Logo Studenta

¿Cuánto tiempo tienen los establecimientos a los que se refieren las fracciones I y II del artículo 315 de la Ley General de Salud para contar con ...

¿Cuánto tiempo tienen los establecimientos a los que se refieren las fracciones I y II del artículo 315 de la Ley General de Salud para contar con un Coordinador Hospitalario de Donación de Órganos y Tejidos para Trasplantes?

a) 90 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
b) 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
c) 24 meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

Esta pregunta también está en el material:

Ley de Saúde
355 pag.

Medicina OutrosOutros

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

Las fracciones I y II del artículo 315 de la Ley General de Salud establecen que los establecimientos tienen un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para contar con un Coordinador Hospitalario de Donación de Órganos y Tejidos para Trasplantes. Por lo tanto, la alternativa correcta es: b) 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales