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¡PRE SAN MARCOS, A UN PASO DE SER SANMARQUINO! Cívica 2019 DERECHOS HUMANOS: CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS. DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Y LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ. GARANTÍAS CONSTITUCIONALES EN EL PERÚ. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO. 1. DERECHOS HUMANOS Los derechos humanos son garantías esenciales, de la que goza toda persona para que podamos vivir como seres humanos. Sin ellos no podemos cultivar ni ejercer plenamente nuestras cualidades, nuestra inteligencia, talento y espiritualidad (ONU, 2015). 1.1. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS Las características de los Derechos Humanos son los siguientes: INHERENTES Derivan de la naturaleza humana. UNIVERSALES Comunes a todas las personas sin distinción. IMPRESCRIPTIBLES Un derecho no se extingue con el paso del tiempo. INTERDEPENDIENTES La vigencia de uno de los derechos comporta necesariamente la vigencia de los otros. INCONDICIONALES Están sujetos a los lineamientos y procedimientos que determinan los límites de los propios derechos. INALIENABLES Ni la propia persona, ni el Estado pueden enajenar o despojar. INVIOLABLES No pueden ser violados o vulnerados INDIVISIBLES Ningún derecho puede disfrutarse a costa de otro derecho, no puede prescindirse de ninguno. Cívica 01 1.2. CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras, de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia que refiere. La clasificación de carácter histórico se basa en el reconocimiento cronológico de los Derechos Humanos por parte de un orden jurídico internacional. Según este enfoque se clasifican en tres generaciones. LOS DERECHOS HUMANOS SEGÚN GENERACIONES GENERACIÓN CONTEXTO HISTÓRICO ÁMBITO INCLUYEN PRIMERA La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, adoptada durante la Revolución Francesa (1789). Estados Unidos los incorpora en su Constitución Política. La “Declaración de Derechos” entró en vigor el 15 de diciembre de 1791. Derechos Civiles y Políticos. (Derechos individuales) Derecho: A la vida e integridad física. A la libertad de opinión, de conciencia y de religión. A la nacionalidad. A elegir y ser elegido. A la propiedad. SEGUNDA Desde fines del siglo XIX como producto de los conflictos sociales. Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (Derechos colectivos) Derecho: Al trabajo. A la seguridad social. A un salario justo. Al derecho de huelga. A la sindicalización. A la educación. Al descanso. TERCERA Después de la Segunda Guerra Mundial con la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos. (Argel, 1976). Derecho de los pueblos, o derechos de la solidaridad. (Derechos colectivos) Derecho: A la paz. A la libre determinación de los pueblos. Al medio ambiente sano. Al patrimonio común de la humanidad. Todo pueblo tiene el derecho imprescriptible e inalienable a la autodeterminación. Él determina su status político con toda libertad y sin ninguna injerencia exterior. La Carta de Argel, Art. 5 de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos (1976) 2. DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Y LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Artículo 1°.- La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. (Art. 2, inciso 1) El Estado es la institución que garantiza y promueve el ejercicio de los Derechos Humanos. Es el principal responsable de adoptar las medidas necesarias para lograr el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos por parte de todos. El capítulo I de la Constitución Política del Perú, contiene los derechos fundamentales de la persona. Sin duda se dirige a dar relevancia a la persona humana; a la que la Constitución le concede el primer lugar de atención. DERECHO A LA IGUALDAD ANTE LA LEY No existe discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. DERECHOS A LA LIBERTAD Individual A elegir el lugar de residencia. A transitar por el territorio nacional. A salir del territorio nacional y entrar en él. Intelectual A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento. Civil A reunirse pacíficamente sin armas. A asociarse. A constituir fundaciones sin fines de lucro. A la inviolabilidad del domicilio. Espiritual A la conciencia y a profesar una religión. Al ejercicio público de las confesiones. Económica A la propiedad y a la herencia. A trabajar libremente. Seguridad Personal A ser considerado inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe. Nadie puede ser incomunicado sino en caso indispensable para el esclarecimiento de un delito. No hay prisión por deudas. Este principio no limita el mandato judicial por incumplimiento de obligaciones alimentarias. 3. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES En sociedades democráticas, el Estado es la primera institución obligada a respetar y garantizar los derechos humanos. El artículo 200 de la Constitución Política del Perú describe las garantías constitucionales. Según el Dr. Raúl Ferrero considera que, en un sentido estricto, las garantías constitucionales son los medios de protección de los derechos humanos, consistentes en la posibilidad que tiene el titular de un derecho, de poner en movimiento el órgano jurisdiccional para que tutele este derecho si es quebrantado o amenazado de vulneración. LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES PROCEDE Acción de Hábeas Corpus Ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos. Acción de Amparo Contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución, excepto los que son protegidos por los procesos de Hábeas Corpus y Hábeas Data. No procede contra normas legales ni contra resoluciones judiciales emanadas de procedimiento regular. Acción de Hábeas Data Contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos: A la información requerida y recibida de cualquier entidad pública; exceptuándose las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. Contra los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, que suministren información que afecte la intimidad personal y familiar. Estos derechos están referidos en el Artículo 2°, en los incisos 5 y 6. Acción de Inconstitucionalidad Contra las normas que tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, reglamentos del Congreso, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales que contravengan la Constitución en la forma o en el fondo. Acción Popular Por infracción de la Constitución y de la ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen.Acción de Cumplimiento Contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades de ley. Sabias qué…? 4. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. Fue adoptada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1989 y está destinada exclusivamente a todo niño. La Convención, a lo largo de sus 54 artículos, reconoce que los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones. La Convención define los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas: El derecho a la supervivencia. Al desarrollo pleno. A la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación. A la plena participación en la vida familiar, cultural y social. El Tribunal Constitucional Conoce, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad. Conoce, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento. Los cuatro principios fundamentales de la Convención de los Derechos del Niño son: A LA NO DISCRIMINACIÓN A LA VIDA, LA SUPERVIVENCIA Y EL DESARROLLO LA DEDICACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO EL RESPETO POR LOS PUNTOS DE VISTA DEL NIÑO DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS: CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES; DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS. ORGANISMOS INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS: CORTE DE LA HAYA Y EL PACTO DE SAN JOSÉ. ORGANISMOS DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DD.HH. EN EL PERÚ. 1. LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS La Declaración de los Derechos Humanos fue adoptada por la III Asamblea General de la ONU, el 10 de diciembre de 1948 en París. Se trata de uno de los mayores instrumentos a favor de los derechos humanos en el mundo que surgió a raíz de los trágicos acontecimientos de la Segunda Guerra Mundial. La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un entendimiento común de los pueblos del mundo en todo lo concerniente a los derechos inalienables e inviolables de todos los seres humanos y constituye una obligación para los miembros de la comunidad internacional. Consta de 30 artículos que incorporan tanto a los derechos civiles y políticos como los económicos, sociales y culturales. LISTA RESUMEN DE LOS DERECHOS HUMANOS 1. Todos nacemos libres e iguales 2. Todo el mundo tiene derecho a estos derechos 3. Derecho a la vida 4. Nadie será sometido a la esclavitud o a la servidumbre 5. Nadie será sometido a tortura 6. Todo ser humano tiene derecho a una personalidad jurídica 7. Todos somos iguales ante la Ley 8. Todo el mundo tiene derecho a defenderse ante los tribunales 9. Nadie podrá ser detenido arbitrariamente ni desterrado 10. Derecho a un juicio justo 11. Derecho a la presunción de inocencia 12. Derecho a la intimidad 13. Derecho a la libertad de movimiento 14. Derecho de asilo 15. Derecho a la nacionalidad 16. Derecho al matrimonio 17. Derecho a la propiedad 18. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión 19. Derecho a la libertad de expresión 20. Derecho a la libertad de reunión 21. Derecho a la Democracia 22. Derecho a la seguridad social 23. Derecho al trabajo 24. Derecho al ocio 25. Derecho a un nivel de vida adecuado 26. Derecho a la educación 27. Derecho a la cultura 28. Derecho al orden social 29. Derecho a las libertades y al respeto de la comunidad 30. Derecho a que estos derechos no sean suprimidos. No sean reprimidos en ninguna circunstancia Cívica 02 La Carta de las Naciones Unidas es la base para la Carta Internacional de Derechos Humanos, donde se establece el conjunto de derechos reconocidos internacionalmente y con mecanismos para su protección y promoción. Los Pactos Internacionales (son vinculantes) MECANISMOS DE CONTROL El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se creó a partir del artículo 28 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, y se puso en marcha en 1976, justo después de la adopción del Pacto. El Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales no ha sido creado por el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, sino por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, en su resolución 1985/17 del 28 mayo de 1985. Declaración Universal de los Derechos Humanos (es voluntario) Derechos Civiles y Políticos (Derechos de libertad) Proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. París, 10 de diciembre de 1948. Conjunto de derechos civiles, políticos, culturales, económicos y sociales que deben disfrutar todas las personas de todos los países. El Perú aprobó la Declaración de Derechos Humanos el 9 de diciembre de 1959, por Resolución Legislativa 13282, la que concedió a la Declaración, el carácter de texto legal. Reconoce los derechos civiles, políticos y establece mecanismos para su protección y garantía. Fue adoptado el 16 de diciembre de 1966. Entró en vigor el 23 de marzo de 1976. Reconoce los derechos económicos, sociales y culturales de las personas, incluidos los derechos laborales y los derechos a la salud, la educación y un nivel de vida adecuado. Fue adoptado el 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor el 3 de enero de 1976. Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Obligaciones de deuda) El primer artículo de cada Pacto afirma que todos los pueblos tienen derecho a la libre autodeterminación y que, según este derecho, tienen libertad para elegir su estatus político y lograr su desarrollo económico, social y cultural. Carta Internacional de Derechos Humanos http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_civiles_y_pol%C3%ADticos http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_civiles_y_pol%C3%ADticos http://es.wikipedia.org/wiki/16_de_diciembre http://es.wikipedia.org/wiki/16_de_diciembre http://es.wikipedia.org/wiki/1966 http://es.wikipedia.org/wiki/23_de_marzo http://es.wikipedia.org/wiki/23_de_marzo http://es.wikipedia.org/wiki/1976 http://es.wikipedia.org/wiki/16_de_diciembre http://es.wikipedia.org/wiki/16_de_diciembre http://es.wikipedia.org/wiki/1966 http://es.wikipedia.org/wiki/3_de_enero http://es.wikipedia.org/wiki/1976 2. ORGANISMOS INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS 2.1 LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA es características El órgano judicial principal de las Naciones Unidas. Encargada de decidir conforme al Derecho Internacional las controversias de orden jurídico entre Estados y de emitir opiniones consultivas respecto a cuestiones jurídicas. Establecida por la Carta de las Naciones Unidas en 1945. Institución cuya sede se encuentra en La Haya (Países Bajos) e incluye a todos los miembros de las Naciones Unidas. LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA Su objetivo principal es lograr el arreglo de las controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir al quebrantamiento de la paz. Está integrada por 15 magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de laONU. Ninguna persona individual puede recurrir a la Corte. Su Estatuto forma parte integral de la Carta de las Naciones Unidas. SABÍA USTED QUE: El ex presidente, Dr. José Luis Bustamante y Rivero integró la Corte Internacional de Justicia entre 1961 y 1970 y la presidió entre 1968 y entre 1968 y 1970. http://www.un.org/spanish/aboutun/unmember.htm http://www.icj-cij.org/homepage/sp/icjstatute.php http://www.un.org/es/documents/charter/ 2.2 SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA) Una de las bases del Sistema Interamericano de protección de derechos humanos. Fue suscrita, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José de Costa Rica, entra en vigencia el 18 de julio de 1978. es establece cuenta con la Los estados partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, etc. (Art.1°) Comisión Interamericana de Derechos Humanos establece La obligación, para los estados partes, del desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos. (Art.26°) Corte Interamericana de Derechos Humanos es un es un Órgano no judicial con competencia respecto a todos los estados miembros de la OEA, que cumple un mandato no sólo de promoción, sino también de protección de los derechos humanos. Su función principal es promover la observancia y el respeto de los derechos humanos en el continente. Su sede está en Washington, D.C. y está integrada por 7 miembros elegidos por la Asamblea General. Órgano jurisdiccional autónomo de la Organización de Estados Americanos. La corte examina los casos de violaciones de derechos humanos por parte de los estados. Está compuesta por siete jueces. Su mandato es de seis años, pero pueden ser reelegidos por una sola vez. Su sede está en la ciudad de San José de Costa Rica. http://es.wikipedia.org/wiki/22_de_noviembre http://es.wikipedia.org/wiki/1969 http://es.wikipedia.org/wiki/San_Jos%C3%A9_de_Costa_Rica http://es.wikipedia.org/wiki/San_Jos%C3%A9_de_Costa_Rica http://es.wikipedia.org/wiki/18_de_julio http://es.wikipedia.org/wiki/1978 http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_de_los_Estados_Americanos 3. LA CARTA DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA Fue firmada en Lima el 11 de septiembre de 2001 en sesión especial de la Asamblea de la Organización de los Estados Americanos (OEA). La puesta en vigencia fue un paso trascendental para la prevención y procesamiento de crisis democráticas en la región. La Carta Democrática tiene dos aspectos esenciales: a) Una definición sustantiva de la democracia. b) Mecanismos diseñados para prevenir y/o responder, en su caso, a afectaciones a la democracia. La Carta Democrática resalta la interrelación e interdependencia entre la democracia y las condiciones económicas y sociales de los pueblos. CAMPOS DE ACCIÓN DE LA CARTA DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA POLÍTICO Compromiso de los gobernantes de cada país para con la democracia teniendo como base el reconocimiento de la dignidad humana. HISTÓRICO Recoge los aportes de la Carta de la OEA. SOCIOLÓGICO Expresa la demanda de los pueblos de América por el derecho a la democracia. JURÍDICO Fue expedida como herramienta de actualización e interpretación de la Carta fundacional de la OEA, dentro del espíritu del desarrollo progresivo del derecho internacional. http://es.wikipedia.org/wiki/2001 4. ORGANISMOS QUE PROMUEVEN LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL PERÚ En el caso peruano, además de los organismos autónomos del Estado como la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, etc., tenemos otros organismos que también contribuyen con la Defensoría del Pueblo y con la defensa de los derechos humanos, los cuales son 82 y se agrupan en la COORDINADORA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, quien representa a las víctimas, rechaza y condena la violencia. Algunos de los organismos que protegen los derechos humanos son: ASOCIACIÓN PERUANA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS (ASPEC) Protege y promociona derechos del consumidor y usuario en temas como alimentación, salud, servicios públicos, transporte, educación, productos y servicios en general, entre otros. ASOCIACIÓN NEGRA DE DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS La ASONEDH es el organismo que lucha con el racismo a través de la defensa y afirmación de los derechos ciudadanos, además de luchar con todas las formas de discriminación racial hacia el poblador de raza negra. AMNISTÍA INTERNACIONAL PERÚ Contribuye a la defensa de los DDHH en Perú con voluntarios y donantes. MOVIMIENTO MANUELA RAMOS Es uno de los colectivos feministas que defienden derechos de las mujeres como la salud reproductiva, equidad de género entre otros. CIUDADANÍA COMO PARTE DE UN DEVENIR PERMANENTE DE CONSTRUCCIÓN Y CAMBIO. LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA COMO UN DERECHO EN EL SISTEMA DEMOCRÁTICO. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL CIUDADANO: INICIATIVA EN LA FORMACIÓN DE LEYES; INICIATIVA DE REFORMA CONSTITUCIONAL; REFERÉNDUM, REVOCATORIA, REMOCIÓN, DEMANDA DE RENDICIÓN DE CUENTAS, PRESUPUESTO PARTICIPATIVO, CONSULTA PREVIA. 2. LA CIUDADANÍA La ciudadanía es una condición jurídico - política que se adquiere, en el caso de los peruanos, al cumplir los 18 años de edad. El Art., 30 de la CPP., señala que para el ejercicio de la ciudadanía se requiere la inscripción electoral. 3. DERECHOS Y DEBERES CIUDADANOS La ciudadanía implica un mayor compromiso frente a la sociedad. Los ciudadanos y ciudadanas tienen la capacidad política para intervenir en los asuntos públicos, de ejercer libremente derechos como la libertad de pensamiento y expresar su opinión en todo aquello que les afecte, tal como puede ser la toma de decisiones que hace el Estado en asuntos vitales para la nación. Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de organizaciones políticas. Los derechos ciudadanos no se pueden perder de manera definitiva, pero pueden ser suspendidos en los siguientes casos: Por resolución judicial de interdicción. Por sentencia con pena privativa de la libertad. Por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos. La interdicción civil es la acción judicial por la cual a una persona se le declara incapaz de ejercer sus derechos civiles por sí misma. Pueden ser objeto de interdicción: Los que, por cualquier causa se encuentran privados de discernimiento. Los sordomudos, los ciegos sordos y los ciego mudos, que no pueden expresar su voluntad, de una manera indubitable. Los retardados mentales. Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad. Los pródigos. Los que incurren en mala gestión. Los ebrios habituales. Los toxicómanos. Cívica 03 Deberes ciudadanos: Estos deberes tienen relación con la participación en la vida política de la comunidad, de la nación y del Estado. Esta posibilidad de participar en el ejercicio de poder supone una responsabilidad ante el destino colectivo del país. Estas obligaciones se adquieren al cumplir los 18 años. Honrar a la patria y proteger los intereses nacionales, cada ciudadano debe contribuir con su desarrollo. Defender la Constitución y sus leyes, las mismas que deben ser cumplidas por todos porque garantizan tranquilidad y el orden necesario. Pagar los tributos. El tributo es el pago que los ciudadanos deben efectuar al Estado paraque pueda realizar los gastos que se requieren, para la satisfacción de las necesidades colectivas. 4. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA La participación ciudadana es definida como un conjunto de sistemas o mecanismos por medio de los cuales los ciudadanos, es decir, la sociedad civil en su conjunto, pueden tomar parte de las decisiones públicas, o incidir en las mismas, buscando que dichas decisiones representen sus intereses, ya sea de ellos como particulares o como un grupo social. La participación, por parte de la sociedad civil, en los asuntos públicos de nuestro país es un derecho fundamental, reconocido por los tratados y pactos internacionales suscritos por el Estado, los cuales establecen que toda persona tiene derecho a participar en los asuntos públicos de su país. Los mecanismos de participación ciudadana en los asuntos públicos del Estado se establecen en nuestra legislación a través de la Constitución de 1993 y a través de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, Ley Nº 26300. Sufragio o derecho al voto. Es el derecho que poseen los ciudadanos a elegir a las autoridades políticas. La Constitución establece que el voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Iniciativa de reforma constitucional. Es el derecho que poseen los ciudadanos equivalente 0.3% de la población electoral nacional. Iniciativa en la formación de leyes. Debe ir acompañada por las firmas comprobadas de no menos del 0.3% de la población electoral nacional. Referéndum. Es la facultad de los ciudadanos para someter a consulta la aprobación o modificación de alguna norma. Puede ser solicitado por un número de ciudadanos no menor al 10% del electorado nacional. Procede en los siguientes casos: Reforma total o parcial de la Constitución Normas con rango de ley Ordenanzas municipales Materias relativas al proceso de descentralización MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Derechos de participación ciudadana Revocatoria de autoridades. Es el derecho que tienen los ciudadanos (25% del electorado local) para destituir de sus cargos: Remoción de autoridades. Es el derecho que tienen los ciudadanos (50% del electorado local) de privar de su cargo o empleo a un funcionario designado por una autoridad superior del gobierno central o regional. Demanda de rendición de cuentas. Para su solicitud se requiere el 10% de firmas de electorado local. Mediante este recurso el ciudadano tiene el derecho de interpelar a las autoridades respecto a la ejecución presupuestal y el uso de recursos propios, la autoridad está obligada a dar respuesta. Son susceptibles los cargos sujetos a revocatoria y remoción. OTRAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN Derechos de control ciudadano ¿Sabías qué? regionales y consejeros regionales; a) Alcaldes y Regidores; b) Gobernadores regionales, vicegobernadores c) Magistrados que provengan de elección popular (Juez de Paz). Presupuesto Participativo.- “mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones entre Estado y sociedad civil, a través de la participación de ésta en el proceso de programación del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los PDC de los gobiernos descentralizados y la fiscalización de la gestión” Consulta Previa.- Se sustenta en la Ley de Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, Ley N° 29785, la que se realiza por parte de la entidad promotora a los beneficiarios del derecho a ser consultados, que son los pueblos indígenas u originarios, los inversionistas y otros intervinientes. La consulta vecinal de demarcación territorial es un mecanismo de participación que permite a los ciudadanos expresar su opinión por medio del voto secreto. De esta manera, eligen la circunscripción a la cual desean pertenecer y solucionan el problema limítrofe. ORGANIZACIONES POLÍTICAS Y PRÁCTICA DE LA DEMOCRACIA. ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL: INSTITUCIONES Y FUNCIONES. MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMO ESPACIOS DE DEBATE DE ASUNTOS PÚBLICOS. DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN. 1. ELECCIONES Las elecciones constituyen uno de los instrumentos claves en la designación de los gobernantes, la participación política de la ciudadanía, el control del gobierno por ella y la interacción entre partidos o grupos políticos. La democracia moderna no podría funcionar sin los procesos electorales. Los principales procesos electorales son: ELECCIONES AUTORIDADES QUE SE ELIGEN a. Elecciones Presidenciales Presidente y Vicepresidentes de la República. b. Elecciones Parlamentarias Congresistas de la República y Parlamentarios Andinos. c. Elecciones Regionales Gobernador Regional, Vicegobernador Regional, Consejeros del Concejo Regional. d. Elecciones Municipales Alcalde y Regidores de los Concejos Municipales Provinciales y Distritales de toda la República. e. Elecciones de Jueces Jueces según de conformidad con la Constitución. f. Referéndum y Revocatorias Convalida o rechaza determinados actos de gobierno a través del proceso de consulta popular. 2. PARTIDOS POLÍTICOS De acuerdo a la Ley de Organizaciones Políticas N° 28094, los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos públicos del país. Algunos de sus principales fines y objetivos son: Asegurar la vigencia y defensa del sistema democrático. Contribuir a preservar la paz, la libertad y la vigencia de los derechos humanos. Representar la voluntad de los ciudadanos y canalizar la opinión pública. Realizar actividades de educación, formación, capacitación con el objeto de forjar una cultura cívica y democrática. Participar en procesos electorales. Contribuir con la gobernabilidad del país. Cívica 04 ORGANIZACIONES POLÍTICAS (Ley N° 28094 actualizada al 2016) REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS (ROP) A cargo del Jurado Nacional de Elecciones, Requisitos: acta de fundación, la relación de adherentes, las actas de constitución de los comités partidarios, el Estatuto del partido. Firmas: en el caso de partidos políticos, se deberá presentar una relación de adherentes en un número no menor del cuatro por ciento (4%) de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional; En el caso de movimientos regionales u organizaciones políticas locales, será de 5% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones nacionales en el ámbito donde llevarán a cabo sus actividades. La verificación de firmas para los partidos políticos la realiza la ONPE y la verificación de firmas para los movimientos regionales y las organizaciones políticas locales la realiza el RENIEC. Impedidos: las organizaciones políticas cuyo contenido ideológico, doctrinario o programático promueva la destrucción del estado constitucional de derecho o intenten menoscabar las libertades y los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Anulación: se cancela la inscripción de un partido político en los siguientes casos: Si no hubiese alcanzado al menos seis (6) representantes al congreso o menos del cinco por ciento (5%) de los votos válidos a nivel nacional. De existir alianzas entre partidos o entre movimientos, dicho porcentaje se elevará en uno por ciento (1%) por cada partido o movimiento adicional, según corresponda. Por no participar en dos (2) elecciones generales sucesivas. Asimismo, se cancela la inscripción de un movimiento regional cuando no participa en dos(2) elecciones regionales sucesivas. Por su fusión con otros partidos. Por decisión de la autoridad judicial competente o estatuto. ALIANZAS Y FUSIONES Alianzas: Los partidos pueden hacer alianzas con otros partidos debidamente inscritos, con fines electorales y bajo una denominación común, para poder participar en cualquier tipo de elección popular. Las alianzas entre movimientos participan en elecciones regionales y municipales. Fusiones: Los partidos pueden fusionarse con otros partidos o movimientos políticos debidamente inscritos. TIPOS DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS SEGÙN ALCANCE POLÌTICO - ADMINISTRATIVO Los partidos políticos pueden participar en todo tipo de elecciones a nivel nacional, regional y local. Los movimientos son las organizaciones políticas de alcance regional o departamental y pueden participar en las elecciones regionales o municipales. DEMOCRACIA INTERNA La elección de autoridades y candidatos de los partidos y movimientos regionales o departamentales deben regirse por las normas de democracia interna. En las listas de candidatos para cargos de dirección del partido, así como para los candidatos a cargos de elección popular, el número de mujeres u hombres no puede ser inferior al 30% del total de candidatos. PROHIBICIONES Las organizaciones políticas, en el marco de un proceso electoral están prohibidas de efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros. Se extiende a los candidatos a cualquier cargo público de origen popular, y será sancionado por el Jurado Nacional de Elecciones con la exclusión del proceso electoral correspondiente. Se prohíbe los aportes de personas condenadas o con prisión preventiva por delitos contra la administración pública, tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, tala ilegal, trata de personas, lavado de activos o terrorismo. La prohibición se extiende hasta 10 años después de cumplida la condena. Se prohíbe la candidatura de las personas condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada por terrorismo, apología del terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado o corrupción de funcionarios. Estas organizaciones son reconocidas con su inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales de Base del Gobierno Local y en el Registro de Personas Jurídicas - Libro de Organizaciones Sociales de Base de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP). 3.1 BENEFICIOS QUE OTORGA LA INSCRIPCIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE BASE La inscripción registral les otorga personería jurídica y en atención a ello son sujetos de derecho, lo que les permite: Generar un documento de consulta y apoyo para su activa participación en la realización de sus fines. Facilitar el procedimiento de constitución y elecciones de sus representantes. Ser sujeto de crédito. Suscribir convenios con otras instituciones, abrir cuentas bancarias, recibir donaciones, etc. Formalizar los acuerdos de la organización. Autorizar la formulación de programas y proyectos de desarrollo para su ejecución en conjunto. Participar en los espacios abiertos por la descentralización como son: el Comité de Gestión de los Municipios, Concejo de Coordinación Local (CCL), el Consejo de Coordinación Regional (CCR) y los Presupuestos Participativos. 3.2. TIPOS DE ORGANIZACIONES SOCIALES ORGANIZACIONES SOCIALES ORGANIZACIONES DE VECINOS Personas naturales que se constituyen sin fines de lucro, persiguen resolver intereses vecinales. Asociación de Pobladores Asociación de Vivienda Asociación de Propietarios Juntas y Comités Vecinales Comités Cívicos ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE Son organizaciones autogestionarias denominadas de primer nivel, formadas por iniciativa de personas de menores recursos económicos para enfrentar sus problemas alimentarios. Clubes de Madres Comités de Vaso de Leche Comedores Populares Autogestionarios Cocinas Familiares Centro Materno Infantiles 3. ORGANIZACIONES SOCIALES. Una organización social es toda forma organizativa de personas naturales, jurídicas o de ambas, que se constituyen sin fines de lucro, políticos, partidarios, ni religiosos; por su libre decisión, bajo las diversas formas previstas por la ley o de hecho y que a través de su actividad común persiguen la defensa y promoción de sus derechos, eje de su desarrollo individual y colectivo, y el de su comunidad. JUVENILES Las formadas por adolescentes y jóvenes hasta 29 años de edad, que desarrollan diversas actividades fomentando la interrelación entre los miembros de su comunidad. Red Nacional de la Juventud del Perú – RENAJUV DEPORTIVAS Las formadas para promover y organizar actividades deportivas. Clubes Deportivos Asociaciones Deportivas 4. ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL INSTITUCIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Están constituidas por un grupo de ciudadanos que se unen voluntariamente sin ánimo de lucro. Surgen en el ámbito local, nacional o internacional, tienen naturaleza altruista y son dirigidas por personas con un interés común. Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH): Es una coalición de organismos de la sociedad civil (82) que trabajan en la defensa, promoción y educación de los derechos humanos en el Perú. Algunas de estas instituciones son: Asociación Pro-Derechos Humanos (APRODEH). Amnistía Internacional, Movimiento Manuela Ramos etc. Proética ONG peruana dedicada exclusivamente a promover la ética y luchar contra la corrupción. se constituyó el año 2002. Está compuesta por cuatro instituciones: la Comunidad Andina de Juristas (CAJ), el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), la Asociación Civil Transparencia (ACT) y la Asociación de Exportadores (ADEX). A S CULTURALES Y EDUCATIVAS Son aquellas formadas para realizar actividades artísticas, culturales y educativas sin fines de lucro. Asociaciones Artísticas Asociaciones Folklóricas 5. MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMO ESPACIOS DE DEBATE DE ASUNTOS PÚBLICOS Los medios masivos de comunicación facilitan la comprensión de la realidad y la estructuración de argumentos para la toma de decisiones. El propósito principal de los medios de comunicación masiva (prensa, revistas, noticieros de radio y televisión, cine, páginas web) es, precisamente, comunicar. Según el tipo de ideología que tienen pueden especializarse en informar, educar, transmitir, entretener, formar, opinar, enseñar, etc. Los medios de comunicación como medios también aportan con el debate de asuntos públicos e la medida que nos permiten conocer las posturas, bases y argumentos de las distintas partes con lo cual contribuyen con el derecho de toda persona a participar en los asuntos que son de interés ciudadano, Ejemplo de los asuntos públicos más comunes que se tratan en nuestros días son: Los actos de corrupción y violencia, seguridad ciudadana, planificación del transporte, políticas de economía ambiental, políticas de salud pública, desarrollo sustentable, políticas de educación, etc. DERECHO AL ACCESO DE INFORMACIÓN Según la Constitución Política del Perú Artículo 2° enciso 4 y 5, toda persona tiene derecho a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley. Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás medios de comunicación social se tipifican en el CódigoPenal y se juzgan en el fuero común. Es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano de expresión o le impide circular libremente. Los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar medios de comunicación. De la misma forma a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del Juez, del Fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado. Tenemos derecho a que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar. Medios de Comunicación Los medios de comunicación son instrumentos utilizados para informar y comunicar mensajes de forma masiva o a pequeños grupos sociales. Son también el medio para desarrollar el derecho de la libertad de expresión, derecho fundamental recogido en la legislación y su misión es difundir hechos de interés, noticias y acontecimientos que, por su repercusión directa o simbólica, afectan a un determinado colectivo social. PROBLEMAS DE CONVIVENCIA EN EL PERÚ. CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA SUSTENTADA EN UNA CULTURA DE PAZ. DISCRIMINACIÓN, DELINCUENCIA, CORRUPCIÓN. 1. CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA SUSTENTADA EN UNA CULTURA DE PAZ La construcción de una convivencia democrática y una cultura de paz suponen una formación en valores, actitudes y habilidades socio-emocionales y éticas que sustentan una convivencia social donde todos participan, comparten y se desarrollan plenamente. Una sociedad inclusiva, es aquella que promueve la equidad entre sus miembros, construye una base sólida para una convivencia social positiva, en la que todos puedan sentirse parte de ella y estén dispuestos a ofrecer su colaboración a otros favoreciendo el desarrollo de habilidades ciudadanas. El ser humano es por naturaleza un ser social, miembro de una colectividad. Las personas no pueden vivir aisladas, requieren siempre relacionarse con los demás. De esta necesidad y de las características del mundo de nuestra época surge la idea de convivencia democrática. En ese sentido, la democracia debe ser entendida como un sistema político, una forma de organización del Estado y una forma de convivencia social entre seres humanos. Según Jacques Delors, uno de los pilares básicos de la educación es aprender a vivir juntos, el cual supone alcanzar una doble misión: enseñar la diversidad de la especie humana y contribuir a una toma de conciencia de las semejanzas y la interdependencia entre todos los seres humanos. Cívica 05 Las normas son pautas de comportamiento que guían, regulan y ordenan la vida de las personas y de los colectivos, de acuerdo a ciertos valores en situaciones determinadas. Ellos se adquieren desde los primeros años del desarrollo de la persona, como normas morales y sociales, por los diversos agentes de socialización, por el contrario, las normas jurídicas emanan del Estado. 1.1. CULTURA DE PAZ La Organización de las Naciones Unidas, en su resolución 53/243“Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz” (6 de oct. 1999), define a la cultura de paz como el conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida basados en el respeto a la vida, el fin de la violencia, la promoción y la práctica de la no violencia. El desarrollo pleno de una cultura de paz está íntegramente vinculada a: La promoción de la democracia y el desarrollo de los derechos humanos. La erradicación de la pobreza, el analfabetismo y la reducción de las desigualdades entre los pueblos. La promoción del desarrollo económico y social sostenible. La eliminación de todas las formas de discriminación racial, xenófobas e intolerancias conexas. El desarrollo de aptitudes para el diálogo, la negociación, la formación de consenso y la solución pacífica de controversias. En toda sociedad se producen conflictos y esto representa una oportunidad para identificar problemas, resolverlos y lograr los cambios necesarios. 2. PROBLEMAS DE CONVIVENCIA EN EL PERÚ Los niveles de violencia, inseguridad y criminalidad que afectan todos los ámbitos de la vida pública y privada dan cuenta de un alto grado de descomposición social y, a la vez, de la condición de fragilidad en que se encuentran actualmente nuestras instituciones en diversos aspectos relacionados con la cultura de la legalidad. 2.1. DISCRIMINACIÓN Es hacer distinción en el trato con las personas por motivos arbitrarios. Se manifiesta mediante actos, conductas y actitudes que tienden a la exclusión o segregación de las personas, que atenta contra la igualdad de derechos, a partir de determinados criterios: sociales, políticos, ideológicos, religiosos, étnicos, físicos, económicos, educativos, edad y sexo, entre otros. Una de las formas de discriminación más recurrente en las escuelas se le denomina bullying, que significa intimidar, amenazar, maltratar. Las consecuencias se manifiestan con deserción escolar, trastornos psicológicos y fisiológicos. Los efectos generales de la discriminación en la vida de las personas son negativos y tienen que ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos; lo cual puede llevar al aislamiento. Una de las dificultades para acabar con la discriminación es el hecho que las personas no denuncian el ser o haber sido víctimas de este maltrato. Esto se debe a varios factores como la vergüenza, la negación y normalización del racismo, el desconocimiento de los mecanismos de denuncia, la percepción de las autoridades con temor y desconfianza; y la ausencia de una cultura de intolerancia o de sanción social frente a la discriminación. TIPOS DE DISCRIMINACIÓN MÁS RECURRENTES CRITERIOS CARACTERÍSTICAS Social Se ejerce mediante un trato despectivo a una persona o grupo social distinto. Étnico La desvalorización de la cultura, entendiendo por ella el conjunto de hábitos, costumbres, indumentaria, símbolos, formas de vida, sentido de pertenencia, idioma y creencias de un grupo social determinado. Laboral El trato de inferioridad y maltrato a una persona, por motivos ajenos a la capacidad para desempeñarse en el ámbito laboral. Religioso La que ejercen personas o grupos en contra de quienes tienen una creencia religiosa distinta a la suya. Ideológico Se ejerce en contra de aquellas personas que tienen una creencia diferente; en este caso se trata de una creencia ideológica distinta. Nacionalidad El que sufren aquellos que no son originarios del país o lugar en el que residen, por aquellos que nacieron en el país o tienen mayor antigüedad en él. Discapacidad Se considera como tal toda distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones Orientación sexual e identidad de Género* Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en la orientación sexual o la identidad de género que tenga por resultado la anulación o el menoscabo de la igualdad ante la ley o de igual protección por parte de la ley, o del reconocimiento o goce en igualdad de condición de los derechos humanos y las libertades fundamentales. *Ordenanza Regional N°006-2014-GR-LL/CR 2.2. LA CORRUPCIÓN Desde la perspectiva de la Defensoría del Pueblo, los actos de corrupción implican el mal uso del poder público, es decir, el incumplimiento de los principios del buen gobierno, así como delos preceptos éticos instituidos por la sociedad, que, además, tienen el propósito de obtener ventajas o beneficios indebidos para quien actúa o para terceros en perjuicio del bienestar general. Los factores que originan la corrupción están relacionados con la ambición, la codicia, la falta de valores, la escasa conciencia social, el desconocimiento de lo legal e ilegal, baja autoestima, la impunidad en los actos de corrupción, la falta de transparencia. Este fenómeno afecta la gobernabilidad, la confianza en las instituciones y los derechos de las personas. Los tipos de corrupción más relevantes son: TIPOS CARACTERISTICAS COHECHO PASIVO O “COIMA” Cuando la persona que incurre en este delito es un funcionario o servidor público que acepta o recibe, solicita o condiciona su actuar a la entrega o promesa de donativo o ventaja de parte de un ciudadano. PECULADO Se aplica cuando el funcionario o servidos público se apropia, utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, dinero o bienes que se le hayan confiado por razón de su cargo. COLUSIÓN Es la asociación delictiva que realizan servidores públicos con contratistas, proveedores y arrendadores, con el propósito de obtener recursos y beneficios ilícitos, perjudicando al Estado, o entidad u organismo del Estado, a través de concursos amañados o, sin realizar estas (adjudicaciones directas), a pesar de que así lo indique la ley o normatividad correspondiente. TRÁFICO DE INFLUENCIA Incurre en este delito aquél que invocando o teniendo influencias reales o simuladas, recibe, hace dar o prometer para sí o para un tercero, donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio con el ofrecimiento de interceder ante un funcionario o servidor público que ha de conocer, esté conociendo o haya conocido un caso judicial o administrativo. Fuente: Proética http://www.monografias.com/trabajos28/etica-corrupcion/etica-corrupcion.shtml http://www.monografias.com/trabajos11/estacon/estacon.shtml http://www.monografias.com/trabajos16/autoestima/autoestima.shtml http://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtml http://www.monografias.com/Derecho/index.shtml http://www.monografias.com/trabajos12/rete/rete.shtml http://www.monografias.com/trabajos6/lacali/lacali.shtml#influencia 2.3. DELINCUENCIA Se refiere a los delitos cometidos por una persona o grupos organizados contra la ley y merecedores de castigo por la sociedad. Los factores que han influido en aquellos que delinquen son: la pobreza, la exclusión social, el desempleo, la deserción escolar, las desigualdades, la personalidad, la disfunción en la familia, entre otros. Algunos tipos de delitos son los siguientes: TIPOS DELITOS DELITOS CONTRA LA VIDA Homicidio, feminicidio, eutanasia, aborto. CONTRA LA SALUD Tráfico ilegal de órganos, lesiones. CONTRA LA LIBERTAD Detenciones, secuestros. CONTRA LA INVIOLABILIDAD DE DOMICILIO Allanamiento de morada, invasión de terreno. CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL Torturas, trata de seres humanos, violación, abuso y acoso sexual, exhibicionismo. CONTRA EL PATRIMONIO Hurto, extorsión, robos, estafas, apropiación ilícita. CONTRA LA SEGURIDAD VIAL Velocidad excesiva, conducir bajo los efectos de tóxicos. CONTRA LAS RELACIONES FAMILIARES Matrimonios ilegales, adulterio, sustitución de niños, tráfico de menores, abandono familiar, mendicidad y explotación de menores. CONTRA EL DEBER DE TRIBUTARIO Ocultar total o parcialmente, bienes, ingresos, rentas o consignar pasivo total o parcialmente falsos para anular o reducir el tributo a pagar. CONTRA LA FE PÚBLICA Falsificación de documentos CONTRA EL HONOR Calumnia e injuria. CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL La depredación, explotación y exploración de yacimientos arqueológicos prehispánicos, tráfico ilegal etc. MECANISMOS PARA RESOLVER CONFLICTOS. VIOLENCIA Y CONFLICTO INTERNO. FORMAS DE VIOLENCIA EN EL PERÚ. AFECTADOS POR LA VIOLENCIA: VIDA DIGNA Y MEMORIA COLECTIVA. INICIATIVAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEMOCRÁTICA EN EL PERÚ DE HOY El conflicto es una situación de pugna entre dos o más protagonistas, en los cuales existe incompatibilidad, motivada por una confrontación de intereses. Algunos conflictos devienen en agresividad cuando fallan los instrumentos con los que hay que enfrentarlos y solucionarlos. 1. Mecanismos para la solución de conflictos Algunos mecanismos utilizados en la solución de conflictos: a) Negociación Es el proceso de solución de conflictos entre las personas implicadas, sin la intervención de terceros ajenos al problema. El éxito de toda negociación es lograr que ambas partes del conflicto salgan beneficiadas, exponiendo sus puntos de vista, escuchando el de la otra parte, estar dispuestos a ceder en algunos puntos, efectuando transacciones hasta encontrar el equilibrio, para lograr el acuerdo que cubra sus expectativas y permitir una solución pacífica. b) Mediación Es un procedimiento que intenta, en forma pacífica, dar solución al problema cuando las partes en conflicto no logran ponerse de acuerdo. Estas recurren a una tercera persona neutral que hace de mediador, quien cumple un rol orientador, guiando y brindando a las partes consejos y sugerencias, pero no proponiéndoles fórmulas de solución. El mediador cumple principalmente, una función facilitadora del diálogo entre las partes. c) Conciliación: Cívica 06 Es un mecanismo alternativo en la resolución de conflictos y está a cargo del conciliador elegido por las partes, quien debe proponer alternativas de solución. La audiencia de la conciliación debe cumplir con determinadas fases a partir de actos previos: discusión de los hechos, la identificación de los problemas y la búsqueda de soluciones para un acuerdo y una solución de consenso. Esta modalidad es reconocida y reglamentada por el Estado. La Ley de Conciliación (N° 26872) señala que la conciliación se basa en los principios de equidad, veracidad, buena fe, confidencialidad, imparcialidad, legalidad, celeridad y economía. Principales características de la conciliación Conciliador Es una persona capacitada en conciliación, acreditada por el Ministerio de Justicia (MINJUS), quien desarrolla su función de manera neutral e imparcial, facilitando la comunicación entre las partes. Lugares de conciliación Se puede conciliar en los Centros de Conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia (MINJUS), ya sea privado o gratuito. De igual manera en las oficinas de Asistencia Legal Gratuita (ALEGRA). Materias conciliables Desalojos. Pago de deudas. Indemnización. Pago de arrendamiento. Otorgamiento de escritura. Obligación de dar, hacer y no hacer. División y partición de bienes. Incumplimiento de contrato. Ofrecimiento de pago. Modificación de contratos. Problemas vecinales. Pensión de alimentos. Régimen de visitas. Tenencia de hijos. Otros que se deriven de la relación familiar y respecto de las cuales las partes tengan libre disposición. Materia no conciliable Desconocimiento del domicilio de la parte invitada. Parte invitada domicilia en el extranjero. Procesos cautelares. Procesos de garantías constitucionales. Nulidad, ineficacia y anulabilidad de acto jurídico. Petición de herencia cuando a la demanda se acumule con sucesión intestada. Violencia familiar. Pretensiones que no sean de libre disposición por las partes conciliantes. Ventajas Las partes deciden la solución al problema. Disminuye el tiempo y los costos. Es confidencial y reservada. Evita procesos judiciales. No requiere obligatoriamente la presencia de un abogado. 2. Violencia y conflicto interno Existe la tendenciaa confundir y considerar sinónimos conflicto y violencia; sin embargo, una situación se define como conflicto no por su apariencia externa, sino por su contenido, por sus causas profundas. Además, no toda disputa o divergencia implica un conflicto, debido a que hablamos de tal, en aquellas situaciones de disputa o divergencia en las que hay contraposición de intereses (tangibles), necesidades y/o valores en pugna. Violencia y conflicto interno en el Perú Según el informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), el conflicto armado interno que vivió el Perú entre 1980 y 2000 constituyó un episodio muy intenso de violencia. El conflicto se inició en zonas rurales de Ayacucho y se extendió a los centros urbanos, posteriormente a los territorios de las comunidades de la selva. Este conflicto provocó enormes pérdidas económicas expresadas en destrucción de infraestructura y deterioro de la capacidad productiva de la población. La violencia dentro de este conflicto puso de manifiesto la gravedad de las desigualdades de índole étnicocultural, donde su causa inmediata fue la decisión del Partido Comunista del Perú – Sendero Luminoso de iniciar la lucha armada contra el Estado peruano, a contracorriente de la mayoría de los peruanos, en una etapa en la que se restauraba la democracia en el país. Para la Comisión de la Verdad, Sendero Luminoso fue responsable de un alto número de víctimas y desplegó extremada violencia y crueldad, incluyendo el uso de coches-bomba en las ciudades. Otro responsable de la violencia que se vivió en la década del 80’ fue el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), que inició su lucha armada contra el Estado en 1984 siendo responsable de un menor número de víctimas fatales que fueron reportadas. Los trabajos realizados por la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) son importantes porque no solo se analizaron cifras como desapariciones, muertes, atentados, sino que, presentó una propuesta de diagnóstico sobre las formas en que se presentó la violencia en nuestro país entre 1980 y el año 2000. Formas en que se expresó la violencia en el Perú 1. Pobreza y exclusión social, especialmente de los lugares alto andinos y amazónicos. 2. Brechas económicas y desigualdad étnicocultural. 3. Marginación al no acceder a los servicios educativos básicos. 4. Racismo y actitudes de desprecio discriminatorio. 5. Violencia sexual especialmente contra las mujeres. La CVR manifiesta en su conclusión que tanto el gobierno del presidente Fernando Belaunde como el del presidente Alan García erraron al no aplicar una estrategia integral —social, política, económica, militar, psicosocial, de inteligencia y de movilización del conjunto de la población— para hacer frente de un modo eficaz y dentro de sus propios marcos democráticos a la subversión armada y al terrorismo. 2.1. Formas de violencia en el Perú 2.2. Los grupos afectados por la violencia, vida digna y memoria colectiva 2.3. Iniciativas para la reconstrucción democrática en el Perú La Comisión de la Verdad y Reconciliación al final de su Informe presentó al país una serie de recomendaciones para iniciar una nueva etapa sacando lecciones del pasado y mirando hacia la construcción del futuro. En el contexto de la violencia política en el Perú entre los años 1980 y el 2000 la CVR señala que este conflicto armado produjo casi 70 mil víctimas mortales, el 75% de ellas tenía al quechua como idioma materno, más de la mitad eran campesinos y casi el 85% vivían en 6 departamentos: Ayacucho, Junín, Huánuco, Huancavelica, Apurímac y San Martín; todos ellos excepto Junín y San Martín se encontraban en ese entonces, en la lista de los 5 departamentos más pobres, según el Informe sobre el Desarrollo Humano del año 2002 y quienes vivían en estos 6 departamentos, por esos años, solamente concentraban el 9% del ingreso reunido de todas las familias peruanas. La memoria colectiva es un término que engloba los recuerdos más importantes y trascendentales que han marcado la historia de una nación. Esta memoria es compartida, transmitida y construida por la sociedad, y en el caso de la violencia política en el Perú, tiene una gran y trascendental importancia ya que permite guardar y recordar en el interior de la sociedad ese capítulo tan doloroso que vivió nuestro país y que al tenerlo presente nos permita reflexionar de las causas, actores y consecuencias para que este mismo no se vuelva a repetir. Plan Integral de Reparaciones. Responde a una lógica y objetivo único, que es el resarcimiento del daño a las víctimas de la violencia política, en forma individual o colectiva, simbólica o material. Proceso de reconciliación nacional. Se interpreta la reconciliación como un nuevo pacto fundacional entre el gobierno y la sociedad peruana, y entre los miembros de la sociedad, a través de una ciudadanía plena para todos los peruanos de un país que se reconozca positivamente como multiétnico, pluricultural y multilingüe. a. Presencia de la autoridad democrática y de los servicios del Estado en todo el territorio, recogiendo y respetando la organización popular, las identidades locales y la diversidad cultural, y promoviendo la participación ciudadana. b. Afianzar una institucionalidad democrática, basada en el liderazgo del poder político, para la defensa nacional y el mantenimiento del orden interno. c. Reformar el sistema de administración de justicia, para que cumpla efectivamente su papel de defensor de los derechos ciudadanos y el orden constitucional. d. Elaboración de una reforma que asegure una educación de calidad, que promueva valores democráticos. e. Generar confianza cívica, restableciendo las relaciones dañadas entre los ciudadanos y el Estado, de modo que se consolide la transición y gobernabilidad democráticas y se prevengan nuevos escenarios de violencia Reformas institucionales. Entendidas como garantías de prevención que ayuden a que no se repitan más en el Perú dolorosos sucesos de violencia, como: VALORACIÓN, CONSERVACIÓN Y DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL 1. PATRIMONIO DE LA NACIÓN El patrimonio de una Nación es la herencia de bienes materiales e inmateriales que nuestros padres y antepasados nos han dejado a lo largo de la historia y está constituido por el territorio que lo ocupa, por su flora y fauna y por todas las creaciones de las personas que la han habitado, sus instituciones, por su lenguaje y su cultura material. Se trata de bienes que nos ayudan a forjar una identidad como nación. 2. PATRIMONIO CULTURAL Según la ley Nº 28296, se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación “a toda manifestación del quehacer humano, material o inmaterial, que, por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la ley.” Cívica 07 Desde esta perspectiva, entendemos que patrimonio cultural es el legado constituido por bienes tangibles como los libros, las piezas artísticas y arquitectónicas; del mismo modo, comprende las distintas expresiones como la lengua, religión, valores, costumbres, celebraciones, hasta la danza y la música. Y lo más importante, es que se reconocen a estas manifestaciones culturales ya sean de las comunidades tradicionales, indígenas o afro descendientes de nuestro país. PATRIMONIO DE LA HUMANIDADEN EL PERÚ MATERIAL INMATERIAL 1. Santuario Histórico de Machu Picchu, inscrito en 1983. 2. Ciudad del Cuzco, inscrito en 1983. 3. Sitio arqueológico de Chavín, inscrito en 1985. 4. Parque Nacional Huascarán, inscrito en 1985. 5. Zona arqueológica de Chan Chan, inscrito en 1986. 6. Parque Nacional de Manu, inscrito en 1987. 7. Centro Histórico de Lima, inscrito en 1988. 8. Parque Nacional del Río Abiseo, inscrita en 1990. 9. Líneas y geoglifos de Nazca, inscrito en 1994. 10. Centro Histórico de la Ciudad de Arequipa, inscrito en 2000. 11. Ciudad Sagrada de Caral en Supe, inscrito en 2009. 12. Qhapaq Ñam, sistema vial andino en 2014. 1. Patrimonio oral y manifestaciones culturales del pueblo zápara, inscrito en 2008. 2. El arte textil de Taquile, inscrito en 2008. 3. La danza de las tijeras, proclamado en 2010. 4. La huaconda, danza ritual del Mito, proclamado en 2010. 5. Eshuva, rezos cantados de la etnia Huachipaeri, inscrito en 2011. 6. La peregrinación al santuario del Señor de Qoyllurit’i, proclamado en 2011. 7. Conocimientos, técnicas y rituales vinculados a la renovación anual del puente Q’eswachaka, inscrito en 2013. 8. La fiesta de la Virgen de la Candelaria en Puno, inscrito en 2014. 9. La danza del wititi del valle del Colca, inscrito en 2015. 10. Sistema Tradicional de Jueces de Agua de Corongo, inscrito en 2017. 2.1. CATEGORÍAS DEL PATRIMONIO CULTURAL El Ministerio de Cultura distingue las siguientes categorías del patrimonio cultural: CATEGORÍAS CONTENIDO EJEMPLOS Patrimonio material inmueble Se refiere a los bienes culturales que no pueden trasladarse y abarca tanto los sitios arqueológicos (huacas, cementerios, templos, cuevas, andenes) como las edificaciones coloniales y republicanas Templo de las manos cruzadas de Kotosh Casona de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos Santuario de la Virgen de Chapi Patrimonio material mueble Incluye todos los bienes culturales que pueden trasladarse de un lugar a otro, es decir, objetos como pinturas, cerámicas, orfebrería, mobiliario, esculturas, monedas, libros, documentos y textiles, entre otros. Aríbalo incaico Tumi de oro La escultura “La Muerte” Patrimonio inmaterial Denominado también “cultura viva”, Comprende los conocimientos, los usos y costumbres que son transmitidos de generación en generación, a menudo a viva voz o a través de demostraciones prácticas. El folclor, la medicina tradicional, el arte popular, las leyendas, la cocina típica, las ceremonias, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, asociados a los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son propios Patrimonio documental Se refiere a la documentación que se conserva en archivos e instituciones similares. Aunque en el sentido más estricto de la palabra se refiere a documentos y textos impresos sobre papel como también mediante las nuevas tecnologías digitales, audiovisuales y otros. Libros, periódicos, revistas, y otros materiales impresos. Además, información grabada por medios digitales, audiovisuales y otros Patrimonio subacuático Son todos los vestigios de la existencia humana con carácter cultural, histórico y arqueológico, que han estado total o parcialmente sumergidos en el agua, en forma periódica o continua, por lo menos durante 100 años. Naufragios en Cerro Azul: Se busca investigar dos embarcaciones hundidas frente a Cañete. Se trata de barcos de la época colonial 2.2. CONSERVACIÓN Y DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL La gran riqueza patrimonial que posee el Perú está expuesta a amenazas como el robo, saqueo, tráfico ilícito, vandalismo y otros delitos, así como también las invasiones, los agentes naturales y la modernidad. Patrimonio industrial Se refiere a todos los bienes inmuebles y muebles adquiridos o producidos por una sociedad en relación a sus actividades industriales de adquisición, producción o transformación; a todos los productos generados a partir de estas actividades, y al material documental relacionado. La instalación del primer ascensor que tuvo Lima. Se pensaba que el primer ascensor instalado en nuestra ciudad fue el del Edificio Rímac (o Casa Roosevelt). Eulogio Fernandini fue el primer benefactor que obsequió a la Beneficencia Pública la primera máquina de Rayos X que llegó a nuestro país ¿Qué es cultura? La Unesco (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) “La cultura es el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarcan, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias”. El Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo responsable de todos los aspectos culturales del país y ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto a otros niveles de gestión en todo el territorio nacional. La Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural (DGDPC) es el órgano de línea del Ministerio de Cultura a cargo de la defensa y protección, recuperación, repatriación, vigilancia y custodia de los bienes culturales pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación. Esta dirección funciona como un organismo supervisor y cumple un rol importante al educar y sensibilizar a la ciudadanía en temas relacionados con la defensa y protección del patrimonio. La Dirección General de Museos es el órgano de línea que tiene a su cargo la formulación de políticas y normas en materia de museos; así como la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación. 2.3. PATRIMONIO NATURAL Está constituido por todos los recursos naturales, ecosistemas y áreas naturales que comprenden el territorio peruano. El artículo 66º de la Constitución Política del Perú establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. El artículo 68º de la Constitución determina que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. La conservación del Patrimonio Natural tiene carácter de intangible y comprende la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad. En el Perú las áreas protegidas se agrupan como: Áreas Naturales Protegidas (ANP) reconocidas por la ley 26834, estas son 76 áreas protegidas por el Estado debido a su importancia en la conservación de la diversidad biológica asociada al interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país, están administradas por el SERNANP (Servicio Nacional de Áreas Naturales protegidas por el Estado). RN Pampa Galeras (Ayacucho) Cascadas en Huancaya - Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas 3. PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) determinan los patrimonios de la humanidad, los cuales son designados por su gran magnitud cultural o natural frente al resto del mundo. Por ello, los sitios escogidos son protegidos por el Comité del Patrimonio Mundial de la Unesco, el cual determina la importancia que tienen estas áreas naturales o culturales como herencia común de la humanidad. IMPORTANCIA DEL PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD Para que los bienes de un país sean incluidos en la Lista de Patrimonio Mundial, deben tener un valor universal excepcional, es decir de gran importancia cultural y/o natural, que trascienda las fronteras nacionales y que signifique mucho para las presentes y futuras generaciones. Esto hace que adquiera importanciapara el conjunto de toda la humanidad. Las ciudades que ganan la protección de su patrimonio se benefician al incluirse dentro del listado de Patrimonio de la Humanidad. La Unesco, consciente de ello, obliga a legislar específicamente para proteger y conservar el patrimonio seleccionado, de modo que se mantengan criterios estables de vigilancia y restauración. Para realizar las tareas de protección y restauración, la Unesco destina partidas específicas a las ciudades designadas (o a los monumentos culturales o naturales incluidos dentro de ciudades que no son en sí mismas Patrimonio de la Humanidad). Un bien puede ser excluido en la lista del Patrimonio Mundial si se deteriora en el extremo de perder las características que habían determinado su inclusión o si el país participante no toma las medidas correctivas necesarias para conservar determinado bien, cuyas cualidades intrínsecas ya estuvieran en peligro. En América del Sur, el Perú es el segundo país, luego de Brasil, con más sitios inscritos como Patrimonio de la Humanidad o mundial. En el 2013 la Unesco reconoció a dos libros peruanos como Patrimonio Documental de la Humanidad, se trata del Protocolo Ambulante de los Conquistadores o Libro Becerro y los Incunables Peruanos (1584 -1619). Ciudad Sagrada de Caral - Supe Puente Q’eswachaka (colgante de fibra vegetal) https://www.google.com.pe/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=2ahUKEwibyPvvwfLgAhVKjlkKHS7xAQ4QjRx6BAgBEAU&url=https://peru.info/es-pe/turismo/noticias/3/16/sorprendete-con-la-flora-y-fauna-de-pampa-galeras&psig=AOvVaw0X8_P1wFvD093L93ZI9Hpi&ust=1552133459970466 https://www.google.com.pe/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=2ahUKEwihyJWR7YThAhXptlkKHacpAyMQjRx6BAgBEAU&url=https://www.portaldeturismo.pe/index.php/noticia/seis-mil-visitantes-visitaran-reserva-paisajistica-nor-yauyos-cochas-durante-semana-santa&psig=AOvVaw3VfPMYyID4vxzcGkE85D-E&ust=1552763543122455 DIVERSIDAD CULTURAL, ÉTNICA Y LINGÜÍSTICA. EL RESPETO A LA DIVERSIDAD CULTURAL, LA INTERCULTURALIDAD. 1. LA DIVERSIDAD CULTURAL La Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales promovida por la UNESCO (París, 20 de octubre del 2005) señala la siguiente definición de Diversidad Cultural: “La diversidad cultural se refiere a la multiplicidad de formas en que se expresan las culturas de los grupos y sociedades. Estas expresiones se transmiten dentro y entre los grupos y las sociedades. Se expresa a través de distintos modos de creación artística, producción, difusión, distribución y disfrute de las expresiones culturales, cualesquiera que sean los medios y tecnologías utilizados.” La UNESCO reconoce a la Diversidad Cultural como Patrimonio Cultural de la Humanidad y fuente de desarrollo. El Perú es uno de los pocos países que posee una gran diversidad étnica, social, cultural y biológica que determina diversos modos de ser, de hablar, de sentir y de Cívica 08 pensar. Esto es resultado de miles de años de historia, durante los cuales se sucedieron numerosas sociedades que asumieron el reto de vivir en un territorio favorecido con una increíble variedad de ecosistemas. Diversas culturas cohabitaron el Perú, entre ellas la andina, amazónica, asiática, africana y europea, entre otras; cada una con su particular visión del mundo y con sus respectivas manifestaciones culturales, el lenguaje, las costumbres, sus normas de convivencia, etc. El Ministerio de Cultura decretó la celebración, cada 21 de mayo, del Día Nacional de la Diversidad Cultural y la Lingüística. 2. LA DIVERSIDAD ÉTNICA El Ministerio de Cultura, señala que en el Perú existen 55 pueblos indígenas u originarios, distribuidos en 22 regiones, los mismos que se organizan en comunidades nativas y campesinas. 2.1. Comunidades nativas Las etnias de la zona amazónica se organizan, mayoritariamente, en torno a comunidades nativas, que están conectadas a la sociedad nacional, esto se traduce en la existencia de 1786 comunidades nativas que están distribuidas en dicha zona. Las etnias amazónicas con mayor presencia son: ETNIAS REGIONES DONDE SE ENCUENTRAN Asháninca Junín, Cusco, Ayacucho, Apurímac, Pasco, Ucayali y Huánuco. Awajún Amazonas, Cajamarca, San Martín y Loreto. Shipibo – Conibo Huánuco, Loreto, Madre de Dios, Ucayali y Lima. Las comunidades nativas tienen origen en los grupos tribales de la selva y ceja de selva y están constituidas por conjuntos de familias vinculadas por los siguientes elementos principales: idioma o dialecto; características culturales y sociales; y tenencia y usufructo común y permanente de un mismo territorio con asentamiento nucleado o disperso. El Estado garantiza la integridad de la propiedad territorial de las Comunidades Nativas levantará el catastro correspondiente y les otorgará títulos de propiedad. (Decreto- Ley 22175). 2.2. Comunidades campesinas Las etnias asentadas en el área andina son los Quechuas, Aymaras, Jaqarus y Uros. Los quechuas han experimentado un fuerte deterioro en su identidad étnica y perviven en las denominadas comunidades campesinas. Las Comunidades Campesinas son organizaciones de interés público, con existencia legal y personería jurídica, integradas por familias que habitan y controlan determinados territorios, ligadas por vínculos ancestrales, sociales, económicos y culturales expresados en la propiedad comunal de la tierra, el trabajo comunal, la ayuda mutua, el gobierno democrático y el desarrollo de actividades multisectoriales cuyos fines se orientan a la realización plena de sus miembros y del país (Ley 24656). http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/22175.pdf http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/22175.pdf 3. LA DIVERSIDAD LINGÜÍSTICA El Perú es multilingüe, debido a que en nuestro territorio existen una serie de lenguas y dialectos, reflejo de etnias y culturas diferentes. En nuestro país existe un total de 48 lenguas originarias: 44 amazónicas y 4 andinas, las cuales están agrupadas en 19 familias lingüísticas y constituyen medios de comunicación de 55 pueblos indígenas. Las lenguas originarias son idiomas oficiales, además del castellano. En la región andina se habla el Quechua, Aimara, Jaqaru y Kauqui, esta última, de la familia Aru, se habla en la aldea de Cachuy (provincia de Yauyos- Región Lima); era una lengua casi extinta, sin embargo en los últimos años se ha revitalizado y ya existen más de 81 kauqui hablantes con diferentes niveles de comprensión y expresión de la lengua y 32 kauqui hablantes, quienes comprenden la lengua sin ninguna dificultad. El censo del 2007 registró que 3 919 314 personas de cinco a más años hablan lenguas indígenas, de las cuales: ● 3 261 750 son quechua hablantes, ● 434 370 aymara hablantes y, ● 223 194 hablan otra lengua nativa. La mayoría de las lenguas nativas del Perú se hablan en la selva amazónica, siendo la más hablada el asháninca, con 97 477 hablantes y el Awajún con 55 366 hablantes. La Constitución Política del Perú, en su artículo 17º, señala que el Estado garantiza la erradicación del analfabetismo, como también fomenta la educación bilingüe e intercultural y preserva las diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del país. Es así que desde el año 2013, el Ministerio de Educación promueve el 27 de mayo como el Día de las Lenguas Originarias del Perú, las lenguas habladas antes de la llegada del castellano a este territorio. Según la Constitución Política del Perú Capítulo I articulo 2 enciso 19: tenemos derecho a una identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación. 4. EL RESPETO A LA DIVERSIDAD CULTURAL La Declaración
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