Formas: la inconstitucionalidad puede plantearse, en el orden federal, esto es al demandar o contestar la demanda o en oportunidad de oponer excepc...
Formas: la inconstitucionalidad puede plantearse, en el orden federal, esto es al demandar o contestar la demanda o en oportunidad de oponer excepciones. En cambio en el derecho público provincial existe y esta legislada, por ejemplo en Córdoba la llamada acción autónoma de inconstitucionalidad, que presupone cuestionar en juicio la inconstitucionalidad de un acto. Efectos: en nuestro sistema federal la declaración de inconstitucionalidad solo tiene efectos entre partes. En el orden provincial o en el derecho comparado esta previsto que la reiteración de inconstitucionalidad de una ley en un tiempo determinado, produce abrogación (anulación) de la norma declarada inconstitucionalidad y tiene efectos ergaomnes (para todos). La declaración de inconstitucionalidad únicamente produce efectos para el caso concreto en que se dicto
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