13. Fundamento de la conciliación. Una vez más el acto procesal que supone la conciliación podría aparejar una contradicción de sus propios término...
13. Fundamento de la conciliación. Una vez más el acto procesal que supone la conciliación podría aparejar una contradicción de sus propios términos y finalidades. Si el avenimiento se formula como un proceso natural e independiente sería ilógico considerar que obre como tal, ya que la decisión de acudir a un juez para solucionar una diferencia de intereses supone el fracaso anterior de negociaciones tendientes a evitar, justamente, el litigio. Sería tanto como decir que la conciliación es un proceso que tiende a eliminar el proceso ulterior, circunstancia que destaca la dificultad para entenderla como proceso independiente.
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