La Propuesta de Regulación de Protección de Datos de la Unión Europea mantiene, como ya se ha especificado anteriormente, una protección de datos p...
La Propuesta de Regulación de Protección de Datos de la Unión Europea mantiene, como ya se ha especificado anteriormente, una protección de datos personales y privados estricta, según la Directiva de 1995. Pero añade nuevas categorías ya adaptadas a las posibilidades que Internet ofrece para identificar a las personas o transmitir datos sobre ellas: Datos genéticos: todos los datos, con independencia de su tipo, relativos a las características de una persona que sean hereditarias o adquiridas durante el desarrollo prenatal temprano; Datos biométricos: cualesquiera datos relativos a las características físicas, fisiológicas o conductuales de una persona que permitan su identificación única, como imágenes faciales o datos dactiloscópicos; Datos relativos a la salud: cualquier información que se refiera a la salud física o mental de una persona, o a la asistencia prestada por los servicios de salud a la persona. Especialmente, la inclusión del concepto de datos biométricos como datos sensibles al mismo nivel de protección que los datos de la salud es una novedad que, sin embargo, afecta a la mayoría de redes sociales y motores de búsqueda, porque se refiere específicamente a las imágenes.
Compartir