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NEMA: SOLICITANDO AUDIENCIA ESPECIAL REF: ..---.- HONORABLE SEÑOR(A) JUEZ(A) DEL JUZGADO —--DE LA CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR. ………, mayor de edad, Abogado, y de más generales conocidas en el presente proceso penal, en el cual actúo en mi calidad de Defensor Particular de —--------------, persona que se encuentra procesada, ante su digna autoridad, y es en el carácter antes indicado que, a usted con el debido respeto EXPONGO: ARGUMENTO DE DERECHO. Se da el caso Honorable Juez que en el presente proceso Judicial, a mi defendida se le decretó en su momento la Medida Cautelar de la Detención Provisional, siendo del criterio de su Digna Autoridad que el proceso debía continuar a la siguiente etapa con la aplicación de dicha medida, pero con tal decisión a mi representada se le están limitando ciertos derechos, entre ellos, el Derecho de la Libertad Ambulatoria. En ese sentido, el suscrito abogado, ha realizado un análisis a profundidad las diferentes condiciones y presupuestos que envuelven las actuaciones que este Honorable Tribunal, ha realizado hasta el momento en el presente proceso penal, y este Abogado es del criterio que los motivos que fundaron la decisión de aplicar la medida cautelar de la Detención Provisional en contra de mi representado, no son lo suficientemente convincentes y determinantes para mantener la medida cautelar impuesta a mi representada, pues las medidas cautelares y en especial la prisión preventiva tienen dos propósitos procesales que acreditan la necesidad de su imposición, las cuales son, asegurar que el imputado no se sustraiga de la acción de la justicia mediante la fuga; y, evitar el entorpecimiento de la investigación o el proceso. En lo cual para establecer la procedencia de toda medida cautelar, y en especial de la Detención Provisional, es necesario determinar la existencia de la apariencia de buen derecho o Fumus Boni Iuris, así como del peligro de fuga o Periculum In Mora, los cuales en el presente proceso no se encuentran legítimamente sustentados. El primer presupuesto formal, que se debe de mantener para sostener la Medida Cautelar de la Detención Provisional, como ya se hizo mención, es la FUMUS BONI IURIS O APARIENCIA DE BUEN DERECHO: el cual se fundamenta en dos presupuestos esenciales, el primero de ellos, la existencia de un hecho tipificado como delito, y segundo, que se encuentren establecidos los suficientes elementos de convicción para establecer razonablemente que el procesado puede ser con probabilidad positiva autor o partícipe en el ilícito que se le atribuye; siendo que en el presente proceso penal, ninguno de dichos requisitos se cumple para mantener la medida de la detención provisional aplicada a mi defendida. Es en ese orden de ideas y en el entendido que la Medida Cautelar de la Detención Provisional, es una excepción y no una regla general, se deduce que dicha medida puede variar o sustituirse por otra menos gravosa. El segundo presupuesto formal que se debe mantener para sostener la Medida Cautelar de la Detención Provisional es la existencia del PERICULUM IN MORA O PELIGRO DE FUGA DEL IMPUTADO, en términos generales puede ser definido como la medida de riesgo perceptible para los fines del proceso y que se puede deducir a partir de la gravedad penal de las conductas incriminadas y las condiciones personales del imputado, el grado de vulnerabilidad de las víctimas y la investigación de los hechos en curso. Este concepto, ya en su ámbito subjetivo, tiene dos elementos conformantes: El peligro de interferencia en la investigación y el peligro de fuga por parte del imputado. el peligro de interferencia en la investigación considera la posibilidad real y fundada que el imputado tiene por sí mismo de inmiscuirse en la investigación en curso e influir en sus resultados, y el segundo el parámetro puede ser entendido como la posibilidad real, colegible de los elementos de investigación y los arraigos presentados, que el procesado se mantenga vinculado al proceso penal durante el tiempo que este dure y que pueda cumplir una eventual sentencia. En ese orden de ideas es que el suscrito Abogado considera pertinente y necesario solicitarle con base a los Arts. 2, 8, 12 y 144 inc. 2° de la Constitución de la República, Arts. 6, 331, 332, 343 y 344 todos del Código Procesal Penal, Art. 11.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 93 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, Art. 25 inc. 3° de la Declaración de Protección contra la Detención Arbitraria, Art. 25 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Art. 7.2 y 7.5 de la Convención Americana Sobre los Derechos Humanos, que señale día y hora para la celebración de una AUDIENCIA ESPECIAL DE REVISIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES, a favor de mi defendida, —-------, en razón de que en el fundamento legal antes citado se reconocen y garantizan los Derechos que deben de tener las personas sometidas a medidas cautelares en un proceso penal, determinando que la medida cautelar de la Detención Provisional, es considerada la más gravosa de todas las medidas cautelares, la cual debe de aplicarse como última opción, y no como una regla general, ya que pueden adoptarse medidas menos gravosas, asegurando para tal objetivo garantías que aseguren la comparecencia del encausado al Juicio. Finalmente, para demostrar los diferentes arraigos familiares, domiciliares, laborales y sociales, de mi defendida, —---------, anexo al presente escrito documentación con la cual se comprueba que mi patrocinada puede gozar de una Medida Cautelar Distinta a la detención provisional; documentación consistente en: A) ANTECEDENTES Y SITUACION JURÍDICA DE MI DEFENDIDA Para acreditar los antecedentes policiales y penales de mi defendida, y su situación jurídica, se presenta, la documentación consistente en: 1. CERTIFICACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES—-----; 2. CERTIFICACIÓN DE ANTECEDENTES POLICIALES Y JUDICIALES—-; B) ARRAIGO FAMILIAR DE MI DEFENDIDA Detallar cada arraigo familiar y lo que se comprueba con cada uno de ellos. C) ARRAIGOS DOMICILIAR O HABITACIONAL. Para Acreditar el arraigo domiciliar de mí representado, se presenta, la documentación consistente en: Detallar cada arraigo Domiciliar y lo que se comprueba con cada uno de ellos. D) ARRAIGO LABORAL Detallar cada arraigo laboral y lo que se comprueba con cada uno de ellos. Por todo lo antes expuesto, y con base a los Arts. 331, 332, 343 y 344 todos del Código Procesal Penal, es que vengo por medio del presente escrito, a solicitarle a su digna autoridad, se señale día y hora para la realización de una AUDIENCIA ESPECIAL DE REVISIÓN DE MEDIDAS, a favor —- para discutir si existe o no alguna variabilidad de las circunstancias en los presupuestos antes mencionados, y con ello se pueda acreditar que se encuentra apto para gozar de una medida distinta a la detención provisional, porque no refleja ningún peligro de fuga, al contrario se ha comprobado que puede estar sometido al presente proceso, gozando medidas distintas a la detención provisional. Por todo lo anteriormente expuesto, la base legal citada, a usted con el debido respeto que se merece PIDO: i. Me admita el presente escrito y sus anexos; ii. Después de analizar el mismo, se señale día y hora para la realización de la Audiencia Especial de Revisión de Medidas a favor de mi representado —--- En la ciudad y departamento de San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.