Las características esenciales para el desenvolvimiento del modelo del ombudsman son: a) Ser un funcionario autónomo, preferentemente sin vinculaciones con partidos políticos, e independiente de todo órgano de gestión o gobierno. b) Poseer la facultad de investigar, criticar y publicar sus resoluciones, aun sin tener la de revocar o anular los actos de las propias autoridades administrativas. c) Actuar provocado por la instancia de particulares y entidades, o de oficio, en miras a resolver las conductas insidiosas del mal funcionario, o la defectuosa actividad de la administración.
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