Si en el caso en examen hubieran existido endosantes del pagaré y el mismo fuera con la cláusula sin protesto, el plazo de prescripción para ejerce...
Si en el caso en examen hubieran existido endosantes del pagaré y el mismo fuera con la cláusula sin protesto, el plazo de prescripción para ejercer la acción de regreso hubiera sido:
A los 3 años del vencimiento del título. A 1 año del vencimiento del título. A los 10 años desde la fecha del vencimiento del título. A los 2 años desde la fecha del vencimiento del título. A los 5 años del vencimiento del título.
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