Siguiendo otro criterio clasificatorio, se mantiene la diferenciación entre competiciones oficiales y no oficiales, siendo en este caso determinant...
Siguiendo otro criterio clasificatorio, se mantiene la diferenciación entre competiciones oficiales y no oficiales, siendo en este caso determinante la inclusión o no de las mismas en los calendarios federativos para su calificación –sin perjuicio de que aquellas pueden ser profesionales o aficionadas–, e imponiendo el cumplimiento de una serie de garantías para las personas deportistas que participan en ellas, así como unas obligaciones a los organizadores que avalen la integridad en el desarrollo de la competición y unas óptimas condiciones de seguridad y salud para participantes y asistentes tanto en lo referido a las no oficiales como a las oficiales.
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