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Pacasmayo, l5 de ¡oviembre det 20lg
EI AICAI.DE DE IAMT]MCIPAIJDAD DIÍTTBI"ALDE PACAS&{YO
CONSIDEBANDO:
Que, de conformidad oon el A¡tículo lg4. de la Constitución politica del
Eetado, mncordante con el Artículo II del Titulo p¡elimina¡ de la Ley Orgá¡ica de
Municipaüdadee - I¿y If 27g72, lu Gobiernos localee tienen autononla política,
económica y adminietrativa en los aeuntoa de su comr€tensia y dicha autonomía
co*ede la facultad de ejercer actos de gobierno administf,ativos y de admini't¡acóú
con sujecién al ordenamiento jurídico.
Que, a ravÉs del Contrato Administrativo de Servisios que conaüituven
una modalidad especial del fls¡ec}¡o ¡dmi¡iafrativo y privativa del Estado que ae
celebra de acuerdo con lo establecido en la Iay Anual de preeupuesto del sector púbrico
y normas con€xaa y el Decreto tegislativo I,l" l05i y su Reglamento.
Que, el cargo de Jefe de Planiscaeién y preaupuesto d.e la Municipalidad
Distritsl ele Pacaemayo, se eoeuentra prc'lrato en el cuadrc de Asignación de personal
aprobado por la Ordeaanza Mudeipal if 014-20f1-MDp, con las funciones generales
asignadas en el Reglamento de Oreanrzació¡ y Funciores apmbado media¡te
Orde¿a¡za ¡f 0l l -2017-MDP.
Que, la actual admi.aistraeión Municipal tiene en cuenta, que lae
autoridades admini¡trativas, debe¡ actuar con réspeto a la comtitucién politica del
Perú, Ia Ley y el derecho, dentro ile lae &cultailee que le eetén atribuid.as y de acuerdo
con los finee para los que les fuercn conferidas, de conñrmidad con to prcviato en el
Art. IV del titulo preliminar de la Ley del proceümiento Admi¡i'trativo General - Ley
1.,¡'27,144.
Estando a las atribucionee consridas en el Art. 2Cp. Ineiso 6) y Z& ile la
I,r.y 27972 - Ley Orgánica de Municipaliüd.
SERBSI'ELVE:
Ar1lculo lq CO!¡TRA'IAB a partir de la &cha (r5-tr-g018), at Lic. BBAIIIJO
SIEFANO CTIZCANO RENTEBf{ en el cargo ale Jc& ds ¡¡ Ofci!¡ ab
Pl¡nificacióo y E.eaufr& de la Municipalidad Dietrital & pacaemayo.
Ardculo 2P: ENCABCAR a la Gerencia Municipal y Unidad de pereonal la
elaboración del contrato respectivo conbrme al D.L. N" 1057.
Ardcub:f: IX@ sin efecto todá dispoebión adminiet¡ativa que contrar.enga a la
preeente reeolucón
MUilTGI?ALII}AO DI§TRITAL D§
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CoMUNfQUESE, C¿TMPI"ASE Y ABcIfyEsE
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