( 9.4.3 ) En el caso del contrato de transporte multimodal, existiendo daños no localizados en las cosas transportadas, el operador se exime demost...
( 9.4.3 ) En el caso del contrato de transporte multimodal, existiendo daños no localizados en las cosas transportadas, el operador se exime demostrando:
Compartir