Logo Studenta

Requisitos Importação Alcachofas

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

REPUBLI CA DE PANAMA
AUTO RIDA D PANAM ENA DE SEGU RIDAD DE ALIMENTOS
RESUELTO AU PSA - DINAN - 028 - 20 10
(De 29 de Abril de 2010)
"Por medi a del cual se modi fica el Requisito Fitosanitario AUPSA-DINAN -233- 2007 ,
para la importaci on de Alcachofas 0 Alcauciles (Cynara scolymus) frescas 0 refrigeradas.
para consumo humane y/o transformacio n. originarias de Co lombia:"
EI DIRECTOR NA CIONAL DE NORMAS PARA LA IMPORTACION DE
ALIMENTOS,
en usa de sus facultades legales
CONS IDERAN DO:
Que el Decreta Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panam eiia de Seguri dad
de Alimentos. como entidad rectora de l Estado para asegurar el cumpl imiento y aplicacion
de las leyes y rcglamentos en materia de seguridad de introduccion de alimentos al
terr itorio nac ional, bajo criterios estrictamentc cientific os y tecn icos.
Que la Autoridad Panamena de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el
proteger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del pais, mediante la aplicacion de
las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introduccion de alimentos al territorio
nac ional.
Que el articulo 38, numeral I del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 dicta que es
funcion de la Dircccion Nacional de Normas para la Importacion de Alimentos, estableeer
los requisitos sanitarios y fitosanitarios, que dcberan eumplir los alimentos para su
introduccion al territorio nacional.
Que dcspues de aclarar conceptos tecnicos. en relacion a las no conformidades identificadas
por los auditores tccnicos de AUPSA, en su inspeccion realizada en origen. el rCA·
Colombia adquirio el eompromiso de adoptar las medidas correctivas eorrespondientes, a
objeto de poder implementar cl protoeoIo suscrito entre ambas partes. 10 cual fuc ratificado a
traves de nota deilCA N" 20092134028 del 20 de noviembre de 2009,
Que mediante Rcsolucion de la Comision Tccnica Institucional en - 030 - 2009, se adopto
el "PROTOCOLO FITOSAN ITA RIO PAR A LA EXPORTACION A PANAMA, DE
FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS 0 REFRI GERADOS, ORIGINARIOS DE
COLOMBIA, ENTRE LA AUTORIDAD PANAM ENA DE SEGURIDAD DE
ALi MENTOS (AU PSA) Y EL INSTITUTO COLOMBIANO AG ROPECUA RIO (ICA),
ADSCRITO AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DE
COLOMBIA". para aplicar las mcdidas fitosanitarias necesarias a ti n de mitigar el riesgo
de introduccion de Frankliniella occidentolis asi como tambien de otras plagas asociadas a
los productos en referencia. que se exportan a la Republica de Panama.
Que en virtud del ProtocoIo Fitosanitario adoptado, se ordena la modificacion de los
resueltos, en los cuales se establecen los requisitos fitosanitarios para la importacion de
frutas y vegetales frescos 0 refrigerados. originarios de Colombia. utilizando como base las
medidas fitosanitarias acordadas en el Protocolo Fitosanitario suscrito entre EL
INST ITUTO CO LOMBIANO AGROPECUA RIO (ICA) Y LA AUTORIDAD
PANAMENA DE SEGU RIDA D DE ALiMENTOS (AU PSA),
Que luego de las consideraciones antes expucstas,
RESUELVE:
Articulo 1: Emitir los Requisitos Fitosanitarios para la Importacion de a lcachofas 0
alcauciles (Cynara scolymlls) frescas 0 refrigeradas. para consumo humano y/o
transformac ion, or iginarias de Co lombia. dcscrita en la siguiente fraccion del Arance1
Nacional de Importacion:
Fmccton
Aranceluriu
0709.10.00
Descripcion delproduct» ulimemicio
Alcachofas 0 alcauciles (Cynara sc..'olymlls ) frescas 0 refrigeradas.
Articulo 2: EI importador esta obligado a comunicar a la Autoridad Panamena de Seguri dad
de Alimentos. a traves del Formulario de Norificacion de lmportacion. en forma manual 0
por via electron ica. en un tiempo minirno de 48 horns. previa a la lIegada del prod ucto al
pun to de ingreso.
Articulo 3: Las alcachofas 0 alcauciles (Cynara scolymnsr destinadas para exportacion a
Panama. se sorneteran a la Resoluci6n del le A N° 002964 "Pe r la cual se dictan disposiciones
para el registro y manejo de predios de produccion de hierbas aromaticas y hortalizas para
exportaci6n en fresco y el registro de sus exportadc res", que forma parte del Protocolo
Fitosanitario suscrito entre el ICA de Colombia y la AUPSA de Panama (Ver Anexo Listado
Empresas Exportadoras Registradas). y 1a partida debeni estar amparada por un certificado
fitosanitario expedido por el Instituto Colombiano Agropccuario. en el que se haga constar el
cumplimiento de los siguientes requis ites:
Que:
3.1 La s alcachofas 0 alcauciJes [Cynara scolymuss han sido cul tivad as y embaladas en
Colombia.
3.2 Las alcachofas 0 alcauciles (Cynara scolymus r proceden de areas de produccion
(prcdios/ huertos). adscritas a un sistema de vigilancia f itosanitaria reconocido por cl
le A.
3.3 EI cert ificado fitosanitario oficial . debe incluir una declaracion adicional. en la cua l se
certifique que :
3.3.1 La parti da esta libre de:
oj Peridroma suucia
3.3.2 La part ida viene libre de inseetos vivos de cualquier tipo, asi como tambien
de otros contaminantcs biologicos. qu imicos y flsicos. incluyendo suelos.
Articulo 4: La produccion. coseeha y cl cmbalaje de estes al imentos. destinados para cl
consurno humano. se debe realizar en cl marco de las buenas practic as agrieo las (BPA).
Artic ulo 5: EI empaque uti lizado debe ser resistente a la manipulaci on y estar claramcnte
identificado, co n eI nombre de la espccie vegetal: nombrc y c6d igo del pais de origen:
nombre y codigo de la cmpresa exportadora: codigo de lotes: y fecha de embalaje.
Articulo 6: Los materiales utilizados para el embalaje y/o amortiguacion no deben contener
tibras vegetales u otro mate rial hospedero de plagas.
Articulo 7: Los contenedores. previo al embarquc, deben ser inspcccionados y
desinfectados intemamcntc.
Artic ulo 8: Los contencdores deben ser prccintado s (marchamados. Ilej ados) y sellados. de
manera que dichos sellas solo puedan ser retirados por la Autoridad Panameita de
Seguridad de Alimentos, a su lIegada a Panama.
Art iculo 9: AI momento del arribo del embarque al puerto de ingreso al pais. la part ida debe
estar amparada con la siguiente documentacicn comprobatoria:
a) Fonnulario de notificacion de importacion.
b) Cert ificado fitosanitario del pais de origen del producto.
c) Copia de factum comercial del prod ucto.
d) Pre-declaracion de aduanas .
Articulo l O: Al ingreso de la partida al pais . la Autoridad Panamefia de Seguridad de
Alimentos procedera a realizar cl muestrco para e1 analisis entomologico, y se reserva eI
derecho de tomar otras muestras, en ese momento 0 en cualquier punto de la cadena
ali rnentaria . a objeto de reali zar otros analisis: Microb iol6gico , de micotoxinas,
cara cteristicas organolepticas, flsico-q uimicas y residuos t6xicos.
EI costo de estos anal isis debera ser sufragado por el interesado.
Articulo 11: Estes requi sitos fitosanitarios son especi ficos para la importacion de alcachofas
o alcauciles (Cynara scolymus) frescas 0 refrigerada s, originarias de Colo mbia. no obstante
no exime del cum plimiento de otras normas naeionales para su comercializacion en eI
territorio nacional.
Articulo 12: Este Resue lto modifica cl Resuelto AUPSA-DINAN-23 3-2007 y, toda
disposicion que Ie sea contraria.
Articu lo 13: EI presente Resuelto empezara a regi r 21 dfas dcspues de promulgado en la
Gaceta Oficial.
FUNDAM ENTO DE DERECHO: Decreta Ley II de 22 de febrero de 2006 .
Ley 23 de 15 de julio de 1997
Ley N" 47 de 9 de ju lio de 1996
Resolucion CTl-0 30-2009
COMUN iQUESE Y CUMPLASE.
:~B~=E~O
Direc tor Nacional de Normas
Para la Importacion de Alirnentos