Los materiales necesarios para el reemplazo de señales verticales laterales son: - Material retrorreflectante que cumpla con las exigencias del numeral 710.2.1 del Artículo 710. - Material para tableros que cumpla con lo indicado en el numeral 710.2.2 del mismo Artículo 710. - Postes y estructuras de sustentación que satisfagan los requisitos indicados en los numerales 710.2.3 a 710.2.6 del mismo Artículo 710. - Elementos de fijación del tablero, como tornillos de dimensiones mínimas de cinco dieciseisavos de pulgada (5/16”) por una pulgada (1”), rosca ordinaria, arandelas y tuercas, todo galvanizado por proceso de inmersión en caliente, o sistemas de fijación satisfactorios para el Instituto Nacional de Vías. - Concreto para el anclaje de la señal que cumpla con los requisitos mencionados en el numeral 710.2.10 del Artículo 710.
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