Las fracciones I y II del artículo 315 de la Ley General de Salud establecen que los establecimientos tienen un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para contar con un Coordinador Hospitalario de Donación de Órganos y Tejidos para Trasplantes. Por lo tanto, la alternativa correcta es: b) 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
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