Logo Studenta

De la audiencia Artículo 118. La audiencia se llevará a cabo el viernes (viernes) siguiente al artículo anterior, para que el presunto autor pueda ...

De la audiencia
Artículo 118. La audiencia se llevará a cabo el viernes (viernes) siguiente al artículo anterior, para que el presunto autor pueda presentar su defensa ante la sala de audiencia, a criterio de la Agencia de Promoción hasta en dos (2) oportunidades, hasta en diez (10) días hábiles. En la audiencia, el órgano de justificación podrá mediar situaciones y, con la máxima diligencia, procurar poner fin a la controversia, estableciendo sus propios procedimientos y permitiendo la celebración de un acuerdo de mediación. Si se llega a un acuerdo de mediación, se completará el proceso administrativo y se solicitarán las inscripciones del respectivo juego de documentos.


Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales