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DERECHO SUCESORIO TP N 1 - NOTA 90

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DERECHO SUCESORIO
TRABAJO PRACTICO N° 1 – NOTA 90
Caso: Sucesión del Señor Jorge Gutiérrez
En cuanto al caso planteado, en relación a las personas que pueden suceder al causante, las encontramos en el artículo 2279 del Código Civil y Comercial de la Nación. De esta manera se puede observar que las personas que suceden al Sr. Gutierrez, como herederas únicas y universales, son sus hijas Lourdes, Miriam y Franca Gutierrez.
El artículo 2424 del CCCN, establece los herederos legítimos, que son los descendientes del Sr. Gutierrez, ascendientes, al cónyuge supértite, y a los parientes colaterales dentro del cuarto grado inclusive.
En relación a la Señora Claudia Benerval ex cónyuge del Sr. Gutierrez y madre de sus tres hijas, queda excluida del derecho hereditario, atento que al momento del fallecimiento del Sr. Gutierrez, ellos se encontraban divorciados, y el artículo 2437 del CCCN, así lo establece.
Tanto el Señor Ignacio Gutierrez, hermano del fallecido, como sus primos Mirko y Natalia Becker, también quedan excluidos del derecho hereditario por las hijas del Sr. Gutierrez, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2424, antes mencionado.
En relación a la Señora Violeta Gil Navarro, que se presenta como conviviente del fallecido, quien presenta una constancia de registración de Unión Convivencial en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las personas, también queda excluida del derecho hereditario. En el caso de que el Sr. Gutierrez hubiera realizado en vida un testamento, y la Señora Gil Navarro, estuviera incluída, es la única manera que la nombrada podría haber tenido derecho hereditario.
Por último, tenemos a los nietos del Sr. Gutierrez, Lautaro y Mariano Vasquez. Estos últimos también quedan excluidos por su madre Franca. En caso de que ella no se presente a recibir la parte de la herencia que le corresponde, pueden presentarse en su lugar, de acuerto a lo establecido en el artículo 2439 del CCCN.
DECLARATORIA DE HEREDEROS
Señor Juez en lo Civil y Comercial:
Miriam Gutierrez, D.N.I. 15.125.124, argentina, soltera, mayor de edad, con domicilio real en calle Av. Mitre 1234, B° Centro, de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, Lourdes Gutierrez, D.N.I. 32.456.963, argentina, soltera, mayor de edad, con domicilio real en San Martín 1585, de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba y Franca Gutierrez, D.N.I. 25.122.789, argentina, casada, mayor de edad, con domicilio real en la calle Diaz Velez 456, B° Los Girasoles, de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, con el patrocinio letrado de XXXXX, Abogada, Matríula Profesional N° 9999, constituyendo domicilio legal en la calle Maipu 2124, Piso 3, Oficina 303, de esta ciudad de Córdoba, ante V.S. respetuosamente comparecen y dicen:
I.- OBJETO
Que con la legitimación que la Ley Provincial Nº 8.465 y el Código Civil y Comercial de la Nación nos reconoce, todos comparecemos por derecho propio y venimos a promover las presentes diligencias a fin de que, previo los trámites de ley, se dicte “DECLARATORIA DE HEREDEROS” del Señor Jorge Gutierrez, D.N.I. 6.148.369, conforme a los hechos y derechos que se exponen a continuación.-
II.- HECHOS
Que el fallecimiento del causante acaeció el día 15 de Septiembre de 2015 a las 2:00 horas, en la Clínica Los Arcos, sito en calle Av. Juan B. Justo Nº 395, de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, por causa de un Shock Cardiogénico Irreversible, conforme lo acredito con la partida de defunción que acompaño conjuntamente con la presente.
Asimismo, manifestamos que el último domicilio del causante se encontraba sito en calle Av. General Paz Nº 149, B° Centro, de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Que actuamos en calidad de únicas descendientes, hijas, del causante, por lo tanto y a mérito de la documental que se acompaña y conforme lo establecido por el artículo 2424 del CCCN, somos únicas y universales herederas del Sr. Jorge Gutierrez.-
A los fines del oficio al Registro de Juicios Universales, denunciamos datos del causante: Divorciado, de matrimonio celebrado en primeras y únicas nupcias, con la Sra. Claudia Benerval, D.N.I. 9.625.253 – por sentencia N° 745, de fecha 05/06/1998, Exc. Cam. Flia. N° 6 y anotada marginalmente con fecha 05/02/1999-; con ultimo domicilio real en calle Caseros Nº 2565, B° San Felipe, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. Hijo de Don Francisco Gutierrez y Doña Irina Beck, nacido en la ciudad de 22/02/1949, Provincia de Córdoba, Fallecido el día 15/09/2015.-
En consecuencia, venimos a promover las presentes actuaciones a fin de que se dicte la declaratoria de herederos del causante de conformidad a lo dispuesto por los Arts. 654, 655 y concordantes del CPCC, debiendo disponer su inscripción en el Registro de Juicios Universales, la publicación de edictos, darse intervención al Ministerio Fiscal y oportunamente fijarse audiencia a los fines prescriptos por el Art. 659 del CPCC.-
III.- VÍNCULO
Que el causante concibió como únicos hijos a los comparecientes, a saber: Miriam Gutierrez, D.N.I. 15.125.124, nacida con fecha 01/01/1965, Franca Gutierrez, D.N.I. 25.122.789, nacida con fecha 15/08/1970 y Lourdes Gutierrez, D.N.I. 32.456.963, nacida con fecha 20/07/1987.
IV.-DERECHO
En definitiva y de conformidad con los arts. 654, Ss. y Cc. del C.P.C. y arts. 2337, 2426 y concordantes del Código Civil y Comercial de la
Nación, deberá declararse como únicos y universales herederos del causante a sus hijos, los Sres. Miriam Gutierrez, Franca Gutierrez y Lourdes Gutierrez.
V.-DOCUMENTAL
A los fines de acreditar los extremos mencionados acompañamos la siguiente documental en original y copia, para que previa su compulsa, la primera me sea restituida y la segunda glosada en autos, a saber: a) Acta de defunción del Sr. Jorge Gutierrez, D.N.I. 6.148.369; b) Partida de Nacimiento de la Sra. Miriam Gutierrez, D.N.I. 15.125.124; C) Partida de Nacimiento de la Sra. Franca Gutierrez, D.N.I. 25.122.789 y d) Partida de Nacimiento de la Sra. Lourdes Gutierrez, D.N.I. 32.456.963
VI.- PETITUM
domicilio constituido.-
Por lo expuesto a V.S. respetuosamente solicitamos:
a. Nos tenga por presentados, por parte y con el
b. Por promovida e iniciada la presente declaratoria
de herederos del de cujus, Sr. Jorge Gutierrez.-
c. Por acompañada la documental que se expresa.-
d. Sírvase dar intervención al Sr. Fiscal que por turno
corresponda.-
e. Finalmente, y previos los trámites de ley, dicte auto
de declaratoria de herederos declarando como únicos y universales herederos del causante a los comparecientes.-
Proveer de Conformidad. POR SER DE LEY.-

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