Logo Studenta

¿Quiénes pueden expedir el certificado de nacimiento según el Artículo 389 Bis de la Ley General de Salud? Los profesionales de la medicina Las par...

¿Quiénes pueden expedir el certificado de nacimiento según el Artículo 389 Bis de la Ley General de Salud?
Los profesionales de la medicina
Las parteras tradicionales
Personas autorizadas para ello por la autoridad sanitaria competente

Esta pregunta también está en el material:

Ley de Saúde
355 pag.

Obesidade EngenhariasEngenharias

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

Según el Artículo 389 Bis de la Ley General de Salud, los profesionales de la medicina, las parteras tradicionales y las personas autorizadas para ello por la autoridad sanitaria competente pueden expedir el certificado de nacimiento.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales