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¿Cuáles son los aspectos comprendidos en el "Programa Nacional de Mediación"? 1. Elaboración de un anteproyecto de ley o decreto mediante el cual ...

¿Cuáles son los aspectos comprendidos en el "Programa Nacional de Mediación"?

1. Elaboración de un anteproyecto de ley o decreto mediante el cual se establece la mediación en los conflictos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, con carácter voluntario en la generalidad de los casos y obligatoria para ciertos supuestos, en una experiencia piloto que se llevará a cabo en los tribunales de primera instancia que se designen. Se crea, además, un Cuerpo de Mediadores habilitados para ejercer sus funciones ante el Poder Judicial de la Nación, que deberán contar con títulos adecuados y cumplir con los requisitos de capacitación respectivos. 2. Creación de una Escuela de Mediadores, cuyo objetivo es capacitar y entrenar mediadores, teniendo en cuenta las particularidades propias de la mediación patrimonial y la familiar. Contará con dos niveles de capacitación, uno general dirigido a cualquier profesional y otro especializado para abogados que actuarán conectados con el Poder Judicial de la Nación. Concluido el entrenamiento, el Ministerio de Justicia contará con un equipo de mediadores habilitados para ejercer en el Poder Judicial de la Nación, comenzando con los juzgados pilotos. La escuela brindará además educación continua. 3. Convenios con organismos públicos y privados, a fin de divulgar esta técnica para resolver disputas, contar con un futuro plantel adecuado en su formación técnica e implementar programas de mediación en la órbita de sus respectivas competencias.

Esta pregunta también está en el material:

Resolução de Conflitos: Arbitragem, Mediação e Conciliação
392 pag.

Solução de Conflitos Universidad Antonio NariñoUniversidad Antonio Nariño

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El "Programa Nacional de Mediación" comprende los siguientes aspectos: 1. Elaboración de un anteproyecto de ley o decreto para establecer la mediación en conflictos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, de forma voluntaria en la mayoría de los casos y obligatoria para ciertos supuestos. Se llevará a cabo una experiencia piloto en los tribunales de primera instancia designados. Se crea un Cuerpo de Mediadores habilitados para ejercer funciones ante el Poder Judicial de la Nación, con requisitos de capacitación y títulos adecuados. 2. Creación de una Escuela de Mediadores con el propósito de capacitar y entrenar mediadores, considerando las particularidades de la mediación patrimonial y familiar. Contará con dos niveles de capacitación, uno general para cualquier profesional y otro especializado para abogados que trabajarán en conexión con el Poder Judicial de la Nación. Una vez finalizado el entrenamiento, el Ministerio de Justicia contará con un equipo de mediadores habilitados para ejercer en el Poder Judicial de la Nación, comenzando con los juzgados piloto. La escuela también proporcionará educación continua. 3. Establecimiento de convenios con organismos públicos y privados para difundir la técnica de resolución de disputas, contar con un plantel adecuado en su formación técnica e implementar programas de mediación en sus respectivas competencias.

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