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¡PRE SAN MARCOS, A UN PASO 
DE SER SANMARQUINO!
Cívica 2019 
 
 
DERECHOS HUMANOS: CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS. DERECHOS 
FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Y LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL 
PERÚ. GARANTÍAS CONSTITUCIONALES EN EL PERÚ. CONVENCIÓN SOBRE 
LOS DERECHOS DEL NIÑO. 
 
1. DERECHOS HUMANOS 
 
Los derechos humanos son garantías esenciales, de la que goza toda persona para 
que podamos vivir como seres humanos. Sin ellos no podemos cultivar ni ejercer 
plenamente nuestras cualidades, nuestra inteligencia, talento y espiritualidad (ONU, 
2015). 
 1.1. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS 
 Las características de los Derechos Humanos son los siguientes: 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 INHERENTES 
Derivan de la 
naturaleza humana. 
 
 UNIVERSALES 
Comunes a todas las 
personas sin 
distinción. 
 
 
 IMPRESCRIPTIBLES 
Un derecho no se 
extingue con el paso del 
tiempo. 
 INTERDEPENDIENTES 
La vigencia de uno de los 
derechos comporta 
necesariamente la vigencia 
de los otros. 
 INCONDICIONALES 
Están sujetos a los 
lineamientos y 
procedimientos que 
determinan los límites de 
los propios derechos. 
 INALIENABLES 
Ni la propia persona, ni 
el Estado pueden 
enajenar o despojar. 
 INVIOLABLES 
No pueden ser violados 
 o vulnerados 
 INDIVISIBLES 
Ningún derecho puede 
disfrutarse a costa de otro 
derecho, no puede 
prescindirse de ninguno. 
 
 Cívica 01 
 
 
 
 1.2. CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS 
 
Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras, de acuerdo con 
su naturaleza, origen, contenido y por la materia que refiere. 
 
La clasificación de carácter histórico se basa en el reconocimiento cronológico de los 
Derechos Humanos por parte de un orden jurídico internacional. Según este enfoque 
se clasifican en tres generaciones. 
 
LOS DERECHOS HUMANOS SEGÚN GENERACIONES 
GENERACIÓN CONTEXTO HISTÓRICO ÁMBITO INCLUYEN 
PRIMERA 
La Declaración de los 
Derechos del Hombre y del 
Ciudadano, adoptada 
durante la Revolución 
Francesa (1789). 
 
Estados Unidos los 
incorpora en su Constitución 
Política. La “Declaración de 
Derechos” entró en vigor el 
15 de diciembre de 1791. 
Derechos 
Civiles y 
Políticos. 
 
(Derechos 
individuales) 
Derecho: 
A la vida e integridad 
física. 
A la libertad de 
opinión, de conciencia 
y de religión. 
A la nacionalidad. 
A elegir y ser elegido. 
A la propiedad. 
 
 
SEGUNDA 
 
Desde fines del siglo XIX 
como producto de los 
conflictos sociales. 
Derechos 
Económicos, 
Sociales y 
Culturales. 
 
(Derechos 
colectivos) 
Derecho: 
Al trabajo. 
A la seguridad social. 
A un salario justo. 
Al derecho de huelga. 
A la sindicalización. 
A la educación. 
Al descanso. 
TERCERA 
 
Después de la Segunda 
Guerra Mundial con la 
aprobación de la 
Declaración Universal de los 
Derechos Humanos (1948). 
 
Declaración Universal de los 
Derechos de los Pueblos. 
(Argel, 1976). 
 
Derecho de 
los pueblos, o 
derechos de 
la solidaridad. 
 
(Derechos 
colectivos) 
Derecho: 
A la paz. 
A la libre 
determinación de los 
pueblos. 
Al medio ambiente 
sano. 
Al patrimonio común 
de la humanidad. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Todo pueblo tiene el derecho imprescriptible e inalienable a la 
autodeterminación. Él determina su status político con toda libertad y sin 
ninguna injerencia exterior. 
 
La Carta de Argel, Art. 5 de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos (1976) 
 
2. DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Y LA CONSTITUCIÓN 
POLÍTICA DEL PERÚ 
 
 Artículo 1°.- La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el 
fin supremo de la sociedad y del Estado. 
 
 Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad 
moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto 
de derecho en todo cuanto le favorece. (Art. 2, inciso 1) 
 
 El Estado es la institución que garantiza y promueve el ejercicio de los 
Derechos Humanos. Es el principal responsable de adoptar las medidas necesarias 
para lograr el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos por parte de todos. 
 El capítulo I de la Constitución Política del Perú, contiene los derechos 
fundamentales de la persona. Sin duda se dirige a dar relevancia a la persona 
humana; a la que la Constitución le concede el primer lugar de atención. 
DERECHO A 
LA IGUALDAD 
ANTE LA LEY 
No existe discriminación por motivos de origen, raza, sexo, 
idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier 
otra índole. 
DERECHOS A 
LA LIBERTAD 
 
Individual 
A elegir el lugar de residencia. 
A transitar por el territorio nacional. 
A salir del territorio nacional y entrar en él. 
Intelectual 
A las libertades de información, opinión, 
expresión y difusión del pensamiento. 
Civil 
 
A reunirse pacíficamente sin armas. 
A asociarse. 
A constituir fundaciones sin fines de lucro. 
A la inviolabilidad del domicilio. 
Espiritual 
A la conciencia y a profesar una religión. 
Al ejercicio público de las confesiones. 
Económica 
A la propiedad y a la herencia. 
A trabajar libremente. 
Seguridad 
Personal 
 
A ser considerado inocente mientras no se haya 
declarado judicialmente su responsabilidad. 
Nadie está obligado a hacer lo que la ley no 
manda, ni impedido de hacer lo que ella no 
prohíbe. 
Nadie puede ser incomunicado sino en caso 
indispensable para el esclarecimiento de un 
delito. 
No hay prisión por deudas. Este principio no 
limita el mandato judicial por incumplimiento de 
obligaciones alimentarias. 
 
3. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS GARANTÍAS 
CONSTITUCIONALES 
 En sociedades democráticas, el Estado es la primera institución obligada a respetar y 
garantizar los derechos humanos. El artículo 200 de la Constitución Política del Perú 
describe las garantías constitucionales. 
Según el Dr. Raúl Ferrero considera que, en un sentido estricto, las garantías 
constitucionales son los medios de protección de los derechos humanos, consistentes en 
la posibilidad que tiene el titular de un derecho, de poner en movimiento el órgano 
jurisdiccional para que tutele este derecho si es quebrantado o amenazado de vulneración. 
LAS GARANTÍAS 
CONSTITUCIONALES 
PROCEDE 
Acción de 
Hábeas Corpus 
 
 
 
 
 
 
Ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, 
funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad 
individual o los derechos constitucionales conexos. 
Acción de 
Amparo 
 
 
Contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, 
funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás 
derechos reconocidos por la Constitución, excepto los que 
son protegidos por los procesos de Hábeas Corpus y 
Hábeas Data. 
No procede contra normas legales ni contra resoluciones 
judiciales emanadas de procedimiento regular. 
 
Acción de 
Hábeas Data 
 
 
 
Contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, 
funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos: 
A la información requerida y recibida de cualquier entidad 
pública; exceptuándose las informaciones que afectan la 
intimidad personal y las que expresamente se excluyan por 
ley o por razones de seguridad nacional. 
Contra los servicios informáticos, computarizados o no, 
públicos o privados, que suministren información que 
afecte la intimidad personal y familiar. 
Estos derechos están referidos en el Artículo 2°, en los 
incisos 5 y 6. 
Acción de 
Inconstitucionalidad 
 
 
 
 
 
 
Contra las normas que tienen rango de ley: leyes, decretos 
legislativos, decretos de urgencia, tratados, reglamentos del 
Congreso, normas regionales de carácter general y 
ordenanzas municipales que contravengan la Constitución 
en la forma o en el fondo. 
Acción Popular 
 
Por infracción de la Constitución y de la ley, contra los 
reglamentos, normas administrativas y resoluciones y 
decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de 
la que emanen.Acción de 
Cumplimiento 
 
Contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar 
una norma legal o un acto administrativo, sin perjuicio de las 
responsabilidades de ley. 
 
 
 
 
Sabias qué…? 
 
 
 
 
 
 
 
4. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO 
 
La Convención sobre los Derechos del 
Niño es el primer instrumento 
internacional jurídicamente vinculante 
que incorpora toda la gama de 
derechos humanos: civiles, culturales, 
económicos, políticos y sociales. 
 
Fue adoptada por la Asamblea General 
de la ONU el 20 de noviembre de 1989 
y está destinada exclusivamente a todo 
niño. 
 
La Convención, a lo largo de sus 54 
artículos, reconoce que los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos 
con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar 
libremente sus opiniones. 
 
 
La Convención define los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas: 
 
 El derecho a la supervivencia. 
 Al desarrollo pleno. 
 A la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación. 
 A la plena participación en la vida familiar, cultural y social. 
 
 
 
 El Tribunal Constitucional 
 Conoce, en instancia única, la acción de 
inconstitucionalidad. 
 Conoce, en última y definitiva instancia, las 
resoluciones denegatorias de hábeas corpus, 
amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento. 
 
 Los cuatro principios fundamentales de la Convención de los Derechos del Niño son: 
 
 
A LA NO 
DISCRIMINACIÓN 
A LA VIDA, LA 
SUPERVIVENCIA 
Y EL 
DESARROLLO 
LA DEDICACIÓN 
AL INTERÉS 
SUPERIOR DEL 
NIÑO 
EL RESPETO 
POR LOS 
PUNTOS DE 
VISTA DEL NIÑO 
 
 
DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS: CARTA DE LAS NACIONES 
UNIDAS. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. DERECHOS 
ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES; DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS. ORGANISMOS 
INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS: CORTE DE LA HAYA Y 
EL PACTO DE SAN JOSÉ. ORGANISMOS DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DD.HH. EN 
EL PERÚ. 
 
1. LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 
 
La Declaración de los Derechos Humanos fue adoptada por la III Asamblea General 
de la ONU, el 10 de diciembre de 1948 en París. Se trata de uno de los mayores 
instrumentos a favor de los derechos humanos en el mundo que surgió a raíz de los 
trágicos acontecimientos de la Segunda Guerra Mundial. 
 
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un entendimiento común de 
los pueblos del mundo en todo lo concerniente a los derechos inalienables e 
inviolables de todos los seres humanos y constituye una obligación para los 
miembros de la comunidad internacional. Consta de 30 artículos que incorporan 
tanto a los derechos civiles y políticos como los económicos, sociales y culturales. 
 
LISTA RESUMEN DE LOS DERECHOS HUMANOS 
 
1. Todos nacemos libres e iguales 
2. Todo el mundo tiene derecho a estos 
derechos 
3. Derecho a la vida 
4. Nadie será sometido a la esclavitud o 
a la servidumbre 
5. Nadie será sometido a tortura 
6. Todo ser humano tiene derecho a una 
personalidad jurídica 
7. Todos somos iguales ante la Ley 
8. Todo el mundo tiene derecho a 
defenderse ante los tribunales 
9. Nadie podrá ser detenido 
arbitrariamente ni desterrado 
10. Derecho a un juicio justo 
11. Derecho a la presunción de inocencia 
12. Derecho a la intimidad 
13. Derecho a la libertad de movimiento 
14. Derecho de asilo 
15. Derecho a la nacionalidad 
16. Derecho al matrimonio 
17. Derecho a la propiedad 
18. Derecho a la libertad de pensamiento, 
conciencia y religión 
19. Derecho a la libertad de expresión 
20. Derecho a la libertad de reunión 
21. Derecho a la Democracia 
22. Derecho a la seguridad social 
23. Derecho al trabajo 
24. Derecho al ocio 
25. Derecho a un nivel de vida adecuado 
26. Derecho a la educación 
27. Derecho a la cultura 
28. Derecho al orden social 
29. Derecho a las libertades y al respeto 
de la comunidad 
30. Derecho a que estos derechos no 
sean suprimidos. No sean reprimidos 
en ninguna circunstancia 
 
 
 Cívica 02
La Carta de las Naciones Unidas es la base para la Carta Internacional de Derechos 
Humanos, donde se establece el conjunto de derechos reconocidos internacionalmente y 
con mecanismos para su protección y promoción. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Los Pactos Internacionales 
(son vinculantes) 
MECANISMOS DE CONTROL 
El Comité de Derechos Humanos de las Naciones 
Unidas se creó a partir del artículo 28 del Pacto 
Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, y 
se puso en marcha en 1976, justo después de la 
adopción del Pacto. 
El Comité de los Derechos Económicos, Sociales y 
Culturales no ha sido creado por el Pacto 
Internacional sobre los Derechos Económicos, 
Sociales y Culturales, sino por el Consejo 
Económico y Social de las Naciones Unidas, en su 
resolución 1985/17 del 28 mayo de 1985. 
Declaración Universal de los 
Derechos Humanos 
(es voluntario) 
Derechos Civiles y 
Políticos 
(Derechos de 
libertad) 
Proclamada por la Asamblea 
General de las Naciones 
Unidas. 
París, 10 de diciembre de 1948. 
 
Conjunto de derechos 
civiles, políticos, culturales, 
económicos y sociales que 
deben disfrutar todas las 
personas de todos los 
países. 
El Perú aprobó la 
Declaración de Derechos 
Humanos el 9 de diciembre 
de 1959, por Resolución 
Legislativa 13282, la que 
concedió a la Declaración, el 
carácter de texto legal. 
 Reconoce los 
derechos civiles, 
políticos y establece 
mecanismos para su 
protección y garantía. 
 
 Fue adoptado el 16 
de diciembre de 1966. 
Entró en vigor el 23 
de marzo de 1976. 
 Reconoce los derechos 
económicos, sociales y 
culturales de las personas, 
incluidos los derechos 
laborales y los derechos a la 
salud, la educación y un 
nivel de vida adecuado. 
 Fue adoptado el 16 de 
diciembre de 1966 y entró 
en vigor el 3 de enero de 
1976. 
Derechos Económicos, 
Sociales y Culturales 
(Obligaciones de 
deuda) 
 
 
El primer artículo de cada Pacto afirma que todos 
los pueblos tienen derecho a la libre 
autodeterminación y que, según este derecho, 
tienen libertad para elegir su estatus político y lograr 
su desarrollo económico, social y cultural. 
Carta Internacional de Derechos Humanos 
http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_civiles_y_pol%C3%ADticos
http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_civiles_y_pol%C3%ADticos
http://es.wikipedia.org/wiki/16_de_diciembre
http://es.wikipedia.org/wiki/16_de_diciembre
http://es.wikipedia.org/wiki/1966
http://es.wikipedia.org/wiki/23_de_marzo
http://es.wikipedia.org/wiki/23_de_marzo
http://es.wikipedia.org/wiki/1976
http://es.wikipedia.org/wiki/16_de_diciembre
http://es.wikipedia.org/wiki/16_de_diciembre
http://es.wikipedia.org/wiki/1966
http://es.wikipedia.org/wiki/3_de_enero
http://es.wikipedia.org/wiki/1976
 
2. ORGANISMOS INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS 
HUMANOS 
 
2.1 LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA 
 
 
 
 
 
 
 
 es características 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 El órgano judicial principal de las 
Naciones Unidas. 
 Encargada de decidir conforme al 
Derecho Internacional las 
controversias de orden jurídico entre 
Estados y de emitir opiniones 
consultivas respecto a cuestiones 
jurídicas. 
 Establecida por la Carta de las 
Naciones Unidas en 1945. 
 Institución cuya sede se encuentra 
en La Haya (Países Bajos) e incluye 
a todos los miembros de las 
Naciones Unidas. 
LA CORTE 
INTERNACIONAL DE 
JUSTICIA 
 Su objetivo principal es lograr el 
arreglo de las controversias o 
situaciones internacionales 
susceptibles de conducir al 
quebrantamiento de la paz. 
 Está integrada por 15 magistrados 
elegidos por la Asamblea General y 
el Consejo de Seguridad de laONU. 
 Ninguna persona individual puede 
recurrir a la Corte. 
 Su Estatuto forma parte integral de la 
Carta de las Naciones Unidas. 
SABÍA USTED QUE: 
El ex presidente, Dr. José Luis 
Bustamante y Rivero integró 
la Corte Internacional de 
Justicia entre 1961 y 1970 y la 
presidió entre 1968 y entre 
1968 y 1970. 
http://www.un.org/spanish/aboutun/unmember.htm
http://www.icj-cij.org/homepage/sp/icjstatute.php
http://www.un.org/es/documents/charter/
 
2.2 SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS 
(PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA) 
Una de las bases del Sistema Interamericano de protección de derechos 
humanos. Fue suscrita, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San 
José de Costa Rica, entra en vigencia el 18 de julio de 1978. 
es 
establece 
cuenta con la 
Los estados partes en esta Convención se 
comprometen a respetar los derechos y 
libertades reconocidos en ella y a garantizar 
su libre y pleno ejercicio a toda persona que 
esté sujeta a su jurisdicción, sin 
discriminación alguna por motivos de raza, 
color, sexo, idioma, etc. (Art.1°) 
Comisión Interamericana de 
Derechos Humanos 
establece 
La obligación, para los estados partes, 
del desarrollo progresivo de los 
derechos económicos, sociales y 
culturales contenidos en la Carta de la 
Organización de los Estados 
Americanos. (Art.26°) 
Corte Interamericana de Derechos 
Humanos 
es un 
es un 
 Órgano no judicial con competencia 
respecto a todos los estados 
miembros de la OEA, que cumple 
un mandato no sólo de promoción, 
sino también de protección de los 
derechos humanos. 
 Su función principal es promover la 
observancia y el respeto de los 
derechos humanos en el continente. 
 Su sede está en Washington, D.C. y 
está integrada por 7 miembros 
elegidos por la Asamblea General. 
 Órgano jurisdiccional autónomo de la 
Organización de Estados Americanos. 
 La corte examina los casos de 
violaciones de derechos humanos por 
parte de los estados. 
 Está compuesta por siete jueces. Su 
mandato es de seis años, pero pueden 
ser reelegidos por una sola vez. 
 Su sede está en la ciudad de San José 
de Costa Rica. 
http://es.wikipedia.org/wiki/22_de_noviembre
http://es.wikipedia.org/wiki/1969
http://es.wikipedia.org/wiki/San_Jos%C3%A9_de_Costa_Rica
http://es.wikipedia.org/wiki/San_Jos%C3%A9_de_Costa_Rica
http://es.wikipedia.org/wiki/18_de_julio
http://es.wikipedia.org/wiki/1978
http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_de_los_Estados_Americanos
 
 
 3. LA CARTA DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA 
 
Fue firmada en Lima el 11 de septiembre de 
2001 en sesión especial de la Asamblea de la 
Organización de los Estados Americanos (OEA). 
 
La puesta en vigencia fue un paso trascendental 
para la prevención y procesamiento de crisis 
democráticas en la región. 
 
La Carta Democrática tiene dos aspectos 
esenciales: 
 
a) Una definición sustantiva de la democracia. 
b) Mecanismos diseñados para prevenir y/o 
responder, en su caso, a afectaciones a la 
democracia. 
 
 
 
La Carta Democrática resalta la interrelación e interdependencia entre la democracia 
y las condiciones económicas y sociales de los pueblos. 
 
 
CAMPOS DE 
ACCIÓN DE 
LA CARTA 
DEMOCRÁTICA 
INTERAMERICANA 
POLÍTICO 
Compromiso de los gobernantes de cada 
país para con la democracia teniendo 
como base el reconocimiento de la 
dignidad humana. 
HISTÓRICO Recoge los aportes de la Carta de la OEA. 
SOCIOLÓGICO 
Expresa la demanda de los pueblos de 
América por el derecho a la democracia. 
JURÍDICO 
Fue expedida como herramienta de 
actualización e interpretación de la Carta 
fundacional de la OEA, dentro del espíritu 
del desarrollo progresivo del derecho 
internacional. 
 
 
 
 
 
 
 
 
http://es.wikipedia.org/wiki/2001
 
4. ORGANISMOS QUE PROMUEVEN LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS 
HUMANOS EN EL PERÚ 
 
En el caso peruano, además de los organismos autónomos del 
Estado como la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia de 
Banca, Seguros y AFP, etc., tenemos otros organismos que 
también contribuyen con la Defensoría del Pueblo y con la 
defensa de los derechos humanos, los cuales son 82 y se 
agrupan en la COORDINADORA NACIONAL DE DERECHOS 
HUMANOS, quien representa a las víctimas, rechaza y 
condena la violencia. 
Algunos de los organismos que protegen los derechos 
humanos son: 
 
 ASOCIACIÓN PERUANA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS (ASPEC) 
Protege y promociona derechos del consumidor y usuario en temas como 
alimentación, salud, servicios públicos, transporte, educación, productos y servicios 
en general, entre otros. 
 
 ASOCIACIÓN NEGRA DE DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS 
HUMANOS 
La ASONEDH es el organismo que lucha con el racismo a través de la defensa y 
afirmación de los derechos ciudadanos, además de luchar con todas las formas de 
discriminación racial hacia el poblador de raza negra. 
 
 AMNISTÍA INTERNACIONAL PERÚ 
Contribuye a la defensa de los DDHH en Perú con voluntarios y donantes. 
 
 MOVIMIENTO MANUELA RAMOS 
Es uno de los colectivos feministas que defienden derechos de las mujeres como la 
salud reproductiva, equidad de género entre otros. 
 
 
 
CIUDADANÍA COMO PARTE DE UN DEVENIR PERMANENTE DE 
CONSTRUCCIÓN Y CAMBIO. LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA COMO UN 
DERECHO EN EL SISTEMA DEMOCRÁTICO. MECANISMOS DE 
PARTICIPACIÓN Y CONTROL CIUDADANO: INICIATIVA EN LA FORMACIÓN DE 
LEYES; INICIATIVA DE REFORMA CONSTITUCIONAL; REFERÉNDUM, 
REVOCATORIA, REMOCIÓN, DEMANDA DE RENDICIÓN DE CUENTAS, 
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO, CONSULTA PREVIA. 
 
2. LA CIUDADANÍA 
La ciudadanía es una condición jurídico - política que se adquiere, en el caso de los 
peruanos, al cumplir los 18 años de edad. El Art., 30 de la CPP., señala que para el 
ejercicio de la ciudadanía se requiere la inscripción electoral. 
 
3. DERECHOS Y DEBERES CIUDADANOS 
La ciudadanía implica un mayor compromiso frente a 
la sociedad. Los ciudadanos y ciudadanas tienen la 
capacidad política para intervenir en los asuntos 
públicos, de ejercer libremente derechos como la 
libertad de pensamiento y expresar su opinión en todo 
aquello que les afecte, tal como puede ser la toma de 
decisiones que hace el Estado en asuntos vitales para 
la nación. 
 
Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos 
individualmente o a través de organizaciones políticas. 
 
Los derechos ciudadanos no se pueden perder de manera definitiva, pero pueden 
ser suspendidos en los siguientes casos: 
 
 Por resolución judicial de interdicción. 
 
 Por sentencia con pena privativa de la libertad. 
 
 Por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos. 
 
La interdicción civil es la acción judicial por la cual a una persona se le declara 
incapaz de ejercer sus derechos civiles por sí misma. 
 
Pueden ser objeto de interdicción: Los que, por cualquier causa se encuentran 
privados de discernimiento. Los sordomudos, los ciegos sordos y los ciego mudos, 
que no pueden expresar su voluntad, de una manera indubitable. Los retardados 
mentales. Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre 
voluntad. Los pródigos. Los que incurren en mala gestión. Los ebrios habituales. 
Los toxicómanos. 
 
 Cívica 03
Deberes ciudadanos: 
Estos deberes tienen relación con la participación en la vida política de la 
comunidad, de la nación y del Estado. Esta posibilidad de participar en el ejercicio 
de poder supone una responsabilidad ante el destino colectivo del país. Estas 
obligaciones se adquieren al cumplir los 18 años. 
 
 Honrar a la patria y proteger los intereses nacionales, cada ciudadano debe 
contribuir con su desarrollo. 
 
 Defender la Constitución y sus leyes, las mismas que deben ser cumplidas por 
todos porque garantizan tranquilidad y el orden necesario. 
 
 Pagar los tributos. El tributo es el pago que los ciudadanos deben efectuar al 
Estado paraque pueda realizar los gastos que se requieren, para la satisfacción 
de las necesidades colectivas. 
 
4. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 
 
La participación ciudadana es definida como un conjunto de sistemas o 
mecanismos por medio de los cuales los ciudadanos, es decir, la sociedad civil en 
su conjunto, pueden tomar parte de las decisiones públicas, o incidir en las 
mismas, buscando que dichas decisiones representen sus intereses, ya sea de 
ellos como particulares o como un grupo social. 
 
La participación, por parte de la sociedad civil, en los asuntos públicos de nuestro 
país es un derecho fundamental, reconocido por los tratados y pactos 
internacionales suscritos por el Estado, los cuales establecen que toda persona 
tiene derecho a participar en los asuntos públicos de su país. Los mecanismos de 
participación ciudadana en los asuntos públicos del Estado se establecen en 
nuestra legislación a través de la Constitución de 1993 y a través de la Ley de los 
Derechos de Participación y Control Ciudadano, Ley Nº 26300. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 Sufragio o derecho al voto. Es el 
derecho que poseen los ciudadanos 
a elegir a las autoridades políticas. 
La Constitución establece que el 
voto es personal, igual, libre, secreto 
y obligatorio hasta los setenta años. 
 
 Iniciativa de reforma 
constitucional. Es el derecho que 
poseen los ciudadanos equivalente 
0.3% de la población electoral 
nacional. 
 Iniciativa en la formación de leyes. 
Debe ir acompañada por las firmas 
comprobadas de no menos del 0.3% 
de la población electoral nacional. 
 
Referéndum. Es la facultad de los 
ciudadanos para someter a consulta la 
aprobación o modificación de alguna 
norma. 
 
Puede ser solicitado por un número de 
ciudadanos no menor al 10% del 
electorado nacional. 
 
Procede en los siguientes casos: 
 
 Reforma total o parcial de la 
Constitución 
 Normas con rango de ley 
 Ordenanzas municipales 
 Materias relativas al proceso de 
descentralización 
 
 
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN 
CIUDADANA 
Derechos de participación ciudadana 
 Revocatoria de autoridades. Es el derecho 
que tienen los ciudadanos (25% del 
electorado local) para destituir de sus cargos: 
 
 Remoción de autoridades. Es el derecho 
que tienen los ciudadanos (50% del 
electorado local) de privar de su cargo o 
empleo a un funcionario designado por una 
autoridad superior del gobierno central o 
regional. 
 
 Demanda de rendición de cuentas. Para su 
solicitud se requiere el 10% de firmas de 
electorado local. Mediante este recurso el 
ciudadano tiene el derecho de interpelar a las 
autoridades respecto a la ejecución 
presupuestal y el uso de recursos propios, la 
autoridad está obligada a dar respuesta. Son 
susceptibles los cargos sujetos a revocatoria 
y remoción. 
OTRAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN 
 
 
 
Derechos de control ciudadano 
 
¿Sabías qué? 
 regionales y consejeros regionales; 
 a) Alcaldes y Regidores; 
 b) Gobernadores regionales, vicegobernadores
 c) Magistrados que provengan de elección 
 popular (Juez de Paz). 
 Presupuesto Participativo.- “mecanismo de 
asignación equitativa, racional, eficiente, 
eficaz y transparente de los recursos 
públicos, que fortalece las relaciones entre 
Estado y sociedad civil, a través de la 
participación de ésta en el proceso de 
programación del presupuesto, el cual se 
desarrolla en armonía con los PDC de los 
gobiernos descentralizados y la fiscalización 
de la gestión” 
 Consulta Previa.- Se sustenta en la Ley de 
Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos 
Indígenas u Originarios, Ley N° 29785, la que 
se realiza por parte de la entidad promotora a 
los beneficiarios del derecho a ser 
consultados, que son los pueblos indígenas u 
originarios, los inversionistas y otros 
intervinientes. 
La consulta vecinal de demarcación territorial es un mecanismo de participación que 
permite a los ciudadanos expresar su opinión por medio del voto secreto. De esta manera, 
eligen la circunscripción a la cual desean pertenecer y solucionan el problema limítrofe. 
 
 
 
ORGANIZACIONES POLÍTICAS Y PRÁCTICA DE LA DEMOCRACIA. 
ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL: INSTITUCIONES Y FUNCIONES. 
MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMO ESPACIOS DE DEBATE DE ASUNTOS 
PÚBLICOS. DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN. 
 
1. ELECCIONES 
 
Las elecciones constituyen uno de los instrumentos 
claves en la designación de los gobernantes, la 
participación política de la ciudadanía, el control del 
gobierno por ella y la interacción entre partidos o 
grupos políticos. La democracia moderna no podría 
funcionar sin los procesos electorales. 
 
 Los principales procesos electorales son: 
 
ELECCIONES AUTORIDADES QUE SE ELIGEN 
a. Elecciones Presidenciales Presidente y Vicepresidentes de la República. 
b. Elecciones Parlamentarias 
Congresistas de la República y Parlamentarios 
Andinos. 
c. Elecciones Regionales 
Gobernador Regional, Vicegobernador Regional, 
Consejeros del Concejo Regional. 
d. Elecciones Municipales 
Alcalde y Regidores de los Concejos Municipales 
Provinciales y Distritales de toda la República. 
e. Elecciones de Jueces 
Jueces según de conformidad con la 
Constitución. 
f. Referéndum y Revocatorias 
Convalida o rechaza determinados actos de 
gobierno a través del proceso de consulta 
popular. 
 
2. PARTIDOS POLÍTICOS 
 
De acuerdo a la Ley de Organizaciones Políticas N° 28094, los partidos políticos son 
asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado 
cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos 
públicos del país. Algunos de sus principales fines y objetivos son: 
 
  Asegurar la vigencia y defensa del sistema democrático. 
  Contribuir a preservar la paz, la libertad y la vigencia de los derechos humanos. 
  Representar la voluntad de los ciudadanos y canalizar la opinión pública. 
  Realizar actividades de educación, formación, capacitación con el objeto de 
forjar una cultura cívica y democrática. 
  Participar en procesos electorales. 
  Contribuir con la gobernabilidad del país. 
 
 
 Cívica 04
ORGANIZACIONES POLÍTICAS (Ley N° 28094 actualizada al 2016) 
 
REGISTRO DE LAS 
ORGANIZACIONES 
POLÍTICAS 
(ROP) 
A cargo del Jurado Nacional de Elecciones, 
 
 Requisitos: acta de fundación, la relación de adherentes, las 
actas de constitución de los comités partidarios, el Estatuto 
del partido. 
 
 Firmas: en el caso de partidos políticos, se deberá presentar 
una relación de adherentes en un número no menor del 
cuatro por ciento (4%) de los ciudadanos que sufragaron en 
las últimas elecciones de carácter nacional; 
 En el caso de movimientos regionales u organizaciones 
políticas locales, será de 5% de los ciudadanos que 
sufragaron en las últimas elecciones nacionales en el ámbito 
donde llevarán a cabo sus actividades. La verificación de 
firmas para los partidos políticos la realiza la ONPE y la 
verificación de firmas para los movimientos regionales y las 
organizaciones políticas locales la realiza el RENIEC. 
 
 Impedidos: las organizaciones políticas cuyo contenido 
ideológico, doctrinario o programático promueva la 
destrucción del estado constitucional de derecho o intenten 
menoscabar las libertades y los derechos fundamentales 
consagrados en la Constitución. 
 Anulación: se cancela la inscripción de un partido político en 
los siguientes casos: 
 Si no hubiese alcanzado al menos seis (6) representantes al 
congreso o menos del cinco por ciento (5%) de los votos 
válidos a nivel nacional. De existir alianzas entre partidos o 
entre movimientos, dicho porcentaje se elevará en uno por 
ciento (1%) por cada partido o movimiento adicional, según 
corresponda. 
 Por no participar en dos (2) elecciones generales sucesivas. 
 Asimismo, se cancela la inscripción de un movimiento regional 
cuando no participa en dos(2) elecciones regionales 
sucesivas. 
 Por su fusión con otros partidos. 
 Por decisión de la autoridad judicial competente o estatuto. 
 
ALIANZAS Y FUSIONES 
 Alianzas: 
 Los partidos pueden hacer alianzas con otros partidos 
debidamente inscritos, con fines electorales y bajo una 
denominación común, para poder participar en cualquier tipo 
de elección popular. 
 Las alianzas entre movimientos participan en elecciones 
regionales y municipales. 
 Fusiones: 
 Los partidos pueden fusionarse con otros partidos o 
movimientos políticos debidamente inscritos. 
 
TIPOS DE 
ORGANIZACIONES 
POLÍTICAS SEGÙN 
ALCANCE POLÌTICO - 
ADMINISTRATIVO 
 
 Los partidos políticos pueden participar en todo tipo de 
elecciones a nivel nacional, regional y local. 
 Los movimientos son las organizaciones políticas de alcance 
regional o departamental y pueden participar en las 
elecciones regionales o municipales. 
 
 
DEMOCRACIA INTERNA 
 
 
 
 
 La elección de autoridades y candidatos de los partidos y 
movimientos regionales o departamentales deben regirse por 
las normas de democracia interna. 
 En las listas de candidatos para cargos de dirección del 
partido, así como para los candidatos a cargos de elección 
popular, el número de mujeres u hombres no puede ser 
inferior al 30% del total de candidatos. 
 
 
 
PROHIBICIONES 
 
 
 
 
 
 
 
 Las organizaciones políticas, en el marco de un proceso 
electoral están prohibidas de efectuar la entrega, promesa 
u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros 
obsequios de naturaleza económica, de manera directa o 
a través de terceros. Se extiende a los candidatos a 
cualquier cargo público de origen popular, y será 
sancionado por el Jurado Nacional de Elecciones con la 
exclusión del proceso electoral correspondiente. 
 
 Se prohíbe los aportes de personas condenadas o con 
prisión preventiva por delitos contra la administración 
pública, tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, tala ilegal, 
trata de personas, lavado de activos o terrorismo. La 
prohibición se extiende hasta 10 años después de 
cumplida la condena. 
 
 Se prohíbe la candidatura de las personas condenadas a 
pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con 
sentencia consentida o ejecutoriada por terrorismo, 
apología del terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación 
de la libertad sexual, colusión, peculado o corrupción de 
funcionarios. 
 
 Estas organizaciones son reconocidas con su inscripción en el Registro Único de 
Organizaciones Sociales de Base del Gobierno Local y en el Registro de Personas 
Jurídicas - Libro de Organizaciones Sociales de Base de la Superintendencia 
Nacional de Registros Públicos (SUNARP). 
 
3.1 BENEFICIOS QUE OTORGA LA INSCRIPCIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE 
BASE 
 
La inscripción registral les otorga personería jurídica y en atención a ello son sujetos 
de derecho, lo que les permite: 
 Generar un documento de consulta y apoyo para su activa participación en la 
realización de sus fines. 
 Facilitar el procedimiento de constitución y elecciones de sus representantes. 
 Ser sujeto de crédito. 
 Suscribir convenios con otras instituciones, abrir cuentas bancarias, recibir 
donaciones, etc. 
 Formalizar los acuerdos de la organización. 
 Autorizar la formulación de programas y proyectos de desarrollo para su 
ejecución en conjunto. 
 Participar en los espacios abiertos por la descentralización como son: el Comité 
de Gestión de los Municipios, Concejo de Coordinación Local (CCL), el Consejo 
de Coordinación Regional (CCR) y los Presupuestos Participativos. 
 
3.2. TIPOS DE ORGANIZACIONES SOCIALES 
 
ORGANIZACIONES SOCIALES 
ORGANIZACIONES 
DE VECINOS 
Personas naturales que 
se constituyen sin fines 
de lucro, persiguen 
resolver intereses 
vecinales. 
 Asociación de Pobladores 
 Asociación de Vivienda 
 Asociación de Propietarios 
 Juntas y Comités 
Vecinales 
 Comités Cívicos 
ORGANIZACIONES 
SOCIALES DE BASE 
Son organizaciones 
autogestionarias 
denominadas de primer 
nivel, formadas por 
iniciativa de personas de 
menores recursos 
económicos para 
enfrentar sus problemas 
alimentarios. 
 Clubes de Madres 
 Comités de Vaso de Leche 
 Comedores Populares 
Autogestionarios 
 Cocinas Familiares 
 Centro Materno Infantiles 
3. ORGANIZACIONES SOCIALES. 
 
Una organización social es toda forma organizativa de personas naturales, jurídicas 
o de ambas, que se constituyen sin fines de lucro, políticos, partidarios, ni religiosos; 
por su libre decisión, bajo las diversas formas previstas por la ley o de hecho y que a 
través de su actividad común persiguen la defensa y promoción de sus derechos, eje 
de su desarrollo individual y colectivo, y el de su comunidad. 
 
 
JUVENILES 
Las formadas por 
adolescentes y jóvenes 
hasta 29 años de edad, 
que desarrollan diversas 
actividades fomentando 
la interrelación entre los 
miembros de su 
comunidad. 
 Red Nacional de la 
Juventud del Perú – 
RENAJUV 
 
DEPORTIVAS 
 
 
Las formadas para 
promover y organizar 
actividades deportivas. 
 
 Clubes Deportivos 
 Asociaciones Deportivas 
 
 
4. ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL 
 
INSTITUCIONES DE 
LA SOCIEDAD CIVIL 
 Están constituidas por un 
grupo de ciudadanos que 
se unen voluntariamente 
sin ánimo de lucro. 
Surgen en el ámbito local, 
nacional o internacional, 
tienen naturaleza altruista 
y son dirigidas por 
personas con un interés 
común. 
Coordinadora Nacional de 
Derechos Humanos (CNDDHH): 
Es una coalición de organismos de 
la sociedad civil (82) que trabajan 
en la defensa, promoción y 
educación de los derechos 
humanos en el Perú. Algunas de 
estas instituciones son: Asociación 
Pro-Derechos Humanos 
(APRODEH). Amnistía 
Internacional, Movimiento Manuela 
Ramos etc. 
Proética 
ONG peruana dedicada 
exclusivamente a promover la 
ética y luchar contra la corrupción. 
se constituyó el año 2002. Está 
compuesta por cuatro 
instituciones: la Comunidad 
Andina de Juristas (CAJ), el 
Instituto Prensa y Sociedad 
(IPYS), la Asociación Civil 
Transparencia (ACT) y la 
Asociación de Exportadores 
(ADEX). 
 
A
S
 
 
 
CULTURALES 
Y 
EDUCATIVAS 
Son aquellas formadas 
para realizar actividades 
artísticas, culturales y 
educativas sin fines de 
lucro. 
 Asociaciones Artísticas 
 Asociaciones Folklóricas 
5. MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMO ESPACIOS DE DEBATE DE ASUNTOS 
PÚBLICOS 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Los medios masivos de comunicación facilitan la comprensión de la realidad y la 
estructuración de argumentos para la toma de decisiones. El propósito principal de los 
medios de comunicación masiva (prensa, revistas, noticieros de radio y televisión, cine, 
páginas web) es, precisamente, comunicar. Según el tipo de ideología que tienen pueden 
especializarse en informar, educar, transmitir, entretener, formar, opinar, enseñar, etc. 
 
Los medios de comunicación como medios también aportan con el debate de asuntos 
públicos e la medida que nos permiten conocer las posturas, bases y argumentos de las 
distintas partes con lo cual contribuyen con el derecho de toda persona a participar en los 
asuntos que son de interés ciudadano, Ejemplo de los asuntos públicos más comunes 
que se tratan en nuestros días son: Los actos de corrupción y violencia, seguridad 
ciudadana, planificación del transporte, políticas de economía ambiental, políticas de 
salud pública, desarrollo sustentable, políticas de educación, etc. 
 
DERECHO AL ACCESO DE INFORMACIÓN 
 
Según la Constitución Política del Perú Artículo 2° enciso 4 y 5, toda persona tiene 
derecho a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento 
mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación 
social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las 
responsabilidades de ley. Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás 
medios de comunicación social se tipifican en el CódigoPenal y se juzgan en el fuero 
común. Es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano de expresión o le 
impide circular libremente. Los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar 
medios de comunicación. 
 
De la misma forma a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a 
recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el 
pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que 
expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. 
 
El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del Juez, del Fiscal 
de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre 
que se refieran al caso investigado. Tenemos derecho a que los servicios informáticos, 
computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la 
intimidad personal y familiar. 
 Medios de Comunicación 
Los medios de comunicación son instrumentos utilizados para informar y 
comunicar mensajes de forma masiva o a pequeños grupos sociales. 
 
Son también el medio para desarrollar el derecho de la libertad de expresión, 
derecho fundamental recogido en la legislación y su misión es difundir hechos 
de interés, noticias y acontecimientos que, por su repercusión directa o 
simbólica, afectan a un determinado colectivo social. 
 
 
 
 
 
PROBLEMAS DE CONVIVENCIA EN EL PERÚ. CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA 
SUSTENTADA EN UNA CULTURA DE PAZ. 
DISCRIMINACIÓN, DELINCUENCIA, CORRUPCIÓN. 
 
1. CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA SUSTENTADA EN UNA CULTURA DE PAZ 
 
La construcción de una convivencia democrática y una cultura de paz suponen una 
formación en valores, actitudes y habilidades socio-emocionales y éticas que 
sustentan una convivencia social donde todos participan, comparten y se desarrollan 
plenamente. 
 
Una sociedad inclusiva, es aquella que promueve la equidad entre sus miembros, 
construye una base sólida para una convivencia social positiva, en la que todos 
puedan sentirse parte de ella y estén dispuestos a ofrecer su colaboración a otros 
favoreciendo el desarrollo de habilidades ciudadanas. 
 
El ser humano es por naturaleza un ser social, miembro de una colectividad. Las 
personas no pueden vivir aisladas, requieren siempre relacionarse con los demás. 
De esta necesidad y de las características del mundo de nuestra época surge la idea 
de convivencia democrática. 
 
En ese sentido, la democracia debe ser entendida como un sistema político, una 
forma de organización del Estado y una forma de convivencia social entre seres 
humanos. 
 
Según Jacques Delors, uno de los pilares básicos de la educación es aprender a 
vivir juntos, el cual supone alcanzar una doble misión: enseñar la diversidad de la 
especie humana y contribuir a una toma de conciencia de las semejanzas y la 
interdependencia entre todos los seres humanos. 
 
 
 Cívica 05 
Las normas son pautas de comportamiento que guían, regulan y ordenan la vida de 
las personas y de los colectivos, de acuerdo a ciertos valores en situaciones 
determinadas. Ellos se adquieren desde los primeros años del desarrollo de la 
persona, como normas morales y sociales, por los diversos agentes de socialización, 
por el contrario, las normas jurídicas emanan del Estado. 
 
 1.1. CULTURA DE PAZ 
 
La Organización de las Naciones Unidas, en su resolución 
53/243“Declaración y Programa de Acción sobre una 
Cultura de Paz” (6 de oct. 1999), define a la cultura de paz 
como el conjunto de valores, actitudes, tradiciones, 
comportamientos y estilos de vida basados en el respeto a 
la vida, el fin de la violencia, la promoción y la práctica de la 
no violencia. 
 
El desarrollo pleno de una cultura de paz está íntegramente vinculada a: 
 La promoción de la democracia y el desarrollo de los derechos humanos. 
 La erradicación de la pobreza, el analfabetismo y la reducción de las 
desigualdades entre los pueblos. 
 La promoción del desarrollo económico y social sostenible. 
 La eliminación de todas las formas de discriminación racial, xenófobas e 
intolerancias conexas. 
 El desarrollo de aptitudes para el diálogo, la negociación, la formación de 
consenso y la solución pacífica de controversias. En toda sociedad se producen 
conflictos y esto representa una oportunidad para identificar problemas, 
resolverlos y lograr los cambios necesarios. 
 
2. PROBLEMAS DE CONVIVENCIA EN EL PERÚ 
 
Los niveles de violencia, inseguridad y criminalidad que afectan todos los ámbitos de 
la vida pública y privada dan cuenta de un alto grado de descomposición social y, a 
la vez, de la condición de fragilidad en que se encuentran actualmente nuestras 
instituciones en diversos aspectos relacionados con la cultura de la legalidad. 
 
 2.1. DISCRIMINACIÓN 
 
Es hacer distinción en el trato con las 
personas por motivos arbitrarios. Se 
manifiesta mediante actos, conductas y 
actitudes que tienden a la exclusión o 
segregación de las personas, que atenta 
contra la igualdad de derechos, a partir de 
determinados criterios: sociales, políticos, 
ideológicos, religiosos, étnicos, físicos, 
económicos, educativos, edad y sexo, 
entre otros. 
 
Una de las formas de discriminación más recurrente en las escuelas se le denomina 
bullying, que significa intimidar, amenazar, maltratar. Las consecuencias se 
manifiestan con deserción escolar, trastornos psicológicos y fisiológicos. Los efectos 
generales de la discriminación en la vida de las personas son negativos y tienen que 
ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos; lo cual puede 
llevar al aislamiento. 
 
Una de las dificultades para acabar con la discriminación es el hecho que las 
personas no denuncian el ser o haber sido víctimas de este maltrato. Esto se debe a 
varios factores como la vergüenza, la negación y normalización del racismo, el 
desconocimiento de los mecanismos de denuncia, la percepción de las autoridades 
con temor y desconfianza; y la ausencia de una cultura de intolerancia o de sanción 
social frente a la discriminación. 
 
 
TIPOS DE DISCRIMINACIÓN MÁS RECURRENTES 
CRITERIOS CARACTERÍSTICAS 
Social 
Se ejerce mediante un trato despectivo a una persona o grupo 
social distinto. 
 
Étnico 
La desvalorización de la cultura, entendiendo por ella el conjunto de 
hábitos, costumbres, indumentaria, símbolos, formas de vida, 
sentido de pertenencia, idioma y creencias de un grupo social 
determinado. 
Laboral 
El trato de inferioridad y maltrato a una persona, por motivos ajenos 
a la capacidad para desempeñarse en el ámbito laboral. 
Religioso 
La que ejercen personas o grupos en contra de quienes tienen una 
creencia religiosa distinta a la suya. 
Ideológico 
Se ejerce en contra de aquellas personas que tienen una creencia 
diferente; en este caso se trata de una creencia ideológica distinta. 
Nacionalidad 
El que sufren aquellos que no son originarios del país o lugar en el 
que residen, por aquellos que nacieron en el país o tienen mayor 
antigüedad en él. 
Discapacidad 
Se considera como tal toda distinción, exclusión o restricción por 
motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de 
obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, 
en igualdad de condiciones 
Orientación 
sexual e 
identidad de 
Género* 
Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en la 
orientación sexual o la identidad de género que tenga por resultado 
la anulación o el menoscabo de la igualdad ante la ley o de igual 
protección por parte de la ley, o del reconocimiento o goce en 
igualdad de condición de los derechos humanos y las libertades 
fundamentales. 
 *Ordenanza Regional N°006-2014-GR-LL/CR 
 
 
 2.2. LA CORRUPCIÓN 
 
Desde la perspectiva de la Defensoría del Pueblo, los actos de corrupción implican 
el mal uso del poder público, es decir, el incumplimiento de los principios del buen 
gobierno, así como delos preceptos éticos instituidos por la sociedad, que, además, 
tienen el propósito de obtener ventajas o beneficios indebidos para quien actúa o 
para terceros en perjuicio del bienestar general. 
 
Los factores que originan la corrupción están relacionados con la ambición, la 
codicia, la falta de valores, la escasa conciencia social, el desconocimiento de lo 
legal e ilegal, baja autoestima, la impunidad en los actos de corrupción, la falta de 
transparencia. 
 
Este fenómeno afecta la gobernabilidad, la confianza en las instituciones y los 
derechos de las personas. Los tipos de corrupción más relevantes son: 
 
TIPOS CARACTERISTICAS 
 
COHECHO 
PASIVO O 
“COIMA” 
Cuando la persona que incurre en este delito es un funcionario o 
servidor público que acepta o recibe, solicita o condiciona su actuar 
a la entrega o promesa de donativo o ventaja de parte de un 
ciudadano. 
PECULADO 
Se aplica cuando el funcionario o servidos público se apropia, 
utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, dinero o bienes que 
se le hayan confiado por razón de su cargo. 
 
 
 
COLUSIÓN 
Es la asociación delictiva que realizan servidores públicos con 
contratistas, proveedores y arrendadores, con el propósito de 
obtener recursos y beneficios ilícitos, perjudicando al Estado, o 
entidad u organismo del Estado, a través de concursos amañados 
o, sin realizar estas (adjudicaciones directas), a pesar de que así lo 
indique la ley o normatividad correspondiente. 
TRÁFICO DE 
INFLUENCIA 
Incurre en este delito aquél que invocando o teniendo influencias 
reales o simuladas, recibe, hace dar o prometer para sí o para un 
tercero, donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio con 
el ofrecimiento de interceder ante un funcionario o servidor público 
que ha de conocer, esté conociendo o haya conocido un caso 
judicial o administrativo. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fuente: Proética 
 
http://www.monografias.com/trabajos28/etica-corrupcion/etica-corrupcion.shtml
http://www.monografias.com/trabajos11/estacon/estacon.shtml
http://www.monografias.com/trabajos16/autoestima/autoestima.shtml
http://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtml
http://www.monografias.com/Derecho/index.shtml
http://www.monografias.com/trabajos12/rete/rete.shtml
http://www.monografias.com/trabajos6/lacali/lacali.shtml#influencia
 
 2.3. DELINCUENCIA 
 
Se refiere a los delitos cometidos por una persona o grupos organizados contra la 
ley y merecedores de castigo por la sociedad. 
 
Los factores que han influido en aquellos que delinquen son: la pobreza, la exclusión 
social, el desempleo, la deserción escolar, las desigualdades, la personalidad, la 
disfunción en la familia, entre otros. 
Algunos tipos de delitos son los siguientes: 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TIPOS DELITOS DELITOS 
CONTRA LA VIDA Homicidio, feminicidio, eutanasia, aborto. 
CONTRA LA SALUD Tráfico ilegal de órganos, lesiones. 
CONTRA LA LIBERTAD Detenciones, secuestros. 
CONTRA LA 
INVIOLABILIDAD DE 
DOMICILIO 
Allanamiento de morada, invasión de terreno. 
CONTRA LA INTEGRIDAD 
MORAL 
Torturas, trata de seres humanos, violación, abuso y 
acoso sexual, exhibicionismo. 
CONTRA EL PATRIMONIO Hurto, extorsión, robos, estafas, apropiación ilícita. 
CONTRA LA SEGURIDAD 
VIAL 
Velocidad excesiva, conducir bajo los efectos de 
tóxicos. 
CONTRA LAS RELACIONES 
FAMILIARES 
 Matrimonios ilegales, adulterio, sustitución de 
niños, tráfico de menores, abandono familiar, 
mendicidad y explotación de menores. 
CONTRA EL DEBER DE 
TRIBUTARIO 
Ocultar total o parcialmente, bienes, ingresos, 
rentas o consignar pasivo total o parcialmente falsos 
para anular o reducir el tributo a pagar. 
CONTRA LA FE PÚBLICA Falsificación de documentos 
CONTRA EL HONOR Calumnia e injuria. 
CONTRA EL PATRIMONIO 
CULTURAL 
La depredación, explotación y exploración de 
yacimientos arqueológicos prehispánicos, tráfico 
ilegal etc. 
 
 
MECANISMOS PARA RESOLVER CONFLICTOS. VIOLENCIA Y CONFLICTO 
INTERNO. FORMAS DE VIOLENCIA EN EL PERÚ. AFECTADOS POR LA VIOLENCIA: 
VIDA DIGNA Y MEMORIA COLECTIVA. INICIATIVAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN 
DEMOCRÁTICA EN EL PERÚ DE HOY 
 
El conflicto es una situación de pugna entre dos o más protagonistas, en los cuales existe 
incompatibilidad, motivada por una confrontación de intereses. Algunos conflictos 
devienen en agresividad cuando fallan los instrumentos con los que hay que enfrentarlos 
y solucionarlos. 
 
1. Mecanismos para la solución de conflictos 
 
 Algunos mecanismos utilizados en la solución de conflictos: 
 
 
 a) Negociación 
 
Es el proceso de solución de conflictos entre las personas 
implicadas, sin la intervención de terceros ajenos al problema. El 
éxito de toda negociación es lograr que ambas partes del 
conflicto salgan beneficiadas, exponiendo sus puntos de vista, 
escuchando el de la otra parte, estar dispuestos a ceder en 
algunos puntos, efectuando transacciones hasta encontrar el 
equilibrio, para lograr el acuerdo que cubra sus expectativas y 
permitir una solución pacífica. 
 
 
 b) Mediación 
 
Es un procedimiento que intenta, en forma pacífica, dar 
solución al problema cuando las partes en conflicto no 
logran ponerse de acuerdo. Estas recurren a una tercera 
persona neutral que hace de mediador, quien cumple un rol 
orientador, guiando y brindando a las partes consejos y 
sugerencias, pero no proponiéndoles fórmulas de solución. 
El mediador cumple principalmente, una función facilitadora 
del diálogo entre las partes. 
 
 c) Conciliación: 
 Cívica 06
Es un mecanismo alternativo en la resolución de conflictos y 
está a cargo del conciliador elegido por las partes, quien debe 
proponer alternativas de solución. La audiencia de la 
conciliación debe cumplir con determinadas fases a partir de 
actos previos: discusión de los hechos, la identificación de los 
problemas y la búsqueda de soluciones para un acuerdo y una 
solución de consenso. Esta modalidad es reconocida y 
reglamentada por el Estado. 
La Ley de Conciliación (N° 26872) señala que la conciliación se 
basa en los principios de equidad, veracidad, buena fe, 
confidencialidad, imparcialidad, legalidad, celeridad y economía.
 
 
 
 Principales características de la conciliación 
 
Conciliador 
 
Es una persona capacitada en conciliación, acreditada por el Ministerio 
de Justicia (MINJUS), quien desarrolla su función de manera neutral e 
imparcial, facilitando la comunicación entre las partes. 
Lugares de 
conciliación 
 
Se puede conciliar en los Centros de Conciliación autorizados por el 
Ministerio de Justicia (MINJUS), ya sea privado o gratuito. De igual 
manera en las oficinas de Asistencia Legal Gratuita (ALEGRA). 
Materias 
conciliables 
 
 Desalojos. 
 Pago de deudas. 
 Indemnización. 
 Pago de arrendamiento. 
 Otorgamiento de escritura. 
 Obligación de dar, hacer y no hacer. 
 División y partición de bienes. 
 Incumplimiento de contrato. 
 Ofrecimiento de pago. 
 Modificación de contratos. 
 Problemas vecinales. 
 Pensión de alimentos. 
 Régimen de visitas. 
 Tenencia de hijos. 
 Otros que se deriven de la relación familiar y respecto de las cuales 
las partes tengan libre disposición. 
Materia no 
conciliable 
 
 
 Desconocimiento del domicilio de la parte invitada. 
 Parte invitada domicilia en el extranjero. 
 Procesos cautelares. 
 Procesos de garantías constitucionales. 
 Nulidad, ineficacia y anulabilidad de acto jurídico. 
 Petición de herencia cuando a la demanda se acumule con sucesión 
intestada. 
 Violencia familiar. 
 Pretensiones que no sean de libre disposición por las partes 
conciliantes. 
 
 
Ventajas 
 
 Las partes deciden la solución al problema. 
 Disminuye el tiempo y los costos. 
 Es confidencial y reservada. 
 Evita procesos judiciales. 
 No requiere obligatoriamente la presencia de un abogado. 
 
2. Violencia y conflicto interno 
Existe la tendenciaa confundir y considerar sinónimos conflicto y violencia; sin embargo, una 
situación se define como conflicto no por su apariencia externa, sino por su contenido, por 
sus causas profundas. Además, no toda disputa o divergencia implica un conflicto, debido a 
que hablamos de tal, en aquellas situaciones de disputa o divergencia en las que hay 
contraposición de intereses (tangibles), necesidades y/o valores en pugna. 
 
 
Violencia y conflicto interno en el Perú 
Según el informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), el conflicto armado 
interno que vivió el Perú entre 1980 y 2000 constituyó un episodio muy intenso de violencia. 
El conflicto se inició en zonas rurales de Ayacucho y se extendió a los centros urbanos, 
posteriormente a los territorios de las comunidades de la selva. Este conflicto provocó 
enormes pérdidas económicas expresadas en destrucción de infraestructura y deterioro de 
la capacidad productiva de la población. 
La violencia dentro de este conflicto puso de manifiesto la gravedad de las desigualdades de 
índole étnicocultural, donde su causa inmediata fue la decisión del Partido Comunista del 
Perú – Sendero Luminoso de iniciar la lucha armada contra el Estado peruano, a 
contracorriente de la mayoría de los peruanos, en una etapa en la que se restauraba la 
democracia en el país. Para la Comisión de la Verdad, Sendero Luminoso fue responsable 
de un alto número de víctimas y desplegó extremada violencia y crueldad, incluyendo el uso 
de coches-bomba en las ciudades. Otro responsable de la violencia que se vivió en la 
década del 80’ fue el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), que inició su lucha 
armada contra el Estado en 1984 siendo responsable de un menor número de víctimas 
fatales que fueron reportadas. 
Los trabajos realizados por la Comisión de la Verdad y 
Reconciliación (CVR) son importantes porque no solo se 
analizaron cifras como desapariciones, muertes, atentados, 
sino que, presentó una propuesta de diagnóstico sobre las 
formas en que se presentó la violencia en nuestro país 
entre 1980 y el año 2000. 
 Formas en que se expresó la violencia en el Perú 
1. Pobreza y exclusión social, especialmente de los lugares alto andinos y 
amazónicos. 
2. Brechas económicas y desigualdad étnicocultural. 
3. Marginación al no acceder a los servicios educativos básicos. 
4. Racismo y actitudes de desprecio discriminatorio. 
5. Violencia sexual especialmente contra las mujeres. 
 
La CVR manifiesta en su conclusión que tanto el gobierno del presidente Fernando 
Belaunde como el del presidente Alan García erraron al no aplicar una estrategia integral 
—social, política, económica, militar, psicosocial, de inteligencia y de movilización del 
conjunto de la población— para hacer frente de un modo eficaz y dentro de sus propios 
marcos democráticos a la subversión armada y al terrorismo. 
 
2.1. Formas de violencia en el Perú 
 
2.2. Los grupos afectados por la violencia, vida digna y memoria colectiva 
 
 
2.3. Iniciativas para la reconstrucción democrática en el Perú 
 
La Comisión de la Verdad y Reconciliación al final de su Informe presentó al país 
una serie de recomendaciones para iniciar una nueva etapa sacando lecciones del 
pasado y mirando hacia la construcción del futuro. 
En el contexto de la violencia política en el Perú entre los años 1980 y el 2000 la 
CVR señala que este conflicto armado produjo casi 70 mil víctimas mortales, el 75% 
de ellas tenía al quechua como idioma materno, más de la mitad eran campesinos y 
casi el 85% vivían en 6 departamentos: Ayacucho, Junín, Huánuco, Huancavelica, 
Apurímac y San Martín; todos ellos excepto Junín y San Martín se encontraban en 
ese entonces, en la lista de los 5 departamentos más pobres, según el Informe sobre 
el Desarrollo Humano del año 2002 y quienes vivían en estos 6 departamentos, por 
esos años, solamente concentraban el 9% del ingreso reunido de todas las familias 
peruanas. 
La memoria colectiva es un término que engloba los recuerdos más importantes
 y trascendentales que han marcado la historia de una nación. Esta memoria 
es compartida, transmitida y construida por la sociedad, y en el caso de la violencia 
política en el Perú, tiene una gran y trascendental importancia ya que permite 
guardar y recordar en el interior de la sociedad ese capítulo tan doloroso que 
vivió nuestro país y que al tenerlo presente nos permita reflexionar de las 
causas, actores y consecuencias para que este mismo no se vuelva a repetir. 
 
 Plan Integral de Reparaciones. Responde a una lógica y objetivo único, que
 es el resarcimiento del daño a las víctimas de la violencia política, en forma 
 individual o colectiva, simbólica o material. 
 
 Proceso de reconciliación nacional. Se interpreta la reconciliación como un nuevo
 pacto fundacional entre el gobierno y la sociedad peruana, y entre los miembros
 de la sociedad, a través de una ciudadanía plena para todos los peruanos de un 
 país que se reconozca positivamente como multiétnico, pluricultural y multilingüe. 
 
 a. Presencia de la autoridad democrática y de los servicios del Estado en todo el 
territorio, recogiendo y respetando la organización popular, las identidades 
locales y la diversidad cultural, y promoviendo la participación ciudadana. 
 b. Afianzar una institucionalidad democrática, basada en el liderazgo del poder 
político, para la defensa nacional y el mantenimiento del orden interno. 
 c. Reformar el sistema de administración de justicia, para que cumpla 
efectivamente su papel de defensor de los derechos ciudadanos y el orden 
constitucional. 
 d. Elaboración de una reforma que asegure una educación de calidad, que 
promueva valores democráticos. 
 e. Generar confianza cívica, restableciendo las relaciones dañadas entre los 
ciudadanos y el Estado, de modo que se consolide la transición y gobernabilidad 
democráticas y se prevengan nuevos escenarios de violencia 
 
 
 
  Reformas institucionales. Entendidas como garantías de prevención que 
 ayuden a que no se repitan más en el Perú dolorosos sucesos de violencia, 
 como: 
 
 
 
VALORACIÓN, CONSERVACIÓN Y DEFENSA DEL 
PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL 
 
1. PATRIMONIO DE LA NACIÓN 
 
El patrimonio de una Nación es la herencia de bienes materiales e inmateriales que 
nuestros padres y antepasados nos han dejado a lo largo de la historia y está 
constituido por el territorio que lo ocupa, por su flora y fauna y por todas las creaciones 
de las personas que la han habitado, sus instituciones, por su lenguaje y su cultura 
material. Se trata de bienes que nos ayudan a forjar una identidad como nación. 
 
2. PATRIMONIO CULTURAL 
 
Según la ley Nº 28296, se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la 
Nación “a toda manifestación del quehacer humano, material o inmaterial, que, por su 
importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, 
artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, 
tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista 
la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o 
privada con las limitaciones que establece la ley.” 
 Cívica 07
 
Desde esta perspectiva, entendemos que patrimonio cultural es el legado constituido 
por bienes tangibles como los libros, las piezas artísticas y arquitectónicas; del mismo 
modo, comprende las distintas expresiones como la lengua, religión, valores, 
costumbres, celebraciones, hasta la danza y la música. Y lo más importante, es que 
se reconocen a estas manifestaciones culturales ya sean de las comunidades 
tradicionales, indígenas o afro descendientes de nuestro país. 
 
 
 PATRIMONIO DE LA HUMANIDADEN EL PERÚ 
MATERIAL INMATERIAL 
1. Santuario Histórico de Machu Picchu, inscrito en 
1983. 
2. Ciudad del Cuzco, inscrito en 1983. 
3. Sitio arqueológico de Chavín, inscrito en 1985. 
4. Parque Nacional Huascarán, inscrito en 1985. 
5. Zona arqueológica de Chan Chan, inscrito en 
1986. 
6. Parque Nacional de Manu, inscrito en 1987. 
7. Centro Histórico de Lima, inscrito en 1988. 
8. Parque Nacional del Río Abiseo, inscrita en 
1990. 
9. Líneas y geoglifos de Nazca, inscrito en 1994. 
10. Centro Histórico de la Ciudad de Arequipa, 
inscrito en 2000. 
11. Ciudad Sagrada de Caral en Supe, inscrito en 
2009. 
12. Qhapaq Ñam, sistema vial andino en 2014. 
1. Patrimonio oral y manifestaciones culturales del 
pueblo zápara, inscrito en 2008. 
2. El arte textil de Taquile, inscrito en 2008. 
3. La danza de las tijeras, proclamado en 2010. 
4. La huaconda, danza ritual del Mito, proclamado en 
2010. 
5. Eshuva, rezos cantados de la etnia Huachipaeri, 
inscrito en 2011. 
6. La peregrinación al santuario del Señor de 
Qoyllurit’i, proclamado en 2011. 
7. Conocimientos, técnicas y rituales vinculados a la 
renovación anual del puente Q’eswachaka, 
inscrito en 2013. 
8. La fiesta de la Virgen de la Candelaria en Puno, 
inscrito en 2014. 
9. La danza del wititi del valle del Colca, inscrito en 
2015. 
10. Sistema Tradicional de Jueces de Agua de 
Corongo, inscrito en 2017. 
 
 
 
2.1. CATEGORÍAS DEL PATRIMONIO CULTURAL 
 
 El Ministerio de Cultura distingue las siguientes categorías del patrimonio cultural: 
 
 
 
CATEGORÍAS CONTENIDO EJEMPLOS 
Patrimonio 
material 
inmueble 
Se refiere a los bienes culturales 
que no pueden trasladarse y 
abarca tanto los sitios 
arqueológicos (huacas, 
cementerios, templos, cuevas, 
andenes) como las edificaciones 
coloniales y republicanas 
 Templo de las manos 
cruzadas de Kotosh 
 Casona de la Universidad 
Nacional Mayor de San 
Marcos 
 Santuario de la Virgen de 
Chapi 
Patrimonio 
material 
mueble 
Incluye todos los bienes culturales 
que pueden trasladarse de un lugar 
a otro, es decir, objetos como 
pinturas, cerámicas, orfebrería, 
mobiliario, esculturas, monedas, 
libros, documentos y textiles, entre 
otros. 
 Aríbalo incaico 
 Tumi de oro 
 La escultura “La Muerte” 
Patrimonio 
inmaterial 
 
Denominado también “cultura viva”, 
Comprende los conocimientos, los 
usos y costumbres que son 
transmitidos de generación en 
generación, a menudo a viva voz o 
a través de demostraciones 
prácticas. 
El folclor, la medicina 
tradicional, el arte popular, las 
leyendas, la cocina típica, las 
ceremonias, representaciones, 
expresiones, conocimientos y 
técnicas, asociados a los 
instrumentos, objetos, 
artefactos y espacios culturales 
que les son propios 
Patrimonio 
documental 
 
Se refiere a la documentación que 
se conserva en archivos e 
instituciones similares. Aunque en 
el sentido más estricto de la palabra 
se refiere a documentos y textos 
impresos sobre papel como 
también mediante las nuevas 
tecnologías digitales, audiovisuales 
y otros. 
 
Libros, periódicos, revistas, y 
otros materiales impresos. 
Además, información grabada 
por medios digitales, 
audiovisuales y otros 
Patrimonio 
subacuático 
Son todos los vestigios de la 
existencia humana con carácter 
cultural, histórico y arqueológico, 
que han estado total o parcialmente 
sumergidos en el agua, en forma 
periódica o continua, por lo menos 
durante 100 años. 
 Naufragios en Cerro Azul: Se 
busca investigar dos 
embarcaciones hundidas 
frente a Cañete. Se trata de 
barcos de la época colonial 
2.2. CONSERVACIÓN Y DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL 
 
La gran riqueza patrimonial que posee el Perú está expuesta a amenazas como el robo, 
saqueo, tráfico ilícito, vandalismo y otros delitos, así como también las invasiones, los 
agentes naturales y la modernidad. 
Patrimonio 
industrial 
 
Se refiere a todos los bienes 
inmuebles y muebles adquiridos o 
producidos por una sociedad en 
relación a sus actividades 
industriales de adquisición, 
producción o transformación; a 
todos los productos generados a 
partir de estas actividades, y al 
material documental relacionado. 
 La instalación del primer 
ascensor que tuvo Lima. Se 
pensaba que el primer 
ascensor instalado en nuestra 
ciudad fue el del Edificio Rímac 
(o Casa Roosevelt). 
 Eulogio Fernandini fue el 
primer benefactor que 
obsequió a la Beneficencia 
Pública la primera máquina de 
Rayos X que llegó a nuestro 
país 
¿Qué es cultura? La Unesco (Organización de las Naciones Unidas 
para la Educación, la Ciencia y la Cultura) “La cultura es el conjunto de 
los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos 
que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarcan, 
además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir 
juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias”. 
 
 
El Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo responsable de 
todos los aspectos culturales del país y ejerce competencia exclusiva y 
excluyente, respecto a otros niveles de gestión en todo el territorio nacional. 
 
La Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural (DGDPC) es el 
órgano de línea del Ministerio de Cultura a cargo de la defensa y protección, 
recuperación, repatriación, vigilancia y custodia de los bienes culturales 
pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación. Esta dirección funciona como 
un organismo supervisor y cumple un rol importante al educar y sensibilizar a la 
ciudadanía en temas relacionados con la defensa y protección del patrimonio. 
 
La Dirección General de Museos es el órgano de línea que tiene a su cargo la 
formulación de políticas y normas en materia de museos; así como la gestión de 
museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes 
del Patrimonio Cultural de la Nación. 
 
 2.3. PATRIMONIO NATURAL 
 
Está constituido por todos los recursos naturales, ecosistemas y áreas naturales 
que comprenden el territorio peruano. El artículo 66º de la Constitución Política del 
Perú establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son 
patrimonio de la nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. El artículo 
68º de la Constitución determina que el Estado está obligado a promover la 
conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. 
 
 
 
 
 
 
La conservación del Patrimonio Natural tiene carácter de intangible y comprende 
la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad. En el Perú las áreas 
protegidas se agrupan como: 
Áreas Naturales Protegidas (ANP) reconocidas por la ley 26834, estas son 76 
áreas protegidas por el Estado debido a su importancia en la conservación de la 
diversidad biológica asociada al interés cultural, paisajístico y científico, así como 
por su contribución al desarrollo sostenible del país, están administradas por el 
SERNANP (Servicio Nacional de Áreas Naturales protegidas por el Estado). 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
RN Pampa Galeras (Ayacucho) 
 
 
Cascadas en Huancaya - Reserva Paisajística 
Nor Yauyos Cochas 
 
3. PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD 
 
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura 
(Unesco) determinan los patrimonios de la humanidad, los cuales son designados por 
su gran magnitud cultural o natural frente al resto del mundo. Por ello, los sitios 
escogidos son protegidos por el Comité del Patrimonio Mundial de la Unesco, el cual 
determina la importancia que tienen estas áreas naturales o culturales como herencia 
común de la humanidad. 
 
IMPORTANCIA DEL PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD 
 
Para que los bienes de un país sean incluidos en la Lista de Patrimonio Mundial, deben 
tener un valor universal excepcional, es decir de gran importancia cultural y/o natural, 
que trascienda las fronteras nacionales y que signifique mucho para las presentes y 
futuras generaciones. Esto hace que adquiera importanciapara el conjunto de toda la 
humanidad. 
 
Las ciudades que ganan la protección de su patrimonio se benefician al incluirse 
dentro del listado de Patrimonio de la Humanidad. La Unesco, consciente de ello, 
obliga a legislar específicamente para proteger y conservar el patrimonio 
seleccionado, de modo que se mantengan criterios estables de vigilancia y 
restauración. Para realizar las tareas de protección y restauración, la Unesco destina 
partidas específicas a las ciudades designadas (o a los monumentos culturales o 
naturales incluidos dentro de ciudades que no son en sí mismas Patrimonio de la 
Humanidad). 
 
 
Un bien puede ser excluido en la lista del Patrimonio Mundial si se deteriora en el 
extremo de perder las características que habían determinado su inclusión o si el país 
participante no toma las medidas correctivas necesarias para conservar determinado 
bien, cuyas cualidades intrínsecas ya estuvieran en peligro. 
En América del Sur, el Perú es el segundo país, luego de Brasil, con más sitios 
inscritos como Patrimonio de la Humanidad o mundial. 
 
En el 2013 la Unesco reconoció a dos libros peruanos como Patrimonio Documental 
de la Humanidad, se trata del Protocolo Ambulante de los Conquistadores o Libro 
Becerro y los Incunables Peruanos (1584 -1619). 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 Ciudad Sagrada de Caral - Supe Puente Q’eswachaka (colgante de fibra vegetal) 
 
 
https://www.google.com.pe/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=2ahUKEwibyPvvwfLgAhVKjlkKHS7xAQ4QjRx6BAgBEAU&url=https://peru.info/es-pe/turismo/noticias/3/16/sorprendete-con-la-flora-y-fauna-de-pampa-galeras&psig=AOvVaw0X8_P1wFvD093L93ZI9Hpi&ust=1552133459970466
https://www.google.com.pe/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=2ahUKEwihyJWR7YThAhXptlkKHacpAyMQjRx6BAgBEAU&url=https://www.portaldeturismo.pe/index.php/noticia/seis-mil-visitantes-visitaran-reserva-paisajistica-nor-yauyos-cochas-durante-semana-santa&psig=AOvVaw3VfPMYyID4vxzcGkE85D-E&ust=1552763543122455
 
 
DIVERSIDAD CULTURAL, ÉTNICA Y LINGÜÍSTICA. 
EL RESPETO A LA DIVERSIDAD CULTURAL, LA INTERCULTURALIDAD. 
 
1. LA DIVERSIDAD CULTURAL 
 
La Convención sobre la protección y la promoción de 
la diversidad de las expresiones culturales promovida 
por la UNESCO (París, 20 de octubre del 2005) 
señala la siguiente definición de Diversidad Cultural: 
 
 “La diversidad cultural se refiere a la multiplicidad de 
formas en que se expresan las culturas de los grupos 
y sociedades. Estas expresiones se transmiten dentro 
y entre los grupos y las sociedades. Se expresa a través de distintos modos de 
creación artística, producción, difusión, distribución y disfrute de las expresiones 
culturales, cualesquiera que sean los medios y tecnologías utilizados.” 
 
La UNESCO reconoce a la Diversidad Cultural como Patrimonio Cultural de la 
Humanidad y fuente de desarrollo. 
 
El Perú es uno de los pocos países que posee una gran diversidad étnica, social, 
cultural y biológica que determina diversos modos de ser, de hablar, de sentir y de 
 Cívica 08 
pensar. Esto es resultado de miles de años de historia, durante los cuales se 
sucedieron numerosas sociedades que asumieron el reto de vivir en un territorio 
favorecido con una increíble variedad de ecosistemas. Diversas culturas cohabitaron 
el Perú, entre ellas la andina, amazónica, asiática, africana y europea, entre otras; 
cada una con su particular visión del mundo y con sus respectivas manifestaciones 
culturales, el lenguaje, las costumbres, sus normas de convivencia, etc. 
 
El Ministerio de Cultura decretó la celebración, cada 21 de mayo, del Día Nacional de 
la Diversidad Cultural y la Lingüística. 
 
2. LA DIVERSIDAD ÉTNICA 
 
El Ministerio de Cultura, señala que en el Perú existen 55 pueblos indígenas u 
originarios, distribuidos en 22 regiones, los mismos que se organizan en comunidades 
nativas y campesinas. 
 
2.1. Comunidades nativas 
Las etnias de la zona amazónica se organizan, mayoritariamente, en torno a 
comunidades nativas, que están conectadas a la sociedad nacional, esto se traduce 
en la existencia de 1786 comunidades nativas que están distribuidas en dicha zona. 
Las etnias amazónicas con mayor presencia son: 
 
 
ETNIAS REGIONES DONDE SE ENCUENTRAN 
Asháninca Junín, Cusco, Ayacucho, Apurímac, Pasco, Ucayali y Huánuco. 
Awajún Amazonas, Cajamarca, San Martín y Loreto. 
Shipibo – Conibo Huánuco, Loreto, Madre de Dios, Ucayali y Lima. 
 
 
Las comunidades nativas tienen origen en los 
grupos tribales de la selva y ceja de selva y 
están constituidas por conjuntos de familias 
vinculadas por los siguientes elementos 
principales: idioma o dialecto; características 
culturales y sociales; y tenencia y usufructo 
común y permanente de un mismo territorio 
con asentamiento nucleado o disperso. 
 
El Estado garantiza la integridad de la 
propiedad territorial de las Comunidades 
Nativas levantará el catastro correspondiente y 
les otorgará títulos de propiedad. (Decreto-
Ley 22175). 
 
 
 
 
 
 
 
2.2. Comunidades campesinas 
 
Las etnias asentadas en el área andina son los Quechuas, Aymaras, Jaqarus y Uros. 
Los quechuas han experimentado un fuerte deterioro en su identidad étnica y perviven 
en las denominadas comunidades campesinas. 
 
Las Comunidades Campesinas son 
organizaciones de interés público, con 
existencia legal y personería jurídica, 
integradas por familias que habitan y 
controlan determinados territorios, ligadas 
por vínculos ancestrales, sociales, 
económicos y culturales expresados en la 
propiedad comunal de la tierra, el trabajo 
comunal, la ayuda mutua, el gobierno 
democrático y el desarrollo de actividades 
multisectoriales cuyos fines se orientan a la 
realización plena de sus miembros y del país 
(Ley 24656). 
 
 
http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/22175.pdf
http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/22175.pdf
 
3. LA DIVERSIDAD LINGÜÍSTICA 
 
El Perú es multilingüe, debido a que en nuestro territorio existen una serie de lenguas 
y dialectos, reflejo de etnias y culturas diferentes. 
 
En nuestro país existe un total de 48 lenguas originarias: 44 
amazónicas y 4 andinas, las cuales están agrupadas en 19 
familias lingüísticas y constituyen medios de comunicación de 55 
pueblos indígenas. Las lenguas originarias son idiomas oficiales, 
además del castellano. 
 
En la región andina se habla el Quechua, Aimara, Jaqaru y 
Kauqui, esta última, de la familia Aru, se habla en la aldea de 
Cachuy (provincia de Yauyos- Región Lima); era una lengua casi extinta, sin embargo 
en los últimos años se ha revitalizado y ya existen más de 81 kauqui hablantes con 
diferentes niveles de comprensión y expresión de la lengua y 32 kauqui hablantes, 
quienes comprenden la lengua sin ninguna dificultad. 
El censo del 2007 registró que 3 919 314 personas de cinco a más años hablan 
lenguas indígenas, de las cuales: 
 
● 3 261 750 son quechua hablantes, 
● 434 370 aymara hablantes y, 
 ● 223 194 hablan otra lengua nativa. 
 
La mayoría de las lenguas nativas del Perú se hablan en la selva amazónica, siendo 
la más hablada el asháninca, con 97 477 hablantes y el Awajún con 55 366 hablantes. 
 La Constitución Política del Perú, en su artículo 17º, señala que el Estado garantiza la 
erradicación del analfabetismo, como también fomenta la educación bilingüe e 
intercultural y preserva las diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del país. 
Es así que desde el año 2013, el Ministerio de Educación promueve el 27 de mayo 
como el Día de las Lenguas Originarias del Perú, las lenguas habladas antes de la 
llegada del castellano a este territorio. 
 
Según la Constitución Política del Perú Capítulo I articulo 2 enciso 19: tenemos 
derecho a una identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad 
étnica y cultural de la Nación. 
 
4. EL RESPETO A LA DIVERSIDAD CULTURAL 
 
La Declaración

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