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LAS CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE PROPIEDAD INVIOLABLE: · No puede ser quebrantada, vulnerada o infringida en sus aspectos de uso, goce y disposición. · El Estado ni los particulares pueden dañarla, turbarla, desconocerla o desintegrarla, ya que esto configuraría una anulación o alteración del derecho de propiedad. INTERÉS SOCIAL: · Conocido también como la función social. · Es el fin de la propiedad, lo que se conoce también como funcionalización. · Afecta a las situaciones jurídicas del derecho de las cosas, imponiendo a su titular un deber de actuar. ABSTRACCIÓN: · El poder del titular es independiente de las facultades que integran su contenido. · Puede extraerse una facultad sin que la propiedad se desnaturalice. ELASTICIDAD: · La propiedad puede expandirse y luego reducirse, regresando a su estado originario. La propiedad tiene el poder de contraerse y expandirse, al concurrir con otros derechos reales de inferior jerarquía sin que ello afecte la calidad de propietario. · El derecho real pleno goza de la prerrogativa de expansión máxima sobre la cosa, el límite que el derecho puede tener sobre la cosa es el físico. Alumno: David Jafet Alvarado Velarde