterior puede notarse como el legislador de este país atiende este fenómeno 
como una oportunidad de crecimiento económico para el país y sus ciudadanos por lo que 
establece dentro de la misma ley unos beneficios financieros para aquellas personas naturales 
o jurídicas que se constituyan como instituciones de capital emprendedor como deducción de 
impuestos en un pequeño porcentaje, de igual modo a través de esta ley crea el Fondo 
Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE) lo que demuestra que 
Argentina confía en el crecimiento de los startups y su capacidad de genera ingresos por lo 
cual decidió desde temprano crear ambientes que permitan el desarrollo efectivo de los 
emprendimientos. 
Del mismo modo, dentro de la norma se establecen las sanciones para aquellos que 
vayan en contra de la misma las cuales al tenor del articulo 12 reza así: 
El incumplimiento de lo establecido en el presente título o su reglamentación trae 
aparejada la aplicación de las siguientes sanciones: a) Baja de la inscripción en el 
Registro de Instituciones de Capital Emprendedor; b) Inhabilitación para volver a 
solicitar la inscripción en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor, en las 
formas y condiciones que establezca la reglamentación. (2017) 
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No obstante, se considera que estas sanciones son demasiado especializadas y beben ser 
complementadas con normas de protección al consumidor como es el caso de Colombia y 
Mexíco. 
Conclusiones 
En el marco de la creciente era digital que moderniza el intercambio de bienes y 
servicios, las dinámicas comerciales se reestructuran para atender a estas necesidades. A raíz 
de esto, surgen ideas de negocio como los startups y las economías colaborativas modelos de 
negocios innovadores que han facilitado la manera de realizar actividades comerciales 
cotidianas haciendo uso de las nuevas tecnologías e internet. Así, para estar a la vanguardia 
de estas tendencias comerciales, la normatividad colombiana debe atender estos procesos 
desde una regulación flexible e innovadora que proteja tanto a emprendedores como 
consumidores. 
El marco normativo colombiano del comercio electrónico y de emprendimientos, requiere de 
reformas que contemplen lineamientos claros para las nuevas ideas de negocio como las 
startups y economías colaborativas. 
Sin duda el camino recorrido por Colombia en materia de emprendimientos y su 
impulso se encuentra enfocado en la vía correcta, sin embargo, la construcción de un 
ecosistema favorable para los emprendimientos y que fomente la formalización requiere de 
estrategias de flexibilización más tangibles, aun así al realizar el ejercicio de comparar el 
marco normativo construido por el Estado Colombiano y el marco normativo Mexicano, es 
posible afirmar que actualmente el abanico de instrumentos ofrecido en el territorio nacional 
abarca una mayor gama de enfoques en cuanto a las actividades comerciales desarrolladas 
por las startups. Pues el enfoque de la política de impulso a los emprendimientos en México 
está direccionado a las estructuras empresariales especializadas en el área financiera. 
16 
 
Consecuentemente, el desarrollo de la presente investigación permitió notar algunos 
vacíos dentro de la regulación comercial colombiana como el hecho de la falta de 
normatividad clara que establezca que se entiende por startups, su responsabilidad frente al 
consumidor si no se encuentra formalizada, mayor inversión en los fondos de innovación y 
desarrollo. Finalmente, es importante para los emprendedores colombianos adentrarse en el 
abanico de instrumentos de impulso ofrecidos por el Gobierno nacional, especialmente lo 
referente a los sandbox. 
 
 
 
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startup#:~:text=Una%20startup%20es%20una%20empresa,fuerza%20en%20los%20
%C3%Baltimos%20a%C3%B1o

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