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RESOLUCIONADMINISTRATIVA-000326-2023-P-CSJAP

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Corte Superior de Justicia de Apurímac 
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac 
 
 
 
 
 
 
"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" 
"Año de la unidad, la paz y el desarrollo" 
 
 
Abancay, 15 de marzo de 2023 
 
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° -2023-P-CSJAP-PJ 
 
 
VISTO: 
 
La carta de renuncia de fecha veintiocho de Diciembre del año 2022, presentado por 
Damber Maucaylle Cari, en su condición de Juez de Paz Titular de Primera 
Nominación de Kaquiabamba, del distrito de Kaquiabamba, Provincia de Andahuaylas, 
Región Apurímac, y; 
 
CONSIDERANDO: 
 
Que, la Ley N° 29824, denominada “Ley de Justicia de Paz”, regula el funcionamiento 
de los Juzgados de Paz en todo el territorio nacional, y en su artículo 13° se señala que 
la elección y designación de los Jueces de Paz, será por el periodo de cuatro años, 
pudiendo ser reelegido o seleccionado nuevamente; la designación será con las 
exigencias que establece el artículo 1° de la mencionada ley. 
 
Que, el Art. 9° numeral 2, de la Ley N°29824, Ley de Justicia de Paz, establece que el 
cargo de Juez de Paz, termina entre otras causales por renuncia, desde que esta es 
aceptada. 
 
Que, la renuncia es el acto jurídico unilateral, a través del cual la persona manifiesta en 
forma libre y voluntaria su decisión de dar por resuelta o extinguida su relación o vínculo 
con determinada institución. 
 
Que, mediante Resolución Administrativa N°620-2019-P-CSJAP/PJ, de fecha 08 de 
mayo del año 2019, se designó como Juez de Paz Titular y accesitarios del Juzgado de 
Paz de Primera y Segunda Nominación de Kaquiabamba, del distrito de Kaquiabamba, 
Provincia de Andahuaylas, recayendo tal designación en los ciudadanos: Primera 
Nominación Juez Titular Damber Maucaylle Cari, primer accesitario Hugo Demetrio 
Ccorahua Ccarhuas y segundo accesitario Edgar Silvera Salazar, cuya designación 
debía fenecer el 08 de mayo del año 2023. 
 
Que, con el documento del visto, el ciudadano Damber Maucaylle Cari, presenta su 
renuncia al cargo de Juez de Paz Titular de Primera Nominación de Kaquiabamba, del 
distrito de Kaquiabamba, motivando su petición por motivos de haber sido proclamado 
como Alcalde mediante Resolución de Alcaldía N° 547-2022-MPA-AL., siendo cargo 
político de elección popular, lo cual es impedimento para ejercer el cargo de Juez de 
Paz, tal como señala el numeral 1) del artículo 2 de la Ley N° 29824, Ley de Justicia de 
Paz. 
 
Con el oficio N° 06-2023-ODECMA-CSJAP-PJ, remitido por la Oficina Desconcentrada 
de Control de la Magistratura, se verifica que el juez de paz Damber Maucaylle Cari, no 
 
 
 
 
 
Corte Superior de Justicia de Apurímac 
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac 
 
 
 
 
 
 
registra investigación, queja, ni proceso disciplinario instaurado en su contra, en su 
actuación como Juez de Paz pasible de sanción con destitución. 
 
Del análisis efectuado en el presente caso, se puede advertir que lo solicitado por el 
referido ciudadano, cumple con los requisitos establecidos por ley, por consiguiente a lo 
antes expuesto se subsume dentro de la figura de renuncia al cargo de Juez de Paz, 
fundamentos por lo que es procedente aceptar la renuncia, tanto más que para ejercer 
el cargo de juez de paz, entre otros requisitos se requiere la voluntad explícita para 
desempeñarse como tal, así como no tener impedimentos por ocupar cargo político. 
 
En uso de las atribuciones y obligaciones conferidas al Presidente de Corte, previsto por 
el Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 
 
SE RESUELVE: 
 
ARTICULO PRIMERO.- ACEPTAR LA RENUNCIA de Damber Maucaylle Cari, y 
DISPONER LA TERMINACION DE SU CARGO de Juez de Paz titular de Primera 
Nominación de Kaquiabamba, del Distrito de Kaquiabamba, Provincia de 
Andahuaylas, Región Apurímac, que venía ejerciendo. 
 
ARTICULO SEGUNDO.- DESIGNAR, al primer accesitario Hugo Demetrio Ccorahua 
Ccarhuas, como Juez de paz titular de Kaquiabamba, Distrito de Kaquiabamba, 
Provincia de Andahuaylas, Región de Apurímac, y al segundo accesitario Edgar Silvera 
Salazar, como primer accesitario, cuya designación fenecerá el 08 de mayo del 2023; 
 
ARTICULO TERCERO.- DECLARAR VACANTE el cargo segundo accesitario del Juez 
de Paz de la de Kaquiabamba, Distrito de Kaquiabamba, Provincia de Andahuaylas; 
quedando la conformación del juzgado, conforme al siguiente detalle: 
 
PRIMERA NOMINACIÓN 
 
JUEZ DE PAZ TITULAR : Hugo Demetrio Ccorahua Ccarhuas. 
1er. ACCESITARIO : Edgar Silvera Salazar. 
2do. ACCESITARIO : Vacante. 
 
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR Y DISPONER que el Juez decano de la Provincia 
de Andahuaylas, tome el juramento de ley al Juez de Paz titular y accesitario 
designados. 
 
ARTICULO QUINTO.- COMUNÍQUESE la presente resolución, a la Oficina Nacional de 
Apoyo a la Justicia de Paz y justicia indígena del Poder Judicial - ONAJUP, para efectos 
de su inscripción en el Registro Nacional de Justicia de Paz, a la Oficina 
Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA, a la Oficina Distrital de 
Apoyo a la Justicia de Paz -ODAJUP; y a quienes corresponda. 
 
 
 
Regístrese, comuníquese y cúmplase. 
 
 
 
 
 
 
Corte Superior de Justicia de Apurímac 
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Documento firmado digitalmente 
_________________________________________ 
ERWIN ARTHUR TAYRO TAYRO 
Presidente de la C.S.J. de Apurímac 
Corte Superior de Justicia de Apurímac 
 
 
ETT/mts 
 
		2023-03-21T17:07:23-0500
	TECSI SAUÑE Mario Alberto FAU 20602776604 soft
	Doy V° B°
		2023-03-21T17:11:50-0500
	CERON TRUJILLO Marco Antonio FAU 20602776604 soft
	Doy V° B°
		2023-03-21T17:21:52-0500
	ASCUE MELENDEZ Edda FAU 20602776604 soft
	Doy V° B°
		RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000326-2023-P-CSJAP-PJ
	2023-03-22T17:25:31-0500
	Abancay
	TAYRO TAYRO Erwin Arthur FAU 20602776604 soft
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