¿Cuál es el concepto de contraescritura?
e.1) Asientos, registros y papeles domésticos. Adquieren valor probatorio, una vez reconocidos o mandados ...
¿Cuál es el concepto de contraescritura? e.1) Asientos, registros y papeles domésticos. Adquieren valor probatorio, una vez reconocidos o mandados tener por reconocidos. Del artículo 1704 se despenden las siguientes reglas: e.2) Notas escritas o firmadas por el acreedor. Pueden haberse hecho en instrumento que siempre ha estado en poder del acreedor o en el duplicado que tiene el deudor. En ambos casos, las notas, para tener valor, deben estar escritas o firmadas por el acreedor (artículo 1705). 14.5. Las contraescrituras. a) Concepto. a.1) En un sentido amplio, significa todo instrumento, público o privado, otorgado por las partes para alterar, modificar o derogar en todo o parte lo expresado por ellas mismas en otro instrumento, o sea, todo escrito redactado contra otro escrito, todo acto que modifica a otro celebrado entre las mismas partes. a.2) En un sentido restringido, contraescritura es todo escrito por el que las partes reconocen con fines probatorios la simulación total o parcial de un acto o una simulación subjetiva, es decir, una interposición de personas. b) Sentido en que está tomada la palabra “contraescritura” en nuestro Código Civil. c) Clases de contraescrituras.
Compartir