¿Qué se prohíbe en relación con el trabajo de las mujeres y menores de edad?
a) El trabajo en lugares insalubres y peligrosos para varones, mujere...
¿Qué se prohíbe en relación con el trabajo de las mujeres y menores de edad?
a) El trabajo en lugares insalubres y peligrosos para varones, mujeres y menores de edad, según la determinación que de unos y otros debe hacer el reglamento, o en su defecto la Inspección General de Trabajo. b) El trabajo nocturno y la jornada extraordinaria de los menores de edad; c) El trabajo diurno de los menores de edad en cantinas u otros establecimientos análogos en que se expendan bebidas alcohólicas destinadas al consumo inmediato; y d) El trabajo de los menores de catorce años. e) Anunciar por cualquier medio, sus ofertas de empleo, especificando como requisito para llenar las plazas el sexo, raza, etnia y estado civil de la persona, excepto que por la naturaleza propia del empleo, éste requiera de una persona con determinadas características. En este caso el patrono deberá solicitar autorización ante la Inspección General de Trabajo y la Oficina Nacional de la Mujer.
Compartir