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EDUCACION INTEGRAL Derecho vigente

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1.	DERECHO VIGENTE
Se denomina derecho vigente a aquel derecho establecido por el poder legislativo, que se encuentra en vigor en un territorio y tiempo determinado, cuyo cumplimiento es de carácter obligatorio.
El derecho vigente no puede ser sustituido o anulado mientras esté en vigencia. Pero sí se opone al derecho que en algún momento estuvo vigente y que luego caducó o fue derogado.
2.	DERECHO VIGENTE Y DERECHO POSITIVO
Se entiende por derecho positivo al conjunto de leyes que han sido elaboradas a lo largo de los años durante los diferentes momentos políticos, económicos o sociales de un país y que no poseen periodo de vigencia. La función del derecho positivo es generar bienestar común.
Es decir, el derecho positivo tiene validez tanto en el presente, como en el futuro, así como lo tuvo en el pasado. De ahí que se diferencie del derecho vigente, el cual posee un tiempo determinado de durabilidad y aplicación.
3.	CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO VIGENTE
Es importante saber diferenciar el derecho vigente de otros tipos de derecho, en especial del derecho positivo, con el cual se acostumbra a confundir. Por ello se deben destacar sus características principales.
•	El derecho vigente se caracteriza principalmente por el factor tiempo, es decir, su vigencia que lo limita en ejecución y acción.
•	No todo derecho vigente se puede considerar como positivo, así como tampoco todo derecho positivo es vigente.
•	La validez del derecho vigente dependerá del conjunto de requisitos que deba cumplir, los cuales son establecidos por las normativas que lo rigen.
•	El derecho vigente es reconocido por el Estado ya que se crea y fundamenta a través de los diferentes órganos que lo conforman.
•	El derecho vigente permite el orden jurídico a través de leyes consuetudinarias, es decir, leyes o normativas tradicionales, impuestas por el orden jurídico de una nación.
años.

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