Cuarto. La Secretaría de Salud contará con un plazo de noventa días hábiles para convocar e instalar el Consejo Nacional de Vacunación de conformid...
Cuarto. La Secretaría de Salud contará con un plazo de noventa días hábiles para convocar e instalar el Consejo Nacional de Vacunación de conformidad con el presente Decreto. El Consejo Nacional de Vacunación tendrá un plazo de noventa días hábiles para emitir su Reglamento Interno, contados a partir de la fecha en que se celebre su sesión de instalación.
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