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LIBRO IV 253 están más libres de sediciones por la misma causa, porque la clase media es numerosa; en cambio, en las pequeñas es más fácil que todos los ciudadanos se dividan en dos clases, de modo que no quede nada en medio de ellas, y casi 14 todos o son pobres o ricos. Las democracias son más firmes 781 y más duraderas que las oligarquías gracias a sus clases medias (pues éstas son más numerosas y partici- pan más de los honores en las democracias que en las oli- garquías), pero cuando, en ausencia de estas clases 782, 10s pobres se extienden demasiado en número, surge el fracaso 15 y pronto desaparecen. Debe considerarse una prueba de esto 783 el hecho de que los mejores ligisladores sean ciuda- danos de la clase media. Solón 784 pertenecía a ella (lo má- nifiesta su poesía), y Licurgo (pues no fue rey 785), y Ca- rondas 786, y, en general, la mayoría de los otros. 16 ES evidente también, a partir de estas consideraciones, que la mayor parte de los regímenes sean democráticos o bien oligárquicos, pues debido a que la clase media es con frecuencia poco numerosa en estas ciudades, cualquiera que sea el grupo que predomine -ya los que poseen la rique- za, ya el pueblo-, desplazando a la clase media, llevan Cf. infra, V 1, 15, 1302a8 SS. 782 Cf. infra, VI 4, 17, 1319b12-19. 783 ES decir, una prueba de que la mejor constitución es la que da el poder supremo a la clase media. 784 Sobre Solón, cf. ARIST~TELES, Constitución de los atenienses V 3 y notas a pie de página [trad. M. GARC~A VALDÉS], pág. 62 y SS. PLU- TARCO, Solón 1 y 14. 785 Como algunos lo han considerado; cf. PLUTARCO, Licurgo 3 y Solón 16. 786 Carondas fue un legislador del s. VII a. C. Dio leyes a las ciudades de Catania en Sicilia, Regio y otras ciudades calcídicas del sur de Italia. Sobre su fama por las leyes que llegaban a saberse de memoria y se leían en determinadas fiestas, cf. DIODORO, 122, 12-21. por sí solos el gobierno, de modo que surge una democra- cia o una oligarquía. Además, como se producen disensio- 17 nes y luchas entre el pueblo y los ricos, cualquiera que sea el que llegue a imponerse sobre los contrarios no esta- blece un régimen común ni igual para todos, sino que con- sidera como premio de su victoria la preeminencia en el gobierno 787, y unos crean una democracia y otros una oligarquía. Aun más, los que tuvieron la hegemonía en la 1 8 Hélade 788, mirando a la forma de gobierno que existía entre ellos, establecieron en las ciudades, unos, democra- cias, y otros, oligarquías, sin tener en cuenta el interés de esas ciudades, sino el suyo propio. De modo que, por estas 19 causas, el régimen intermedio o nunca ha lIegado a existir, o pocas veces y en pocas ciudades. Un solo hombre 789 de los que en tiempos anteriores tuvieron la hegemonía fue inducido a implantar ese régimen, pero ya en las ciudades está estabIecida la costumbre de no desear la igualdad, i296b sino de pretender mandar o someterse si son vencidos. A partir de esto, resulta evidente cuál es el régimen 20 mejor 790 y por qué causa. En cuanto a los demás regíme- nes, puesto que afirmamos que existen varias democracias y varias oligarquías, no es difícil ver cuál ha de considerar- 787 Cf. también PLATÓN, Leyes IV 715. Se refiere a los atenienses y lacedemonios, que son los que tuvie- ron la influencia política en Grecia y Asia Menor. 789 NO se sabe con seguridad a quién se refiere en este pasaje el autor; se duda preferentemente entre Solón y Terámenes. Su papel de modera- dores en la política de su tiempo y el intentar buscar el justo medio son datos que cita y alaba de ambos Aristóteles en la Constitución de los atenienses. También se piensa en Hermias de Atarneo, quien establece en Asos una república moderada donde se refugia Aristóteles después de salir de Atenas en 347 a. C. 790 Para la mayoría de los Estados, cf. IV 11, 1, 1295a25; IV 13, 12, 1297b33. LIBRO IV 255 se el primero o el segundo y así el que sigue por ser mejor 21 O inferior, una vez definido el mejor. Necesariamente siem- pre debe ser mejor el más próximo '" a éste y peor el que está más alejado del término medio, a no ser que se juzgue respecto a ciertas condiciones 792. Y digo lo de con referencia a ciertas condiciones, porque con frecuencia, aun- que sea preferible un régimen, nada impide que para algu- nos les convenga más otro régimen. 12 A continuación de lo dicho hay que El sistenia explicar para quiénes es mejor cada régi- de gobierno men 793 Y cuál conviene a cada cual. En debe adaptarse a, carcicter primer lugar hay que tomar un principio del pueblo general 794, el mismo para todos los regí- - menes: es necesario que la parte de la ciudad que quiere la permanencia del régimen sea más fuerte que la que no la quiere. Toda ciudad se compone del ele- mento cualitativo y del cuantitativo. Llamo elemento cua- litativo a la libertad 795, la riqueza, la educación, la noble- za, y elemento cuantitativo a la superioridad numérica. 2 Es posible que el elemento cualitativo corresponda a una de las partes de las que se compone la ciudad, y el elemen- to cuantitativo a otra parte. Por ejemplo, que sean más 791 Cf. VI 6. 1 , 1320b21 SS.; la primera forma de oligarquía es la que es más próxima de la república. 792 Cf. IV 7, 2, 1293b3. 793 Cf. IV 1 , 3, 1288b24 SS.; 1V 2, 4, 1289b17 SS.; Retórica 14, 1360a30. 794 Este principio consiste en que el legislador debe asegurarse en su favor una superioridad cualitativa o cuantitativa, y parece que lo toma de Terámenes; cf. JENOFONTE, Helénicas 2, 3, 19-21, 42, 44. Aristóteles repite este principio con frecuencia; cf. 11 9, 22, 1270b21; IV 9, 10, 1294b37; V 9, 5, 1309b16 SS.; VI 5 , 4, 1320a14; VI 6, 2, 1320b25. 795 Según el pasaje IV 8, 7, 1294a11, es la norma de la democracia. La riqueza, educación y nobleza están unidas en los pasajes IV 4, 22, 1291b28 SS.; VI 2, 7, 1317b39. numerosos los no nobles que los nobles, o los pobres que los ricos, pero que no sean tan superiores en cantidad co- mo inferiores en cualidad; por eso esos dos elementos deben ser comparados entre sí. Asi pues, donde supera el 3 número de los pobres la proporción indicada 796, ahí es natural que haya democracia, y cada forma de democracia según predomine cada elemento del pueblo. Por ejemplo, si aventaja el número de campesinos, la primera democra- cia; si el de los artesanos 797 y asalariados, la última, y de manera igual para las otras formas intermedias. En cam- bio, donde la clase de los ricos y de los principales 798 SO- bresale más en cualidad que lo que es inferior en cantidad, ahí surge una oligarquía, y del mismo modo cada forma de oligarquía va de acuerdo con el grado de predominio de la población oligárquica. Pero el legislador debe siempre en su régimen hacer 4 un lugar a la clase media: si establece leyes oligárquicas debe poner las miras en la clase media; y si las establece democráticas, debe atraérsela con las leyes. Donde el número de los ciudadanos de clase media es superior a ambos extremos o a uno solo de ellos, allí el régimen puede ser duradero 799. Pues no hay ningún temor de que 5 los ricos unan sus voces con las de los pobres en contra 12978 de la clase media: pues jamás unos querrán servir a los otros, y si buscan no encontrarán otro régimen más favo- rable a los intereses comunes que éste, pues no soportarían gobernar por turnos a causa de la mutua desconfianza 'O0; 796 ES decir, el gran número compensa la inferioridad cualitativa. 797 Cf. IV 6, 5, 1293a1 SS. 798 Cf. VI 7, 1, l.321a8 SS. 799 Cf. IV 1 1 , 14, 1296a13 SS. 'O0 La alternancia del poder es una de las formas de libertad; cf. VI 2, 1, 1317b2 SS., y también 1 1 , 2, 1252a15, y 111 6, 9, 1279a10. LIBRO IV 257 en todas partes el más digno de confianza es el árbitro 'O1. 6 Cuanto mejor mezclado está el régimen, tanto más estable es ' O 2 . Muchos, incluso los que quieren establecer regíme- nesaristocráticos 803, cometen un error no sólo en dar una parte mayor en el gobierno a los ricos, sino también el de engañar al pueblo, porque, con el tiempo, de falsos bie- nes surge necesariamente 804 un verdadero mal, pues las ambiciones de los ricos arruinan más el régimen que las del pueblo. 13 Los artificios que se inventan como Procedimientos pretexto en los regímenes para engañar empleados para a1 ~ u e b l o son cinco en número; se refie- mantener vigentes los dilerente, ren a la asamblea, a las magistraturas, r e h e n e s a los tribunales de justicia, a las armas y a los ejercicios gimnásticos. El referente a la asamblea 805 es que se permite a todos formar parte de ella, pero si no asisten a ella se impone una multa sólo 2 a los ricos, o mucho mayor a ellos. El referente a las ma- gistraturas consiste en que los que tienen propiedades no pueden negarse a desempeñar los cargos, y los pobres pue- den. El referente a los tribunales 'O6 consiste en imponer una multa a los ricos si no administran justicia, mientras La clase media puede conciliar los extremos; cf. ARISTÓTELES, Acerca del alma 11 11, 424a6. Ética a Nicómaco V 7, 1132a19 SS. Sobre la impor- tancia del arbitraje y el hombre de posición media como árbitro, cf. ARIS- T~TELES, Constitución de Im atenienses 53. Sobre los efectos nocivos de una mala mezcla de los elementos constituyentes, cf. V 7, 5, 1307a5 SS. 'O3 Y no sólo regímenes oligárquicos; muchas aristocracias casi no se diferenciaban de las oligarquías; cf. IV 7, 5, 1293b20 y V 7, 6, 1307a15 siguientes. Cf. TEOGNIS, 607. Cf. 11 6, 19, 1266a9. Cf. IV 14, 12, 1298b16 SS. los pobres gozan de impunidad, o bien la multa es grande para los primeros y pequeña para los segundos, como en las leyes de Carondas 'O7. En algunas partes, a todos los 3 inscritos como ciudadanos 'O8 se les permite tomar parte en las asambleas y administrar justicia, pero si una vez inscritos no asisten a la asamblea ni administran jus- ticia se les imponen grandes multas, para que por la multa rehúsen el inscribirse, y al no estar inscritos no puedan administrar justicia, ni formar parte de la asamblea. De la misma forma se legisla en lo relativo a la posesión 4 de armas y sobre los ejercicios gimnásticos 809: los pobres pueden no poseerlas, pero impone una multa a los ricos si no las poseen. Si no acuden a los ejercicios gimnásticos, aquéllos no tienen ninguna multa, en cambio los ricos es- tán sujetos a ella, para que los unos, por la multa, partici- pen en los ejercicios, y los otros, por no temerla, no participen. Estos son los artificios de la legislación oligárquica. En s las democracias se inventan otros contrarios a éstos 810: a los pobres se les proporciona una paga para que asistan a la asamblea y participen de los tribunales, pero a los ricos no se les impone ninguna multa si dejan de hacerlo. De modo que es evidente que si se quiere una mezcla 6 807 Cf. supra, IV 11, 15, 1296a21. 'O8 En Atenas había una lista de los miembros admitidos para la Asam- blea, donde se inscribían los nombres de los ciudadanos desde su edad legal; cf. supra, 111 1, 5, 1275a15. Sobre el alistamiento de los jóvenes como ciudadanos, cf. ARIST~LES, Constitución de los atenienses 42 [trad. M. GARCÍA VALDÉS], pág. 154 SS. 809 Cf. 11 5, 19, 1264a20 SS., donde se encuentran las mismas prohibi- ciones para los esclavos de las ciudades cretenses. Cf. también V 10, 11, 1311a12 SS., donde trata de la privación de armas al pueblo. Artificios para asegurar al pueblo el poder. 116. - 17
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