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Manual de Inspección de Obras

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Manual de Inspección de Obras. Editado y Financiado por: Ing. MSc. Leonardo Mata 
Trabajo donado a SOVINCIV 
Com entarios/ sugerencias: leonardom ata @ cantv.net sovinciv@cantv.net 1 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Auspiciado por DataLaing y donada la 1ra Edición a la: 
 
 
 
 
Sociedad Venezolana de Ingenieros Civiles 
SOVINCIV
 
 
 
 
 
Manual de I nspección y 
Residencia de Obras 
 1ra Edición (Versión para revisión) 
 Caracas, Noviem bre de 2003 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
I nvest igación y Recopilación: 
 I ng. MSc. Leonardo Mata (Pdte. Fundador de SOVI NCI V- Pdte. del Grupo DataLaing) 
I ng. Carlos Luna (Consultor pr ivado) 
 
Revisión de redacción/ Preparación : I ng. Luis Febres 
 
Colaboración en la edición : I ng. Francisco Salazar 
I ng. Jesús Alcalá (Profesor de la UDO) 
 
Revisión Genera l: I ng. Ricardo Ram írez Castellano 
(Pdte. de la Asociación Venezolana de I nspección y Supervisión de Obras - AVI DI SO) 
 
 
 Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización de SOVINCIV 
 
 
 
 
 
 
Manual de Inspección de Obras. Editado y Financiado por: Ing. MSc. Leonardo Mata 
Trabajo donado a SOVINCIV 
Com entarios/ sugerencias: leonardom ata @ cantv.net sovinciv@cantv.net 2 
MANUAL DE INSPECCIÓN Y RESIDENCIA DE OBRAS 
 
CONTENIDO 
 
1.- Introducción / Antecedentes históricos 
 
2.- Definiciones básicas 
2.1.- Inspección de obras. Definición, Descripción y Alcance 
2.1.1.- La Inspección de Obras de acuerdo al Colegio de Ingenieros de Venezuela 
2.1.2.- Actividades previas a la inspección 
2.1.3.- El Ingeniero Inspector 
2.2.- Residencia de obras 
2.2.1.- Ingeniero Residente 
2.2.2.- La Residencia de Obras de acuerdo al Colegio de Ingenieros de Venezuela 
2.2.3.- Obligatoriedad de la presencia de Ingeniero Residente en todas las Obras 
2.3.- Ente Contratante 
2.4.- Ente Ejecutor 
2.5.- Supervisor 
2.6.-Contraloría o Unidad de Fiscalización 
2.7.- Gerencia de Proyectos 
2.8.- Contratista 
2.9.- Otras Definiciones de Servicios Profesionales según Manual de Contratación del CIV 
2.9.1.- Supervisión de Obras 
2.9.2.- Gerencia General de Proyectos 
2.9.3.- Gerencia de Construcción 
2.10.- Auditoría de obras 
2.10.1.- Objetivos de la auditoria de obras 
2.11.- Fiscalización de Obras 
2.12.- Contratos de Obra 
2.13.- Tipos de Contratos para la Ejecución de Obras 
2.13.1.- Ventajas del Contrato con precios unitarios 
 
3.- Principales aspectos normativos y legales que debe conocer el 
ingeniero Inspector y el Residente de Obras (Leyes relacionadas con 
el ejercicio Profesional) 
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3.1.-Marco legal y gremial: Principales Leyes y normas directamente asociadas. 
3.2.- Normativas legales que rigen o se relacionan con las contrataciones de obras. 
3.3.- Leyes de la Administración Pública relacionadas con el Ejercicio Profesional 
3.4.- Leyes Penales 
3.5.- Leyes y Normas laborales (Información general) 
3.6.- Leyes Tributarias (Información general) 
3.7.- Marco Técnico y Normativo. 
3.7.1.- Normas Nacionales: COVENIN, INOS (Aún vigentes), CODELECTRA, etc. 
3.7.2.- Algunas normas internacionales de construcción. 
 
4.- Responsabilidades del ingeniero inspector y del ingeniero 
residente derivados del ejercicio profesional. 
 
4.1.- Responsabilidad profesional 
4.2.- Responsabilidad contractual 
4.3.- Responsabilidad extra contractual 
4.4.- Responsabilidad decenal 
4.5.- Responsabilidades del contratista previstas en las Condiciones Generales de 
Contratación de Obras (CGCO) 
 
5.- Funciones Generales de la Inspección de obras 
 
6.- Atribuciones y obligaciones relacionadas con el Ingeniero 
Inspector contenidas en el Decreto Nº 1.417 (CGCOP) 
 
7.- Acciones básicas del ingeniero inspector y del ingeniero 
residente para un adecuado control de ejecución de la obra 
 
7.1.- Antes del inicio de la obra 
7.2.- Al inicio de la obra 
7.3.- Durante la ejecución de la obra. 
7.4.- Después de concluida la obra. 
 
8.- Componentes usuales de la Oferta para un contrato de 
ejecución de obra 
 
 
9.- Controles y Trámites Administrativo de Contratos 
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9.1.- Elementos para el control de Ejecución. Control Administrativo 
9.2.- Actas Contractuales. 
9.3.- Pagos de Obra - Valuaciones. 
9.4.- Ajustes de lapsos de ejecución de la obra (del contrato) 
9.5.- Variaciones del Presupuesto. 
9.5.1.- Variaciones en cantidades de obra y nuevas partidas. 
9.5.1.1.- Aumentos. 
9.5.1.2.- Disminuciones. 
9.5.1.3- Obras adicionales. 
9.5.2.- Variaciones de Precios. 
9.5.3.- Rescisión o Resolución de contratos 
 
10.- Aspectos importantes en el Control de Ejecución de obras. 
 
10.1.- Introducción 
10.2.- El Análisis de Precio Unitario como elemento de control 
10.3.- Factor de Costos de la mano de Obra 
10.4.- Flujo de Caja de la obra 
10.5.- Planificación y Control de Ejecución. 
 
11.-Contratación de Servicios Profesionales 
11.1.- Relaciones Contractuales de los Profesionales – CIV 
11.2.- Modelos de Contratación de Servicios de Residencia de Obras 
 
12.- Aspectos Básicos en la elaboración de Análisis de Precios y 
Presupuestos 
12.1.- Análisis de Precios 
12.2.- Presupuestos 
 
13.- Reconsideración de Precios. 
13.1.- Por Fórmulas Polinómicas 
13.2.- Por recálculo de los Análisis de precios 
14.- Anexos 
15.- Referencias Bibliográficas 
 
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Prólogo 
Este manual surge de la inquietud de varios colegas que veníamos trabajando desde hace 
varios años en la publicación o recopilación de información que podría transformarse en un 
manual o Guía de orientación en las funciones de Inspección, Residencia y Supervisión de obras, 
buscando ofrecer una información condensada de las principales actividades que se requieren 
conocer y de la información que se debe manejar para ejercer cabalmente tal actividad. No nos 
referíamos solamente a las funciones estrictamente legales o normativas primarias de este 
ejercicio profesional, sino que aspiramos aportar o recopilar información relativa a la propia 
Ejecución de obras, en forma de orientar aún mas al Residente e Inspector de obras en la 
obtención de calidad, como esencia misma de su ejercicio profesional. 
Los costos generados para concretar el presente Manual fueron totalmente sufragados con 
financiamiento privado del grupo DataLaing, grupo empresarial que lidera el Ing. MSc. Leonardo 
Mata (Presidente Fundador de la Sociedad Venezolana de Ingenieros Civiles), grupo que también 
aportó el soporte informático, donde además se sumaron valiosos profesionales en libre ejercicio, 
destacándose entre ellos el Ing. Carlos Luna, especialista en el área y que tenía varios años 
trabajando en esta materia, además del Ing. Luis Febres quien ayudó en la redacción y 
trascripción; colegas, que conjuntamente con otros, desinteresadamente, sumaron esfuerzos 
personales,recursos humanos y disposición de tiempo para culminar y plasmar el material aquí 
presentado. 
Por todos es bien sabido que el dominio del tema aquí tratado, difícilmente pueda tener un 
sólo autor intelectual, ya que como veremos mas adelante, desde las épocas primitivas, ya se 
venía hablando de la inspección de obras. Lo que hemos pretendido es recoger la información 
existente, condensarla y presentarla en forma que sea fácil su consulta o discusión, colocando el 
tema en el debate, particularmente para mejorar la calidad de las obras en nuestro País y para 
producir un mejor Manual de Inspección. Es por ello que en los aspectos de referencias 
bibliográficas que se hacen en este manual o citas de otros trabajos, dejamos claramente 
establecido que dicha autoría intelectual pertenece a sus autores, estando dispuestos a corregir 
las referencias, si es el caso, si involuntariamente dejásemos de mencionar alguna de ellas. 
Este valioso esfuerzo, se unió a la motivación de someter esta Guía a la discusión y 
perfeccionamiento de los aportes que puedan realizar otro colegas, acción que se ha canalizado a 
través de la Sociedad Venezolana de Ingenieros Civiles (SOVINCIV), a la cual se le donó la 1ra 
edición de este trabajo, combinaciones que hicieron posible llevar a feliz término tal iniciativa, la 
cual no aspiramos que termine aquí, ya que esta primera versión, aspiramos que no sea mas que 
el inicio de su perfeccionamiento. 
Dejamos abierta la discusión, el País y nuestros colegas, especialmente los que se inician 
en estas actividades, requieren un manual de orientación, especialmente ante las situaciones 
actuales, donde en Venezuela se ha dejado de publicar libros técnicos, o ésta actividad se ha 
reducido a niveles preocupantes, por la desinformación y desactualización profesional que genera. 
Finalmente, los que trabajamos desinteresadamente en este Manual, no nos sentimos dueños de 
la verdad en ese campo, simplemente, esperamos que ésta sea una buena iniciativa en pro de 
nuestra profesión y que así sea recibida.......Esperamos las sugerencias …. 
 
 
 
 
 
Prohibida la reproducción total o parcial de este Manual sin la autorización de SOVINCIV. 
Sólo puede ser usado como material didáctico, sin fines comerciales. 
 (Solicitamos citar la Fuente) 
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 1.- INTRODUCCIÓN 
 
Etimológicamente la palabra “Inspección” proviene del latín “Inspectio”. Corresponde a 
la acción y efecto de “Examinar o reconocer atentamente una cosa”. Es el “Cargo y 
cuidado de velar por una cosa”. Una ampliación de este concepto incluye, el examen, 
verificación, vigilancia o reconocimiento realizado por personal especializado, sobre un 
proceso industrial, una acción jurídica, un hecho administrativo, un producto, un lugar, 
etc. con la finalidad de enterarse de su estado y adoptar una determinación, como por 
ejemplo determinar si se está llevando a cabo correctamente el proceso esperado, o para 
comprobar si se cumplen todas las condiciones exigidas y para determinar su calidad. La 
Inspección, es una herramienta que permite verificar el cumplimiento de un bien o servicio 
en relación con una especificación dada, en otras palabras, la inspección es una 
comparación y una acción que asegura calidad. En algunos países de habla hispana la 
inspección es denominada “Interventoría”. 
 
Aplicado a la Inspección de Obras, se puede entender como el examen, la verificación y 
vigilancia que realiza un personal especializado (el Ingeniero Inspector y su grupo) del 
proceso de construcción de una obra, para determinar si se está llevando a cabo 
correctamente de acuerdo con los planos, Normas y especificaciones aprobadas o 
establecidas, para comprobar que se cumplen con todas las condiciones exigidas en el 
contrato respectivo y para garantizar, como un fin en si mismo, su buena ejecución y 
aseguramiento de la calidad esperada. 
 
En general, el Ingeniero Inspector es un Profesional que vela para que se 
alcance la calidad esperada en una obra (como un todo y no parcialmente) y 
debe siempre orientar su actuación a asegurar dicha calidad y no a comprobar 
su mala calidad. Es además una persona que debe actuar de acuerdo a claros 
principios éticos, reforzados en sus conocimientos y en la honestidad. 
 
ALGUNOS ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA INSPECCIÓN DE OBRAS 
 
Uno de los principios o razones más importantes asociadas a la Inspección, es la 
obtención de calidad. Incluso podría afirmarse que la inspección de obras y la calidad se 
funden en un solo concepto, ya que la inspección en si misma, es una búsqueda de 
calidad. El hombre se ha preocupado de la Calidad, desde que inició la fabricación de 
utensilios necesarios para satisfacer algunas de sus necesidades y que debido al 
incremento constante de éstas necesidades, el tema de la inspección para producir 
calidad, ha tenido que ir directamente unido con dichas necesidades, por lo tanto ha 
tenido también que evolucionar en forma constante, perfeccionándose y apoyándose en 
disciplinas de otras ciencias, como la estadística y las matemáticas. 
 
Es difícil, si no imposible, conocer los orígenes de la inspección como una necesidad de 
control de calidad, pues es tan remoto como el propio hombre. Ya en la edad de piedra, 
se preocupaban de analizar el resultado de su trabajo y 4.000 años AC, era corriente 
marcar las vasijas de barro con una señal significativa de la calidad. Unos 3000 años AC 
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existen evidencias que fueron construidos, tanto en la China, Mesopotamia y Egipto, 
aplicando técnicas de ingeniería y por ende de supervisión, importantes canales 
superficiales y subterráneos, tanto para desviar el curso de aguas como para efectos 
mortuorios. 
 
Si se analiza la evolución de la Calidad se puede encontrar claras evidencias, por ejemplo, 
Hamurabi, rey sumerio de Babilonia, expidió un avanzado código de construcciones unos 
2000 años AC en el cual se incluía requisitos de limpieza de canales y el mantenimiento de 
diques, imponiéndoles severas sanciones a quienes la violaran, este reglamento, primero 
en su tipo de la historia, demuestra la exigencia de la calidad en de labores de 
supervisión. 
 
Por otra parte, hacia los años 1400 AC en Egipto, se practicaban técnicas de inspección, 
evidencia que se ha puesto de manifiesto en grabados encontrados en monumentos 
Egipcios, que datan de Thebas, 1450 AC. En esos grabados y jeroglíficos, se ha podido 
deducir que hay representados trabajadores que están ejecutando obras en piedra y otros 
que ejecutan funciones de inspección. 
 
Las obras monumentales de ingeniería de la antigüedad mejor conservadas son las 
pirámides egipcias. El primer constructor de pirámides de quien se tenga registros fue 
Imotep, un sabio versado en la construcción, la arquitectura y la medicina. Para la 
construcción de estas pirámides, se debía lograr una base cuadrada casi perfecta y 
mantener inclinaciones constantes de 51 Grados, por lo que han debido de llevar un 
riguroso control altimétrico y planimétrico al alcanzar estas formas. En la pirámide mas 
grande construida en Egipto, la de Keops, con 146 mts de altura, una base cuadrada de 
219 mts y un ángulo constante de inclinación, es realmente notable como se garantiza la 
simetría y la precisión de la construcción, manteniendo el ángulo de inclinación de 51 
Grados, ángulo que varía muy poco de una a otra pirámide. Lo anterior sesuma a la 
complejidad interna de las pirámides y sus cámaras mortuorias, cuya precisión e ingeniería 
involucrada, indiscutiblemente refleja ampliamente la aplicación de conceptos de calidad y 
supervisión de obras. 
 
Otra cultura que aportó significativos avances a la ejecución y supervisión de obras fueron 
los griegos, citando la época de 700 a 300 AC, donde fueron construidos magnificentes 
edificaciones públicas, desarrollando importantes avances en la ingeniería de obras 
mediante el aporte de importantes conocimientos, donde destaca la geometría analítica 
(Euclídes) y la mecánica de fluidos (Arquímedes). Fueron los precursores de la integración 
entre ciencia e ingeniería, en lo cual se basa la actual filosofía de formación y aplicación 
de la Ingeniería Civil. 
 
La Romana, fue otra civilización que hizo importantes aportes a la ingeniería Civil, 
pudiéndose citar el periodo de 300 AC y 300 DC, donde aprovecharon ampliamente el 
conocimientos de los pueblos dominados. Es tan importante su legado, que podría 
citárseles como precursores de la ingeniería civil y arquitectura “moderna” como amplio 
concepto, manteniéndose hasta la actualidad muchas de sus obras, lo cual evidencia el 
requisito de calidad aplicado y la necesaria participación de la inspección de obras. Fueron 
los inventores del concepto de aglomerante - cemento, de las construcciones en arco y 
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domo, dejaron impresionantes obras, que han debido requerir complejas técnicas de 
ejecución como el Coliseo Romano, con capacidad para 100.000 espectadores, 
impresionante red de 100.000 kilómetros de caminos compactados y pavimentados con 
estructura de capas, red de acueductos (Obras que salvaban pendientes, aun hoy difíciles 
de lograr) y una red de alcantarillados para deposición de aguas servidas, presas, 
edificaciones públicas, algunas de las cuales se mantienen intactas hasta la actualidad, 
obras que serían la envidia de muchos ineficientes actuales gobiernos. Todas estas 
construcciones implicaron un necesario control altimétrico y planimétrico con el empleo 
de amplísimos conocimientos estructurales y de cimentaciones. Estas obras muestran un 
cuidadoso proceso constructivo para que fueran de gran duración y para que los requisitos 
de mantenimiento fueran menores, igualmente muestran ampliamente la función primaria 
de la ejecución de obras: aumentar el bienestar de los ciudadanos. 
 
Para referirnos a Latinoamérica, la cultura indígena americana entre los años 300 y 900 
DC demuestra gran dominio de la Ingeniería, existiendo el imperio inca que se extendía 
por miles de kilómetros con una amplia red construida de vías de comunicaciones y 
puentes. Así mismo ejecutaron impresionantes obras de ingeniería y pirámides que se 
mantienen hasta el día de hoy, evidenciando una vez más la aplicación del concepto del 
supervisión y calidad en las obras. Este desarrollo también implicó necesariamente el 
conocimiento de controles de altimetría y planimetría con el dominio de amplios 
conocimientos de matemática y técnicas de ejecución de obras, como para construir 
impresionantes canales de riego, que requerían una altísima precisión en el control de sus 
pendientes. 
 
En cuanto a la historia de la dirección en la ejecución de obras, desde la antigüedad hasta 
casi recientemente, a quien se le encomendaba la realización de una obra, bien fuera, 
según los tiempos, el regente, el maestro, el arquitecto o el ingeniero, tenía a su cargo la 
totalidad de la misión, toda ella guiada y coordinada en todos los aspectos de manera 
contínua por una sola mente, lo cual le daba a la obra un carácter estrictamente personal. 
Así se hicieron las obras, desde las más simples hasta las más complejas y solo se 
cambiaba por un director o profesional diferente cuando circunstancias especiales 
obligaban a ello. 
 
Tal como se ha indicado, no se podría precisar cuándo comenzó en el mundo a aplicarse 
el concepto de Inspección de Obras como una disciplina. Posiblemente, el concepto 
moderno de Inspección de Obras, es manejado desde la primera o segunda década del 
siglo XX. 
 
 En Venezuela, en las obras del principio del siglo XX, como el Teatro Nacional y otras 
obras de su época, puertos, aeropuertos, los primeros puentes en arco de concreto 
armado, quintas, etc. todavía era el mismo arquitecto o ingeniero, el encargado de 
levantar los planos y construir la obra. En 1936 el Ing. Francisco J. Sucre, crea en el 
Ministerio de Obras Públicas, MOP, la División de Ensayos de Materiales, lo cual inicia la 
oficialización de tal actividad, generándose desde la década de los 50 un importante 
avance en dicha materia, hasta convertirse nuestro País, hacia fines de la década de los 
70 e inicio de los 80, en una importante referencia Latinoamericana en la ejecución de 
obras, por la tipología e importancia de las obras ejecutadas para entonces, tales como el 
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Puente sobre El lago de Maracaibo, red vial y de autopistas, los Distribuidores la Araña y 
El Ciempiés, Viaductos, túneles, El Puente Angostura sobre el Río Orinoco, Plantas 
Industriales de SIDOR, la Represa de Guri, El Metro de Caracas, las Torres de Parque 
Central (Fue el edificio más alto en concreto armado del mundo), entre otras importantes 
obras que hicieron que la labor de Ejecución e Inspección de Obras, colocara a Venezuela 
en la vanguardia en esta materia. 
 
 
 
 
 2.- DEFINICIONES BASICAS. 
 
2.1.- INSPECCION DE OBRAS 
 
Definición adoptada en las Primeras Jornadas Venezolanas sobre Inspección de Obras: 
“Inspección de Obras es el ejercicio o servicio profesional orientado a garantizar la mejor 
realización de la obra como objetivo fundamental y atendiendo a los objetivos generales 
derivados del interés colectivo y objetivos específicos derivados de los variados intereses 
que intervienen en el proceso total de la obra”. 
 
i) Descripción: Actividad profesional realizada en forma permanente en relación al lapso 
de ejecución de una obra, que se requiere para garantizar que se desarrolle de 
conformidad con las normas técnicas, los planos, especificaciones, presupuesto y demás 
documentos que constituyen el proyecto correspondiente. Abarca el control sobre la 
totalidad de la calidad en una obra, vista ésta como un todo, así como también el 
control de la calidad de los materiales empleados, verificando que los equipos, la mano de 
obra y servicios se empleen con la suficiente racionalidad, cumpliendo las especificaciones 
técnicas pertinentes y las normas de seguridad industrial. El desarrollo de esta actividad 
puede requerir de un grupo de profesionales y técnicos que sirven de soporte para las 
distintas actividades que contemple una obra, dependiendo de su complejidad o magnitud, 
estando coordinado por la figura central del Profesional encargado de la inspección o de la 
persona jurídica que cumple tal función. 
 
ii) Alcance: Al desempeñarse como Inspector, el profesional actúa como representante 
del Ente Contratante ante el Contratista y ante los beneficiarios de la obra. Este tipo de 
servicio involucra: 
 
1) La inspección técnica, cuyo objeto es garantizar que la obra se ejecute de acuerdo 
con los planos y especificaciones, requiriéndose en la mayoría de los casos servicios de 
apoyo, como la ejecución de ensayos de control de calidad, mediciones o levantamientos 
topográficos, etc. 
 
2) La inspección administrativa, la cualimplica mediciones de obra, verificación del 
presupuesto, trámite de actas, control de programas de trabajo y autorizaciones de pago 
o valuaciones al Contratista: firma de valuaciones 
 
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Las actividades necesarias para inspeccionar una obra deben responder a un proceso 
previo de estudio, donde se deberán determinar los factores incidentes para lograr una 
inspección eficiente y eficaz de acuerdo con la obra que se va ejecutar. Una vez definido 
en términos generales lo que debe realizarse, corresponde organizar las actividades 
específicas, y disponer los elementos requeridos en unidades operativas adecuadas, 
estableciendo las líneas de mando y sistemas para su óptima utilización. 
 
Inspecciones Municipales: Existe una modalidad aplicada por las alcaldías, relativa a la 
Inspección de edificaciones o urbanismos, con alcance referido únicamente a la 
verificación del cumplimiento de las variables urbanas fundamentales. Esta supervisión es 
contratada por los municipios, de acuerdo a la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística y 
generalmente se aplica a las obras de carácter privado. 
 
 
 
2.1.1.- LA INSPECCIÓN DE OBRAS DE ACUERDO AL COLEGIO DE INGENIEROS 
DE VENEZUELA (Según el Manual de Contratación de Servicios de Consultoría de 
Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines) 
 
Descripción: Este servicio se refiere a la actividad o acción por lo general permanente, 
requerida para garantizar que la ejecución de una cierta obra se desarrolle de conformidad 
con las mejores normas técnicas de trabajo según los planos, especificaciones y demás 
documentos que constituyen el proyecto correspondiente. Cubre además, el control que es 
necesario efectuar para que la adquisición de equipos, materiales y servicios, se realice 
con la suficiente racionalidad y cumplimiento de las especificaciones técnicas pertinentes. 
Es conveniente diferenciar este servicio de la supervisión (SI-04), ya que este último 
consiste en la vigilancia periódica que realiza el supervisor para que los trabajos se 
ejecuten según el proyecto y en la agilización de la toma de decisiones en la obra cuando 
se presentan dudas con relación a interpretaciones de los planos, especificaciones, 
presupuesto y demás documentos del proyecto. 
 
Alcance: Al desempeñarse como Inspector, el profesional consultor actúa en general 
como representante del cliente para quien realiza la obra o trabajo. Este tipo de servicio 
debe involucrar la inspección técnica, cuyo objeto es garantizar que la obra se construya 
de acuerdo con los planos y especificaciones técnicas, requiriéndose como un servicio de 
apoyo, la ejecución de ensayos de control de calidad y la inspección administrativa; la cual 
conlleva además: mediciones de obra, control de programas de trabajo y autorizaciones 
de pago o valuaciones al ente contratista de la ejecución de la obra. 
 
 
Producto del Servicio: En esencia, los resultados a suministrar por el Profesional 
Consultor en este tipo de servicio consiste en la preparación de informes periódicos 
mediante los cuales se indica tanto en términos cuantitativos como en término cualitativos 
el trabajo realizado, haciendo referencia a las especificaciones técnicas del proyecto y al 
presupuesto previsto para la ejecución de las obras (Libro de Obras-CIV). 
 
Nota: Esta actividad puede ser realizada tanto por la firma consultora que ha desarrollado 
las actividades previas, como por otra parte que no haya tenido ninguna participación 
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anterior. El desarrollo de esta actividad requiere la coordinación con la supervisión (SI-04) 
y el aporte de profesionales de experiencia además de un gran número de personal de 
soporte compuesto por técnicos, inspectores, topógrafos, etc. Existe una modalidad de 
Inspección con alcance referido únicamente al cumplimiento de las variables urbanas 
fundamentales (Ley Orgánica de Ordenación Urbanística). 
 
 
2.1.2.- ACTIVIDADES PREVIAS A LA INSPECCION 
 
i) REVISION DE DOCUMENTACION CONTRACTUAL 
- Contrato y Anexos: presupuesto, análisis de precios, cronograma, plan de trabajo, etc. 
- Actas, Memoria descriptiva, especificaciones y planos del proyecto. 
- Estudios de suelos y materiales. 
- Normas de construcción y Códigos aplicables. 
- Condiciones Generales de Contratación. 
- Lista de materiales a suministrar por el Contratante (si fuere el caso). 
- Certificados de seguros y Permisos. 
- Metodologías constructivas a aplicar y Plan de trabajo. 
- Cualquier otra información relativa a la obra que se va iniciar. 
 
ii) ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN: 
 
- Análisis, valoración, clasificación. 
- Aclaratorias necesarias con proyectista, Contratante y contratista de la obra. 
- Reconocimiento de la zona donde se va construir. 
- Lista de todas las actividades, certificaciones de calidad, mediciones o verificaciones que 
van a ser necesarias en el curso de la construcción. 
- Facilitar el trabajo: Ponerse de acuerdo con el contratista (Sin excesos) sobre la forma 
de acometer la obra: ver al contratista como un aliado y no como un adversario. 
- Estar ética y profesionalmente preparado para manejar sus funciones. 
 
 
2.1.3.- INGENIERO INSPECTOR 
 
Profesional de la Ingeniería (Colegiado) especializado en el campo de la naturaleza del 
proyecto a ejecutar, con experiencia suficiente para ser el responsable de la Inspección de 
la obra y de controlar que la construcción se realiza cumpliendo cada una de sus 
requerimientos y etapas, de acuerdo con los planos, las especificaciones y demás 
documentos del proyecto. El Ingeniero Inspector es el representante del Ente Contratante 
y generalmente es el único autorizado para comunicar al contratista, las posibles 
modificaciones (Autorizadas por el contratante) o nuevas propuestas técnicas que 
modifiquen el proyecto o el presupuesto. Todos los supervisores o superiores jerárquicos 
deberían comunicar estos cambios a través del Ingeniero inspector. Un Ingeniero 
Inspector necesita dominar dos aspectos fundamentales: 
 
i.- ASPECTO TÉCNICO: 
- El conjunto de normas y especificaciones para la construcción. 
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- Las pruebas, sistemas de muestreo, ensayos y verificaciones. 
 
ii.- ASPECTO METODOLÓGICO. Constituido por la forma y sistema de realizar el 
trabajo de inspección con la debida eficacia desde el punto de vista económico-
administrativo e informativo. 
 
La firma de las valuaciones es una de las principales acciones que identifica al ingeniero 
Inspector, por lo que éste debe luchar toda su vida profesional para no terminar siendo un 
simple “firmador” tarifado en la nómina de algún contratista o un ingenuo (Tonto útil) que 
firma todo cuanto le ponen por delante, sin tener conciencia de su alta responsabilidad. 
Esto aplica, tanto para el ingeniero inspector como para el residente. 
 
 
2.2.- RESIDENCIA DE OBRAS 
 
i) Descripción: 
Actividad ejecutada para una empresa o contratista, por un profesional de la ingeniería 
Colegiado o grupo de profesionales y técnicos, coordinados igualmente por un profesional 
de la ingeniería responsable de dirigir la ejecución de una obra y cuya misiónprimordial 
consiste en ejecutar la construcción de la obra tal como se previó en los planos, 
especificaciones y demás documentos del proyecto, salvo las adaptaciones aprobadas que 
sean necesarias en campo; de conformidad con el Presupuesto y el proyecto de la Obra, 
las normas técnicas y de seguridad, la ética y dentro de los límites presupuestarios y 
contractuales programados. 
 
ii) Alcance: 
El profesional residente suele tener simultáneamente la responsabilidad técnica y 
administrativa de la obra, no obstante, de acuerdo a la magnitud de la obra, las funciones 
administrativas pueden compartirse o asignarse a personal de apoyo al residente. El 
ejercicio de las funciones del profesional residente reviste obligatoriedad legal para 
efectuar construcciones, detentando además como persona natural o jurídica 
responsabilidad civil y penal de la construcción, compartida con el Contratista. 
 
 
2.2.1.- INGENIERO RESIDENTE 
 
Profesional de la Ingeniería especializado en el campo de la naturaleza de la obra, 
encargado de dirigir por parte del Contratista, la ejecución, conforme a los planos y 
especificaciones técnicas establecidas en el proyecto, velando por el mejor 
aprovechamiento de los equipos, herramientas, recursos humanos adecuados y 
necesarios; cumpliendo las Normas de Seguridad e Higiene Industrial y de acuerdo a las 
condiciones establecidas en el contrato suscrito por el Contratista. El Ingeniero Residente 
es el representante técnico del Contratista en la obra y es el encargado de la planificación, 
ejecución de la obra y de las actividades de control, tales como calidad, organización del 
personal, actas, mediciones, valuaciones y demás actos administrativos similares. 
 
 
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En pocas palabras, el Ingeniero Residente es el representante técnico del contratista en la 
obra, encargado de su Planificación y Ejecución con la calidad esperada. El Ingeniero 
Inspector es el encargado de la Supervisión Técnica, certificación de calidad y cantidades 
de obra ejecutada y es el medio de comunicación oficial entre el Contratista y el 
Contratante. 
 
 
2.2.2.- LA RESIDENCIA DE OBRAS DE ACUERDO AL COLEGIO DE INGENIEROS 
DE VENEZUELA (Manual de Contratación de Servicios de Consultoría de Ingeniería, 
Arquitectura y Prof. Afines - ST-09) 
 
Descripción: se entiende por residencia, el servicio prestado por un profesional que 
actúa como representante técnico y profesional del contratista, durante la ejecución de 
una obra. Su misión tiene como fin primordial el que ella sea ejecutada eficientemente, de 
conformidad con las mejores normas técnicas y de seguridad, según los planos, 
especificaciones y demás documentos del proyecto. 
 
Alcance: el profesional residente suele tener simultáneamente la responsabilidad técnica 
y administrativa de la obra; sin embargo de acuerdo a la magnitud de la misma se le 
puede desligar de la responsabilidad administrativa. En cualquier caso sin embargo, las 
funciones del profesional residente son de obligatoriedad legal, detentando además como 
persona jurídica individual y en primera instancia, la responsabilidad civil y penal de la 
construcción. 
Producto del Servicio: Consiste en llevar adelante la obra en la forma tal como se 
previó en el proyecto, salvo los ajustes que sea necesario efectuar en campo, para 
desarrollar de una mejor manera la obra dentro de los límites presupuestarios 
programados. Sustituye en muchos casos las actividades y alcances indicados en la 
gerencia de construcción (SI-10), incluye el asiento de información (Libro de Obra-CIV). 
 
Nota: Normalmente la residencia es llevada a cabo por un sólo profesional responsable en 
el sitio de la obra, pudiéndose acordar con el cliente la coordinación de personal 
supervisor adicional, puesto a disposición por el cliente para la obra. 
 
 
2.2.3.- OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENCIA DEL INGENIERO RESIDENTE EN 
LAS OBRAS PÚBLICAS. DECRETO Nº 1.417- CGCO-GACETA Nº 5096 DEL 
16/09/96 (Importante para la defensa del Ejercicio Profesional) 
 
“Artículo 21° CGCO: El contratista deberá mantener al frente de la obra un Ingeniero en 
legal y libre ejercicio de la profesión, quién ejercerá las funciones de Ingeniero Residente, 
con experiencia y especialidad en el área de la obra objeto del contrato, certificado como 
tal por el Colegio de Ingenieros de Venezuela, y participará por escrito al Ente Contratante 
la designación de éste, acompañada de la constancia de su aceptación, de copia de la 
solvencia y la certificación emitida por el Colegio de Ingeniero de Venezuela. El Ingeniero 
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Residente tendrá poder suficiente para actuar por el Contratista durante la ejecución de 
los trabajos.” 
 
“El contratista deberá notificar al ente contratante cuando por cualquier causa deba 
sustituir al Ingeniero Residente designado. Mientras el contratista no dé cumplimiento a lo 
previsto en este artículo, no podrá iniciar o continuar según el caso la ejecución de la 
obra. El ente contratante podrá ordenar la paralización de los trabajos en cualquier 
momento cuando compruebe que no se cumple lo previsto en este artículo, sin perjuicio 
de declarar la rescisión del contrato si el incumplimiento de este requisito se prolonga por 
más de una semana. En caso de que el Ingeniero Residente se retire de la obra sin dar 
previo aviso al contratista o cuando se compruebe debidamente que ha sufrido un 
accidente, alguna enfermedad u otra causa que lo justifique, el Contratista no podrá 
continuar las obras sin la presencia de un Ingeniero Residente. El ente contratante tendrá 
el derecho de rechazar al Ingeniero Residente designado por el contratista cuando, a su 
juicio, existan causas que lo justifiquen. Cuando la naturaleza de la obra lo requiera, el 
ente contratante podrá exigir al contratista la designación de varios Ingenieros en ejercicio 
legal de la profesión. En tal caso, uno de ellos deberá ser designado Ingeniero Residente 
de la Obra.” 
 
NOTA: la figura del Ingeniero Residente al frente de cualquier obra, es 
obligatoria desde el punto de vista legal y profesional (además de lógica y por 
sentido común), por estar prevista en la Ley de Ejercicio de la Ingeniería, como 
en las condiciones Generales de Contrataciones Nacionales y Regionales, en el 
Código Civil y en la Ley de Orgánica de Ordenación Urbanística, tanto para 
Obras Públicas como Privadas. 
 
2.3.- ENTE CONTRATANTE 
 
Organismo Público, Persona Natural o Jurídica, de carácter Público o Privado, encargado 
de ejecutar una obra de ingeniería, Contratar un servicio o adquirir bienes, bien sea para 
uso colectivo o particular, mediante el aporte de los recursos financieros y la contratación 
de una o varias empresas contratistas, según la magnitud o complejidad del proyecto. 
Ente que origina la contratación y la avala un Contrato mediante la firma de su 
representante legal, efectuando los pagos correspondientes. 
 
2.4.- ENTE EJECUTOR 
 
Entidad encargada de llevar adelante una determinada obra con la aplicación de las 
medidas de control e inspección. Ejemplo: el ente contratante puede ser una Gobernación 
de Estado y el ejecutor podría ser una Dirección de un Ministerio, o también un Instituto 
Estadal y una dependencia regional adscrita a un Ministerio, respectivamente. 
Generalmente el Contratante y el Ejecutor son la misma persona jurídica. 
 
2.5.- SUPERVISOR 
 
Profesional de la Ingeniería altamente calificado,designado como asesor para prestar 
asistencia técnica al contratante de obras, sirve como un apoyo adicional y asistencia a las 
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labores de Inspección y Residencia, para hacer cumplir los criterios y concepción original 
de la obra, canalizando las necesidades que surjan de modificaciones del proyecto o 
nuevas especificaciones, prestando asesoría en los requerimientos de información, sirve 
además como enlace con el contratante y en algunas ocasiones con los entes financieros, 
vigila que los costos y programas de trabajo se ajusten lo más posible al presupuesto 
original, realizando las certificaciones para que los recursos empleados estén debidamente 
representados en las fases de la obra. También cumple las funciones de enlace con el 
contratante, particularmente si las obras están ubicadas sitios lejanos y asesora a la 
inspección, efectuando algunos tramites de éste ante el contratante e igualmente lleva 
información al inspector. En algunas ocasiones estas funciones se funden en un equipo de 
profesionales contratados que pueden cumplir las funciones de inspección y supervisión 
simultáneamente. 
 
2.6.- CONTRALORIA O UNIDAD DE FISCALIZACION 
 
En los Organismos Públicos y en algunos entes privados existe un órgano que se encarga 
por velar que efectivamente los recursos se están invirtiendo de acuerdo con las 
previsiones presupuestarias y al marco técnico y administrativo. Dicho Ente Contralor, 
generalmente representa una instancia administrativa superior al Inspector y al 
Contratante. También vela que las valuaciones tramitadas, efectivamente fueron 
ejecutadas y que corresponden a la obra contratada. Dicho control puede ser perceptivo, 
posterior a la obra o efectuarse durante la obra, según cada ente. Dependiendo de sus 
atribuciones, el ente contralor puede enviar a la obra supervisores para constatar las 
cantidades de las valuaciones ya tramitadas. El Inspector debe procurar guardar las 
mejores relaciones con estos Supervisores, manteniendo disponible la información que 
requieran dentro de sus funciones, para así evitar el retraso de pagos o que la obra se vea 
afectada por carencia de requisitos al ser de fiscalizada. 
 
 
2.7.- GERENCIA DE PROYECTOS 
 
Con el transcurrir del tiempo las obras se hacen más sofisticadas. La especialización se 
diversifica. Surge un nuevo elemento adicional a la Inspección: La Gerencia de Proyectos, 
dentro del proceso total de la obra, conforma un sistema o manejo integral de 
coordinación, control, evaluación y retroalimentación de todo el proceso de la obra desde 
el momento mismo de su concepción, donde la Inspección es una fase de apoyo dentro 
de ese sistema. 
 
2.8.-CONTRATISTA 
 
Empresa Calificada que asume legalmente ante el Ente Contratante, la obligación y 
responsabilidad de realizar una obra a través de una relación contractual en un lapso 
establecido y por un monto acordado. Según el tipo de contrato, aporta elementos de 
trabajo, materiales, equipos, personal y otros recursos auxiliares necesarios y previstos en 
el presupuesto contratado. 
 
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2.9.- OTRAS DEFINICIONES DE SERVICIOS PROFESIONALES relacionados con la 
Inspección de obras, descritos en el Manual de Contratación de Servicios de Consultoría de 
Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines (MCSCIAPA), publicado por el Colegio de 
Ingenieros de Venezuela, Editado por la Fundación Juan José Aguerrevere, 1994 
(Presidida en ese entonces por el Ing. Leonardo Mata) 
 
2.9.1.- SUPERVISIÓN DE OBRAS (Manual CIV - SI-04) 
 
Servicio que realiza periódicamente el profesional consultor durante la ejecución de una 
obra de manera que, actuando directamente en representación del propietario, comitente 
(Contratante), promotor o entidad financiera correspondiente, cumpla conjunta o 
separadamente con los siguientes objetivos: 
 
1. Hacer cumplir el criterio general en la concepción de la obra, adaptando ese criterio 
a las diversas circunstancias que puedan presentarse durante la construcción. 
También contempla la solución de problemas de diseño complementarios al 
proyecto. 
2. Coordinar y vigilar la correcta ejecución de la obra de conformidad con las mejores 
normas técnicas y de seguridad, según los planos, especificaciones y demás 
documentos del proyecto, impartiendo el asesoramiento e indicaciones oportunas y 
debidas, a la inspección y a la Dirección o Residencia de la obra. 
3. Vigilar y controlar los costos y programas de trabajo de la obra de manera que ésta 
se ejecute al máximo en base al presupuesto y en el tiempo previsto, alertando e 
informando a las partes involucradas en tal sentido y certificando que los recursos 
monetarios aportados estén debidamente representados en cada fase del proceso 
de construcción de la obra. 
 
Básicamente, la actuación del profesional en este tipo de servicios radica en la asistencia 
que le preste al cliente, al profesional de la inspección y al residente de la obra en las 
funciones que éstos desempeñan. En general su responsabilidad no implica funciones de 
dirección pero sí, de asesoramiento, vigilancia y control. La supervisión incluirá algunas o 
todas las actividades siguientes: 
 
1. Revisión de investigaciones, estudios, pruebas y preparación de informes sobre 
estos trabajos. 
2. Revisión de los planos detallados de construcción preparados por el Contratista. 
3. Revisión de los planos de los fabricantes de equipos. 
4. Observaciones de pruebas e inspecciones de fábrica. 
5. Análisis e interpretación de ensayos de control de calidad. 
6. Asesoría y asistencia técnica al personal de inspección y al personal residente de 
la obra. 
7. Revisión y conformación de los informes periódicos que prepare la inspección 
sobre el progreso de la obra. 
 
Fundamentalmente consiste en suministrar al cliente o al profesional de inspección o 
residente de la obra la asesoría necesaria para que los trabajos puedan ejecutarse tal 
como se previeron o bien, para que durante la realización de la obra, pueda contarse con 
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la opinión oportuna en relación con los ajustes que hayan de hacerse para solucionar 
todas aquellas dificultades eventuales que pudieran presentarse. Recomendaciones: Para 
obtener mejores resultados en la ejecución de las obras, lo más recomendable es que el 
profesional o firma consultora ejecutora de los proyectos o diseños detallados sea 
responsable de la realización de esta actividad debido a que conoce en toda su amplitud y 
alcance la obra a ser construida. 
 
2.9.2.- GERENTE GENERAL DE PROYECTOS (Manual CIV - SI-07) 
 
Hay casos en los cuales el cliente cuenta dentro de su organización con recursos 
profesionales capacitados y desea llevar a cabo un proyecto, generalmente de elevada 
complejidad, desde sus estudios preliminares hasta la puesta en marcha de la obra, pero 
no cuenta con la organización adecuada o suficiente para acometerlos por sí mismo. Por 
otra parte desea tener un control completo del proyecto en forma tal, que éste se realice 
dentro de los tiempos y costos previstos. En estos casos se recurre a los servicios de una 
firma de profesionalesconsultores, integrada generalmente por un equipo 
multidisciplinario, quienes suministran al cliente todos los servicios para permitir la 
terminación satisfactoria del proyecto. 
La Gerencia Integral de Proyectos empieza usualmente con la Ingeniería Básica o 
Anteproyecto y termina con la puesta en marcha de la obra. Ejerce jerarquía general sobre 
los otros equipos involucrados: diseño, procura, construcción y puesta en marcha. A veces 
estas otras actividades se efectúan por otros grupos y a veces por la misma organización 
que hace la Gerencia Integral de Proyectos. En función de la magnitud del proyecto, 
pueden existir subdivisiones en las Gerencias de Procura, de Administración de Contratos, 
de Ingeniería, de Administración, de Costos, de Planificación y Control del Proyecto, de 
Seguridad Industrial y de Construcción, todas reportando a la Gerencia Integral de 
Proyectos. 
 
Alcance: La función del Gerente General de Proyectos es la de coordinar y controlar 
mediante la aplicación de prácticas gerenciales todos los aspectos del proyecto, y producir 
además una obra o instalación adecuadamente construida, que cumpla con las 
expectativas del cliente en cuanto a tiempo y presupuesto. Los servicios suministrados por 
la Gerencia Integral de Proyectos cubren por lo general las áreas siguientes: 
 
1. Definición con el cliente y creación de un programa de ejecución y puesta en 
marcha incluyendo recursos humanos, físicos y financieros. 
2. Selección del personal. 
3. Dirección y gerencia de las actividades. 
4. Gerencia de ingeniería de compras o de procura. 
5. Aseguramiento y control de calidad en las etapas de diseño, fabricación y 
construcción. 
6. Gerencia ágil, de precedencia y ejecución de tareas para cumplir con el programa o 
minimizar demoras por causas externas. 
7. Control de costos del proyecto. 
8. Establecimiento y operación de un sistema operativo efectivo que mantenga 
informados a todos los participantes de lo que necesitan saber, especialmente al 
cliente. 
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9. Documentación permanente de la obra, en especial en lo referente a manuales de 
operación y mantenimiento. 
10. Capitalización de Activos. 
11. Cierre y finiquitos de contrato. 
 
El producto final de los servicios prestados será una obra o instalación operando 
eficientemente dentro de los plazos previstos; no obstante, como quiera que los servicios 
son amplios, a medida que se vayan cumpliendo cada una de las etapas de la Gerencia de 
Proyectos, el Profesional Consultor deberá ir suministrando servicios básicos tales como 
levantamiento topográfico, resultados de sondeos, estimaciones preliminares y finales de 
costo, estudio de factibilidad, planos y especificaciones de construcción, resultados de 
control de calidad, etc.; en fin, todos los documentos provenientes de cada una de las 
etapas de trabajo. 
 
2.9.3.- GERENCIA DE CONSTRUCCIÓN (Manual CIV - SI-07) 
Ocurre cuando El Comitente delega en una Empresa Consultora las labores inherentes a la 
etapa de construcción de la obra, en vez de recurrir directamente a los servicios de un 
contratista principal de construcción, esto se denomina Gerencia de Construcción y 
establece una interacción compleja entre el proyectista, las Empresas de Ejecución, los 
suplidores de materiales y equipos, los transportistas, la fuerza laboral, etc. Complementa 
o sustituye los servicios separados de Supervisión e Inspección. 
 
Usualmente el trabajo incluye los siguientes servicios: 
 
1. Relaciones con la Empresa Proyectista, para familiarizarse con el proyecto y 
coordinar la entrega de la información adicional que fuere necesaria, determinar las 
modificaciones que pudiesen ocurrir durante la etapa de construcción, o hacer las 
aclaratorias a que hubiere lugar durante el proceso constructivo con el fin de 
asegurar la viabilidad de la ejecución de obra. 
2. Preparación de un programa básico de ejecución, con indicación de las fechas de 
inicio y terminación de cada una de las actividades. 
3. Preparación de un plan de suministro de materiales y equipos. 
4. Elaboración de todos los documentos contractuales. 
5. Asesorar y/o representar al Comitente (Contratante) en las negociaciones y 
escogencia de los contratistas, suplidores así como entidades financieras (etapas de 
licitación). 
6. Preparar un flujo de caja acorde con los programas de trabajo elaborados. 
7. Tramitar con las autoridades competentes, locales y nacionales, la obtención de los 
permisos a que hubiere lugar. 
8. Establecimiento y operación de un sistema informativo efectivo que mantenga 
informados a todos los participantes de lo que necesitan saber, especialmente al 
cliente en lo relativo a secuencia de construcción y estado del presupuesto. 
9. Asegurar la documentación permanente y oportuna de la obra, especialmente a 
través de manuales de operación y mantenimiento. 
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10. Velar por que la obra se construya de acuerdo a los documentos de la Contratación 
y a lo establecido en los planos y especificaciones, en coordinación con la 
Supervisión y la Inspección de la obra. 
11. Controlar y verificar la calidad y la cantidad de los materiales de construcción y de 
los equipos. 
12. Revisar los planos de obra realmente ejecutados preparados por los contratistas, 
así como los planos de suministradores de equipos si fuere el caso. 
13. Revisar las cantidades de obra realizadas y determinar si éstas se realizan en los 
plazos y costos establecidos en los programas de trabajo y presupuestos 
aprobados. 
14. Revisar y aprobar las órdenes de compra y órdenes de pago. 
15. Dentro de los alcances de los servicios puede incluirse la puesta en marcha de las 
instalaciones. 
 
Producto del Servicio: La obra terminada dentro de los plazos y costos previstos. 
 
 
2.10.- AUDITORIA DE OBRAS 
El Ingeniero Inspector y el Residente así como las personas involucradas en la Ejecución 
de obras, deben estar concientes que sus actividades son factibles de ser objeto de 
Auditorías o Fiscalizaciones por parte de los organismos o entes encargados de velar por 
el uso objetivo y legal de los recursos que ellos administran o de los intereses que 
representan, detectando con estas auditorias, si hubo transparencia en el manejo de los 
recursos, si se realizaron procedimientos indebidos, si hubo corrupción o no se cumplió 
con la normativa impuesta en las contrataciones de obra. Por el contrario en una obra que 
se realiza cumpliendo con todas las especificaciones, normas y leyes, el resultado de dicha 
auditoria es un aval o certificación para los involucrados y para los reclamos de pagos o 
tramitaciones pendientes. 
A pesar que anteriormente casi todos los organismos tenían un ente que realizaba 
auditorias de la obras una vez ejecutadas o realizaba controles perceptivos (Durante la 
obra), últimamente esta actividad se ha visto disminuida y desmanteladas dichas 
organizaciones, cuando dada la descentralización y delegación de actividades, deberían 
por el contrario ser reforzadas en su actuaciones. También últimamente, las auditorias 
sólo se realizan cuando “se sospecha” que existen irregularidades, cuando hay un corte de 
gestión, cuando una obra estuvo paralizada por mucho tiempo y se requiere conocer su 
estado actual o cuando existe divergencia de opinión sobre la calidad de una obra y se 
requiere conocer el alcance o calidad de la misma. 
Auditoria: "ExamenProfesional, objetivo y sistemático de las operaciones 
que realiza de una entidad Pública o Privada relacionadas con la 
planificación, organización, Ejecución, dirección y control de obras, a fin de 
efectuar una evaluación posterior e independiente de esas operaciones, que 
permita determinar el grado de eficacia, eficiencia, economía y transparencia 
de la utilización de los recursos asignados y manejados por estos". 
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La Auditoría de Obras evaluará la administración de las obras en construcción, la 
gestión de Contratante, del Inspector y de los contratistas, el manejo de la contratación, el 
cumplimiento de normas y procedimientos de pagos, así como el cumplimiento de las 
cláusulas contractuales y los resultados físicos que se obtengan en el programa o proyecto 
específico sometido a examen. Dependiendo de sus objetivos las auditorias pueden ser 
técnicas, administrativas o una combinación de ambas. 
Es conveniente señalar las siguientes características de la auditoría de obras: 
a. Es un examen que puede incluir: diagnóstico e investigación, estudios, revisiones, 
verificaciones, comprobaciones, evaluaciones técnicas y de procedimientos 
b. Es objetivo, en razón de que el profesional que examina debe ser independiente de 
las actividades que audita. 
c. Sus acciones son sistemáticas en todas sus etapas y deben estar orientadas por 
procedimientos claros y objetivos. 
d. Es profesionalmente dirigida, sujeta a normas y ética. 
e. Se orienta al ámbito de las operaciones financieras en la parte específica de la 
inversión en proyectos así como a las operaciones administrativas en su 
planificación, organización, dirección y control. 
f. Se efectúa en forma posterior y oportuna a las operaciones o actividades que, una 
vez ejecutadas, hayan causado efecto, aunque puede efectuarse ser durante las 
operaciones (Control perceptivo). 
g. Evalúa las operaciones, comparándolas con disposiciones legales y normativas 
técnicas pertinentes, parámetros de rendimiento y normas de calidad e incluye las 
políticas, estrategias, planes y objetivos como criterios válidos para el examen. 
h. Sus resultados se traducen en un informe escrito (Dictamen) que contiene 
comentarios, conclusiones y recomendaciones, redactados con carácter constructivo 
y orientados al mejoramiento de las operaciones examinadas. 
La auditoria puede involucrar, según su magnitud o especialidad, el concurso de otras 
disciplinas consideradas afines para efectos de ejercer el control, tales como: 
administración, estadística, procesamiento automático de datos, derecho, contabilidad, 
etc. profesionales que deben completar su formación mediante especialización en la 
materia y adquirir la debida experiencia práctica bajo la supervisión de un auditor 
profesional, luego de lo cual podrán ejercer labores de jefe de equipo con éxito. En 
pocas palabras no cualquier profesional puede ser auditor, se requiere una alta 
preparación y dominio de materias interdisciplinarias, enlazadas con un alto 
componente ético 
 2.10.1.- OBJETIVOS DE LA AUDITORIA DE OBRAS 
Los objetivos más importantes de la auditoría son: 
• Determinar el grado de eficiencia, economía y eficacia en la utilización de los 
recursos materiales y financieros durante la planificación, ejecución y operación de 
un proyecto u obra. 
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• Determinar la coherencia entre el proceso previo a la construcción - etapa de pre-
inversión y posteriores-inversión, con relación a los objetivos inicialmente previstos 
y los resultados alcanzados. 
• Verificar el cumplimiento de objetivos y programas propuestos en la planificación 
del proyecto mediante la constatación del cumplimiento del diseño y 
especificaciones técnicas y oportunidad de las modificaciones aprobadas con 
relación a los objetivos contractuales. 
• Aumentar la eficacia de los sistemas de administración y de los controles internos 
implantados, estableciendo la manera en que los responsables de la planificación, 
organización, dirección y control de los proyectos y los titulares de una entidad 
pública o privada, cumplen con sus obligaciones. 
• Mejorar la pertinencia, oportunidad, confiabilidad de la información gerencial 
analizando si está acorde con los objetivos trazados y permite la toma de decisiones 
en procura de una gestión transparente. 
 
2.11.- Fiscalización de Obras 
Aunque suele estar asociada y fundida en el concepto de Inspección, el sólo concepto 
de Fiscalización, también suele aplicarse a aquellas actividades realizadas por entes de 
supervisión externos a la inspección, o por uno o varios profesionales que actúan 
como representantes directos del contratante, de los dueños de la obra o de los que 
aportan los recursos, normalmente con autoridad superior a la dirección o ente 
contratante y a la inspección. Su función suele ser la de velar por que la obra se 
ejecute según lo previsto, evitando desviaciones e irregularidades. Estas fiscalización 
puede estar orientada hacia el campo de calidad, administrativo, uso adecuado de los 
recursos, etc. 
Tanto la Auditoria Técnica de Obras como las Fiscalización, son conceptos muy 
asociados a la Ejecución de obras y están muy asociadas a la funciones e Inspección 
de obras. 
 
 
2.12.- CONTRATOS DE OBRA 
 
CONTRATO DE OBRA: 
Acuerdo celebrado entre dos o más partes (Personas naturales o Jurídicas) para 
la ejecución de una obra especifica, donde se establecen obligaciones 
mercantiles y legales. Dentro de este concepto destaca lo siguiente: 
 
Ejecución de Obra: Actividad conducida técnicamente hacia la realización de una obra, 
como resultado final del proceso constructivo. 
 
 
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Proceso Constructivo: Metodología(s) aplicada(s) para ejecutar total o parcialmente 
una obra, ejecutada con conocimiento técnico, combinando equilibradamente costos, 
materiales, equipos y mano de obra. 
 
 
Un contrato de construcción tiene por objeto la Ejecución de una obra, según los planos, normas, 
especificaciones, Memorias y anexos del proyecto, ejecutada dentro del plazo determinado en el 
contrato y cumpliendo con el marco jurídico establecido en dicho contrato. Generalmente se 
celebran por escrito y sus formas de contratación varían desde un otorgamiento o asignación 
directa (“Digital: a dedo”), hasta aquellos donde se realiza consulta de precios o Licitación (Que 
debería ser la norma y no la excepción). La Licitación puede ser: Licitación Selectiva (Entre 
empresas previamente seleccionadas) o licitación pública, pudiendo la misma ser de índole 
Nacional (donde intervienen empresas residenciadas en el país) o internacional (donde no 
solamente intervienen empresas nacionales sino también pueden participar empresas radicadas 
en otros países). 
 
Los Contratos de Construcción se diferencian ligeramente unos de otros, dependiendo del 
Ente contratante. Las condiciones del mismo están indicadas en los documentos o anexos 
establecidos en el contrato y que ocasionalmente se entregan a las empresas en el momento de 
recibir la documentación para la elaboración del presupuesto (Que casi nadie lee),pudiendo la 
empresa aceptar o rechazar la participación en el mismo si las condiciones no son favorables a sus 
intereses (Recomendamos leer los anexos). Las condiciones fundamentales serán: basamento 
legal del contrato (Marco jurídico) la forma que el contratante conviene pagar al Contratista por la 
ejecución de la obra, criterios de aceptación o rechazo de la obra ejecutada, la forma de 
considerar los incrementos de costos de los insumos utilizados en la Obra (Por efectos 
inflacionarios: Variación o Reconsideración de precios), etc. 
 
El deterioro en la actividad económica, la devaluación monetaria, acentuando en la 
inflación, ocasionan un proceso de permanente elevación de costos en los insumos, lo cual impone 
la necesidad de establecer condiciones en los contratos que prevean el reconocimiento de los 
aumentos de precios en los insumos (Materiales, Equipos, Mano de Obra y otros costos) mediante 
el uso de procedimientos de ajustes de precios en los presupuestos a fin de compensar las 
variaciones de costos de las diferentes partidas. Desde hace algunos años se comenzaron a aplicar 
en Venezuela, procedimientos que simplifican los pasos para obtener esta compensación de costos 
mediante la aplicación de las llamadas Fórmulas Escalatorias (Fórmulas Polinómicas) como 
el procedimiento para lograr dichos reconocimientos en forma justa para ambas partes (Este 
procedimiento tiene algunas variaciones en la formula, dependiendo del ente contratante). Es por 
ello que resulta evidente considerar en los tipos de contratos, que se dispongan de flexibilidad 
necesaria que permitan ajustarse adecuadamente a las inflaciones esperadas, sin perjudicar los 
intereses del contratista y del contratante. 
 
 
2.13.- TIPOS DE CONTRATOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS 
 
Existen varios tipos de Contratos de Construcción que dependerán de diferentes factores como 
son: empresa u organismo contratante, tipo de obra, etc. Entre los diferentes tipos de contratos 
de obra tenemos los más comúnmente usados como son: 
 
.- Contratos por administración directa o delegada, 
.- Contratos a monto global (Suma global, llave en mano, etc.) y 
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.- Contrato a Precios Unitarios (El más usual en las contrataciones de obras): es aquel que 
está conformado por un presupuesto integrado por paridas, cutos precios son el producto 
del calculo de dicho análisis de precios y el monto total de la obra es la sumatoria de los 
subtotales de cada partida. 
 
Las partidas están conformadas por un código que las relaciona con el grupo al cual 
pertenecen, una descripción de la actividad a ejecutar y la unidad de medida, que se 
utilizará para la ejecución y control de la misma, a esta partida el contratista asigna el 
precio que costaría su ejecución (Precio Unitario). 
 
En este tipo de contrato el contratista recibe el pago del monto adeudado luego de 
multiplicar la cantidad de obra ejecutada medida según las Normas COVENIN o las 
normas establecidas y aceptadas en el contrato por ambas partes, previa medición por un 
profesional debidamente autorizado (Inspector de Obra), multiplicado por el precio 
unitario de la partida correspondiente. 
 
 
2.13.1.- VENTAJAS DEL CONTRATO CON PRECIOS UNITARIOS 
 
1.- Permite al ente contratante cumplir con las Normas COVENIN y poder comparar los 
precios unitarios de las diferentes ofertas presentadas, permitiéndole seleccionar la opción 
que más le favorezca. 
 
2.- Permite una comparación más equitativa y objetiva entre las ofertas de las empresas, 
pudiendo el contratante seleccionar la empresa que le sea más favorable. 
 
3.- Con el contrato dividido en partidas, para el contratante es mucho más fácil determinar 
las obras no previstas que se puedan presentar durante la ejecución de la obra, así como 
los aumentos, disminuciones y variaciones de precios que se puedan presentar. 
 
4.- El contratista recibe su pago sobre la base de la cantidad de obra ejecutada, llamada 
valuación, está es de fácil determinación y verificación por ambas partes. 
 
5.- Permite al contratante poder velar en forma más eficiente por la buena utilización 
de los insumos, y que la ejecución de la obra se haga en el tiempo previsto según lo 
acordado por las partes. 
 
6.- El contratista podrá mediante una supervisión adecuada de su sala técnica llevar un 
control estricto del proceso constructivo con el fin de asegurar una utilización óptima de 
tiempo y recursos que redundará en mayores ganancias. 
 
7.- El contratista podrá llevar en forma precisa sus gastos de inversión por unidad, 
permitiendo de esta manera hacer los ajustes correspondientes en sus costos de 
inversión durante la ejecución de la partida, esto permitirá corregir cualquier desviación 
del proceso evitando posibles pérdidas en el mismo. 
 
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3.- PRINCIPALES ASPECTOS NORMATIVOS Y LEGALES QUE DEBE 
CONOCER EL INGENIERO INSPECTOR Y EL RESIDENTE 
(Leyes relacionadas con el ejercicio Profesional) 
 
“El desconocimiento de la Ley no protege de su incumplimiento”. 
Estos aspectos se refieren a la materia mínima que se requiere conocer para ejercer la 
inspección, ejecución o dirección de obras; y para ello los profesionales deben: 
.- Estar preparados en el campo Profesional, ético, personal, económico, organizativo, 
administrativo, empresarial y legal. 
.- Estar concientes que cuando se firma un contrato, las partes se comprometen a cumplir 
toda la Normativa Legal allí contemplada (Lo indica expresamente el contrato y sus 
anexos). 
.- Conocer las Normas y Prácticas Generales de la Construcción: Normas, Reglamentos, 
especificaciones, Códigos, etc. Tener conocimiento o saber dónde buscar asesoría. 
.-Conocer sus deberes u obligaciones 
 
3.1. MARCO LEGAL Y GREMIAL (Leyes, Decretos, Reglamentos y Normas). 
A pesar que algunos decretos, leyes o normas puedan variar o ser actualizadas en su 
contenido, generalmente conforman el mismo marco jurídico y técnico que es necesario 
conocer, por lo que indicaremos lo relacionado con el campo de inspección o residencia de 
obras: 
 
I.- CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA: Define los 
fines del Estado Venezolano, el aspecto territorial, la ciudadanía y la nacionalidad. 
Representa la cúspide de las leyes venezolanas, máximo instrumento jurídico y marco 
regulatorio de todas la leyes nacionales, donde se establecen mecanismos de jurídicos 
incuestionables, garantías constitucionales, deberes y derechos para todos los ciudadanos, 
así como las obligaciones del estado respecto a los venezolanos y las relaciones con otros 
países. Igualmente establece las competencias del Poder Publico Nacional y Estadal y 
Municipal, así como el régimen de seguridad Nacional 
 
II.- LEY DE EJERCICIO DE LA INGENIERÍA, ARQUITECTURA Y PROFESIONES 
AFINES (Decreto 444 del 28-11-58). Rige el ejercicio de la ingeniería. Entre su articulado 
podemos destacar: 
• Artículo 1º: El Ejercicio de la Ingeniería, la Arquitectura y Profesiones Afines se regirá 
por las prescripciones de esta Ley y su Reglamento y las Normas de ética profesional. 
• Artículo 9º: Define ejercicio profesional. 
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• Artículo 11º: ...... firma del colegiado para que cualquier documento técnico pueda 
surtir algún efecto en entes públicos o privados. 
• Artículo 12º: Incumbencias profesionales. 
• Artículos 14º, 15º, 16º y 17º: Construcciones, instalaciones y trabajos: necesaria 
participación de Colegiados. 
• Artículo 18º: para ejercer cualquiera de las actividades que regula esta 
Ley......deberán inscribir sus títulos en el CIV. 
• Artículo 26º: Del Ejercicio ilegal. 
 
III.- REGLAMENTO INTERNO DEL C.I.V. Aprobado por Asamblea-CIV del 13-08-84. 
Ampliación del contenido de la Ley de Ejercicio y regula aspectos de funcionamiento del 
Colegio de Ingenieros y su relación con los agremiados. 
 
IV.- REGLAMENTO OCEPRO del C.I.V. (Oficina Coordinadora del Ejercicio 
Profesional), aprobado por la Asamblea Nacional del C.I .V. en marzo de 1997 (Comisión 
Presidida por el Ing. Leonardo Mata). Se refiere a las normas de ejercicio profesional, 
certificado del ejercicio y las incumbencias profesionales. Afecta la forma de ejercer, 
especialmente al ingeniero Residente, ya que pretende ser un instrumento para calificar y 
regular la especialidad profesional (incumbencia), limitando el tipo de obra y cantidad de 
residencias que un Ingeniero pueda ejercer. Igualmente representa un medio de 
financiamiento para las actividades gremiales del Colegio de Ingenieros. 
 
V.-CODIGO DE ETICA PROFESIONAL: Orienta sobre lo que no debe hacerse en el 
Ejercicio Profesional. La ética rige los deberes en sí mismos, que han de guiar la conducta. 
La ética profesional es el marco donde el ejercicio profesional debe realizarse incluyendo 
los deberes con la sociedad, con el cliente, con nuestros colegas y con nosotros mismos. 
El código de Ética es el conjunto de principios y normas fundamentales que guían el deber 
y la normalidad que deben cumplir los profesionales colegiados en el ejercicio de su 
profesión y en actos conexos con la misma. El código de Ética de los profesionales 
miembros del Colegio de Ingenieros de Venezuela fue modificado por la Asamblea 
Nacional de Representantes el 19/06/96 (Aunque algunos dirigentes gremiales cuestionan 
la legalidad de tal modificación). Las modificaciones se refieren al Artículo Décimo, 
decimotercero y Décimo Séptimo y la adición de cuatro artículos más. El Artículo Décimo 
que se refiere a invitar o concurrir a licitaciones de estudios se le agregó “y/o proyectos de 
obras” para hacerlo más explícito. El Artículo Decimotercero que se refiere al atentado 
contra la reputación de otros profesionales, se agregó “o intentar atribuir 
injustificadamente la comisión de errores profesionales a otros colegas” para incluir 
explícitamente esta forma de desprestigiar a colegas. Al Decimoséptimo, referente a 
proteger la venezolanización de la ingeniería se le agregó: “o empresas extranjeras” para 
incluir la mala práctica de contratar con éstas, sin comprobar la capacidad venezolana 
para realizar estudios de proyectos, construcción, inspección y supervisión de obras. Los 
artículos añadidos se refieren a respetar la autoría de estudios y proyectos (XVII I), a velar 
por el secreto profesional (XIX), a no experimentar sin el conocimiento del cliente y a no 
recomendarles servicios innecesarios (XX), a la publicidad indebida, no institucional (XXI) y 
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a cumplir las “Normas de Actuación Gremial del CIV” que están en revisión (No están 
aprobadas por el CIV). Con estas adiciones y modificaciones se esperaba actualizar esta 
imprescindible norma de conducta gremial que contribuya a responder ante la sociedad 
con un ejercicio profesional impecable y en comportamiento legal digno. Suscribe este 
documento el Ing. Manuel Torres Parra, Presidente de la Asamblea Nacional de 
Representantes del CIV \ 1996, extraído de Revista CIV 367 (pero falta el Acta de 
aprobación de la Asamblea del CIV). 
Código de Etica Profesional (Versión 1996 Publicada en la página web del CIV-
Nov 03) 
Se considera lo contrario a la ética e incompatible con el digno ejercicio de la profesión, 
para un miembro del Colegio de Ingeniero de Venezuela: 
Primero (virtudes): Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la 
responsabilidad y aquellas virtudes de honestidad, integridad y veracidad que deben servir 
de base a un ejercicio cabal de la profesión. 
Segundo (ilegalidad): Violar o permitir que se violen las leyes, ordenanzas y 
reglamentaciones relacionadas con el cabal ejercicio profesional. 
Tercero (conocimiento): Descuidar, el mantenimiento y mejora de sus conocimientos 
técnicos, desmereciendo así la confianza que al ejercicio profesional concede a la 
sociedad. 
Cuarto (seriedad): Ofrecerse para el desempeño de especialidades y funciones para las 
cuales no tengan capacidad, preparación y experiencia razonables. 
Quinto (dispensa): Dispensar, por amistad, conveniencia o coacción, el cumplimiento de 
disposiciones obligatorias, cuando la misión de su cargo sea de hacerlas respetar y 
cumplir. 
Sexto (remuneración): Ofrecer, solicitar o prestar servicios profesionales por 
remuneraciones inferiores a las establecidas como mínimas, por el Colegio de Ingeniero de 
Venezuela. 
Séptimo (remuneración): Elaborar proyectos o preparar informes, con negligencia o 
ligereza manifiestas, o con criterio indebidamente optimista. 
Octavo (firma): Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse 
responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección supervisión. 
Noveno (obras): Encargarse de obras, sin que se hayan efectuado todos lo estudios 
técnicos indispensables para su correcta ejecución, o cuando para la realización de las 
mismas se hayan señalado plazos incompatibles con la buena práctica profesional. 
Décimo (licitaciones): Concurrir deliberadamente o invitar, a licitaciones de Estudio y/o 
proyectos de obras. 
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Décimo Primero (influencia): Ofrecer, dar o recibir comisiones o remuneraciones 
indebidas y, solicitar influencias o usa de ellas para la obtención u otorgamiento de 
trabajos profesionales, o para crear situaciones de privilegio en su actuación. 
Décimo Segundo (ventajas): Usar de las ventajas inherentes a un cargo renumerado 
para competir con la práctica independiente de otros profesionales. 
Décimo Tercero (reputación): Atentar contra la reputación o los legítimos intereses de 
otros profesionales, o intentar atribuir injustificadamente la comisión de errores 
profesionales a otros colegas. 
Décimo Cuarto (intereses): Adquirir intereses que, directa o indirectamente colindan 
con los de la empresa o cliente que emplea sus servicios o encargarse sin conocimiento de 
los interesados de trabajos en los cuales existan intereses antagónicos. 
Décimo Quinto (justicia): Contravenir deliberadamente a los principios de justicia y 
lealtad en sus relaciones con clientes, personal subalterno y obreros, de manera especial, 
con relación a estos últimos, en lo referente al mantenimiento de condiciones equitativas 
de trabajo y a su justa participación en las ganancias. 
Décimo Sexto (el ambiente): Intervenir directa o indirectamente en la destrucción de 
los recursos naturales u omitir la acción correspondiente para evitar la producción de 
hechos que contribuyen al deterioro ambiental. 
Décimo Séptimo (extranjeros): Actuar en cualquier forma que permita o facilite la 
contratación con profesionales

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