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Santiago_del_Estero_Resolucion_038-DGC-2019

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MINISTERIO DE ECONOMIA 
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO 
 Santiago del Estero 
URQUIZA Nº 228 – SANTIAGO DEL ESTERO (4200) – REPUBLICA ARGENTINA 
 
 RESOLUCION INTERNA Nº 038-DGC-2019 
 
 
VISTO: 
 La necesidad de modificar la normativa vigente para la forma de 
presentación y tramitación de planos de distinta índole ante la DGC, augurando aportar mayor 
celeridad y seguridad a los administrados; y 
CONSIDERANDO: 
 Que, es imprescindible continuar perfeccionando el circuito 
administrativo, para el visado y aprobación de las presentaciones que tengan que ver con Mensuras, 
Verificaciones y Levantamientos Territoriales para Prescripciones Adquisitivas Urbanas, tanto en 
su etapa de previa como de definitiva. Seguir afianzando el control de legalidad, obligatorio en todo 
trámite que se inicie ante esta repartición, asegurando los principios de publicidad de los actos, más 
los de bilateralidad y debido proceso. 
 Que, continuar afianzando nuevas tecnologías que signifiquen un avance 
en los trámites administrativos, dejar sin efecto los efectos nocivos que representa el papel 
heliográfico y evitar hasta en un 80 % el archivos de papeles ya en desuso sustituyendo esto por 
exptes informáticos; 
 Que, teniendo en cuenta que la denominada Resolución. 120/1978 
refrendada por Decreto serie “B” 0985/79 que legisla sobre las cuestiones ut supra descriptas, ha 
quedado perimida en estos tiempos de modernización del estado a través de la digitalización de sus 
tareas y respetando siempre la legislación vigente en la materia; 
Por ello; 
EL SR. DIRECTOR DE CATASTRO 
RESUELVE: 
ART. 1º.- Modificar las normas de Confección, Presentación y Tramitación de Planos de Mensuras, 
Verificaciones y Prescripciones Urbanas ante la Dirección General de Catastro 
ART. 2º.- A los fines de dar cumplimiento con el Art. 1, se deberá cumplir con el Anexo 1 de la 
presente resolución, en la que se detalla cómo se deben confeccionar los trabajos agrimensurales, 
como debe ser la presentación de los mismos ante esta dirección y cómo será la tramitación hasta su 
aprobación definitiva 
ART. 3º.- La documentación presentada para cumplir con el control de legalidad exigido debe 
contener, los documentos solicitados en el Anexo 2. 
ART. 4º.- La presente resolución entrara en vigencia a partir del DÍA 13 DE MAYO DE 2019.- 
 
 
 
 
 
 
 
 
 MINISTERIO DE ECONOMIA 
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO 
 Santiago del Estero 
URQUIZA Nº 228 – SANTIAGO DEL ESTERO (4200) – REPUBLICA ARGENTINA 
 
ART. 5º.- Notifíquese al Consejo Profesional de Ingenieros y Arquitectura, Asociación de 
Agrimensores y demás reparticiones públicas, Publíquese y Archívese. 
DESPACHO, Mayo 02 de 2019 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 MINISTERIO DE ECONOMIA 
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO 
 Santiago del Estero 
URQUIZA Nº 228 – SANTIAGO DEL ESTERO (4200) – REPUBLICA ARGENTINA 
 
ANEXO I DE LA RESOLUCION INTERNA Nº 038-DGC-2019 
 
MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS PARA LA CONFECCIÓN, PRESENTACIÓN Y 
TRAMITACIÓN DE PLANOS ANTE LA DGC. 
 
1) Modificación de Resol interna 120 – decreto 985 
 
(Cap.IV-23.a) Se omitirá además la nota de SOLICITUD reemplazándose por 
PARTE CATASTRAL PARA OPERACIONES AGRIMENSURALES, con el timbrado de 
ley para la presentación de las carpetas, para todas las operaciones agrimensurales de 
Mensuras, Prescripciones, Verificaciones Parcelarias. Adecuándose oportunamente los 
demás objetos. 
 
 (Cap.IV-23.b) 1 Original del informe de dominio, certificado por el RGPI. Con una 
validez de 1 mes para Mensura y Verificaciones, y de 6 meses para prescripciones. 
 
(Cap.IV-23.c)4 impresiones color rojo en papel obra, con los grosores 
convencionales, como mínimo para presentar en la DGC de todas las Operaciones 
Agrimensurales (1); (aparte de las dos solicitadas por las demás reparticiones públicas Ej. 
Catastros 
municipales.), una de las cuales, “el original”(2), llevara el timbrado de ley en el extremo 
superior derecho de la carátula. 
(1)Incluyendo los planos de Verificaciones Parcelarias. 
(2)Eliminándose de esta manera la presentación en papel film y vegetal.(Modifica 
Copias de planos (Res 20-DCG-2017) 
 
 
(Cap.IV-23.d) Se exigirá, el REPORTE PROFESIONAL(3),(generado por el 
software desarrollado por esta Dirección), el cual reemplazará al FORMULARIO CENSAL 
PARA TAREAS AGRIMENSURALES y a la MEMORIA DESCRIPTIVA, para las 
operaciones de mensuras, verificaciones y prescripciones urbanas, de una sola parcela 
urbana. 
Para los demás tipos de operaciones, respecto al formulario catastral, se permitirá la 
entrega de la planilla de cálculo, oportunamente diseñadas por la DGC. Para la Memoria 
Descriptiva, se recomienda la siguiente estructura (4), para una mejor y rápida lectura. 
 
(Cap.IV-23.e) Es optativo para el profesional, iniciar el trámite con la documentación 
que consideres definitiva o previa (como proyecto). En el segundo caso se presentara 1 
impresión en papel obra, líneas color negro, con la firma del profesional, acompañando de la 
documentación respectiva. La presentación definitiva se hará dentro de los 6 meses de la 
fecha de ingreso de la previa. Pasado ese periodo expirara el expediente. 
 
Se solicitará en todos los casos la siguiente información anexa: 
Fotocopia DNI y CUIL de los titulares o prescribientes. 
Copia de 5 años de impuestos inmobiliarios. 
Declaratoria de herederos.* 
Poderes generales o especiales.* 
Autorizaciones Hipotecarias.* 
Constitución de Sociedades y Autorizaciones.* 
Acta de directorio.* 
Reporte profesional, Planillas o Formularios Catastrales. 
Imagen Satelital Color y fotografía del frente de la parcela en color, (para las operaciones 
urbanas). 
Acta de Linderos o Acta de Constatación de Tareas Agrimensurales. 
 
 
 
 
 
 
 
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DIRECCION GENERAL DE CATASTRO 
 Santiago del Estero 
URQUIZA Nº 228 – SANTIAGO DEL ESTERO (4200) – REPUBLICA ARGENTINA 
 
Toda la información anteriormente mencionada debe estar certificada por el Profesional, 
con sello. 
 
(Cap.IV-23.f) La DGC registrara en sus archivos en su archivo gráficos y digitales todos 
los planos que se encuentren en condiciones, archivando en la sección Archivo Grafico el original 
(con timbrado), y una copia, realizando además el escaneo del Plano Original. Las demás copias 
serán entregadas al profesional. 
 
(Cap.IV-23.g) Correcciones: Todo plano que contenga pequeñas enmiendas y/o agregados, 
producidos antes de la registración, quedara convalidado con la registración en la DGC; las cuales 
deberán ser salvadas con indicación de lo corregido y/o agregado, fecha y firma del profesional 
actuante, en el cuadro NOTAS, de la caratula.. Quedando a consideración de los profesionales 
responsables de la registración. 
 
(Cap.III-22) En Portada se modificara en cuadro N°2, eliminándose la indicación de 
DISTRITO. El mismo quedara configurado de la siguiente manera: 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
En el cuadro donde el profesional, consigna la firma, se indicara la siguiente leyenda: 
“La exactitud y fidelidad de los datos consignados son de absoluta y 
 total responsabilidad del profesional.” 
 
Además de indicar su domicilio legal. 
 
 
2) Modifica RES.INT.Nº 143-DGC-17 DE GEORREFERENCIACION DE 
PARCELAS 
 
1) En formato papel. 
 
I) Plano 
Las coordenadas serán expresadas en forma geodésicas sobre elipsoide WGS84 indicando 
coordenadas de la estación permanente de referencia de la Red POSGAR 07, y en coordenadas 
planas Gauss-Krüger en faja 4 para todo el territorio provincial. 
 
Para la representación del resultado de la Georreferenciación en los planos, seincluirá la 
siguiente planilla de coordenadas: Indicando, en el caso que los puntos VINC Y VER, no 
pertenezcan al polígono. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DEPARTAMENTO: 
 
LUGAR: (Calle N°, Barrio, Ciudad, Camino 
a…, Lugar) 
 
BARICENTRO GEOGRAFICO: f,l 
 
 
 
 
 
 
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Se identificaran, en el plano los puntos VINC, y VERT, con la siguiente simbología 
 
 
 
Las coordenadas Geodésicas, deberán contar con una aproximación de 5 decimales. 
 
 
(*) Punto origen de la vinculación. Se lo designará con la Nomenclatura asignada por el 
Marco de Referencia POSGAR 07.- 1, 2, 3 ... representan la designación de puntos pertenecientes a 
la mensura que fueron vinculados al punto origen.- 
 
 (**) Otros puntos de vinculación. 
 
De acuerdo a lo expresado en el documento: La georreferenciación de parcelas rurales en la 
República Argentina del Instituto Geográfico Nacional, el Consejo Federal de Catastro y la 
Federación Argentina de Agrimensores. Los tiempos mínimos obligatorios en las mediciones serán 
las siguientes: 
 
VINCULACIÓN A VÉRTICES DE LA RED (VECTOR 
LARGO) 
EQUIPOS SIMPLE FRECUENCIA L1 
DISTANCIAS TIEMPO DE OBSERVACION 
 MENORES A 30Km 0:45h 
 ENTRE 30Km Y 65Km 1:30h 
 ENTRE 65Km Y 100Km 2:30h 
 EQUIPOS DOBLE FRECUENCIA L1/L2 
DISTANCIAS 
TIEMPO DE 
OBSERVACION 
 MENORES A 30Km 0:30h 
ENTRE 30Km Y 80Km 1:00h 
 ENTRE 80Km Y 150Km 1:30h 
ENTRE 150Km Y 200Km 2:00h 
 
Descripción del instrumental usado en plano y memoria descriptiva, Indicando en nota: 
Instrumental utilizado: GPS Marca, Modelo. 
 
 
 
 
 
 
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URQUIZA Nº 228 – SANTIAGO DEL ESTERO (4200) – REPUBLICA ARGENTINA 
 
 
Para superficies rurales menores de 5 has.las coordenadas se indicaran de acuerdo a las 
exigencias solicitadas con anterioridad a la presente resolución. 
Para parcelas urbanas, se indicaran las coordenadas geodésicas, obtenidas de forma 
autónoma, del centro de la parcela (Baricentro), en caratula. 
 
II) Documentación adjunta al plano. 
 
a) Impresión del Reporte de Posprocesamiento, de los vectores largo, corto y 
sus particiones correspondientes, con la siguiente información: 
 
 Frecuencia del Equipo L1 o L1/L2 
 Tipo de solución: Móvil o Fija 
 Hora de Inicio y Finalización de Observación; Tiempo de ocupación o 
Duración del proceso. 
 Distancia en estación RAMSAC/VINC. 
 Nombre de los puntos, indicados en el plano 
 Coordenadas Geodésicas y Coordenadas Gauss Kruger de los 3 puntos 
solicitados 
 
b) Impresión de Imagen satelital color, indicando la posición del polígono y de 
los puntos VINC Y VERT, con pines. 
 
2) Información Digital: 
 
I) Archivo *.dxf con el dibujo del inmueble, 
 
En formato: Archivo Dibujo AutoCAD2000/LT2000 (*.dxf) con el dibujo del 
inmueble, discriminadas en las siguientes capas, según el tipo de operación: 
 
 25-Geo_Mensuras, (Para mensuras): color (azul), tipo de línea y grosor 
“por capa”. 
 26-Geo_Verificacion, (Para Verificaciones): color (verde), tipo de línea y 
grosor “por capa”. 
 27-Geo_Prescripcion, (para prescripciones y otros tipos de levantamientos 
territoriales): color (rojo), tipo de línea y grosor “por capa”. 
 
El polígono debe estar cerrado* y ubicado en cota 0 (z=0). 
 
 10-Texto_de_Parcela, (para denominación de lote o inmueble): color (152), 
tipo de línea y grosor “por capa”. 
 13-Nro_de_Padron, (número de padrón): color (30), tipo de línea y grosor 
“por capa”. 
Los textos anteriores tendrán el formato; Texto simple, ubicados ambos 
completamente dentro del polígono, sin tener en cuenta la altura de texto. 
Todo lo anterior conforme al archivo *.dxf, que se entregará oportunamente) 
 
 
II) Archivo *.kml, 
 Polígono con color azul en caso de mensuras, verde para verificaciones, y 
rojo para prescripciones, denominado con el número de expediente. 
 En propiedades, Solapa: Descripción; se indicara el N° de padrón, 
Profesional y Antecedente Grafico consultado. 
 Pines indicando la posición de los puntos VERT y VINC 
 
 
 
 
 
 
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III) Archivo de Observación, 
 En formato rinex, de un mínimo de los puntos puntos VINC, VERT y de la 
estación RAMSAC. 
 Informe de posprocesamiento, en formato PDF 
 
Todos los archivos digitales tendrán como nombre el siguiente formato: 
N°Departamento-Profesional-N°Exp-Año, contenidos en una única carpeta comprimida 
con idéntico formato de nombre. 
 
N°Departamento: Refiere a la numeración otorgada por la Sección Archivo Grafico, 
para el registro de planos. 
 
 
01: Aguirre 02: Alberdi 03: Atamisqui 04: Avellaneda 
05: Banda 06: Belgrano 07: Capital 08: Choya 
09: Copo 10: Figueroa 11: Jiménez 12: Guasayán 
13: Loreto 14: Ibarra 15: Mitre 16: Moreno 
17: Ojo de Agua 18: Pellegrini 19: Quebrachos 20: Rio Hondo 
21: Rivadavia 22: Robles 23: Salavina 24: San Martin 
25: Sarmiento 26: Silipica 27: Taboada 
 
Ejemplo: 14-Toledo-1254-19. 
 
 
Los demás puntos o ítems, de la presente operación, continúan, de acuerdo a las normativas 
vigentes. 
 
 
 Toda la documentación ingresada de acuerdo a lo previsto en la Ley 
4994/78 sobre REDUCCIÓN DE LA VALUACIÓN FISCAL POR AFECTACIÓN SALINA 
DE LOS INMUEBLES RURALES, Art.4 y Art.8, y Art.7 del decreto reglamentario serie B 
O.932/79se solicitara para el respectivo plano la Georreferenciación parcelaria de acuerdo a lo 
previsto en la resolución 134-DGC-2017, conforme a lo expresado en el Art.5 de la Ley 
Nacional 26209. Asi mismo, la ubicación lugares o puntos de muestreo, serán indicados con 
coordenadas geográficas determinadas de manera autónoma. 
 
Ley 4886/80 DESGRAVACIÓN IMPOSITIVA POR INUNDACIÓN, decreto 
reglamentario 1164/81, Art.4; se solicitara para el respectivo plano la Georreferenciación 
parcelaria de acuerdo a lo previsto en la resolución 134-DGC-2017, 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 MINISTERIO DE ECONOMIA 
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ANEXO II DE LA RESOLUCION INTERNA Nº 038-DGC-2019 
 
MEMORIA DESCRIPTIVA 
 
DEPARTAMENTO: PADRÓN/ES: 
LUGAR: 
BARICENTRO GEO.: f,l DOMINIO/S: 
 OBJETO: 
INMUEBLE: 
PROPIETARIOS o POSEEDOR/ES: CUIL 
FECHA DE OPERACIONES: 
ANTEC. GRAFICOS CONSULTADOS: 
 
EXTRACTO DE TITULOS 
 
La inscripción……….. 
 
 
DESCRIPCION DE LAS OPERACIONES 
 
El día……, a…….hs; se dieron inicio a las operaciones MENSURA desde el esquinero…., del 
 
INMUEBLE:…………………………………………….. 
Mide y Linda: 
LADO RUMBO DESIGN. MEDIDA
¨ 
ANGULO LINDEROS 
1 N AB 10,0m 90°00’00” CALLE ROCA 
2 E BC 30,0m 90°00’00” LOTE 1 
3 S CD 10,0m 190°00’20” LOTE 2 
4 O DE 30,0m 90°00’00” LOTE 3 
 
SUPERFICIE DEL POLIGONO 1.2.3.4.=300,00m2 
 
 
MEJORAS 
 
 
Con todo esto se dieron por finalizadas las operaciones.-

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