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1 Managua, 18 de Abril del 2012 INFORME Y DICTAMEN Ingeniero RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ Presidente Asamblea Nacional Su Despacho Honorable Señor Presidente: Los suscritos miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social, recibimos de la Primer Secretaria de este Poder del Estado el “PROYECTO DECRETO QUE DECLARA AVE NACIONAL AL GUARDABARRANCO”, con el fin de dictaminarlo, de conformidad con las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua (Ley No. 606), por lo que los miembros de la Comisión se reunieron para tal efecto. I.- INFORME OBJETO DEL DICTAMEN Se persigue con la presente iniciativa de ley, darle fundamento jurídico legislativo a lo que de manera consuetudinaria, ha venido siendo reconocido como el Ave Nacional de Nicaragua, es decir, el Pájaro Guardabarranco. El pueblo de Nicaragua reclama tener conocimiento sobre esta Ave con fundamento legislativo. Ello permitirá rendirle protección y reconocimiento en su condición de Ave que representa parte de nuestra nacionalidad. El Ave Guardabarranco, desde hace muchos años ha sido considerada el Ave Nacional de Nicaragua. En un sinnúmero de publicaciones se refieren a esta ave como uno de los 2 símbolos nacionales, incluyendo publicaciones estatales, sin embargo, a la fecha no existe ningún decreto oficial que así lo declare. DESCRIPCION DEL GUARDABARRANCO Y DE SU HABITAT El Guardabarranco, cuyo nombre científico es Eumomota Superciliosa, es un pájaro relativamente pequeño, de alas cortas y redondas, su cola es larga y las plumas del final en forma de raquetas, la mueve como un péndulo cuando se posa en las ramas de los árboles. Tiene diferentes tamaños y colores, habita en todo el territorio nicaragüense, especialmente en los departamentos de Granada, Masaya, Rivas y Carazo. De forma específica esta Ave se encuentra en todos los bosques, zonas abiertas, ciudades de la región del Pacifico y en los cauces de las zonas suburbanas de Managua. En el Norte, en las partes bajas de los departamentos de Matagalpa y Estelí, hasta 800 metros de altura. En el Centro, en la parte Oeste de Boaco y Chontales y en el Sur, llego hasta San Carlos, pero evita adentrarse a la espesa selva. Además se encuentra desde el suroeste de México hasta Costa Rica. Vive en bosques decíduos y semidecíduos, a la orilla de los ríos en los bosques de galería, cauces secos, sabanas y matorrales bajos y enmarañados. A veces en los bordes de manglares. El Guardabarranco anida en huecos excavados en las paredes de los barrancos o en cuevas, la hembra pone de tres a cuatro huevos blancos, directamente en el suelo, donde son incubados. Observar a un guardabarranco moviendo su cola en un árbol es una imagen de mucha belleza. Se alimenta principalmente de insectos como mariposas y saltamontes, arañas y algunos vertebrados como lagartijas y culebras pequeñas. Se dice que cuando está nervioso o excitado balancea la cola como el péndulo de un reloj. Sus crías nacen con un instinto tal que reconocen los corales solo con ver su combinación de colores rojo, negro. Su nido es un hueco excavado en los paredones de tierra a orillas de carreteras y cauces. Es un túnel largo, a veces más largo que una persona adulta y como un puño de ancho, termina en una cámara donde deposita de tres a cinco huevos. Como se dijo anteriormente esta es un ave relativamente pequeña, del tamaño de un puño de una persona adulta, en promedio mide 34 centímetros de largo y pesa unos 65 gramos. Tiene el cuerpo mayoritariamente verde con la espalda y el vientre rojizo y además presenta diversas tonalidades de verde, celeste tornasol, blanco, amarillo, anaranjado y negro. 3 Posee una raya azul pálido sobre el ojo, asemejando un antifaz y en la garganta una marca vertical negra con un margen azul. Las plumas de vuelo y la superficie superior de la cola también son azules. Un rasgo muy llamativo y característico es que de su cola sobresalen dos largas plumas con el raquis desnudo y largo, con pluma ancha al final, simulando dos raquetas grandes, como las de muchos otros momotos, pero los astiles son más largos. Muchas veces, sobre todo cuando están alarmados, mueve su cola como un péndulo de un lado a otro, de allí su apodo yucateco "pájaro reloj". Es comúnmente conocido en Yucatán como Pájaro Tho. El grito es un graznido nasal, "cwaw" o "cwaanh", algunas veces se repite y se puede oír de lejos. Esta hermosa ave de singular belleza y policromo plumaje es tradicionalmente reconocida desde los años 80 como el ave nacional de Nicaragua donde se le llama "guardabarranco", pero ningún decreto legislativo o ejecutivo lo ha oficializado como tal, a pesar de que los libros de texto oficiales así lo mencionan. Es menester mencionar que la gran mayoría de los Países cuentan y así han sido reconocidos con sus propias aves nacionales. En los Países de Centroamérica se tiene al Quetzal como Ave Nacional de Guatemala, en Honduras La Guacamaya (en nuestro medio conocida popularmente como Lora), en Costa Rica el Yigüirro, en El Salvador el Togoroz, que es el mismo Guardabarranco y en Panamá el Águila Harpía. PROCESO DE CONSULTAS DEL PROYECTO DE DECRETO • Las instituciones, consultadas fueron las siguientes: • Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA) • Instituto de Turismo (INTUR) • Academia de Geografía e Historia de Nicaragua Todas y cada una de ellas reconocieron la importancia de este proyecto legislativo, expresando sus consideraciones y aportes de manera afirmativa, resaltaron la belleza y características del Guardabarranco. Desde la primaria se enseña a los nicaragüenses que el Ave Nacional es el Guardabarranco (Eumomota superciliosa), pero no existe ningún decreto, acuerdo, ley, norma o 4 reglamento que establezca legalmente que este pájaro de hermoso y colorido plumaje, es el Ave Nacional nicaragüense. De igual manera expresaron que el Estado de Nicaragua, a través de la Asamblea Nacional esta en la obligación de legislar a fin de declarar oficialmente al Guardabarranco como Ave Nacional, dado el reconocimiento que hasta hoy se le ha dado de manera informal. Por lo que tanto las instituciones de gobierno, y el pueblo nicaragüense están en la obligación de proteger el hábitat natural del Ave Nacional de los nicaragüenses. ACERCA DE LOS SIMBOLOS Y EMBLEMAS NACIONALES El año de 1971, fue un año importante para el reconocimiento de los símbolos patrios Cabe mencionar que se han determinado los símbolos patrios, como el Himno Nacional, la Bandera, el Escudo de Armas o Escudo Nacional, por medio del Decreto 1908, Ley sobre Características y Uso de los Símbolos Patrios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 194 del 27 de Agosto de ese mismo año. Anteriormente en ese mismo año se aprueba el Decreto No. 1890, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 193 del 26 de Agosto de 1971. El Madroño es designado como Árbol Nacional por medio del Decreto No. 1891, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 194 del 27 de Agosto de 1971. Dicho lo anterior se puede observar que con excepción del Ave Nacional, todos y cada uno de los símbolos patrios han sido reconocidos como tales, desde el punto de vista legislativo, inclusive. II.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN La Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social, una vez analizado el contenido y el objeto que persigue el reconocimiento a este Símbolo Patrio, dotándolo de base legal, con fundamento en el artículo No 138 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 30, numeral 1, 99, 100 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo (Ley No.606), hemos acordado emitir DICTAMEN FAVORABLE al “DECRETO QUE DECLARA AL GUARDABARRANCO AVE NACIONAL DE NICARAGUA”. Solicitamos al Honorable Plenario la aprobación del mismo tomando en cuenta el cambio de nombre a la Iniciativa presentada. Cabe mencionar que 5 el presente Proyecto de Decreto no se opone a la Constitución Política de Nicaragua, Leyes Constitucionales, ni a Instrumentos Internacionales de los que Nicaragua es Estado Parte. Sin más a que hacer referencia, aprovechamos la ocasión para saludarles. Atentamente, DIP. MARIO VALLE DAVILA DIP. MARITZA ESPINALES DIP. WILBER RAMÓN LÓPEZ NÚÑEZ DIP. ALBA GONZÁLEZ TORREZ DIP. MARÍA MANUELA SACASA SELVA DIP. ÁNGELA ESPINOZA TORREZ DIP. DORA ELENA ROJAS DIP. FÁTIMA ESTRADA TORRES DIP. JACINTO JOSÉ SUAREZ ESPINOZA DIP. ARTURO VALDEZ ROBLETO DIP. JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES DIP. ALBERTO LACAYO ARGUELLO DIP. SANTIAGO ABURTO OBANDO DIP. JOSÉ ARMANDO HERRERA M. 6 DECRETO A.N. No.------- LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades HA DICTADO El siguiente DECRETO QUE DECLARA AL GUARDABARRANCO AVE NACIONAL DE NICARAGUA Artículo 1. Declárese al Guardabarranco (Euromomota superciliosa) Ave Nacional de Nicaragua. Artículo 2. La Asamblea Nacional pondrá en conocimiento de las autoridades del Ministerio de Educación el presente Decreto para lo de su cargo. Artículo 3. La presente Ley entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación por cualquier medio de comunicación social escrito de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en la Gaceta Diario Oficial. Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los _____ días del mes de ___________ del año dos mil doce. RENE NUÑEZ TELLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ Presidente Primera Secretaría 7
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