Logo Studenta

¿En qué casos se denomina formal y no formal el arbitraje? a) Formal, cuando se aplican disposiciones conocidas como las del juicio de conocimient...

¿En qué casos se denomina formal y no formal el arbitraje?

a) Formal, cuando se aplican disposiciones conocidas como las del juicio de conocimiento ordinario, y las demás solemnidades se rigen por normas de derecho práctico, como es la manera de emitir las sentencias, o apreciar la prueba producida; y no formal, es decir, cuando el procedimiento se ajusta a las modalidades que las partes acuerdan.
b) No formal, cuando se aplican disposiciones conocidas como las del juicio de conocimiento ordinario, y las demás solemnidades se rigen por normas de derecho práctico, como es la manera de emitir las sentencias, o apreciar la prueba producida; y formal, es decir, cuando el procedimiento se ajusta a las modalidades que las partes acuerdan.

Esta pregunta también está en el material:

Resolução de Conflitos: Arbitragem, Mediação e Conciliação
392 pag.

Solução de Conflitos Universidad Antonio NariñoUniversidad Antonio Nariño

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

La respuesta correcta es: a) Formal, cuando se aplican disposiciones conocidas como las del juicio de conocimiento ordinario, y las demás solemnidades se rigen por normas de derecho práctico, como es la manera de emitir las sentencias, o apreciar la prueba producida; y no formal, es decir, cuando el procedimiento se ajusta a las modalidades que las partes acuerdan.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales