Según la ley, cuando una cosa fideicomitida causa un daño por su riesgo o vicio, la responsabilidad se limita a: El valor de la cosa si no era razo...
Según la ley, cuando una cosa fideicomitida causa un daño por su riesgo o vicio, la responsabilidad se limita a: El valor de la cosa si no era razonable que el fiduciario la hubiere asegurado.
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