Criterio 8.5 – El RGD monitorea el cumplimiento de los requisitos de registro y la efectividad de los reglamentos conforme a la regla 1 del Reglame...
Criterio 8.5 – El RGD monitorea el cumplimiento de los requisitos de registro y la efectividad de los reglamentos conforme a la regla 1 del Reglamento OSFL. La RGD también puede requerir bajo la regla 13 que la NPO produzca registros que se deben mantener bajo los reglamentos OSFL. Existen sanciones que varían de una multa que no puede exceder de 10.000 dólares canadienses o la revocación del registro como OSFL; Por lo tanto, existen dos tipos de sanciones. La multa también es aplicable a cualquier funcionario o empleado de la OSFL. Si bien la revocación del registro puede considerarse disuasiva, la multa de hasta $ 10.000 puede no ser para un NPO grande
Compartir