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La idad del Poder Judicial depende de una reforma efectiva, que ponga fin a las vacaciones de 60 días”. Subraya que estas “no atienden al interés d...

La idad del Poder Judicial depende de una reforma efectiva, que ponga fin a las vacaciones de 60 días”. Subraya que estas “no atienden al interés delos que utilizan la jurisdicción, pero, al contrario, contribuye para la morosidad en el trámite de los recursos que llegan a los tribunales”. El desembargador Antonio Pessoa Cardoso critica la Ley número 5.010/1966, por conceder receso forense del 20 de diciembre hasta el 6 de enero del año siguiente a los Tribunales Superiores y las Justicias Federal y del Trabajo. Conclusiones de datos por él realizado apuntan a que estos magistrados no trabajan 98 días por año, incluyendo el receso forense de final e inicio de año, las vacaciones de 60 días por año, las licencias-premio y los festivos: La Ley 5.010/1966 ya concede descanso de cinco días durante la Semana Santa, estipula el número total de 32 festivos, totalizando 92 días, incluidas las vacaciones de dos meses; se suma con la licencia premio de 90 días a cada cinco años de trabajo, significando 6 días/año más, totalizando 98 días, tiempo que el juez queda fuera de sus actividades en el curso de cada año de trabajo. En realidad, salvo mejor comprensión del tema, el cálculo del desembargador Antonio Pessoa Cardoso está equivocado, pues no son solo 98 días por año; sumadas las vacaciones de 60 días, el receso forense de 20 días, las licencias-premios de 90 días a cada cinco años de trabajo (estas correspondientes a 18 días por año) y los festivos que el desembargador calcula en 32 días, los magistrados no trabajan en 130 y no 98 días por año. Si fueran sumados también los sábados y domingos, cuando los festivos no coinciden con estos días, hay más 66 días no trabajados, llegando al total de 296 días por año no trabajados por los magistrados de las Justicias Federal. Entre tanto, es necesario examinar los días útiles no trabajados, porque en sábados por la tarde y en domingos los ciudadanos en general tampoco trabajan y no se podría exigir que los magistrados lo hiciesen. En 60 días de vacaciones hay una media de 16 sábados y domingos, restando 45 días útiles no trabajados; en los 20 días de receso del 20 de diciembre al 6 de enero hay 5 días de sábados y domingos, los 20 días son reducidos a 15; los 18 días por año de licencia tienen de media cuatro días de sábados y domingos, haciendo que los 18 se restrinjan a 14 días útiles no trabajados; los festivos propios de las Justicias Federal, del Trabajo y los tribunales superiores suman 6 días útiles no trabajados. Así, considerando que en Brasil estos magistrados, y en parte los funcionarios, que no poseen 60 días de vacaciones, usan 45 días útiles de vacaciones, 14 días útiles de receso entre el 20 de diciembre al 6 de enero, 14 días de licencia-premio y los festivos propios suman seis días útiles no trabajados por año, estos profesionales no trabajan en 79 días útiles por año. De cualquier manera, en el auge de las discusiones sobre el poder del CNJ para investigar a los miembros del Poder Judicial, desarrolladas en 2011 y 2012, y que ciertamente todavía no llegaron a su fin, las divergencias fueron intensas e incluyeron el trabajo de los magistrados. Una manifestación más dura partió del desembargador Walter de Almeida Guilherme, al dejar la Presidencia del Tribunal Regional Electoral de São Paulo, en noviembre de 2011. Él hizo la defensa de las vacaciones de 60 días para los magistrados, pero subrayó que la “Justicia es lenta porque tiene jueces que no trabajan”. Si un desembargador Presidente de Tribunal afirma que “tiene jueces que no trabajan”, ciertamente por lo menos en su tribunal hay los que así proceden. Entre tanto, todos los que trabajan en la práctica forense en Brasil saben que hay también magistrados que trabajan bastante, cumpliendo más que su obligación y dando ejemplo de responsabilidad profesional. Por lo tanto, para evitar que unos magistrados trabajen demás y otros de menos, sería adecuado crear mecanismos para armonizar dedicación, compromiso y productividad de los magistrados, pues hay profundas asimetrías en este aspecto, como se constató en las investigaciones realizadas sobre los datos estadísticos del CNJ, analizados en la sección 5. En cuanto a cada magistrado de primer grado del TJRJ trabajaba en 2010 con 18.484 procesos por año, la media de los magistrados del TJMA era de 1.101 procesos, indicando que cada uno de aquellos tenía un número de procesos 16,7 superior a estos. Semejante situación se constató en la Justicia Estatal del TJRS comparativamente al TJAP. En tanto que cada magistrado gaúcho (RS) de segundo grado poseía 4.365 procesos, sus compañeros del Amapá trabajaban con solamente 326 procesos cada uno en el mismo año. En cuanto al número de sentencias dictadas las asimetrías también son acentuadas. Mientras cada magistrado de segundo grado del TJRS dictó 2.838 decisiones terminativas en 2010, la media de sus compañeros del TJAP fue de solo 231 resoluciones terminativas por magistrado, indicando que cada magistrado gaúcho produjo lo mismo que 12,2 magistrados del Amapá (subsección 5.5.1). Son distinciones inaceptables para que haya adecuada productividad en los tribunales. Los datos estadísticos demuestran la deficiencia de conocimientos o falta de compromiso de parte de los magistrados con la sociedad que paga tributos y con el órgano al cual pertenecen, el Poder Judicial. En relación a las vacaciones de 60 días a la que los magistrados tienen derecho cada año, la ministra del STJ y Corregidora del CNJ, Eliana Calmon, también “manifestó admiración por la propuesta de extinción de los 60 días de vacaciones” para los jueces, pero después “sufrió duras críticas de la Asociación de Jueces Federales (AJUFE) de Brasil, que emitió una nota de repudio a la idea”. La Asociación de Magistrados Brasileños (en adelante, AMB) también reaccionó a las declaraciones de la ministra Eliana Calmon. En realidad, las divergencias entre las asociaciones de clase de los magistrados y la ministra fueron originadas cuando ella afirmó, francamente, que el sistema judicial posee viejos problemas: Durante años

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Recursos Civiles y Duración del Proceso
492 pag.

Recursos Terapeuticos Universidad Antonio NariñoUniversidad Antonio Nariño

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