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El art. 8 bis de la ley 24240 sanciona con multa civil la conducta que menciona, por lo que: En ningún caso puede ser impuesta con otras sanciones...

El art. 8 bis de la ley 24240 sanciona con multa civil la conducta que menciona, por lo que:

En ningún caso puede ser impuesta con otras sanciones.
Sólo se impone multa por incumplir con el deber de información.
Sólo se impone multa en caso de tratarse de un adquirente.
Nunca se impone multa en caso de tratarse de un usuario.
Puede ser impuesta juntamente con otras sanciones previstas por la ley.

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TP 1 contrato
5 pag.

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