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1. Reconocimiento de la importancia táctica del Departamento. Constitucionalmente, sin la aceptación de los gobernadores y asambleas, no se abren l...

1. Reconocimiento de la importancia táctica del Departamento. Constitucionalmente, sin la aceptación de los gobernadores y asambleas, no se abren las puertas para crear Regiones Administrativas y de Planificación (RAP) conformadas por dos o más departamentos. A menos que se reforme el Artículo 50 o de la Carta, hay que trabajar con estas entidades en lo que puede verse como un período de transición constructiva. Promover protocolos de intención para crear RAPs y obtener las autorizaciones de las asambleas son pasos necesarios. Pero no conviene crear nuevos departamentos en estas circunstancias, entidades que al dividir los existentes solo heredarían sus problemas de concepción y ejecución sin resolver a fondo las crisis existentes. Por ejemplo, un nuevo departamento en el sur de Bolívar no acerca las soluciones requeridas de gobernabilidad local o regional. Otras posibilidades merecen considerarse, como la provincialización y/o la anexión a entidades vecinas.
2. Obtención del aporte político de los Departamentos. La contribución de los departamentos a las RAPs es más del orden político y de competencias que de recursos financieros (éstos solo suben al 14 por ciento de los gastos estatales), lo que quiere decir que diversas competencias actuales de los departamentos pueden delegarse y responsabilizarse al gobierno central por la mayor porción de los gastos consiguientes.
3. Refuerzo al papel coordinador de los Departamentos. El proyecto de ley de las RAPs puede dar a los departamentos funciones de coordinación, supervisión y orientación de proyectos multiprovinciales de desarrollo económico y social, así como de proyectos macro del nivel regional o supradepartamental que serían articulados y ejecutados por las RAPs, basados en los criterios de externalidad y escala ya mencionados.
4. Descentralización de funciones estatales específicas. Por las razones antedichas, los departamentos y las RAPs deben asumir las estructuras, recursos y funciones regionales específicas de los Ministerios e Institutos Nacionales Descentralizados (incluyendo la educación superior), dejando a los entes nacionales solo con el papel orientador y fiscalizador que les corresponde. Esta medida, junto con la siguiente, aportaría, según estudios, alrededor de 4 billones de pesos a los departamentos y RAPs y 35 mil funcionarios actuales.
5. Paso de los CORPES a las RAPs. El período de vida de los Consejos Regionales de Planificación Económica y Social (CORPES) ha terminado. No deben prorrogarse más, y su permanencia está creando tensiones y conflictos que complican la búsqueda de gobernabilidad. El paso siguiente es el establecimiento y organización d

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