Logo Studenta

Artículo 58.º (Limitación o suspensión de los derechos, libertades y garantías) 1. El ejercicio de los derechos, libertades y garantías de los ciud...

Artículo 58.º (Limitación o suspensión de los derechos, libertades y garantías) 1. El ejercicio de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos únicamente podrá ser limitado o suspendido en caso de estado de guerra, de estado de sitio o de estado de emergencia, en los términos de la Constitución y de la ley. 2. El estado de guerra, de sitio o de emergencia únicamente podrán ser declarados, en todo o en parte del territorio nacional, en los casos de agresión efectiva o inminente por fuerzas extranjeras, de grave amenaza o perturbación del orden constitucional democrático o de catástrofe.

Esta pregunta también está en el material:

Angola_spanish
95 pag.

Concursos OutrosOutros

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales