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El carácter privado de la educación, niveles educativos, presencia de la universidad en 1538 Los primeros datos que se tienen del inicio de la educación sistemática en Santo Domingo son los que señalan que el 1502 los padres Franciscanos iniciar la labor de educar españoles e indígenas con la función de un colegio, actividad que fue reforzada por un documento real en el año 1509. La universidad de Santo Domingo fue creada mediante la Bula in Apostolatus culmine expedida el 28 de octubre de 1538, por el papa Paulo lll la cual elevó a esa categoría el Estudio General que los dominicanos regenteaban desde 1518, en Santo Domingo, sede virreinal de los de la colonización y el más viejo establecimiento colonial del nuevo mundo. La universidad de Alcalá de henares fue su modelo y como tal fue porta estandarte de las ideas renaciente que surgían del mundo medieval, del que emergía la España del día de la conquista. “La naciente universidad inicio sus enseñanzas organizada en cuatro facultades: Medicina, Derecho, Tecnología y Artes. Conforme a las normas establecidas en la época para las instituciones de arte incluidos modalidades, a saber: el Trivium “que comprendía la Gramática, la Retórica y la Lógica y el quadrivium que engloba la Aritméticas, la Geometría, la Astronomía y la Música. En el año 1801 como consecuencia de la ocupación haitiana al país, la universidad interrumpió su fundamento porque los dominicos que la regenteaban abandonaron la colonia. Se reabrió en el 1815, al volver la colonia a la soberanía española, pero a partir de entonces adopta el carácter laico. Entre el 1815 y 1821 funcionó bajo el rectorado del Dr. Núñez de Cáceres. La universidad vuelve a cerrar su puerta en 1822 debido a que gran número de sus estudiantes fueron reclutar dos para el servicio militar por orden de régimen que gobernaba la nación, adquirido para desempeñar su misión de servicio para el mejoramiento cultural y económico de nuestro pueblo. El 17 de febrero de 1962 se elige la primera autoridad bajo el régimen de la autonomía. El carácter privado de la educación, niveles educativos La educación privada no es privativa de pocos, más bien hace referencia a que su gestión está en manos de particulares, quienes asumen toda la responsabilidad tanto de los éxitos como de los fracasos. Otra gran diferencia es que la educación llamada pública es ‘gratuita’, los servicios que tienen un costo- se pagan indirectamente y solidariamente vía impuestos; en la privada el servicio educativo los costos son pagados directamente por el padre de familia. Atendiendo a esa sola diferencia se corre el riesgo de etiquetar como social y humanitaria la una y exclusiva y elitista la otra. Cuando en verdad el costo de la educación privada incluye el costo de la educación pública. El padre de familia no puede deducir los gastos por la enseñanza de sus hijos. Las características del personal de una Institución Educativa Privada dependen, esencialmente, del Nivel en que prestan servicio y de las funciones que desempeñan. De todos modos, cada uno de sus miembros habrá de cumplir, como mínimo, los requisitos que se establecen para el sector oficial en el Capítulo V del Reglamento de Instituciones Públicas, cuya síntesis, en sus elementos comunes a todos sus miembros, es la siguiente: Buenas relaciones humanas. Ajuste emocional y salud física y mental. El nivel de titulación o la formación básica requerida en cada caso. Habilidades especiales para tratar con la población escolar a la que sirve, según el grupo de edad, necesidades e intereses. Conducta moral incuestionable. Observación de normas de higiene y de vestir según corresponde a un docente. Consecuencias: El Estado debería cambiar su óptica al normar el Sector Educativo: legislando con miras a una educación peruana integrada e integral, en la cual todos tienen los mismos derechos y deberes. Legislar para todos significa que la educación privada no es sinónimo de lucro de la que hay que defender a los usuarios, es una opción que se condice con el derecho a la libertad de la enseñanza. Los padres tienen el derecho de elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos. Tal derecho se ejerce en la medida que existan centros educativos que se diferencien por su axiología, proyecto y planes educativos. La educación privada permite que el padre de familia pueda elegir y controlar con mayor eficacia la calidad del servicio que ofrece la escuela elegida. La educación privada no tiene por qué ser satanizada como en épocas pretéritas, su razón de ser se entronca con el hecho que los padres de familia son los primeros educadores de sus hijos y por ello tiene la potestad de elegir la mejor ‘ayuda calificada’ (colegio) para lograr con ese importante cometido. El crecimiento de la educación privada es señal clara que soplan nuevos vientos en la sociedad. Es de esperar que el Estado los aproveche para imprimir también velocidad a la educación pública y no legislar para igualar hacia abajo todo el sistema educativo. Durante décadas la educación pre-universitaria en República Dominicana fue una política no prioritaria para los gobiernos. Solo basta analizar el gasto público educativo histórico: Desde 1970 a 2012 este promedió por debajo del 2% del PIB. La desatención histórica del Estado dominicano al sector determinó sus bajos niveles de cobertura y su mala calidad. Esta desatención creó una demanda educativa que vino a ser resuelta con el surgimiento de un sector privado que se consolidaría en las décadas de los ochentas y noventas. A este proceso se le llama privatización por defecto. La Constitución dominicana establece en su artículo 63 que “Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades”. Sigue el mismo artículo en su acápite. El Estado garantiza la educación pública gratuita y la declara obligatoria en el nivel inicial, básico y medio”. Sin embargo, los indicadores tradicionales cuestionan el cumplimiento de este mandato constitucional.
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